Ley Federal de Derechos

  • Artículo 194-H. Por los servicios que a continuación se señalan, se pagará el derecho de impacto ambiental de obras o actividades cuya evaluación corresponda al Gobierno Federal, conforme a las siguientes cuotas:

    1. Por la recepción, evaluación y, en su caso, el otorgamiento de la resolución del informe preventivo ......................................................................................................... $8,680.32 .

    2. Por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación de impacto ambiental, en su modalidad particular, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B: a). .................................................................................................................. $23,342.98 b). .................................................................................................................. $46,687.06 c). .................................................................................................................. $70,031.14 .

    3. Por la recepción, evaluación y el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental, en su modalidad regional, de acuerdo con los criterios ambientales de la TABLA A y la clasificación de la TABLA B: a). .................................................................................................................. $30,547.68 b). .................................................................................................................. $61,094.26 c). .................................................................................................................. $91,640.83 .

    4. (Se deroga).

      TABLA A No. CRITERIOS AMBIENTALES Respuesta Valor 1 Incide en áreas ambientalmente sensibles o No 1 ecosistemas únicos (bosque mesófilo, matorrales Si 3 xerófilos, matorral costero, selva alta perennifolia o humedales). 2 Requirió estimar capacidad de uso de recursos No 1 naturales renovables (aprovechamientos). Si 3 3 Requirió del análisis de compatibilidad con algún No 1 instrumento de planeación y regulación ambiental. Si 3 4 Requirió evaluar impactos ambientales ocasionados No 1 por la pérdida de vegetación (cambio del uso del Si 3 suelo). 5 Se realizaron análisis específicos sobre especies No 1 bajo alguna de las categorías de riesgo en el área Si 3 del proyecto. 6 Se requirió evaluar el efecto acumulativo y/o No 1 sinérgico del proyecto en el área de influencia. Si 3 7 Requirió del análisis y comparación de distintas No 1 opciones de manejo, tratamiento y disposición de los residuos de manejo especial y/o peligrosos. Si 3 8 Requirió del análisis de riesgo por esta No 1 r considerada como una actividad altamente Si 3 riesgosa. 9 El proyecto comprende una de las actividade Una a s ctividad 1 listadas en el artículo 5o. del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Un conjunto de 3 Ambiente en materia de evaluación del impacto actividades ambiental, o un conjunto de las actividades antes mencionadas. 10 El área de influencia del proyecto o si Ha stema sta 10 hectáreas 1 ambiental regional es: De más de 10 y 2 hasta 100 hectáreas De más de 100 3 hectáreas Para determinar la cuota que le corresponde pagar, se debe calificar cada uno de los criterios anteriores y su clasificación será de acuerdo a la suma de los valores obtenidos.

      TABLA B RANG CUOTA A PAGAR SEGÚN EL INCISO O GRADO CORRESPONDIENTE A LAS (CLASIFICACIÓN) FRACCIONES II Y III DE ESTE ARTÍCULO Mínimo a) Hasta 16 Medio b) De más de 16 y hasta 23 Alto c) De más de 23 El pago de los derechos de las fracciones II y III de este artículo se hará conforme a los criterios ambientales señalados en la TABLA A y los rangos de clasificación de la TABLA B, para lo cual se deberán sumar los valores que correspondan de cada criterio establecido en la TABLA A, y conforme al resultado de dicha suma se deberá clasificar el proyecto conforme a los rangos señalados en la TABLA B.

    5. (Se deroga) .

    6. Por la evaluación y resolución de la solicitud de modificación de proyectos autorizados en materia de impacto ambiental .......................................................................... $6,254.80 .

    7. Por la evaluación y resolución de la solicitud de ampliación de términos y plazos establecidos en la autorización de impacto ambiental ......................................................... $2,321.46 .

    8. Por la evaluación de la solicitud de exención de presentación de la manifestación de impacto ambiental de las obras y actividades señaladas en el artículo 6o. del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, se pagará la cuota de: ..................................................... $2,869.00 .

    Volver al inicio Volver al indice

  • Artículo 194-I. Por los servicios de recepción y análisis de la solicitud y, en su caso, la expedición de permisos en materia de organismos genéticamente modificados, se pagará el derecho por actividades relacionadas con la liberación al ambiente, conforme a las siguientes cuotas:

    1. Por el permiso de liberación experimental al ambiente de organismos genéticamente modificados, incluyendo su importación ........................................................ $20,610.00 .

    2. Por el permiso de liberación al ambiente en programa piloto de organismos genéticamente modificados, incluyendo su importación ........................................................ $20,610.00 .

    3. Por el permiso de liberación comercial al ambiente de organismos genéticamente modificados, incluyendo su importación ........................................................ $20,610.00 .

    Tratándose de la solicitud de reconsideración de resolución negativa de cada permiso a que se refiere este artículo, se pagará la cuota ....................................................................................... $17,775.00 .

    Volver al inicio Volver al indice

  • Artículo 194-J. (Se deroga).

    Volver al inicio Volver al indice

  1. << Sección Sexta
  2. Sección Octava >>