Constitución del Estado de Quintana Roo

CAPITULO I - . DE LA DIVISIÓN POLÍTICA, ADMINISTRATIVA Y TERRITORIAL DEL ESTADO.
  • ARTICULO 126. El Municipio Libre es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado de Quintana Roo; es una institución de carácter público, constituída por una comunidad de personas, establecida en el territorio que le señala a cada uno de ellos la presente Constitución, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su gobierno interior y libre en la administración de su hacienda. La Autonomía del Municipio Libre se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí mismo los asuntos propios de su comunidad, en el ámbito de competencia que le señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente Constitución y las leyes que conforme a ellas se expidan. REFORMADO P.O. 15 FEB. 2001. REFORMADO P.O. 24 OCT. 2003. REFORMADO P.O. 19 MAY. 2008.

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  • ARTÍCULO 127. El Estado de Quintana Roo, se integra con los siguientes Municipios: Othón P. Blanco, Felipe Carrillo Puerto, José María Morelos, Cozumel, Lázaro Cárdenas, Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Tulum. ADICIONADO P.O. 31 MAR. 1983. REFORMADO P.O. 21 NOV. 1983. REFORMADO P.O. 15 FEB. 2001. REFORMADO P.O. 24 OCT. 2003.

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  • ARTÍCULO 128. La extensión, límites y cabeceras de los municipios del Estado son: I.- MUNICIPIO DE OTHON P. BLANCO, con cabecera en Chetumal: Al norte, el paralelo que pasa por el extremo suroeste del ejido Altamirano, se continúa con rumbo este por el lindero sur del ejido mencionado, el lindero poniente de los ejidos de Nuevo Israel y Emiliano Zapata, el lindero sur del ejido último mencionado, el lindero sur del Ejido de Petcacab, los linderos poniente, sur y oriente del ejido Nohbec, el lindero norte del ejido de Cafetal, y sobre el paralelo que pasa por la esquina noreste del ejido mencionado, se continúa hasta encontrar la costa del Mar Caribe, al sur el paralelo límite de las Repúblicas de México y Guatemala, el Río Hondo límite de la República de México con Honduras Británicas y las aguas de la Bahía de Chetumal, al este, el Mar Caribe, al este, la Línea que partiendo del vértice del ángulo formado por los límites de los Estados de Yucatán y Campeche, 200 metros al este de Put con coordenadas geográficas de 19 grados 39 minutos y 07 segundos de latitud norte y 89 grados 24 minutos 52 segundos de longitud oeste de Greenwich, desciende al sur hasta el paralelo límite de las Repúblicas de México y Guatemala. Igualmente comprenderá el Banco de Chinchorro que integran los cayos Lobos, Norte, Centro y demás cayos e islotes adyacentes a su litoral. II.- MUNICIPIO DE FELIPE CARRILLO PUERTO, con cabecera en la población del mismo nombre: Al norte la línea colindante con el Estado de Yucatán que partiendo del punto Put, con coordenadas de 19 grados 39 minutos 07 segundos de latitud norte y 89 grados 24 minutos 52 segundos de longitud oeste de Greenwich, corta el paralelo que pasa por la torre sur de Chemax, 20 kilómetros, al oriente de este punto, en su intersección con el meridiano 88 grados de Greenwich desciende al sureste hasta encontrar al vértice noroeste de la ampliación del ejido de Chuyaxché, sigue por el lindero norte de la ampliación de este ejido con rumbo este, desciende al sur por el lindero poniente y sur del ejido de Tulum y sobre esta línea al interceptar el meridiano de 87 grados 30 minutos de Greenwich desciende al sur hasta encontrar la costa de la Bahía de la Ascención. Al sur el municipio de Othón P. Blanco. Al este las Bahías de la Ascención, del Espíritu Santo y el Mar Caribe. Al oeste partiendo del ángulo suroeste del ejido Altamirano, con rumbo norte se recorre el lindero poniente de los ejidos de Altamirano y Presidente Juárez, el lindero sur y poniente del ejido Santa Lucía, los linderos sur, poniente y norte de la ampliación del ejido Ramonal, el lindero poniente del ejido de Chunhuhub, los linderos poniente y norte de la ampliación del ejido de Polyuc, el lindero poniente y norte de la ampliación del ejido de X-Yatil, el lindero poniente del ejido de X-Pichil, el lindero poniente del ejido de Dzoyolá, el lindero oriente del ejido de X-Cabil, continuando por lindero norte de este ejido prolongándose hasta la línea divisoria con el Estado de Yucatán. III.- MUNICIPIO DE JOSÉ MARÍA MORELOS, con cabecera en la población del mismo nombre: Al norte, la línea que partiendo del vértice del ángulo formado por los límites de los Estados de Yucatán y Campeche, 200 metros al oeste de Put, llega hasta la intersección con el paralelo que pasa por la torre sur de Chemax, 20 kilómetros al oriente de este punto y colindando con el Estado de Yucatán. Al sur, el municipio de Othón P. Blanco. Al este, el municipio de Felipe Carrillo Puerto. Al oeste, la línea que partiendo del vértice del ángulo formado por los límites de los Estados de Yucatán y Campeche, 200 metros al oeste de Put, desciende al sur hasta el paralelo límite de las Repúblicas de México y Guatemala. IV.- MUNICIPIO DE COZUMEL, con cabecera en la población del mismo nombre. Comprende la Isla de Cozumel, islotes y cayos adyacentes. Quedan dentro de su jurisdicción las superficies de la zona continental siguientes: Polígono con un área de 1,119.42 hectáreas, con las siguientes medidas, rumbos y colindancias: partiendo del vértice número 7 ubicado al sureste del polígono con rumbo suroeste 22 grados 42 minutos y una distancia de 140 metros, se llega al vértice número 8, de este vértice con rumbo suroeste 38 grados 47 minutos y una distancia de 137 metros, se llega al vértice número 9, de este vértice con rumbo suroeste 37 grados 31 minutos y una distancia de 141 metros, se llega al vértice número 10, de este vértice con rumbo suroeste 42 grados 01 minutos y una distancia de 191 metros, se llega al vértice número 11, de este vértice con rumbo suroeste 24 grados 31 minutos y una distancia de 188 metros, se llega al vértice número 12, de este vértice con rumbo suroeste 56 grados 16 minutos y una distancia de 132 metros, se llega al vértice número 13, de este vértice con rumbo suroeste 41 grados 59 minutos y una distancia de 121 metros, se llega al vértice número 14, de este vértice con un rumbo suroeste 19 grados 41 minutos y una distancia de 101 metros, se llega al vértice número 15, colindando del vértice número 7 al vértice número 15 con el Mar Caribe; del vértice número 15 con rumbo noroeste 41 grados 16 minutos y una distancia de 1,916 metros, se llega al vértice número 16, colindando el vértice número 15 al vértice número 16 con el Rancho Punta Venado e Instituto Nacional de Antropología e Historia; del vértice número 16 con rumbo noroeste 41 grados 16 minutos y una distancia de 40 metros, se llega al vértice número 17, colindando el vértice número 16 y el 17 con la carretera federal número 307 Reforma Agraria-Puerto Juárez; del vértice número 17 con rumbo suroeste 51 grados 11 minutos y una distancia de 2,119 metros, se llega al vértice número 18, colindando el vértice número 17 y el 18 con el derecho de vía de la carretera federal número 307 Reforma Agraria-Puerto Juárez; del vértice número 18 con rumbo noroeste 64 grados 38 minutos y una distancia de 4,020 metros, se llega al vértice número 19, colindando el vértice número 18 y el 19 con el Rancho La Adelita; del vértice número 19 con rumbo noreste 44 grados 14 minutos y una distancia de 1,971 metros, se llega al vértice número 20, del vértice número 20 con rumbo sureste 74 grados 33 minutos y una distancia de 3, 720 metros se llega al vértice número 21, colindando el vértice número 19 al vértice número 21 con terrenos nacionales; del vértice número 21 con rumbo noreste 88 grados 15 minutos y una distancia de 230 metros, se llega al vértice número 22, del vértice número 22 con rumbo sureste 46 grados 26 minutos y una distancia de 84 metros, se llega al vértice número 23, del vértice número 23, con rumbo noreste 77 grados 32 minutos y una distancia de 88 metros, se llega al vértice número 24, del vértice número 24 con rumbo sureste 80 grados 16 minutos y una distancia de 249 metros, se llega al vértice número 25, del vértice número 25 con rumbo sureste 53 grados 20 minutos y una distancia de 390 metros, se llega al vértice número 1, colindando del vértice número 21 al vértice número 1 con el Rancho Los Corchales. Del vértice número 1 con rumbo sureste 39 grados 48 minutos y una distancia de 40 metros, se llega al vértice número 2, colindando del vértice número 1 al vértice número 2 con carretera federal número 307 Reforma Agraria-Puerto Juárez. Del vértice número 2 con rumbo sureste 39 grados 48 minutos y una distancia de 117 metros, se llega al vértice número 3, colindando del vértice número 2 al vértice número 3 con el Rancho Los Corchales; del vértice número 3 con rumbo sureste 50 grados 10 minutos y una distancia de 1,328 metros, se llega al vértice número 4, del vértice número 4 con rumbo noreste 48 grados 48 minutos y una distancia de 276 metros, se llega al vértice número 5, del vértice número 5 con rumbo sureste 53 grados 56 minutos y una distancia de 228 metros, se llega al vértice número 6, del vértice número 6 con rumbo sureste 37 grados 52 minutos y una distancia de 91 metros, se llega al vértice número 7, que es el punto de partida para cerrar el polígono, colindando del vértice número 3 al vértice número 7 con el Rancho X-Caret III. Polígono con un área de 90 hectáreas que comprende el Parque Ecológico de Xel-Há, con las medidas, rumbos y colindancias siguientes: Partiendo del vértice número 1, ubicado al sureste del polígono, con rumbo sureste 36 grados 35 minutos y una distancia de 206 metros, se llega al vértice número 2, del vértice número 2 con rumbo suroeste 60 grados 56 minutos y una distancia de 206 metros, se llega al vértice número 3, del vértice número 3 con rumbo suroeste 33 grados y una distancia de 187 metros, se llega al vértice número 4, del vértice número 4 con rumbo sureste 23 grados 39 minutos y una distancia de 97 metros, se llega al vértice número 5, del vértice número 5 con rumbo suroeste 27 grados 35 minutos y una distancia de 125 metros, se llega al vértice número 6, del vértice número 6 con rumbo suroeste 10 grados 03 minutos y una distancia de 172 metros, se llega al vértice número 7, del vértice número 7 con rumbo suroeste 27 grados 15 minutos y una distancia de 111 metros, se llega al vértice número 8, colindando del vértice número 1 al vértice número 8 con el Mar Caribe; del vértice número 8 con rumbo noroeste 61 grados 36 minutos y una distancia de 126 metros, se llega al vértice número 9, del vértice número 9 con rumbo noroeste 24 grados 12 minutos y una distancia de 120 metros, se llega al vértice número 10, del vértice número 10 con rumbo noroeste 19 grados 52 minutos y una distancia de 138 metros, se llega al vértice número 11, del vértice número 11 con rumbo noroeste 11 grados 49 minutos y una distancia de 132 metros, se llega al vértice número 12, del vértice número 12 con rumbo noroeste 22 grados 51 minutos y una distancia de 111 metros, se llega al vértice número 13, del vértice número 13 con rumbo noroeste 19 grados 49 minutos y una distancia de 65 metros, se llega al vértice número 14, del vértice número 14 con rumbo suroeste 75 grados 27 minutos y una distancia de 112 metros, se llega al vértice número 15, del vértice número 15 con rumbo suroeste 26 grados 33 minutos y una distancia de 85 metros, se llega al vértice número 16, del vértice número 16 con rumbo suroeste 01 grados y una distancia de 113 metros, se llega al vértice número 17, del vértice número 17 con rumbo suroeste 23 grados 42 minutos y una distancia de 117 metros, se llega al vértice número 18, del vértice número 18, con rumbo sureste 48 grados y una distancia de 135 metros, se llega al vértice número 19, del vértice número 19 con rumbo sureste 45 grados 14 minutos y una distancia de 173 metros, se llega al vértice número 20, del vértice número 20 con rumbo sureste 71 grados 17 minutos y una distancia de 134 metros, se llega al vértice número 21, del vértice número 21 con rumbo sureste 46 grados 52 minutos y una distancia de 108 metros, se llega al vértice número 22, colindando del vértice número 8 al vértice número 22 con el Mar Caribe. Del vértice número 22 con rumbo sureste 09 grados 46 minutos y una distancia de 88 metros, se llega al vértice número 23, del vértice número 23 con rumbo suroeste 10 grados 05 minutos y una distancia de 74 metros, se llega al vértice número 24, del vértice número 24 con rumbo suroeste 32 grados 28 minutos y una distancia de 156 metros, se llega al vértice número 25, colindando del vértice número 22 al vértice número 25 con el Mar Caribe; del vértice número 25 con rumbo noroeste 66 grados 03 minutos y una distancia de 791 metros, se llega al vértice número 26, colindando el vértice 25 y el 26 con terrenos de propiedad particular; del vértice número 26 con rumbo noreste 26 grados 10 minutos y una distancia de 1,256 metros, se llega al vértice número 27, del vértice número 27 con rumbo sureste 66 grados 30 minutos y una distancia de 683 metros, se llega al vértice número 1, que es el punto de partida para cerrar el polígono. V.- MUNICIPIO DE LÁZARO CARDENAS, con cabecera en Kantunilkín: Al norte el Canal de Yucatán. Al sur, el Municipio de Solidaridad. Al este, partiendo de la esquina norte del ejido de Playa del Carmen, se sigue con rumbo norte sobre el meridiano que pasa por este sitio hasta encontrar el lindero sur del ejido Leona Vicario, se dobla al oeste siguiendo el lindero sur de este Ejido, se continúa sobre el lindero oeste y norte hasta la intersección con el meridiano 87 grados 05 minutos 50 segundos, de longitud oeste de Greenwich, se sigue con rumbo norte sobre este meridiano hasta encontrar el lindero poniente del ejido de Isla Mujeres, se continúa por el lindero de este ejido hasta la intersección con el meridiano 87 grados 06 minutos 21 segundos de longitud oeste de Greenwich se sigue sobre este meridiano hasta llegar al faro de Cabo Catoche. Al oeste, la línea que partiendo de la costa norte del Canal de Yucatán, sigue el arco del meridiano 87 grados 32 minutos, longitud oeste de Greenwich, hasta cortar el paralelo 21 grados, y de allí continúa hasta encontrar el paralelo que pasa por la Torre Sur de Chemax, veinte kilómetros al oriente de este punto, comprendiendo la Isla de Holbox. VI.- MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, con cabecera en Cancún: Al norte, el paralelo que pasa 200 metros al sur del faro de la Punta del Meco. Al sur, el municipio de Solidaridad y el Mar Caribe. Al este, el Mar Caribe y al oeste, el municipio de Lázaro Cárdenas. Quedan en su jurisdicción la isla de Cancún y cayos adyacentes. VII.- MUNICIPIO DE ISLA MUJERES, con cabecera en la población del mismo nombre: Al norte, el canal de Yucatán. Al sur, el municipio Benito Juárez. Al este, el Mar Caribe. Al oeste, el municipio Lázaro Cárdenas. Comprende las Islas de Mujeres, Contoy y Blanca, islotes y cayos adyacentes a su litoral. REFORMADA P.O. 19 MAY. 2008. VIII.- MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD, con cabecera en la Ciudad de Playa del Carmen, con la siguiente extensión territorial: CUADRO DE CONSTRUCCION LADOS COORDENADAS RUMBOS DISTANCIAS VERT EST P.V. X Y 1 2 N 02°26'03" E 806.048 508214.170 2300545.146 1 2 3 S 89°45'12" O 16536.808 508248.404 2301350.467 2 3 4 S 65°20'26" O 12865.144 491711.749 2301279.263 3 4 5 S 41°43'51" O 8435.226 480019.869 2295911.594 4 5 6 S 50°56'42" E 999.101 474405.106 2289616.558 5 6 7 S 41°59'15" O 4686.392 475180.950 2288987.059 6 7 8 S 55°01'35" E 2024.184 472045.900 2285503.709 7 8 9 N 89°45'49" O 13161.669 473704.546 2284343.445 8 9 10 N 89°01'27" O 5664.766 460542.990 2284397.722 9 10 11 N 87°03'55" O 939.170 454879.045 2284494.191 10 11 12 N 89°05'27" O 8504.052 453941.107 2284542.275 11 12 13 S 01°14'16" E 7507.943 445438.125 2284677.191 12 13 14 N 85°06'54" O 9572.217 445600.326 2277171.000 13 14 15 N 02°33'18" E 5847.704 436062.881 2277986.155 14 15 16 N 88°47'14" O 13964.238 436323.569 2283828.046 15 16 17 S 58°09'18" O 31460.658 422362.459 2284123.600 16 17 18 S 04°32'29" E 6038.673 395637.320 2267524.206 17 18 19 S 88°30'35" E 5552.274 396115.454 2261504.492 18 19 20 S 88°06'15" E 6532.642 401665.851 2261360.089 19 20 21 S 83°31'51" E 3453.484 408194.917 2261143.972 20 21 22 N 44°00'08" E 11448.321 411626.411 2260754.871 21 22 23 S 84°42'19" E 186.033 419579.408 2268989.790 22 23 24 S 89°41'55" E 13874.745 419764.647 2268972.623 23 24 25 S 42°47'43" E 7058.483 433639.200 2268899.645 24 25 26 S 16°04'28" E 3139.733 438434.603 2263720.235 25 26 27 S 37°34'18" E 9492.914 439303.946 2260703.255 26 27 28 N 74°47'36" E 8323.167 445092.270 2253179.245 27 28 29 S 60°27'8" E 6451.204 453124.005 2255362.441 28 29 30 S 61°11'00" E 1987.165 458736.202 2252181.045 29 30 31 N 26°40'02" E 3048.404 460477.290 2251223.217 30 31 32 N 60°05'41" O 3201.067 461845.437 2253947.358 31 32 33 N 61°06'32" O 1990.667 459070.591 2255543.309 32 33 34 N 30°47'51" E 5429.599 457327.682 2256505.089 33 34 35 S 63°31'41" E 2084.392 460107.661 2261169.021 34 35 36 N 30°47'45" E 1302.997 461973.510 2260239.882 35 36 37 S 52°45'00" E 1188.075 462640.619 2261359.152 36 37 38 S 30°28'43" E 1985.835 463586.330 2260640.018 37 38 39 S 30°32'19" E 1837.395 464593.578 2258928.588 38 39 40 N 59°13'49" E 954.710 465527.193 2257346.064 39 40 41 S 61°25'48" E 1148.025 466347.508 2257834.484 40 41 42 N 28°48'39" E 249.046 467355.744 2257285.464 41 42 43 S 65°14'53" E 957.671 467475.764 2257503.682 42 43 1 Sobre la línea de costa del Mar Caribe hacia el norte hasta llegar al vértice 1. Se respeta el polígono de CALICA perteneciente al municipio de Cozumel descrito en el Artículo 128 fracción IV párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. Se excluyen de su jurisdicción, las áreas descritas en la fracción IV párrafo tercero de este artículo. ADICIONADA P.O. 19 MAY. 2008. IX.- MUNICIPIO DE TULUM, con cabecera en la Ciudad de Tulum, comprendiendo la siguiente extensión territorial: CUADRO DE CONSTRUCCIÓN LADOS COORDENADAS EST RUMBOS DISTANCIAS VERT . P.V. X Y 1 2 N 00°10'15" E 36235.544 447633.514 2190212.998 1 2 3 N 89°46'34" O 13373.848 447741.518 2226448.381 2 3 4 N 00°12'14" E 7956.296 434367.771 2226500.635 3 4 5 N 89°11'14" O 36106.051 434396.093 2234456.880 4 5 6 N 04°32'16" O 26411.175 398293.675 2234969.107 5 6 7 S 88°30'35" E 5552.274 396204.166 2261297.497 6 7 8 S 88°06'15" E 6532.642 401754.563 2261153.094 7 8 9 S 83°31'51" E 3453.484 408283.629 2260936.977 8 9 10 N 44°00'08" E 11448.321 411715.123 2260547.876 9 10 11 S 84°42'19" E 186.033 419668.120 2268782.795 10 11 12 S 89°41'55" E 13874.745 419853.359 2268765.628 11 12 13 S 42°47'43" E 7058.483 433727.912 2268692.650 12 13 14 S 16°04'28" E 3139.733 438523.315 2263513.240 13 14 15 S 37°34'18" E 9492.914 439392.658 2260496.260 14 15 16 N 74°47'36" E 8323.167 445180.982 2252972.250 15 16 17 S 60°38'07" E 8437.449 453212.717 2255155.446 16 17 18 N 26°40'51" E 3046.781 460566.088 2251017.999 17 18 19 N 60°18'15" O 1653.997 461934.151 2253740.365 18 19 20 N 59°52'54" O 1635.003 460497.378 2254559.749 19 20 21 N 61°09'25" O 1902.772 459083.117 2255380.176 20 21 22 N 30°47'51" E 5429.505 457416.394 2256298.095 21 22 23 S 63°31'50" E 2084.395 460196.329 2260961.943 22 23 24 N 30°47'17" E 1302.881 462062.222 2260032.887 23 24 25 S 52°45'07" E 1185.527 462729.117 2261152.149 24 25 26 S 30°31'01" E 202.648 463672.825 2260434.591 25 26 27 S 30°31'01" E 56.309 463775.728 2260260.013 26 27 28 S 30°31'01" E 1078.489 463804.321 2260211.504 27 28 29 S 30°31'01" E 108.036 464351.971 2259282.408 28 29 30 S 30°31'01" E 1018.695 464406.831 2259189.337 29 30 31 S 30°31'01" E 50.800 464924.116 2258311.753 30 31 32 S 30°31'01" E 945.367 464949.912 2258267.990 31 32 33 S 30°31'01" E 27.000 465429.963 2257453.576 32 33 34 S 30°31'01" E 292.182 465443.673 2257430.316 33 34 35 S 30°59'37" E 46.032 465592.041 2257178.607 34 35 36 N 59°14'18" E 954.934 465615.745 2257139.147 35 36 37 S 61°22'11" E 420.660 466436.323 2257627.565 36 37 38 S 61°22'11" E 109.485 466805.549 2257426.004 37 38 39 S 61°22'11" E 568.129 466901.647 2257373.544 38 39 40 S 60°50'38" E 49.798 467400.311 2257101.322 39 40 41 N 28°47'03" E 250.936 467443.800 2257077.061 40 41 42 S 63°50'39" E 123.720 467564.629 2257296.991 41 42 43 S 65°25'58" E 833.981 467675.680 2257242.454 42 Sobre la línea de costa del Mar Caribe hacia el sur hasta llegar al vértice 1. Se respeta el polígono del Xel-Ha perteneciente al 43 1 Municipio de Cozumel descrito en 468434.164 2256895.718 43 el Artículo 128 fracción IV párrafo cuarto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. Se excluyen de su jurisdicción, las áreas descritas en la fracción IV párrafo cuarto de este artículo. REFORMADO P.O. 28 JUL. 1993. REFORMADO P.O. 24 OCT. 2003.

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  • ARTÍCULO 129. Para la creación de municipios en el Estado se requerirá la aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de la Legislatura y la de la mayoría de los Ayuntamientos, así como la concurrencia de los siguientes elementos:

    1. Que sea conveniente para satisfacer las necesidades de sus habitantes.

    2. Que la superficie del territorio del Estado en que se pretenda erigir, sea suficiente para cubrir sus necesidades y atender a sus posibilidades de desarrollo futuro.

    3. Que sus recursos de desarrollo potencial le garanticen posibilidades de autosuficiencia económica.

    4. Que su población no sea inferior a treinta mil habitantes.

    5. Que la comunidad en que se establezca su cabecera cuente con más de diez mil habitantes.

    6. Que la ciudad señalada en la fracción anterior, tenga los servicios públicos adecuados para su población, y

    7. Que previamente se escuche la opinión de los Ayuntamientos de los municipios que puedan ser afectados en su territorio por la creación del nuevo. REFORMADO P.O. 28 JUL. 1993. REFORMADO P.O. 24 OCT. 2003.

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  • ARTÍCULO 130. La Legislatura del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros y con la aprobación de la mayoría de los Ayuntamientos, podrá declarar la supresión de un Municipio y la posterior fusión de sus elementos, cuando en él dejen de concurrir las condiciones requeridas para su creación. En todo caso se deberá escuchar al Ayuntamiento del Municipio que se pretenda suprimir y al del que se pretenda fusionar, quienes deberán expresar lo que a su interés convenga, en un término no mayor a noventa días, contados a partir del momento en que al efecto hayan sido emplazados por la Legislatura. La Legislatura por acuerdo de sus integrantes, estará facultada para modificar la denominación de algún Municipio, cuando en su concepto, existan razones fundadas para ello, de acuerdo a la Ley de la Materia. REFORMADO P.O. 30 SEP. 1992. REFORMADO P.O. 15 FEB. 2001. REFORMADO P.O. 24 OCT. 2003.

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  • ARTÍCULO 131. Los conflictos de límites que se susciten entre los diversos Municipios del Estado, podrán resolverse mediante convenios que al efecto se celebren entre sus Ayuntamientos, con la aprobación de la Legislatura. Cuando dichos conflictos tengan el carácter de contenciosos, conocerá de ellas el Tribunal Superior de Justicia y resolverá en última instancia y con fuerza de cosa juzgada, en forma definitiva e inatacable en el ámbito estatal. REFORMADO P.O. 24 OCT. 2003.

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  • ARTÍCULO 132. Para el mejor ejercicio de sus funciones y la prestación de los servicios públicos a su cargo, los Municipios podrán dividirse administrativamente en:

    1. Cabeceras.

    2. Alcaldías.

    3. Delegaciones y,

    4. Subdelegaciones. La extensión y límites de las cabeceras, alcaldías, delegaciones y subdelegaciones, así como las atribuciones y las formas de elección o designación y remoción de los titulares de los órganos auxiliares del Gobierno Municipal en cada una de ellas, serán determinados por cada Ayuntamiento, en términos de la Ley de la Materia. .

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