Constitución Política del Estado de Guanajuato

Sección Tercera - Del Tribunal de lo Contencioso Administrativo
  • ARTÍCULO 82. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo es un órgano de control de legalidad, para la defensa de los derechos de los particulares frente a los actos de las autoridades administrativas estatales y municipales, dotado de plena jurisdicción e imperio para hacer cumplir sus resoluciones. La ley establecerá su competencia, funcionamiento e integración. (Artículo reformado. P.O. 8 de agosto de 2008) .

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