Ley del Servicio Postal Mexicano

  • ARTICULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular todo lo relativo a la prestación del servicio público de correos y de los otros servicios que expresamente se contemplan.

    Volver al inicio Volver al indice

  • ARTICULO 2. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: LA SECRETARIA.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. SERVICIO PUBLICO DE CORREOS.- La recepción, transportación y entrega de la correspondencia.

    CORRESPONDENCIA.- La contenida en sobre cerrado y tarjetas postales, que se ajuste a las normas previstas en la presente Ley y en las disposiciones reglamentarias que al efecto se expidan.

    SERVICIOS DIVERSOS.- La Recepción, transportación y entrega de envíos, distintos a la correspondencia.

    ORGANISMO.- El Organismo Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano.

    Volver al inicio Volver al indice

  • ARTICULO 3. Los actos relativos a la prestación del servicio público de correos y de los servicios diversos a que se refiere esta Ley son de competencia federal.

    Volver al inicio Volver al indice

  • ARTICULO 4. El Gobierno Federal, por conducto del Organismo, tendrá a su cargo la recepción, transportación y entrega de la correspondencia, así como la planeación, establecimiento, conservación, operación, organización y administración de los servicios diversos contenidos en esta Ley.

    Volver al inicio Volver al indice

  • ARTICULO 5. La Secretaría tendrá a su cargo la regulación, inspección y vigilancia del servicio público de correos y de los servicios diversos.

    Volver al inicio Volver al indice

  • ARTICULO 6. El correo y los servicios diversos se rigen por esta Ley, por los tratados y convenios internacionales y por las demás leyes y reglamentos aplicables.

    Volver al inicio Volver al indice

  • ARTICULO 7. Las personas físicas o morales que proporcionen servicios diversos, estarán sujetas a esta Ley y a la de Vías Generales de Comunicación.

    Volver al inicio Volver al indice

  1. CAPITULO II >>