Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
ARTICULO 54. El Ejército Mexicano se compone de Unidades organizadas y adiestradas para las operaciones militares terrestres y está constituido por Armas y Servicios.
ARTICULO 55. Las Armas son los componentes del Ejército Mexicano cuya misión principal es el combate, el que será ejecutado por cada una de ellas en función de como combinen el armamento, la forma preponderante de desplazarse, su poder de choque y forma de trabajo.
ARTICULO 56. Las Armas del Ejército Mexicano son:
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Infantería;
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Caballería;
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Artillería;
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Blindada; e .
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Ingenieros.
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ARTICULO 57. Las Armas del Ejército se organizarán en Unidades, las que se clasifican en pequeñas y grandes Unidades.
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Las pequeñas Unidades se constituyen con mando y órganos de mando, elementos o unidades de una sola Arma y de los Servicios que le sean necesarios según proceda. Las pequeñas Unidades son: Escuadras; Pelotones; Secciones; Compañías, Escuadrones o Baterías; Grupos; y Batallones o Regimientos.
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Las grandes Unidades se constituyen con Mando y órganos de Mando, Unidades de dos o más Armas y de los Servicios que se requieran.
Las Grandes Unidades son: Brigadas, Divisiones y Cuerpos de Ejército.
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ARTICULO 58. Los servicios del Ejército tienen la misión, composición y funciones que les señala la parte correspondiente del Capítulo IV del presente Título.