Constitución Política del Estado de Yucatán

CAPÍTULO I - De los Yucatecos

CAPÍTULO I

De los Yucatecos

Artículo 5.- Son Yucatecos:

I. Todos los nacidos dentro o fuera del territorio del Estado, de padres yucatecos;

II. Los nacionales originarios de las demás entidades de la República Mexicana, que hubiesen residido en el Estado seis meses consecutivos; y

III. Los extranjeros que se naturalicen con arreglo a las leyes de la República y que hubieren residido en el Estado seis meses consecutivos.

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