Ley del Instituto Nacional de las Mujeres

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<h3 class="heading-4">Artículo 35</h3> <p><strong>Artículo 35. </strong> Las relaciones laborales entre el Instituto y sus trabajadores se regirán por el Apartado &quot;A&quot; del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.</p>