Constitución Política del Estado de Aguascalientes

CAPITULO III - DEL TERRITORIO DEL ESTADO

Artículo 9.- El territorio del Estado es el que de hecho y por derecho le pertenece, dentro de los límites establecidos por el Pacto Federal. Se divide en los Municipios de Aguascalientes, Rincón de Romos, Calvillo, Jesús María, Asientos, Tepezalá, Cosío, San José de Gracia, Pabellón de Arteaga, San Francisco de los Romo y El Llano.

(Reformado mediante decreto No. 69, publicado el 28 de julio de 2014)

Artículo 10.- La ley que en materia municipal expida el Congreso del Estado determinará los requisitos necesarios para la creación de Municipios.

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