Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 23. La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas aplicables en el proceso educativo, de conformidad al tipo y nivel y modalidades educativas, capacitando al personal responsable de las Instituciones del Sistema Educativo Militar en su aplicación.
Artículo 24. La Secretaría proveerá los recursos necesarios para garantizar que las Instituciones del Sistema Educativo Militar cumplan la función Educativa.