Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

El artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
El Poder Judicial de la Federación está integrado por: la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Electoral (TEPJF), los Plenos Regionales, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación, los Juzgados de Distrito, el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
En esta sección presentamos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según la reforma constitucional al Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México es el más alto tribunal del país, conocido como “Máximo Tribunal Constitucional” o “Máxima Autoridad Jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación”. Su fundamento se encuentra en el artículo 94 de la Constitución que establece que el ejercicio del Poder Judicial de la Federación se deposita en la Suprema Corte de Justicia.
La principal función de la Corte es defender la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Además, vigila que las leyes y actos de autoridad se emitan con apego a la Constitución. Y también protege los derechos humanos.
Para guardar la Constitución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación conoce de juicios de amparo, controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y determinaciones de constitucionalidad en materia de consulta popular.
La Corte está integrada por nueve ministros y funciona en Pleno. Las sesiones del Pleno serán públicas.
Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La Suprema Corte está integrada por nueve ministros, uno de ellos es el ministro presidente.
Los ministros serán elegidos de manera libre, discreta y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones federales ordinarias del año que corresponda.
Los ministros durarán doce años en su encargo, en ningún caso podrán ser reelectos para un nuevo período y sólo podrán ser removidos en los términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El 02 de enero del año 2023, la ministra Norma Lucía Piña Hernández fue elegida como Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el periodo 2023-2026, convirtiéndose en la primera mujer en presidir el Máximo Tribunal Constitucional.
Requisitos para ser Electo Ministra o MInistro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
El artículo 95 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen los requisitos para ser ministro o ministra de la Corte, los cuales consisten en:
- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
- Poseer título de licenciada o licenciado en derecho, un promedio general de calificación de ocho puntos o su equivalente y de nueve puntos o su equivalente en las materias de la licenciatura, especialidad, maestría o doctorado, relacionadas con el cargo de ministra o ministro según determine el Comité de Evaluación, en términos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; y práctica profesional de cuando menos cinco años en el ejercicio de actividad jurídica.
- Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
- Haber residido en México durante los dos años anteriores al día de la publicación de la convocatoria para la integración del listado de candidaturas a ministras y ministros de la SCJN.
- No haber sido Secretaria o Secretario de Estado, Fiscal General de la República, Senador o Senadora, Diputado o Diputada Federal ni Titular del Poder Ejecutivo en alguna entidad federativa durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria para la integración del listado de candidaturas a ministras y ministros de la SCJN.
- Ser elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía a nivel nacional el día que se realicen las elecciones federales ordinarias del año que corresponda.
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
El Pleno de la Suprema Corte está integrado por nueve ministros. Estará facultado para expedir acuerdos generales a fin de lograr una adecuada distribución de los asuntos que competa conocer a la Corte, así como remitir asuntos a los Plenos Regionales y a los Tribunales Colegiados de Circuito, para myor prontitud en el despacho de los mismos.
Nota aclaratoria: Los supuestos establecidos en la legislación respecto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son diversos y su configuración en la realidad puede variar, y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.