Constitución del Estado de Quintana Roo

CAPITULO I - DE LOS HABITANTES
  • ARTÍCULO 35. Son habitantes del Estado todas las personas que se encuentran radicadas dentro de su circunscripción territorial.

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  • ARTÍCULO 36. - Son obligaciones de los habitantes del Estado:

    1. Cumplir con los preceptos de esta Constitución, los de las leyes, reglamentos y disposiciones que de ella emanen, y

    2. Contribuir a los gastos públicos del Estado y del Municipio en que residan en la forma proporcional y equitativa dispuesta en las leyes. .

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