Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

CAPITULO ESPECIAL - De la Letra y Música del Himno Nacional
  • ARTÍCULO 57. La letra oficial del Himno Nacional es la siguiente: CORO Mexicanos, al grito de guerra El acero aprestad y el bridón, y retiemble en sus centros la tierra Al sonoro rugir del cañón.

    1. Ciña ¡oh patria! tus sienes de oliva De la paz el arcángel divino, Que en el cielo tu eterno destino Por el dedo de Dios se escribió.

      Más si osare un extraño enemigo Profanar con su planta tu suelo, Piensa ¡oh patria querida! que el cielo Un soldado en cada hijo te dio.

      CORO .

    2. ¡Guerra, guerra sin tregua al que intente De la patria manchar los blasones! ¡Guerra, guerra! Los patrios pendones En las olas de sangre empapad.

      ¡Guerra, guerra! En el monte, en el valle Los cañones horrísonos truenen, Y los ecos sonoros resuenen Con las voces de ¡Unión! ¡Libertad! CORO .

    3. Antes, patria, que inermes tus hijos Bajo el yugo su cuello dobleguen, Tus campiñas con sangre se rieguen, Sobre sangre se estampe su pie.

      Y tus templos, palacios y torres Se derrumben con hórrido estruendo, Y sus ruinas existan diciendo: De mil héroes la patria aquí fue.

      CORO .

    ¡Patria! ¡patria! Tus hijos te juran Exhalar en tus aras su aliento, Si el clarín con su bélico acento Los convoca a lidiar con valor.

    ¡Para ti las guirnaldas de oliva! ¡Un recuerdo para ellos de gloria! ¡Un laurel para ti de victoria! ¡Un sepulcro para ellos de honor! CORO Mexicanos, al grito de guerra El acero aprestad y el bridón, Y retiemble en sus centros la tierra Al sonoro rugir del cañón.

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  • ARTÍCULO 58. La música oficial del Himno Nacional es la siguiente:

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  • ARTÍCULO 59. En encuentros deportivos de cualquier índole, que se celebren dentro del territorio nacional, el abanderamiento y la ejecución del Himno Nacional, así como el uso de la propia Bandera, se ajustarán a las determinaciones del reglamento respectivo. Artículo adicionado DOF 09-05-1995

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  • ARTÍCULO 60. Los accesorios en que se reproduzcan, para efectos comerciales, la Bandera o el Himno Nacionales, deberán cumplir con los requisitos que determine el reglamento respectivo, con arreglo a los preceptos de este ordenamiento. Artículo adicionado DOF 09-05-1995

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