Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
ARTÍCULO 14. El Consejo Directivo se integrará y funcionará de acuerdo a lo que determine esta Ley Orgánica, el Estatuto y el reglamento correspondientes.
ARTÍCULO 15. Corresponde al Consejo Directivo, según lo que establezca el Estatuto y los reglamentos respectivos:
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Participar en el proceso de elección de las autoridades a que se refieren las fracciones II y IV del artículo 8 de esta Ley Orgánica;
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Participar en la definición de políticas generales de planes y programas institucionales, y en su seguimiento y evaluación;
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Promover la participación y vinculación de la Universidad con la sociedad;
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Colaborar en la gestión de los recursos para el cumplimiento de los fines de la Universidad y promover la transparencia de su uso; y
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Las demás que le asigne el Estatuto.
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