Ley del Servicio Postal Mexicano
ARTICULO 24. La correspondencia y los envíos que no sean entregados a los destinatarios o devueltos a los remitentes, caen en rezago.
ARTICULO 25. La correspondencia y envíos en rezago permanecerán a disposición de los remitentes o destinatarios 6 meses contados a partir de la fecha de su depósito.