Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación

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<h3 class="heading-4">Artículo 137</h3> <p><strong>Artículo 137. </strong>Sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones previstas en el Capítulo Primero del Presente Título, le serán aplicables a la subasta, en lo que no contravengan a su regulación específica, las disposiciones que correspondan a la licitación pública. <em>Artículo adicionado DOF <a class="dof_link" href="http://dof.gob.mx/index.php?year=1998&month=05&day=29">29-05-1998</a> </em> </p>