Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

SECCIÓN TERCERA - DE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN EDUCACIONAL
  • Artículo 23. La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas aplicables en el proceso educativo, de conformidad al tipo y nivel y modalidades educativas, capacitando al personal responsable de las Instituciones del Sistema Educativo Militar en su aplicación.

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  • Artículo 24. La Secretaría proveerá los recursos necesarios para garantizar que las Instituciones del Sistema Educativo Militar cumplan la función Educativa.

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