Constitución Política del Estado de Baja California Sur

Conceptos y Fines

Artículo 117.- El Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado; es la institución jurídica, política y social, de carácter autónomo, con autoridades propias, atribuciones específicas y libre en la administración de su hacienda. Su finalidad consiste en organizar a la comunidad asentada en su territorio en la gestión de sus intereses y la satisfacción de sus necesidades colectivas, tendientes a lograr su desarrollo integral y sustentable; proteger y fomentar los valores de la convivencia local y ejercer las funciones en la prestación de los Servicios Públicos de su competencia.

El Municipio posee personalidad jurídica y patrimonio propio y goza de plena autonomía para normar directa y libremente las materias de su competencia, así como para establecer sus órganos de gobierno interior.

(Reformado mediante decreto No. 2173, publicado el 27 de junio de 2014)

Artículo 118.- Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa y secreta; misma que se celebrará el primer domingo de junio de cada tres años en los términos de la Ley Electoral del Estado de Baja California Sur y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.

(Adicionado mediante decreto No. 2295, publicado el 23 de septiembre de 2015)

Los ayuntamientos iniciarán el ejercicio de sus periodos de conformidad al siguiente calendario:

I.- El ayuntamiento de Mulegé, iniciará su periodo el 25 de Septiembre del año de la elección.

II.- El ayuntamiento de Loreto, iniciará su periodo el 26 de Septiembre del año de la elección.

III.- El ayuntamiento de Comondú, iniciará su periodo el 27 de Septiembre del año de la elección.

IV.- El ayuntamiento de La Paz, iniciará su periodo el 28 de Septiembre del año de la elección.

V.- El ayuntamiento de Los Cabos, iniciará su periodo el 29 de Septiembre del año de la elección.

Artículo 119.- Los Municipios podrán tener representación en los organismos federales y estatales que actúen dentro de su jurisdicción.

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