Ley que Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

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<h3 class="heading-4">ARTICULO 16</h3> <p><strong>ARTICULO 16. </strong>Corresponderá al Instituto otorgar los premios nacionales de Arte y de Literatura actualmente establecidos por la Ley y los que se establezcan de la misma naturaleza, por su iniciativa propia o de cualquiera dependencia del Estado.</p>