Preguntas y Respuestas Sobre el Contrato de Edición de Obra Literaria
Cuando una obra literaria se hace accesible al público por primera vez, deja de ser inédita. Las obras literarias pueden ser publicadas, y no por ello pierden su protección legal.
En la vida cotidiana sucede que algunos autores desean dar a conocer al público su obra literaria con el propósito de que esta sea conocida, disfrutada o aprovechada por el lector y además recibir una retribución económica.
Por otro lado, también existen los editores o casas editoriales, como por ejemplo en México se encuentran Editorial Sexto Piso, Editorial Porrúa, Editorial Océano, Editorial Santillana, por mencionar algunas, que tienen interés en publicar obras literarias de autores ya sea porque el contenido de la obra es muy bueno, interesante o educativo; porque el autor de la obra es muy reconocido y del gusto del público; o bien porque simplemente quieren apostarle a una obra literaria o a un autor en la cuál identifican potencial. Y es de esta forma que los editores ven ahí una oportunidad de negocio, al publicar y comercializar obras literarias.
El autor de la obra literaria que desea que su obra sea publicada y comercializada, y el editor que tiene interés en publicar la obra literaria y comercializarla, pueden lograr sus objetivos a través de la celebración de un contrato por escrito de edición de obra literaria.
La celebración de este contrato garantiza que los derechos y obligaciones tanto del autor o de los titulares de los derechos patrimoniales como los del editor queden establecidos. Celebrar este tipo de contrato no significa que el autor pierda sus derechos, el autor de la obra literaria conservará sus derechos patrimoniales. El editor se encontrará obligado a mencionar el nombre del autor de la obra literaria o su seudónimo, o bien a mencionar que el autor es anónimo si este desea que así se haga saber. En virtud de este contrato el autor se obliga a entregar la obra al editor y el editor se obliga a explotar la obra y a otorgar al autor una remuneración económica.
Los autores frecuentemente reciben propuestas para publicar sus obras literarias o bien ellos mismos están interesados en buscar que una editorial les publique sus obras literarias, sin embargo, tienen muchas dudas al respecto, como por ejemplo, si al dar a conocer a una editorial su obra pierden sus derechos de autor o qué tan expuestos están al plagio de su obra al hacerlo; cuánto dinero necesitan para invertir en la edición de su obra; si todos los gastos de edición, impresión y comercialización correrán por su cuenta o por cuenta del editor; si su nombre debe ser mencionado o no en la obra; si su obra puede ser o no modificada por el editor; entre otras dudas. En esta sección presentamos preguntas y respuestas sobre el contrato de edición de obra literaria, con el propósito de que los autores, los editores y el público en general conozcan más sobre este tema.
¿Qué es una obra literaria?
¿Qué es un autor de una obra literaria?
¿Cuáles son los derechos patrimoniales del derecho de autor?
¿Qué es el contrato de edición de obra literaria?
¿Quiénes son las partes en el contrato de edición de obra literaria?
¿Cuál es el contenido del contrato de edición de obra literaria?
¿Cuál es el término para poner a la venta los ejemplares de una obra literaria?
¿Qué pasa si en el contrato de edición no se señala el plazo para la conclusión de la edición y puesta a la venta de los ejemplares de la obra literaria?
¿Puede el editor publicar una obra con modificaciones?
¿Puede el autor hacer modificaciones a su obra cuando ha celebrado el contrato de edición de obra literaria?
¿Puede el editor fijar el precio de venta de los ejemplares de la obra literaria?
¿Qué datos deberán contener las obras que publiquen los editores?
¿Qué información deberán hacer constar los impresores en las obras que impriman?
¿Debe registrarse el contrato de edición de obra literaria?
¿Dónde se registra el contrato de edición de obra literaria?
¿Cuáles son los requisitos de registro del contrato de edición de obra literaria?
¿Qué es un libro?
En materia de derechos de autor, una obra literaria es una creación del intelecto humano de forma escrita, original, de tipo literario, científico, técnico o práctico.
El autor de la obra literaria es el creador de la obra.
Los derechos patrimoniales se refieren a la facultad que tienen los autores de explotar de forma exclusiva su obra o de autorizar a otros su explotación.
El contrato de edición de obra literaria es aquel por el cual el autor o el titular de los derechos patrimoniales se obliga a entregar su obra a un editor y este se obliga a su vez a reproducirla, distribuirla y venderla, cubriendo las prestaciones convenidas.
En el contrato de edición de obra literaria intervienen:
- El autor de la obra literaria o el titular de los derechos patrimoniales.
- El editor.
El contrato de edición de obra literaria deberá contener:
- Proemio (identificación de que se trata de un contrato de edición de obra literaria).
- Datos de identificación del autor o titular de derechos patrimoniales.
- Datos de identificación del editor.
- Nombre de la obra.
- Derechos y obligaciones del autor de la obra o titular de derechos patrimoniales.
- Derechos y obligaciones del editor.
- Número de ediciones y/o reimpresiones (según el caso).
- Cantidad de ejemplares de que conste cada edición.
- Exclusividad de la entrega de material (en su caso)
- Remuneración que deberá recibir el autor de la obra o titular de derechos de autor.
- Término dentro del cual debe de concluirse la edición y ser puestos a la venta los ejemplares.
- Causales de terminación del contrato.
- Jurisdicción aplicable en caso de controversia.
- Lugar y fecha de celebración del contrato.
- Firma de las partes.
El término para poner a la venta los ejemplares no podrá exceder de dos años, contados a partir del momento en el cual la obra se puso a disposición del editor.
Si en el contrato las partes no señalan el término dentro del cual deberá quedar concluida la edición y puesta a la venta los ejemplares, se entenderá que el término es de un año contado a partir de la entrega de la obra lista para su edición.
El editor no puede publicar la obra literaria con abreviaturas, supresiones u otro tipo de modificaciones. Para poder hacerlo, requerirá del consentimiento del editor.
Antes de que la obra entre en prensa, el autor podrá hacer correcciones, enmiendas, adiciones o mejoras.
Sí, el editor podrá fijar el precio de venta de los ejemplares de la obra literaria siempre y cuando no exista convenio al respecto.
De acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor, los editores harán constar en las obras que publiquen los datos siguientes:
De acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor, los impresores harán constar en las obras que impriman los siguientes datos:
- Nombre, denominación o razón social del impresor.
- Domicilio del impresor.
- Fecha en que la obra literaria se terminó de imprimir.
Sí, para que los contratos de edición de obra literaria surtan efectos contra terceros, deberán registrarse ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).
Los contratos de edición de obra literaria se registran en el Registro Público del Derecho de Autor del Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).
Para registrar un contrato de edición de obra literaria, el solicitante o su representante legal deberá presentar ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR):
- Solicitud de registro de contratos.
- Comprobante de pago de derechos por concepto de registro de contratos.
- Dos ejemplares del contrato con firmas autógrafas.
- Anexos.
Un libro según la Ley Federal el Derecho de Autor es toda publicación unitaria, no periódica de carácter literario, artístico, científico, técnico educativo, informativo o recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga de una sola vez en su totalidad en un volumen o en intervalos en varios volúmenes o fascículos.
Comprenderá también los materiales complementarios de cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose del contrato de edición de obra literaria son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Lo mencionado en este espacio es de carácter meramente informativo e ilustrativo.