Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

CAPITULO UNICO - DE LOS ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

Artículo 1.- El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:

    I. La Suprema Corte de Justicia de la Nación;

    II. El Tribunal Electoral;

    III. Los Tribunales Colegiados de Circuito;

    IV. Los Tribunales Unitarios de Circuito;

    V. Los Juzgados de Distrito;

    VI. El Consejo de la Judicatura Federal;

    VII. El Jurado Federal de Ciudadanos, y

    VIII. Los tribunales de los Estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.