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Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO DEL INSTITUTO
MORELENSE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y
ESTADÍSTICA
OBSERVACIONES GENERALES.-
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Mireya Arteaga Dirzo
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Buen Gobierno
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Comisionada Presidenta
Dora Ivonne Rosales Sotelo
Comisionada
Víctor Manuel Díaz Vázquez
Comisionado
Guillermo Arizmendi García
Secretario Ejecutivo
Instituto Morelense de Información
Pública y Estadística
Calle Rufino Tamayo, Esquina Morelos
No. 13, Col. Acapantzingo C.P. 62440
Cuernavaca, Morelos 2016.
COLABORADORES EN LA ELABORACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN
GOBIERNO
Elvira Morales
Rosa Hernandez
Rosa María Herrera
Guillermo Arizmendi
Jorge Contreras
Elia Guzmán
Leonardo Vázquez
Adolfo Torres
Yadira Herrera
Lourdes Bernal
Elizabeth Carrasco
Erik Espinoza
Ahida Navarro
Regino Garcia
Perla Guerra
Héctor Ramirez
José Carlos Alquicira
Ulises Patricio
Rubén Moreno
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Rafael Basurto
Guillermo Saldaña
Esteban Muñoz
Nery Castañeda
Celeste Ortiz
Ricardo Flores
Rosa Moran
Mariana Basurto
Julieta Eréndira
Soledad Hernandez
José Gómez
Andrea Marquina
Rafael Martínez
David Blas
Saúl Ochoa
Iván Mera
Jorge Álvarez
Miguel Yáñez
Maricruz Flores
Ricardo Gutiérrez
Claudia Montiel
Presentación
Exposición de Motivos
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Origen
Artículo 2. Objeto
Artículo 3. Justificación Normativa
Artículo 4. Fundamentación Normativa
Artículo 5. Acciones de elaboración del Código de Ética.
Artículo 6. Misión
Artículo 7. Visión
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Artículo 8. Aplicación
Artículo 9. Obligaciones del personal
Artículo 10. Principios
CAPÍTULO Il
PRINCIPIOS RECTORES
Artículo 11. Transparencia
Artículo 12. Legalidad
Artículo 13. Respeto
Artículo 14. Certeza
Artículo 15. Máxima publicidad
Artículo 16. Imparcialidad
Artículo 17. Objetividad
Artículo 18. Honradez
Artículo 19. Profesionalismo
Artículo 20. Confidencialidad
Artículo 21. Eficacia
Artículo 22. Igualdad
Artículo 23. Entorno ecológico
CAPÍTULO lll
COMITÉ DE ÉTICA
Artículo 24. Naturaleza del Comité de Ética
Artículo 25. Objetivo del Comité de Ética
Artículo 26. Integración del Comité de Ética
Bibliografía
Glosario
Presentación
A partir de la publicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública el 5 de mayo de 2015, así como de la Ley de Transparencia e
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Información Pública del Estado de Morelos 27 de abril del 2016, el Instituto
Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE), cuenta con nuevas
atribuciones y responsabilidades, dando con ello la pauta a la readecuación de la
estructura administrativa del instituto, con la finalidad de regular la conducta de
sus integrantes en el desempeño de sus funciones, a fin de dar cumplimiento con
la responsabilidad institucional que garantice el cumplimiento eficaz y eficiente en
el desarrollo de las actividades que le son encomendadas.
Como órgano garante de la transparencia, el Instituto requiere de personal
profesional que contribuya a la protección de los derechos de acceso a la
información y de protección de datos personales, así como a la formación y
socialización de la cultura de transparencia y rendición de cuentas en la sociedad.
Para dar cumplimiento a lo anteriormente descrito, el Instituto Morelense de
Información Pública y Estadística se ha dado a la tarea de concretizar un
instrumento cuya finalidad sea la de establecer parámetros y reglas de conducta
basados en los principios y valores que deben guiar el desempeño cotidiano del
personal del Instituto.
El Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública
y Estadística, pretende la calidad en el actuar de sus servidores públicos como
principio de buenas prácticas que permitan la credibilidad y confianza que los
ciudadanos requieren de las entidades públicas, ya que ello representa la base del
fortalecimiento profesional para que su labor se reconozca por imprimir en cada
una de sus acciones la máxima empatía, transparencia, honestidad, disciplina,
desempeño, dedicación y responsabilidad con la misión y la visión generadas por
la Institución.
Con el Código de Ética y Buen Gobierno, del Instituto Morelense de Información
Pública y Estadística, se pretende contar con un mecanismo que coadyuve a
garantizar que la protección al derecho de acceso a la información pública y la
protección de datos personales, se realice por personal que genere confianza en
la ciudadanía y demuestre su calidad profesional. Ello surge de una necesidad de
generar en los integrantes del IMIPE, procesos de identidad que propicien el
sentido de pertenencia basada en principios y valores éticos, como parte de un
proyecto de vida apegado a la filosofía de la institución.
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El Código de Ética y Buen Gobierno surge de la necesidad de generar en los
integrantes del IMIPE, procesos de identidad que propicien un sentido de
pertenencia basada en principios y valores éticos, como parte de un proyecto de
vida apegado a la filosofía de la institución, producto de un ejercicio interno común
generado a través de un taller que permitió retomar, jerarquizar y realimentar los
valores que se requieren en el actuar del día a día, tomando como elemento
principal el factor humano, siendo lo más valioso con que cuenta la organización
para su correcto funcionamiento. La participación de cada uno de los integrantes
del IMIPE en la construcción del Código de Ética y Buen Gobierno pretende
contribuir al desarrollo de un clima interno transparente que centre las
expectativas de la actuación de los servidores, forjando un estilo de dirección
unificado de conductas transparentes, que propicie confianza en las diferentes
áreas y fortaleciendo la cultura organizacional orientada al cumplimiento de los
fines.
El alcance del Código de Ética y Buen Gobierno proyecta que los valores, políticas
éticas y lineamientos referidos en el presente Código, serán asumidos y
desempeñados de manera consciente y responsable por los servidores públicos
del IMIPE en sus actuaciones, y serán promovidos de manera especial por el
equipo directivo y demás particulares que ejerzan funciones, con el propósito de
consolidarlos en nuestra cultura organizacional.
Los servidores públicos del IMIPE asumen que el Código de Ética y Buen
Gobierno forma parte de sus creencias básicas sobre las formas correctas para
desempeñar la función pública, que se constituyen en premisas de todas sus
actuaciones, que el interés general prevalece sobre el interés particular, que los
bienes y recursos públicos están destinados exclusivamente para asuntos de
interés general, que su función primordial es servir a la ciudadanía, y que quien
administra recursos públicos rinde cuentas a la sociedad sobre su utilización y los
resultados de su gestión.
El IMIPE, reconoce la importancia de instituir un Código de Ética y Buen Gobierno
con el fin de atender lo dispuesto y contribuya a mejorar la prestación de los
servicios de la Institución orientados en todo momento a satisfacer las
necesidades de la sociedad.
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Exposición de Motivos
El interés por fundamentar, de manera racional, las acciones de los seres
humanos, es tan antiguo como la misma humanidad; en muchas sociedades,
comunidades, pueblos y culturas se encuentran prescripciones que norman la
rectitud de dichos actos.
Desde esta perspectiva, la ética según Víquez, permite: “La orientación racional de
la conducta humana hacia la consecución de unos fines determinados, fines que
evidentemente, no pueden atentar contra nuestra condición de seres sociales. Con
ello se afirma que los fines que se planteen deben tener presente que el límite de
nuestro bienestar es el bienestar de los otros que comparten nuestra vida diaria.”1
(2007)
Esta búsqueda del bien actuar, manifiesta la capacidad de ser plenamente aquello
que se es cuando se cumple, de manera adecuada, con la función social que a
cada uno le toca; de tal forma que, en sus alcances reales, el término ética está
vinculado con: lo mejor, con la búsqueda de la excelencia, con la plenitud de lo
humano, de lo bien hecho, de lo óptimo.
Al competer la ética a todo quehacer humano se extiende a las acciones
organizacionales e institucionales donde deben generarse las mejores prácticas y
comportamientos en todos los involucrados. Esto sucede cuando los funcionarios
se identifican con la Institución, se enriquecen con los valores que ésta promueve,
tratan de tener excelentes desempeños y vivir a plenitud.
Bajo esta perspectiva la Real Academia de la Lengua define los valores como:
“Cualidades que hacen apreciada una persona o sus actos porque encarnan algún
bien, son ideas consideradas por la sociedad como deseables para ser vividas,
por la convicción de que posibilitan la felicidad y el bienestar personal y social”2
(2015). La práctica de los valores en las organizaciones sostiene el proceso de
toma de decisiones, es el cauce estratégico hacia el futuro porque alinean a las
1 Lizano, D. (2007). Algunas reflexiones sobre ética y empresa. En: http://www.uccaep.or.cr/etica_y_empresa.html 27-10-
2007.
2 Asociación de Academias de la Lengua Española. (2015). Diccionario de la lengua española. En:
http://dle.rae.es/?id=bJeLxWG
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personas y las comprometen a trabajar juntas para alcanzar metas comunes al
ejercer la realización de los objetivos de la Institución.
Taylor, filósofo canadiense, propone una definición de institución donde
manifiesta como requisito esencial: “El restaurar la consciencia de su propia
identidad y de proclamarla públicamente”3 (2013). Para Taylor, una institución es:
“Una colectividad de individuos que son convocados a expresar y desarrollar su
identidad en el curso de la implementación de los objetivos que comparten, no
solo hacia el interior, sino hacia el exterior”4 (2013).
Hacia el exterior, los individuos que constituyen una institución, han de proyectar
sus principios morales ante la sociedad, ofreciendo un servicio para una población
con diferentes concepciones de vida. Hacia su interior, debe establecer su filosofía
constituida por una visión, misión y valores que permitan el cumplimiento de su
labor de manera ética.1
Desde esta perspectiva Institucional y partiendo del marco teórico descrito, el
Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE), ha visto la
importancia de promover la responsabilidad que comporta ser funcionario público
y que además debe favorecer a desarrollar las condiciones necesarias para que el
personal conduzca sus acciones en una atmósfera adecuada en donde se vivan
los principios y valores éticos.
El IMIPE, reconoce la importancia de instituir y definir un Código de Ética con el fin
de atender lo dispuesto y se espera que la definición del código de ética
contribuya a mejorar la prestación de los servicios de la Institución orientados en
todo momento a satisfacer las necesidades de la sociedad.
3 Taylor, Ch. (2013). Modernidad e identidad. En: http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-
43602013000100017&script=sci_arttext
4 Ibídem.
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CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Origen
El Código de Ética implica un código de unión y participación entre los
colaboradores que conforman una Institución, su principio marca el fundamento de
relaciones interpersonales y valores reconocidos y respetados por los integrantes
del grupo que permiten actuar conforme a la filosofía institucional de una manera
recta, con respeto, honestidad, libertad y justicia. Su creación, tiene como raíz la
colaboración de cada uno de los integrantes del organismo, es por ello que el
Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE) convocó a toda
su comunidad institucional a participar en la creación del mismo, contemplando
que cada individuo es parte esencial del compromiso para fomentar los valores
que enriquecen, de manera integral, a cada uno de ellos como persona y
trabajador. En un sentido de origen, la ética significa “carácter”, lo que conlleva a
incluir como esencia del mismo, el propio sentir de los participantes. Bajo este
principio, el Código de Ética del IMIPE se conformó empleando una metodología
que permitiera identificar los rasgos que caracterizan los valores éticos y de
integridad en el personal, y que a su vez, permitan reunir fielmente los principios y
valores que la Institución considera fundamentales para beneficiar el desarrollo de
los procesos y actividades de la Institución.
Artículo 2. Objeto
El Código de Ética y Buen Gobierno representa un esfuerzo plasmado en un
marco normativo, cuya finalidad es la de generar un instrumento que permita
garantizar, que las actividades llevadas a cabo por el personal del Morelense de
Información Pública y Estadística, se desarrollen con responsabilidad,
profesionalismo y ética, permitiendo los derechos de las personas a la información
pública y a la protección de sus datos personales y promoviendo la cultura de la
transparencia y la rendición de cuentas.
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Artículo 3. Justificación Normativa
El Código de Ética y Buen Gobierno está fundamentado en el Programa Nacional
de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia, y el Desarrollo
Administrativo 2001-2006, donde se señala: “Cada una de las instituciones
públicas deberá, con base en el Código de Ética, elaborar y emitir un código de
conducta específico, que delimite la actuación de los servidores públicos en
situaciones concretas que se les presenten, atendiendo a las funciones y
actividades propias de cada institución, y en el Código de Ética de los Servidores
Públicos de la Administración Pública Federal publicado en el Diario Oficial del 31
de julio del 2002 por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo
(actualmente Secretaría de la Función Pública).
Artículo 4. Fundamentación Normativa
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79, 108, 109 y 113, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 134 y 141, de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 14, de Auditoría y
Fiscalización del Estado de Morelos; 27, de la Ley Estatal de Responsabilidad de
los Servidores Públicos; 98, de la Ley de Información Pública Estadística y
Protección de Datos Personales del Estado de Morelos y 53, del Reglamento
Interior del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística; y artículo 4°,
de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y 47, 134 y 135, de la
Ley Federal de Trabajo.
Artículo 5. Acciones de elaboración del Código de Ética.
Como parte del proceso de elaboración del código se llevaron a cabo las
siguientes acciones:
l. Se analizaron documentos institucionales, lo que abarcó la revisión del marco
legal que rige la Institución, la estructura orgánica y funcional, así como los
estudios relacionados con la cultura organizacional;
ll. Realización de un diagnóstico en materia de valores que permitió comparar la
cultura organizacional formalmente establecida, con la percepción de los
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integrantes de la Institución, así como los principales problemas relacionados
con los factores claves del comportamiento institucional: personas, estructuras
y entorno;
lll. Conformación de los elementos para reunir a todos los colaboradores del
Instituto con la finalidad de dar origen al Código de Ética;
lV. De esta reunión surge la idea de utilizar una herramienta didáctica que
permitiera la concentración de todos los intereses, dando origen a la creación
de un taller sobre valores que accediera a manifestar la visión moral que cada
persona tiene como integrante del IMIPE y la manera de establecer los valores
fundamentales para generar un ambiente de trabajo armónico y de respeto
dirigido a actuar de manera transparente ante ellos mismos y con la
sociedad a quien se deben;
V. Análisis de los trabajos de cada uno de los participantes para revisar su
visión en relación a los valores con los que el IMIPE debe dirigirse bajo la
perspectiva de su experiencia, y
Vl. Interpretación del material para la transcripción del Código de Ética. De esa
forma, el IMIPE, a través de este proyecto, ve integrada la cooperación y
compromiso de cada uno de sus miembros, buscando propiciar un ambiente de
trabajo saludable y productivo, que canalice el potencial y la creatividad de cada
uno de ellos, al tiempo de fomentar la colaboración, el trabajo en equipo y una
respuesta de transparencia en todas sus acciones.
Artículo 6. Misión
Lograr que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado
de Morelos se consolide como una herramienta en el desarrollo de la cultura de
Transparencia y Rendición de Cuentas, propiciando con ello la corresponsabilidad,
apertura y colaboración ciudadana y gubernamental a través de políticas públicas
eficientes y eficaces.
Artículo 7. Visión
Ser el órgano garante por excelencia que fortalezca la creación, desarrollo y
gestión de vínculo entre gobierno y sociedad para acceder a la información que en
tema de transparencia y rendición de cuentas propicie un mayor compromiso
cívico en la comunicación de las actividades el uso de los recursos y funciones de
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los servidores públicos como elementos clave para el proceso de cambio para un
gobierno abierto.
Artículo 8. Aplicación
El presente Código representa una normativa interna de observancia general y
obligatoria dirigida al personal que preste sus servicios en el Instituto Morelense
de Información Pública y Estadística: siendo aplicable al personal de nómina, por
honorarios, prestantes del servicio social, prácticas profesionales y al personal de
las empresas que prestan servicios en el Instituto.
Artículo 9. Obligaciones del personal
El personal del Instituto deberá:
I. Desempeñar funciones con estricto apego y respeto a los principios y valores
expresados en el presente Código;
II. Asumir el compromiso que exige la función pública de proteger los derechos
de acceso a la información y de protección de datos personales;
III. Denunciar de manera inmediata, al Comité de Ética, cualquier acto contrario
a los valores, principios y deberes establecidos en el presente Código que sea
de su conocimiento, y
IV. Promover la observancia del presente Código.
Artículo 10. Principios
l. Principios:
Los principios son el conjunto de valores, creencias, normas, que orientan y
regulan la vida de la organización. Son el soporte de la visión, la misión, la
estrategia y los objetivos estratégicos. Estos principios se manifiestan y se
hacen realidad en nuestra cultura, en nuestra forma de ser, pensar y forma de
conducirnos.
ll. Valores:
Representa aquella serie de cualidades que hacen apreciada una persona o
sus actos porque encarnan algún bien, son ideas consideradas por la sociedad
como deseables para ser vividas, por la convicción de que posibilitan la felicidad
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y el bienestar personal y social. La práctica de los valores en las organizaciones
sostiene el proceso de toma de decisiones, es el cauce estratégico hacia el
futuro porque alinean a las personas y las comprometen a trabajar juntas para
alcanzar metas comunes al ejercer la realización de los objetivos de la
Institución.
lll. Institución:
Las instituciones son mecanismos de índole social y cooperativa, que procuran
ordenar y normalizar el comportamiento de un grupo de individuos. Las
instituciones trascienden las voluntades individuales, al identificarse con la
imposición de un propósito considerado como un bien social. La Institución
representa una colectividad de individuos que son convocados a expresar y
desarrollar su identidad en el curso de la implementación de los objetivos que
comparten, no solo hacia el interior, sino hacia el exterior. Externamente los
individuos que constituyen una institución, han de proyectar sus principios
morales ante la sociedad, ofreciendo un servicio para una población con
diferentes concepciones de vida. Hacia su interior, debe establecer su filosofía
constituida por una visión, misión y valores que permitan el cumplimiento su
labor de manera ética.
lV. Ética:
Representa la orientación racional de la conducta humana inclinada hacia la
consecución de fines determinados, que evidentemente no pueden atentar
contra nuestra condición de seres sociales. Al competer la ética a todo
quehacer humano se extiende a las acciones organizacionales e institucionales
donde deben generarse las mejores prácticas y comportamientos en todos los
involucrados. Esto sucede cuando los funcionarios se identifican con la
Institución, se enriquecen con los valores que ésta promueve, tratan de tener
excelentes desempeños y vivir a plenitud.
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS RECTORES
PRINCIPIOS RECTORES
Artículo 11. Transparencia
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Es el actuar del personal que favorece que el ejercicio de sus funciones se haga
del conocimiento público en atención a la interpretación más amplia y extensiva
para la protección de los derechos de acceso a la información y protección de
datos personales.
El personal se compromete a:
Disponer de los diferentes grupos de interés información clara, completa, veraz y
oportuna sobre nuestra gestión siempre que ésta no se encuentre clasificada
como reservada o confidencial de acuerdo a Ley de Transparencia e Información
Pública del Estado de Morelos.
Acciones del personal:
l. Garantizar el acceso a la información;
ll. Atender las solicitudes de información de manera clara, honesta y
responsable;
lll. Actuar con imparcialidad y objetividad en la preparación e integración de la
información;
lV. Cuidar que la información no sea sustraída, destruida, oculta o explotada
indebidamente;
V. Archivar toda información pública de manera oportuna y responsable con la
finalidad de formar parte del Archivo Histórico del Instituto, y
VI. Y las demás que se deriven de la normatividad aplicable.
Artículo 12. Legalidad
Es el conocimiento, convencimiento y cumplimiento que todo personal debe tener
sobre la importancia del apego al marco normativo aplicable en la realización de
las funciones y actividades inherentes al cargo que desempeña.
El personal se compromete a:
Conocer y respetar las normas jurídicas establecidas por la Institución, por el
Código de Ética de los Servidores Públicos de la Administración y por la
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y todas las normas que de
ella emanen.
En relación a aquellos temas no previstos por la Ley o donde pudiera existir un
lugar para la interpretación, se orientará con criterios de imparcialidad,
transparencia, rendición de cuentas y honestidad.
Acciones del personal:
l. Actuar acorde con los valores inscritos en el Instituto y el Código de Ética de
los Servidores Públicos de la Administración Pública;
ll. Ejercer las facultades y funciones, con respeto y apego a la ley, acatando los
principios de justicia y equidad;
lll. Conducirse de forma imparcial, tomando resoluciones de manera objetiva,
dejando de lado intereses o prejuicios personales;
lV. Dar a conocer información contraria a lo establecido en las normas de la
Institución, y
V. Facilitar la información de naturaleza pública que sea solicitada de acuerdo
con lo dispuesto en la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado
de Morelos y demás normatividad aplicable, siempre que esta no tenga carácter
de confidencial. En caso de que esté catalogada de esta forma, solo podrá ser
suministrada cuando se tengan la atribución para ello y sea requerida por
mandato judicial.
Artículo 13. Respeto
Es el reconocimiento en aceptar que existen ideas, pensamientos o creencias
diferentes a los propios, al interior y al exterior de la Institución y, por lo tanto, dar
a las personas un trato digno, cortés, cordial y tolerante, reconociendo y
considerando en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes a
la condición humana.
El personal se compromete a:
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Actuar con respeto y dignidad, conducirse con amabilidad y cordialidad,
fundamentando el vínculo de trabajo en el respeto mutuo y en la colaboración
profesional.
Acciones del personal:
l. Atender a los compañeros de trabajo con respeto y amabilidad, reconociendo
su dignidad humana, derecho a la libre expresión, creatividad y desempeño
laboral;
ll. Utilizar el tiempo laboral en aquellos propósitos que se relacionen con las
funciones y atribuciones, cumpliendo las tareas asignadas;
lll. Mostrar una conducta respetuosa hacia las personas así como una actitud
honesta hacia los bienes de la institución y pertenencias personales;
lV. Respetar la libertad de expresión de las ideas de quienes participan en el
ejercicio de las funciones públicas;
V. Dar mérito a los éxitos obtenidos de los compañeros, sin adjudicarse ideas o
propuestas innovadoras para el mejor desempeño de las actividades;
Vl. Facilitar la información y orientación que necesiten los compañeros para la
mejor ejecución de su trabajo;
Vll. Procurar la confianza y credibilidad para con Institución al desempeñar las
actividades de forma eficaz y eficiente, con el debido conocimiento,
responsabilidad y vocación de servicio en beneficio de la sociedad, y
Vlll. Llevar a cabo las funciones que se soliciten con una orientación de calidad
y servicio al público, procurando el bien común.
Artículo 14. Certeza
Es la actitud del personal, que alude a la ausencia de dudas sobre la verdad de lo
afirmado y asegura el principio de seguridad jurídica.
El personal se compromete a:
Actuar con responsabilidad y objetividad, anteponiendo el principio de seguridad
jurídica y de ser posible, el de celeridad jurídica.
Acciones del personal:
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I. Realizar actividades conforme a las atribuciones conferidas en el marco
jurídico aplicable, fomentando con ello una cultura de confianza y veracidad, y
II. Conocer las actividades a desarrollar con lo cual se da certidumbre,
seguridad y confianza.
Artículo 15. Máxima publicidad.
Representa la obligación del Instituto en cumplimiento al derecho de acceso a la
información anteponiendo el logro en cuanto a la máxima apertura informativa.
El personal se compromete a:
Actuar en cumplimiento a los preceptos de acceso a la información y máxima
publicidad establecidos en los marcos normativos que nos rigen.
El personal debe:
I. Dar cumplimiento al acceso a la información que posee, y
II. Privilegiar el acceso a la información sobre cualquier situación de
confidencialidad, siempre que dicho acceso se encuentre debidamente
justificado al amparo del orden público, la seguridad nacional y el interés social.
Artículo 16. Imparcialidad
Es la actitud del personal libre de prejuicios, la abstracción de consideraciones
subjetivas y la concentración en la objetividad de un asunto, al realizar un juicio.
El personal se compromete a:
Actuar con equidad, objetividad y sin privilegios.
El personal debe:
I. Evitar conceder ventajas o privilegios a persona alguna;
Il. No aceptar obsequios que comprometan o puedan comprometer su
imparcialidad en el cumplimiento de sus obligaciones laborales;
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lll. Abstenerse de citar a las partes o personas vinculadas en la toma de
decisiones, fuera de las instalaciones del Instituto;
lV. No emitir opiniones que impliquen prejuzgar sobre un asunto, y
V. Abstenerse de resolver recurso de revisión alguno derivado de la
interposición de una solicitud de información a título personal.
Artículo 17. Objetividad
Es la actitud del personal en cuanto a la cualidad de lo objetivo, lo relativo al objeto
en sí mismo, con independencia de la propia manera de pensar o de sentir, de
realizar sus labores por las razones que la normatividad aplicable y el derecho le
impongan y no por las que deriven de un modo personal de pensar o de sentir.
El personal se compromete a:
Realizar actividades bajo estrictos cánones de objetividad y en estricto apego con
los marcos normativos que rigen en materia de transparencia, derecho de acceso
a la información y protección de datos personales.
El personal debe:
I. Realizar actividades desinteresadamente, y
II. Dar cumplimiento solo a lo que en derecho proceda, frente a cualquier
beneficio o ventaja personal en la toma de decisiones en forma individual o
colegiada.
Artículo 18. Honradez
Es la actitud del personal de cumplir con rectitud e integridad las actividades
encomendadas a su función, sin buscar obtener provecho o ventaja personal o a
favor de terceros.
El personal se compromete a:
Actuar bajo el principio de rectitud e integridad en las actividades que le confieren
así como en tiempo, calidad y cantidad.
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El personal debe:
I. Decidir con base en los objetivos de la institución y las necesidades de la
sociedad, por encima del interés o beneficio particular;
II. Rechazar cualquier ofrecimiento que comprometa su desempeño e implique
desapego a los objetivos institucionales;
III. No admitir beneficio alguno, privilegio personal o favor para terceros, y
IV. Denunciar los hechos que representen una infracción a este Código.
Artículo 19. Profesionalismo
Es la disposición del personal para ejercer todas aquellas prácticas,
comportamientos y actitudes que se rigen por las normas preestablecidas del
respeto, la mesura, la objetividad y la efectividad en la actividad que se
desempeñe, de tal manera que el ejercicio del mismo se cumpla con eficiencia.
El personal se compromete a:
Actuar bajo el perfil del conocimiento, habilidades, destrezas y experiencias que le
permitan un actuar eficaz y eficiente.
El personal debe:
I. Poner al servicio de la Institución los conocimientos, habilidades y experiencia
para el cumplimiento de los objetivos y metas;
II. Abstenerse de cualquier acto que pueda mermar la respetabilidad propia del
cargo en el ámbito público y privado;
III. Actualizar permanentemente el conocimiento teórico y práctico en los temas
y materias inherentes a sus funciones, y
IV. Trabajar de manera solidaria y con actitud de cooperación, ayuda y empatía
en la consecución de los objetivos institucionales y particulares de cada una de
las áreas;
Artículo 20. Confidencialidad
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Es obligación del personal, por la que se garantiza que la información es accesible
únicamente al personal autorizado para ello, resguardando sólo la información que
conoce con motivo de las funciones desempeñadas, y cuya divulgación pueda
afectar al interesado.
El personal se compromete a:
Actuar bajo los preceptos normativos contenido en la de Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos en referencia a la
Protección de Datos Personales y tutela de la privacidad.
El personal debe:
I. Resguardar los documentos e información, evitar su alteración, difusión,
sustracción, destrucción, ocultamiento o uso indebido;
II. Proteger los datos personales, y
III. Evitar lesionar la privacidad al utilizar y difundir datos personales con fines
distintos a los que originalmente fueron recabados, sin el consentimiento del
titular de los mismos.
Artículo 21. Eficacia
Es la responsabilidad que debe asumir todo el personal para actuar, obtener
resultados y alcanzar los fines y objetivos institucionales.
El personal se compromete a:
Actuar con profesionalismo en cada una de las actividades encomendadas
El personal debe:
I. Encaminar sus esfuerzos para cumplir de manera óptima los objetivos y
metas propios de las funciones que le son conferidas, y
II. Aprovechar los procesos, tiempos y recursos para la obtención de resultados
que garanticen el cumplimiento de la función institucional.
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Artículo 22. Igualdad.
Es la obligación del personal de ejercer las funciones asignadas sin anteponer
distinción alguna por cuestiones de género, discapacidad, nacionalidad,
preferencia sexual, religiosa, ideológica o política, ni de cualquier otra índole.
El personal se compromete a:
Prestar a la sociedad y a los compañeros el servicio requerido de manera
oportuna, respetuosa, eficiente y con calidad, sin distinciones.
Acciones del personal:
I. Procurar en conciencia y de forma invariable la igualdad de atención para
todos los mexicanos y mexicanas como marca el artículo 4°, de la Ley Federal
para Prevenir y Eliminar la Discriminación;
II. Realizar actividades laborales con base en principios objetivos, dando un
servicio igualitario a toda persona que requiera de los servicios que ofrece la
institución, y
III. Actuar bajo principios de imparcialidad y equidad en la relación entre
compañeros y con terceros, sin hacer distinciones por motivos personales.
Artículo 23. Entorno ecológico
Es la obligación del personal de realizar sus actividades cuidando en todo
momento la preservación, respeto y protección del medio ambiente y de dar la
máxima utilidad a los recursos que la institución le proporciona.
El personal se compromete a:
Asumir una actitud de respeto, defensa y preservación, fomentando en todo
momento el cuidado y conservación de nuestro medio ambiente.
Acciones del personal:
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l. Cuidar el medio ambiente utilizando adecuadamente los recursos;
ll. Promover una cultura organizacional que colabore al desarrollo sustentable,
enfatizando la promoción y consolidación de prácticas sobre el uso correcto y
racional de los recursos naturales para el desempeño de las actividades;
lll. Generar una cultura del reciclado y una disposición adecuada de los residuos
sólidos en cumplimiento de las normas ambientales, y
lV. Conservar limpias las áreas de trabajo y respetar las áreas comunes.
CAPÍTULO III
COMITÉ DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
COMITÉ DE ÉTICA
Artículo 24. Naturaleza del Comité de Ética
El Comité de Ética y Buen Gobierno es el órgano colegiado de solución, consulta y
asesoría en temas relacionados con el presente código, integrado al interior del
Instituto.
Artículo 25. Objetivo del Comité de Ética
Establecer las políticas y acciones necesarias del Procedimiento Administrativo
Interno Disciplinario, aplicado al personal del Instituto Morelense de Información
Pública y Estadística, garantizando la efectividad de los principios y fines previstos
en la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Servicio Civil, Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos, su Reglamento y el
Reglamento Interno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística,
así como demás normatividad aplicable.
Artículo 26. Integración del Comité de Ética
El Comité de Ética y Buen Gobierno estará conformado por:
l. El Comisionado(a) Presidente del Instituto Morelense de Información Pública y
Estadística, como su Presidente;
Il. El Secretario Ejecutivo, como Coordinador del mismo;
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lll. El titular de la Coordinación de Administración;
IV. Un representante de la Unidad Jurídica, y
IV. El Titular del Órgano Interno de Control.
Artículo 27. Sesiones del Comité de Ética
I. El Comité de Ética sesionará de forma ordinaria, por lo menos, cuatro veces
al año y de forma extraordinaria en el momento que se requiera, y
II. Para sesionar, el Comité de Ética y Buen Gobierno requerirá de la presencia
de la mayoría simple de los integrantes. Sus determinaciones se tomarán por
unanimidad o por mayoría de votos.
Artículo 28. Funciones del Comité de Ética
l. Establecer las bases para la organización y funcionamiento del Comité;
ll. Promover una cultura basada en el respeto a los derechos humanos;
lll. Establecer acciones de difusión, atención y seguimiento de los principios del
presente Código;
lV. Fungir como órgano de consulta y asesoría especializada en asuntos
relacionados con la aplicación y cumplimiento del Código de Ética;
V. Promover los valores de legalidad, respeto igualdad, máxima publicidad,
imparcialidad, objetividad, respeto en pro de la transparencia;
Vl. Presentar la denuncia correspondiente en los casos en que se adviertan
conductas presuntamente constitutivas de delitos o faltas administrativas, ante
las instancias competentes siempre que se cuente con los elementos de prueba
suficientes;
Vll. Comunicar a la instancia interna correspondiente los casos en que se
determine que un servidor público incurrió en comportamientos que
contravienen el presente Código, a fin de que se haga constar en el expediente
de los trabajadores;
Vlll. Conocer, tramitar y resolver los procesos éticos contra el personal del
Instituto Morelense de Información Pública y Estadística;
lX. Ejercer vigilancia sobre el actuar y la conducta del personal del Instituto
Morelense de Información Pública y Estadística y actuar de oficio o por queja,
las indagaciones o Investigaciones disciplinarias, notificando en todo caso al
investigado;
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X. Realizar el seguimiento a las investigaciones;
Xl. Asesorar, formular, desarrollar, dirigir y coordinar con el Pleno del Consejo,
las políticas institucionales sobre el régimen disciplinario y ético;
Xll. Elaborar informes al Pleno del Consejo en lo relacionado con los procesos
disciplinarios y adelantar los trámites ante la misma instancia, necesarios para
la iniciación de las investigaciones de fondo así como del registro de las
sanciones disciplinarias o de las decisiones de archivo de los procesos;
Xlll. Garantizar que los procesos disciplinarios se tramiten con observancia de
principios de economía, celeridad, eficiencia, imparcialidad, publicidad,
salvaguardando el debido proceso;
XlV. Implementar acciones para la prevención de las inapropiadas conductas
disciplinarias de los trabajadores del Instituto Morelense de Información Pública
y Estadística, y
XVl. Rendir semestralmente al Pleno del Consejo un informe sobre el estado de
los procesos disciplinarios.
Artículo 29. Consultas y quejas.
Las consultas sobre las dudas relacionadas con posibles actos contrarios al
presente Código se presentarán por el medio que para tal efecto disponga el
Comité. Las quejas sobre conductas contrarias a las descritas en el Código serán
recibidas por el Coordinador al Comité de Ética para que sean analizadas y
atendidas, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría Interna.
Artículo 30. Ley aplicable a las Resoluciones
Para fundamentar sus determinaciones o resoluciones en los procedimientos
disciplinarios administrativos, el Comité de Ética sustentara sus decisiones
enunciativa pero no limitativamente, en lo dispuesto por los artículos 47, 134 y 35,
de la Ley Federal del Trabajo y 24, de la Ley del Servicio Civil para el Estado de
Morelos.
Bibliografía
Asociación de Academias de la Lengua Española. (2015). Diccionario de la lengua
española. En: http://dle.rae.es/?id=bJeLxWG
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Lizano, D. (2007). Algunas reflexiones sobre ética y empresa. En:
http://www.uccaep.or.cr/etica_y_empresa.html 27-10-2007
Taylor, Ch. (2013). Modernidad e identidad. En:
http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-43602013000100017&script=sci_arttext
Glosario
Acto: Manifestación de la voluntad consiente y exteriorizada.
Armónico: Proporción y correspondencia de unas cosas con otras en el conjunto
que componen
Bienes: Objetos de derecho, que poseen un valor. Como tal, la palabra bienes
proviene del latí bene, que significa ‘bien’.
Bien común: Es un concepto que en general puede ser entendido como aquello de
lo que se benefician todos los ciudadanos o como los sistemas sociales,
instituciones y medios socio-económicos de los cuales todos dependemos que
funcionen de manera que beneficien a toda la gente.
Buenas Prácticas: Conjunto coherente de acciones que han rendido buen o
incluso excelente servicio en un determinado contexto y que se espera que, en
contextos similares, rindan similares resultados.
Calidad Conjunto de propiedades inherentes a una cosa que permite caracterizarla
y valorarla con respecto a las restantes de su especie.
Clima interno: Ambiente generado por las emociones de los miembros de un grupo
u organización, el cual está relacionado con la motivación de los empleados
.
Colaboración: Todo proceso donde se involucra el trabajo de varias personas en
conjunto tanto para conseguir un resultado muy difícil de realizar individualmente
como para ayudar a conseguir algo a quien por sí mismo no podría.
Competencias: Conjunto de conocimientos, procedimientos, valores y actitudes
combinados, coordinados e integrados en la acción, adquiridos a través de la
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experiencia que permite al individuo resolver problemas específicos de forma
autónoma y flexible, lo que las hace eficaces en una situación determinada.
Convergencia: Unión en un punto de varias trayectorias.
Convicción: Seguridad que tiene una persona de la verdad o certeza de lo que
piensa o siente.
Creatividad: Capacidad o facilidad para inventar o crear.
Creencias: Conjunto de principios ideológicos de una persona o un grupo social.
Cultura organizacional: Colección específica de las normas y valores que son
compartidos por personas y grupos en una organización y que controlan la forma
en que interactúan entre sí dentro de la organización y con el exterior.
Desarrollo sostenible: Aquél desarrollo que es capaz de satisfacer las necesidades
actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones.
Eficaz: Conseguir metas y objetivos propuestos, independientemente del uso que
se le haya dado a los recursos. La eficacia hace referencia a los resultados
obtenidos en relación con las metas y el cumplimiento de los objetivos.
Eficiente: Utilización correcta y con la menor cantidad de recursos para conseguir
un objetivo o cuando se alcanza más objetivos con los mismos o menos recursos.
Empatía: Intención de comprender los sentimientos y emociones, intentando
experimentar de forma objetiva y racional lo que siente otro individuo.
Engranaje: Unión de varias ideas, palabras o pensamientos, de modo que queden
relacionados entre sí y formen un conjunto unitario y coherente.
Estructura orgánica: Forma en que están cimentadas y ordenadas las unidades
administrativas de una institución, organización u órgano y la relación que guarda
entre sí, dicho de otra manera se refiere a la forma en que se dividen, agrupan y
coordinan las actividades de la empresa.
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Ética: Tiene como centro de atención las acciones humanas y aquellos aspectos
de las mismas que se relacionan con el bien, la virtud, el deber, la felicidad y la
vida realizada.
Expresión: Representación, con palabras o con otros signos externos, de un
pensamiento, una idea, un sentimiento.
Filosofía institucional: Establece el marco conceptual que representa la identidad,
naturaleza y misión de la institución.
Garantizar: Obligación de afianzar el cumplimiento de lo estipulado en una norma
jurídica o la observancia de un deber o promesa.
Habilidades: Capacidad que se manifiesta y permite la aplicación del conocimiento
sobre una realidad específica para su transformación.
Identidad: Conjunto de los rasgos propios de un individuo o de una comunidad.
Imparcialidad: Es un criterio de justicia que sostiene que las decisiones deben
tomarse atendiendo a criterios objetivos, sin influencias de sesgos, prejuicios o
tratos diferenciados por razones inapropiadas.
Premisas: Parte de un razonamiento que se define como verdadera o falsa y que
servirá para el establecimiento de una conclusión.
Productivo: Capacidad o el nivel de producción por unidad de superficies de tierras
cultivadas, de trabajo o de equipos industriales. De acuerdo a la perspectiva con la
que se analice este término puede hacer referencia a diversas cosas, aquí
presentamos algunas posibles definiciones.
Rectitud: Actuar con integridad.
Relaciones interpersonales: Asociaciones de largo plazo entre dos o más
personas. Estas asociaciones pueden basarse en emociones y sentimientos.
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Rendición de cuentas: Acto administrativo mediante el que los responsables de la
gestión de los fondos públicos o cuentas informan, justifican y se responsabilizan
de la aplicación de los recursos puestos a su disposición en un ejercicio
económico.
Visualizar: Es una técnica de proyección de imágenes agradables con el fin de que
esas proyecciones puedan convertirse en una realidad.
En consecuencia, remítase a la ciudadana M. en D. Mireya Arteaga Dirzo,
Comisionada Presidente del Instituto Morelense de Información Pública y
Estadística, para que en uso de las facultades que le confiere la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos y por
conducto del Secretario Ejecutivo, mande publicar el presente Código de ética del
Instituto Morelense de Información Pública y Estadística en el Periódico Oficial
“Tierra y Libertad”.
Lic. Guillermo Arizmendi García
Secretario Ejecutivo del Instituto Morelense de Información Pública y
Estadística
Rúbrica.