Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
El artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
El Poder Judicial de la Federación está integrado por: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), los Plenos Regionales, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación y los Juzgados de Distrito.
En esta sección presentamos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México es el más alto tribunal del país, conocido como “Máximo Tribunal Constitucional” o “Máxima Autoridad Jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación”. Su fundamento se encuentra en el artículo 94 de la Constitución que establece que el ejercicio del Poder Judicial de la Federación se deposita en la Suprema Corte de Justicia.
La principal función de la Corte es defender la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, vigila que las leyes y actos de autoridad se emitan con apego a la Constitución. Y también protege los derechos humanos.
Para guardar la Constitución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de juicios de amparo, controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y determinaciones de constitucionalidad en materia de consulta popular.
La Corte está integrada por once ministros y funciona en Pleno o en Salas. Las sesiones del Pleno y de las Salas serán públicas. Excepcionalmente serán secretas en los casos que así lo exijan la moral o el interés público.
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La Suprema Corte está integrada por once ministros, uno de ellos es el ministro presidente. Los ministros que integran la Corte realizan proyectos de resolución sobre los asuntos que conocen, estos asuntos son analizados y discutidos de manera colegiada. Las decisiones se toman a través de votaciones.
El presidente de la República somete a consideración del Senado una terna de personas propuestas para ser nombrados ministros de la Suprema Corte.
Preferentemente se nombran ministros a personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.
Los ministros durarán quince años en su encargo, salvo que sobrevenga incapacidad física o mental permanente. Además percibirán una remuneración, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo. Al término de su periodo tendrán derecho a un haber por retiro.
El 02 de enero del año 2023, la ministra Norma Lucía Piña Hernández fue elegida como Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el periodo 2023-2026, convirtiéndose en la primera mujer en presidir el Máximo Tribunal Constitucional.
Requisitos para ser Electo Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Para ser electo ministro de la Corte se requiere reunir los siguientes requisitos:
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
- Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación.
- Contar el día de la designación con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.
- Gozar de buena reputación.
- No haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión. Sin embargo, si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime la buena fama en el concepto público inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena.
- Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación.
- No haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal ni gobernador o jefe de la Ciudad de México, durante el año previo al día de su nombramiento.
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
El Pleno de la Suprema Corte está integrado por los once ministros que la integran y uno de ellos funge como ministro presidente.
Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está integrada por cinco ministros y sesiona asuntos en materia civil y penal. El ministro presidente no participa en las decisiones de la Sala.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación está integrada por cinco ministros y sesiona asuntos en materia administrativa y laboral. El ministro presidente no participa en las decisiones de la Sala.
Nota aclaratoria: Los supuestos establecidos en la legislación respecto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son diversos y su configuración en la realidad puede variar, y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.