Ley de Ingresos del Municipio de Cuernavaca para el ejercicio 2019

Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 OBSERVACIONES GENERALES.- Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021. CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED: Que el H. Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente: LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: I. DEL PROCESO LEGISLATIVO. A) MEDIANTE SESIÓN ORDINARIA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS DE LA LIV LEGISLATURA, QUE TUVO VERIFICATIVO EL PASADO DÍA 08 DE FEBRERO DEL 2019, SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, PRESENTADA POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS, CON FECHA, 31 DE ENERO DEL 2019. B) EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, Y POR INSTRUCCIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO, MEDIANTE EL TURNO NO. SSLYP/DPLYP/AÑO1/P.O.2/0245/19, SE REMITÓ A ESTA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA, CON FECHA DEL 14 DE FEBRERO DEL 2019, LA PRESENTE INICIATIVA PARA SU RESPECTIVO ANÁLISIS Y DICTAMEN. II. ANTECEDENTES. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 2 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original A) MEDIANTE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL DÍA 30 DE ENERO DE 2019, SE APROBÓ POR EL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA MORELOS, LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, MISMA QUE FUE PRESENTADA A ESTE CONGRESO EL DÍA 31 DE ENERO DEL 2019, MEDIANTE OFICIO NÚMERO SA/067/2019. PARA TAL EFECTO, EL AYUNTAMIENTO ACOMPAÑÓ COMO ANEXO A LA INICIATIVA PRESENTADA POR ESCRITO Y EN MEDIO MAGNÉTICO, COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE CABILDO DE LA SESIÓN EN MENCIÓN. B) EN REUNIÓN DE COMISIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL; 32 EN SU SEGUNDO PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 59 NUMERAL 2, 61 EN SU FRACCIÓN III Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY ORGÁNICA PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS; 54 EN SUS FRACCIONES I, IV, V, XII, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL REGLAMENTO PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, SE LE DIO A CONOCER AL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, LAS OBSERVACIONES DETECTADAS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA EN EL ANÁLISIS DE SU PROYECTO DE LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. III. MATERIA DE LA INICIATIVA. A MANERA DE SÍNTESIS, SE PROPONE AUTORIZAR LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. IV. CONTENIDO DE LA INICIATIVA. EL PROPONENTE PARA JUSTIFICAR LA PROCEDENCIA DE SU INICIATIVA, SEÑALA LA SIGUIENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 3 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original E DIRECTOS IMPACTEN BENEFICIOS QUE DENTRO DEL MARCO NORMATIVO APLICABLE AL ÁMBITO MUNICIPAL, EL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA MORELOS, A TRAVÉS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL Y SUS ENTIDADES MUNICIPALES INVOLUCRADAS EN EL PROCESO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS, COORDINADOS POR LA TESORERÍA MUNICIPAL CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 4, 5, NUMERAL 5; 5 BIS, 8, FRACC. I Y V, DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, LOS INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, TIENEN COMO FINALIDAD DOTAR DE SERVICIOS PÚBLICOS LOS CENTROS DE POBLACIÓN DEL MUNICIPIO, ADEMÁS DE PROCURAR EL DESARROLLO SOCIAL Y PROYECTOS PRODUCTIVOS SUSTENTABLES EN DONDE LOS HABITANTES OBTENGAN LA INFRAESTRUCTURA E IMAGEN URBANA. QUE LA PROPUESTA DE INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS PARA EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, EMANA DE UN ESTRICTO ANÁLISIS DE LA COMISIÓN DE HACIENDA PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO; DICHA PROPUESTA FUE VALORADA POR EL PLENO DEL CABILDO EN FUNCIONES EN DONDE SE PRETENDE INCORPORAR UNA PROYECCIÓN DE INGRESOS QUE PERMITA AFRONTAR EL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, DENTRO DEL MARCO NORMATIVO DE LOS ARTÍCULOS 24, FRACC. II, INCISO B) Y 38 FRACC. I Y V DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL ANTES INVOCADA; LA RECAUDACIÓN SERÁ VIGILADA POR LA SINDICATURA MUNICIPAL, LOS REGIDORES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO, LOS TITULARES DE LAS DIVERSAS COMISIONES DEL RAMO, CON INDEPENDENCIA DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS AL PRESIDENTE MUNICIPAL, COMO RESPONSABLE DE DAR CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS EMANADOS DEL CABILDO. V. METODOLOGÍA PARA EL ANÁLISIS DE LA INICIATIVA. SE ACORDÓ RETOMAR LOS CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE LAS INICIATIVAS DE LEYES DE INGRESOS MUNICIPALES APROBADAS PARA EL EN Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 4 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original LA LOS PARTE LEGALES EXPOSITIVA PRECEPTOS ANALIZANDO JURÍDICA DE CONSTITUCIONALES, EJERCICIO FISCAL ANTERIOR, CORRELACIONÁNDOLAS CON EL IMPACTO SOCIAL GENERADO EN SU POBLACIÓN POR SU APLICACIÓN, ASÍ MISMO, SE REALIZÓ POR PARTE DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA UN ANÁLISIS PORMENORIZADO PARA LA DETECCIÓN DE NECESIDADES EN CADA CASO EN CONCRETO Y FUERON TOMADOS EN CONSIDERACIÓN LOS SIGUIENTES ELEMENTOS DE ESTUDIO: LAS a) JURÍDICO.- PROCEDENCIA Y VIABILIDAD CONTRIBUCIONES, Y ARGUMENTATIVA DEL INICIANTE, HACIENDO UNA CORRELACIÓN DIRECTA CON Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES; b) SOCIOECONÓMICO.- SE CONSIDERÓ CONVENIENTE PARA LA TOMA DE DECISIONES ATENDER A CIERTOS INDICADORES DEL MUNICIPIO, TALES COMO CAPACIDAD FINANCIERA, POBLACIÓN, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE SUS FINANZAS EN EL AÑO ANTERIOR; Y c) CUANTITATIVO.- SE REALIZÓ UN ESTUDIO CUANTITATIVO DE TASAS, TARIFAS, Y CUOTAS DEL AÑO 2018 EN COMPARACIÓN CON LAS PROPUESTAS PARA EL 2019, IDENTIFICÁNDOSE CON PRECISIÓN LAS VARIACIONES PORCENTUALES Y CORRELATIVAMENTE SU PROCEDENCIA O JUSTIFICACIÓN JURÍDICA. FINALMENTE CABE SEÑALAR QUE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE ESTA COMISIÓN, SOSTUVIMOS UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON EL C.P. JOSÉ REYNOLD QUIÑONES SALINA, CON CARGO DE TESORERO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, CON LA FINALIDAD DE ROBUSTECER EL PRESENTE DICTAMEN Y CONOCER LAS NECESIDADES DE CADA AYUNTAMIENTO EN PARTICULAR. VI. VALORACIÓN DE LA INICIATIVA. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 5 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original DE CONFORMIDAD CON LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR II, DEL ARTÍCULO 1041 DEL REGLAMENTO PARA EL LA FRACCIÓN CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, SE PROCEDE A ANALIZAR LA INICIATIVA PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA. ESTA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 322, SEGUNDO PÁRRAFO, 403 FRACCIÓN II, Y 1154, FRACCIÓN IV, QUINTO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONSIDERA COMPETENTE A ESTA SOBERANÍA PARA CONOCER Y RESOLVER SOBRE LA PRESENTE INICIATIVA DE LEY. DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 11 Y 14 DE 1 ARTÍCULO *104.- Para la formulación del proyecto de dictamen, se estará a lo siguiente: [I] II. Toda iniciativa, será analizada primero en lo general para determinar su procedencia o improcedencia. En caso de considerarse procedente, se elaborarán las consideraciones del dictamen en lo general y se procederá conforme a lo previsto en el presente Capítulo; para el caso de que la determinación sea de improcedencia, se deberá de igual forma elaborar el respectivo dictamen en sentido negativo, el cual, sin más trámite se deberá informar al Pleno a través de la Mesa directiva únicamente para efectos de su conocimiento. [III a IV] 2 ARTÍCULO 32.- … El Congreso del Estado a más tardar el 1 de octubre de cada año, recibirá la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, para el Ejercicio Fiscal siguiente, así como las Iniciativas de Ley de Ingresos del Estado y de los Municipios, para su examen, discusión y aprobación, debiendo aprobarlas a más tardar el 15 de diciembre de cada año. 3 ARTÍCULO 40.- Son facultades del Congreso: [I] II.- Expedir, aclarar, reformar, derogar o abrogar las Leyes, decretos y acuerdos para el Gobierno y Administración Interior del Estado; [III a la LIX] 4 ARTÍCULO 115.- Los Ayuntamientos administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que el Congreso del Estado establezca a su favor, y en todo caso: [I a la II] IV.- IV.- Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo; [a) al c)] … El Poder Legislativo del Estado aprobará las leyes de ingresos de los municipios, y revisará y fiscalizará sus cuentas públicas en los términos previstos en esta Constitución. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 6 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INICIATIVA DE LEY DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS, EN RELACIÓN DIRECTA CON LOS ARTÍCULOS 38 EN SUS FRACCIONES I Y V, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 41 EN SU FRACCIÓN XVI DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, ES ATRIBUCIÓN EXCLUSIVA DE LOS AYUNTAMIENTOS ELABORAR EL PROYECTO DE INGRESOS, PARA UNA VEZ APROBADO POR SU CABILDO SE CONVIERTA EN LA INICIATIVA FORMAL DE LA LEY DE INGRESOS. NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LOCAL, DIVIDE LAS ATRIBUCIONES ENTRE LOS MUNICIPIOS Y LOS ESTADOS EN CUANTO AL PROCESO DE REGULACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES, YA QUE LOS PRIMEROS TIENEN LA COMPETENCIA CONSTITUCIONAL PARA PROPONERLOS, Y LAS LEGISLATURAS ESTATALES, POR SU PARTE, TIENEN COMPETENCIA PARA TOMAR LA DECISIÓN FINAL SOBRE ESTOS ASPECTOS CUANDO APRUEBAN LAS LEYES DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS. AHORA BIEN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 31 EN SU FRACCIÓN IV DE NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL, ES OBLIGACIÓN DE LOS MEXICANOS CONTRIBUIR AL GASTO PÚBLICO EN SUS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO. SIENDO UNO DE ESTOS ÓRDENES DE GOBIERNO EL MUNICIPIO, QUE ES LA CÉLULA SOCIAL FUNDAMENTAL DE NUESTRA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA, POR LO QUE SE DEBE CONTRIBUIR A SU DESARROLLO YA QUE ES TAREA PRIORITARIA, ASÍ COMO PARA CONSOLIDAR SU CAPACIDAD DE EJECUCIÓN Y CONTAR CON LOS RECURSOS FINANCIEROS PARA ATENDER LOS SERVICIOS QUE CONSTITUCIONALMENTE ESTÁN OBLIGADOS A PROPORCIONAR, PREVIO EL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, POR LO QUE ES FINALIDAD DE ESTE EJERCICIO LEGISLATIVO, RESOLVER EN LO POSIBLE, LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS SUFICIENTES PARA QUE EL MUNICIPIO ATIENDA LAS DEMANDAS DE LA POBLACIÓN, LAS NECESIDADES BÁSICAS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 7 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE SU ADMINISTRACIÓN Y PROPICIAR SU PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA A EFECTO DE QUE FORTALEZCA SU DESARROLLO. SE DESPRENDE DE LA INICIATIVA QUE LOS INGRESOS MUNICIPALES SE AGRUPAN, DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA EMITIDA POR EL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE, QUE DEFINE LA FORMA EN QUE DEBEN REGISTRARSE LOS DIVERSOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN LAS CONTRIBUCIONES, ASÍ COMO AQUELLOS INGRESOS QUE POR DISPOSICIÓN DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL LE CORRESPONDAN A LOS MUNICIPIOS DE LA ENTIDAD, E IGUALMENTE LOS QUE SE ALLEGAN POR Y COLABORACIÓN, TRANSFERENCIAS Y REASIGNACIÓN DE RECURSOS, SUMÁNDOSE LOS QUE OBTIENE POR LA PRESTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, A CARGO DE SUS ORGANISMOS PARAMUNICIPALES. EN ESE SENTIDO, ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA CONSIDERA, QUE UNO DE LOS OBJETIVOS PRIMORDIALES CON LA APROBACIÓN DE DICHA INICIATIVA, ES LA CONSERVACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICAS, YA QUE SE REQUIERE GARANTIZAR A LOS CONTRIBUYENTES LA CERTEZA DE QUE LAS CONTRIBUCIONES SE ENCUENTRAN PREVISTAS EN UN ORDENAMIENTO LEGAL, QUE SIGUIÓ UN PROCESO LEGISLATIVO Y QUE FUE APROBADO POR EL CONGRESO DEL ESTADO. VI. ATENCIÓN DE LAS OBSERVACIONES LOS QUE INTEGRAMOS LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO, Y CUENTA PÚBLICA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, EN ARAS DE CONTRIBUIR Y COADYUVAR PARA LA RESOLUCIÓN DE LA PRESENTE INICIATIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 54 EN SUS FRACCIONES IV Y V DEL REGLAMENTO PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS NOS REUNIMOS CON EL AYUNTAMIENTO EN CITA, A FIN DE QUE ATENDIERAN ALGUNAS RECOMENDACIONES RELACIONADAS CON LA ARMONIZACIÓN CONTABLE, ESTABLECIDAS EN LA NORMA PARA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 8 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARMONIZAR LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN ADICIONAL A LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS, ASÍ COMO RELATIVAS A LA PROPUESTA DE CUOTAS O TARIFAS POR DERECHOS MUNICIPALES, CON RANGOS DE LÍMITES MÍNIMOS Y MÁXIMOS; EN EL QUE SE LES DIO A CONOCER DIVERSOS CRITERIOS CON RELACIÓN AL COBRO DE DERECHOS, EN LOS QUE DEBE DESTACARSE EN PRIMER TÉRMINO, QUE DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, LOS DERECHOS SON LAS CONTRAPRESTACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS QUE PRESTA EL ESTADO O LOS MUNICIPIOS, LAS ENTIDADES PARAESTATALES, PARAMUNICIPALES O INTERMUNICIPALES, EN SUS FUNCIONES DE DERECHO PÚBLICO, ASÍ COMO LOS GENERADOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO. ASÍ LAS COSAS, EXISTEN DIVERSOS CRITERIOS SOSTENIDOS POR EL MÁXIMO TRIBUNAL DEL PAÍS, EN EL QUE HA RESUELTO QUE ESE TIPO DE CONTRIBUCIONES GOZA DE CIERTAS CARACTERÍSTICAS PARTICULARES, POR LO QUE DEBEN ESTABLECER TARIFAS O CUOTAS FIJAS RESPECTO A SU COBRO, Y NO ASÍ UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO. EN RELACIÓN A LAS RECOMENDACIONES QUE FUERON ATENDIDAS POR EL AYUNTAMIENTO EN COMENTO, TOMANDO EN CUENTA QUE, LA NORMA PARA ARMONIZAR LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN ADICIONAL A LA INGRESOS ES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA PARA LOS MUNICIPIOS, PARA QUE PRESENTEN SUS LEYES DE INGRESOS ATENDIENDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y EL CLASIFICADOR POR RUBROS DE INGRESOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 9 DE DICIEMBRE DE 2009. ASÍ COMO A LOS CRITERIOS ORIENTADORES EMITIDOS POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, REGISTRADA BAJO EL NÚMERO TESIS: P. V/2012 (10A.), VISIBLE EN LA PÁGINA 227, DEL LIBRO XV, DICIEMBRE DE 2012, TOMO 1, DEL SEMANARIO JUDICIAL DE LA INICIATIVA DE LA LEY DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 9 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original FEDERACIÓN Y SU GACETA, CON NÚMERO DE REGISTRO ELECTRÓNICO 2002290, BAJO EL RUBRO; DERECHOS POR SERVICIOS. APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE RAZONABILIDAD, QUE TEXTUALMENTE DICE: “LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HA SOSTENIDO QUE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRATÁNDOSE DE DERECHOS POR SERVICIOS, DEBEN ANALIZARSE EN FUNCIÓN DE LA CORRELACIÓN ENTRE LA CUOTA A PAGAR Y EL COSTO DEL SERVICIO DE QUE SE TRATE, A TRAVÉS DE CRITERIOS DE RAZONABILIDAD Y NO DE CUANTÍA, YA QUE PARA EL CASO DE SERVICIOS DIVISIBLES PRESTADOS POR EL ESTADO, EL EQUILIBRIO ENTRE EL COSTO DEL SERVICIO Y LA CUOTA A PAGAR DEBE EFECTUARSE MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS RAZONABLES, CONFORME A LOS CUALES DESDE UN ANÁLISIS CUALITATIVO, SE VERIFIQUE QUE LA INDIVIDUALIZACIÓN DEL COSTO SE EFECTÚA EN FUNCIÓN DE LA INTENSIDAD DEL USO DEL SERVICIO. EN ESTE SENTIDO, EL ANÁLISIS DE RAZONABILIDAD CONSISTE EN VERIFICAR QUE LA UNIDAD DE MEDIDA UTILIZADA PARA INDIVIDUALIZAR EL COSTO DEL SERVICIO, ESTO ES, EL REFERENTE, SE RELACIONE CON SU OBJETO Y QUE EL PARÁMETRO INDIVIDUALICE LOS COSTOS EN FUNCIÓN DE LA INTENSIDAD DEL USO, LO QUE CONLLEVA A QUE PAGUE MÁS QUIEN MÁS UTILICE EL SERVICIO. POR SU PARTE, PARA EL ANÁLISIS DEL PARÁMETRO DEBE IDENTIFICARSE SI EL TIPO DE SERVICIO ES SIMPLE O COMPLEJO, PARA CON ELLO DETERMINAR SI EN LA CUOTA DEBE EXISTIR O NO UNA GRADUACIÓN; ASÍ, LOS SERVICIOS SIMPLES SON AQUELLOS EN LOS QUE LAS ACTIVIDADES QUE DESARROLLA DIRECTAMENTE EL ESTADO PARA PRESTARLOS NO SE VEN MODIFICADAS POR SU OBJETO, MIENTRAS QUE EN LOS COMPLEJOS LAS ACTIVIDADES DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO VARÍAN CON MOTIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS DE SU OBJETO; EN ESTE SENTIDO, EN EL PRIMER CASO EL PARÁMETRO NO DEBE REFLEJAR UNA GRADUACIÓN EN LA INTENSIDAD, PUES EL AUMENTO EN EL USO ESTÁ DETERMINADO POR LAS VECES EN QUE SE ACTUALICE EL HECHO IMPONIBLE, MIENTRAS QUE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 10 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EN EL SEGUNDO EL PARÁMETRO DEBE REFLEJAR LA GRADUACIÓN EN LA INTENSIDAD DEL USO. CONTRADICCIÓN DE TESIS 312/2010. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LA PRIMERA Y LA SEGUNDA SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2012. MAYORÍA DE SIETE VOTOS. DISIDENTES: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES Y OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS. PONENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. SECRETARIA: PAOLA YABER CORONADO. EL TRIBUNAL PLENO, EL TRECE DE NOVIEMBRE EN CURSO, APROBÓ, CON EL NÚMERO V/2012 (10A.), LA TESIS AISLADA QUE ANTECEDE. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE.” Y LA REGISTRADA BAJO EL NÚMERO XIX.2O.A.C.37 A, SOSTENIDA POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, VISIBLE EN LA PÁGINA 2085 DEL TOMO XXV, MAYO DE 2007, DEL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA, CON NÚMERO DE REGISTRO ELECTRÓNICO 172540, BAJO EL RUBRO; DERECHOS POR SERVICIOS (INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD). EL ARTÍCULO 263, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, ES VIOLATORIO DE LAS GARANTÍAS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIAS, QUE A LA LETRA DICE; LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HA ESTABLECIDO QUE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SE CUMPLEN, EN LOS DERECHOS POR SERVICIOS, CUANDO EL MONTO DE LA CUOTA GUARDA CONGRUENCIA RAZONABLE CON EL COSTO QUE PARA EL ESTADO TENGA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO PRESTADO, ADEMÁS DE QUE SEA IGUAL PARA LOS QUE RECIBEN IDÉNTICO SERVICIO, YA QUE EL OBJETO REAL DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA SE TRADUCE EN LA REALIZACIÓN DE ACTOS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 11 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original QUE EXIGEN DE LA ADMINISTRACIÓN UN ESFUERZO UNIFORME. POR TANTO, SI EL ARTÍCULO 263, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS IMPONE A LOS CONTRIBUYENTES LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, POR LAS OPERACIONES RELACIONADAS CON CRÉDITOS HIPOTECARIOS, REFACCIONARIOS Y DE HABILITACIÓN O AVÍO OTORGADOS POR INSTITUCIONES DE CRÉDITO, DE SEGUROS O DE FIANZAS, CON UNA CUOTA DEL 4 (CUATRO) AL MILLAR, SOBRE EL IMPORTE DE ESAS OPERACIONES REALIZADAS, VIOLA LOS CITADOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, EN VIRTUD DE QUE PARA SU CÁLCULO NO SE ATIENDE AL TIPO DE SERVICIO PRESTADO NI A SU COSTO, SINO A ELEMENTOS AJENOS A ÉSTE, COMO LO ES EL VALOR DE LA OPERACIÓN ATINENTE A LOS DIFERENTES CRÉDITOS QUE EN DICHA FRACCIÓN SE CITAN, LO QUE OCASIONA QUE EL IMPORTE A CUBRIR NO GUARDE RELACIÓN DIRECTA CON EL COSTO DEL SERVICIO, E IMPLICA UN TRATO DISTINTO POR UN MISMO SERVICIO, CUANDO LA REFERENCIA DEL QUANTUM DE LAS OPERACIONES A INSCRIBIR NO ES UN ELEMENTO VÁLIDO ADICIONAL PARA ESTABLECER EL MONTO DE LA CUOTA A PAGAR. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO. AMPARO EN REVISIÓN 92/2005. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. 20 DE MAYO DE 2005. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE SEBASTIÁN MARTÍNEZ GARCÍA. SECRETARIO: GUILLERMO CUAUTLE VARGAS. MEDIANTE OFICIO DE FECHA 14 DE FEBRERO DEL 2019, SE LE INVITÓ AL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS, A LA REUNIÓN DE TRABAJO PARA EL DÍA 18 DE FEBRERO DEL 2019 Y CON OFICIO NÚMERO LIVLEG/CHPYCP/DIP.RME/176/2019, DE MISMA FECHA, EL TESORERO MUNICIPAL CONCILIO LAS OBSERVACIONES DETECTADAS PARA SU MODIFICACIÓN POR ESTA COMISIÓN LEGISLATIVA. HECHO NOTORIO Y ATENDIENDO LAS OBSERVACIONES DE LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS MEDIANTE OFICIO DEL AYUNTAMIENTO PM/037/02- Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 12 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 2019 EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE CUERNAVACA, MORELOS, SOLVENTO PARTE DE LAS OBSERVACIONES DEJANDO BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD LOS AUMENTOS DE MEDIDA DE ACTUALIZACIÓN (UMA); Y EN SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES Y/O DE RECOLECCION DE BASURA, ASI COMO EL CÁLCULO Y COBRO DEL IMPUESTO PREDIAL AL 2%, MAYOR A LO CONTEMPLADO EN EL ARTÍCULO 93 TER-5 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPA DEL ESTADO DE MORELOS, EL CUAL DETERMINA COMO VALOR CATASTRAL HASTA 70,000 PESOS A LA TASA DE 2 AL MILLAR EQUIVALENTE A $140.00 COMO CUOTA MINIMA; ASÍ COMO NUEVOS CONCEPTOS, BAJO LA SALVEDAD DE NO PODER SOLVENTARLOS. SE RECONOCE LA VOLUNTAD DEL AYUNTAMIENTO DE ELIMINAR VARIOS CONCEPTOS, ASÍ COMO LA REDUCCIÓN DE UMAS EN CUOTAS QUE IMPACTAN A LA ECONOMÍA DE LOS COMERCIANTES POR LA COLOCACIÓN DE ANUNCIOS, POR LAS CUOTAS DE MATANZA DE GANADO, ESTUDIOS DE IMPACTO VIAL Y REDUCCIÓN DE CUOTAS DEL DIF MUNICIPAL Y ESTÍMULOS FISCALES RESPECTO AL PREDIAL. VII. VALORACION DE LA INICIATIVA. DE CONFORMIDAD CON LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR II, DEL ARTÍCULO 1045 DEL REGLAMENTO PARA EL LA FRACCIÓN CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, SE PROCEDE A ANALIZAR LA INICIATIVA PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA. ESTA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 326, SEGUNDO 5 ARTÍCULO *104.- Para la formulación del proyecto de dictamen, se estará a lo siguiente: [I] II. Toda iniciativa, será analizada primero en lo general para determinar su procedencia o improcedencia. En caso de considerarse procedente, se elaborarán las consideraciones del dictamen en lo general y se procederá conforme a lo previsto en el presente Capítulo; para el caso de que la determinación sea de improcedencia, se deberá de igual forma elaborar el respectivo dictamen en sentido negativo, el cual, sin más trámite se deberá informar al Pleno a través de la Mesa directiva únicamente para efectos de su conocimiento. [III a IV] 6 ARTICULO 32.- … Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 13 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original PÁRRAFO, 407, FRACCIÓN II, Y 1158, FRACCIÓN IV, QUINTO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONSIDERA COMPETENTE A ESTA SOBERANÍA PARA CONOCER Y RESOLVER SOBRE LA PRESENTE INICIATIVA DE LEY. DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 11 Y 14, DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS, EN RELACIÓN DIRECTA CON LOS ARTÍCULOS 38, EN SUS FRACCIONES I Y V, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 41 EN SU FRACCIÓN XVI DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, ES ATRIBUCIÓN EXCLUSIVA DE LOS AYUNTAMIENTOS ELABORAR EL PROYECTO DE INGRESOS, PARA UNA VEZ APROBADO POR SU CABILDO SE CONVIERTA EN LA INICIATIVA FORMAL DE LA LEY DE INGRESOS, PARA SOMETERLO A LA APROBACIÓN DEL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS. NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LOCAL, DIVIDE LAS ATRIBUCIONES ENTRE LOS MUNICIPIOS Y LOS ESTADOS EN CUANTO AL PROCESO DE REGULACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES, YA QUE LOS PRIMEROS TIENEN LA COMPETENCIA CONSTITUCIONAL PARA PROPONERLOS, Y LAS INICIATIVA DE LEY DE El Congreso del Estado a más tardar el 1 de octubre de cada año, recibirá la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, para el Ejercicio Fiscal siguiente, así como las Iniciativas de Ley de Ingresos del Estado y de los Municipios, para su examen, discusión y aprobación, debiendo aprobarlas a más tardar el 15 de diciembre de cada año. 7 ARTICULO 40.- Son facultades del Congreso: [I] II.- Expedir, aclarar, reformar, derogar o abrogar las Leyes, decretos y acuerdos para el Gobierno y Administración Interior del Estado; [III a la LIX] 8 ARTICULO 115.- Los Ayuntamientos administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que el Congreso del Estado establezca a su favor, y en todo caso: [I a la II] IV.- IV.- Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo; [a) al c)] … El Poder Legislativo del Estado aprobará las leyes de ingresos de los municipios, y revisará y fiscalizará sus cuentas públicas en los términos previstos en esta Constitución. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 14 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original LEGISLATURAS ESTATALES, POR SU PARTE, TIENEN COMPETENCIA PARA TOMAR LA DECISIÓN FINAL SOBRE ESTOS ASPECTOS CUANDO APRUEBAN LAS LEYES DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS. AHORA BIEN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 31 EN SU FRACCIÓN IV DE NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL, ES OBLIGACIÓN DE LOS MEXICANOS CONTRIBUIR AL GASTO PÚBLICO EN SUS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO. SIENDO UNO DE ESTOS ÓRDENES DE GOBIERNO EL MUNICIPIO, QUE ES LA CÉLULA SOCIAL FUNDAMENTAL DE NUESTRA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA, POR LO QUE SE DEBE CONTRIBUIR A SU DESARROLLO YA QUE ES TAREA PRIORITARIA, ASÍ COMO PARA CONSOLIDAR SU CAPACIDAD DE EJECUCIÓN Y CONTAR CON LOS RECURSOS FINANCIEROS PARA ATENDER LOS SERVICIOS QUE CONSTITUCIONALMENTE ESTÁN OBLIGADOS A PROPORCIONAR, PREVIO EL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, POR LO QUE ES FINALIDAD DE ESTE EJERCICIO LEGISLATIVO, RESOLVER EN LO POSIBLE, LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS SUFICIENTES PARA QUE EL MUNICIPIO ATIENDA LAS DEMANDAS DE LA POBLACIÓN, LAS NECESIDADES BÁSICAS DE SU ADMINISTRACIÓN Y PROPICIAR SU PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA A EFECTO DE QUE FORTALEZCA SU DESARROLLO. SE DESPRENDE DE LA INICIATIVA QUE LOS INGRESOS MUNICIPALES SE AGRUPAN, DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA EMITIDA POR EL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE, QUE DEFINE LA FORMA EN QUE DEBEN REGISTRARSE LOS DIVERSOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN LAS CONTRIBUCIONES, ASÍ COMO AQUELLOS INGRESOS QUE POR DISPOSICIÓN DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL LE CORRESPONDAN A LOS MUNICIPIOS DE LA ENTIDAD, E IGUALMENTE LOS QUE SE ALLEGAN POR Y COLABORACIÓN, TRANSFERENCIAS Y REASIGNACIÓN DE RECURSOS, SUMÁNDOSE LOS QUE OBTIENE POR LA PRESTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, A CARGO DE SUS ORGANISMOS PARAMUNICIPALES. SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 15 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EN ESE SENTIDO, ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA CONSIDERA, QUE UNO DE LOS OBJETIVOS PRIMORDIALES CON LA APROBACIÓN DE DICHA INICIATIVA, ES LA CONSERVACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICAS, YA QUE SE REQUIERE GARANTIZAR A LOS CONTRIBUYENTES LA CERTEZA DE QUE LAS CONTRIBUCIONES SE ENCUENTRAN PREVISTAS EN UN ORDENAMIENTO LEGAL, QUE SIGUIÓ UN PROCESO LEGISLATIVO Y QUE FUE APROBADO POR EL CONGRESO DEL ESTADO. ES IMPORTANTE RESALTAR QUE A RAÍZ DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, SE GENERA UN GRAN CAMBIO PARA LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, TODA VEZ QUE EL OBJETIVO DE LA LEY ES CREAR UNA REGULACIÓN EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y FINANCIERA, QUE PERMITA A LOS GOBIERNOS SUBNACIONALES GUIARSE BAJO CIERTOS CRITERIOS QUE INCENTIVAN UNA GESTIÓN RESPONSABLE QUE FOMENTE EL CRECIMIENTO ECONÓMICO Y LA ESTABILIDAD EN LAS FINANZAS PÚBLICAS LOCALES Y COMO OBJETIVO ESPECÍFICO DE DICHO ORDENAMIENTO SE TIENE LA PROMOCIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS LOCALES SOSTENIBLES, UN USO RESPONSABLE DE LA DEUDA PÚBLICA, ASÍ COMO FORTALECER LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y LA TRANSPARENCIA A TRAVÉS DE CINCO COMPONENTES PRINCIPALES: REGLAS DE DISCIPLINA HACENDARIA Y FINANCIERA, SISTEMA DE ALERTAS, CONTRATACIÓN DE DEUDA Y OBLIGACIONES, DEUDA ESTATAL GARANTIZADA, REGISTRO PÚBLICO ÚNICO. EN CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y DE LOS MUNICIPIOS PREVÉ DIVERSAS REGLAS PARA LOGRAR Y MANTENER EL BALANCE PRESUPUESTARIO Y LA REGLA FUNDAMENTAL DE DISCIPLINA FINANCIERA ESTIPULA QUE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS DEBEN GENERAR BALANCES PRESUPUESTARIOS SOSTENIBLES, ES DECIR, TANTO UN Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 16 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original BALANCE PRESUPUESTARIO COMO UN BALANCE PRESUPUESTARIO DE RECURSOS DISPONIBLES MAYORES O IGUALES A CERO. INTEGRA SU EN ESTE SENTIDO, EL PAQUETE FISCAL MUNICIPAL INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y SU PRESUPUESTO DE EGRESOS, Y SE TIENE PRESENTE LA RESPONSABILIDAD DE OBSERVAR LA PREVALENCIA DE UN EQUILIBRIO EN DICHO PAQUETE. EN LAS APUNTADAS CONSIDERACIONES, AL DICTAMINAR LA PRESENTE INICIATIVA DE LEY SON DE ESPECIAL ATENCIÓN LOS RUBROS EN QUE JUSTIFICAN INCREMENTOS DE INGRESOS Y LOS RUBROS QUE NO LO JUSTIFICAN Y SE HACEN LOS AJUSTES CORRESPONDIENTES, PARA LOGRAR LA OBTENCIÓN DE FINANZAS PÚBLICAS MUNICIPALES SANAS Y EL CUMPLIMIENTO A LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y DE LOS MUNICIPIOS, PARA ELLO SE HAN ANALIZADO DETALLADAMENTE LOS ELEMENTOS E INTEGRACIÓN DE CADA UNO DE LOS CONCEPTOS DE INGRESOS QUE SE INCLUYEN EN LA INICIATIVA, CONSIDERANDO INCORPORACIÓN DE NUEVOS CONCEPTOS DE INGRESOS, LAS REFORMAS QUE MODIFICAN LOS ELEMENTOS ESENCIALES DE LAS CONTRIBUCIONES ASÍ COMO LOS INCREMENTOS DE LOS INGRESOS POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES, A LA LUZ DE LOS CRITERIOS GENERALES DE POLÍTICA ECONÓMICA 2018- 2019 QUE PLANTEAN QUE EL NIVEL DE INFLACIÓN SE MANTENGA EN UN 3.4% CONSIENTE CON EL OBJETIVO INFLACIONARIO ESTABLECIDO POR EL BANCO CENTRAL Y DENTRO DEL INTERVALO DE VARIABILIDAD, ADEMÁS DE LA APLICACIÓN DEL FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL 1.0471% ATENDIENDO AL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DE NOVIEMBRE EN 2017 Y 2018. DE IGUAL FORMA, SE ANALIZA CON ESPECIAL ATENCIÓN EL RUBRO DE INGRESOS POR CONCEPTO DE DERECHOS CON RESPECTO AL CUAL DEBE EXISTIR ESTRICTA OBSERVANCIA AL CUMPLIMIENTO DE LA COORDINACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS Y SE HACEN LAS LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 17 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ADECUACIONES NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES EN LA MATERIA. ASIMISMO, SE TOMA EN CONSIDERACIÓN LA REGLA DE CONGRUENCIA QUE DEBE EXISTIR ENTRE LAS LEYES DE INGRESOS Y LOS PRESUPUESTOS DE EGRESOS CON RESPECTO A LOS CRITERIOS GENERALES DE POLÍTICA ECONÓMICA Y LAS ESTIMACIONES DE LAS PARTICIPACIONES Y TRANSFERENCIAS FEDERALES ETIQUETADAS QUE SE INCLUYAN, TODA VEZ QUE NO DEBERÁN EXCEDER A LAS PREVISTAS EN LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO AQUELLAS TRANSFERENCIAS DEL ESTADO. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y CONSIDERADO, ESTA COMISIÓN QUE DICTAMINA, ESTIMA, QUE LA INICIATIVA Y LAS CORRESPONDIENTES ADECUACIONES A LA MISMA, GENERAN LAS PRECISIONES PARA UNA MEJOR COMPRENSIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY, CON LO CUAL SE GENERAN LAS CONDICIONES PARA OBTENER LOS RECURSOS NECESARIOS PARA FINANCIAR EL PRESUPUESTO Y SUS POLÍTICAS EN LOS TÉRMINOS DE UN EQUILIBRIO PRESUPUESTAL Y DISCIPLINA FINANCIERA, ACORDE A LAS CIFRAS ESTIMADAS, POR LO TANTO, AL CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, LA INICIATIVA CUYO ESTUDIO NOS OCUPA, CON LAS ADECUACIONES REALIZADAS A LA MISMA, ES PROCEDENTE Y SE CONSIDERA QUE LAS MISMAS OBEDECEN AL MEJORAMIENTO DE FORMA Y FONDO JURÍDICOS. ATENDIENDO A LA VALORACIÓN DE LA SOLVENTACIÓN DE LAS OBSERVACIONES POR ESTA LIV LEGISLATURA A LA INICIATIVA QUE SE DICTAMINA Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL MÁS ALTO TRIBUNAL DE NUESTRO PAÍS, ESTE ÓRGANO LEGISLATIVO ES EN EL SENTIDO DE ESTABLECER DE CONFORMIDAD EN SU POTESTAD TRIBUTARIA LAS LEYES QUE PERMITAN A LAS HACIENDAS PÚBLICAS MUNICIPALES OBTENER INCLUSO CUOTAS O TARIFAS; ESTABLECIÉNDOSE DIFERENTES TASAS, INGRESOS PROPIOS SUS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 18 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original REFORMAS INICIADOR JUSTIFIQUE SUS JUSTIFICANDO TAL SITUACIÓN EN EL CUERPO DE UNA LEY DE MANERA JUSTIFICADA, OBJETIVA Y RAZONABLE. EN ESTAS CONDICIONES SE DICTAMINA EN SENTIDO NEGATIVO AQUELLOS AUMENTOS EN LAS CANTIDADES DE UMAS QUE SE PRESENTARON EN LA INICIATIVA; BAJO EL RAZONAMIENTO QUE LAS CANTIDADES QUE SE ESTABLECEN EN UMAS, YA IMPLÍCITAMENTE TRAEN UNA ACTUALIZACIÓN DE LOS CRÉDITOS FISCALES POR LO QUE AL NO EXISTIR UN RAZONAMIENTO LÓGICO JURÍDICO MEDIANTE EL CUAL EL AYUNTAMIENTO INCREMENTOS, ESTA LEGISLATURA EN ARAS DE NO AFECTAR LA ECONOMÍA DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DEL QUE SE DICTAMINA ESTÁ PRESENTE LEY DE INGRESOS; CONSIDERA INVIABLE AUMENTAR LOS INGRESOS PROPIOS QUE TIENEN COMO FUNDAMENTO PRINCIPAL Y LEGAL LA PROPIA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL; PUES NO SE HAN REALIZADO NUEVAS CONTRIBUCIONES; Y POR EL LADO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS NO SE HA JUSTIFICADO UN INCREMENTO EN LAS CANTIDADES DE UMAS Y COMO SE HA SEÑALADO LA UMA PARA EL PRESENTE EJERCICIO HA SIDO ACTUALIZADA POR LO QUE NO SE JUSTIFICAN DICHOS INCREMENTOS. PARA EL CASO DE LOS INCREMENTOS EN UMAS, LOS MISMOS RESULTAN IMPROCEDENTES, BAJO ESTA JUSTIFICACIÓN: LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN ES LA REFERENCIA ECONÓMICA EN PESOS PARA DETERMINAR LA CUANTÍA DEL PAGO DE LAS OBLIGACIONES, Y SUPUESTOS PREVISTOS EN LA LEY TANTO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. LA UMA CONLLEVA UNA ACTUALIZACIÓN EN EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES POR LO QUE AQUELLAS QUE SE ENCUENTREN CALIFICADAS EN BASE A UMAS, PARA PODER INCREMENTARSE DEBEN JUSTIFICARSE PLENAMENTE Y SI ES EL CASO QUE NO EXISTE UN PERMITAN CREAR QUE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 19 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARGUMENTO LÓGICO JURÍDICO SE DEBE DICTAMINAR EN SENTIDO NEGATIVO EL INCREMENTO EN BENEFICIO DE LA CIUDADANÍA SIRVE DE APOYO A LA JUSTIFICACIÓN Y VALORACIÓN POR ESTA DICTAMINADORA LA JURISPRUDENCIA EMITIDA POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN VISIBLE EN LA PÁGINA 1123 DEL TOMO XX, DICIEMBRE DE 2004; CON NÚMERO DE REGISTRO 179907; DE LA NOVENA ÉPOCA PUBLICADA EN EL SEMINARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CUYO NÚMERO ES P/J 124 /2004 Y CUYO RUBRO ES: HACIENDA MUNICIPAL. LA CONSTITUCIÓN FEDERAL PERMITE A LAS LEGISLATURAS ESTATALES ESTABLECER TASAS DISTINTAS PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS RESERVADOS A AQUÉLLA EN LOS MUNICIPIOS DE UNA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA, PERO EN ESE CASO DEBERÁN JUSTIFICARLO EN UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS NO OBLIGA A LAS LEGISLATURAS ESTATALES A ESTABLECER TASAS IDÉNTICAS PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS CONSTITUCIONALMENTE RESERVADOS A LA HACIENDA MUNICIPAL, CUANDO APRUEBEN LAS LEYES DE INGRESOS PARA CADA UNO DE LOS MUNICIPIOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS; SIN EMBARGO, ÉSTOS NO ESTÁN CONSTITUCIONALMENTE INDEFENSOS ANTE LAS ARBITRARIEDADES QUE AQUELLOS ÓRGANOS LEGISLATIVOS PUDIERAN COMETER AL FIJAR DIFERENCIADAMENTE DICHAS TASAS, EN TANTO QUE SI DECIDEN ESTABLECER TASAS DIFERENCIADAS Y APARTARSE DE LA PROPUESTA MUNICIPAL RESPECTIVA, TIENEN LA CARGA DE DEMOSTRAR QUE LO HACEN SOBRE UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE, PUES LA INTEGRIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS MUNICIPALES SE VERÍA FUERTEMENTE COMPROMETIDA SI TALES LEGISLATURAS PUDIERAN REDUCIRLOS ARBITRARIAMENTE. ES POR ELLO QUE AUNQUE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL NO BENEFICIE A LOS MUNICIPIOS CON UNA GARANTÍA DE EQUIDAD TRIBUTARIA IDÉNTICA A LA QUE CONFIERE A LOS CIUDADANOS A TRAVÉS DEL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, SÍ LES OTORGA GARANTÍAS CONTRA ACCIONES IMPUESTOS LEGISLATIVAS ARBITRARIAS, COMO LA DE RECIBIR Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 20 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONSTITUCIONALMENTE ASEGURADOS EN UNA CANTIDAD MENOR A LA QUE RECIBEN OTROS MUNICIPIOS. CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 14/2004. MUNICIPIO DE GUADALAJARA, ESTADO DE JALISCO. 16 DE NOVIEMBRE DE 2004. UNANIMIDAD DE ONCE VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIO: FERNANDO A. CASASOLA MENDOZA. EL TRIBUNAL PLENO, EN SU SESIÓN PRIVADA CELEBRADA HOY TREINTA DE NOVIEMBRE EN CURSO, APROBÓ, CON EL NÚMERO 124/2004, LA TESIS JURISPRUDENCIAL QUE ANTECEDE. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CUATRO. TOMANDO EN CONSIDERACIÓN EL INCREMENTO DEL VALOR DE UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALZIACIÓN (UMA) DEL EJERCICIO 2018 AL EJERCICIO 2019, EXPERIMENTA UN INCREMENTO DE 4.8% Y LAS ESTIMACIONES DE TODOS Y CADA UNO DE LOS CONCEPTOS NO EXPERIMENTAN UNA VARIACIÓN DESPROPROCIONADA PARA EL EJERCICIO 2019 Y CONSIDERANDO EL INICIADOR NO PRESENTÓ JUSTIFICACIONES Y MOTIVACIÓN PARA EL INCRMENTO DE NÚMERO DE UMAS EN VARIOS SERVICIOS, LA COMISIÓN DICTAMINADORA, CARENTE DE ELEMENTOS DE OBJETIVIDAD DICHOS INCREMENTOS, HA CONSIDERADO DICTAMINAR POR MANTENER LAS UNIDADES DE UMA PARA LOS DIFERENTES SERVICIOS. EN LOS CONCEPTOS DE DERECHOS POR EXPEDICIÓN DE LICENCIA PARA INSTALACIÓN Y CONSTRUCCIÓN Y POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS POR EL USO DE VIA PÚBLICA EN RELACIÓN A LA COLOCACIÓN DE POSTES PARA ENERGÍA ELECTRICA O TELECOMUNICACIONES, CASETAS TELEFÓNICAS, CABLEADO O ANTENAS U OTRO MOBILIARIO PARA TELECOMUNICACIONES O ENERGÍA ELECTRICA, SE TRATA DE DERECHOS DECLARADOS VIOLATORIOS AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 10-A DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, POR LO QUE NO SE DICTAMINA EN SENTIDO POSITIVO EL MANTENER EL COBRO DE ESTE CONCEPTO. PARA MANTENER RAZONAMIENTO Y Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 21 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EN RELACIÓN AL CONCEPTO DE DERECHO POR CONSTANCIA DE FIERRO QUEMADOR Y SU REVALIDACIÓN SE HACE NOTAR QUE SE TRATA DE UNA CONTRIBUCIÓN NO VIGENTE EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, POR LO QUE NO ES POSIBLE DICTAMINAR EN SENTIDO POSITIVO EL COBRO PROPUESTO. VIII.- ESTIMACIÓN DE IMPACTO PRESUPUESTARIO CON RELACIÓN A ESTE APARTADO ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE SI BIEN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 16, PRIMER Y SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, 9ASÍ COMO 42, PÁRRAFO FINAL, DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL,10 Y 16 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS,11 ESTABLECEN QUE EN LAS INICIATIVAS QUE SE PRESENTEN AL CONGRESO LOCAL SE DEBERÁ INCLUIR LA ESTIMACIÓN DEL IMPACTO PRESUPUESTARIO QUE IMPLIQUE SU IMPLEMENTACIÓN; TAMBIÉN ES CIERTO QUE DADA LA NATURALEZA DE LA INICIATIVA QUE SE DICTAMINA Y QUE YA HA SIDO EXPRESADA EN LA VALORACIÓN DEL PRESENTE DICTAMEN, ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA DESTACA QUE LA CITADA ESTIMACIÓN DE IMPACTO PRESUPUESTARIO ESTÁ IMPLÍCITA, YA QUE PRECISAMENTE LAS LEYES DE INGRESOS QUE PRESENTEN LOS AYUNTAMIENTOS A CONSIDERACIÓN DE ESTA SOBERANÍA, SON DOCUMENTOS QUE PERMITEN LA EXACTA APLICACIÓN Y PUNTO DE 9 Artículo 16.- El Ejecutivo de la Entidad Federativa, por conducto de la secretaría de finanzas o su equivalente, realizará una estimación del impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decretos que se presenten a la consideración de la Legislatura local. Asimismo, realizará estimaciones sobre el impacto presupuestario de las disposiciones administrativas que impliquen costos para su implementación. Todo proyecto de ley o decreto que sea sometido a votación del Pleno de la Legislatura local, deberá incluir en su dictamen correspondiente una estimación sobre el impacto presupuestario del proyecto. … 10 Artículo 42. … … En las iniciativas que se presenten al Congreso Local, se deberá incluir la estimación del impacto presupuestario que implique su implementación. 11 Artículo 16. Toda iniciativa de Ley o decreto que sea sometida al Congreso del Estado, deberá incluir en su dictamen correspondiente una estimación sobre el impacto presupuestario del proyecto. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 22 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original REFERENCIA RESPECTO DEL RESTO DE INICIATIVAS DE LEY O DECRETOS QUE SE SOMETAN A LA APROBACIÓN DEL CONGRESO LOCAL. ES DECIR, SE TRATA DE LOS DOCUMENTOS RECTORES A LOS QUE DEBE CEÑIRSE EL GASTO PÚBLICO Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS QUE EN EL ESTADO SE PRETENDAN IMPLEMENTAR, EN TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN FEDERAL Y LOCAL EN LA MATERIA. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, ESTA LIV LEGISLATURA HA TENIDO A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE: LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- LA PRESENTE DE LEY ES DE ORDEN PÚBLICO Y DE INTERÉS GENERAL, DE APLICACIÓN OBLIGATORIA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA Y TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS INGRESOS QUE PERCIBIRÁ LA HACIENDA PÚBLICA DE SU AYUNTAMIENTO, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2019, POR LOS CONCEPTOS QUE ESTA MISMA LEY PREVIENE. ARTÍCULO 2.- LOS INGRESOS, DEPENDIENDO DE SU NATURALEZA, SE REGIRÁN POR LO DISPUESTO EN ESTA LEY, EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, EN EL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, EN LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS, ASÍ COMO EN LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL QUE EMITA EL AYUNTAMIENTO Y DEMÁS NORMAS APLICABLES. INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE LOS CONTRIBUCIONES, ASÍ COMO LOS PROVENIENTES DE OTROS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 23 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INGRESOS PROVENIENTES DE CONCEPTOS, SE DESTINARÁN A SUFRAGAR EL GASTO PÚBLICO ESTABLECIDO Y AUTORIZADO EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO EN LO DISPUESTO EN LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL Y EN LAS LEYES EN QUE ESTOS SE FUNDAMENTEN. LOS IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES ESPECIALES, DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS, SE DETERMINARÁN AL MOMENTO DE PRODUCIRSE EL HECHO GENERADOR DE LA RECAUDACIÓN Y SE CALCULARÁN, EN LOS CASOS EN QUE ESTA LEY INDIQUE, EN FUNCIÓN DEL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (U.M.A.). ARTÍCULO 3.- EN TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 9° DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL Y 9 DE LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS, LAS PARTICIPACIONES Y APORTACIONES FEDERALES Y ESTATALES QUE CORRESPONDAN AL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SON INEMBARGABLES. LAS CUENTAS AYUNTAMIENTO INEMBARGABLES EN VIRTUD DE QUE RESGUARDAN TENDIENTES A SATISFACER NECESIDADES PÚBLICAS. TODOS LOS INGRESOS QUE PERCIBA EL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, DEBERÁN SER REGISTRADOS EN SU CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL. LOS INGRESOS QUE NO CORRESPONDAN A LOS CITADOS EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 37 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS, Y QUE SE CONOCEN COMO OPERACIONES TRANSITORIAS O AJENAS, ATENDERÁN A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY CITADA. A NOMBRE DEL CONSIDERAR INGRESOS BANCARIAS DE APERTURADAS CUERNAVACA, DEBEN SE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 24 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original TODOS LOS INGRESOS O ENTRADAS DE EFECTIVO QUE RECIBA EL AYUNTAMIENTO, SE AMPARARÁN, SIN EXCEPCIÓN ALGUNA, CON LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTE OFICIAL DEBIDAMENTE REQUISITADO, INCLUSO LOS EFECTUADOS EN ESPECIE, EN CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 4.- LOS CRÉDITOS FISCALES PREVISTOS POR ESTA LEY, SE PAGARÁN DE LA SIGUIENTE FORMA: AL LA DE MOMENTO ENTERARÁ A).- CUANDO NO SE ESTABLEZCA FECHA DE PAGO, LA CONTRIBUCIÓN SE AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. B).- CUANDO SE ESTABLEZCA QUE EL PAGO SEA POR CUOTA DIARIA, ÉSTA SE PAGARÁ PREVIAMENTE A LA ENTREGA DE LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. C).- CUANDO SE ESTABLEZCA QUE EL PAGO SEA POR MES ANTICIPADO, ÉSTE SE HARÁ EN LOS PRIMEROS DIEZ DÍAS HÁBILES DEL MES CORRIENTE. D).- CUANDO SE ESTABLEZCA QUE EL PAGO SEA POR BIMESTRE Y QUE LA LEY NO SEÑALE LOS MESES EN QUE SE PAGARÁN, ÉSTE SE CUBRIRÁ EN LOS PRIMEROS QUINCE DÍAS HÁBILES DEL PRIMER MES DE CADA BIMESTRE. E).- CUANDO SE ESTABLEZCA QUE EL PAGO SEA POR ANUALIDAD, ÉSTE DEBERÁ HACERSE EN LOS MESES DE ENERO, FEBRERO O MARZO DEL AÑO CORRESPONDIENTE EXCEPTO EL IMPUESTO PREDIAL Y LOS DERECHOS POR SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. F).- CUANDO SE ESTABLEZCA QUE EL PAGO SEA POR SEMESTRE, SE CUBRIRÁ DURANTE EL PRIMER MES DE CADA PERIODO. CUANDO EL CONTRIBUYENTE NO CUBRA EL CRÉDITO FISCAL EN LOS TIEMPOS Y PLAZOS QUE SEÑALA ESTA DISPOSICIÓN, SE GENERARÁN A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO LOS ACCESORIOS QUE SE SEÑALAN EN ESTE ORDENAMIENTO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 25 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CAPÍTULO II DE LOS CONCEPTOS, PRONÓSTICO Y DE LA EXPECTATIVA DE INGRESOS ARTÍCULO 5.- LOS INGRESOS QUE PERCIBIRÁ LA HACIENDA PÚBLICA DEL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, MORELOS, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2019, SERÁN LOS QUE PROVENGAN DE LOS CONCEPTOS Y EN LAS CANTIDADES ESTIMADAS SIGUIENTES: ESTADO DE MORELOS, MUNICIPIO DE CUERNAVACA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS TOTAL INGRESOS ORDINARIOS 1. IMPUESTOS 1.2. IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO 1.3. TRANSACCIONES IMPUESTO SOBRE LA PRODUCCIÓN, EL CONSUMO Y LAS INGRESO ESTIMADO 1,928,711,019.00 495,949,002.00 196,092,592.00 142,083,562.00 1.8. OTROS IMPUESTOS (AYUNTAMIENTO Y SAPAC) 3. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 157,772,848.00 861,610.00 3.1. CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS (SAPAC) 861,610.00 4. DERECHOS 4.3. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 4.4. OTROS DERECHOS (SAPAC) 5. PRODUCTOS 625,760,963.00 285,008,354.00 340,752,609.00 2,137,862.00 5.1. PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE (AYUNTAMIENTO Y SAPAC) 1,154,330.00 5.2. PRODUCTOS DE CAPITAL 983,532.00 6. APROVECHAMIENTOS 6.1. APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE (AYUNTAMIENTO Y SAPAC) 109,198,766.00 109,198,766.00 8. PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 8.1. PARTICIPACIONES (FEDERALES Y ESTATALES) 688,622,408.00 403,285,029.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 26 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 8.2. APORTACIONES FEDERALES Y ESTATALES (AYUNTAMIENTO Y SAPAC) 285,337,379.00 9.TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 6,180,408.00 9.3 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES 9.4 AYUDAS SOCIALES 6,180,340.00 68.00 A EFECTO DE CUMPLIR CON LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS LINEAMIENTOS EMITIDOS POR EL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE (CONAC), EL DESGLOSE DE LA EXPECTATIVA DE INGRESOS, SE PRESENTA EN EL ANEXO UNO QUE ES PARTE INTEGRANTE DE ESTA INICIATIVA. LAS CANTIDADES AQUÍ EXPRESADAS PODRÁN AJUSTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA PARA EL ESTADO DE MORELOS Y OTRAS NORMAS DE CARÁCTER HACENDARIO EN VIGOR CAPITULO III DE LOS IMPUESTOS 1.2 IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO SECCIÓN PRIMERA 1.2.1 DEL IMPUESTO PREDIAL ARTÍCULO 6.- ESTÁN OBLIGADAS AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL LAS PERSONAS FÍSICAS Y LAS PERSONAS MORALES QUE SEAN PROPIETARIAS O POSEEDORAS A TÍTULO PRIVADO, EXCEPTUANDO LOS BIENES PROPIEDAD DE LA NACIÓN EN USO DE PARTICULARES, DEL SUELO ÉL, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS CONSTRUCCIONES TENGA UN TERCERO. LOS POSEEDORES TAMBIÉN ESTÁN OBLIGADOS AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL POR LOS A LOS DERECHOS QUE SOBRE CONSTRUCCIONES ADHERIDAS LAS Y Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 27 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INMUEBLES QUE POSEAN, CUANDO NO SE CONOZCA AL PROPIETARIO O EL DERECHO DE PROPIEDAD SEA CONTROVERTIBLE. ES OBJETO DEL IMPUESTO PREDIAL, LA PROPIEDAD O POSESIÓN DE PREDIOS UBICADOS DENTRO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, CUALQUIERA QUE SEA SU USO O DESTINO, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 93 TER-2, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. EL IMPUESTO PREDIAL SE CALCULARÁ ANUALMENTE, APLICANDO A LA BASE GRAVABLE LA SIGUIENTE TASA: 1.2.1.1 DE PREDIOS URBANOS: CONCEPTO 1.2.1.1.1 SOBRE LOS PRIMEROS 70,000.00 DE LA BASE GRAVABLE TASA 2/MILLAR 1.2.1.1.2 SOBRE EL EXCEDENTE DE LOS $70,000.00 3/MILLAR 1.2.1.2 DE PREDIOS RÚSTICOS: CONCEPTO 1.2.1.2.1 RÚSTICOS TASA 2/MILLAR EL IMPUESTO PREDIAL SE CAUSARÁ BIMESTRALMENTE Y DEBERÁ PAGARSE DENTRO DEL PRIMER MES DE CADA BIMESTRE. DURANTE LOS MESES DE ENERO, MARZO, MAYO, JULIO, SEPTIEMBRE Y NOVIEMBRE Y NO PODRÁ SER MENOR AL IMPORTE DEL DOS POR CIENTO DE UNA (U.M.A) UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN CALCULADA AL AÑO. CUANDO SE PAGUE EL IMPUESTO PREDIAL ANUAL, DURANTE EL PRIMER BIMESTRE, LOS CONTRIBUYENTES TENDRÁN DERECHO A UNA REDUCCIÓN EQUIVALENTE AL PORCENTAJE QUE DETERMINE ESTA LEY DE INGRESOS, TAL Y COMO LO DISPONE EL ARTÍCULO 93 TER-6, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. ESTARÁN EXENTOS DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL LOS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO DE LA FEDERACIÓN, DE LOS ESTADOS O LOS MUNICIPIOS, SALVO QUE TALES BIENES SEAN UTILIZADOS POR ENTIDADES PARAESTATALES O POR PARTICULARES, BAJO CUALQUIER Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 28 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original TÍTULO, PARA FINES ADMINISTRATIVOS O PROPÓSITOS DISTINTOS A LOS DE SU OBJETO PÚBLICO. ATENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 115, FRACCIÓN IV, INCISO C, PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 1.3 IMPUESTO SOBRE LA PRODUCCIÓN, EL CONSUMO Y LAS SECCIÓN SEGUNDA TRANSACCIONES 1.3.1 DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES ARTÍCULO 7.- ESTÁN OBLIGADAS AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE ADQUIERAN INMUEBLES, QUE CONSISTAN EN LAS SUPERFICIES DE TERRENO Y LA DE CONSTRUCCIÓN, EN SU CASO, UBICADAS EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, ASÍ COMO LOS DERECHOS RELACIONADOS CON LOS MISMOS. EL IMPUESTO SE CALCULARÁ APLICANDO AL VALOR DEL INMUEBLE LA TASA DEL 2% (DOS POR CIENTO) DE ACUERDO A LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 94 TER, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. PARA LOS EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES SE ENTENDERÁ POR ADQUISICIÓN TODO LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 94 TER-1, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. EL VALOR DEL INMUEBLE QUE SE CONSIDERARÁ PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 94 TER DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, SERÁ EL QUE RESULTE MÁS ALTO DE ENTRE EL VALOR DE LA ADQUISICIÓN, EL VALOR CATASTRAL Y EL AVALÚO PRACTICADO POR PERITO VALUADOR ACREDITADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO MUNICIPAL O INSTITUCIÓN AUTORIZADA, CUANDO NO SE PACTE PRECIO, EL IMPUESTO SE CALCULARÁ SOBRE EL VALOR MÁS ALTO ENTRE EL VALOR CATASTRAL Y EL VALOR QUE RESULTE DEL AVALÚO PRACTICADO POR PERITO VALUADOR Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 29 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ACREDITADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO MUNICIPAL O INSTITUCIÓN AUTORIZADA. EL PAGO DEL IMPUESTO DEBERÁ HACERSE EN PRIMER TÉRMINO POR EL NOTARIO PÚBLICO Y EN SEGUNDO TÉRMINO POR EL CONTRIBUYENTE; CUANDO SE TRATE DE UN ACUERDO ENTRE PARTICULARES, SE HARÁ MEDIANTE EL FORMATO DE DECLARACIÓN PARA EL PAGO DE IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES, APROBADO POR LA TESORERÍA MUNICIPAL, Y DEBERÁ PRESENTARSE DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS POR LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS ANTE LA TESORERÍA MUNICIPAL PARA LA ELABORACIÓN PAGO CORRESPONDIENTE. COMPROBANTE OFICIAL DEL DEL SECCIÓN TERCERA 1.8. OTROS IMPUESTOS 1.8.1. DEL IMPUESTO ADICIONAL ARTÍCULO 8.- ES OBJETO DEL IMPUESTO ADICIONAL LA REALIZACIÓN DE PAGOS POR CONCEPTO DE IMPUESTOS Y DERECHOS MUNICIPALES PREVISTOS EN LA PRESENTE LEY, TAL Y COMO LO SEÑALA EL ARTÍCULO 119 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. SON SUJETOS DEL IMPUESTO ADICIONAL QUIENES TENGAN A SU CARGO, DIRECTA O SOLIDARIAMENTE, LOS PAGOS A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 120, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. 1.8.1.1 LA TASA GENERAL DEL IMPUESTO SERÁ DEL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) SOBRE LA BASE QUE SEÑALA EL ARTÍCULO 121, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 30 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EL ENTERO DEL IMPUESTO SE HARÁ EN EL MOMENTO EN QUE SE REALICEN LOS PAGOS OBJETO DEL GRAVAMEN, SEGÚN LO DISPONE EL ARTÍCULO 124, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. PARA LOS EFECTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 125, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, SÓLO PROCEDERÁ ALGUNA CONDONACIÓN DE ESTE IMPUESTO, CUANDO SE EMITA POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 96, DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. 3. DE LAS CONTRIBUCIONES DE MEJORAS CAPÍTULO IV 3.1. CONTRIBUCIONES DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS LA INSTALACIÓN DE TUBERÍA DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA ARTÍCULO 9.- LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE PREDIOS, EN SU CASO, PAGARÁN LAS CUOTAS DE COOPERACIÓN, POR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS DE MANTENIMIENTO Y URBANIZACIÓN, EL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA PODRÁ OBTENER CONTRIBUCIONES ESPECIALES, POR: 3.1.1.1 POTABLE, POR METRO LINEAL; 3.1.1.2 METRO LINEAL; 3.1.1.3 3.1.1.4 CALLE, POR METRO CUADRADO; 3.1.1.5 3.1.1.6 3.1.1.7 LA INSTALACIÓN DE TUBERÍA PARA GAS, POR METRO LINEAL; PAVIMENTACIÓN O REHABILITACIÓN DE PAVIMENTO EN GUARNICIONES, POR METRO LINEAL; BANQUETAS, POR METRO CUADRADO; ALUMBRADO PÚBLICO, Y LA INSTALACIÓN DE TUBERÍA PARA DRENAJE SANITARIO, POR Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 31 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original TOMAS DOMICILIARIAS DE AGUA POTABLE. 3.1.1.8 LA CUOTA SE DETERMINARÁ POR EL AYUNTAMIENTO, CONFORME AL IMPORTE DEL PRESUPUESTO PARA LA OBRA DE QUE SE TRATE Y CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS DE LA MISMA. EL PAGO DEBERÁ HACERSE AL INICIO DE LA OBRA O POR MENSUALIDADES QUE CUBRAN LA TOTALIDAD DEL PAGO DENTRO DEL PLAZO EN QUE SE REALICE LA OBRA, OBSERVÁNDOSE EN SU CASO, LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL ESPECÍFICA. CAPÍTULO V 4. DE LOS DERECHOS 4.3. DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS SECCIÓN PRIMERA 4.3.1 DE LOS SERVICIOS DEL REGISTRO CIVIL ARTÍCULO 10.- LOS DERECHOS DE LOS SERVICIOS DEL REGISTRO CIVIL SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.1.1 POR EXPEDICIÓN DE COPIA CERTIFICADA DE ACTA DEL REGISTRO CIVIL: CONCEPTO 4.3.1.1.1 ORDINARIAS, SE ENTREGARÁN AL DÍA SIGUIENTE HÁBIL POSTERIOR AL PAGO 4.3.1.1.2 REPOSICIÓN DE FORMATO POR CAUSAS AJENAS AL REGISTRO CIVIL, UNA VEZ IMPRESA EL ACTA. U.M.A. 1.5 3 4.3.1.1.3 EXPEDICIÓN DE ACTAS ORDINARIAS PARA PERSONAS DE 65 AÑOS Y MÁS. 4.3.1.2 POR REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO: GRATUITO CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 32 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.1.2.1 REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, DENTRO O FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 120 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS) 4.3.1.2.2 REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEO DENTRO O FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 120, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS) 4.3.1.2.3 REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTA DE NIÑA O NIÑO FINADO DENTRO O FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 120 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS) 4.3.1.2.4 POR LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA DE ACTA DE NACIMIENTO 4.3.1.2.5 REGISTRO DE RECONOCIMIENTO DE HIJO 4.3.1.2.6 REGISTRO DE ADOPCIÓN GRATUITO GRATUITO GRATUITO GRATUITO 4.3.1.2.7 REGISTRO DE DEUDOR ALIMENTARIO MOROSO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 84 AL 87, DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MORELOS. 4.3.1.3 POR REGISTRO Y CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO: 4 6 2 CONCEPTO U.M.A. 4.3.1.3.1 EN LA OFICINA DEL REGISTRO CIVIL 4.3.1.3.2 EN DOMICILIO PARTICULAR: 4.3.1.3.2.1 DE LUNES A VIERNES 4.3.1.3.2.2 EN DÍAS SÁBADO, DOMINGO O FESTIVO 4.3.1.3.3 REGISTRO DE CAMBIO DE RÉGIMEN PATRIMONIAL POR VÍA JUDICIAL. 4.3.1.3.4 DIVORCIO ADMINISTRATIVO 4.3.1.4 POR ANOTACIONES MARGINALES: CONCEPTO 4.3.1.4.1 EN ACTA DE DIVORCIO 4.3.1.4.2 DIVORCIO POR ORDEN ADMINISTRATIVA FORÁNEO 4.3.1.4.3 RECTIFICACIÓN POR ORDEN JUDICIAL 4.3.1.4.4 RECTIFICACIÓN POR ORDEN ADMINISTRATIVA 14 35 40 10 35 U.M.A. 11 8 6 2 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 33 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.1.4.5 ANOTACIONES MARGINALES POR ORDEN ADMINISTRATIVO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, DERIVADA DE LA ACLARACIÓN DE LAS ACTAS POR ERRORES MECANOGRÁFICOS, MANUSCRITOS, ORTOGRÁFICOS O DE REPRODUCCIÓN GRÁFICA, QUE NO AFECTE LOS DATOS ESENCIALES CONTENIDOS EN EL ACTA. GRATUITO 4.3.1.5 POR INSERCIONES: CONCEPTO 4.3.1.5.1 EN ACTA DE MATRIMONIO 4.3.1.5.2 EN ACTA DE NACIMIENTO 4.3.1.5.3 EN ACTA DE DEFUNCIÓN 4.3.1.5.4 EN OTRO TIPO DE ACTA 4.3.1.6 POR BÚSQUEDA Y COTEJO: CONCEPTO 4.3.1.6.1 BÚSQUEDA ORDINARIA 4.3.1.6.2 BÚSQUEDA DE APÉNDICE 4.3.1.6.3 COTEJO DE ACTA 4.3.1.7 POR EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIÓN: CONCEPTO 4.3.1.7.1 EN ACTA 4.3.1.7.2 EN DOCUMENTO DE APÉNDICE DE: 4.3.1.7.2.1 NACIMIENTO Y DEFUNCIÓN 4.3.1.7.2.2 MATRIMONIO 4.3.1.7.2.3 DE SENTENCIA JUDICIAL 4.3.1.7.2.4 CUALQUIER OTRO ACTO 4.3.1.7.3 EN DOCUMENTO DISTINTO AL SEÑALADO EN LOS INCISOS ANTERIORES 4.3.1.7.4 CERTIFICACIÓN DE LIBRO POR PÉRDIDA, DESTRUCCIÓN O DETERIORO, POR CADA ACTA DEL REGISTRO CIVIL: 4.3.1.8 POR EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA: U.M.A. 9 9 9 9 U.M.A. 2 4 1 U.M.A. 2 3 3 3 3 3 0.5 CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 34 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.1.8.1 DE INEXISTENCIA DE REGISTRO 4.3.1.8.2 DE REGISTRO EXTEMPORÁNEO 4.3.1.8.3 DE MATRIMONIO 4.3.1.8.4 DE REGISTRO ÚNICO 4.3.1.9 PERMISO RELACIONADO A DEFUNCIÓN: 3 3 3 3 CONCEPTO U.M.A. 4.3.1.9.1 PERMISO PARA EXHUMACIÓN 4.3.1.9.2 PERMISO PARA REINHUMACIÓN EN PANTEONES MUNICIPALES, COMUNALES O EJIDALES 4.3.1.9.3 PERMISO PARA REINHUMACIÓN EN EL PANTEÓN JARDINES DE LA PAZ 4.3.1.9.4 PERMISO PARA INTERNACIÓN DE UN CADÁVER AL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.1.9.5 PERMISO PARA INHUMACIÓN EN PANTEONES MUNICIPALES, COMUNALES, EJIDALES O JARDINES DE LA PAZ 4.3.1.9.6 PERMISO PARA CREMACIÓN 4.3.1.9.7 PERMISO PARA TRASLADO DE UN CADÁVER DENTRO DEL ESTADO DE MORELOS, SALIENDO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.1.9.8 PERMISO PARA TRASLADO DE UN CADÁVER FUERA DEL ESTADO DE MORELOS, SALIENDO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.1.9.9 POR DECLARACIÓN DE AUSENCIA 8 4 8 8 4 6 4 6 5 2 4.3.1.9.10 TRÁMITE EN HORARIO DE SERVICIO DE GUARDIA DE LUNES A VIERNES DE 16:00 A 8:00 HORAS DEL DÍA SIGUIENTE, SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS 4.3.1.10 ARTÍCULO: POR SERVICIOS NO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE CONCEPTO 4.3.1.10.1 QUE SE REALICEN FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL 4.3.1.10.2 REGISTRO DE NACIMIENTO O DEFUNCIÓN, FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL SOLICITADO POR INSTITUCIÓN PÚBLICA 4.3.1.10.3 INSERCIÓN DE DOCUMENTO (CUANDO LA HOJA DE REGISTRO NO SE ENCUENTRA EN LIBROS) U.M.A. 15 GRATUITO SERVICIO SOCIAL 1 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 35 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.1.10.4 COPIA CERTIFICADA DE SENTENCIA DE DIVORCIO 4 4.3.1.10.5 SERVICIO DE ENVÍO DE COPIA CERTIFICADA POR MENSAJERÍA ACORDE A TARIFA QUE CORRESPONDA 4.3.1.11 VIÁTICOS PARA EL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL: 4.3.1.11.1 SERVICIO DE MATRIMONIO A DOMICILIO: CONCEPTO U.M.A. 10 5 4.3.1.11.2 SERVICIO FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL, DISTINTO AL MATRIMONIO: LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMPETENTE PRESTARÁ LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE REGISTRO CIVIL, ASENTARÁ EN LOS LIBROS O REGISTROS RESPECTIVOS DE SU JURISDICCIÓN LOS ACTOS DEL ESTADO O CONDICIÓN DE LAS PERSONAS QUE SE CELEBREN ANTE SU FE PÚBLICA; Y CONSECUENTEMENTE, SUSCRIBIRÁN LAS ACTAS, CERTIFICACIONES RESPECTIVAS Y DEMÁS DOCUMENTOS O RESOLUCIONES, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES EN ESTA MATERIA. LA CELEBRACIÓN DE REGISTRO EN CAMPAÑA DE MATRIMONIO, ASÍ COMO LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA CORRESPONDIENTE SERÁ GRATUITA. LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA DE REGISTRO DURANTE LA CAMPAÑA DE REGISTRO DE NACIMIENTO SERÁ GRATUITA. LO ANTERIOR CUANDO SE AUTORICE POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 96, DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. LA EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA QUE SE REQUIERA PARA EL REGISTRO EN CAMPAÑAS DE MATRIMONIO Y DE NACIMIENTO SERÁ GRATUITA; LO ANTERIOR CUANDO SE EMITA RESOLUCIÓN DE CARÁCTER GENERAL POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 36 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.2 DE LAS LEGALIZACIONES Y CERTIFICACIONES SECCIÓN SEGUNDA ARTÍCULO 11.- LOS DERECHOS DE LOS SERVICIOS DE LEGALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS TARIFAS SIGUIENTES: 4.3.2.1 DEL ARCHIVO MUNICIPAL: CONCEPTO U.M.A. 4.3.2.1.1 BÚSQUEDA DE DOCUMENTO RESGUARDADO EN EL ARCHIVO MUNICIPAL, GENERADO POR LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES MUNICIPALES 4.3.2.1.2 CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS RESGUARDADOS EN EL ARCHIVO MUNICIPAL, POR LEGAJO 4.3.2.1.3 CERTIFICACIÓN DE PLANO ARQUITECTÓNICO INTEGRADO AL EXPEDIENTE, GENERADO POR EL AYUNTAMIENTO, POR PLANO 4.3.2.2 CERTIFICACIONES DE DOCUMENTOS: 3 4 3 CONCEPTO U.M.A. 4.3.2.2.1 BÚSQUEDA FÍSICA DE DOCUMENTACIÓN EXPEDIDA POR EL AYUNTAMIENTO EN DEPENDENCIAS Y ENTIDADES MUNICIPALES 4.3.2.2.2 CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR EL AYUNTAMIENTO: 4.3.2.2.2.1 LEGAJO DE HASTA 29 FOJAS 4.3.2.2.2.2 LEGAJO DE HASTA 59 FOJAS 4.3.2.2.2.3 LEGAJO DE HASTA 99 FOJAS 4.3.2.2.2.4 LEGAJO DE 100 FOJAS EN ADELANTE 4.3.2.2.3 ACTAS CONSTITUTIVAS QUE CERTIFIQUE EL AYUNTAMIENTO 4.3.2.3 JUNTA MUNICIPAL DE RECLUTAMIENTO: CONCEPTO 4.3.2.3.1 EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE MODO HONESTO DE VIVIR A LOS CIUDADANOS PARA QUE CUMPLAN EL REQUISITO DE LA SEDENA EN EL REGISTRO Y TRASLADO DE ARMAS DE FUEGO Y OTROS 2 4 6 8 10 2 U.M.A. 2 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 37 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.2.3.2 CONSTANCIA DE INEXISTENCIA DE REGISTRO DE CARTILLA DE IDENTIDAD MILITAR 4.3.2.4 REGISTRO DE POBLACIÓN: CONCEPTO 4.3.2.4.1 CONSTANCIA DE RESIDENCIA 4.3.2.6 CONSTANCIAS O CERTIFICACIONES DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA: U.M.A. 2 2 CONCEPTO U.M.A. 3 4.3.2.6.1 CONSTANCIA DE REGISTRO DE INFRACCIÓN, PARTICIPACIÓN EN ACCIDENTE, DE LICENCIA PARA CONDUCIR, PLACA O TARJETA DE CIRCULACIÓN 4.3.2.6.2 CERTIFICACIÓN DE NO ADEUDO DE INFRACCIÓN EN CASO DE EXTRAVÍO DE PLACA, LICENCIA DE CONDUCIR O TARJETA DE CIRCULACIÓN 4.3.2.6.3 CERTIFICACIÓN DE LA BITÁCORA POLICIAL 4.3.2.7 EL JUEZ DE PAZ ESTARÁ FACULTADO PARA LLEVAR A CABO LA CELEBRACIÓN DE LOS ACTOS DE CONFORMIDAD CON LO QUE LE SEÑALA LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MORELOS 4.3.2.8 POR BÚSQUEDA Y EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA ELABORADA POR EL JUZGADO CÍVICO: 20 1 CONCEPTO U.M.A. 4.3.2.8.1 ORDINARIA. QUE SE ENTREGA A LOS DOS DÍAS HÁBILES, PREVIA COMPARECENCIA 4.3.2.9 COPIA CERTIFICADA, BÚSQUEDA Y CONSTANCIA RESPECTO DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: 3 CONCEPTO 4.3.2.9.1 ORDINARIA 4.3.2.9.2 POR FOJA ADICIONAL 4.3.2.10 POR SERVICIOS DIVERSOS: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” U.M.A 1 0.08 38 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONCEPTO U.M.A. 4.3.2.10.1 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO EN TAMAÑO QUE NO EXCEDA DE 35 CENTÍMETROS DE ANCHO POR PLANA A UNO O DOS ESPACIOS. 4.3.2.10.2 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO QUE EXCEDA DEL TAMAÑO DE 35 CENTÍMETROS DE ANCHO POR PLANA, A UNO O DOS ESPACIOS. 4.3.2.10.3 BÚSQUEDA DE DOCUMENTO. 4.3.2.10.4 COPIA SIMPLE. 4.3.2.10.5 COPIA SIMPLE QUE EXCEDA DEL TAMAÑO DE 35 CENTÍMETROS DE ANCHO POR PLANA A UNO O DOS ESPACIOS. 4.3.2.11 POR SERVICIOS DIVERSOS: CONCEPTO 4.3.2.11.1 CONSTANCIA DE NO ADEUDO, POR CADA IMPUESTO, DERECHO O CONTRIBUCIÓN QUE CONTENGA EL DOCUMENTO 4.3.2.11.2 CONSTANCIA DE PAGO DE CONTRIBUCIONES, POR CADA IMPUESTO O DERECHO QUE CONTENGA EL DOCUMENTO 4.3.2.11.3 CONSTANCIA DE NO ADEUDO POR CONCEPTO DE MULTA 4.3.2.11.4 CERTIFICADO SOBRE PRODUCTOS DE LA PROPIEDAD RAÍZ: 4.3.2.11.4.1 POR UN PERÍODO NO MAYOR DE CINCO AÑOS 4.3.2.11.4.2 POR UN PERIODO QUE EXCEDA DE CINCO AÑOS, POR CADA AÑO EXCEDENTE 4.3.2.11.5 COPIA CERTIFICADA QUE EXCEDA DEL TAMAÑO INDICADO 4.3.2.11.6 CUALQUIER OTRA CERTIFICACIÓN O CONSTANCIA QUE SE EXPIDA DISTINTA DE LAS CITADAS 4.3.2.11.7 CUALQUIER OTRA BÚSQUEDA DE DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS CITADAS 2 3 9 6 6 U.M.A. 2 2 2 2 5 3 4 2 SECCIÓN TERCERA 4.3.3 DE LOS SERVICIOS CATASTRALES ARTÍCULO 12.- LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE SERVICIOS CATASTRALES SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 39 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.3.1 AVALÚOS CATASTRALES: CONCEPTO U.M.A. 4.3.3.1.1 COPIA CERTIFICADA DE PLANO EN HOJA TAMAÑO OFICIO 4.3.3.1.2 PAPEL BOND: 4.3.3.1.2.1 HASTA 60 POR 90 CENTÍMETROS 4.3.3.1.2.2 POR CADA 25 CENTÍMETROS EXTRAS 4.3.3.1.3 CERTIFICACIÓN DE PLANO DE MANZANA 4.3.3.1.4 IMPRESIÓN POR REGIÓN 4.3.3.1.5 IMPRESIÓN DE PLANO DEL MUNICIPIO 4.3.3.1.6 COPIA DEL PLANO MUNICIPAL EN MEDIO MAGNÉTICO 4.3.3.2 DESLINDES, EN METROS CUADRADOS: LEVANTAMIENTOS TOPOGRÁFICOS, 3 4 1 4 5 7 20 VERIFICACIONES Y CONCEPTO U.M.A. 4.3.3.2.1 DE 0.01 HASTA 1,000 4.3.3.2.2 DE 1,001 HASTA 5,000 4.3.3.2.3 DE 5,001 HASTA 10,000 4.3.3.2.4 DE 10,001 HASTA 15,000 4.3.3.2.5 DE 15,001 HASTA 20,000 4.3.3.2.6 DE 20,001 HASTA 25,000 4.3.3.2.7 DE 25,001 HASTA 30,000 4.3.3.2.8 DE 30,001 HASTA 35,000 4.3.3.2.9 DE 35,001 HASTA 40,000 4.3.3.2.10 DESPUÉS DE 40,000 SE APLICARÁ POR CADA 5,000 METROS CUADRADOS ADICIONALES 4.3.3.2.11 EN EL CASO DE DIVISIÓN O LOTIFICACIÓN SE CONSIDERARÁ POR CADA LOTE 4.3.3.3 OTROS SERVICIOS: CONCEPTO 4.3.3.3.1 REGISTRO DE OPERACIÓN, TOMA DE NOTA DE TESTIMONIO Y SELLADO DE ESCRITURA 4.3.3.3.2 CAMBIO DE NOMBRE DEL POSESIONARIO, CUOTA POR METRO CUADRADO 6 8 10 15 20 25 30 35 40 3 2 U.M.A. 7 0.01 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 40 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.3.3.3 DICTAMEN PERICIAL 4.3.3.3.4 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO DIVERSO Y PLANO EXISTENTE, POR EXPEDIENTE DE HASTA 50 HOJAS 4.3.3.3.5 COPIA SIMPLE DE DOCUMENTO DIVERSO, RECIBO Y PLANO, POR EXPEDIENTE DE HASTA 30 HOJAS 4.3.3.3.6 ANTECEDENTES CATASTRALES DE UN PREDIO 4.3.3.3.7 INSPECCIÓN OCULAR DE UN PREDIO 4.3.3.3.8 CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD DE LA CONSTRUCCIÓN 4.3.3.3.9 ALTA DE UNA CONSTRUCCIÓN 4.3.3.3.10 ALTA CON PLANO APROBADO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL DE DIVISIÓN, NOTIFICACIÓN Y CONDOMINIO, POR CADA LOTE O FRACCIÓN 4.3.3.3.11 COPIA IMPRESA DE UNA ORTO FOTO 90 X 60 4.3.3.3.12 COPIA DE UNA ORTO FOTO EN MEDIO MAGNÉTICO 4.3.3.3.13 CUALQUIER OTRO SERVICIO NO ESPECIFICADO 20 A 100 10 6 3 7 6 3 5 10 23 3 SECCIÓN CUARTA 4.3.4. DE LA RECUPERACIÓN DE LOS MATERIALES UTILIZADOS EN EL PROCESO DE RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ARTÍCULO 13.- LOS DERECHOS CAUSADOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS EN CUMPLIMIENTO DE LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.4.1 MATERIAL USADO PARA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN: CONCEPTO 4.3.4.1.1 EXPEDICIÓN DE COPIA SIMPLE DE INFORMACIÓN EN GENERAL, POR PÁGINA TAMAÑO CARTA U OFICIO 4.3.4.1.2 EXPEDICIÓN DE COPIA SIMPLE DE PLANO ARQUITECTÓNICO INTEGRADO DENTRO DE EL AYUNTAMIENTO EXPEDIENTE GENERADO POR U.M.A. 0.02 0.33 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 41 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.4.2. SERVICIOS PRESTADOS EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS: INFORMACIÓN EN MEDIOS U.M.A. CONCEPTO 4.3.4.2.1 POR LA REPRODUCCIÓN DE INFORMÁTICOS POR UNIDAD: 4.3.4.2.1.1 DISCO COMPACTO (CD). 4.3.4.2.1.2 DISCO VERSÁTIL DIGITAL (DVD). 4.3.4.2.1.3 IMPRESIÓN POR CADA HOJA. 4.3.4.2.1.4 IMPRESIÓN EN PAPEL HELIOGRÁFICO HASTA 60 X 90 CM. 4.3.4.2.1.5 POR CADA 25 CENTÍMETROS SECCIÓN QUINTA 0.1411 0.1940 0.05 2 0.50 4.3.5 DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES ARTÍCULO *14.- ES OBJETO DE ESTE DERECHO, LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES DE: MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA URBANA, RECOLECCIÓN, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Y ALUMBRADO PÚBLICO. SON SUJETOS DEL PAGO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES DE MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA URBANA, RECOLECCIÓN, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS Y ALUMBRADO PÚBLICO, LOS PROPIETARIOS Y POSEEDORES DE PREDIOS URBANOS, SUBURBANOS Y RÚSTICOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA; SERVICIOS QUE PAGARÁN DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: 4.3.5.1. POR MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO URBANO EN EL MUNICIPIO, POR METRO LINEAL DE FRENTE A LA VÍA PÚBLICA POR SEMESTRE DE: ZONA 1 2 BASE DE PAGO SOBRE EL U.M.A. 0.276545 0.1422115 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 42 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 3 0.0617258 4.3.5.2 LOS DERECHOS POR SERVICIOS DE ALUMBRADO PÚBLICO (DAP), SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: ES OBJETO DE ESTE DERECHO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO PARA LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO. SE ENTIENDE POR SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO EL QUE EL MUNICIPIO OTORGA A LA COMUNIDAD EN CALLES, PLAZAS, JARDINES Y OTROS LUGARES DE USO COMÚN. LA TARIFA CORRESPONDIENTE AL DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO, SERÁ POR EL COSTO DE LA PRESTACIÓN DE ESTE SERVICIO, ENTRE EL NÚMERO DE USUARIOS REGISTRADOS EN LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD EL IMPORTE SE COBRARÁ EN CADA RECIBO QUE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD EXPIDA. LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE PREDIOS RÚSTICOS, SUBURBANOS Y URBANOS QUE NO ESTÉN REGISTRADOS EN LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, PAGARÁN LA TARIFA RESULTANTE MENCIONADA EN ESTE ARTÍCULO, MEDIANTE EL RECIBO QUE PARA TAL EFECTO EXPIDA LA TESORERÍA MUNICIPAL. EL MUNICIPIO, POR CONDUCTO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, PODRÁ AUXILIARSE DE LA INFRAESTRUCTURA Y EL SISTEMA DE COBRO DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE EN CASO DE EXISTIR, PARA EFECTO DE QUE SE INCORPORE EN CADA UNO DE LOS RECIBOS DE COBRO QUE EXPIDE DICHO ORGANISMO OPERADOR, LA TARIFA QUE INDICA ESTE PRECEPTO A LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE LOS PREDIOS QUE NO ESTÉN REGISTRADO EN LA CITADA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. EN NINGÚN CASO LA TARIFA POR ESTE SERVICIO PODRÁ SER MAYOR AL 10% DE LAS CANTIDADES QUE DEBAN PAGAR LOS CONTRIBUYENTES EN Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 43 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original FORMA PARTICULAR POR EL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. 4.3.5.4 POR LA LIMPIA, RECOLECCIÓN, TRASLADO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE COBRARÁ EL MONTO DE 0.01515 DE UNA U.M.A. CALCULADO AL AÑO, DEBIÉNDOSE PAGAR EN FORMA BIMESTRAL DURANTE EL PRIMER MES DE CADA BIMESTRE, EN LOS MESES DE ENERO, MARZO, MAYO, JULIO, SEPTIEMBRE Y NOVIEMBRE, Y PODRÁ SER ANTICIPADO CALCULADO DE FORMA ANUAL DURANTE EL PRIMER BIMESTRE DEL AÑO. 4.3.6 DE LOS SERVICIOS DE PANTEONES MUNICIPALES Y VELATORIOS SECCIÓN SEXTA ARTÍCULO 15.- LOS DERECHOS DE LOS SERVICIOS DE PANTEONES MUNICIPALES Y VELATORIOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.6.1 EN EL PANTEÓN CUERNAVACA 4.3.6.1.1 DERECHOS DE USO PARA INHUMAR: INHUMACIONES JARDINES DE LA PAZ DE 4.3.6.1.1.1 PAGO DE PERPETUIDAD AL VENCIMIENTO DE RENTA DE 7 AÑOS 4.6.1.1.1.2 POR FOSA A PERPETUIDAD CONCEPTO 4.3.6.1.1.2.1 SECCIÓN I A LA IV 4.3.6.1.1.2.2 SECCIÓN V A LA XIV 4.3.6.1.1.3 REFRENDO, MÁXIMO UNO, ADQUISICIÓN HASTA 2006 4.3.6.1.1.3.1 SECCIÓN I A LA IV 4.3.6.1.1.3.2 SECCIÓN V A LA XIV 4.3.6.1.2 NICHOS U OSARIOS A PERPETUIDAD: CONCEPTO 4.3.6.1.2.1 ADQUISICIÓN DE GAVETA VERTICAL A 7 AÑOS U.M.A. 70 110 99 44 33 U.M.A. 43 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 44 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.6.1.2.2 PAGO DE PERPETUIDAD AL VENCIMIENTO DE RENTA DE 7 AÑOS 4.3.6.1.2.3 ADQUISICIÓN DE GAVETA VERTICAL A PERPETUIDAD 4.3.6.1.2.4 TRASPASO DE NICHO O GAVETA 4.3.6.1.3 SERVICIOS DIVERSOS: CONCEPTO 4.3.6.1.3.1 INHUMACIÓN DE LUNES A VIERNES DESPUÉS DE LAS 16:00 HORAS; SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS DESPUÉS DE LAS 13:00 HORAS, ADICIONAL A LA TARIFA 4.3.6.1.3.2 EXHUMACIÓN TRANSCURRIDO EL TÉRMINO DE LEY 4.3.6.1.3.2.1 PARA REINHUMAR E INHUMAR 4.3.6.1.3.2.2 PARA INCINERAR O REINHUMAR (OTRO PANTEÓN) 4.3.6.1.3.2.3 DE RECIÉN NACIDO A SEIS AÑOS CUMPLIDOS 4.3.6.1.3.3 EXHUMACIÓN POR ORDEN JUDICIAL ANTES DE 7 AÑOS 4.3.6.1.3.4 TRASPASO DE FOSA (CESIÓN DE DERECHOS) 4.3.6.1.3.4.1 POR UN LOTE PARA INHUMAR 4.3.6.1.3.4.2 POR DOS LOTES PARA INHUMAR 4.3.6.1.3.4.3 POR TRES LOTES PARA INHUMAR 4.3.6.1.3.4.4 ESPECIAL, MÁS DE TRES LOTES PARA INHUMAR 4.3.6.1.3.4.5 POR UN LOTE EN PREVENCIÓN 4.3.6.1.3.4.6 POR DOS LOTES EN PREVENCIÓN 4.3.6.1.3.4.7 POR TRES LOTES EN PREVENCIÓN 4.3.6.1.3.4.8 ESPECIAL, MÁS DE TRES LOTES EN PREVENCIÓN 4.3.6.1.3.5 CAMBIO DE USUARIO: 4.3.6.1.3.5.1 POR UN LOTE 4.3.6.1.3.5.2 POR DOS LOTES 4.3.6.1.3.5.3 POR TRES LOTES 4.3.6.1.3.5.4 ESPECIAL, MÁS DE TRES LOTES 4.3.6.1.3.6 NICHO EN COLUMBARIO PARA CENIZA A PERPETUIDAD 4.3.6.1.3.7 PASILLOS 4.3.6.1.3.8 CAMBIO DE BENEFICIARIO A USUARIO 4.3.6.1.3.8.1 POR UN LOTE 4.3.6.1.3.8.2 POR DOS LOTES 4.3.6.1.3.8.3 POR TRES LOTES 4.3.6.1.3.8.4 ESPECIAL, MÁS DE TRES LOTES 16 58 6 U.M.A. 7 13 20 4 92 23 43 63 92 33 53 73 99 12 14 16 18 77 15 8 10 12 14 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 45 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.6.1.4 OTROS SERVICIOS: CONCEPTO U.M.A. 4.3.6.1.4.1 POR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE BASE CON NICHO O CABECERA: 4.3.6.1.4.1.1 TABIQUE CON CEMENTO EN UN LOTE 4.3.6.1.4.1.2 TABIQUE CON CEMENTO EN DOS LOTES 4.3.6.1.4.1.3 TABIQUE CON CEMENTO EN TRES LOTES 4.3.6.1.4.1.4 ESPECIAL 4.3.6.1.4.2 POR RECUBRIMIENTO DE NICHO 4.3.6.1.4.2.1 UN LOTE 4.3.6.1.4.2.2 DOS LOTES 4.3.6.1.4.2.3 TRES LOTES 4.3.6.1.4.3 POR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE CAPILLA O CRIPTA EN: 4.3.6.1.4.3.1 UN LOTE 4.3.6.1.4.3.2 DOS LOTES 4.3.6.1.4.3.3 TRES LOTES 4.3.6.1.4.3.4 ESPECIAL, MÁS DE TRES LOTES 4.3.6.1.4.4 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE CRIPTA: 4.3.6.1.4.4.1 UN LOTE 4.3.6.1.4.4.2 DOS LOTES 4.3.6.1.4.4.3 TRES LOTES 4.3.6.1.4.4.4 ESPECIAL, MÁS DE TRES LOTES 4.3.6.1.4.5 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE NICHO: 4.3.6.1.4.5.1 UN NICHO EN UN LOTE PARA INHUMAR 4.3.6.1.4.5.2 DOS NICHOS EN UN LOTE PARA INHUMAR 4.3.6.1.4.5.3 UN NICHO EN UN LOTE EN PREVENCIÓN 4.3.6.1.4.5.4 DOS NICHOS EN UN LOTE EN PREVENCIÓN 4.3.6.1.4.6 DEMOLICIÓN DE UNA GAVETA 4.3.6.1.4.6.1 PARA EXHUMAR E INHUMAR 4.3.6.1.4.6.2 PARA EXHUMAR, PANTEÓN) 4.3.6.1.4.7 DESTAPAR Y SELLAR NICHOS (POR CADÁVER O MIEMBRO PÉLVICO) 4.3.6.1.4.8 SELLAR GAVETA EN CRIPTA DESPUÉS DE INHUMAR 4.3.6.1.4.9 LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO ANUAL POR FOSA INDIVIDUAL 4.3.6.1.4.10 LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO ANUAL EN NICHO Y GAVETA VERTICAL INCINERAR O REINHUMAR (EN OTRO 6 8 10 12 5 7 9 12 14 16 18 12 14 16 18 4 6 6 8 10 12 18 18 4 2 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 46 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.6.1.4.11 SELLAR UN OSARIO EN UNA CRIPTA 4.3.6.1.4.12 QUITAR UNA LOZA 4.3.6.1.4.13 REMOZAMIENTO, CONSERVACIÓN O INSTALACIÓN DE PLACA EN: 4.3.6.1.4.13.1 UN LOTE 4.3.6.1.4.13.2 DOS LOTES 4.3.6.1.4.13.3 TRES LOTES 4.3.6.1.4.13.4 ESPECIAL (MÁS DE TRES LOTES) 4.3.6.1.4.14 DESTAPAR Y SELLAR GAVETA VERTICAL 4.3.6.1.5 PERMISO PARA CONSTRUCCIÓN O MONUMENTOS Y ACCESORIOS: 7 4 2 3 4 5 10 INSTALACIÓN DE CONCEPTO U.M.A. 4.3.6.1.5.1 BARANDALES, BASES PRECOLADAS, MONUMENTOS Y OTROS EN 1 LOTE 4.3.6.1.5.2 BARANDALES, BASES PRECOLADAS, MONUMENTOS Y OTROS EN 2 LOTES 4.3.6.1.5.3 BARANDALES, BASES PRECOLADAS, MONUMENTOS Y OTROS EN 3 LOTES 4.3.6.1.5.4 BARANDALES, BASES PRECOLADAS, MONUMENTOS Y OTROS EN MÁS DE 3 LOTES 4.3.6.1.6 POR EL ALQUILER DE CAPILLA: CONCEPTO 4.3.6.1.6.1 SERVICIOS RELIGIOSOS 4.3.6.1.7 POR REPOSICIÓN DE DOCUMENTOS: CONCEPTO 4.3.6.1.7.1 PERPETUIDAD, TEMPORALIDAD O BENEFICIARIOS POR CADA HOJA DE DOCUMENTO SE PAGARÁ 4.3.6.1.7.2 CAMBIAR, AGREGAR O QUITAR BENEFICIARIOS 4.3.6.1.8 POR PROPORCIONAR ATAÚD: CONCEPTO 4.3.6.1.8.1 DE MADERA O METÁLICO, SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ EL EQUIVALENTE, SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS 8 10 12 14 U.M.A. 4 U.M.A. 5 5 U.M.A. 2 A 180 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 47 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.6.9 POR OTROS SERVICIOS VELATORIOS: CONCEPTO 4.3.6.1.9.1 POR USO DE CARROZA PARA RESCATE Y TRASLADO LOCAL DE CADÁVER 4.3.6.1.9.2 POR USO DE CARROZA PARA TRASLADO FORÁNEO DE CADÁVER (POR KILÓMETRO) 4.3.6.1.9.3 PREPARACIÓN DE CADÁVER: 4.3.6.1.9.3.1 PREPARACIÓN DE CADÁVER, SERVICIO VELATORIO 4.3.6.1.9.3.2 PREPARACIÓN DE CADÁVER, FUNERARIA FORÁNEA 4.3.6.1.9.4 SALA DE VELACIÓN: 4.3.6.1.9.4.1 RENTA DE SALA DE VELACIÓN EN SERVICIO DE VELATORIO 4.3.6.1.9.4.2 RENTA DE SALA DE VELACIÓN A FUNERARIA U.M.A. 8 0.40 7 10 22 30 4.3.6.1.9.5 ALQUILER DE EQUIPO DE VELACIÓN 4.3.6.2 DE LOS SERVICIOS EN PANTEONES MUNICIPALES: TEOPANZOLCO, LA LEONA, LAS MARGARITAS, CHAPULTEPEC, ACAPANTZINGO, ANTONIO BARONA Y TLALTENANGO. 4.3.6.2.1 DERECHOS DE USO PARA INHUMAR: 8 CONCEPTO U.M.A. 4.3.6.2.1.1 FOSA RENTA A 7 AÑOS 4.3.6.2.1.2 REFRENDO FOSA RENTA A 7 AÑOS 4.3.6.2.1.3 FOSA A PERPETUIDAD 4.3.6.2.1.4 FOSA A PERPETUIDAD RECIÉN NACIDO 4.3.6.2.1.5 NICHO PARA CENIZAS A PERPETUIDAD 4.3.6.2.1.6 TRASPASO DE FOSA 4.3.6.2.2 REPOSICIÓN DE DOCUMENTOS: CONCEPTO 4.3.6.2.2.1 CONSTANCIA DE POSESIÓN 4.3.6.2.2.2 REGISTRO DE PERPETUIDAD 4.3.6.2.2.3 REPOSICIÓN DE CONSTANCIA DE DERECHO DE USO 17 17 50 24 24 17 U.M.A. 4 3 4 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 48 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.6.2.3 OTROS SERVICIOS: CONCEPTO U.M.A. 4.3.6.2.3.1 CUOTA DE MANTENIMIENTO ANUAL POR LOTE 4.3.6.2.3.2 MANTENIMIENTO ANUAL DE CAPILLA DE NICHO DE CENIZAS 4.3.6.2.3.3 CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE GUARNICIÓN 4.3.6.2.3.4 INSTALACIÓN DE MONUMENTO 4.3.6.2.3.5 CONSTRUCCIÓN DE NICHO 4.3.6.2.3.6 CONSTRUCCIÓN DE CAPILLA 1 LOTE 4.3.6.2.3.7 CONSTRUCCIÓN DE CAPILLA 2 LOTES 4.3.6.2.3.8 CONSTRUCCIÓN DE CAPILLA 3 LOTES 4.3.6.2.4 POR EL ALQUILER DE CAPILLA: CONCEPTO 4.3.6.2.4.1 OFICIO RELIGIOSO EN EL PANTEÓN DE LA LEONA 4.3.6.2.5 POR EXHUMACIÓN: CONCEPTO 4.3.6.2.5.1 EXHUMACIÓN TRANSCURRIDO EL TÉRMINO DE LEY. 4.3.6.2.5.2 EXHUMACIÓN ANTES DE 7 AÑOS POR ORDEN JUDICIAL. 4.3.6.2.5.3 REINHUMACIÓN. 3 2 6 11 5 19 26 35 U.M.A. 3 U.M.A. 10 10 5 EL COBRO DE LOS SERVICIOS EN PANTEONES NO PODRÁ SER APLICADO DE MANERA RETROACTIVA. 4.3.7 DE LOS SERVICIOS EN EL RASTRO MUNICIPAL SECCIÓN SÉPTIMA ARTÍCULO 16.- LOS DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL RASTRO MUNICIPAL, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES. 4.3.7.1 MATANZA DE GANADO MAYOR POR CABEZA: CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 49 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.7.1.1 PORCINO 4.3.7.1.2 BOVINO 4.3.7.1.3 OVINO, CAPRINO 4.3.7.1.4 USO DE INSTALACIONES PARA MATANZA Y DESPIECE DE OVICAPRINOS 4.3.7.1.5 USO DE INSTALACIONES PARA MATANZA Y DESPIECE DE CERDOS 4.3.7.1.6 USO DE INSTALACIONES PARA MATANZA Y DESPIECE DE BOVINOS 4.3.7.1.7 USO DE CORRALETA, DESPUÉS DE 72 HORAS DE HABER INGRESADO A LAS INSTALACIONES, ESTANCIA POR DÍA 4.3.7.2 LEGALIZACIONES Y CERTIFICACIONES: CONCEPTO 4.3.7.2.1 REGISTRO Y REFRENDO DE FIERRO QUEMADOR DE GANADO 4.3.7.2.2 REFRENDO DE FIERRO QUEMADOR DE GANADO POR CADA AÑO QUE SE DEBA 4.3.7.2.3 POR INTRODUCCIÓN Y RESELLO DE PRODUCTOS CÁRNICOS EN CANALES COMPLETOS DE PORCINO O SU EQUIVALENTE A 60 KILOS EN PIEZA O CORTES 4.3.7.2.4 POR INTRODUCCIÓN Y RESELLO DE PRODUCTOS CÁRNICOS EN CANALES COMPLETOS DE OVINO Y/O CAPRINO O SU EQUIVALENTE A 60 KILOS EN PIEZA O CORTES 4.3.7.2.5 POR INTRODUCCIÓN Y RESELLO DE PRODUCTOS CÁRNICOS EN CANALES COMPLETOS DE BOVINO O SU EQUIVALENTE DE 100 A 360 KILOS EN PIEZA O CORTES SECCIÓN OCTAVA 4.3.8 DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES 1 2.1 1.25 0.60 1.50 2.50 0.20 U.M.A. EXENTO EXENTO 0.80 0.80 1.20 ARTÍCULO 17.- LOS DERECHOS DE LOS SERVICIOS AMBIENTALES, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.8.1 SERVICIOS AMBIENTALES: 4.3.8.1.1 CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN COLONIAS Y POBLADOS CONCEPTO U.M.A. 7 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 50 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.8.1.2 CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN COLONIAS Y POBLADOS, SIEMPRE Y CUANDO LA SUPERFICIE DEL PREDIO TENGA DE 1 A 300 METROS CUADRADOS 4.3.8.1.3 CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN ZONA RESIDENCIAL Y FRACCIONAMIENTO 4.3.8.1.4 CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN ZONA RESIDENCIAL Y/O FRACCIONAMIENTOS, SIEMPRE Y CUANDO LA SUPERFICIE DEL PREDIO TENGA DE 1 A 300 METROS CUADRADOS. 4.3.8.1.5 CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA, DESARROLLO HABITACIONAL Y/O RECREATIVO 4.3.8.1.5.1 DE 301 A 500 METROS CUADRADOS 4.3.8.1.5.2 DE 501 A 1,000 METROS CUADRADOS 4.3.8.1.5.3 DE 1001 METROS CUADRADOS EN ADELANTE 4.3.8.1.6 VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN COLONIAS Y POBLADOS, DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.8.1.7 VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN COLONIAS Y POBLADOS, DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA PRODUCTIVA 4.3.8.1.8 VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN ZONA RESIDENCIAL Y FRACCIONAMIENTOS, DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.8.1.9 VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD Y/O FRACCIONAMIENTO, DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.8.1.10 VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A UNIDAD HABITACIONAL Y/O ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE Y/O EN DONDE SE ENCUENTRAN MÁS DE 100 ÁRBOLES EN COLONIAS Y POBLADOS, ZONA RESIDENCIAL Y/O FRACCIONAMIENTO, DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL RESIDENCIAL ZONA EN 9 20 30 50 100 150 8 10 18 25 55 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 51 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original MUNICIPIO DE CUERNAVACA 4.3.8.1.11 VISTO BUENO PARA OBTENER OFICIO DE OCUPACIÓN EN CONSTRUCCIÓN O PARA FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE MENOS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE EN COLONIAS Y POBLADOS 4.3.8.1.12 VISTO BUENO PARA OBTENER OFICIO DE OCUPACIÓN EN CONSTRUCCIÓN O PARA FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE MENOS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE Y FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL SUPERFICIE ZONA EN 4.3.8.1.13 VISTO BUENO PARA OBTENER OFICIO DE OCUPACIÓN EN CONSTRUCCIÓN O PARA FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE EL PARA CUERNAVACA FUNCIONAMIENTO 4.3.8.1.14 DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE HASTA 35 METROS CUADRADOS 4.3.8.1.15 DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN LOCAL DE 36 A 500 METROS CUADRADOS 4.3.8.1.16 DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE 501 A 1,000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE EN COLONIAS Y POBLADOS FUNCIONAMIENTO FUNCIONAMIENTO CUERNAVACA CUERNAVACA PARA PARA EL EL 4.3.8.1.17 DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE 36 A 500 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE EN ZONA RESIDENCIALES Y FRACCIONAMIENTOS FUNCIONAMIENTO CUERNAVACA PARA EL 4.3.8.1.18 DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN PREDIO MAYOR A 500 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE EN ZONA RESIDENCIAL FUNCIONAMIENTO CUERNAVACA PARA EL 10 15 20 2 8 15 20 50 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 52 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.8.1.19 AUTORIZACIÓN PARA PODA, TRASPLANTE, CORTE DE RAÍCES, TALA Y SUSTITUCIÓN DE ÁRBOLES Y ARBUSTOS EN EL TERRITORIO MUNICIPAL, AUN CUANDO SE ENCUENTREN EN PROPIEDAD PRIVADA, POR INDIVIDUO O ESPECIE AFECTADA 4.3.8.1.20 RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA PODA, TRASPLANTE, CORTE DE RAÍCES O TALA DE ÁRBOL Y ARBUSTO EN EL MUNICIPIO Y EN PROPIEDAD PRIVADA 4.3.8.1.21 AUTORIZADO DE PROVEEDORES DE SERVICIOS AMBIENTALES 4.3.8.1.22 RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN COLONIAS Y POBLADOS, FRACCIONAMIENTO Y/O ZONA RESIDENCIAL INSCRIPCIÓN O REFRENDO ANUAL EN EL PADRÓN 4.3.8.1.23 RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DEDICADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN COLONIAS Y POBLADOS 4.3.8.1.24 RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DEDICADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN FRACCIONAMIENTO Y/O ZONA RESIDENCIAL 4.3.8.1.25 RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DEDICADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE 4.3.8.1.26 RENOVACIÓN DE DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL CUERNAVACA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA 4.3.8.1.27 RENOVACIÓN DE DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL CUERNAVACA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN ZONA RESIDENCIAL Y/O FRACCIONAMIENTO 4.3.8.1.28 RENOVACIÓN DE DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL CUERNAVACA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE SECCIÓN NOVENA 1 2 10 6 5 30 50 4 7 10 4.3.9 DE LOS SERVICIOS POR PODA, TALA Y DESECHOS VEGETALES Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 53 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 18.- LOS DERECHOS DE LOS SERVICIOS DE RECOLECCIÓN DE RAMAS Y HOJARASCA EN EMPRESAS, ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DESECHOS DOMICILIARIOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES. 4.3.9.1 PODA, TALA Y DESECHOS VEGETALES: CONCEPTO U.M.A. 4.3.9.1.1 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.2 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA, EN IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE INTERIOR A ESCUELA, 4.3.9.1.3 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.4 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO Y ESTACIONAMIENTO, PREVIA AUTORIZACIÓN DE DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.5 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.6 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.7 PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL POR METRO EXCEDENTE DESPUÉS DE LOS 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. 4.3.9.1.8 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 4 METROS, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.9 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 4 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO 4.3.9.1.10 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 6 4 8 6 15 12 2 10 7 12 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 54 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO 4.3.9.1.11 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, Y ESTACIONAMIENTOS PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.12 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. 4.3.9.1.13 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. 4.3.9.1.14 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 8 METROS, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.15 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 8 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.16 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.17 TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL, CONDOMINIO Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.18 TALA O RETIRO POR METRO EXCEDENTE DESPUÉS DE LOS 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE 4.3.9.1.19 LA RECOLECCIÓN DE DESECHO VEGETAL QUE ESTÉ A PIE DE CAMIÓN, A EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y SERVICIO DOMICILIARIO, POR METRO CÚBICO 4.3.9.1.20 LA RECOLECCIÓN DE DESECHO VEGETAL QUE REQUIERA DE ACARREO DE HASTA 8 METROS DE DISTANCIA SIN OBSTÁCULOS, A EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y SERVICIO DOMICILIARIO, POR METRO CÚBICO 4.3.9.1.21 POR VENTA DE MOLIENDA GRUESA A VIVERISTA, EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DE SERVICIO, ASÍ COMO PÚBLICO EN GENERAL, POR METRO CÚBICO 9 15 12 18 15 30 27 5 2 3 3 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 55 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.9.1.22 POR VENTA DE COMPOSTA A VIVERISTA, EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DE SERVICIO, ASÍ COMO PÚBLICO EN GENERAL, POR METRO CÚBICO. 3 SECCIÓN DÉCIMA 4.3.10 DE LOS SERVICIOS ESPECIALES DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS A DOMICILIO ARTÍCULO 19.- DEL SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS Y DE SU RECEPCIÓN EN EL CENTRO DE TRANSFERENCIA DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA. 4.3.10.1 EL SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS, EN DOMICILIO SOCIAL O PARTICULAR, SE RECAUDARÁ CONFORME A LO SIGUIENTE: 4.3.10.1.1 EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS, POR TONELADA, EN CADA EVENTO CONCEPTO 4.3.10.1.2 RASTRO, LABORATORIO Y POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO TÓXICOS, POR TONELADA, EN CADA EVENTO 4.3.10.1.3 CACHARROS (MUEBLE, COLCHÓN, OTROS.), POR METRO CÚBICO O EL EQUIVALENTE A CADA FRACCIÓN DE VOLUMEN, EN CADA EVENTO 4.3.10.1.4 NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS GENERADORES DE HASTA 200 KILOS POR SEMANA. PAGO ANUAL. 4.3.10.1.5 NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS HASTA 600 KILOS POR SEMANA. PAGO ANUAL. 4.3.10.1.6 NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS HASTA 999 KILOS POR SEMANA. PAGO ANUAL. U.M.A. 12 12 8 100 200 300 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 56 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EN CASO DE QUE LOS MONTOS DE RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS SEAN SUPERIORES A LOS ESTABLECIDOS EN LA TABLA ANTERIOR, EL USUARIO DEBERÁ CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO O CON UN PARTICULAR, EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRASLADO DE RESIDUOS SÓLIDOS. 4.3.10.2 LOS USUARIOS QUE DEPOSITEN BASURA EN LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA, PAGARÁN: 4.3.10.2.1 CARGA TRANSPORTADA POR ELLOS MISMOS EN VEHÍCULO, POR KILOGRAMO O FRACCIÓN CONCEPTO U.M.A. 0.0110 EN CASO DE QUE EL USUARIO, SOLICITE UN DICTAMEN PARA EFECTOS DE CALIFICAR EL PAGO DEL SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS Y DE SU RECEPCIÓN EN EL CENTRO DE TRANSFERENCIA, LA INSPECCIÓN Y DICTAMEN TENDRÁN UN COSTO DE QUINCE VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN EN EL ESTADO DE MORELOS. 4.3.11 DE LOS DERECHOS POR EL USO Y EXPLOTACIÓN DE PARQUES SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA MUNICIPALES ARTÍCULO 20.- EL USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS A QUE SE REFIERE ESTA LEY, SON DE INTERÉS GENERAL, POR LO QUE EL AYUNTAMIENTO GARANTIZARÁ A CUALQUIER PERSONA O ENTIDAD PÚBLICA O PRIVADA, LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A LAS DISTINTAS AL PATRIMONIO MUNICIPAL, BIEN PARA INTEGRARSE EN ACTIVIDADES DIRIGIDAS POR LA PROPIA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL O PARA REALIZAR ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, COMPETICIÓN O CUALQUIER OTRA FORMA DE PRÁCTICA Y/O MANIFESTACIÓN DEPORTIVA O SOCIAL O CULTURAL, SIEMPRE Y CUANDO INSTALACIONES DEPORTIVAS PERTENECIENTES ACTIVIDADES LIBRES, Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 57 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original SE SUJETEN EN LO CONDUCENTE, POR EL REGLAMENTO MUNICIPAL CORRESPONDIENTE. LOS DERECHOS POR EL USO Y EXPLOTACIÓN DE PARQUES MUNICIPALES PARA EVENTOS DEPORTIVOS, DE ACTIVACIÓN FÍSICA, SOCIALES, CULTURALES Y ARTÍSTICOS, QUE SEAN ORGANIZADOS POR PARTICULARES O POR ENTIDADES DE LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS TARIFAS SIGUIENTES: 4.3.11.1 EN EL PARQUE ALAMEDA “LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA”: U.M.A. CONCEPTO 4.3.11.1.1 POR EL USO DE KIOSCO CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.2 POR EL USO DE LA EXPLANADA PARA LA INSTALACIÓN DE FERIA, EXPOSICIÓN, EVENTO ARTÍSTICO O SIMILAR, POR CADA DÍA QUE SEA DESTINADO PARA EL EVENTO 4.3.11.1.3 POR EL USO DE LA CANCHA DE FÚTBOL RÁPIDO POR JUEGO EQUIVALENTE A UNA HORA PARA TORNEO 4.3.11.1.4 POR EL USO DE LA CANCHA DE FÚTBOL RÁPIDO EN HORARIO NOCTURNO POR JUEGO EQUIVALENTE A UNA HORA CON UTILIZACIÓN DEL ALUMBRADO PARA TORNEO 4.3.11.1.5 POR EL USO DE LA CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO POR HORA 4.3.11.1.6 USO DEL PASILLO DE JUEGO DE PELOTA PARA INSTALACIÓN DE EXPO FERIA, POR DÍA 4.3.11.1.7 POR EL USO EXCLUSIVO DE LA PISTA DE PATINAJE PARA IMPARTIR CLASE O EXHIBICIÓN POR HORA 4.3.11.1.8 POR LA EXPLOTACIÓN DE LOS SANITARIOS EN EL PARQUE ALAMEDA “LUIS DONALDO COLOSIO MURRIETA”, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.9 USO EXCLUSIVO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL PARQUE PARA CUALQUIER TIPO DE TORNEO, POR DÍA 4.3.11.1.10 POR EL USO DEL ESTACIONAMIENTO POR VEHÍCULO, TIEMPO LIBRE (PESOS) 4.3.11.1.11 POR EL USO DE PISO EN PLANCHA, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.12 POR EL USO DEL LAGO ARTIFICIAL PARA LANCHAS, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.13 POR EL USO DE PASILLOS DEL PARQUE PARA TREN ESCÉNICO, CUOTA MENSUAL 45 19 2 3 1.5 13 1 9.5 5 10 PESOS 1.5 5 4 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 58 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.11.1.14 POR EL USO DE PASILLOS DEL PARQUE PARA CUATRICICLOS, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.15 POR EL USO DE PASILLOS DEL PARQUE PARA CALANDRIAS, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.16 POR EL USO DE PASILLOS DEL PARQUE PARA MOTOS ELECTRICAS, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.17 BRINCOLINES, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.18 POR EL USO DE INSTALACIONES DEL PARQUE PARA JUEGOS INFLABLES, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.19 POR EL USO DE INSTALACIONES DEL PARQUE PARA JUEGOS MECANICOS, CUOTA MENSUAL 4.3.11.1.20 POR EL USO DE UN ESPACIO PARA IMPARTIR CLASES DE KARATE, AERÓBICS, ZUMBA, OTROS. CUOTA MENSUAL, SIEMPRE Y CUANDO SE GENERE UN INGRESO PARA EL INSTRUCTOR DE LA ACTIVIDAD INSTALACIONES DEL PARQUE PARA POR EL USO DE 4.3.11.1.21 POR EL USO DE PISO POR MÓDULO PARA VENTA DE LIBROS, ARTESANÍAS Y PRODUCTOS SIMILARES, PERMISO POR 72 HORAS 4 4 4 2 3 5 3 3 4.3.11.2 EN EL PARQUE “MELCHOR OCAMPO”: CONCEPTO 4.3.11.2.1 POR EL USO DEL KIOSCO, CUOTA MENSUAL 4.3.11.2.2 POR LA EXPLOTACIÓN DE LOS SANITARIOS, CUOTA MENSUAL CONCEPTO 4.3.11.2.3 POR EL USO DEL ESTACIONAMIENTO POR VEHÍCULO, TIEMPO LIBRE 4.3.9.1 EN EL PARQUE “TLALTENANGO”: U.M.A. 7 15 PESOS 10.00 PESOS CONCEPTO U.M.A. 4.3.11.3.1 POR EL USO DE ÁREA VERDE O ESPACIO PARA LA INSTALACIÓN DE EXPOSICIÓN, EVENTO ARTÍSTICO O SIMILAR POR CADA DÍA QUE SEA DESTINADO PARA EL EVENTO 4.3.11.3.2 POR EL USO DE LA CANCHA DE TENIS, POR DOS HORAS AL DÍA 4.3.11.3.3 POR LA EXPLOTACIÓN DE LOS SANITARIOS, CUOTA MENSUAL 2 1 7 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 59 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.11.3.4 POR EL USO DE SALÓN PARA IMPARTIR CLASE, POR TALLER DE DOS HORAS AL DÍA, POR MES 4.3.11.3.5 POR EL USO DEL ESTACIONAMIENTO POR VEHÍCULO (PESOS) 300 PESOS 10.00 PESOS 4.3.11.4 EN LA UNIDAD DEPORTIVA ECOLÓGICA “BICENTENARIO” DE ACAPANTZINGO: CONCEPTO U.M.A. 4.3.11.4.1 POR EL USO DE LA CANCHA PROFESIONAL MIXTA, FÚTBOL SOCCER Y FÚTBOL AMERICANO, POR PARTIDO COMPLETO O POR ENTRENAMIENTO DE HASTA TRES HORAS 4.3.11.4.2 POR EL USO DE LA CANCHA DE FRONTÓN, POR HORA 4.3.11.4.3 POR EL USO DE LA CANCHA DE FÚTBOL RÁPIDO, POR JUEGO 4.3.11.4.4 POR EL USO DE LA CANCHA DE TENIS, POR HORA 4.3.11.4.5 POR EL USO DE LA CANCHA DE BÁSQUETBOL, POR PARTIDO 4.3.11.4.6 POR EL USO DE LA CANCHA DE VOLEIBOL PLAYERO, POR PARTIDO 4.3.11.4.7 POR EL USO DE NAVE TECHADA, POR EVENTO 4.3.11.4.8 POR LA EXPLOTACIÓN DE LOS SANITARIOS, CUOTA MENSUAL 4 1 3 2 1 1 163 15 4.3.11.4.9 POR EL USO DEL ESTACIONAMIENTO POR VEHÍCULO, TIEMPO LIBRE 4.3.11.4.10 POR EL USO DE LOS SANITARIOS, POR PERSONA. (PESOS) 10 PESOS 2 PESOS SECCIÓN DÉCIMA SEGUNDA 4.3.12 DE LAS LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN ARTÍCULO 21.- LOS DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.12.1 INICIO DE TRÁMITE PARA LA EMISIÓN DE CONSTANCIAS DE ALINEAMIENTO, NÚMERO OFICIAL, LICENCIA SENCILLA Y CON PLANOS. DE PROCEDER Y CONCLUIR EL TRÁMITE SE DESCONTARÁ AL MOMENTO DE LA CALIFICACIÓN, DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 60 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.1.1 CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO 4.3.12.1.2 CONSTANCIA DE NÚMERO OFICIAL CONCEPTO 4.3.12.1.3 LICENCIA SENCILLA 4.3.12.1.4 LICENCIA CON PLANOS U.M.A. 0.50 1.20 1 11.40 4.3.12.2 CONSTRUCCIÓN, RECONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN QUE NO EXCEDA LOS 25 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, YA SEA INTERIOR O EXTERIOR. CONCEPTO 4.3.12.2.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, HASTA 6 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE 4.3.12.2.2 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES DE 6.01 A 25 METROS CUADRADOS, POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE 4.3.12.2.3 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILAR HASTA 6 METROS CUADRADOS 4.3.12.2.4 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILAR DE 6.01 A 25 METROS CUADRADOS, POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE 4.3.12.2.5 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO DE LÁMINA DE CARTÓN Y SIMILAR HASTA 6 METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE 4.3.12.2.6 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO DE LÁMINA DE CARTÓN Y SIMILAR DE 6.01 A 25 METROS CUADRADOS, POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE 4.3.12.3 RECONSTRUCCIÓN Y/O REMODELACIÓN, EN EXTERIOR, FUERA DE LOS LÍMITES DEL CENTRO HISTÓRICO. U.M.A. 6 0.47 3 0.45 2 0.43 INTERIOR O CONCEPTO 4.3.12.3.1 HASTA 25 METROS CUADRADOS 4.3.12.3.2 DE 25.01 METROS CUADRADOS EN ADELANTE, POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE 4.3.12.4 DEMOLICIÓN: CONCEPTO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” U.M.A. 6 0.24 U.M.A. 61 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.4.1 DEMOLICIÓN DE GUARNICIÓN PARA ACCESO DE VEHÍCULOS, POR METRO LINEAL 4.3.12.4.2 DEMOLICIÓN DE BANQUETA PARA ACCESO VEHICULAR, POR METRO CUADRADO 4.3.12.4.3 DEMOLICIÓN DE CAMELLÓN PARA ACCESO Y RETORNO DE VEHÍCULOS, POR METRO CUADRADO 4.3.12.4.4 DEMOLICIÓN DE BARDA, POR METRO LINEAL 4.3.12.4.5 DEMOLICIÓN DE CONSTRUCCIÓN, POR METRO CUADRADO 4.3.12.4.6 DESMANTELAMIENTO DE ESTRUCTURA LIGERA, POR METRO CUADRADO 4.3.12.5 LICENCIA PARA COLOCAR TAPIAL: CONCEPTO 4.3.12.5.1 PARA OBRA Y DEMOLICIÓN, POR METRO LINEAL 4.3.12.6 CONSTRUCCIÓN DE: CONCEPTO 4.3.12.6.1 POZO DE ABSORCIÓN PARA AGUAS PLUVIALES, POR METRO CÚBICO 4.3.12.6.2 FOSA SÉPTICA, POR PIEZA 4.3.12.6.3 PLANTA DE TRATAMIENTO, POR METRO CÚBICO 4.3.12.6.4 CISTERNA, POR METRO CÚBICO 4.3.12.6.5 CISTERNA PLUVIAL POR METRO CÚBICO 4.3.12.6.6 ALBERCA, POR METRO CÚBICO, MÁQUINAS 4.3.12.6.7 PISO DE ESTACIONAMIENTO, TERRAZA, ANDADOR DE CUALQUIER MATERIAL, POR METRO CUADRADO 4.3.12.6.8 PISO DE CANCHA DEPORTIVA, POR EL TIPO DE MATERIAL, POR METRO CUADRADO: 4.3.12.6.8.1 CONCRETO INCLUYE CUARTO DE 4.3.12.6.8.2 ARCILLA 4.3.12.6.8.3 PASTO 4.3.12.6.8.4 PASTO SINTÉTICO 4.3.12.6.9 PISO PARA CALLE, SERVIDUMBRE DE PASO Y BANQUETA DE CUALQUIER MATERIAL, POR METRO CUADRADO 0.25 0.27 7 0.20 0.30 0.20 U.M.A. 0.20 U.M.A. 1.40 9 1.50 0.50 0.25 1.75 0.20 0.20 0.26 0.05 0.25 0.45 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 62 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.6.10 INSTALACIÓN DE ELEVADOR, MONTACARGAS, PLATAFORMAS VEHICULARES, ESCALERAS ELÉCTRICAS O MECANISMOS SIMILARES POR PIEZA 4.3.12.6.11 DESPLANTE DE CIMENTACIÓN DE CUALQUIER MATERIAL HASTA NIVEL DE PISO, POR METRO LINEAL 4.3.12.7 CONSTRUCCIÓN DE BARDA: CONCEPTO 4.3.12.7.1 HASTA UNA ALTURA DE 2.10 METROS Y HASTA 25 METROS LINEALES 4.3.12.7.2 HASTA UNA ALTURA DE 2.10 METROS Y DE 25.01 METROS LINEALES EN ADELANTE, POR METRO LINEAL ADICIONAL 4.3.12.7.3 HASTA UNA ALTURA DE 2.50 METROS Y HASTA 25 METROS LINEALES 4.3.12.7.4 HASTA UNA ALTURA DE 2.50 METROS Y DE 25.01 METROS LINEALES EN ADELANTE, POR METRO LINEAL ADICIONAL 4.3.12.7.5 DE UNA ALTURA DE 2.51 METROS EN ADELANTE Y HASTA 25 METROS LINEALES 4.3.12.7.6 DE UNA ALTURA DE 2.51 METROS EN ADELANTE Y DE 25.01 METROS LINEALES EN ADELANTE, POR METRO LINEAL ADICIONAL 4.3.12.8 NIVELACIÓN DE TERRACERÍA POR METRO CÚBICO: 4.3.12.8.1 HASTA 50 METROS CÚBICOS 4.3.12.8.2 DE 50.01 METROS CÚBICOS EN ADELANTE CONCEPTO 4.3.12.9 POR EXCAVACIÓN: CONCEPTO 90 0.15 U.M.A. 6 0.25 8 0.26 10 0.35 U.M.A. 6 0.12 U.M.A. 4.3.12.9.1 PARA DISMINUIR EL NIVEL ORIGINAL DEL TERRENO, POR METRO CÚBICO HASTA 0.60 METROS CÚBICOS 4.3.12.9.2 PARA DISMINUIR EL NIVEL ORIGINAL DEL TERRENO, POR METRO CÚBICO DE MÁS DE 0.60 METROS CÚBICOS 4.3.12.10 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN NUEVA O REGULARIZACIÓN MAYOR A 25 METROS CUADRADOS CON VALIDEZ DE 365 DÍAS, POR METRO CUADRADO, EN SUPERFICIE CUBIERTA DE LOSA MONOLÍTICA, 0.17 6 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 63 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original LOSA ACERO, LOSA RETICULAR, VIGUETA BOVEDILLA Y LÁMINA ESTRUCTURAL, BÓVEDAS, MADERA Y SIMILARES: CONCEPTO 4.3.12.10.1 VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL HASTA 90 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.10.1.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.1.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.2 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 91 HASTA 199 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.10.2.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.2.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.3 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 200 HASTA 299 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.10.3.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.3.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.4 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 300 HASTA 399 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.10.4.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.4.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.5 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE MÁS DE 400 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.10.5.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.5.2 CON TECHUMBRES DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.6 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) EN CONDOMINIO: 4.3.12.10.6.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES U.M.A. 0.10 0.09 0.13 0.12 0.16 0.15 0.18 0.17 0.20 0.19 0.16 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 64 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.10.6.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.7 HASTA 10 CASAS HABITACIÓN: 4.3.12.10.7.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.7.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.8 DE 11 HASTA 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.10.8.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.8.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.9 DE MÁS DE 50 CASAS HABITACIÓN EN CUALQUIER: 4.3.12.10.9.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.9.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.10 HOSPITAL Y ESCUELA: 4.3.12.10.10.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.10.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.11 COMERCIO, OFICINA, CONSULTORIO Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.10.11.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.11.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.12 HOTEL, ASILO PARA ANCIANOS, CASA DE HUÉSPEDES Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.10.12.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.12.2 CON TECHUMBRE DE MATERIALES LIGEROS, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.10.13 INDUSTRIA: 4.3.12.10.13.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.13.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 0.15 0.20 0.19 0.22 0.21 0.24 0.23 0.18 0.17 0.22 0.21 0.24 0.23 0.55 0.54 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 65 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 0.25 INSTALACIÓN RELIGIOSA: TEMPLO, LUGAR DE CULTO, 4.3.12.10.14 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.10.15 SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.10.15.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.10.15.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11 POR AMPLIACIÓN DE TIEMPO, PARA LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN POR LA PARTE NO EJECUTADA DE LA OBRA, POR DÍA: U.M.A. CONCEPTO 0.22 0.21 4.3.12.11.1 VIVIENDA DE INTERES SOCIAL HASTA 90 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCION 4.3.12.11.1.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.2 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 91 HASTA 199 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.11.2.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.3 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 200 HASTA 299 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.11.3.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.4 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 300 HASTA 399 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.11.4.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.5 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE MÁS DE 400 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.11.5.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 0.18 0.19 0.21 0.23 0.25 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 66 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.11.6 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACION) EN CONDOMINIO. 4.3.12.11.6.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.7 HASTA 10 CASAS HABITACIÓN: 4.3.12.11.7.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.8 DE 11 HASTA 50 CASAS HABITACIÓN: 4.3.12.11.8.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINAS DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.9 MÁS DE 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.11.9.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.10 HOSPITAL Y ESCUELA: 4.3.12.11.10.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.11 COMERCIO, OFICINA, CONSULTORIO Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.11.11.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.12 HOTEL, ASILO PARA ANCIANOS, CASA DE HUÉSPEDES Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.11.12.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.13 INDUSTRIAS: 4.3.12.11.13.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.14 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.11.15 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE: TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS: 0.21 0.25 0.27 0.29 0.24 0.26 0.26 0.55 0.25 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 67 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 0.25 4.3.12.11.15.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.16 PROYECTO AUTORIZADO CON USOS MIXTOS: 4.3.12.11.16.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES, ASÍ COMO TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.11.17 LICENCIA SENCILLA CUALQUIER CONCEPTO HASTA POR 365 DÍAS 4.3.12.12 OFICIO DE OCUPACIÓN DEL INMUEBLE POR METRO CUADRADO PARA CUALQUIER TIPO DE OBRA: 0.21 10 CONCEPTO INTERÉS SOCIAL DE HASTA 90 METROS 4.3.12.12.1 VIVIENDA DE CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.12.2 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 91 HASTA 199 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.12.3 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 200 HASTA 299 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.12.4 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 300 HASTA 399 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.12.5 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE MÁS DE 400 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.12.6 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) EN CONDOMINIO: 4.3.12.12.7 HASTA 10 CASAS HABITACIÓN EN CUALQUIER TIPO DE RÉGIMEN: 4.3.12.12.8 DE 11 HASTA 50 CASAS HABITACIÓN EN CUALQUIER TIPO DE RÉGIMEN 4.3.12.12.9 MÁS DE 50 CASAS HABITACIÓN EN CUALQUIER TIPO DE RÉGIMEN: 4.3.12.12.10 HOSPITAL Y ESCUELA 4.3.12.12.11 COMERCIO, OFICINA, CONSULTORIO Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.12.12 HOTEL, ASILO PARA ANCIANOS, CASA DE HUÉSPEDES Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.12.13 INDUSTRIA 4.3.12.12.14 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO U.M.A. 0.06 0.07 0.08 0.10 0.12 0.08 0.12 0.14 0.16 0.11 0.12 0.13 0.29 0.07 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 68 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.12.15 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.1 OFICIO DE OCUPACIÓN EXTEMPORÁNEO, SE COBRARÁ POR DÍA, HASTA UN MÁXIMO DE 365 DÍAS: 0.12 CONCEPTO 4.3.12.13.1 VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL HASTA 90 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.13.2 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 91 HASTA 199 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.13.3 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 200 HASTA 299 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.13.4 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 300 HASTA 399 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.13.5 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE MÁS DE 400 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.13.6 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) EN CONDOMINIO U.M.A. 0.08 0.19 0.21 0.23 0.25 0.21 4.3.12.13.7 CONDOMINIO DE HASTA 10 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.13.8 CONDOMINIO DE 11 HASTA 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.13.9 CONDOMINIO DE MÁS DE 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.13.10 HOSPITAL Y ESCUELA 4.3.12.13.11 COMERCIO, OFICINA, CONSULTORIO Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.13.12 HOTEL, ASILO PARA ANCIANOS, CASA DE HUÉSPEDES Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.13.13 INDUSTRIA 4.3.12.13.14 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.13.15 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.14 INSPECCIÓN FINAL DE LA CONSTRUCCIÓN PARA OTORGAR EL OFICIO DE OCUPACIÓN, POR METRO CUADRADO: 0.25 0.27 0.29 0.24 0.26 0.28 0.55 0.55 0.25 4.3.12.14.1 VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL HASTA 90 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 69 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.14.1.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.1.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.2 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 91 HASTA 199 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.14.2.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.2.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.3 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 200 HASTA 299 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.14.3.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.3.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.4 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 300 HASTA 399 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.14.4.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.4.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.5 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE MÁS DE 400 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.14.5.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.5.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.6 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) EN CONDOMINIO: 4.3.12.14.6.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.6.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.7 CONDOMINIO DE HASTA 10 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.14.7.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 0.03 0.02 0.08 0.05 0.13 0.10 0.17 0.14 0.19 0.16 0.13 0.11 0.19 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 70 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.14.7.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.8 CONDOMINIO DE 11 HASTA 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.14.8.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.8.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.9 CONDOMINIO DE MÁS DE 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.14.9.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.9.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.10 HOSPITALES Y ESCUELAS 4.3.12.14.10.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.10.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.11 COMERCIOS, OFICINAS, CONSULTORIOS Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.14.11.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.11.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.12 HOTEL, ASILO PARA ANCIANOS, CASA DE HUÉSPEDES Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.14.12.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.12.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.13 INDUSTRIA 4.3.12.14.13.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.13.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.14.14 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.14.15 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS 0.16 0.21 0.18 0.23 0.20 0.14 0.11 0.15 0.12 0.16 0.13 0.22 0.21 0.07 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 71 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.14.15.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.14.15.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15 POR APROBACIÓN Y REAPROBACIÓN DE PLANOS PARA CONSTRUCCIÓN, POR METRO CUADRADO DE SUPERFICIE CUBIERTA: 0.22 0.21 CONCEPTO INTERÉS SOCIAL DE HASTA 90 METROS 4.3.12.15.1 VIVIENDA DE CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.15.1.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.1.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.2 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 91 HASTA 199 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.15.2.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.2.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.3 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 200 HASTA 299 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.15.3.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.3.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.4 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE 300 HASTA 399 METROS CUADROS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.15.4.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.4.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.5 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) DE MÁS DE 400 METROS CUADRADOS DE CONSTRUCCIÓN 4.3.12.15.5.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.5.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES U.M.A. 0.05 0.02 0.06 0.03 0.08 0.05 0.10 0.07 0.10 0.07 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 72 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.15.6 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) EN CONDOMINIO 4.3.12.15.6.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.6.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.7 HASTA 10 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.15.7.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.7.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.8 DE 11 HASTA 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.15.8.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.8.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.9 MÁS DE 50 CASAS HABITACIÓN 4.3.12.15.9.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.9.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.10 HOSPITAL Y ESCUELA 4.3.12.15.10.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.1510.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.11 COMERCIO, OFICINA, CONSULTORIO Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.15.11.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.11.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.12 HOTEL, ASILO PARA ANCIANOS, CASA DE HUÉSPEDES Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.15.12.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.12.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.13 INDUSTRIAS: 0.08 0.05 0.12 0.09 0.14 0.11 0.16 0.13 0.11 0.08 0.17 0.14 0.18 0.15 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 73 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 0.24 0.25 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, 4.3.12.15.13.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.13.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.15.14 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.15.15 LUGARES DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS: 4.3.12.15.15.1 CON TECHUMBRE DE LOSA MONOLÍTICA, RETICULAR, VIGUETA, BOVEDILLA Y SIMILARES 4.3.12.15.15.2 CON TECHUMBRE DE MATERIAL LIGERO, LÁMINA DE ASBESTO Y SIMILARES 4.3.12.16 EL ALINEAMIENTO OFICIAL, SE COBRARÁ POR METRO LINEAL DE FRENTE A LA VÍA PÚBLICA (EL MÍNIMO A COBRAR SERÁ DE 10 METROS LINEALES): 0.13 0.18 0.17 CONCEPTO U.M.A. 0.55 0.89 0.90 4.3.12.16.1 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) 4.3.12.16.2 HOSPITAL Y ESCUELA 4.3.12.16.3 CONDOMINIO Y VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) CON MÁS DE 400 METROS CUADRADOS 4.3.12.16.4 HOTEL USO MIXTO ( VIVIENDA Y COMERCIO) 4.3.12.16.5 INDUSTRIAS 4.3.12.16.6 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO, Y CUALQUIER DESARROLLO, POR METRO CUADRADO 4.3.12.16.7 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.17 NÚMEROS OFICIALES. POR CADA ASIGNACIÓN DE NÚMERO EN LA CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO: CONCEPTO 0.88 0.91 0.88 U.M.A. 0.55 4.3.12.17.1 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) 4.3.12.17.2 HOSPITAL Y ESCUELA 4.3.12.17.3 CONDOMINIO Y CONSTRUCCIÓN PARA CASA HABITACIÓN MAYOR DE 400 METROS 4.3.12.17.4 HOTELES USO MIXTO (VIVIENDA Y COMERCIO) 2.20 4.40 5.50 5.50 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 74 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.17.5 INDUSTRIA 4.3.12.17.6 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUETA EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.17.7 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.18 CONSTANCIAS DE NÚMERO OFICIAL, POR CADA UNA PARA: 8.80 8.80 2.20 CONCEPTO U.M.A. 4.3.12.18.1 VIVIENDA UNIFAMILIAR (CASA HABITACIÓN) 4.3.12.18.2 HOSPITAL Y ESCUELA 4.3.12.18.3 CONDOMINIO Y CONSTRUCCIÓN PARA CASA HABITACIÓN MAYOR DE 400 METROS 4.3.12.18.4 HOTELES USO MIXTO (VIVIENDA Y COMERCIO) 4.3.12.18.5 INDUSTRIA 4.3.12.18.6 URBANIZACIÓN, CALLE Y BANQUET EN FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO O CONJUNTO URBANO 4.3.12.18.7 INSTALACIÓN RELIGIOSA QUE COMPRENDE TEMPLO, LUGAR DE CULTO, SEMINARIO Y OTROS ANÁLOGOS 4.3.12.19 ACTUALIZACIÓN DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL: 3.85 5.44 5.83 6.60 8.36 8.80 3.85 CONCEPTO PORCENTAJE 4.3.12.19.1 SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTA MODIFICACIÓN FÍSICA QUE ALTERE LOS LINDEROS, SUPERFICIE DEL PREDIO, ASÍ COMO CAMBIO DE PROPIETARIO Y USO DEL SUELO, LA CUOTA SERÁ DE LOS DERECHOS DE LA CALIFICACIÓN. 4.3.12.20 POR APERTURA DE BANQUETA, RECONSTRUCCIÓN DE LA MISMA Y OTROS TRABAJOS SIMILARES EN LA VÍA PÚBLICA: 50 CONCEPTO U.M.A. 4.3.12.20.1 POR METRO CUADRADO, Y DEBERÁ ESTAR AUTORIZADA POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL. 4.3.12.21 POR INSTALACIÓN DE TUBERÍA OCULTA EN LA VÍA PÚBLICA (PARA CANALIZACIÓN, DE TELEFONÍA, ENERGÍA ELÉCTRICA Y SIMILAR): 0.40 CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 75 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.21.1 POR METRO LINEAL, Y CON OBLIGACIÓN DE REPARAR DE INMEDIATO EL PAVIMENTO (SI EL SOLICITANTE NO HACE LA REPARACIÓN DE ACUERDO A LO EXISTENTE Y ACORDE A LAS ESPECIFICACIONES QUE LE SEÑALE EL MUNICIPIO, ESTE SE HARÁ CARGO DE ELLAS POR CUENTA DEL CONTRIBUYENTE) 6.51 4.3.12.21.2 REGISTRO PARA INSTALACIÓN SUBTERRÁNEA 10 4.3.12.22 CONSTRUCCIÓN Y COLOCACIÓN DE ANUNCIO: CONCEPTO 4.3.12.22.1 ESPECTACULAR O AUTO SOPORTADO DE MÁS DE 20 METROS CUADRADOS DE CARTELERA CON ESTRUCTURA METÁLICA U OTROS (SE REQUIERE USO DE SUELO Y DICTAMEN TÉCNICO PARA ANUNCIO) 4.3.12.22.2 ESPECTACULAR DE MÁS 20 METROS CUADRADOS DE CARTELERA CON ESTRUCTURA METÁLICA SOBRE NIVEL DE TERRENO U OTROS (SE REQUIERE USO DE SUELO Y DICTAMEN TÉCNICO DE ANUNCIO): 4.3.12.22.3 EXCAVACIÓN POR METRO CÚBICO 4.3.12.22.4 ZAPATA DE CIMENTACIÓN POR METRO CÚBICO U.M.A. 60 60 1.65 2.20 4.3.12.22.5 ESPECTACULAR HASTA 3.00 METROS CUADRADOS DE CARTELERA ADOSADO A FACHADA O BARDA 4.3.12.22.6 ESPECTACULAR HASTA 15.00 METROS CUADRADOS DE CARTELERA ADOSADO A FACHADA O BARDA 4.3.12.22.7 ANUNCIO UNIPOLAR O DE PALETA HASTA 15.00 METROS CUADRADOS DE CARTELERA 4.3.12.22.8 OFICIO DE OCUPACIÓN PARA ANUNCIO, SUPERVISIÓN, POR METRO CUADRADO DE CARTELERA 4.3.12.23 ANTENA PARA TELEFONÍA CELULAR, RADIO O CUALQUIER OTRO TIPO DE COMUNICACIÓN: INCLUYE 10 10 3 1 CONCEPTO U.M.A. 4.3.12.23.1 INSTALACIÓN DE ANTENA, POR METRO CUADRADO DE ÁREA UTILIZABLE 4.3.12.23.2 ANTENA POR METRO LINEAL DE ALTURA 4.3.12.24 REGISTRO COMO DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA: EXENTA EXENTA CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 76 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.24.1 DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA, PERSONA FÍSICA 4.3.12.24.2 DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA, PERSONA MORAL 4.3.12.24.3 ACTUALIZACIÓN COMO DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA 50 150 40 4.3.12.25 CUOTA A PAGAR PARA OTRAS ACTIVIDADES DE LA CONSTRUCCIÓN: 4.3.12.25.1 NO ESPECIFICADA EN LA PRESENTE LEY SERÁ DE CONCEPTO U.M.A. 6 4.3.12.26 POR ARQUITECTÓNICO FÍSICO Y EN PLANOS: SUPERVISIÓN LA DE CUALQUIER PROYECTO CONCEPTO U.M.A. 4.3.12.26.1 SUPERVISIÓN DE PROYECTO ARQUITECTÓNICO, COMERCIAL O HABITACIONAL PARA SU CALIFICACIÓN, SE PAGARÁ 4.3.12.27 A FIN DE ACTUALIZAR E INCREMENTAR EL PADRÓN DE CONTRIBUYENTES, EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, ESTÁ FACULTADO PARA OTORGAR LOS SIGUIENTES ESTÍMULOS FISCALES, POR REGULARIZACIÓN VOLUNTARIA DE CONSTRUCCIÓN DE CUALQUIER TIPO, SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLA CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE: 2.20 4.3.12.27.1 DE 5 AÑOS EN ADELANTE CONCEPTO PORCENTAJE 30 4.3.12.28 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: CONCEPTO U.M.A. 4.3.12.28.1 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO EN TAMAÑO QUE NO EXCEDA DE 35 CENTÍMETROS DE ANCHO POR PLANA A UNO O DOS ESPACIOS 4.3.12.28.2 COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTO QUE EXCEDA DEL TAMAÑO DE 35 CENTÍMETROS DE ANCHO POR PLANA A UNO O DOS ESPACIOS 4.3.12.28.3 BÚSQUEDA DE DOCUMENTO 2 3 9 4.3.12.29 DE LA INSTALACIÓN EN VÍA PÚBLICA: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 77 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.12.29.1 COLOCACIÓN DE CASETA TELEFÓNICA POR PIEZA 4.3.12.29.2 COLOCACIÓN DE POSTE POR PIEZA CONCEPTO U.M.A. EXENTO EXENTO 4.3.12.29.3 TENDIDO DE CABLE AÉREO 4.3.12.30 PARA EFECTOS DE REGULARIZACIÓN DEL PROYECTO: EXENTO CONCEPTO PORCENTAJE 50 SE ESTOS COBRARÁN 4.3.12.30.1 QUE NO CUENTE CON UNA ANTIGÜEDAD DE CONSTRUCCIÓN MAYOR A CINCO AÑOS, Y NO CUMPLA CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE SE INCREMENTARÁN LOS DERECHOS EN UN EN RELACIÓN A LOS DERECHOS QUE SE DEBEN PAGAR AL AYUNTAMIENTO POR CONCEPTO DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN NUEVA POR 365 DÍAS, POR REGULARIZACIÓN O CAMBIO DE USO, ALINEAMIENTO, NÚMERO OFICIAL Y OFICIO DE OCUPACIÓN DE ESTACIONAMIENTO PÚBLICO, AQUEL ESTACIONAMIENTO QUE CUMPLA CON LAS TARIFAS DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE. LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN NUEVA POR 365 DÍAS POR REGULARIZACIÓN, CAMBIO DE USO DE SUELO, ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL Y OFICIO DE OCUPACIÓN, PARA LA INSTALACIÓN DE GALERÍAS DE ARTE, MUSEO, CENTRO DE EXPOSICIÓN TEMPORAL O AL AIRE LIBRE, CAFÉ INTERNET, BIBLIOTECA, HEMEROTECA, VIDEOTECA, CAFÉ, RESTAURANTE SIN VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, CENTRO CULTURAL, HOTEL, ALBERGUE, CASA DE HUÉSPEDES, PLAZA, EXPLANADA, PARQUE Y JARDÍN, SE PAGARÁN ÚNICAMENTE EN AQUELLOS CASOS EN QUE SE CONSTRUYAN FUERA DEL CENTRO HISTÓRICO. ÚNICAMENTE A SECCIÓN DÉCIMA TERCERA 4.3.13. DEL USO DE SUELO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 78 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 22.- LOS DERECHOS POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA, CONSTANCIA Y COPIA DE USO DE SUELO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.13.1 POR EXPEDICIÓN DE LICENCIA DE USO DE SUELO, POR METRO CUADRADO DE CONSTRUCCIÓN, APLICABLE EN PROYECTOS NUEVOS Y EN PROYECTOS DE REGULARIZACIÓN: CONCEPTO U.M.A. 4.3.13.1.1 USO HABITACIONAL: 4.3.13.1.1.1 VIVIENDA UNIFAMILIAR Y VIVIENDA BIFAMILIAR 4.3.13.1.1.2 VIVIENDA PLURIFAMILIAR 4.3.13.1.2 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 4.3.13.1.3 ADMINISTRACIÓN PRIVADA 4.3.13.1.4 ALMACENAMIENTO Y ABASTO 4.3.13.1.5 TIENDA DE PRODUCTOS BÁSICOS 4.3.13.1.6 TIENDA DE AUTOSERVICIO 4.3.13.1.7 TIENDA DE DEPARTAMENTOS 4.3.13.1.8 CENTRO Y PLAZA COMERCIAL 4.3.13.1.9 VENTA DE MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN Y VEHÍCULOS 4.3.13.1.10 TIENDA DE SERVICIOS 4.3.13.1.11 EQUIPAMIENTO PARA LA SALUD 4.3.13.1.12 CENTRO DE ASISTENCIA SOCIAL 4.3.13.1.13 CENTRO DE ASISTENCIA ANIMAL 4.3.13.1.14 EQUIPAMIENTO EDUCATIVO 4.3.13.1.15 EXHIBICIÓN 4.3.13.1.16 CENTRO DE INFORMACIÓN 4.3.13.1.17 INSTITUCIÓN RELIGIOSA 4.3.13.1.18 ALIMENTOS Y BEBIDAS 4.3.13.1.19 CENTRO DE ENTRETENIMIENTO 4.3.13.1.20 CENTRO DE RECREACIÓN SOCIAL 4.3.13.1.21 CENTRO DEPORTIVO Y RECREATIVO 4.3.13.1.22 ALOJAMIENTO 4.3.13.1.23 SERVICIO FUNERARIO 4.3.13.1.24 TRANSPORTE TERRESTRE 4.3.13.1.25 COMUNICACIONES 4.3.13.1.26 MICRO INDUSTRIA 4.3.13.1.27 INDUSTRIA 0.20 0.35 0.10 0.30 0.20 0.30 0.70 0.70, 0.70 0.48 0.45 0.30 0.30 0.30 0.55 0.35 0.30 0.50 0.60 0.65 0.35 0.35 0.60 0.35 0.40 1.25 0.50 0.60 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 79 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.13.1.28 INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA 4.3.13.1.29 ESTACIONAMIENTO PÚBLICO 4.3.13.1.30 TRÁILER PARK 4.3.13.1.31 GASOLINERA 4.3.13.1.32 CENTRO DE JUEGOS, RIFAS Y APUESTAS 4.3.13.1.33 POR CASETA TELEFÓNICA 4.3.13.2 POR EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA Y COPIA: 0.35 0.55 0.30 1.30 1.30 1.65 CONCEPTO U.M.A. 14 14 7 10 4.3.13.2.1 POR JUEGO DE PLANOS ADICIONALES AUTORIZADOS 4.3.13.2.2 ACTUALIZACIÓN DE LICENCIA DE USO DE SUELO O ZONIFICACIÓN 4.3.13.2.3 COPIA CERTIFICADA DE LICENCIA DE USO DEL SUELO 4.3.13.2.4 COPIA CERTIFICADA DE PLANO AUTORIZADO O DE LICENCIA DE USO DEL SUELO 4.3.13.2.5 COPIA CERTIFICADA DE CONSTANCIA DE ZONIFICACIÓN 4.3.13.2.6 COPIA SIMPLE DE LICENCIA DE USO DEL SUELO O CONSTANCIA DE ZONIFICACIÓN PARA CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO DE LA VIALIDAD EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE OTORGARÁN ESTÍMULOS FISCALES, EN LOS RUBROS QUE CORRESPONDAN, A LOS PARTICULARES QUE ESTABLEZCAN ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS, SIEMPRE Y CUANDO SE SUJETEN A LOS LINEAMIENTOS Y TARIFAS QUE CON BASE EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE SE FIJEN. 4.3.13.3 POR LICENCIA DE USO DEL SUELO DE FRACCIONAMIENTO, DIVISIÓN, FUSIÓN, LOTE EN CONDOMINIO: 14 10 4.3.13.3.1 DE 1 A 5,000 METROS CUADRADOS 4.3.13.3.2 DE 5,001 A 10,000 METROS CUADRADOS CONCEPTO U.M.A. 16 8 4.3.13.3.3 MÁS DE 10,000 METROS CUADRADOS 4.3.13.3 POR LOS DERECHOS DE REGULARIZACIÓN, SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ: 6 CONCEPTO PORCENTAJE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 80 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.13.4.1 LOS PROYECTOS QUE REQUIERAN DEL PERMISO DE USO DE SUELO, QUE NO CUMPLAN CON LO ESTABLECIDO EN EL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CENTRO DE POBLACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA VIGENTE, PAGARÁN ADEMÁS DEL COSTO DE LA LICENCIA DE USO DE SUELO, UN ADICIONAL CALCULADO EN BASE AL COSTO 50 4.3.13.4 POR CUANTO A LOS DERECHOS DE ÁREA UTILIZABLE, SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ: CONCEPTO U.M.A. 0.50 4.3.13.5.1 POR METRO CUADRADO DE ÁREA UTILIZABLE DEL PROYECTO MOTIVO DE LA LICENCIA RESPECTO A LOS DERECHOS QUE EL AYUNTAMIENTO HABRÁ DE COBRAR POR CONCEPTO DE LICENCIA PARA REMODELAR LA FACHADA PRINCIPAL, ÉSTA SE COBRARÁ ÚNICAMENTE EN LOS CASOS EN QUE SE REALICE FUERA DE LOS LÍMITES DEL CENTRO HISTÓRICO. TODA REMODELACIÓN DE FACHADA PRINCIPAL DENTRO DE LOS LÍMITES DEL CENTRO HISTÓRICO SE SUJETARÁ A LO ESTABLECIDO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL. POR CUANTO A LOS DERECHOS QUE AL AYUNTAMIENTO SE DEBE PAGAR POR CONCEPTO DE LICENCIA DE USO DE SUELO PARA INSTALACIÓN DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS QUE SEAN CONSIDERADOS COMO USOS PERMITIDOS, DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD APLICABLE, ESTOS SE COBRARÁN ÚNICAMENTE A AQUELLOS ESTABLECIMIENTOS QUE POR NORMATIVIDAD DEBAN CUMPLIR CON ESTE REQUERIMIENTO. LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE LICENCIA DE USO DE SUELO PARA GALERÍA DE ARTE, MUSEOS, CENTRO DE EXPOSICIÓN TEMPORAL O AL AIRE LIBRE, CAFÉ INTERNET, BIBLIOTECA, HEMEROTECA, VIDEOTECA, CAFÉ, RESTAURANTE SIN VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, CENTRO CULTURAL HOTEL, ALBERGUE, CASA DE HUÉSPEDES, PLAZA, Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 81 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EXPLANADA, PARQUE Y JARDÍN, SE PAGARÁN SÓLO EN AQUELLOS CASOS EN QUE SE REALICEN FUERA DEL CENTRO HISTÓRICO. LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE LA LICENCIA DE USO DE SUELO SE PAGARÁN EN BASE A LOS CONCEPTOS ANTES MENCIONADOS, AUN A TODOS AQUELLOS PREDIOS QUE SE ENCUENTREN EN LA POLIGONAL DEL CENTRO HISTÓRICO. 4.3.14 DE LOS FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS Y CONJUNTOS SECCIÓN DÉCIMA CUARTA URBANOS ARTÍCULO 23.- POR LOS DERECHOS DE APROBACIÓN, AUTORIZACIÓN Y SUPERVISIÓN DE FUSIÓN, DIVISIÓN, FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO Y CONJUNTO URBANO Y SUS MODIFICACIONES, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.14.1 INICIO DE TRÁMITE: CONCEPTO 4.3.14.1.1 DE FUSIÓN, DIVISIÓN, FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO Y CONJUNTO URBANO Y SUS MODIFICACIONES (ESTA CANTIDAD SERÁ DESCONTADA DEL COBRO TOTAL DEL TRÁMITE QUE SE SOLICITE). 4.3.14.2 POR DIVISIÓN DE TERRENO O BIEN INMUEBLE: 4.3.14.2.1 POR AUTORIZACIÓN (POR CADA FRACCIÓN) CONCEPTO 4.3.14.2.2 TRAMITACIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL PROYECTO POR CADA FRACCIÓN 4.3.14.2.3 POR REGULARIZACIÓN, SOBRE LOS DERECHOS DE DIVISIÓN U.M.A. 33 U.M.A. 17 17 17 4.3.14.3 POR DIVISIÓN DE TERRENO O BIEN INMUEBLE CON APERTURA DE CALLE: 4.3.14.3.1 POR AUTORIZACIÓN (POR CADA FRACCIÓN) CONCEPTO U.M.A. 17 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 82 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.14.3.2 POR TRAMITACIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL PROYECTO (POR CADA FRACCIÓN) 4.3.14.3.3 POR APROBACIÓN DE APERTURA DE CALLE, POR CADA UNA: 4.3.14.3.4 POR REGULARIZACIÓN, SOBRE EL COSTO DE LOS DERECHOS DE DIVISIÓN CON APERTURA DE CALLE 4.3.14.4 POR LA FUSIÓN DE TERRENO O BIEN INMUEBLE: 4.3.14.4.1 POR AUTORIZACIÓN (POR CADA FRACCIÓN) CONCEPTO 4.3.14.4.2 TRAMITACIÓN, ANÁLISIS, APROBACIÓN DEL PROYECTO (POR CADA FRACCIÓN) 4.3.14.4.3 POR REGULARIZACIÓN, SOBRE EL COSTO DE LOS DERECHOS DE FUSIÓN 4.3.14.5 EN FRACCIONAMIENTO: CONCEPTO 4.3.14.5.1 REVISIÓN GENERAL DEL PROYECTO, ANÁLISIS Y ESTUDIO (POR CADA UNIDAD) 4.3.14.5.2 POR APERTURA DE CALLE, PRIVADA O CERRADA (POR CADA UNA) 4.3.14.5.3 SUPERVISIÓN DE OBRA (POR CADA UNIDAD) 4.3.14.5.4 POR AUTORIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN (POR CADA UNIDAD): 17 110 72 U.M.A. 17 17 17 U.M.A. 33 110 33 55 4.3.14.5.5 POR REGULARIZACIÓN, SOBRE EL COSTO TOTAL DE LOS DERECHOS DE FRACCIONAMIENTO 4.3.14.6 EN LOTES EN CONDOMINIO Y EN CONDOMINIO HORIZONTAL Y/O VERTICAL: 115 CONCEPTO 4.3.14.6.1 POR AUTORIZACIÓN (POR CADA UNIDAD CONDOMINAL) 4.3.14.6.2 POR TRAMITACIÓN, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL PROYECTO, POR CADA UNIDAD CONDOMINAL 4.3.14.6.3 POR AUTORIZACIÓN DE SUJECIÓN A RÉGIMEN DE CONDOMINIO U.M.A. 72 72 72 4.3.14.7 EN CONJUNTO URBANO: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 83 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.14.7.1 REVISIÓN GENERAL DEL PROYECTO, SOBRE EL PRESUPUESTO GENERAL DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN (POR CADA UNIDAD) CONCEPTO U.M.A. 17 11 4.3.14.7.2 TRAMITACIÓN, ANÁLISIS, ESTUDIO Y APROBACIÓN DEL PROYECTO (POR EL NÚMERO DE UNIDADES) 4.3.14.7.3 POR APERTURA DE CALLE SOBRE EL PRESUPUESTO DE URBANIZACIÓN 4.3.14.7.4 POR AUTORIZACIÓN (POR CADA UNIDAD) EL CONJUNTO URBANO DEBERÁ PRESENTAR Y CUBRIR LOS DERECHOS POR CADA UNA DE LAS ACCIONES URBANAS QUE FORMEN PARTE DEL PROYECTO DE CONJUNTO URBANO. 4.3.14.8 MODIFICACIÓN DE FUSIÓN, DIVISIÓN, FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO Y CONJUNTO URBANO: 110 17 CONCEPTO U.M.A. 4.3.14.8.1 TRAMITACIÓN, ESTUDIO, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL PROYECTO (POR CADA FRACCIÓN) 4.3.14.8.2 POR AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN (POR CADA FRACCIÓN) 4.3.14.8.3 TRAMITACIÓN, ESTUDIO, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL PROYECTO (POR ÁREA PRIVADA O COMÚN) 4.3.14.8.4 POR AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN (POR ÁREA PRIVADA O COMÚN) 4.3.14.9 EXPEDICIÓN DE COPIA CERTIFICADA: 4.3.14.9.1 POR DOCUMENTO CONCEPTO 11 17 11 17 U.M.A. 2 4.3.14.9.2 POR PLANO 4.3.14.10 LA CANCELACIÓN DE OFICIO DE AUTORIZACIÓN, FUSIÓN, DIVISIÓN, FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO Y CONJUNTO URBANO (DEJAR SIN EFECTO LA AUTORIZACIÓN OTORGADA): CONCEPTO U.M.A. 6 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 84 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.14.10.1 POR APROBACIÓN 2 4.3.14.11 POR RENOVACIÓN DE OFICIO DE AUTORIZACIÓN (VIGENCIA): 4.3.14.11.1 POR OFICIO CONCEPTO U.M.A. 11 SECCIÓN DÉCIMA QUINTA 4.3.15. DE LOS PERMISOS Y LICENCIAS ARTÍCULO 24.- LOS DERECHOS DE DICTAMEN TÉCNICO PARA COLOCACIÓN DE ANUNCIO, INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN URBANA Y CARTOGRAFÍA DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.15.1 POR DICTAMEN TÉCNICO PARA: CONCEPTO U.M.A. 4.3.15.1.1 COLOCACIÓN DE ANUNCIO DE 2 HASTA 6 METROS CUADRADOS, POR PIEZA: INTEGRADO: CALADO, EN BAJO RELIEVE O ALTO RELIEVE 4.3.15.1.1.1 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.1.2 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA ROTULADO, SUJETO A REGLAMENTO 4.3.15.1.1.3 SIN ILUMINACIÓN6.1.3.14 4.3.15.1.1.4 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA ADOSADO 4.3.15.1.1.5 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.1.6 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA 4.3.15.1.2 COLOCACIÓN DE ANUNCIO DE 6.1 HASTA 8 METROS CUADRADOS, POR PIEZA INTEGRADO: CALADO, EN BAJO RELIEVE O ALTO RELIEVE: 4.3.15.1.2.1 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.2.2 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA ROTULADO 4.3.15.1.2.3 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.2.4 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA ADOSADO 1.70 4.20 3.90 4.00 5.20 5.70 4.10 4.60 4.10 4.60 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 85 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.15.1.2.5 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.2.6 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA 4.3.15.1.3 COLOCACIÓN DE ANUNCIO MAYOR A 8.1 METROS CUADRADOS, POR METRO CUADRADO INTEGRADO: CALADO, EN BAJO RELIEVE O ALTO RELIEVE: 4.3.15.1.3.1 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.3.2 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA ROTULADO: 4.3.15.1.3.3 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.3.4 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA ADOSADO 4.3.15.1.3.5 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.3.6 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA 4.3.15.1.4 LA SUPERFICIE DE PUBLICIDAD DEL ANUNCIO AUTO SOPORTADO O ESTRUCTURAL POR METRO CUADRADO 4.3.15.1.4.1 SIN ILUMINACIÓN 4.3.15.1.4.2 CON ILUMINACIÓN INTERNA O EXTERNA 4.3.15.1.5 INSTALACIÓN DE TOLDO NO MAYOR A 1.5 METROS CUADRADOS CON RÓTULO COMERCIAL, POR CADA METRO CUADRADO 4.3.15.1.6 COLOCACIÓN DE ANUNCIO ESTRUCTURAL O AUTO SOPORTADO INSTALADO EN AMBOS LADOS DE LA CARRETERA QUE NO SEA ZONA FEDERAL, POR METRO CUADRADO 4.3.15.1.7 COLOCACIÓN DE ANUNCIO EN TAPIALES, ANDAMIOS Y FACHADAS DE OBRA EN CONSTRUCCIÓN, POR METRO CUADRADO POR PIEZA 4.3.15.1.8 ANUNCIO DESARROLLADO A TRAVÉS DE VOCES, MÚSICA, SONIDOS, PALABRAS, IMÁGENES O DIBUJOS EN EL ESPACIO AÉREO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, POR DÍA 4.3.15.1.9 COLOCACIÓN DE ANUNCIO EN OBJETO INFLABLE, POR DÍA 4.3.15.1.10 PERSONA PORTANDO UNIFORME, DISFRAZ, ESTANDARTE U OTRO OBJETO POR CADA PERSONA Y/U OBJETO, POR DÍA 4.3.15.1.11 DISTRIBUCIÓN Y COLOCACIÓN DE ANUNCIO EN VOLANTES, FOLLETOS, MUESTRA DE PRODUCTO Y TODA CLASE DE PROPAGANDA IMPRESA PARA SU DISTRIBUCIÓN EN VÍA PÚBLICA 7.0 8.0 5.50 6.50 7.5 8.5 12 13 17 22 2.8 105.2 55.2 7.70 8.70 8.70 6.70 4.3.15.2 POR DICTAMEN TÉCNICO EN MATERIA DE IMAGEN URBANA PARA LA INSTALACIÓN DE ANUNCIOS TRANSITORIOS ADOSADOS, MAYORES A 4 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 86 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original METROS CUADRADOS: CONCEPTO 4.3.15.2.1 QUE ANUNCIAN BARATAS, LIQUIDACIONES, SUBASTAS, PROMOCIONES, ESPECTÁCULOS O DIVERSIONES, FESTIVIDADES, ACTIVIDADES RELIGIOSAS, CÍVICAS, POLÍTICAS O CONMEMORATIVAS. POR CADA METRO CUADRADO U.M.A. 2 4.3.15.3 POR DICTAMEN TÉCNICO DE INSTALACIÓN DE MOBILIARIO URBANO EN LA VÍA PÚBLICA, POR PIEZA: U.M.A. IMAGEN URBANA PARA LA CONCEPTO 4.3.15.3.1 PARADERO DE MICROBUSES O DE TRANSPORTE PÚBLICO SIN ITINERARIO FIJO 4.3.15.3.2 MÓDULO TURÍSTICO 4.3.15.3.3 RELOJ DE TEMPERATURA 4.3.15.3.4 PUESTO DE PERIÓDICOS 4.3.15.3.5 KIOSCO O MÓDULO DE VENTA 4.3.15.3.6 MUEBLE PARA ASEO DE CALZADO 4.3.15.3.7 CUALQUIER MÓDULO PARECIDO O SIMILAR A LOS ANTERIORES 58.2 58.2 58.2 58.2 58.2 58.2 58.2 4.3.15.3.8 PANTALLA DIGITAL, POR METRO CUADRADO 4.3.15.3.9 PANTALLA FIJA, POR PIEZA 4.3.15.3.10 CASETA TELEFÓNICA 4.3.15.3.11 CAJERO AUTOMÁTICO 4.3.15.3.12 CUALQUIER MÓDULO PARECIDO A LOS ANTERIORES 4.3.15.3.13 PUESTO DE COMIDA 4.3.15.3.14 MOBILIARIO PUBLICITARIO CON ILUMINACIÓN 4.3.15.4 POR CONCEPTO DE REFRENDO DE DICTAMEN TÉCNICO DE IMAGEN URBANA 25 58.2 58.2 58.2 58.2 58.2 45 CONCEPTO 4.3.15.4.1 PRIMER AÑO DE REFRENDO 4.3.15.4.2 SEGUNDO AÑO DE REFRENDO 4.3.15.4.3 TERCER AÑO DE REFRENDO 4.3.15.4.4 CUARTO AÑO Y CONSECUTIVOS AÑOS DE REFRENDO U.M.A. 12 10 8 6 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 87 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.15.5 POR REPOSICIÓN DE DICTAMEN TÉCNICO PARA COLOCACIÓN DE ANUNCIO DE IMAGEN URBANA: CONCEPTO 4.3.15.5.1 BÚSQUEDA 4.3.15.5.2 COPIA CERTIFICADA 4.3.15.6 POR SOLICITUD DE: CONCEPTO 4.3.15.6.1 DICTAMEN TÉCNICO PARA COLOCACIÓN DE ANUNCIO O TOLDO, SI LA RESOLUCIÓN ES PROCEDENTE EN TÉRMINOS DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE U.M.A. 2 1 U.M.A. 0 0 4.3.15.6.2 DICTAMEN TÉCNICO DE IMAGEN, SI LA RESOLUCIÓN PROCEDE EN TÉRMINOS DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE AUTORIZACIÓN PARA COLOCAR ANUNCIO O TOLDO, ÚNICAMENTE SE PAGARÁN AQUELLOS QUE SE COLOQUEN FUERA DE LOS LÍMITES DEL CENTRO HISTÓRICO Y QUE CUMPLAN CON LAS ESPECIFICACIONES DEL REGLAMENTO DE ANUNCIOS VIGENTE. EL ANUNCIO O TOLDO QUE SE COLOQUE EN EL PERÍMETRO DEL CENTRO HISTÓRICO DEBERÁ CONTAR CON EL VISTO BUENO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA. SECCIÓN DÉCIMA SEXTA 4.3.16. DE LA AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS ARTÍCULO 25.- POR LOS DERECHOS DE LA EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA, PERMISO O REVALIDACIÓN ANUAL POR EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO O LOCAL COMERCIAL. CUYO GIRO SEA LA ENAJENACIÓN O VENTA DE BEBIDAS, EXPENDIO DE DICHAS BEBIDAS, SEAN EN ENVASE CERRADO, ABIERTO O AL COPEO Y SIEMPRE QUE SE EFECTÚEN TOTAL O PARCIALMENTE CON EL PÚBLICO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 88 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EN GENERAL, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN LOS DERECHOS CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.16.1. POR LICENCIA NUEVA: CONCEPTO 4.3.16.1.1 LA ENAJENACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE INCLUYAN EL EXPENDIO DE DICHAS BEBIDAS, SIEMPRE QUE SE EFECTÚEN TOTAL O PARCIALMENTE AL PÚBLICO EN GENERAL: 4.3.16.1.2 POR LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN ESTABLECIMIENTO CUYO GIRO SEA CASINO, RIFA, SORTEO Y OTROS SIMILARES 4.3.16.1.3 SALÓN DE EVENTOS SOCIALES DE CUALQUIER NATURALEZA, YA SEA AL AIRE LIBRE O BAJO TECHO, CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS: 4.3.16.1.4 ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR 4.3.16.1.5 ABARROTES CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA, EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR 4.3.16.1.6 RESTAURANTE CON SERVICIO DE COMEDOR Y DE MESEROS CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS (INCLUYE ANTOJERÍA, FONDA, LONCHERÍA, TAQUERÍA, TORTERÍA Y MARISQUERÍA) 4.3.16.1.7 RESTAURANTE CON SERVICIO DE COMEDOR Y DE MESEROS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA, CON LOS ALIMENTOS (INCLUYE ANTOJERÍA, FONDA, LONCHERÍA, TAQUERÍA, TORTERÍA Y MARISQUERÍA) 4.3.16.1.8 BAR O RESTAURANTE CON SERVICIO DE COMEDOR Y DE MESEROS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA, QUE OPEREN COMO PARTE DE LAS INSTALACIONES DE ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE 4.3.16.1.9 BAR O CANTINA, CON O SIN SERVICIO DE ALIMENTOS: 4.3.16.1.10 DISCOTECA, CON HORARIO DE 19:00 A 5:00 HORAS DEL DÍA SIGUIENTE, PERO CON LÍMITE DE ACCESO AL PÚBLICO HASTA LAS 3:00 HORAS, PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DE LICENCIAS RELATIVAS A LA VENTA Y/O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS U.M.A. 7,485 160 65 100 120 160 160 760 2,000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 89 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.16.1.11 TIENDA DE AUTOSERVICIO CON SUPERFICIE DE PISO DE VENTA DE HASTA 1,000 METROS CUADRADOS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA, EN BOTELLA CERRADA 4.3.16.1.12 TIENDA DE AUTOSERVICIO CON SUPERFICIE DE PISO DE VENTA DE MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA, EN BOTELLA CERRADA 400 800 160 200 4.3.16.1.13 BILLAR CON VENTA DE ALIMENTOS Y CERVEZA 4.3.16.1.14 BILLAR CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA 4.3.16.1.15 BOLICHE CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYENDO CERVEZA PARA OTORGAR LA LICENCIA NUEVA, EL TRÁMITE SE SUJETARÁ A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 155 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. 4.3.15.6 POR LA REVALIDACIÓN O REFRENDO ANUAL DE LICENCIA: CONCEPTO 4.3.16.2.1 LA ENAJENACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE INCLUYAN EL EXPENDIO DE DICHAS BEBIDAS, SIEMPRE QUE SE EFECTÚEN TOTAL O PARCIALMENTE CON EL PÚBLICO EN GENERAL U.M.A. 350 40 POR EN 4.3.16.2.2 ESTABLECIMIENTO CUYO GIRO SEA CASINO, RIFA, SORTEO Y OTROS SIMILARES ALCOHÓLICAS VENTA DE BEBIDAS LA 4.3.16.2.3 SALÓN DE EVENTOS SOCIALES DE CUALQUIER NATURALEZA, YA SEA AL AIRE LIBRE O BAJO TECHO, CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS 4.3.16.2.4 ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR 4.3.16.2.5 ABARROTES CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA, EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR 4.3.16.2.6 RESTAURANTE CON SERVICIO DE COMEDOR Y DE MESEROS CON VENTA DE CERVEZA CON LOS ALIMENTOS (INCLUYE ANTOJERÍA, FONDA, LONCHERÍA, TAQUERÍA, TORTERÍA Y MARISQUERÍA) 3,485 33 6 7 13 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 90 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.16.2.7 RESTAURANTE CON SERVICIO DE COMEDOR Y DE MESEROS, CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA, CON LOS ALIMENTOS (ANTOJERÍA, FONDA, LONCHERÍA, TAQUERÍA, TORTERÍA Y MARISQUERÍA) 4.3.16.2.8 BAR O RESTAURANTE CON SERVICIO DE COMEDOR Y DE MESEROS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA, QUE OPERE COMO PARTE DE LA INSTALACIÓN DE ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE 4.3.16.2.9 BAR O CANTINA, CON O SIN SERVICIO DE ALIMENTOS: 4.3.16.2.10 DISCOTECA, CON HORARIO DE 19:00 A 5:00 HORAS DEL DÍA SIGUIENTE, PERO CON LÍMITE DE ACCESO AL PÚBLICO HASTA LAS 3:00 HORAS, PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA DE LICENCIAS RELATIVAS A LA VENTA Y/O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS 4.3.16.2.11 TIENDA DE AUTOSERVICIO CON SUPERFICIE DE PISO DE VENTA DE HASTA 1,000 METROS CUADRADOS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA, EN BOTELLA CERRADA 4.3.16.2.12 TIENDA DE AUTOSERVICIO CON SUPERFICIE DE PISO DE VENTA DE MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA, EN BOTELLA CERRADA 4.3.16.2.13 BILLAR CON VENTA DE CERVEZA 4.3.16.2.14 BILLAR CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA 4.3.16.2.15 BOLICHE CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, INCLUYE CERVEZA 4.3.15.7 POR EL PERMISO DE: CONCEPTO 4.3.16.3.1 DEGUSTACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS (POR DÍA, POR NEGOCIO) 4.3.16.3.2 PERMISO PROVISIONAL (SIN VENTA Y/O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS) 4.3.16.3.3 PERMISO PROVISIONAL (BAILE POPULAR, TARDEADA, JARIPEO, TORNEO DE FÚTBOL, LUCHA LIBRE, BOXEO, Y OTROS EVENTOS) CON VENTA Y/O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS POR DÍA, SIN FINES DE LUCRO A ORGANIZACIÓN CIVIL 16 20 36 100 100 200 18 21 100 U.M.A. 12 12 20 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 91 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.16.3.4 PERMISO PROVISIONAL (BAILE POPULAR, TARDEADA, JARIPEO, TORNEO DE FÚTBOL, LUCHA LIBRE, BOXEO Y OTROS EVENTOS) CON VENTA Y/O CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS POR DÍA 20 10 4.3.16.3.5 PERMISO PROVISIONAL POR ESPECTÁCULO CIRCENSE, EXPO Y/O SIMILARES POR DÍA 4.3.16.3.6 AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE HORARIO EXTRAORDINARIO A TIENDA DEPARTAMENTAL Y/O DE AUTOSERVICIO CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, POR HORA 4.3.16.3.7 AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE HORARIO EXTRAORDINARIO A RESTAURANTE CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, POR HORA 4.3.16.3.8 AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE VENTA DE TEMPORADA ADICIONAL AL GIRO AUTORIZADO (QUE NO EXCEDA DE TRES SEMANAS) 4.3.15.8 POR MODIFICACIONES AL PADRÓN DE LICENCIAS O PERMISOS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS: CONCEPTO U.M.A. 10 10 15 4.3.16.4.1 CAMBIO DE DOMICILIO 4.3.16.4.2 CAMBIO DE DENOMINACIÓN 4.3.16.4.3 CAMBIO DE RAZÓN SOCIAL (PERSONA MORAL) 4.3.16.4.4 POR AUMENTO DE ACTIVIDAD COMERCIAL 4.3.16.4.5 CAMBIO DE PROPIETARIO 10 10 10 LA DIFERENCIA DEL COSTO DE APERTURA DE LICENCIA ACTUAL A LA SOLICITADA 25% DEL COSTO TOTAL DE LA LICENCIA REFERIDA PARA LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA NUEVA, REFRENDO O REVALIDACIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO, EL INTERESADO NO DEBERÁ TENER ADEUDOS EN LO QUE RESPECTA A OTROS CONCEPTOS RELACIONADOS O DE EJERCICIOS ANTERIORES CON EL MUNICIPIO. 4.3.16 DE LOS SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTO PÚBLICO Y SECCIÓN DÉCIMA SÉPTIMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 92 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original APROVECHAMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA ARTÍCULO 26.- LOS DERECHOS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO PÚBLICO Y APROVECHAMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA, PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MUNICIPIO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.16.1 POR USO DE VÍA PÚBLICA: CONCEPTO 4.3.17.1.1 POR METRO CUADRADO EN VÍA PÚBLICA, CUOTA MENSUAL: 4.3.17.1.1.1 PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD DE CUERNAVACA O CENTRO HISTÓRICO 4.3.17.1.1.2 PERIFERIA DE LA CIUDAD DE CUERNAVACA 4.3.17.1.1.3 PARQUÍMETROS, CADA QUINCE MINUTOS CONCEPTO CONCEPTO U.M.A. 1 0.50 PESOS 2.00 PESOS U.M.A. 2 EXENTO 4.3.17.1.2 POR CADA POSTE QUE SE INSTALE EN VÍA PÚBLICA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, TELEFONÍA, INTERNET, TELEVISIÓN POR CABLE Y SIMILARES, CUOTA MENSUAL 4.3.17.1.3 POR ESTRUCTURA DE CUALQUIER TIPO Y MATERIAL QUE SE FIJEN, MONTEN O INSTALEN EN VÍA PÚBLICA, POR METRO CUADRADO, MENSUAL 4.3.17.1.4 POR LA INSTALACIÓN DE CASETAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA O SIMILARES EN VÍA PÚBLICA, CUOTA ANUAL POR CASETA 4.3.17.1.5 USO DE RED O CABLEADO EN PISO O SUBTERRÁNEO CADA 50 METROS LINEALES, BIMESTRAL 4.3.17.1.6 POR USO DE CABLEADO EXTERIOR O AÉREO CADA 50 METROS LINEALES, BIMESTRAL 4.3.16.2 POR COMERCIO EN VÍA PÚBLICA, REFRENDO CONFORME A NORMATIVIDAD, CUOTA MENSUAL: CONCEPTO EXENTO EXENTO EXENTO U.M.A. 4.3.17.2.1 AMBULANTE EN LA PERIFERIA DE LA CIUDAD 4.3.17.2.2 AMBULANTE EN EL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD O CENTRO HISTÓRICO 10 15 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 93 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.17.2.3 SEMIFIJO EN LA PERIFERIA DE LA CIUDAD 20 4.3.17.2.4 SEMIFIJO EN EL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD O CENTRO HISTÓRICO 4.3.16.3 USO DE VÍA PÚBLICA PARA FESTIVIDAD RELIGIOSA, PATRIÓTICA, CULTURAL, EXPOSICIÓN DE TODO TIPO, FERIA Y ESPECTÁCULO, DE 1.20 METROS POR 1.50 METROS, POR DIA: 30 CONCEPTO U.M.A. 4.3.17.3.1 PAN 4.3.17.3.2 ALIMENTOS 4.3.17.3.3 OTROS, (SÓLO SE PERMITIRÁ LA VENTA DE PRODUCTOS DE PROCEDENCIA LÍCITA) 4.3.17.3.4 COMERCIO AMBULANTE 4.3.17.3.5 JUEGOS MECÁNICOS POR METRO CUADRADO POR DÍA 4.3.17.3.6 EXPOSICIONES Y ESPECTÁCULOS 4 6 6 5 3 4 4.3.17.4 DERECHOS POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA PARA EJERCER EL COMERCIO, SERVICIO O ESPECTÁCULO EN TIANGUIS, MERCADO SOBRE RUEDAS, EN COLONIAS, POBLADOS Y BARRIOS: CONCEPTO U.M.A. 4.3.17.4.1 AMBULANTE 4.3.17.4.2 GIROS DIVERSOS 4.3.17.4.3 VERDURAS Y FRUTAS 4.3.17.4.4 CARNES, MARISCOS Y COMIDA 4.3.17.4.5 SERVICIO 4.3.17.4.6 ESPECTÁCULO (DANZA, ARTE, EXPO, MÚSICO, TEATRAL, MIMOS) 1 1 1 1 1 1 4.3.17.5 DE LOS DERECHOS QUE GENERA LA MODIFICACIÓN DE LA LICENCIA Y/O AUTORIZACIÓN POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA PARA EJERCER EL COMERCIO O SERVICIO: CONCEPTO 4.3.17.5.1 CESIÓN DE DERECHOS 4.3.17.5.2 CAMBIO O AUMENTO DE GIRO COMPATIBLE 4.3.17.5.3 CAMBIO DE UBICACIÓN Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” U.M.A. 15 30 15 94 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.17.6 USO DE VÍA PÚBLICA POR INVASIÓN DE CONSTRUCCIÓN AÉREA, TERRESTRE O SUBTERRÁNEA POR METRO CUADRADO ANUAL: 4.3.17.6.1 VIVIENDA 4.3.17.6.2 COMERCIO CONCEPTO U.M.A. 6 7 4.3.17.7 OCUPACIÓN DE BANQUETA EN ZONA PERMITIDA, POR METRO CUADRADO, MENSUAL: CONCEPTO U.M.A. 4.3.17.7.1 POR NEGOCIO ESTABLECIDO EN EL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD O CENTRO HISTÓRICO, POR METRO CUADRADO 4.3.17.7.2 POR NEGOCIO ESTABLECIDO EN LA PERIFERIA DEL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD O CENTRO HISTÓRICO DE CUERNAVACA 4.3.17.8 PERMISO PARA EL USO DE VÍA PÚBLICA PARA HACER ASCENSO Y DESCENSO (VALET PARKING), PARA ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIOS, POR BIMESTRE: 1.5 1 CONCEPTO 4.3.17.8.1 HASTA 30 VEHÍCULOS 4.3.17.8.2 DE 31 A 60 VEHÍCULOS 4.3.17.8.3 DE 61 A 90 VEHÍCULOS U.M.A. 15 30 45 DICHO PERMISO SE OTORGARÁ PREVIO DICTAMEN DE VIABILIDAD DE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE. SECCIÓN DÉCIMA OCTAVA 4.3.18. DE LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ANUNCIOS ARTÍCULO 27.- LOS DERECHOS POR EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA LA COLOCACIÓN DE ANUNCIO Y PUBLICIDAD VISIBLE AL PÚBLICO EN GENERAL, REFRENDO DENTRO Y FUERA DEL CENTRO HISTÓRICO, CON EXCEPCIÓN DE LOS REALIZADOS POR MEDIO DE LA TELEVISIÓN, RADIO, PERIÓDICOS Y REVISTAS, ASÍ COMO EL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 95 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original NOMBRE COMERCIAL DEL LOCAL O DEL ESTABLECIMIENTO AUTORIZADO, ADHERIDO A LA FACHADA DEL MISMO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.18.1 POR ANUNCIO NO LUMINOSO, DENTRO Y FUERA DEL CENTRO HISTÓRICO, EN BARDA, LÁMINA, VINILONA, BRONCE, CALADO Y MADERA, LA CUOTA ANUAL DE APERTURA Y REFRENDO SERÁ: CONCEPTO 4.3.18.1.1 DE 2.01 A 5.99 METROS CUADRADOS 4.3.18.1.2 DE 6 A 11.99 METROS CUADRADOS 4.3.18.1.3 DE 12 A 19.99 METROS CUADRADOS U.M.A. 4 7 14 4.3.18.2 POR ANUNCIO LUMINOSO, ACRÍLICO, PANTALLA ELECTRÓNICA DENTRO Y FUERA DEL CENTRO HISTÓRICO, LA CUOTA ANUAL DE APERTURA Y REFRENDO SERÁ: 4.3.18.2.1 DE 2.01 A 5.99 METROS CUADRADOS CONCEPTO 4.3.18.2.2 DE 6 METROS CUADRADOS A 11.99 METROS CUADRADOS 4.3.18.2.3 DE 12 METROS CUADRADOS A 19.99 METROS CUADRADOS U.M.A. 5 12 23 4.3.18.3 POR ANUNCIO ESPECTACULAR DE 20 Y MÁS METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE, LA CUOTA ANUAL SERÁ: 4.3.18.3.1 APERTURA POR METRO CUADRADO 4.3.18.3.2 REFRENDO POR UNIDAD CONCEPTO 4.3.18.4 POR ANUNCIO TRANSITORIO IMPRESO: CONCEPTO 4.3.18.4.1 EN MANTA, LONA U OTRO MATERIAL DE CARACTERÍSTICAS SIMILARES DE 2.50 X 1.50 METROS, POR UNIDAD Y POR DÍA, DE ACUERDO A LOS LUGARES AUTORIZADOS EN EL MERCADO ADOLFO LÓPEZ MATEOS Y DEMÁS QUE DEFINA EL AYUNTAMIENTO. SECCIÓN DÉCIMA NOVENA U.M.A. 140 125 U.M.A. 1.50 A 2.50 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 96 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.19.- DE LOS DERECHOS POR EL USO DE MERCADOS Y PLAZAS PÚBLICAS ARTÍCULO 28.- LOS DERECHOS POR EL USO DE MERCADOS Y PLAZAS PÚBLICAS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.19.1 POR LOS DERECHOS DEL MERCADO LICENCIADO ADOLFO LÓPEZ MATEOS, LA CUOTA MÍNIMA SE APLICARÁ A CASOS DE LA PERIFERIA DEL MERCADO Y LA MÁXIMA A CASOS DE LA NAVE PRINCIPAL, TOMANDO COMO REFERENCIA SU GIRO COMERCIAL O SI ES MAYOREO Y/O MENUDEO: 4.3.19.1.1 POR EL USO DE PISO, PAGO ANUAL POR LOCAL CONCEPTO 4.3.19.1.2 SEMIFIJO, CUOTA ANUAL: 4.3.19.1.3 AMBULANTE, CUOTA DIARIA 4.3.19.1.4 USO DE PISO POR TEMPORADA DE FERIA (DE ACUERDO A LA TEMPORADA, DÍA DE MUERTOS, NAVIDAD, ETC.) 4.3.19.1.5 APERTURA 4.3.19.1.6 ALTA 4.3.19.1.7 BAJA 4.3.19.1.8 TRASPASO 4.3.19.1.9 CESIÓN DE DERECHOS (ENTRE FAMILIARES DIRECTOS) 4.3.19.1.10 CAMBIO O AUMENTO DE GIRO 4.3.19.1.11 CAMBIO DE DENOMINACIÓN 4.3.19.1.12 COPIA CERTIFICADA (REPOSICIÓN DE DOCUMENTO) 4.3.19.1.13 REMODELACIÓN, (DE ACUERDO AL TRABAJO A REALIZAR) 4.3.19.1.14 PAGO DE PISO POR LOCATARIO DEL PASAJE COMERCIAL PUENTE DEL DRAGÓN U.M.A. MIN. 5 MAX. 15 MIN. 5 MAX. 10 MIN. 0.150 MAX. 0.226 MIN. 5 MAX. 10 20 10 8 MIN. 15 MAX. 30 MIN. 15 MAX. 30 MIN. 20 MAX. 30 5 5 MIN. 20 MAX. 30 MIN. 3 MAX. 8 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 97 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4 4.3.19.1.15 PROVEEDOR POR INTRODUCCIÓN DE MERCANCÍA, DIARIO 4.3.19.1.16 USO DE ESTACIONAMIENTOS DEL MERCADO LICENCIADO ADOLFO LÓPEZ MATEOS 4.3.19.1.16.1 AUTOMÓVIL 4.3.19.1.16.2 CAMIONETA 4.3.19.1.16.3 CAMIÓN 4.3.19.1.17 USO DE SANITARIO EN EL MERCADO LICENCIADO ADOLFO LÓPEZ MATEOS, EN LA PLAZA LIDO, Y DEMÁS UBICADOS EN EDIFICIOS PÚBLICOS PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO 4.3.19.2 POR DERECHOS EN MERCADOS PERIFÉRICOS, LAURO ORTEGA, 18 DE SEPTIEMBRE, NARCISO MENDOZA, VICENTE GUERRERO, EMILIANO ZAPATA, ALTA VISTA, AMATITLÁN, LOMAS DE LA SELVA, LAZARO CÁRDENAS DEL RIO: 4.3.19.2.1 POR EL USO DE PISO, PAGO ANUAL POR LOCAL 3 PESOS 6 PESOS 12 PESOS 2 PESOS 4.3.19.2.2 SEMIFIJO CUOTA ANUAL MIN. 2 MAX. 8 MIN. 2 MAX. 4 4.3.19.2.3 AMBULANTE CUOTA DIARIA MIN. 10 PESOS 4.3.19.2.4 USO DE PISO POR TEMPORADA DE FERIA EN LAS AFUERAS DE LOS MERCADOS, DE UN METRO CUADRADO, CUOTA POR TEMPORADA, SEGÚN LUGAR Y GIRO 4.3.19.2.5 APERTURA 4.3.19.2.6 ALTA 4.3.19.2.7 BAJA 4.3.19.2.8 TRASPASO 4.3.19.2.9 CESIÓN DE DERECHOS (ENTRE FAMILIARES DIRECTOS) 4.3.19.2.10 CAMBIO O AUMENTO DE GIRO 4.3.19.2.11 CAMBIO DE DENOMINACIÓN 4.3.19.2.12 COPIA CERTIFICADA (REPOSICIÓN DE DOCUMENTO) 4.3.19.2.13 REMODELACIÓN (DE ACUERDO AL TRABAJO A REALIZAR) MAX. 15 PESOS MIN. 3 MAX. 5 10 8 5 MIN. 15 MAX. 25 MIN. 18 MAX. 25 MIN. 15 MAX. 20 5 5 MIN. 15 MAX. 25 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 98 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONCEPTO 4.3.19.2.14 USO DE ESTACIONAMIENTO EN MERCADOS PERIFÉRICOS: LAURO ORTEGA, 18 DE SEPTIEMBRE, NARCISO MENDOZA, VICENTE GUERRERO, EMILIANO ZAPATA, ALTA VISTA, AMATITLÁN, LOMAS DE LA SELVA, LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO. PESOS 4.3.19.2.14.1 AUTOMÓVIL 4.3.19.2.14.2 CAMIONETA 4.3.19.2.14.3 CAMIÓN 4.3.19.2.15 USO DE SANITARIO EN MERCADOS PERIFÉRICOS 4.3.19.3 LOS DERECHOS DE LAS PLAZAS LIDO, DEGOLLADO, CUAUHNÁHUAC Y LA SELVA, SE CAUSARÁN POR EL USO DE LOCALES, CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 3 6 12 2 4.3.19.3.1 POR EL USO DE PISO, PAGO ANUAL POR LOCAL CONCEPTO 4.3.19.3..2 CESIÓN DE DERECHOS 4.3.19.3.3 ALTA 4.3.19.3.4 BAJA 4.3.19.3.5 REMODELACIÓN: 4.3.19.3.6 COPIA CERTIFICADA (REPOSICIÓN DE DOCUMENTOS) 4.3.19.3.7 COSTO DE RECUPERACIÓN SECCIÓN VIGÉSIMA 4.3.20 DEL CONTROL Y FOMENTO SANITARIO U.M.A. MIN. 5 MAX. 12 MIN. 10 MAX 30 8 5 MIN. 20 MAX. 25 5 65.17 ARTÍCULO 29.- LOS DERECHOS POR SERVICIOS DE CONTROL Y FOMENTO SANITARIO SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.20.1 TARJETA DE CONTROL SANITARIO: 4.3.20.1.1 EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ: CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 99 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.20.1.1.1 MUJER 4.3.20.1.1.2 HOMBRE 4.3.20.1.2 REPOSICIÓN 4.3.20.2 EXPEDICIÓN DE CREDENCIAL DE SANIDAD: CONCEPTO 4.3.20.2.1 A MANEJADOR DE ALIMENTOS DE ESTABLECIMIENTO FIJO, SEMIFIJO Y AMBULANTE POR PRIMERA VEZ 4.3.20.2.2 A MANEJADOR DE ALIMENTOS DE ESTABLECIMIENTO FIJO, SEMIFIJO Y AMBULANTE REPOSICIÓN 4.3.20.3 POR ESTERILIZACIÓN QUIRÚRGICA DE PERRO Y GATO: CONCEPTO 4.3.20.3.1 EN INSTALACIÓN Y POR PERSONAL QUE LABORA EN EL GOBIERNO MUNICIPAL 4.3.20.4 OTROS SERVICIOS: CONCEPTO 4.3.20.4.1 CIRUGÍA MENOR 4.3.20.4.2 CIRUGÍA MAYOR 4.3.20.4.3 CONSULTA GENERAL 4.3.20.4.4 PERITAJE MÉDICO VETERINARIO DE MASCOTA PARA VENTA SECCIÓN VIGÉSIMA PRIMERA 2.28 2.28 2.44 U.M.A. 2 2 U.M.A. 2 U.M.A. 3 4 2 1 4.3.21 DE LOS DERECHOS DE SEGURIDAD CIUDADANA ARTÍCULO 30.- LOS DERECHOS PROPORCIONADOS PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.21.1 POR LOS DERECHOS DE SERVICIOS ESPECIALES DE PREVENCIÓN DE LA SEGURIDAD PÚBLICA: CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 100 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.21.1.1 PERMISO PARA REALIZAR MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD EN EL HORARIO QUE ESTABLEZCA LA POLICÍA VIAL, POR UNIDAD VEHICULAR, POR DÍA. 4.3.21.1.2 PERMISO PARA REALIZAR MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA EN EL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD EN EL HORARIO QUE ESTABLEZCA LA POLICÍA VIAL, POR UNIDAD VEHICULAR, POR MES. 4.3.21.1.3 PERMISO PARA REALIZAR MANIOBRAS DE CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD QUE POR SU NATURALEZA OBSTRUYA LA LIBRE CIRCULACIÓN. EL PERMISO TENDRÁ DURACIÓN POR CADA DÍA NATURAL DE MANIOBRA EN EL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD. 4.3.21.1.4 PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR APOYO VIAL PREVIO DICTAMEN DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA A CARAVANA COMERCIAL, DESFILE, EVENTO DEPORTIVO Y OTROS SIMILARES, POR EVENTO O POR DÍA. 4.3.21.1.5 PERMISO PARA REALIZAR MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA FUERA DEL PRIMER CUADRO, EN HORARIO QUE DEFINA LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLICÍA VIAL, POR UNIDAD VEHICULAR, POR DÍA. 4.3.21.1.6 PERMISO PARA REALIZAR MANIOBRAS DE CARGA Y DESCARGA FUERA DEL PRIMER CUADRO EN HORARIO QUE DEFINA LA POLICÍA VIAL, POR UNIDAD VEHICULAR, POR MES. 4.3.21.1.7 PERMISO PARA REALIZAR MANIOBRAS DE CONSTRUCCIÓN, QUE POR SU NATURALEZA OBSTRUYA LA LIBRE CIRCULACIÓN. EL PERMISO TENDRÁ DURACIÓN POR CADA DÍA NATURAL DE MANIOBRA FUERA DEL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD. 4.3.21.1.8 PERMISO PARA REALIZAR EVENTO SOCIAL CON CIERRE DE CALLE PREVIO DICTAMEN DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA, QUE CUENTEN CON LA ANUENCIA DE LOS VECINOS Y LA DELEGACIÓN MUNICIPAL CORRESPONDIENTE O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD QUE POR SU NATURALEZA OBSTRUYA LA LIBRE CIRCULACIÓN. EL PERMISO TENDRÁ DURACIÓN POR CADA DÍA NATURAL FUERA DEL PRIMER CUADRO DE LA CIUDAD. A EXCEPCIÓN DE AQUELLOS QUE DERIVEN DE PROCESO ELECTORAL. 4.3.21.1.9 PERMISO PARA CIRCULAR Y REALIZAR ACTIVIDAD PUBLICITARIA Y/O PERIFONEO EN CALLES Y AVENIDAS DEL MUNICIPIO; POR UNIDAD VEHICULAR, POR DÍA. A EXCEPCIÓN DE AQUELLOS QUE DERIVEN DE PROCESO ELECTORAL. 3 15 10 25 2 15 8 7 1 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 101 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.21.1.10 PERMISO PARA CIRCULAR VEHÍCULO ESPECIAL PESADO COMO EXCAVADORA, RETROEXCAVADORA Y SIMILARES POR MES 10 SECCIÓN VIGÉSIMA SEGUNDA 4.3.22 DE LOS DERECHOS DE PROTECCIÓN CIVIL ARTÍCULO 31.- LOS DERECHOS PROPORCIONADOS POR PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.22.1 POR LOS DERECHOS DE PROTECCIÓN CIVIL: CONCEPTO INSPECCIÓN DE SEGURIDAD A 4.3.22.1.1 DICTAMEN DE INSTALACIONES DE EDIFICIOS PÚBLICOS O PRIVADOS 4.3.22.1.1.1 TIENDA DE AUTOSERVICIO 4.3.22.1.1.2 PLAZA COMERCIAL ESCUELA PARTICULAR: 4.3.22.1.1.3 PREESCOLAR Y/O CENDI 4.3.22.1.1.4 PRIMARIA 4.3.22.1.1.5 SECUNDARIA 4.3.22.1.1.6 PREPARATORIA 4.3.22.1.1.7 UNIVERSIDAD DESARROLLO, CONJUNTO RESIDENCIAL Y HABITACIONAL: 4.3.22.1.1.8 MÁS DE 1,500 M2 DE SUPERFICIE 4.3.22.1.1.9 DE 1,000 A 1,499 M2 DE SUPERFICIE 4.3.22.1.1.10 DE 500 A 999 M2 DE SUPERFICIE 4.3.22.1.1.11 DE 100 A 499 M2 DE SUPERFICIE 4.3.22.1.1.12 DE 26 A 99 M2 DE SUPERFICIE 4.3.22.1.1.13 DE 1 A 25 M2 DE SUPERFICIE ANUNCIO 4.3.22.1.1.14 ESPECTACULAR 4.3.22.1.1.15 TIPO TORRE 4.3.22.1.1.16 TIPO TOLDO 4.3.22.1.1.17 TIPO TÓTEM 4.3.22.1.1.18 ADOSADO 4.3.22.1.1.19 CINE Y/O TEATRO U.M.A. LAS 100 100 A 300 10 11 12 15 20 100 A 500 70 A 100 51 A 70 26 A 50 20 A 25 5 100 30 20 20 10 150 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 102 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INSPECCIÓN DE SEGURIDAD A 4.3.22.1.1.20 ESTABLECIMIENTO QUE MANEJE PRODUCTOS QUÍMICOS, SOLVENTES A GRANEL Y VENTA DE PINTURAS 4.3.22.1.2 OFICIO DE CUMPLIMIENTO DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DEL PLAN DE SEGURIDAD, EMERGENCIA Y EVACUACIÓN, PARA MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS 4.3.22.1.3 DICTAMEN TÉCNICO QUE DETERMINE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL LAS 4.3.22.1.4 DICTAMEN DE INSTALACIONES POR PARTE DE PROTECCIÓN CIVIL, EN SITUACIONES DE ALTO RIESGO: 4.3.22.1.4.1 ESTACIÓN DE CARBURACIÓN O GASOLINERA 4.3.22.1.4.2 BAR Y CANTINA 4.3.22.1.4.3 RESTAURANT-BAR 4.3.22.1.4.4 DISCOTECA 4.3.22.1.4.5 HOTEL 4.3.22.1.4.6 PANADERÍA 4.3.22.1.4.7 CLÍNICA Y HOSPITAL 4.3.22.1.4.8 AGENCIA AUTOMOTRIZ 4.3.22.1.4.9 TALLER MECÁNICO 4.3.22.1.4.10 EMPRESA O INDUSTRIA CON 20 TRABAJADORES O MÁS 4.3.22.1.5 VISITA DE INSPECCIÓN A LAS INSTALACIONES EN SITUACIÓN DE RIESGO ORDINARIO 4.3.22.1.6 OTROS SERVICIOS 4.3.22.1.6.1 CAPACITACIÓN EN PRIMEROS AUXILIOS 4.3.22.1.6.2 RENTA DE AMBULANCIA PARA EVENTO PARTICULAR HASTA 5 HORAS 4.3.22.1.6.3 RENTA DE AMBULANCIA PARA EVENTO PARTICULAR, POR HORA DESPUÉS DE LAS PRIMERAS 5 HORAS 4.3.22.1.6.4 TALLER DE CAPACITACIÓN A PARTICULARES DE QUE HACER Y NO HACER EN CASO DE SISMOS, INCENDIOS Y CONTINGENCIAS, POR CADA UNO 100 10 100 150 50 50 60 100 50 100 200 10 A 50 100 3 A 25 20 21 6 30 SECCIÓN VIGÉSIMA TERCERA 4.3.23 DE LOS DERECHOS DEL CORRALÓN ARTÍCULO 32.- LOS DERECHOS DEL CORRALÓN SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 103 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.23.1 POR ARRASTRE HASTA 10 KILÓMETROS: CONCEPTO U.M.A. 4.3.23.1.1 MOTOCICLETA DE DOS, TRES Y CUATRO RUEDAS 4.3.23.1.2 AUTOMÓVIL 4.3.23.1.3 TRANSPORTE LIGERO DE HASTA 3.5 TONELADAS 4.3.23.1.4 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 3.5 TONELADAS 4.3.23.1.5 TRANSPORTE DE CARGA DE HASTA 3 EJES 4.3.23.1.6 TRANSPORTE DE CARGA POR CADA EJE EXCEDENTE 4.3.23.1.7 AUTOMÓVIL CON USO DE DOLLY 4.3.23.2 POR ARRASTRE EN MÁS DE 10 KILÓMETROS, POR KILÓMETRO ADICIONAL: 10 12 14 16 18 13 14 CONCEPTO 4.3.23.2.1 AUTOMÓVIL 4.3.23.2.2 TRANSPORTE LIGERO DE HASTA 3.5 TONELADAS 4.3.23.2.3 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 3.5 TONELADAS 4.3.23.2.4 TRANSPORTE DE CARGA DE HASTA 3 EJES 4.3.23.2.5 TRANSPORTE DE CARGA POR CADA EJE EXCEDENTE 4.3.23.2.6 AUTOMÓVIL CON USO DE DOLLY 4.3.23.3 POR MANIOBRAS DE SALVAMENTO EN EL CAMINO: CONCEPTO 4.3.23.3.1 AUTOMÓVIL 4.3.23.3.2 TRANSPORTE LIGERO DE HASTA 3.5 TONELADAS 4.3.23.3.3 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 3.5 Y HASTA 12 TONELADAS U.M.A. 1 1.20 1.40 1.60 1.10 1.20 U.M.A. 11 25 160 4.3.23.3.4 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 12 TONELADAS 4.3.23.3.5 TRANSPORTE DE CARGA DE HASTA 3 EJES, SEGÚN DIFICULTAD MÍNIMO 50 250 4.3.23.3.6 TRANSPORTE DE CARGA POR CADA EJE EXCEDENTE 4.3.23.4 POR MANIOBRAS DE SALVAMENTO FUERA DEL CAMINO, SE PAGARÁ SEGÚN SEA LA DIFICULTAD Y EL TIEMPO REQUERIDO: 15 CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 104 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.23.4.1 MOTOCICLETA DE DOS, TRES Y CUATRO RUEDAS 4.3.23.4.2 AUTOMÓVIL 4.3.23.4.3 TRANSPORTE LIGERO HASTA 3.5 TONELADAS 4.3.23.4.4 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 3.5 TONELADAS 4.3.23.4.5 TRANSPORTE DE CARGA DE HASTA 3 EJES 4.3.23.4.6 TRANSPORTE DE CARGA POR CADA EJE EXCEDENTE 4.3.23.4.7 POR HORA DE MANIOBRA ADICIONAL 4.3.23.5 POR EL LEVANTAMIENTO DE INVENTARIO POR VEHÍCULO: 4.3.23.5.1 EL LEVANTAMIENTO DE INVENTARIO POR VEHÍCULO CONCEPTO 8 25 A 300 75 A 400 100 A 500 150 A 600 HASTA 230 30 U.M.A. 2 4.3.23.6 POR USO DE PISO EN EL CORRALÓN “CONCESIONADO” SE COBRARÁ POR DÍA: CONCEPTO U.M.A. 4.3.23.6.1 MOTOCICLETA CON DOS, TRES O CUATRO RUEDAS 4.3.23.6.2 AUTOMÓVIL, COMPACTO Y MEDIANO 4.3.23.6.3 AUTOMÓVIL GRANDE 4.3.23.6.4 TRANSPORTE LIGERO DE HASTA 3.5 TONELADAS 4.3.23.6.5 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 3.5 Y HASTA 12 TONELADAS 4.3.23.6.6 TRANSPORTE PESADO DE MÁS DE 12 TONELADAS 4.3.23.6.7 REMOLQUE Y SEMIRREMOLQUE CORTO 4.3.23.6.8 REMOLQUE Y SEMIRREMOLQUE LARGO SECCIÓN VIGÉSIMA CUARTA 1 1 2 2 3 4 4 5 4.3.24 DE LOS DERECHOS SOBRE EXPLOTACIÓN DE APARATOS DE SONIDO ARTÍCULO 33.- LOS DERECHOS SOBRE LA EXPLOTACIÓN DE APARATOS DE SONIDO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN AL MOMENTO DEL PERMISO O CONCESIÓN OTORGADO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.24.1 DE LA EXPLOTACIÓN DE APARATOS DE SONIDO: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 105 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONCEPTO 4.3.24.1.1 EN INSTALACIÓN FIJA, POR CADA APARATO, MENSUAL 4.3.24.1.2 INSTALADO EN VEHÍCULO, POR CADA APARATO, MENSUAL 4.3.24.1.3 INSTALADO EN FERIA, VERBENA, OTROS, POR CADA APARATO, DIARIO U.M.A. 4.89 4.89 1.63 SECCIÓN VIGÉSIMA QUINTA 4.3.25 DE LOS DERECHOS POR LA INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE PERITOS VALUADORES, CONTRATISTAS Y ADQUISICIÓN DE BASES DE LICITACIÓN ARTÍCULO 34.- LOS DERECHOS DE LA INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE PERITOS VALUADORES Y DE CONTRATISTAS Y ADQUISICIÓN DE BASES DE LICITACIÓN, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.25.1 DE RECURSOS MATERIALES Y DE PROCESOS DE NORMATIVIDAD Y EVALUACIÓN. 4.3.25.1.1 ADQUISICIÓN DE BASES PARA LICITACIÓN CONCEPTO INSCRIPCIÓN O REFRENDO ANUALEN EL PADRÓN DE 4.3.25.1.2 PROVEEDORES 4.3.25.2 DEL IMPUESTO PREDIAL Y CATASTRO: 4.3.25.2.1 INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE PERITOS VALUADORES 4.3.25.2.2 REFRENDO AL PADRÓN DE PERITOS VALUADORES CONCEPTO 4.3.25.3 PADRÓN DE CONTRATISTAS: CONCEPTO 4.3.25.3.1 INSCRIPCIÓN O REFRENDO ANUALEN EL PADRÓN 4.3.25.4 POR LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA: CONCEPTO U.M.A. 165 0.50 U.M.A. 20 10 U.M.A. 10 U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 106 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.25.4.1 INSCRIPCIÓN O REFRENDO ANUAL EN EL PADRÓN DE PERITOS REGISTRADOS Y AUTORIZADOS 10 SECCIÓN VIGÉSIMA SEXTA 4.3.26 PLANEACIÓN URBANA ARTÍCULO 35.- LOS DERECHOS DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN URBANA Y CARTOGRAFÍA DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.3.26.1 POR LA CONSULTA DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO URBANO CONCEPTO 4.3.26.1.1 AUTORIZACIÓN ANUAL DE USO EXCLUSIVO DE LA VÍA PÚBLICA PARA ESTACIONAMIENTO DE SITIO DE TAXIS, DERIVADO DEL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD, POR CAJÓN 4.3.26.1.2 AUTORIZACIÓN ANUAL DE USO EXCLUSIVO DE LA VÍA PÚBLICA PARA ESTACIONAMIENTO, EN NEGOCIACIÓN MERCANTIL, MUDANZAS, TRANSPORTE TURÍSTICO Y SIMILAR, DERIVADO DEL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD POR CAJÓN 4.3.26.1.3 DICTAMEN DE ELECTRIFICACIÓN SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN 4.3.26.1.4 IMPRESIÓN DE UNA CARTA URBANA GENERAL O DELEGACIONAL, INCLUYE NORMAS COMPLEMENTARIAS DE; DE LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO URBANO VIGENTES: POR PLANO 90 X 60 4.3.26.1.5 DERECHOS POR LA ADQUISICIÓN DE LA CARTA URBANA VIGENTE DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA EN FORMATO EN PDF EN CD ROM SECCIÓN VIGÉSIMA SÉPTIMA U.M.A. EXENTO EXENTO EXENTO EXENTO EXENTO 4.3.28 POR LOS DERECHOS DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN URBANA ARTÍCULO 36.- POR CONSULTA DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO URBANO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 107 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.28.1 POR CONSULTA DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO URBANO SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS SIGUIENTES CUOTAS: CONCEPTO U.M.A 4.3.28.1.1 IMPRESIÓN DE UNA SECCIÓN DE LA CARTOGRAFÍA CONTENIDA EN: EL PROGRAMA DE DESARROLLO URBANO DE CENTRO DE POBLACIÓN DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA VIGENTE. (PLANO 90X60 CM) 4.3.28.1.2 DERECHOS POR DISTRIBUCIÓN DE LA CARTA URBANA VIGENTE FORMATO PDF, EN CD. 4.3.28.1.3 AUTORIZACIÓN ANUAL DE USO EXCLUSIVO DE LA VÍA PÚBLICA PARA ESTACIONAMIENTO PARA SITIOS DE TAXIS, DERIVADO DEL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD, POR CAJÓN. 4.3.28.1.4 AUTORIZACIÓN ANUAL DE USO EXCLUSIVO DE LA VÍA PÚBLICA PARA EN NEGOCIACIONES MERCANTILES, MUDANZAS, TRANSPORTE TURÍSTICO Y SIMILAR; DERIVADO DEL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD, POR CAJÓN. ESTACIONAMIENTO, 1 1 12 12 4.3.28.1.5 DICTAMEN DE ELECTRIFICACIÓN EXENTO 4.4. OTROS DERECHOS SECCIÓN ÚNICA 4.4.1 DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CUERNAVACA ARTÍCULO 37.- EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CUERNAVACA, ESTÁ AUTORIZADO PARA RECAUDAR L"}OS INGRESOS POR CONCEPTO DE LA DOTACIÓN DE AGUA POTABLE, MANTENIMIENTO DE ALCANTARILLADO, PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y CONEXIONES DE ALBAÑAL AL DRENAJE MUNICIPAL, DEBIENDO MANEJAR ESTOS RECURSOS, SIN QUE SEAN UTILIZADOS PARA OTRO FIN, QUE NO SEA EL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE ORIGINEN LOS INGRESOS, SIENDO RESPONSABILIDAD DEL ORGANISMO Y DE SU DIRECTOR GENERAL LA RECAUDACIÓN DE LOS INGRESOS DE CONFORMIDAD CON LAS TARIFAS SIGUIENTES. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 108 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 38.- LOS DERECHOS POR INSTALACIÓN DE TOMA DOMICILIARIA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.1. POR INSTALACIÓN DE TOMAS DOMICILIARIAS 4.4.1.1.1. MEDIA PULGADA: CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 13 MILÍMETROS O TIPO DE SERVICIO U.M.A. METRO LINEAL RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL 24 30 36 60 105 210 HASTA 6 HASTA 6 HASTA 6 HASTA 6 HASTA 6 HASTA 6 4.4.1.1.2 EL COSTO DE LA INSTALACIÓN DE LA TOMA INCLUYE MANO DE OBRA, MATERIALES Y DERECHOS DE CONEXIÓN HASTA 6 METROS LINEALES, CUANDO EXCEDA ESTA DISTANCIA, EL METRO LINEAL ADICIONAL SE INCREMENTARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA: TIPO DE SERVICIO U.M.A. POR METRO LINEAL RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL 4 5 6 10 17.5 35 ADICIONAL ADICIONAL ADICIONAL ADICIONAL ADICIONAL ADICIONAL 4.4.1.1.3 CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 19 MILÍMETROS O TRES CUARTOS DE PULGADA, SE AUMENTARÁN AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 5 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.1.4 CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 25 MILÍMETROS O UNA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 109 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original PULGADA, PULGADA, SE AUMENTARÁN AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 10 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.1.5 CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 38 MILÍMETROS O UNA Y MEDIA BASE CORRESPONDIENTE 20 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. ARTÍCULO 38 BIS.- LOS DERECHOS POR CONEXIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE (CONTRATO) DONDE YA EXISTA LA INSTALACIÓN, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.2 POR CONEXIÓN DE SERVICIO DE AGUA POTABLE AUMENTARÁN AL RANGO SE TIPO DE SERVICIO U.M.A. RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL ARTÍCULO 39.- LOS DERECHOS POR INSTALACIÓN DE MEDIDORES DE AGUA POTABLE, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.3. POR INSTALACIÓN DE MEDIDORES 4.4.1.3.1 CUANDO EL DIÁMETRO DEL MEDIDOR SEA DE 13 MILÍMETROS O MEDIA PULGADA 10 15 20 30 50 100 TIPO DE SERVICIO U.M.A. RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 15 20 25 30 110 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original COMERCIAL INDUSTRIAL 40 50 4.4.1.3.2 CUANDO EL DIÁMETRO DEL MEDIDOR SEA DE 19 MILÍMETROS O TRES CUARTOS DE PULGADA, SE AUMENTARÁ AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 5 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.3.3 CUANDO EL DIÁMETRO DEL MEDIDOR SEA DE 25 MILÍMETROS O UNA PULGADA, SE AUMENTARÁ AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 10 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.3.4 CUANDO EL DIÁMETRO DEL MEDIDOR SEA DE 38 MILÍMETROS O UNA Y MEDIA PULGADA, SE AUMENTARÁ AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 20 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.3.5 CUANDO EL DIÁMETRO DEL MEDIDOR SEA IGUAL O MAYOR DE 50 MILÍMETROS O DOS PULGADAS, SE AUMENTARÁ AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 40 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. ARTÍCULO 41.- LOS DERECHOS POR REPARACIÓN DE MEDIDOR, CUALQUIERA QUE SEA SU DIÁMETRO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.4 POR REPARACIÓN DE MEDIDOR: TIPO DE SERVICIO U.M.A. RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL 5 7.5 9 15 20 30 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 111 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 40.- LOS DERECHOS POR REPOSICIÓN DE MEDIDOR EN CASO DE ROBO, TÉRMINO DE VIDA ÚTIL DEL APARATO, DAÑOS O FALLAS NO IMPUTABLES AL USUARIO SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.5 POR REPOSICIÓN DE MEDIDOR: DIÁMETRO DEL MEDIDOR MEDIA PULGADA TRES CUARTOS DE PULGADA UNA PULGADA UNA Y MEDIA PULGADA U.M.A. 7.16 15.29 17.75 53.85 73.90 DOS PULGADAS EL PAGO DE LOS DERECHOS QUE SE GENEREN POR ESTE CONCEPTO PODRÁ SER CUBIERTO EN PARCIALIDADES POR LOS USUARIOS, PREVIO CONVENIO HASTA EN CUATRO BIMESTRES CONSECUTIVOS. EN CASO DE QUE EL MEDIDOR SEA DAÑADO POR CAUSAS IMPUTABLES AL USUARIO, LOS DERECHOS POR REPOSICIÓN DE MEDIDOR SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 38 DE ESTE ORDENAMIENTO. ARTÍCULO 41.- LOS DERECHOS POR CONEXIÓN AL DRENAJE O ALCANTARILLADO CUANDO EL DIÁMETRO DE LA CONEXIÓN NO SEA MAYOR DE 30 CENTÍMETROS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.6.- POR CONEXIÓN AL DRENAJE O ALCANTARILLADO 4.4.1.6.1.- POR CONEXIÓN AL DRENAJE O ALCANTARILLADO TIPO DE SERVICIO RURAL POPULAR HABITACIONAL U.M.A. 6 7 8.5 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” POR METRO LINEAL POR METRO LINEAL POR METRO LINEAL POR METRO LINEAL 112 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 14 25 50 POR METRO LINEAL POR METRO LINEAL POR METRO LINEAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL 4.4.1.6.2.- EL COSTO POR CONEXIÓN AL DRENAJE O ALCANTARILLADO INCLUYE MATERIALES, MANO DE OBRA Y DERECHO DE CONEXIÓN. 4.4.1.6.3.- CUANDO EL DIÁMETRO DE LA CONEXIÓN SEA MAYOR DE 30 CENTÍMETROS Y NO EXCEDA DE 59 CENTÍMETROS, SE INCREMENTARÁN AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 5 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.6.4.- CUANDO EL DIÁMETRO DE LA CONEXIÓN SEA MAYOR DE 60 CENTÍMETROS Y NO EXCEDA DE UN METRO, SE INCREMENTARÁN AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 20 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.6.5.- CUANDO EL DIÁMETRO DE LA CONEXIÓN SEA MAYOR DE UN METRO, SE INCREMENTARÁN AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 50 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE . ARTÍCULO 42.- LOS DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE POR CARRO- TANQUE, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.7 4.4.1.8 DE 6 METROS CÚBICOS PROPIEDAD DEL ORGANISMO OPERADOR: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE POR CARRO-TANQUE RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL TIPO DE SERVICIO U.M.A. 6 7 8 10 15 20 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 113 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.4.1.7.1 POR CADA METRO CÚBICO QUE EXCEDA, SE INCREMENTARÁ AL RANGO BASE QUE CORRESPONDA A UNA VEZ EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.7.2 PROPIEDAD DEL SERVICIO PÚBLICO O DE PARTICULARES, 0.5 DE UNA VEZ EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR METRO CÚBICO. ARTÍCULO 43.- LOS DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA RESIDUAL TRATADA POR CARRO-TANQUE, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.8 4.4.1.8.1 DE 6 METROS CÚBICOS PROPIEDAD DEL ORGANISMO OPERADOR: SUMINISTRO DE AGUA RESIDUAL POR CARRO-TANQUE TIPO DE SERVICIO U.M.A. 4 4 4 4 4 4 RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL 4.4.1.8.2 POR CADA METRO CÚBICO QUE EXCEDA, SE INCREMENTARÁ AL RANGO BASE QUE CORRESPONDA 0.3 DE UNA VEZ EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE. 4.4.1.8.3 PROPIEDAD DEL SERVICIO PÚBLICO O DE PARTICULARES, 0.3 DE UNA VEZ EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR METRO CÚBICO. ARTÍCULO 44.- LOS DERECHOS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.9.- POR CADA METRO CÚBICO DE AGUA POTABLE CONSUMIDO CON RELACIÓN AL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 114 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original VIGENTE, CONSUMO- MENSUAL EN M3. SE APLICARÁN LAS TARIFAS MENSUALES DE LA TABLA SIGUIENTE: RANGO CONSUMO RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL DE O 0.030 0-50 0.038 51-75 0.043 76-100 0.050 101-150 0.075 151-200 0.100 201-300 MÁS DE 300 0.125 0.037 0.047 0.053 0.062 0.093 0.124 0.155 0.043 0.054 0.061 0.072 0.108 0.144 0.180 0.060 0.075 0.085 0.100 0.150 0.200 0.250 0.076 0.095 0.107 0.126 0.189 0.252 0.315 0.1270 0.1590 0.1800 0.2120 0.3180 0.3600 0.4000 EL PRECIO DE METRO CÚBICO CONSUMIDO SE OBTENDRÁ COLOCANDO EL VOLUMEN TOTAL CONSUMIDO EN UN MES, EN EL RENGLÓN CORRESPONDIENTE AL RANGO DE CONSUMO QUE LE CORRESPONDA Y SE MULTIPLICA POR EL FACTOR CORRESPONDIENTE AL TIPO DE USUARIO POR EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS, EN LA FECHA DE CÁLCULO. EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, COBRARÁ COMO TARIFA MÍNIMA FIJA BIMESTRAL, PARA LOS USUARIOS CON GIRO HABITACIONAL, LA CANTIDAD QUE RESULTE DE REALIZAR LA OPERACIÓN ARITMÉTICA ESTABLECIDA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR TOMANDO COMO CONSUMO MÍNIMO FIJO 50 METROS CÚBICOS. SERÁ EL MISMO PROCEDIMIENTO PARA LOS USUARIOS CON GIRO RESIDENCIAL, SE TOMARÁ COMO CONSUMO MÍNIMO 55 METROS CÚBICOS Y PARA EL GIRO COMERCIAL SE CONSIDERARÁ COMO CONSUMO MÍNIMO 60 METROS CÚBICOS. LOS DERECHOS POR EL SERVICIO PÚBLICO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, SE CAUSARÁN MENSUAL O BIMESTRALMENTE Y SE HARÁ EL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 115 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original PAGO DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES DEL MES O BIMESTRE DEL CONSUMO. ARTÍCULO 45.- LOS DERECHOS POR CONSUMO DE AGUA POTABLE, EN LOS CASOS EN QUE NO EXISTA APARATO MEDIDOR, SE PAGARÁN MEDIANTE UNA CUOTA FIJA MÍNIMA BIMESTRAL QUE SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.10.- POR CONSUMO DE AGUA POTABLE: TIPO DE SERVICIO 6.667 4.444 1.8288 INDUSTRIAL 37.778 POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL 0.667 RURAL 0.444 LOS DERECHOS POR EL SERVICIO PÚBLICO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, SE CAUSARÁN MENSUAL O BIMESTRALMENTE Y SE HARÁ EL PAGO DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES DEL MES O BIMESTRE DEL CONSUMO. ARTÍCULO 46.- LOS DERECHOS POR SANEAMIENTO DE AGUA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN EN UNA CUOTA FIJA BIMESTRAL A RAZÓN DEL RANGO DE CONSUMO Y USO ESPECÍFICO, SE APLICARÁN LAS TARIFAS SIGUIENTES: 4.4.1.11.- POR SANEAMIENTO DE AGUA: 4.4.1.11.1.- HABITACIONAL RANGO DE CONSUMO EN M3 0 – 75 76 – 100 101 – 150 151 – 200 MÁS DE 201 4.4.1.11.2.- RESIDENCIAL RANGO DE CONSUMO EN M3 0 – 75 U.M.A. 0.29 0.41 0.49 0.57 0.84 U.M.A. 0.41 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 116 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 76 – 100 101 – 150 151 – 200 MÁS DE 201 4.4.1.11.3.- COMERCIAL RANGO DE CONSUMO EN M3 0 – 75 76 – 100 101 – 150 151 – 200 MÁS DE 201 4.4.1.11.4.- INDUSTRIAL RANGO DE CONSUMO EN M3 0 – 75 76 – 100 101 – 150 151 – 200 0.57 3.43 3.43 3.43 U.M.A. 0.49 0.81 5.13 5.13 5.13 U.M.A. 0.81 1.63 29.08 29.08 29.08 MÁS DE 201 LOS DERECHOS POR EL SERVICIO PÚBLICO DE SANEAMIENTO DEL AGUA, SE CAUSARÁN MENSUAL O BIMESTRALMENTE Y SE HARÁ EL PAGO DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES DEL MES O BIMESTRE DEL CONSUMO-DESCARGA. ARTÍCULO 47.- LOS DERECHOS POR EL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA TRATADA RESIDUAL, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.12 POR CADA METRO CÚBICO SUMISTRADO DE AGUA RESIDUAL TRATADA RANGO DE FACTOR DE COBRO SEGÚN TIPO DE SERVICIO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 117 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original SUMINISTRO RURAL POPULAR HABITACIÓNAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL U.M.A. 0.012 0.016 0.018 0.024 0.026 0.031 0.046 0.062 0.077 U.M.A. 0.010 0.012 0.015 0.019 0.021 0.025 0.037 0.050 0.062 U.M.A. 0.025 0.032 0.038 0.048 0.053 0.063 0.094 0.126 0.157 U.M.A. 0.014 0.018 0.021 0.027 0.030 0.036 0.054 0.072 0.090 U.M.A. 0.020 0.025 0.030 0.037 0.042 0.050 0.075 0.100 0.125 U.M.A. 0.042 0.053 0.064 0.080 0.090 0.106 0.159 0.212 0.265 M3 0-20 21-30 31-50 51-75 76-100 101-150 151-200 201-300 MÁS DE 300 EL PRECIO DEL METRO CÚBICO SUMINISTRADO SE OBTENDRÁ COLOCANDO EL VOLUMEN TOTAL SUMINISTRADO EN EL MES, EN EL RENGLÓN CORRESPONDIENTE AL RANGO DE SUMINISTRO QUE LO ABARQUE Y MULTIPLICANDO EL FACTOR CORRESPONDIENTE AL TIPO DE USUARIO POR EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS EN LA FECHA DE CÁLCULO. ARTÍCULO 48.- LOS DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA TRATADA RESIDUAL, EN LOS CASOS EN QUE NO EXISTA APARATO MEDIDOR: 4.4.1.13 SUMINISTRO DE AGUA RESIDUAL TRATADA, SIN MEDIDOR SE PAGARÁN MEDIANTE UNA CUOTA FIJA MÍNIMA MENSUAL QUE SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: TIPO DE SERVICIO RURAL POPULAR HABITACIONAL RESIDENCIAL COMERCIAL INDUSTRIAL U.M.A. U.M.A. U.M.A. U.M.A. U.M.A. U.M.A. 0.3355 0.5555 0.222 LOS DERECHOS POR EL SERVICIO PÚBLICO DE SUMINISTRO DE AGUA RESIDUAL TRATADA, SE CAUSARÁN MENSUAL O BIMESTRALMENTE Y SE 3.3335 18.889 2.222 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 118 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original HARÁ EL PAGO DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS HÁBILES SIGUIENTES DEL MES O DEL BIMESTRE DEL SUMINISTRO. ARTÍCULO 49.- LOS DERECHOS POR CAMBIO DE UBICACIÓN DE LA TOMA DOMICILIARIA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 4.4.1.14.- A RAZÓN DE DOS VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE, POR CAMBIO DE CADA TOMA, ADICIONALES AL PAGO DE LOS MATERIALES Y MANO DE OBRA QUE SE REQUIERAN, DE ACUERDO A LA NUEVA UBICACIÓN CON RESPECTO A LA INFRAESTRUCTURA EN OPERACIÓN. ARTÍCULO 50.- LOS DERECHOS POR CAMBIO DE NOMBRE DEL USUARIO EN CONTRATO YA EXISTENTE, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN: 4.4.1.15.- A RAZÓN DE 2 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR CAMBIO DE NOMBRE EN EL CONTRATO, PREVIA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL QUE ACREDITE AL NUEVO USUARIO, DICHA DOCUMENTACIÓN LEGAL ÚNICAMENTE PODRÁ CONSISTIR EN UNA ESCRITURA PÚBLICA, PARA EL CASO DE PROPIEDAD PRIVADA, Y EN UNA CONSTANCIA DE POSESIÓN, EN CASO DE BIENES COMUNALES Y/O EJIDALES. ARTÍCULO 50 BIS.- LOS NOTARIOS PÚBLICOS, AL OTORGAR ESCRITURAS RELATIVAS A BIENES INMUEBLES UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, PODRÁN SOLICITAR EN LÍNEA AL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, EL CAMBIO DE TITULAR DEL CONTRATO DE SERVICIO PÚBLICO DE AGUA POTABLE; LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 67 Y 98, INCISO M, DE LA LEY ESTATAL DE AGUA POTABLE. PRODUCTO QUE SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ DE MANERA ADICIONAL: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 119 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.4.1.16.- A RAZÓN DE DOS VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE, POR CONSTANCIA EXPEDIDA EN LÍNEA. ARTÍCULO 51.- LOS DERECHOS POR EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE NO ADEUDO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN: 4.4.1.17.- A RAZÓN DE DOS VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE, POR CONSTANCIA DE CADA TOMA. ARTÍCULO 52- LOS NOTARIOS PÚBLICOS PARA OTORGAR ESCRITURAS DEBERÁN SOLICITAR A LOS CONTRATANTES, PARA EFECTO DE LA PROTOCOLIZACIÓN CORRESPONDIENTE RELATIVA A BIENES INMUEBLES UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, LA ACREDITACIÓN DE HABER CUBIERTO LOS DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO, RELATIVOS A LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LA CONSTANCIA DE NO ADEUDO, MISMA QUE SE FUNDAMENTA EN EL ARTÍCULO 98, INCISO N.- DE LA LEY ESTATAL DE AGUA POTABLE. LA CUAL, EN CASO DE SER EXPEDIDA EN LÍNEA POR EL SISTEMA OPERADOR, SE CAUSARÁ COMO PRODUCTO Y SE LIQUIDARÁ: 4.4.1.18.- A RAZÓN DE 2 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR CONSTANCIA. ARTÍCULO 53.- LOS DERECHOS POR RECONEXIÓN DE TOMA DE AGUA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE LA SIGUIENTE MANERA: 4.4.1.19.- POR RECONEXIÓN DE TOMA DE AGUA 4.4.1.19.1- A RAZÓN DE 5.29 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE, POR DERECHOS POR RECONEXIÓN DE TOMA DE AGUA, CUANDO LA RECONEXIÓN SE REALICE A NIVEL MEDIDOR O LLAVE DE BANQUETA. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 120 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.4.1.19.2.- A RAZÓN DE 18.10 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR DERECHOS POR RECONEXIÓN DE TOMA DE AGUA, CUANDO LA RECONEXIÓN SE REALICE A NIVEL LÍNEA. ARTÍCULO 54.- LOS INGRESOS QUE SE OBTENGAN POR LA EXPEDICIÓN DEL VISTO BUENO RESPECTO DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE LA FORMA SIGUIENTE: 4.4.1.20.- A RAZÓN DE 6.06 VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR EL VISTO BUENO RESPECTO DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES. CAPÍTULO VI 5. DE LOS PRODUCTOS 5.1 DE LOS PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE SECCIÓN PRIMERA 5.1.1 DEL AYUNTAMIENTO ARTÍCULO 55.- LOS PRODUCTOS QUE TIENE DERECHO A PERCIBIR EL MUNICIPIO SE REGULARÁN POR LOS CONTRATOS O CONVENIOS QUE SE CELEBREN, Y SU IMPORTE DEBERÁ ENTERARSE EN LOS PLAZOS, TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE EN LOS MISMOS SE ESTABLEZCA Y DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 205, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, Y CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 14 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS; SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 5.1.1.1 USO DEL RECINTO FERIAL DE ACAPANTZINGO, SE COBRARÁ POR DÍA, CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 121 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 5.1.1.1.1 EVENTO MUSICAL POPULAR (ROCK, POP, TROVA, BANDA, TROPICAL) 5.1.1.1.2 EVENTO MUSICAL CULTURAL (CLÁSICA, ORQUESTA SINFÓNICA, INSTRUMENTAL, ETC.) 5.1.1.1.3 ESPECTÁCULO (LUCHA LIBRE, OBRA MUSICAL, SHOW) 5.1.1.1.4 RELIGIOSO 5.1.1.1.5 DEPORTIVO 5.1.1.1.6 ESCOLAR 5.1.1.1.7 REUNIÓN ACADÉMICA (PRIMARIA, SECUNDARIA PREPARATORIA, UNIVERSIDAD, TECNOLÓGICO, COLEGIO). QUEDAN EXENTAS DE CUALQUIER PAGO LAS ESCUELAS PÚBLICAS 5.1.1.1.8 POLÍTICO 5.1.1.1.9 GUBERNAMENTAL 5.1.1.1.10 TELEVISIVO 5.1.1.1.11 COMERCIAL 5.1.1.1.12 CULTURAL 5.1.1.1.13 ASOCIACIÓN MERCANTIL 5.1.1.1.14 HOTELERO 5.1.1.1.15 CLUB 5.1.1.1.16 PROMOCIÓN TURÍSTICA 5.1.1.1.17 CONVENCIÓN 5.1.1.1.18 ASOCIACIÓN CIVIL 5.1.1.1.19 CONFERENCIA EDUCATIVA, INFORMATIVA, CULTURAL, OTROS 390 390 485 185 155 155 62 138 157 335 322 147 168 173 170 162 282 140 185 5.1.1.1.20 CONFERENCIA COMERCIAL 5.1.1.2 USO DE LOS BIENES INMUEBLES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO: 345 CONCEPTO 5.1.1.2.1 KIOSCO JARDÍN JUÁREZ, CUOTA MENSUAL 5.1.1.2.2 KIOSCO MERCADO ANTONIO BARONA, CUOTA MENSUAL 5.1.1.3 USO DE ESPACIOS EN EL RASTRO MUNICIPAL: 5.1.1.3.1 POR METRO CUADRADO, EN LOCAL DE 16 METROS CUADRADOS O MÁS, CUOTA MENSUAL CONCEPTO U.M.A. 60 8 PESOS 60.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 122 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original POR COMISIÓN BANCARIA SE COBRARÁ DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO. 5.1.1.4 EL MUNICIPIO PODRÁ PERCIBIR OTROS INGRESOS POR ACTOS Y/O ACCIONES QUE JURÍDICAMENTE LE CORRESPONDAN Y SEAN EN FUNCIÓN DE LAS NORMAS APLICABLES PARA CADA CASO, POR LOS SIGUIENTES CONCEPTOS, ENTRE ELLOS LA PUBLICACIÓN DE LA GACETA MUNICIPAL, EN LOS TÉRMINOS SIGUIENTES: CONCEPTO 5.1.5.4.1 EJEMPLAR DE LA FECHA 5.1.5.4.2 EJEMPLAR ATRASADO DEL AÑO 5.1.5.4.3 EJEMPLAR DE AÑOS ANTERIORES 5.1.5.4.4 EJEMPLAR DE EDICIÓN ESPECIAL CONCEPTO 5.1.5.4.5 FOTOCOPIA SIMPLE DE CUALQUIER DOCUMENTO TAMAÑO CARTA U OFICIO, POR PÁGINA CAPÍTULO VII 6. DE LOS APROVECHAMIENTOS SECCIÓN PRIMERA U.M.A. 2 4 6 6 PESOS 0.50 6.1. DE SU DEFINICIÓN Y CRITERIOS DE APLICACIÓN ARTÍCULO 56.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE TIENE DERECHO A PERCIBIR EL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, SON LOS INGRESOS MUNICIPALES ORDINARIOS, NO CLASIFICADOS COMO IMPUESTOS, DERECHOS O PRODUCTOS, QUEDAN COMPRENDIDOS COMO TALES: LOS REZAGOS, LOS RECARGOS, LAS MULTAS, LOS REINGRESOS, LOS GASTOS DE NOTIFICACIÓN, DE EJECUCIÓN E INSPECCIÓN FISCAL, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 207 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, Y EL ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 123 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES QUE SE PREVÉN EN ESTE CAPÍTULO POR LA IMPOSICIÓN DE MULTAS DERIVADAS DE INFRACCIONES A LAS DIVERSAS HIPÓTESIS CONTENIDAS EN LA PRESENTE LEY DE INGRESOS, LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA MUNICIPAL COMPETENTE DEBERÁ INDIVIDUALIZARLAS TOMANDO EN CONSIDERACIÓN LOS SIGUIENTES CRITERIOS:  LA GRAVEDAD DE LA FALTA COMETIDA;  LA CONDICIÓN SOCIOECONÓMICA DEL SUJETO INFRACTOR;  LA REINCIDENCIA, Y  LOS DEMÁS ELEMENTOS Y CIRCUNSTANCIAS ESPECÍFICAS QUE PERMITAN A LA AUTORIDAD MUNICIPAL INDIVIDUALIZAR LA SANCIÓN. SECCIÓN SEGUNDA 6.1.1. DEL CONTROL Y FOMENTO SANITARIO ARTÍCULO 57.- LOS APROVECHAMIENTOS PERCIBIDOS POR EL AYUNTAMIENTO POR EL CONTROL Y FOMENTO SANITARIO, POR ES AL REGLAMENTO MUNICIPAL DE SALUD, SE LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.1.1MANEJADOR DE ALIMENTOS DE ESTABLECIMIENTO FIJO, SEMIFIJO Y AMBULANTE: CONCEPTO 6.1.1.1.1 POR USO DE ALHAJAS Y SIMILARES 6.1.1.1.2 POR NO TENER UÑAS CORTAS Y/O SIN ESMALTE 6.1.1.1.3 POR NO USAR CUBRE PELO Y MANDIL 6.1.1.1.4 POR MANEJAR Y COBRAR LOS ALIMENTOS LA MISMA PERSONA U.M.A. 5 A 10 6.1.1.1.5 POR NO TENER BOTE DE BASURA CON TAPA Y BOLSA DE PLÁSTICO 6.1.1.1.6 POR NO UTILIZAR HIELO EN BOLSA DE PLÁSTICO CON REGISTRO DE COMPRA 6.1.1.1.7 POR NO MANTENER LOS ALIMENTOS TAPADOS 6.1.1.1.8 OTRAS OMISIONES DE MEDIDAS HIGIÉNICAS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 124 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.1.1 LAVANDERÍAS Y BAÑOS PÚBLICOS: CONCEPTO 6.1.1.2.1 QUE NO EXISTA ÁREA PARA RECIBIR Y ALMACENAR ROPA SUCIA Y DEPOSITAR LA ROPA LIMPIA 6.1.1.2.2 POR PRESENCIA DE ANIMAL, MASCOTA Y FAUNA NOCIVA 6.1.1.2.3 POR FALTA DE CESTO O BOLSA DE PLÁSTICO PARA ROPA SUCIA U.M.A. 5 A 10 6.1.1.2.4 CUANDO EL ESTABLECIMIENTO NO DEMUESTRE LA REALIZACIÓN DE UN ADECUADO PROCESO DE LAVADO Y DESINFECCIÓN DE LOS BAÑOS 6.1.1.2 HOTELES, MOTELES, CASAS DE HUÉSPEDES Y HOSTALES: CONCEPTO 6.1.1.3.1 PORQUE EL PERSONAL QUE INTERVENGA EN CUALQUIERA DE LAS ETAPAS DEL PROCESO DE ELABORACIÓN Y VENTA DE ALIMENTOS NO PRESENTE LA CREDENCIAL DE SANIDAD 6.1.1.3.2 PORQUE HAYA FAUNA NOCIVA EN LAS ÁREAS FÍSICAS COMO ROPA DE CAMA, COLCHONES, CORTINAS, SOFÁS Y SILLONES 6.1.1.3.3 POR PERMITIR ANIMALES O MASCOTAS AL INTERIOR DE LAS HABITACIONES 6.1.1.3.4 POR FALTA DE ASEO DIARIO EN LAS HABITACIONES RENTADAS 6.1.1.3.5 OTRAS OMISIONES DE MEDIDAS HIGIÉNICAS 6.1.1.3 BALNEARIOS: CONCEPTO 6.1.1.4.1 POR FALTA DE LAVADO Y DESINFECTADO DE ROPA DE USO PARA BAÑISTAS, COMO TOALLAS 6.1.1.4.2 POR AUSENCIA O NIVELES DE CLORO MENOR A 0.5 PARTES POR MILLÓN EN EL AGUA DE LA ALBERCA 6.1.1.4.3 POR PRESENCIA DE MATERIAL INSALUBRE CERCA Y DENTRO DE LA ALBERCA QUE REPRESENTEN UN RIESGO SANITARIO 6.1.1.4.4 POR FALTA DE CREDENCIAL DE SANIDAD DEL PERSONAL MANEJADOR DE ALIMENTOS 6.1.1.4.5 POR PERMITIR EL INGRESO DE PERSONAS CON MANIFESTACIÓN DE ENFERMEDADES CUTÁNEAS TRANSMISIBLES, INFECCIONES O ABSCESOS BACTERIANOS U.M.A. 50 A 100 U.M.A. 20 A 100 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 125 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.1.4 CENTROS DE REUNIÓN Y ESPECTÁCULOS, LA CUOTA MÍNIMA SE APLICARÁ A CENTROS CON SUPERFICIE ÚTIL DE HASTA 200 METROS CUADRADOS Y LA CUOTA MÁXIMA SE COBRARÁ CUANDO SE TENGA UNA SUPERFICIE ÚTIL DE MÁS DE 200 METROS CUADRADOS: CONCEPTO 6.1.1.5.1 POR PERMITIR EL ACCESO A PERSONA ARMADA CON SIGNOS DE INTOXICACIÓN ETÍLICA, POR ENERVANTES O QUE PRESENTE PADECIMIENTO RESPIRATORIO TRANSMISIBLE 6.1.1.5 A LAS PERSONAS QUE EJERZAN EL SEXO SERVICIO: CONCEPTO 6.1.1.6.1 SIN CONTAR CON TARJETA DE CONTROL SANITARIO, LA SANCIÓN POR PRIMERA VEZ SERÁ DE 6.1.1.6.2 CADA INSPECCIÓN MÁS QUE NO CUENTE CON TARJETA DE CONTROL SANITARIO SERÁ UN ACUMULADO DE HASTA UN MÁXIMO DE 6.1.1.6 CUOTAS DE RECUPERACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS: 6.1.1.7.1 CONSULTA (EN UNIDAD MÓVIL O CONSULTORIO) CONCEPTO 6.1.1.7.2 EXAMEN DE GLUCOSA 6.1.1.7.3 EXAMEN DE COLESTEROL 6.1.1.7.4 EXAMEN DE TRIGLICÉRIDOS 6.1.1.7.5 ELECTROCARDIOGRAMA 6.1.1.7.6 CAVÍ 6.1.1.7.7 PAPANICOLAOU 6.1.1.7.8 DENSITOMETRÍA ÓSEA 6.1.1.7.9 ATENCIÓN PEDIÁTRICA U.M.A. 90 A 100 U.M.A. 10 20 PESOS 10.00 20.00 20.00 20.00 50.00 20.00 20.00 50.00 50.00 SECCIÓN TERCERA 6.1.1. DEL CONTROL Y ACOPIO ANIMAL 58.- ARTÍCULO LOS APROVECHAMIENTOS QUE OBTENGA EL AYUNTAMIENTO POR EL CONTROL Y ACOPIO ANIMAL, SE LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 126 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.2.1 RECUPERACIÓN DE PERRO: CONCEPTO 6.1.2.1.1 CAPTURADO POR DEAMBULAR EN LA VÍA PÚBLICA U.M.A. 4 6.1.2.1.2 ESTAR EN OBSERVACIÓN POR AGRESIÓN Y SOSPECHOSO DE RABIA 6.1.2.1.3 MULTA POR DEFECACIÓN DE MASCOTA EN VÍA PÚBLICA, CON PROPIETARIO 6.1.2.2 RECUPERACIONES DE GANADO CAPTURADO EN LA VÍA PÚBLICA: U.M.A. 4 A 10 6.1.2.2.1 GANADO EQUINO O BOVINO CONCEPTO 6 A 10 5 6.1.2.3 PERMITIR QUE ANIMALES DE RAZA CABALLAR, MULAR O VACUNO, TRANSITEN LIBREMENTE POR LAS CALLES DEL MUNICIPIO: 6.1.2.3.1 UNA A CINCO CABEZAS CONCEPTO U.M.A. 4 A 10 6.1.2.3.2 MÁS DE CINCO CABEZAS 6.1.2.4 POR ARROJAR ANIMAL MUERTO A LAS CALLES, LOTES BALDÍOS, BARRANCAS O LUGARES PÚBLICOS: CONCEPTO U.M.A. 5 A 15 6.1.2.4.1 UNA A CINCO CABEZAS 10 A 200 6.1.2.5 MULTA POR COMETER ACTO DE CRUELDAD CON LOS ANIMALES: U.M.A. 30 A 50 6.1.2.5.1 AUN SIENDO DE SU PROPIEDAD, SERÁ DE CONCEPTO 6.1.2.6 MULTA POR EXHIBIR, VENDER O REALIZAR ESPECTÁCULO: 6.1.2.6.1 CON ANIMAL EN VÍA PÚBLICA POR CADA ANIMAL CONCEPTO U.M.A. 50 6.1.2.6.2 POR REINCIDIR, POR ANIMAL 6.1.2.7 LOS QUE MANTENGAN PORQUERIZA, ESTABLO O CABALLERIZA DENTRO DE LAS ZONAS URBANAS CONSOLIDADAS, QUIEN TENGA 100 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 127 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ZAHÚRDA, AVIARIO, GRANJA O CORRAL DESTINADO A LA CRÍA DE GANADO MAYOR, MENOR O AVES EN LAS ZONAS URBANAS, QUE CAUSEN MOLESTIAS O PONGAN EN PELIGRO LA SALUD DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO, PAGARÁN LAS TARIFAS SIGUIENTES: 6.1.2.7.1 UNA A CINCO CABEZAS, ZAHÚRDA, CORRAL PARA AVES O APIARIO 6.1.2.7.2 MÁS DE CINCO CONCEPTO 6.1.2.7.3 REINCIDENCIA U.M.A. 20 100 300 LO ANTERIOR SE FUNDAMENTA EN LO QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO MUNICIPAL DE SALUD, ARTÍCULOS 1 Y 2, INCISO A, FRACCIONES VIII Y X; ARTÍCULOS 14, FRACCIÓN VI, 34, 96 AL 99, 102, 111, 166 FRACCIÓN V, 171 Y 172, DE LA LEY ESTATAL DE FAUNA Y EL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, ARTÍCULOS 128 FRACCIÓN IV Y 129 FRACCIONES III, IX Y XV. SECCIÓN CUARTA 6.1.2. DE LAS INFRACCIONES A LA NORMATIVIDAD EN CONSTRUCCIONES Y OPERACIONES CATASTRALES ARTÍCULO 59.- EL INCUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE CONSTRUCCIONES Y OPERACIONES CATASTRALES, SERÁ SANCIONADO DE LA SIGUIENTE MANERA: 6.1.2.1 CUANDO EN UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN, EDIFICACIÓN O INSTALACIÓN NO SE RESPETEN LAS AFECTACIONES Y RESTRICCIONES FÍSICAS Y DE USO IMPUESTAS A LOS PREDIOS, DE ACUERDO AL SIGUIENTE FACTOR: CONCEPTO EL SUBTOTAL DE LA CALIFICACION OTORGADA SIN IMPUESTO ADICIONAL, MULTIPLICADO POR: 6.1.3.1.1 LICENCIA DE USO DEL SUELO 6.1.3.1.2 LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN 6.1.3.1.3 ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL FACTOR 0.35 A 0.40 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 128 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.2.2 CUANDO LA OBRA SE EJECUTE SIN LICENCIA EN LOS SIGUIENTES CASOS; DE ACUERDO AL SIGUIENTE FACTOR: CONCEPTO FACTOR 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 EL SUBTOTAL DE LA CALIFICACIÓN OTORGADA SIN IMPUESTO ADICIONAL, MULTIPLICADO POR: 6.1.3.2.1 OBRA NUEVA: 6.1.3.2.1.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.1.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.2 AMPLIACIÓN Y MODIFICACIÓN: 6.1.3.2.2.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.2.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.3 POR CAMBIO DE USO: 6.1.3.2.3.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.3.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.4 POR REPARACIÓN: 6.1.3.2.4.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.4.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.5 POR DEMOLICIÓN : 6.1.3.2.5.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.5.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.6 POR OBRA SENCILLA SIN DIRECTOR RESPONSABLE: 6.1.3.2.6.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.6.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.7 LICENCIA ESPECÍFICA PARA EDIFICACIÓN DE ALTO RIESGO: 6.1.3.2.7.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.7.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.8 EXCAVACIÓN: 6.1.3.2.8.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.8.2 SUSPENSIÓN 6.1.3.2.9 POR HACER CORTE EN BANQUETA, ARROYO Y GUARNICIÓN: 6.1.3.2.9.1 NOTIFICACIÓN 6.1.3.2.9.2 SUSPENSIÓN 6.1.2.3 CUANDO LA OBRA SE EJECUTE SIN DICTAMEN DE USO DE SUELO EN LOS SIGUIENTES CASOS, DE ACUERDO AL SIGUIENTE FACTOR: 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 0.35 A 0.40 0.45 A 0.50 6.1.3.3.1 CASA HABITACIÓN CONCEPTO FACTOR 0.35 A 0.40 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 129 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.3.3.2 CONDOMINIO 6.1.3.3.3 FRACCIONAMIENTO 6.1.3.3.4 CONJUNTO URBANO 6.1.3.3.5 COMERCIAL, LOCAL, PLAZA, EDIFICIO 6.1.3.3.7 BODEGA 6.1.2.4 CUANDO EL PROPIETARIO O POSEEDOR DE UNA CONSTRUCCIÓN (SEÑALADA COMO PELIGROSA) NO CUMPLA CON LAS ÓRDENES GIRADAS CON BASE EN LOS ARTÍCULOS 270 Y 280 DEL REGLAMENTO EN LA MATERIA, DENTRO DEL PLAZO FIJADO PARA TAL EFECTO. SE CALCULARÁ DE ACUERDO AL FACTOR DEL COSTO DEL DICTAMEN SIN IMPUESTO ADICIONAL MULTIPLICADO POR: CONCEPTO 6.1.3.4.1 BARDA Y MURO EN COLINDANCIA 6.1.3.4.2 EDIFICACIÓN HABITACIONAL O COMERCIAL 6.1.2.5 CUANDO SE INVADA LA VÍA PÚBLICA: CONCEPTO 6.1.3.5.1 CON UNA CONSTRUCCIÓN Y/O INSTALACIÓN DE MURO, MARQUESINA, VOLADO, COLUMNA, BALCÓN, JARDINERA, TOLDO, REJA, CASETA DE VIGILANCIA, MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN FACTOR 0.35 A 0.40 U.M.A. 1,200 A 1,500 6.1.2.6 CUANDO SE OBSTACULICE REITERADAMENTE O SE IMPIDA EN ALGUNA FORMA EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES DE INSPECCIÓN O SUPERVISIÓN REGLAMENTARIA DEL PERSONAL AUTORIZADO POR EL GOBIERNO MUNICIPAL, LAS MULTAS SE APLICARÁN CON BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.3.6.1 NO ATENDER AL CITATORIO CONCEPTO 6.1.3.6.2 NO ATENDER LA INSPECCIÓN O IMPEDIR EL ACCESO A LA OBRA 6.1.3.6.3 NO IDENTIFICARSE O CERRAR LA PUERTA 6.1.3.6.4 CUANDO LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN NO SEA VIGENTE Y SIGAN TRABAJANDO U.M.A. 10 A 30 5 A 20 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 130 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.3.6.5 CUANDO LA OBRA SE EJECUTE SIN LA VIGILANCIA DEL DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA O LOS CORRESPONSABLES 6.1.3.6.6 CUANDO SE USEN EXPLOSIVOS SIN LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES 6.1.2.7 LLEVAR A CABO OBRAS DE CONSTRUCCIÓN SOBRE LA VÍA PÚBLICA: 10 A 30 CONCEPTO U.M.A. 6.1.3.7.1 EN BANQUETA, ASFALTO, GUARNICIÓN, PAVIMENTO, HABITACIONAL O COMERCIAL. 6.1.2.8 CUANDO UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN, EDIFICACIÓN O INSTALACIÓN: 100 A 500 CONCEPTO 6.1.3.8.1 SE UTILICE PARCIALMENTE PARA USO DIFERENTE AL AUTORIZADO POR LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN 6.1.3.8.2 CUANDO SE UTILICE TOTALMENTE PARA USO DIFERENTE AL AUTORIZADO EN LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN U.M.A. 1,000 1,500 6.1.2.9 CUANDO SE TENGA MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN EN LA VÍA PÚBLICA: 6.1.3.9.1 POR MÁS DE DOS DÍAS CONSECUTIVOS, POR PRIMERA VEZ CONCEPTO 6.1.3.9.2 REINCIDENCIA 6.1.2.10 NO PRESENTAR: CONCEPTO 6.1.3.10.1 DOCUMENTOS DE OBRA 6.1.2.11 CUANDO SE VIOLEN: CONCEPTO 6.1.3.11.1 LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CONSERVACIÓN DE EDIFICIO Y PREDIO, SE SANCIONARÁ POR EL EQUIVALENTE DEL COSTO DE LA LICENCIA SIN IMPUESTO ADICIONAL, MULTIPLICADO POR. 6.1.2.12 CUANDO EN UNA OBRA O INSTALACIÓN: U.M.A. 5 10 U.M.A. 6 FACTOR 0.35 A 0.40 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 131 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONCEPTO 6.1.3.12.1 NO SE RESPETEN LAS PREVISIONES CONTRA INCENDIO CONTEMPLADA EN EL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN, SE SANCIONARÁ POR EL EQUIVALENTE DEL COSTO DE LA LICENCIA SIN IMPUESTO ADICIONAL, MULTIPLICADO POR. 6.1.2.13 CUANDO PARA OBTENER LA EXPEDICIÓN DE LICENCIA: CONCEPTO 6.1.3.13.1 DURANTE LA EJECUCIÓN O USO DE LA EDIFICACIÓN, SE HAYAN PRESENTADO DOCUMENTOS FALSOS, SE SANCIONARÁ POR EL EQUIVALENTE DEL COSTO DE LA LICENCIA SIN IMPUESTO ADICIONAL, MULTIPLICADO POR. 6.1.2.14 EL ANUNCIO, SE SANCIONARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA: FACTOR 0.35 A 0.40 FACTOR 0.35 A 0.40 INCUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE CONCEPTO MONTO A PAGAR 6.1.3.14.1 NO CUENTE CON DICTAMEN TÉCNICO PARA LA COLOCACIÓN DE ESTRUCTURA O INSTALACIÓN PARA PONER EN FUNCIONAMIENTO CUALQUIER TIPO DE PUBLICIDAD 6.1.3.14.2 NO CUENTE CON DICTAMEN TECNICO PARA PINTAR, ROTULAR O ADOSAR CUALQUIER TIPO DE ANUNCIO EN UNA CONSTRUCCION 6.1.3.14.3 NO CUENTE CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y OFICIO DE OCUPACION PARA LA INSTALACION, COLOCACION Y USO DE CUALQUIER TIPO DE ANUNCIO EN UNA CONSTRUCCIÓN 6.1.3.14.4 CUANDO SE OBSTACULICEN LAS FUNCIONES DE LOS INSPECTORES 6.1.3.14.5 NO SE DE AVISO DE TERMINACION DE LOS TRABAJOS CORRESPONDIENTES, DENTRO DE LOS 5 DIAS HABILES SIGUIENTES EN QUE HUBIERAN CONCLUIDO 6.1.3.14.6 COLOQUE LA ESTRUCTURA O SUJETARSE OBLIGACIONES SEÑALADAS EN EL DICTAMEN TECNICO 6.1.2.15 SE PROCEDERÁ A LA CLAUSURA: LAS CARACTERISTICAS, CONDICIONES INSTALACION SIN Y A DESDE 2 VECES EL VALOR RESULTANTE DE LA SUMA DE LOS DERECHOS QUE GENERE LA EMISIÓN DEL DICTAMEN Y SE AUMENTARÁ UNA VEZ POR CADA UNO DE LOS ASPECTOS QUE NO SE CUENTE, DE LOS AQUÍ CONSIDERADOS. CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 132 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EL PROPIETARIO NO 6.1.3.15.1 CUANDO NOTIFICACIONES, CITATORIOS Y SUSPENSIONES 6.1.2.16 DE LAS CATASTRALES A LOS CONTRIBUYENTES: INFRACCIONES Y SANCIONES EN OPERACIONES ATIENDA LAS 1,000 A 1,500 CONCEPTO 6.1.3.16.1 QUE EN CUALQUIER FORMA ENTORPEZCA O SE RESISTA A LA EJECUCIÓN DE LAS OPERACIONES CATASTRALES 6.1.3.16.2 QUE REHÚSE EXHIBIR TÍTULOS, PLANOS, CONTRATOS, RECIBOS O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE SEA REQUERIDO POR EL PERSONAL AUTORIZADO. 6.1.3.16.3 QUE OMITAN LA INSCRIPCIÓN DE UN INMUEBLE EN EL PADRÓN CATASTRAL. 6.1.3.16.4 QUE OMITAN LA MANIFESTACIÓN DE LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES O DE LA MODIFICACIONES A LAS EXISTENTES 6.1.3.16.5 NO CUMPLIR CON LA OBLIGACIÓN DE REGISTRARSE O HACERLO FUERA DE LOS PLAZOS SEÑALADOS 6.1.3.16.6 OBTENER O USAR MÁS DE UN NÚMERO DE REGISTRO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES. 6.1.3.16.7 UTILIZAR NEGOCIACIONES PROPIAS. 6.1.3.16.8 NO PRESENTAR O NO PROPORCIONAR, O HACERLO EXTEMPORÁNEAMENTE, AVISO, DECLARACIÓN, SOLICITUD, DATOS, INFORME, COPIAS, LIBRO O DOCUMENTO QUE EXIJA ESTE ORDENAMIENTO; NO COMPROBAR O NO ACLARAR, CUANDO LA AUTORIDAD FISCAL LO SOLICITE. INTERPÓSITA PERSONA PARA MANIFESTAR INSCRIBIRSE, 6.1.3.16.9 ALTERAR O FALSIFICAR AVISO, DECLARACIÓN, SOLICITUD, DATOS, INFORME, COPIAS, LIBRO Y DOCUMENTO A QUE SE REFIEREN LAS DOS FRACCIONES ANTERIORES 6.1.3.16.10 TRAFICAR CON DOCUMENTO OFICIAL EMITIDO POR LA AUTORIDAD CATASTRAL, O HACER USO ILEGAL DE EL 6.1.3.16.11 RESISTIRSE POR CUALQUIER MEDIO A VISITA DE VERIFICACIÓN, NO PROPORCIONAR DATOS, INFORME, LIBROS, DOCUMENTO, REGISTRO Y EN GENERAL LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA PRÁCTICA DE LA VISITA. 6.1.3.16.12 NO CONSERVAR EL REGISTRO Y DOCUMENTO QUE LE SEA DEJADO EN CALIDAD DE DEPOSITARIO, POR EL VISITADOR AL PRACTICARSE VISITA DE VERIFICACIÓN U.M.A. 5 A 20 5 A 20 5 A 20 5 A 20 5 A 20 10 A 50 10 A 50 1 A10 10 A 50 50 A 200 20 A 100 20 A 100 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 133 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original A LOS NOTARIOS PÚBLICOS: CONCEPTO 6.1.3.16.13 DEJAR DE ASENTAR LOS VALORES EMITIDOS POR LA AUTORIDAD CATASTRAL MUNICIPAL RESPECTO DE LA ESCRITURA O CUALQUIER CONTRATO QUE SE OTORGUE ANTE SU FE, O EFECTUARLA SIN SUJETARSE A LO PREVISTO POR LAS DISPOSICIONES DE ESTE ORDENAMIENTO. 6.1.3.16.14 AUTORIZAR ACTO O ESCRITURA QUE NO CUMPLE CON LAS DISPOSICIONES DE ESTE ORDENAMIENTO. 6.1.3.16.15 SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN O REGISTRO DE DOCUMENTO O INSTRUMENTO QUE CAREZCA DE LAS CONSTANCIAS O DOCUMENTOS QUE PREVIAMENTE DEBEN OBTENERSE EN LOS TÉRMINOS DE ESTE ORDENAMIENTO. 6.1.3.16.16 NO PROPORCIONAR INFORME, DOCUMENTO O DATOS EN LOS PLAZOS QUE FIJE ESTA LEY, O CUANDO LO EXIJAN LAS AUTORIDADES COMPETENTES, PRESENTARLO INCOMPLETO O INEXACTO 6.1.3.16.17 PROPORCIONAR ALTERADO O FALSIFICADO EL INFORME, DATOS O DOCUMENTO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR. A TERCEROS: CONCEPTO 6.1.3.16.18 NO PROPORCIONAR AVISO, INFORME, DATOS O DOCUMENTO, O NO EXHIBIRLO EN EL PLAZO FIJADO POR ESTE ORDENAMIENTO, O LAS AUTORIDADES CON APOYO EN SUS FACULTADES; NO ACLARARLO CUANDO LAS MISMAS AUTORIDADES LO SOLICITEN. U.M.A. 50 A 100 50 A 100 50 A 100 50 A 100 150 A 200 U.M.A. 5 A 50 6.1.3.16.19 PRESENTAR ALTERADO O FALSIFICADO EL AVISO, INFORME, DATOS O DOCUMENTO DE QUE SE HABLA EN LA FRACCIÓN ANTERIOR, INCOMPLETO O INEXACTO. 6.1.3.16.20 AUTORIZAR O HACER CONSTAR DOCUMENTO, ASIENTO O DATOS FALSOS, CUANDO ACTÚEN COMO CONTADORES O PERITOS. SI EL PERITO ESTÁ EN EL PADRÓN DE PERITOS Y VALUADORES SE LE CANCELARÁ SU REGISTRO. 150 A 200 150 A 200 6.1.3.16.21 HACER USO ILEGAL DE DOCUMENTO, PLANO O CONSTANCIA EMITIDO POR LAS AUTORIDADES CATASTRALES MUNICIPALES. 150 A 200 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 134 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.3.16.22 EL SERVIDOR PÚBLICO DE LOS GOBIERNOS ESTATALES, MUNICIPALES Y LOS EMPLEADOS DE EMPRESAS PRIVADAS, QUE NO PRESTEN EL APOYO A QUE ESTÁN OBLIGADOS CUANDO SE LES SOLICITE OFICIALMENTE O QUE RINDAN INFORMES FALSOS. PROCEDERÁ LA CLAUSURA CUANDO UNA EDIFICACIÓN, OBRA EN CONSTRUCCIÓN O INSTALACIÓN, SE UTILICE TOTAL O PARCIALMENTE PARA ALGÚN USO DIFERENTE AL AUTORIZADO POR LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. 50 A 100 SECCIÓN QUINTA 6.1.3. DE LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO 60.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN ARTÍCULO LOS PARTICULARES POR FALTAS AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO PARA EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.4.1 PLACAS: CONCEPTO U.M.A. 6.1.4.1.1 FALTA DE UNA O AMBAS PLACAS 6.1.4.1.2 COLOCACIÓN INCORRECTA EN EL EXTERIOR DEL VEHÍCULO 6.1.4.1.3 PORTAR EN EL INTERIOR DEL VEHÍCULO 6.1.4.1.4 IMPEDIR SU VISIBILIDAD 6.1.4.1.5 SUSTITUIR POR PLACAS DECORATIVAS O DE OTRO PAÍS 6.1.4.1.6 CIRCULAR CON PLACAS NO VIGENTES 6.1.4.1.7 CIRCULAR CON PLACAS DE OTRO VEHÍCULO 6.1.4.1.8 USO INDEBIDO DE PLACAS DE DEMOSTRACIÓN 6.1.4.1.9 PRESENTAR ALGÚN DOBLEZ 6.1.4.1.10 MODIFICACIÓN DE LA PLACA 6.1.4.2 CALCOMANÍAS DE VERIFICACIÓN VEHICULAR: CONCEPTO 6.1.4.2.1 NO TENER LA CALCOMANÍA DE VERIFICACIÓN, A EXCEPCIÓN DE VEHÍCULO QUE PORTE PLACAS DE LOS ESTADOS QUE NO CUENTAN CON OBLIGACIÓN DE VERIFICAR 6.1.4.2.2 POR PERIODO DE VERIFICACIÓN FALTANTE 3 3 3 3 3 5 100 3 A 10 3 20 U.M.A. 3 3 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 135 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.3 LICENCIA O PERMISO DE CONDUCIR: CONCEPTO 6.1.4.3.1 FALTA DE LICENCIA O PERMISO PARA CONDUCIR 6.1.4.3.2 PERMITIR EL PROPIETARIO LA CONDUCCIÓN DE SU VEHÍCULO A PERSONA QUE CAREZCA DE PERMISO O LICENCIA DE CONDUCIR 6.1.4.3.3 PERMITIR CONDUCIR UN VEHÍCULO A MENOR DE EDAD SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE 6.1.4.3.4 AMPARARSE CON PERMISO PROVISIONAL PARA CIRCULAR SIN PLACAS, LICENCIA O DOCUMENTOS VENCIDOS 6.1.4.3.5 NEGAR LA ENTREGA DE LICENCIA, PERMISO, PLACA O TARJETA DE CIRCULACIÓN PARA GARANTIZAR EL PAGO DE LA INFRACCIÓN 6.1.4.3.6 AMPARARSE CON LICENCIA DISTINTA A LA EXPEDIDA POR EL ESTADO DE MORELOS AL CONDUCIR VEHÍCULO DEL SERVICIO PÚBLICO LOCAL 6.1.4.3.7 AMPARARSE CON PERMISO PROVISIONAL PARA CIRCULAR VENCIDO 6.1.4.4 LUCES: U.M.A. 10 A 16 10 A 16 40 10 A 16 10 10 A 16 10 A 16 CONCEPTO U.M.A. DE ESTADO EN MAL LÁMPARAS DIRECCIONALES 6.1.4.4.1 FAROS PRINCIPALES DELANTEROS O POSTERIORES EN MAL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO O FUNDIDOS 6.1.4.4.2 FUNCIONAMIENTO O FUNDIDAS 6.1.4.4.3 LÁMPARAS DE FRENO EN MAL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO O FUNDIDAS 6.1.4.4.4 USAR LÁMPARAS O TORRETAS (SIRENAS) EXCLUSIVAS DE VEHÍCULOS POLICÍACOS O DE EMERGENCIA 6.1.4.4.5 UTILIZAR ESTROBOS O LUZ DESTELLANTE EN COLOR BLANCO, VERDE, AMARILLO, ROJO, MORADO, LILA, ÁMBAR, AZUL 6.1.4.4.6 CIRCULAR EN LA NOCHE CON FANALES ENCENDIDOS EN LA PARTE POSTERIOR DEL VEHÍCULO 6.1.4.4.7 CARECER DE LÁMPARAS DEMARCADORAS Y DE IDENTIFICACIÓN EN AUTOBÚS Y CAMIÓN, REMOLQUE, SEMI-REMOLQUE Y CAMIÓN TRACTOR 6 6 6 32 16 7 6 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 136 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.4.8 CARECER DE REFLEJANTES EL AUTOBÚS Y CAMIÓN, REMOLQUE Y SEMI-REMOLQUE, MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y MAQUINARIA AGRÍCOLA 6.1.4.4.9 CIRCULAR EN LA NOCHE CON LAS LUCES APAGADAS 6.1.4.5 FRENOS: CONCEPTO 6.1.4.5.1 ESTAR EN MAL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO CAUSANDO DAÑOS 11 U.M.A. 6 12 6.1.4.5.2 FALTA DE MANÓMETRO EN VEHÍCULOS DE CARGA QUE EMPLEEN AIRE COMPRIMIDO 6.1.4.6 CARECER O ENCONTRARSE EN MAL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS DE LOS VEHÍCULOS: 5 CONCEPTO U.M.A. 6.1.4.6.1 ESPEJOS RETROVISORES 6.1.4.6.2 LIMPIADORES DE PARABRISAS 6.1.4.6.3 UNA O LAS DOS DEFENSAS 6.1.4.6.4 EQUIPO DE EMERGENCIA 6.1.4.6.5 LLANTA DE REFACCIÓN 6.1.4.7 OBSTRUCCIONES DE LA VISIBILIDAD: CONCEPTO 6.1.4.7.1 COLOCAR EN LOS CRISTALES DEL VEHÍCULO RÓTULOS, LEYENDAS, CARTELES U OBJETOS QUE LA OBSTRUYAN 6.1.4.7.2 PINTAR LOS CRISTALES U OBSCURECERLOS DE MANERA QUE SE DIFICULTE LA VISIBILIDAD AL INTERIOR DEL VEHÍCULO 6.1.4.8 CIRCULACIÓN: CONCEPTO 6.1.4.8.1 OBSTRUIRLA 6.1.4.8.2 LLEVAR EN EL VEHÍCULO A MÁS PASAJEROS DE LOS AUTORIZADOS EN LA TARJETA DE CIRCULACIÓN 6.1.4.8.3 CONTAMINAR POR EXPELER HUMO EXCESIVO 6.1.4.8.4 CONDUCIR UN VEHÍCULO CON ORUGA METÁLICA SOBRE LAS CALLES ASFALTADAS 6 6 5 3 2 U.M.A. 10 10 U.M.A. 13 11 11 50 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 137 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.8.5 CIRCULAR SOBRE RAYAS LONGITUDINALES DELIMITANTES DE CARRILES 6.1.4.8.6 CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO 6.1.4.8.7 CONDUCIR VEHÍCULO CON PERSONA, ANIMALES O BULTO ENTRE LOS BRAZOS 6.1.4.8.8 CIRCULAR CON MENOR DE HASTA 8 AÑOS EN LA PARTE DELANTERA DEL VEHÍCULO, EXCEPTO LOS VEHÍCULOS DE CABINA SENCILLA 6.1.4.8.9 POR ARROJAR BASURA EN LA VÍA PÚBLICA 6.1.4.8.10 NO CIRCULAR POR EL CARRIL DERECHO EL AUTO- TRANSPORTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS CON ITINERARIO FIJO Y DE CARGA 6.1.4.8.11 CONDUCIR SOBRE ISLETA, CAMELLÓN, GRAPA, BOYA Y ZONA PROHIBIDA 6.1.4.8.12 MANIOBRAR EN REVERSA POR MÁS DE 20 METROS 6.1.4.8.13 NO INDICAR EL CAMBIO DE DIRECCIÓN 6.1.4.8.14 NO CEDER EL PASO EN ÁREA PEATONAL 6.1.4.8.15 CIRCULAR VEHÍCULO DE CARGA EN ZONA COMERCIAL FUERA DE HORARIO 6.1.4.8.16 DAR VUELTA EN “U” EN LUGAR NO PERMITIDO 6.1.4.8.17 LLEVAR PASAJERO EN SALPICADERA, DEFENSA, ESTRIBO, PUERTA, QUEMACOCOS O FUERA DE LA CABINA EN GENERAL 6.1.4.8.18 REMOLCAR MOTOCICLETA O BICICLETA SUJETO A OTRO VEHÍCULO 6.1.4.8.19 REMOLCAR CUALQUIER TIPO DE VEHÍCULO CON OTRO 6.1.4.8.20 CONDUCIR MOTOCICLETA SIN CASCO O ANTEOJOS PROTECTORES O LLEVAR PASAJERO SIN CASCO 6.1.4.8.21 CONDUCIR VEHÍCULO CON CARGA QUE ESTORBE LA VISIBILIDAD 6.1.4.8.22 CONDUCIR VEHÍCULO CON CARGA QUE CONSTITUYA UN PELIGRO Y PUEDA PROVOCAR DAÑOS O LESIONES 6.1.4.8.23 CONDUCIR VEHÍCULO DE REDILAS Y MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN CON CARGA Y SIN LONA 6.1.4.8.24 CONDUCIR VEHÍCULO CON CARGA Y QUE ÉSTA SE DERRAME EN CALLES, AVENIDAS, VÍA PÚBLICA Y ARROYO VEHICULAR 6.1.4.8.25 NO LLEVAR BANDEROLAS EN EL DÍA O REFLEJANTES O LÁMPARA ROJA EN LA NOCHE, CUANDO LA CARGA SOBRESALGA 6 21 11 11 11 11 11 10 5 11 13 8 17 12 11 11 6 6 6 11 11 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 138 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.8.26 TRANSPORTAR MATERIALES INFLAMABLES O EXPLOSIVOS SIN AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE 6.1.4.8.27 TRASLADAR CADÁVERES SIN EL PERMISO RESPECTIVO EXPEDIDO POR LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE 6.1.4.8.28 NO MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD ENTRE UN VEHÍCULO Y OTRO, DE DIEZ METROS COMO MÍNIMO, PROVOCANDO ACCIDENTE 6.1.4.8.29 POR INVADIR LA ZONA DE PASO PEATONAL 6.1.4.8.30 POR CAUSAR PELIGRO A TERCEROS AL ENTRAR A UN CRUCERO CON LA LUZ EN ÁMBAR DEL SEMÁFORO 6.1.4.8.31 POR INVADIR EL CARRIL CONTRARIO DE CIRCULACIÓN 6.1.4.8.32 POR CARGAR Y DESCARGAR FUERA DEL HORARIO O DEL ÁREA AUTORIZADA: 6.1.4.8.32.1 DENTRO DEL CENTRO HISTÓRICO 6.1.4.8.32.2 FUERA DEL CENTRO HISTÓRICO 6.1.4.8.33 NO CEDER EL PASO A VEHÍCULO DE EMERGENCIA CON SISTEMAS ENCENDIDOS 6.1.4.8.34 DARSE A LA FUGA DESPUÉS DE HABERLE INDICADO HACER ALTO UN AGENTE DE TRÁNSITO 6.1.4.8.35 DARSE A LA FUGA DESPUÉS DE HABER PROVOCADO UN ACCIDENTE 6.1.4.8.36 POR NO HACER USO DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD LOS OCUPANTES DE LOS ASIENTOS DELANTEROS, TRATÁNDOSE DE AUTOMÓVIL Y CAMIÓN DE USO PARTICULAR, ASÍ COMO EL VEHÍCULO DESTINADO AL TRANSPORTE DE CARGA Y PASAJEROS QUE TRANSITEN EN LAS VÍAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO 6.1.4.8.37 POR CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DE ALCOHOL Y NARCÓTICOS U OTRAS SUSTANCIAS TÓXICAS. EN CASO DE QUE CAUSEN DAÑO O LESIÓN A TERCERO LA MULTA SE DUPLICARÁ, ASI TAMBIÉN EN CASO DE OPERATIVO LA MULTA SE APLICARÁ 6.1.4.8.38 PERMITIR QUE LOS OCUPANTES EMBRIAGANTES DENTRO Y SOBRE EL VEHÍCULO 6.1.4.8.39 FALTA DE PRECAUCIÓN AL ENTRAR O SALIR DE COCHERA O ESTACIONAMIENTO 6.1.4.8.40 NO RESPETAR LA PREFERENCIA DEL PASO AL VEHÍCULO QUE PROCEDE DEL LADO DERECHO UNO POR UNO 6.1.4.8.41 NO RESPETAR LA PREFERENCIA A VEHÍCULO QUE CIRCULA SOBRE GLORIETA INGIERAN BEBIDAS 100 100 4 6 6 11 20 8 14 16 32 10 55 A 70 15 6 11 11 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 139 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ACCIDENTE O ENTORPECIENDO 6.1.4.8.42 TRANSITAR CON VEHICULO EN MALAS CONDICIONES MECANICAS CAUSANDO LA CIRCULACION 6.1.4.8.43 FALTA DE PRECAUCIÓN AL MANEJAR, CAUSANDO LESIÓN A TERCERO 6.1.4.8.44 FALTA DE PRECAUCIÓN PARA MANEJAR Y OCASIONAR UN ACCIDENTE 6.1.4.8.45 FALLECIMIENTO A TERCERO 6.1.4.8.46 CIRCULAR CON VEHÍCULO DE CARGA CON CAPACIDAD DE HASTA 3.5 TONELADAS EN CALLES Y AVENIDAS CON SEÑALAMIENTO RESTRICTIVO 6.1.4.8.47 CIRCULAR VEHICULO CON EXCESO DE DIMENSIONES REGLAMENTARIAS FALTA DE PRECAUCION AL MANEJAR, CAUSANDO 6.1.4.8.48 POR HACER USO DEL TELÉFONO CELULAR, RADIO O CUALQUIER EQUIPO DE COMUNICACIÓN MÓVIL O ENVIAR MENSAJE DE TEXTO MIENTRAS CONDUCE. 6.1.4.8.49 POR HACER ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJE FUERA DE PARADA O DEL LUGAR SEÑALADO PARA ELLO 6.1.4.8.50 NO CONSERVAR SU CARRIL DE CIRCULACIÓN 6.1.4.8.51 CIRCULAR CON PUERTA ABIERTA 6.1.4.8.52 FALTA DE PRECAUCIÓN AL DAR VUELTA A LA IZQUIERDA Y NO CEDER PASO A VEHÍCULO QUE CIRCULA DE FRENTE 6.1.4.8.53 FALTA DE PRECAUCIÓN AL ABRIR Y CERRAR PUERTA OCASIONANDO ACCIDENTE 6.1.4.8.54 EL QUE REALICE MANIOBRA DE ADELANTAMIENTO EN UNA ZONA DE INTERSECCIÓN O PASO PEATONAL MARCADO O NO 6.1.4.8.55 NO CEDER EL PASO A UN VEHÍCULO EN VÍA CONSIDERADA PREFERENCIAL 6.1.4.8.56 EL CONDUCTOR DE MOTOCICLETA Y BICICLETA QUE TRANSITE EN FORMA PARALELA Y REBASE SIN CUMPLIR LAS NORMAS PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO VIGENTE DE CUERNAVACA 6.1.4.8.57 EL CONDUCTOR DE MOTOCICLETA Y BICICLETA QUE TRANSITE SOBRE LA ACERA Y ÁREA DESTINADA AL USO EXCLUSIVO DE PEATONES 6.1.4.8.58 POR NO CONTAR EN BUENAS CONDICIONES LOS NEUMÁTICOS 6 50 30 100 10 6 6 17 16 17 8 9 25 25 15 17 10 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 140 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.8.59 POR HACER ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJERO, EL VEHÍCULO DE TRANSPORTE FEDERAL, FUERA DE SUS TERMINALES 6.1.4.8.60 POR NO CONTAR EL VEHÍCULO CON SUSPENSIÓN Y/O FLECHA CARDAN EN BUENAS CONDICIONES CAUSANDO ACCIDENTE O ENTORPECIENDO LA CIRCULACIÓN 6.1.4.9 ESTACIONAMIENTO: 16 10 CONCEPTO U.M.A. 6.1.4.9.1 EN LUGAR PROHIBIDO SEÑALADO CON GUARNICIÓN COLOR ROJA 6.1.4.9.2 ANTES Y DESPUÉS DE 30 METROS EN LUGAR PROHIBIDO CON SEÑALAMIENTO VERTICAL 6.1.4.9.3 EN FORMA INCORRECTA EN SENTIDO OPUESTO A LA CIRCULACIÓN: 6.1.4.9.4 NO SEÑALAR O ADVERTIR DE OBSTÁCULOS O VEHÍCULOS ESTACIONADOS EN LA VÍA DE RODAMIENTO: 6.1.4.9.5 POR NO RESPETAR LOS LÍMITES DE ESTACIONAMIENTO EN UNA INTERSECCIÓN 6.1.4.9.6 EN ZONA DE ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS DE VEHÍCULO DEL SERVICIO PÚBLICO 6.1.4.9.7 FRENTE A ENTRADA DE VEHÍCULO 6.1.4.9.8 EN CARRIL DE ALTA VELOCIDAD 6.1.4.9.9 SOBRE LA BANQUETA 6.1.4.9.10 SOBRE ALGÚN PUENTE 6.1.4.9.11 EN DOBLE FILA 6.1.4.9.12 EFECTUAR REPARACIONES EN LA VÍA PÚBLICA QUE NO SEAN DE EMERGENCIA, POR VEHÍCULO 6.1.4.9.13 POR ESTACIONARSE FUERA DE SU TERMINAL Y/O BASE EL VEHÍCULO DE TRANSPORTE PÚBLICO FORÁNEO DE PASAJEROS O DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS CON ITINERARIO FIJO, ASÍ COMO DEL TRANSPORTE PÚBLICO SIN ITINERARIO FIJO (TAXI) FUERA DE UNA TERMINAL, EN HORARIO NO PERMITIDO O EN ZONA RESTRINGIDA O QUE CAREZCAN DEL PERMISO Y/O AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. 6 6 8 10 8 12 8 8 11 9 15 11 10 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 141 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 16.1.4.9.14 POR ESTACIONARSE EN LUGAR EXCLUSIVO PARA PERSONA CON DISCAPACIDAD, SI NO CUENTAN CON LA PLACA QUE LES OTORGA EL DERECHO, O SI NO ES ACOMPAÑADO POR LA PERSONA. O BIEN, OBSTRUIR EL ACCESO A RAMPA PARA DISCAPACITADOS 16.1.4.9.15 ABANDONO DE VEHÍCULO EN LA VÍA PÚBLICA: 6.1.4.9.15.1 POR ACCIDENTE 6.1.4.9.15.2 POR ABANDONO DE MÁS DE 24 HORAS, EXCEPTO CUANDO EXISTA AVERIGUACIÓN PREVIA 6.1.4.9.16 ESTACIONARSE EN PENDIENTE SIN APLICAR FRENO DE MANO Y LLANTAS DIRIGIDAS A LA GUARNICIÓN 6.1.4.9.17 ESTACIONARSE SOBRE ISLETA, CAMELLÓN, GRAPA, BOYA Y ZONA PROHIBIDA 6.1.4.9.18 ESTACIONARSE SOBRE SEÑALAMIENTO DE PASO PEATONAL 6.1.4.9.19 A MENOS DE 10 METROS DE ESQUINA 6.1.4.9.20 FRENTE A BANCO, ENTRADA DE ESCUELA, HOSPITAL, IGLESIA Y OTROS CENTROS DE REUNIÓN 6.1.4.9.21 A MENOS DE 150 METROS DE CURVA O CIMA 6.1.4.10 VELOCIDAD: 15 10 5 9 11 11 7 8 8 CONCEPTO U.M.A. 6.1.4.10.1 CIRCULAR A MÁS VELOCIDAD DE LA PERMITIDA: 40 KILÓMETROS POR HORA EN ZONA URBANA 6.1.4.10.2 CIRCULAR A MÁS VELOCIDAD DE LA PERMITIDA: 20 KILÓMETROS POR HORA EN CRUCERO, FRENTE A LUGAR DE CONSTANTE AFLUENCIA PEATONAL (ESCUELA, HOSPITAL, ASILO, ALBERGUE, CASA HOGAR, ETC.) 6.1.4.10.3 CIRCULAR A TAN BAJA VELOCIDAD QUE OBSTRUYA EL TRÁFICO O QUE REPRESENTE UN PELIGRO PARA EL TRÁNSITO 6.1.4.11 REBASAR: 6.1.4.11.1 A OTRO VEHÍCULO EN ZONA PROHIBIDA CON SEÑAL 6.1.4.11.2 EN ZONA DE PEATONES CONCEPTO 6.1.4.11.3 A OTRO VEHÍCULO QUE CIRCULE A VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA 6.1.4.11.4 POR LA DERECHA EN LOS CASOS NO PERMITIDOS 21 21 7 U.M.A. 6 10 15 12 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 142 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.12 RUIDO: CONCEPTO 6.1.4.12.1 USAR CLAXON O BOCINA CERCA DE HOSPITAL, SANATORIO, CENTRO DE SALUD, ESCUELA, IGLESIA, EN LUGAR PROHIBIDO, CENTRO HISTÓRICO O INNECESARIAMENTE 6.1.4.12.2 PRODUCIRLO DELIBERADAMENTE CON EL ESCAPE 6.1.4.12.3 USAR EQUIPO DE RADIO O ESTEREOFONÍA A VOLUMEN EXCESIVO 6.1.4.13 SEÑAL DE ALTO: CONCEPTO 6.1.4.13.1 NO HACER ALTO AL CRUZAR O ENTRAR A VÍA CON PREFERENCIA DE PASO 6.1.4.13.2 NO ACATAR LA SEÑAL DE ALTO CUANDO LO INDIQUE UN AGENTE DE TRÁNSITO O SEMÁFORO 6.1.4.13.3 NO RESPETAR EL SEÑALAMIENTO DE ALTO EN LETRERO 6.1.4.14 DOCUMENTOS DEL VEHÍCULO: CONCEPTO 6.1.4.14.1 PORTAR DOCUMENTOS ALTERADOS Y/O APÓCRIFOS, CON INDEPENDENCIA DE HACERLO DEL CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO PÚBLICO. 6.1.4.14.2 TRANSITAR SIN TARJETA DE CIRCULACIÓN 6.1.4.14.3 TRANSITAR CON TARJETA DE CIRCULACIÓN NO VIGENTE O PERMISO PARA CIRCULAR VENCIDO 6.1.4.14.4 TRANSITAR SIN TARJETA DE CIRCULACIÓN ORIGINAL 6.1.4.15 CAMBIAR DE MOTOR, CHASIS O CARROCERÍA: U.M.A. 9 10 10 U.M.A. 12 12 12 U.M.A. 100 16 10 11 CONCEPTO U.M.A. 6.1.4.15.1 SIN MANIFESTARLO A LA DEPENDENCIA COMPETENTE CUANDO ESTO IMPLIQUE CAMBIO DE NUMERACIÓN 6.1.4.16 POR CARECER DE PERMISO Y/O AUTORIZACIÓN DE APOYO VIAL 100 CONCEPTO U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 143 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.4.16.1 POR CARECER DE PERMISO Y/O AUTORIZACIÓN DE APOYO VIAL PARA LLEVAR A CABO CARAVANA COMERCIAL, DESFILE, EVENTO DEPORTIVO O SIMILARES, ENTORPECIENDO LA VIALIDAD 6.1.4.17 POR FALTAR EL RESPETO A LA AUTORIDAD DE TRÁNSITO, REPRESENTANTES Y AUXILIARES: 50 CONCEPTO 6.1.4.17.1 AGREDIR VERBAL Y FÍSICAMENTE A LA AUTORIDAD DE TRÁNSITO, REPRESENTANTE Y AUXILIAR 6.1.5 DE LAS INFRACCIONES DE PROTECCIÓN CIVIL SECCIÓN SEXTA U.M.A. 5 ARTÍCULO 61.- LAS MULTAS POR FALTAS AL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: CONCEPTO U.M.A. Y DE SEGURIDAD SOLICITADAS MEDIDAS REQUERIDAS OBLIGATORIAMENTE DE ACUERDO A LAS NORMAS Y REGLAMENTOS APLICABLES AL SISTEMA DE COMBATE A INCENDIOS: 6.1.5.1 EXTINTORES (CONSULTAR NORMA 154): 6.1.5.1.1 FALTA DE EXTINTOR 6.1.5.1.2 FALTA DE ETIQUETA DE VIGENCIA 6.1.5.1.3 DESPRESURIZADO 6.1.5.1.4 CADUCADO 6.1.5.1.5 MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO 6.1.5.1.6 DESCARGADO 6.1.5.1.7 FALTA DE SEGURO 6.1.5.1.8 SEGURO NO SUJETO 6.1.5.1.9 FALTA DE EQUIPO DE BOMBERO 6.1.5.1.10 EQUIPO DE BOMBERO INCOMPLETO 6.1.5.1.11 EQUIPO DE BOMBERO DAÑADO 6.1.5.1.12 EQUIPO DE BOMBERO EN MAL ESTADO 6.1.5.1.13 FALTA DE ARENERO 6.1.5.1.14 FALTA DE EXTINTOR TIPO CARRETILLA 6.1.5.1.15 FALTA DE PALA ANTI CHISPA 25 3 12 10 3 10 3 3 50 25 25 20 15 40 28 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 144 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.5.2 HIDRANTE 6.1.5.2.1 FALTA DE HIDRANTE 6.1.5.2.2 FALTA DE PITÓN 6.1.5.2.3 POR NO ESTAR CONECTADO EL HIDRANTE Y/O MANGUERA 6.1.5.2.4 ESPESOR DE VIDRIO 3 MILÍMETROS 6.1.5.2.5 FALTA DE LLAVE DE NARIZ 6.1.5.2.6 FALTA DE MANÓMETRO DE PRESIÓN 6.1.5.2.7 EN OPERACIÓN NO MANTENER PRESIÓN DE 7 KILOS POR CENTÍMETRO CUADRADO 6.1.5.2.8 POR NO IDENTIFICAR TUBERÍA DEL COLOR ROJO 6.1.5.2.9 CON FUGA DE AGUA 6.1.5.210 POR MANGUERA DAÑADA 6.1.5.2.11 NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO A HIDRANTE 6.1.5.3 CISTERNA CONTRA INCENDIO: 6.1.5.3.1 ENCONTRARSE CON MENOS DEL 80 POR CIENTO DE SU CAPACIDAD 6.1.5.3.2 NO CONTAR CON CISTERNA CONTRA INCENDIO 6.1.5.4 CUARTO DE BOMBA: 6.1.5.4.1 NO CONTAR CON BOMBA ELÉCTRICA 6.1.5.4.2 BOMBA ELÉCTRICA NO OPERABLE 6.1.5.4.3 NO CONTAR CON BOMBA DE COMBUSTIÓN 6.1.5.4.4 BOMBA DE COMBUSTIÓN INTERNA NO OPERABLE 6.1.5.4.5 MANEJO DE PRUEBA AUTOMÁTICA 6.1.5.4.6 MANEJO DE PRUEBA MANUAL 6.1.5.4.7 MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO 6.1.5.4.8 NO CONTAR CON MANÓMETRO DE PRESIÓN 6.1.5.4.9 EN OPERACIÓN PRESIÓN MÍNIMA DE 7 KILOGRAMOS POR CENTÍMETRO CUADRADO 6.1.5.5 COMPLEMENTARIO: 6.1.5.5.1 FOTOELÉCTRICOS/TÉRMICOS 6.1.5.5.2 SENSORES DE HUMO NO OPERABLES 6.1.5.5.3 NO CONTAR LAS SUPERFICIES COMBUSTIBLES CON RETARDANTE AL FUEGO O SU APLICACIÓN, (ALFOMBRA, LONA, MADERA, PALAPA Y OTROS) 6.1.5.6 DOCUMENTOS: SENSORES CONTAR HUMO, CON NO DE 50 18 8 5 7 30 50 27 17 27 11 100 A 102 100 A 102 50 A 70 50 A 70 50 A 70 50 A 70 27 27 27 27 100 A 102 17 17 27 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 145 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original Y DE INCENDIO SOLICITADA SEGURIDAD 6.1.5.6.1 NO CONTAR CON PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE BOMBA DE COMBUSTIÓN INTERNA, ELÉCTRICA 6.1.5.6.2 NO CONTAR CON CÁLCULO HIDRÁULICO DEL SISTEMA CONTRA INCENDIO 6.1.5.6.3 CÁLCULO HIDRÁULICO DEL SISTEMA CONTRA INCOMPLETO O MAL CALCULADO 6.1.5.6.4 NO CONTAR CON CERTIFICACIÓN DE LOS EXTINTORES 6.1.5.6.5 NO CONTAR CON LA GARANTÍA, CARACTERÍSTICAS, FACTURA DE APLICACIÓN DE RETARDANTE AL FUEGO 6.1.5.6.6 NO CONTAR CON LA CARTA RESPONSIVA DE LOS SENSORES DE HUMO MEDIDAS REQUERIDA OBLIGATORIAMENTE DE ACUERDO A LAS NORMAS Y REGLAMENTOS APLICABLES 6.1.5.7. BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS: 6.1.5.7.1 INCOMPLETO 6.1.5.7.2 INEXISTENTE 6.1.5.7.3 OBSOLETO 6.1.5.7.4 NO CONTAR CON CAMILLA 6.1.5.7.5 NO CONTAR CON BOTIQUÍN MÓVIL 6.1.5.8 SEÑALIZACIÓN: 6.1.5.8.1 DAÑADA 6.1.5.8.2 NO VISIBLE 6.1.5.8.3 NO CONFORME A COLORES DE NORMA 6.1.5.8.4 NO TENER CONTINUIDAD LA RUTA DE EVACUACIÓN 6.1.5.8.5 RUTA DE EVACUACIÓN INCOMPLETA 6.1.5.8.6 FALTA DE SEÑALIZACIÓN RUTA DE EVACUACIÓN 6.1.5.8.7 FALTA DE SEÑALIZACIÓN SISMO E INCENDIO 6.1.5.8.8 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE BOTIQUÍN 6.1.5.8.9 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE PUNTO DE REUNIÓN 6.1.5.8.10 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE EXTINTOR 6.1.5.8.11 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE NO FUMAR 6.1.5.8.12 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE ZONA RESTRINGIDA 6.1.5.8.13 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE PROHIBIDO EL PASO 6.1.5.8.14 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE UTILIZACIÓN DE EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL 6.1.5.8.15 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE PELIGRO ALTO VOLTAJE 6.1.5.8.16 FALTA DE CÓDIGO DE COLORES 11 75 A 85 75 A 85 6 21 22 10 21 15 21 12 3 5 6 7 7 6 6 5 7 6 6 6 6 6 5 17 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 146 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.5.8.17 FALTA DE SEÑALIZACIÓN SALIDA DE EMERGENCIA 6.1.5.8.18 FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE HIDRANTE 6.1.5.9 INSTALACIÓN ELÉCTRICA: 6.1.5.9.1 VISIBLE 6.1.5.9.2 PARCIALMENTE OCULTA 6.1.5.9.3 SIN AISLAR CONEXIONES 6.1.5.9.4 SIN TAPAS DE REGISTROS DE CONEXIONES 6.1.5.9.5 SIN TAPAS EN LOS INTERRUPTORES DE SEGURIDAD 6.1.5.9.6 SIN TAPAS EN LOS INTERRUPTORES TERMO MAGNÉTICOS 6.1.5.9.7 CON UNA SEPARACIÓN MENOR DE 30 CENTÍMETROS CON INSTALACIÓN DE GAS L.P. 6.1.5.9.8 QUE NO SEA A PRUEBA DE EXPLOSIÓN 6.1.5.9.9 FALTA DE EMPAQUE ANTI EXPLOSIÓN 6.1.5.9.10 FALTA DE TAPÓN ANTI EXPLOSIÓN 6.1.5.9.11 EN SUBESTACIONES ELÉCTRICAS NO CONTAR CON TAPETE DIELÉCTRICO 6.1.5.9.12 NO CONTAR CON PLANTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA 6.1.5.9.13 NO CONTAR CON DIQUE DE CONTENCIÓN PARA EL LÍQUIDO INFLAMABLE DE PLANTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA 6.1.5.9.14 DIQUE DE CONTENCIÓN NO CALCULADO PARA CAPTAR EL 100% DEL LÍQUIDO INFLAMABLE QUE PUDIERA DERRAMARSE 6.1.5.9.15 PLANTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA NO ATERRIZADA 6.1.5.9.16 NO CONTAR CON LÁMPARAS DE EMERGENCIA 6.1.5.10 TIERRA FÍSICA 6.1.5.10.1 NO CONTAR CON TIERRA FÍSICA DEPÓSITOS Y/O RECIPIENTES YA SEAN LÍQUIDOS O GASES INFLAMABLES 6.1.5.10.2 TENER CONECTOR SUCIO 6.1.5.10.3 NO COLOCAR VARILLA COPERWELD 6.1.5.10.4 NO CONTAR CON EL CONECTOR ADECUADO 6.1.5.11 DOCUMENTOS: 6.1.5.11.1 REPORTE DE MEDICIÓN Y REGISTRO DE MEDICIONES TIERRAS FÍSICAS 6.1.5.11.2 COPIA DEL CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN DEL EQUIPO (MEYER) TIERRAS FÍSICAS 6.1.5.11.3 REPORTE TÉCNICO DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA ILUMINACIÓN DE 7 7 17 12 22 22 22 22 30 75 A 85 27 26 100 A 202 75 A 85 50 A 52 50 A 52 30 50 25 25 25 25 17 17 27 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 147 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original Y DE SEGURIDAD SOLICITADA 6.1.5.11.4 DICTAMEN TÉCNICO DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA POR UNIDAD VERIFICADORA CERTIFICADA ANTE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA MEDIDA REQUERIDA OBLIGATORIAMENTE DE ACUERDO A LAS NORMAS Y REGLAMENTOS APLICABLES: INSTALACIÓN Y RECIPIENTE SUJETO A PRESIÓN 6.1.5.12. INSTALACIONES DE GAS L.P. 6.1.5.12.1 CONTAR CON MANGUERA PLÁSTICA 6.1.5.12.2 NO CONTAR CON REGULADOR 6.1.5.12.3 NO CONTAR CON REGULADOR DE ALTA PRESIÓN 6.1.5.12.4 CON FUGAS DE GAS L.P. 6.1.5.12.5 CON FUGAS Y DERRAME DE MERCAPTANO 6.1.5.12.6 NO CONTAR CON VÁLVULAS DE CORTE 6.1.5.12.7 NO CONTAR CON MANGUERA DE NEOPRENO O INSTALACIÓN DE COBRE 6.1.5.12.8 MANGUERA DE NEOPRENO DAÑADA 6.1.5.12.9 SIN IDENTIFICAR DE COLOR AMARILLO INSTALACIÓN DE COBRE 6.1.5.12.10 SEPARACIÓN MENOR DE 30 CENTÍMETROS CON LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA 6.1.5.13 RECIPIENTE DE GAS L.P. (CILINDROS DE 10, 20, 30, 45, KILOS, TANQUE ESTACIONARIO, OTROS.) 6.1.5.13.1 EN MAL ESTADO 6.1.5.13.2 TANQUE ESTACIONARIO CADUCADO 6.1.5.13.3 NO CONTAR CON ETIQUETA DE RIESGO Y NOMBRE DE PRODUCTO TANQUE ESTACIONARIO 6.1.5.13.4 VÁLVULAS CADUCADAS 6.1.5.13.5 VÁLVULAS DETERIORADAS 6.1.5.13.6 CON FUGA Y DERRAME DE MERCAPTANO 6.1.5.13.7 MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO, TANQUE ESTACIONARIO 6.1.5.13.8 NO ATERRIZADO, TANQUE ESTACIONARIO 6.1.5.14 RECIPIENTE SUJETO A PRESIÓN CALDERA 6.1.5.14.1 MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO 6.1.5.14.2 MANÓMETRO INEXISTENTE 6.1.5.15 DOCUMENTOS: 6.1.5.15.1 NO CONTAR CON DICTAMEN TÉCNICO DE LA INSTALACIÓN DE GAS L.P. Y TANQUE ESTACIONARIO POR UNIDAD VERIFICADORA 75 12 17 22 50 A 52 50 A 52 7 12 12 7 30 25 A 35 50 A 52 12 17 17 75 7 27 17 27 50 A 52 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 148 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original PELIGROSOS ALMACENAMIENTO DE MATERIALES 6.1.5.15.2 NO CONTAR CON HOJAS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS ALMACENADOS 6.1.5.15.3 NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DE CALDERA 6.1.5.15.4 NO CONTAR CON MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DE CALDERA 6.1.5.16 ALMACENAMIENTO DE MATERIALES PELIGROSOS: 6.1.5.16.1 CLANDESTINAMENTE 6.1.5.16.2 NO CUMPLIR CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD BÁSICAS PARA SU ALMACENAMIENTO 6.1.5.16.3 DERRAME O FUGA DE MATERIAL PELIGROSO EN GRANDES CANTIDADES 6.1.5.16.4 NO PROPORCIONAR AL PERSONAL EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO 6.1.5.16.5 NO CONTAR CON KIT DE EMERGENCIAS 6.1.5.17 DOCUMENTOS DE MATERIALES PELIGROSOS: 6.1.5.17.1 NO CONTAR CON HOJAS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS ALMACENADOS 6.1.5.17.2 NO CONTAR CON LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL EN CASO DE DERRAME Y/O FUGA DE MATERIAL PELIGROSO 6.1.5.17.3 NO TENER EL MANIFIESTO DE ENTREGA RECEPCIÓN DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS 6.1.5.17.4 NO TENER EL CERTIFICADO DE LIMPIEZA ECOLÓGICA EN CASO DE DERRAME DE MATERIAL PELIGROSO MEDIDAS REQUERIDA OBLIGATORIAMENTE DE ACUERDO A LAS NORMAS Y REGLAMENTOS APLICABLES: 6.1.5.18. TAPANCOS Y REGULARIZACIONES 6.1.5.18.1 EN MAL ESTADO, CONDICIONES INSEGURAS 6.1.5.18.2 NO PROPORCIONAR EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO EN CONSTRUCCIÓN CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES, ESTRUCTURAS, SOLICITADA SEGURIDAD DE Y 7 12 7 100 A 300 100 A 150 100 A 150 100 A 150 75 7 50 A 52 27 50 A 52 75 A 85 100 A 120 6.1.5.18.3 NO UTILIZACIÓN DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO EN CONSTRUCCIONES 75 A 85 6.1.5.18.4 ACCIONES INSEGURAS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN, OCASIONADO POR CONDICIONES INSEGURAS 100 A 120 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 149 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.5.18.5 EDIFICACIÓN CON EXCESO DE PESO DE ACUERDO AL CÁLCULO ESTRUCTURAL 100 A 150 6.1.5.19 DOCUMENTOS DE PROYECTO: 6.1.5.19.1 NO CONTAR CON MEMORIA DE CÁLCULO ESTRUCTURAL (TECHUMBRES) 6.1.5.19.2 NO CONTAR CON MEMORIAS DESCRIPTIVAS 6.1.5.19.3 NO CONTAR CON PLANOS DEL PROYECTO 6.1.5.19.4 NO CONTAR CON PLANOS ARQUITECTÓNICOS 6.1.5.19.5 NO CONTAR CON PLANO DE DESCARGA DE AGUAS PLUVIALES 6.1.5.19.6 NO CONTAR CON MEMORIA DE CÁLCULO DE DESCARGA DE AGUAS PLUVIALES 6.1.5.19.7 NO CONTAR CON CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA 30 12 12 12 12 12 12 6.1.5.19.8 NO CONTAR CON LICENCIA DE USO DE SUELO 6.1.5.19.9 NO CONTAR CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN 6.1.5.19.10 NO CONTAR CON FACTIBILIDAD DE CONEXIÓN AL DRENAJE 6.1.5.19.11 NO CONTAR CON PERMISO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (EN CASO DE INVADIR ZONA FEDERAL) 6.1.5.19.12 NO CONTAR CON CONSTANCIA DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL 6.1.5.19.13 NO CONTAR CON MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA PUERTA DE SEGURIDAD 6.1.5.19.14 NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DE VENTILADOR DE TECHO 6.1.5.19.15 NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DEL AIRE ACONDICIONADO 6.1.5.19.16 NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DE ELEVADOR 6.1.5.19.17 NO CONTAR CON RESPONSIVA TÉCNICA DE INSTALACIÓN DE VENTILADOR DE TECHO 6.1.5.19.18 NO CONTAR CON PELÍCULA ANTIASTILLANTE EN VIDRIOS 6.1.5.20 ANTENAS, ANUNCIOS ESPECTACULARES Y CONSTRUCCIONES (PARTES ALTAS): 6.1.5.20.1 EN MAL ESTADO 6.1.5.20.2 NO PROPORCIONAR EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO 25 A 30 25 A 30 12 27 32 50 A 70 50 A 70 50 50 A 70 32 45 EXENTO 45 100 A 102 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 150 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INSEGURAS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN 6.1.5.20.3 NO UTILIZACIÓN DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO EN CONSTRUCCIONES 6.1.5.20.4 ACCIONES OCASIONADO POR CONDICIONES INSEGURAS 6.1.5.20.5 MAL ANCLADAS A ZAPATAS 6.1.5.20.6 TENSORES INCORRECTOS 6.1.5.20.7 NO CONTAR CON SISTEMA DE PARARRAYOS (ANTENA) 6.1.5.20.8 FALTA DE TORNILLERÍA 6.1.5.20.9 DAÑOS ESTRUCTURALES EN SUELO O SEGUNDO NIVEL DE EDIFICACIÓN 6.1.5.20.10 FALTA DE TENSORES 6.1.5.21 DOCUMENTOS DE ANTENAS, ANUNCIOS, ESPECTACULARES Y CONSTRUCCIONES (PARTES ALTAS) 6.1.5.21.1 CARECER DE MEMORIAS DE CÁLCULO ESTRUCTURAL 6.1.5.21.2 CARECER DE PLANOS ARQUITECTÓNICOS 6.1.5.21.3 NO PRESENTAR LICENCIA DE USO DE SUELO 6.1.5.21.4 NO PRESENTAR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN 6.1.5.21.5 NO PRESENTAR PERMISO AERONÁUTICA CIVIL (ANTENAS) MEDIDA DE SEGURIDAD SOLICITADA Y REQUERIDA OBLIGATORIAMENTE DE ACUERDO A LA NORMA OFICIAL MEXICANA Y REGLAMENTO APLICABLE 6.1.5.22. ALMACENAMIENTO Y RECIPIENTE LÍQUIDO INFLAMABLE CON MÁS DE 1,000 LITROS DE CAPACIDAD EN GASOLINERA: 6.1.5.22.1 NO CONTAR CON PRUEBAS DE HERMETICIDAD VIGENTES 6.1.5.22.2 NO CONTAR CON PRUEBAS DE HERMETICIDAD POR UNIDAD VERIFICADORA 6.1.5.22.3. NO CONTAR CON ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 6.1.5.22.4 NO CONTAR CON DIAGRAMA DE DISPERSIÓN 6.1.5.22.5 EMPAQUES INCOMPLETOS DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA ANTI EXPLOSIÓN 6.1.5.22.6 NO CONTAR CON SISTEMA DE VENTEO 6.1.5.22.7 NO CONTAR CON TIERRA FÍSICA 6.1.5.22.8 ESPACIOS ANULARES HÚMEDOS 6.1.5.22.9 POZO DE OBSERVACIÓN HÚMEDO O CON PRODUCTO 6.1.5.22.10 VÁLVULA DE CORTE MANUAL INOPERABLE 6.1.5.22.11 SISTEMA DE MONITOREO INOPERABLE 80 100 A 102 50 A 70 27 75 A 85 27 32 70 32 12 27 27 22 50 50 50 50 27 27 27 17 17 27 100 A 102 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 151 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.5.22.12 LA FALTA DE MANTENIMIENTO DE ALGUNA VÁLVULA, SEGURO, TAPA, OTROS (NO ACCESIBLES PARA VERIFICACIÓN) 6.1.5.23 DISPENSARIOS: 6.1.5.23.1 VÁLVULAS DE CORTE MANUAL INOPERABLES 6.1.5.23.2 VÁLVULA SHOT OFF EN MAL ESTADO 6.1.5.23.3 LAGRIMEO, SUDADO O FUGA 6.1.5.23.4 SISTEMA PARO DE EMERGENCIA INOPERABLE 6.1.5.23.5 FALTA DE TIERRA FÍSICA 6.1.5.23.6 SISTEMA DE MONITOREO INOPERABLE 6.1.5.23.7 EMPAQUES INCOMPLETOS 6.1.5.23.8 FALTA DE TAPAS Y TAPONES DE CONEXIONES ANTI EXPLOSIÓN 6.1.5.23.9 MANGUERA EN MAL ESTADO 6.1.5.23.10 ABASTECER COMBUSTIBLE CON PASAJEROS 6.1.5.24 DOCUMENTACIÓN PROGRAMA DE SEGURIDAD EMERGENCIA Y EVALUACIÓN: 6.1.5.24.1 PLAN DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN INCOMPLETO 6.1.5.24.2 PROGRAMA INTERNO DE EMERGENCIA INEXISTENTE 6.1.5.24.3 PROGRAMA DE SIMULACROS INCOMPLETO 6.1.5.24.4 PROGRAMA DE SIMULACROS INEXISTENTE 6.1.5.24.5 LA NO REALIZACIÓN DE UN SIMULACRO DE ACUERDO AL PROGRAMA 6.1.5.24.6 LA SUSPENSIÓN DE UN SIMULACRO SIN PREVIO AVISO 6.1.5.24.7 LA NO APROBACIÓN DE UN SIMULACRO 6.1.5.24.8 BRIGADA INEXISTENTE 6.1.5.24.9 BRIGADA INCOMPLETA 6.1.5.25 NO TENER LA CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN: 6.1.5.25.1 DE COMBATE A INCENDIO 6.1.5.25.2 DE USO Y MANEJO DE EXTINTOR 6.1.5.25.3 DE PRIMEROS AUXILIOS 6.1.5.26 REQUISITOS EN GENERAL: 6.1.5.26.1 SALIDA DE EMERGENCIA OBSTRUIDA 6.1.5.26.2 ALMACENAMIENTO DE MATERIAL INFLAMABLE EN ÁREA NO ADECUADA 6.1.5.26.3 LUGAR LABORAL CON VENTILACIÓN INADECUADA 6.1.5.26.4 FALTA DE MANTENIMIENTO A CAMPANA EXTRACTORA DE AIRE CALIENTE (GRASAS COCINAS) 27 27 27 50 50 27 70 27 27 50 A 52 100 A 500 12 27 12 27 50 A 70 50 A 70 50 A 70 25 12 12 7 12 100 A 200 25 55 27 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 152 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INCENDIO PUNTO DE REUNION OBSTRUIDO O CUALQUIER 6.1.5.26.5 LA FALTA DE FILTROS DE CAMPANAS EXTRACTORAS DE AIRE CALIENTE (GRASAS COCINA) 6.1.5.26.6 SEÑALIZACION 6.1.5.26.7 EQUIPO CONTRA INCENDIO OBSTRUIDO 6.1.5.26.8 OCASIONAR ALGÚN RIESGO QUE PONGA EN PELIGRO, LA VIDA DE LAS PERSONAS, LOS BIENES, EL ENTORNO ECOLÓGICO 6.1.5.26.9 LA NEGLIGENCIA POR EL TRASVASADO DE ALGÚN MATERIAL PELIGROSO 6.1.5.26.10 EN CASO DE QUE EL PISO NO SEA ANTIDERRAPANTE O NO CUENTE CON CINTAS ANTIDERRAPANTES 6.1.5.26.11 EL NO CONTAR CON EL EQUIPO CONTRA NECESARIO 6.1.5.26.12 PRESENCIA DE AGENTE CONTAMINANTE O POLVO QUE PONGAN EN RIESGO LA SALUD DE TRABAJADORES Y POBLACIÓN EN GENERAL 6.1.5.26.13 POR EL DESECHO DE SUSTANCIA PELIGROSA A LA VÍA PÚBLICA, DRENAJE, BARRANCA, OTROS. 6.1.5.26.14 NO CONTAR CON DISTINTIVO 6.1.5.26.15 LESIONAR A PERSONA QUE INTERVENGAN EN SIMULACRO 6.1.5.26.16 NO CONTAR CON EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA BRIGADA 6.1.5.26.17 EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA BRIGADA, INCOMPLETO 6.1.5.26.18 NO CONTAR CON BITÁCORA DE REGISTRO DE ACCIONES PREVENTIVAS (SIMULACROS). 6.1.5.26.19 NO CONTAR CON CERTIFICACIÓN DE BITÁCORA DE REGISTRO DE ACCIONES PREVENTIVAS (SIMULACROS). 6.1.5.26.20 POR PRÁCTICAS NO APROBADAS POR LOS BRIGADISTAS 6.1.5.26.21 POR IMPEDIR AL PERSONAL DE PROTECCIÓN CIVIL EL ACCESO A SUS INSTALACIONES PARA REVISAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES EN LA MATERIA: 6.1.5.26.22 OBSTACULIZAR LAS ACTIVIDADES DE INSPECCIÓN, PREVENCIÓN O AUXILIO A LA POBLACIÓN EN CASO DE RIESGO, EMERGENCIA O DESASTRE 6.1.5.26.23 POR NO CUMPLIR LAS MEDIDAS BÁSICAS DE SEGURIDAD EN EVENTO 6.1.5.26.24 POR LA FALTA DE VISTO BUENO DE PROTECCIÓN CIVIL DE CADA EJERCICIO FISCAL 27 50 50 200 100 A 200 6 17 100 A 150 100 A 200 12 100 A 120 27 17 10 10 50 50 A 100 100 A 1,000 100 A 500 10 A 100 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 153 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INTERNO DE INTERNO DE 6.1.5.26.25 POR REINCIDENCIA EN LA FALTA DEL VISTO BUENO DE PROTECCIÓN CIVIL DE CADA EJERCICIO FISCAL 6.1.5.26.26 POR NO TENER A LA VISTA SU VISTO BUENO DE PROTECCION CIVIL 6.1.5.26.27 POR NO PRESENTAR SU PROGRAMA PROTECCION CIVIL 6.1.5.26.28 POR NO ACTUALIZAR SU PROGRAMA PROTECCION CIVIL 6.1.5.26.29 POR NO CONTAR CON EL VISTO BUENO PARA ESPECTACULO Y DIVERSION PUBLICA 6.1.5.26.30 POR EL RETIRO DE SELLOS Y CINTILLAS DE SUSPENSION, SUSPENSION TEMPORAL Y/O CLAUSURA 6.1.5.26.31 POR NO EXHIBIR LA PÓLIZA DE SEGURO CONTRA RIESGO CIVIL Y ADMINISTRATIVO 6.1.5.26.32 POR NO CUMPLIR CON CUALQUIERA DE REQUERIMIENTO DE PROTECCION CIVIL 6.1.5.26.33 POR NO CONTAR CON EL NIVEL DE ILUMINACIÓN ADECUADO AL ESTABLECIMIENTO 6.1.5.26.34 POR NO CONTAR CON SALIDA DE EMERGENCIA CON LAS MEDIDAS ADECUADAS 6.1.5.26.35 POR NO CONTAR CON SU DIRECTORIO TELEFÓNICO DE AYUDA EXTERNA 6.1.5.26.36 POR NO CONTAR CON VENTILACIÓN SUFICIENTE EN LA BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS QUE EVITEN LA ACUMULACIÓN DE GASES 6.1.5.26.37 POR FALTA DE VISTO BUENO DE PROTECCIÓN CIVIL PARA DESARROLLO HABITACIONAL O PROYECTO QUE DETERMINE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE 6.1.5.26.38 POR LA SITUACIÓN DE RIESGO O EMERGENCIA EN EL TRANSPORTE DE MATERIAL PELIGROSO 6.1.5.26.39 POR NO CONTAR CON AUTORIZACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL PARA VEHÍCULO QUE CARBUREN GAS L.P. 6.1.5.26.40 POR LA RESPONSABILIDAD DE FUGA, DERRAME O DESCARGA DE MATERIAL PELIGROSO 6.1.5.26.41 CUANDO PONGAN EN PELIGRO DE MANERA GRAVE EL ORDEN PÚBLICO O SEGURIDAD DE LA POBLACIÓN 6.1.5.26.42 POR NO REALIZAR EL CAMBIO DEL TANQUE ESTACIONARIO O CAMBIO DE VÁLVULAS DEL MISMO LOS 20 A 200 10 A 50 30 A 70 30 A 40 30 A 600 30 A 300 50 A 300 10 A 150 25 A 250 50 A 250 5 A 15 5 A 250 100 A 500 500 A 1,000 100 A 500 500 A 1,000 500 A 1,000 50 A 500 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 154 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INMUEBLE NO CUENTA CON SISTEMA CONTRA 6.1.5.26.43 LAS DEMÁS RESPONSABILIDADES QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES DE PROTECCIÓN CIVIL 6.1.5.26.44 OMITIR EL VISTO BUENO DE PROTECCIÓN CIVIL PARA ABRIR UN NEGOCIO, ESCUELA, COMERCIO O INDUSTRIA, CUANDO SEA REQUERIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE 6.1.5.26.45 SI EL INCENDIO 6.1.5.26.46 INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN ESTABLECIDAS EN LOS PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL 6.1.5.26.47 IMPEDIR AL PERSONAL DE PROTECCIÓN CIVIL EL ACCESO A SUS INSTALACIONES PARA REVISAR EL CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Y EL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL 6.1.5.26.48 REALIZAR ACTIVIDADES QUE REPRESENTEN RIESGO A LA POBLACIÓN, SUS BIENES Y EL ENTORNO ECOLÓGICO 6.1.5.26.49 AFECTACIÓN A LA POBLACIÓN, SU INTEGRIDAD FÍSICA, BIENES Y ENTORNO ECOLÓGICO 50 A 500 25 A 300 25 A 300 25 A 100 25 A 300 500 A 1,000 500 A 1,000 SECCIÓN SÉPTIMA 6.1.6. DE LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE ARTÍCULO 62.- LAS MULTAS POR INFRACCIONES EN MATERIA DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBI-ENTE, SE COBRARÁN A LAS PERSONAS FÍSICAS Y LAS ORGANIZACIONES CIVILES DE MÁS ESCASOS RECURSOS CON BASE A LA TARIFA MÍNIMA, LA CUAL HABRÁ DE SER INCREMENTADA GRADUALMENTE CONFORME AL DAÑO CAUSADO AL MEDIO AMBIENTE Y DE ACUERDO A LAS POSIBILIDADES ECONÓMICAS DEL CONTRIBUYENTE, LAS PERSONAS MORALES CON FINES DE LUCRO Y QUE CAUSEN MAYORES DAÑOS AL AMBIENTE, PAGARÁN LAS TARIFAS MÁXIMAS CONFORME A LA TABLA SIGUIENTE: CONCEPTO 6.1.6.1 POR CAUSAR DAÑO A LOS ÁRBOLES, ARBUSTOS Y PALMERAS, EJECUCIÓN DE PODA O RETIRO DE ÁRBOLES TANTO EN INTERIORES DE PREDIO COMO EN VÍA PÚBLICA, SIN LA AUTORIZACIÓN, PREVIA INSPECCIÓN Y DICTAMEN TÉCNICO. 6.1.6.1.1 POR CADA ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA U.M.A. 15 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 155 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.6.1.2 POR DOS A CINCO ESPECIES ARBÓREAS 6.1.6.1.3 POR SEIS A DIEZ ESPECIES ARBÓREAS 6.1.6.1.4 POR MÁS DE DIEZ ESPECIES ARBÓREAS 6.1.6.1.5 POR REINCIDENCIA 6.1.6.1.6 POR SECAR ÁRBOL DE MANERA INTENCIONAL 6.1.6.2 DERRIBO O TALA DE ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE Y ATENDIENDO A LA INTENCIONALIDAD DEL INFRACTOR 6.1.6.2.1 POR CADA ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA 6.1.6.2.2 POR DOS A CINCO INDIVIDUOS ARBÓREOS 6.1.6.2.3 POR SEIS A DIEZ INDIVIDUOS ARBÓREOS 6.1.6.2.4 POR MÁS DE DIEZ INDIVIDUOS ARBÓREOS 6.1.6.3 POR TRASPLANTAR ÁRBOL, ARBUSTO Y PALMERA SIN AUTORIZACIÓN Y ATENDIENDO A LA INTENCIONALIDAD DEL INFRACTOR: 6.1.6.3.1 POR CADA INDIVIDUO ARBÓREO 6.1.6.3.2 POR DOS A CINCO INDIVIDUOS ARBÓREOS 6.1.6.3.3 POR SEIS A DIEZ INDIVIDUOS ARBÓREOS 6.1.6.3.4 POR MÁS DE DIEZ INDIVIDUOS ARBÓREOS 6.1.6.3.5 CUANDO SE DEMUESTRE REINCIDENCIA 6.1.6.4 ARROJAR BASURA O DESECHOS SÓLIDOS EN LOTES BALDÍOS, AVENIDAS, CAMELLONES O EN CUALQUIER LUGAR PÚBLICO DENTRO DEL MUNICIPIO: 6.1.6.4.1 CIUDADANO 6.1.6.4.2 ESTABLECIMIENTO O EMPRESA 6.1.6.4.3 POR REINCIDENCIA 6.1.6.5 POR LOTE BALDÍO SUCIO: 6.1.6.5.1 TENER SUCIO, INSALUBRE Y SIN BARDAR LOTE BALDÍO 6.1.6.5.2 REINCIDENCIA 6.1.6.6 MAL USO DEL AGUA POTABLE 6.1.6.6.1 USO INMODERADO DEL AGUA POTABLE 6.1.6.7 REALIZAR ACTIVIDAD EN LUGAR NO DESTINADO: 6.1.6.7.1 PINTAR AUTOMÓVIL O HERRERÍA 6.1.6.7.2 REINCIDENCIA 6.1.6.8 POR SUSTANCIAS NOCIVAS O DESAGÜE DE ALBERCA: 6.1.6.8.1 PERMITIR CORRER HACIA LA CALLE, ACERA, PREDIO VECINO, ARROYO O BARRANCA, CORRIENTE DE SUSTANCIA NOCIVA A LA SALUD ASÍ COMO EL DESAGÜE DE ALBERCA. 30 A 75 76 A 150 151 A 200 150 A 250 100 A 300 20 A 50 51 A 100 101 A 150 151 A 200 20 A 50 51 A 100 101 A 150 151 A 200 250 A 300 95 A 100 195 A 200 295 A 300 50 A 100 100 A 198 250 A 300 100 A 150 151 A 300 20 A 150 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 156 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.6.8.2 REINCIDENCIA 6.1.6.9 POR SUSTANCIAS PÚTRIDAS O FERMENTADAS: 6.1.6.9.1 MANTENER EN LA ZONA URBANA SUSTANCIAS PÚTRIDAS O FERMENTADAS 6.1.6.9.2 REINCIDENCIA 6.1.6.10 POR DESECHOS DOMICILIARIOS: 6.1.6.10.1 COLOCAR EN VÍA PÚBLICA, LOTE BALDÍO, BARRANCA Y LUGAR DE USO COMÚN, DESECHOS DOMICILIARIOS DE JARDÍN, ESCOMBROS Y OTRO OBJETO PROCEDENTE DE ESTABLECIMIENTO FABRIL, INDUSTRIAL, COMERCIAL, MERCADO, TIANGUIS Y ESTABLO 6.1.6.11 NO MANTENER EN ESTADO DE LIMPIEZA EL FRENTE DE SU DOMICILIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y ÁREAS ADYACENTES: 6.1.6.11.1 CASA HABITACIÓN 6.1.6.11.2 ESTABLECIMIENTO PRODUCTIVO 6.1.6.11.3 REINCIDENCIA 6.1.6.12 POR FALTA DE LIMPIEZA EN LOCAL: 6.1.6.12.1 EN MERCADO Y TIANGUIS, NO CONSERVE LA LIMPIEZA Y SANIDAD DE SU LOCAL 6.1.6.12.2 REINCIDENCIA 6.1.6.13 POR EXCEDER EN DECIBELES: 6.1.6.13.1 EXCEDER LOS DECIBELES PERMITIDOS (68 DECIBELES DE LAS 6:00 A LAS 22:00 HORAS Y 65 DECIBELES DE LAS 22:00 A LAS 6:00 HORAS) 6.1.6.13.2 REINCIDENCIA 6.1.6.14 POR OMISIONES: 6.1.6.14.1 POR OMITIR LA INSTALACIÓN DE FOSA SÉPTICA O SANITARIO PROVISIONAL EN LA OBRA EN CONSTRUCCIÓN (DESDE SU INICIO HASTA SU TOTAL TERMINACIÓN), ASÍ COMO EN LOS SITIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO Y TIANGUIS 151 A 300 100 A 150 151 A 300 20 A 100 20 A 50 51 A 100 100 A 198 100 A 200 201 A 300 100 A 150 151 A 300 100 A 150 6.1.6.14.2 REINCIDENCIA 6.1.6.15 POR MALTRATO DE VEGETACIÓN: 6.1.6.15.1 POR CORTAR O MALTRATAR LA VEGETACIÓN DEL PARQUE, JARDÍN O CAMELLÓN O EN CUALQUIER LUGAR PÚBLICO DEL MUNICIPIO 151 A 300 100 A 150 6.1.6.15.2 REINCIDENCIA 6.1.6.16 POR QUEMA DE DESECHOS: 6.1.6.16.1 MULTA POR QUEMAR CUALQUIER TIPO DE DESECHO SÓLIDO O LÍQUIDO, INCLUYENDO BASURA DOMÉSTICA 151 A 300 50 A 150 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 157 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.6.16.2 REINCIDENCIA 6.1.6.17 POR DESCARGA DE LÍQUIDOS EN SUELO O DRENAJE: 6.1.6.17.1 MULTA POR DESCARGAR ACEITE, GRASAS O SOLVENTES AL SUELO O DRENAJE 6.1.6.17.2 REINCIDENCIA 6.1.6.18 POR CONTAMINANTES: 6.1.6.18.1 MULTA A QUIEN EMITA O DESCARGUE CONTAMINANTE QUE ALTERE LA ATMÓSFERA EN PERJUICIO DE LA SALUD Y DE LA VIDA HUMANA O CAUSE DAÑO ECOLÓGICO, INCLUSO SI LA EMISIÓN PROVIENE DE UNA FUENTE FIJA O MÓVIL. 6.1.6.18.2 REINCIDENCIA 6.1.6.19 POR FALTAS A LA NORMA TÉCNICA ECOLÓGICA: 6.1.6.19.1 MULTA A QUIEN EMITA, POR CUALQUIER MEDIO, VIBRACIONES, ENERGÍA TÉRMICA Y LUMINOSA QUE REBASE EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO EN LA NORMA TÉCNICA ECOLÓGICA, ASÍ COMO POR EMISIÓN DE MALOS OLORES. 6.1.6.19.2 REINCIDENCIA 6.1.6.20 POR FALTAS EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN: 6.1.6.20.1 MULTA A QUIEN CONTRAVENGA LA DISPOSICIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LA ATMÓSFERA. 6.1.6.20.2 REINCIDENCIA 6.1.6.21 POR FALTA DE CONSTANCIA: 6.1.6.21.1 POR CONSTRUIR SIN OBTENER PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS, LA CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA Y EL VISTO BUENO AMBIENTAL 6.1.6.21.2 REINCIDENCIA 6.1.6.22 POR FALTA DE SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUA: 6.1.6.22.1 MULTA AL PROPIETARIO O POSEEDOR DE ALBERCA, FUENTES O ESTANQUE QUE NO INSTALE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DEL AGUA 6.1.6.22.2 REINCIDENCIA 6.1.6.23 POR ACTOS QUE TRANSGREDAN AL REGLAMENTO: 6.1.6.23.1 A LA PERSONA FÍSICA Y MORAL QUE REALICE ACTO, HECHO U OMISIÓN QUE TRANSGREDA LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE 6.1.6.24 POR FALTA DE DICTAMEN: 151 A 300 50 A 150 151 A 300 50 A 150 151 A 300 100 A 150 151 A 300 100 A 150 151 A 300 100 A 300 301 A 600 10 A 50 51 A 100 20 A 300 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 158 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.6.24.1 POR NO CONTAR CON EL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL CUERNAVACA O LICENCIA AMBIENTAL CUERNAVACA 6.1.6.25 POR MAL MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS: 6.1.6.25.1 MULTA A ESTABLECIMIENTO O EMPRESA DEDICADO A LA RECOLECCIÓN O RECICLAJE POR NO LLEVAR A CABO LA ADECUADA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES 6.1.6.25.2 REINCIDENCIA 6.1.6.26 POR FALTA DE TRATAMIENTO EN AGUAS RESIDUALES: 6.1.6.26.1 POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES A BARRANCA, CANAL O SUBSUELO SIN EL DEBIDO TRATAMIENTO Y AUTORIZACIÓN 6.1.6.26.2 REINCIDENCIA 6.1.6.27 POR FALTAS A LA NORMA OFICIAL MEXICANA: 6.1.6.27.1 POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES AL SISTEMA DE DRENAJE MUNICIPAL SIN EL TRATAMIENTO PREVIO O SIN OBSERVANCIA DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA 6.1.6.27.2 REINCIDENCIA 6.1.6.28 POR FALTA DE SISTEMA AHORRADOR: 6.1.6.28.1 POR NO INSTALAR SISTEMA AHORRADOR DE AGUA Y ENERGÍA EN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDADES PRODUCTIVAS 5 A 150 100 A 1,000 200 A 20,000 50 A 150 151 A 300 50 A 150 151 A 300 50 A 150 6.1.6.28.2 REINCIDENCIA 6.1.6.29 POR VIOLACIONES AL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO MUNICIPAL: 151 A 300 6.1.6.29.1 POR VIOLACIÓN A LAS ESTRATEGIAS, LINEAMIENTOS O CRITERIOS ECOLÓGICOS PLASMADOS EN EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO MUNICIPAL 6.1.6.30 POR ACCIONES EN CONTRA DE LOS ECOSISTEMAS: 6.1.6.30.1 POR EJECUTAR ACCIÓN QUE CONTRAVENGA CONSERVACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS MUNICIPALES 6.1.6.31 POR CONTAMINACIÓN VISUAL: 6.1.6.31.1 MULTA POR CAUSAR CONTAMINACIÓN VISUAL 6.1.6.31.2 REINCIDENCIA 6.1.6.32 OTROS: 6.1.6.32.1 CUANDO SE ADVIERTA DOLO, MALA INTENCIÓN O MALA FE DEL INFRACTOR EN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS JURÍDICOS DESCRITOS EN LOS INCISOS ANTERIORES SE PODRÁ INCREMENTAR EN CADA RUBRO LA 250 A 300 250 A 300 100 A 150 151 A 300 HASTA EL DOBLE DEL MONTO MÁXIMO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 159 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.6.32.2 MULTA A PROPIETARIO DE CONSTRUCCIÓN NUEVA QUE NO CUENTE CON EL DICTAMEN DE VISTO BUENO AMBIENTAL DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA. 6.1.6.33 POR VIOLACIONES A LINEAMIENTOS O CRITERIOS ECOLÓGICOS PLASMADOS EN EL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA 6.1.6.34 POR EJECUTAR ACCIONES QUE CONTRAVENGAN CONSERVACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS MUNICIPALES 6.1.6.35 MULTA A PROPIETARIOS DE CONSTRUCCIONES NUEVAS QUE NO CUENTEN CON EL DICTAMEN DE VO. BO. AMBIENTAL DE ACUERDO AL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA LA 50 A 100 100 A 300 100 A 300 50 A 100 SECCIÓN OCTAVA 6.1.7. DE LAS SANCIONES POR DAÑOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL ARTÍCULO 63.- LAS MULTAS POR DAÑOS COMETIDOS AL MUNICIPIO SE COBRARÁN, INDEPENDIENTEMENTE DE LA OBLIGACIÓN DE REPARAR EL DAÑO, Y SERÁ FACULTAD DEL SÍNDICO MUNICIPAL IMPONER LA MULTA CONSIDERANDO LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.7.1 DAÑOS CAUSADOS AL MUNICIPIO: CONCEPTO 6.1.7.1.1 POR DAÑO EN POSTE 6.1.7.1.2 POR DAÑO O MALTRATO A LUMINARIA 6.1.7.1.3 POR DAÑO O MALTRATO A FAROL 6.1.7.1.4 POR DAÑO O MALTRATO A POSTE CON LUMINARIA 6.1.7.1.5 POR DAÑO O MALTRATO A BANQUETA 6.1.7.1.6 POR DAÑO O MALTRATO A GUARNICIÓN 6.1.7.1.7 POR DAÑO O MALTRATO AL ADOQUÍN 6.1.7.1.8 POR DAÑO O MALTRATO A MURO 6.1.7.1.9 POR DAÑO O MALTRATO A BASE DE CONCRETO 6.1.7.1.10 POR DAÑO O MALTRATO A FUENTE 6.1.7.1.11 POR DAÑO O MALTRATO A PARADERO DE AUTOBÚS 6.1.7.1.12 POR DAÑO O MALTRATO A POSTE DE NOMENCLATURA 6.1.7.1.13 POR DAÑO O MALTRATO A MURO DE CONTENCIÓN U.M.A. 10 A 100 10 A 70 10 A 100 10 A 200 10 A 100 10 A 100 10 A 100 10 A 100 10 A 100 10 A 436 10 A 200 10 A 100 10 A 200 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 160 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.7.1.14 POR DAÑO O MALTRATO A BARANDAL 6.1.7.1.15 POR DAÑO O MALTRATO A JARDINERA 6.1.7.1.16 POR DAÑO O MALTRATO A LETRERO EN JARDINERA 6.1.7.1.17 POR DAÑO O MALTRATO A SEMÁFORO 6.1.7.1.18 POR DAÑO O MALTRATO A MARCAS EN EL PAVIMENTO 6.1.7.1.19 POR DAÑO O MALTRATO A SEÑALAMIENTO VERTICAL ELEVADO 10 A 65 10 A 20 10 A 50 50 A 1,000 25 A 100 30 A 500 6.1.7.1.20 POR DAÑO O MALTRATO A ÁRBOL, ARBUSTO O PLANTA 6.1.7.1.21 POR DAÑO O MALTRATO A CÁMARA DE VIGILANCIA LOS INGRESOS POR ESTOS CONCEPTOS SE APLICARÁN AL MEJORAMIENTO URBANO Y VIAL DEL MUNICIPIO, OBRAS A FAVOR DE LA COMUNIDAD, EJECUTADAS POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL. 10 A 50 50 A 500 SECCIÓN NOVENA 6.1.8. DEL JUZGADO CÍVICO 64.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN ARTÍCULO PARTICULARES DEL MUNICIPIO. 6.1.8.1POR SANCIONES IMPUESTAS POR EL JUEZ DE PAZ DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE COBRARÁN LAS TARIFAS SIGUIENTES: LOS CONCEPTO 6.1.8.1.1 POR NO PERMITIR QUE SE LLEVE A CABO EL EMBARGO 6.1.8.1.2 POR NO COMPARECER A LOS CITATORIOS QUE FORMULE EL JUEZ PAZ: 6.1.8.1.2.1 POR PRIMERA VEZ 6.1.8.1.2.2 POR REINCIDENCIA U.M.A. 5 5 10 6.1.8.1 POR SANCIONES IMPUESTAS POR EL JUEZ CÍVICO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE COBRARÁN LAS TARIFAS SIGUIENTES: CONCEPTO 6.1.8.2.1 POR NO COMPARECER A LOS CITATORIOS QUE FORMULE EL JUEZ PAZ: 6.1.8.2.1.1 POR PRIMERA VEZ U.M.A. 5 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 161 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.2.1.2 POR REINCIDENCIA 6.1.8.2 POR SANCIONES IMPUESTAS POR EL JUEZ CÍVICO, CON FUNDAMENTO EN EL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE COBRARÁN LAS TARIFAS SIGUIENTES: U.M.A. CONCEPTO 10 6.1.8.3.1 ARTÍCULO 128 FRACCIONES I, II, III, IV, V, VI: 6.1.8.3.1.1 ALTERAR EL ORDEN PÚBLICO Y ATENTAR CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y LA MORAL 6.1.8.3.1.2 DAÑAR O HACER MAL USO DE LA OBRA QUE PRESTA UN SERVICIO PÚBLICO E INFRINGIR LAS NORMAS EMITIDAS POR EL AYUNTAMIENTO 6.1.8.3.1.3 INFRINGIR LAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS RELATIVAS AL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 6.1.8.3.1.4 ATENTAR EN CONTRA DE LA SALUD PÚBLICA 6.1.8.3.1.5 QUIENES SE ENCUENTREN BAJO LA INFLUENCIA DE ALGÚN ESTUPEFACIENTE, DROGA O ENERVANTE EN LA VÍA PÚBLICA O SE DUERMAN EN LA MISMA 6.1.8.3.1.6 LOS QUE INGIERAN BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN VÍA PÚBLICA, LUGARES DE USO COMÚN Y A BORDO DE CUALQUIER AUTOMOTOR, INCLUSO LAS CONSIDERADAS COMO BEBIDAS DE MODERACIÓN 6.1.8.3.2 ARTÍCULO 129 FRACCIONES I, III, IV Y XIII: 6.1.8.3.2.1 ALTERAR LA TRANQUILIDAD Y EL ORDEN EN CUALQUIER LUGAR Y CIRCUNSTANCIA DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO INTEGRIDAD FÍSICA, MORAL O 6.1.8.3.2.2 PONER EN PELIGRO LA PATRIMONIAL DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO 6.1.8.3.2.3 REALIZAR ACTOS DE VANDALISMO EN PANDILLA O INDIVIDUALMENTE QUE PONGAN EN PELIGRO LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS PERSONAS. SE APLICARÁ EL DOBLE DE ESTA TARIFA CUANDO EL INFRACTOR SEA ELEMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA, DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA O DE LAS FUERZAS ARMADAS. 10 A 25 10 A 25 10 A 25 10 A 25 10 A 25 10 A 25 10 A 25 100 A 500 100 A 500 6.1.8.3.2.4 PROFERIR O EXPRESAR EN CUALQUIER FORMA FRASES OBSCENAS, INJURIOSAS U OFENSIVAS 10 A 20 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 162 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.3.2.5 LAS PERSONAS QUE DEAMBULEN EN LA VÍA PÚBLICA O SE ENCUENTREN UBICADAS EN ALGÚN ESTABLECIMIENTO PÚBLICO O PARTICULAR PARA EJERCER LA PROSTITUCIÓN 6.1.8.3.3 ARTÍCULO 130 FRACCIONES XI, XIII Y XIV: 6.1.8.3.3.1 EJERCER EL COMERCIO EN LUGAR DIFERENTE AL QUE FUE AUTORIZADO 6.1.8.3.3.2 EJERCER ACTIVIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL O DE SERVICIO DIFERENTE A LA AUTORIZADA 6.1.8.3.3.3 REALIZAR COMERCIO AMBULANTE Y SEMIFIJO SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE 6.1.8.3.4 ARTÍCULO 131 FRACCIÓN III Y XV: 6.1.8.3.4.1 QUIEN REALICE NECESIDAD FISIOLÓGICA EN LA VÍA PÚBLICA 10 A 35 10 A 20 10 A 20 1 A 200 10 A 35 6.1.8.3.4.2 QUIEN INSTALE ANUNCIOS DE CUALQUIER TIPO EN LA VÍA PÚBLICA O EN INMUEBLE SIN LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE EN CASO DE QUE SEA EN EL CENTRO HISTÓRICO, LA SANCIÓN SERÁ EL DOBLE 6.1.8.3 LAS SANCIONES IMPUESTAS POR EL JUEZ CÍVICO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, CON FUNDAMENTO EN LA LEY DE CULTURA CÍVICA, SE COBRARÁN LAS TARIFAS SIGUIENTES: 15 A 50 6.1.8.4.1 ARTÍCULO 16.- SON INFRACCIONES CONTRA LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS: 6.1.8.4.1.1 MALTRATAR FISICA O VERBALMENTE A CUALQUIER PERSONA CONCEPTO 6.1.8.4.1.2 PERMITIR A MENOR DE EDAD EL ACCESO A LUGAR AL QUE EXPRESAMENTE LE ESTÉ PROHIBIDO 6.1.8.4.1.3 GOLPEAR A UNA PERSONA, EN FORMA INTENCIONAL Y FUERA DE RIÑA, SIN CAUSARLE LESIÓN 6.1.8.4.2 ARTÍCULO 18.- SON INFRACCIONES CONTRA LA TRANQUILIDAD DE LAS PERSONAS: 6.1.8.4.2.1 POSEER ANIMAL SIN ADOPTAR LAS MEDIDAS DE HIGIENE NECESARIAS QUE IMPIDAN HEDORES O LA PRESENCIA DE PLAGAS QUE OCASIONEN CUALQUIER MOLESTIA A LOS VECINOS 6.1.8.4.2.2 PRODUCIR O CAUSAR RUIDOS POR CUALQUIER MEDIO QUE NOTORIAMENTE ATENTEN CONTRA LA TRANQUILIDAD O LA SALUD DE LAS PERSONAS U.M.A. 1 A 10 11 A 20 11 A 20 1 A 10 11 A 20 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 163 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.4.2.3 INVITAR A LA PROSTITUCIÓN O EJERCERLA, ASÍ COMO SOLICITAR DICHO SERVICIO. EN TODO CASO SÓLO PROCEDERÁ LA PRESENTACIÓN DEL PROBABLE INFRACTOR CUANDO EXISTA QUEJA VECINAL 6.1.8.4.3 ARTÍCULO 20.- SON INFRACCIONES CONTRA LA SEGURIDAD CIUDADANA: 6.1.8.4.3.1 PERMITIR EL PROPIETARIO O POSEEDOR DE UN ANIMAL QUE ÉSTE TRANSITE LIBREMENTE, O TRANSITAR CON ÉL SIN ADOPTAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS, DE ACUERDO CON LAS CARACTERÍSTICAS PARTICULARES DEL ANIMAL, PARA PREVENIR POSIBLE ATAQUE A PERSONA O ANIMAL, ASÍ COMO AZUZARLO, O NO CONTENERLO 6.1.8.4.3.2 IMPEDIR O ESTORBAR DE CUALQUIER FORMA EL USO DE LA VÍA PÚBLICA, LA LIBERTAD DE TRÁNSITO O DE ACCIÓN DE LAS PERSONAS, SIEMPRE QUE NO EXISTA PERMISO NI CAUSA JUSTIFICADA PARA ELLO. PARA ESTOS EFECTOS, SE ENTENDERÁ QUE EXISTE CAUSA JUSTIFICADA SIEMPRE QUE LA OBSTRUCCIÓN DEL USO DE LA VÍA PÚBLICA, DE LA LIBERTAD DE TRÁNSITO O DE ACCIÓN DE LAS PERSONAS SEA INEVITABLE Y NECESARIA Y NO CONSTITUYA EN SÍ MISMA UN FIN, SINO UN MEDIO RAZONABLE DE MANIFESTACIÓN DE LAS IDEAS, DE ASOCIACIÓN O DE REUNIÓN PACÍFICA 6.1.8.4.3.3 APAGAR SIN AUTORIZACIÓN, EL ALUMBRADO PÚBLICO O AFECTAR ALGÚN ELEMENTO DEL MISMO QUE IMPIDA SU NORMAL FUNCIONAMIENTO 6.1.8.4.3.4 INGERIR BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LUGARES PÚBLICOS NO AUTORIZADOS, O CONSUMIR, INHALAR O ASPIRAR ESTUPEFACIENTE, PSICOTRÓPICO, ENERVANTE O SUSTANCIAS TÓXICAS EN LUGAR PÚBLICO, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS DELITOS EN QUE SE INCURRA ESTUPEFACIENTES, PSICOTRÓPICOS, ENERVANTES O SUSTANCIAS TÓXICAS 6.1.8.4.3.5 PORTAR, TRANSPORTAR O USAR, SIN PRECAUCIÓN, OBJETO O SUSTANCIA QUE POR SU NATURALEZA SEA PELIGROSO Y SIN OBSERVAR, EN SU CASO, LAS DISPOSICIONES DE SEGURIDAD CORRESPONDIENTES POSESIÓN INGERIR, POR LOS DE LA 11 A 20 11 A 20 11 A 20 11 A 20 21 A 30 21 A 30 6.1.8.4.3.6 DETONAR O ENCENDER COHETE, JUEGO PIROTÉCNICO, FOGATA O ELEVAR AEROSTATO, SIN PERMISO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE 21 A 30 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 164 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.4.3.7 ALTERAR EL ORDEN, ARROJAR LÍQUIDO U OBJETO, PRENDER FUEGO O PROVOCAR ALTERCADO EN EVENTO O ESPECTÁCULO PÚBLICO, EN SU ENTRADA O SALIDA 6.1.8.4.3.8 OFRECER O PROPICIAR LA VENTA DE BOLETOS DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS CON PRECIOS SUPERIORES A LOS AUTORIZADOS 6.1.8.4.3.9 TREPAR BARDA, ENREJADO O CUALQUIER ELEMENTO CONSTRUCTIVO SEMEJANTE, PARA OBSERVAR EL INTERIOR DE UN INMUEBLE AJENO 6.1.8.4.3.10 ABSTENERSE EL PROPIETARIO DE UN INMUEBLE DE DAR EL MANTENIMIENTO ADECUADO PARA EVITAR LAS PLAGAS O MALEZA QUE PUEDA SER DAÑINA PARA LOS COLINDANTES 6.1.8.4.3.11 PERCUTIR ARMA DE POSTAS, DIÁBOLOS, DARDOS O MUNICIONES CONTRA PERSONA O ANIMAL 6.1.8.4.3.12 PARTICIPAR DE CUALQUIER MANERA, ORGANIZAR O INDUCIR A OTROS A REALIZAR COMPETENCIA VEHICULAR DE VELOCIDAD EN VÍA PÚBLICA 6.1.8.4.4 ARTÍCULO 22.- INFRACCIONES CONTRA EL ENTORNO URBANO: 6.1.8.4.4.1 ABSTENERSE DE RECOGER DE VÍA O LUGAR PÚBLICO, LAS HECES FECALES DE ANIMAL DE SU PROPIEDAD O BAJO SU CUSTODIA 6.1.8.4.4.2 ORINAR O DEFECAR EN LUGAR A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 7 DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA 6.1.8.3.4.3 ARROJAR, TIRAR O ABANDONAR EN LA VÍA PÚBLICA ANIMAL MUERTO, DESECHO, OBJETO O SUSTANCIA 6.1.8.4.4.4 TIRAR BASURA EN LUGAR NO AUTORIZADO 6.1.8.4.4.5 CAMBIAR, DE CUALQUIER FORMA, EL USO O DESTINO DE ÁREA O VÍA PÚBLICA, SIN LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE 6.1.8.4.4.6 ABANDONAR MUEBLE EN ÁREA O VÍA PÚBLICA 6.1.8.4.4.7 DESPERDICIAR EL AGUA O IMPEDIR SU USO A QUIENES DEBAN TENER ACCESO A ELLA EN TUBERÍA, TANQUE O TINACO ALMACENADOR, ASÍ COMO UTILIZAR INDEBIDAMENTE LOS HIDRATANTES PÚBLICOS, OBSTRUIRLOS O IMPEDIR SU USO 6.1.8.4.4.8 COLOCAR EN LA ACERA O EN EL ARROYO VEHICULAR, ENSERES O CUALQUIER ELEMENTO PROPIO DE UN ESTABLECIMIENTO MERCANTIL, SIN LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE 21 A 30 21 A 30 21 A 30 21 A 30 21 A 30 21 A 30 11 A 20 11 A 20 11 A 20 11 A 20 11 A 20 11 A 20 11 A 20 21 A 30 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 165 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.4.4.9 ARROJAR EN LA VÍA PÚBLICA DESECHO, SUSTANCIA PELIGROSA PARA LA SALUD DE LAS PERSONAS O QUE DESPIDA OLORES DESAGRADABLES INGRESAR A ZONA SEÑALADA COMO DE ACCESO 6.1.8.4.4.10 INMUEBLE DESTINADO A SERVICIO RESTRINGIDO EN EL LUGAR O PÚBLICO, SIN LA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE O FUERA DE LOS HORARIOS ESTABLECIDOS 6.1.8.4.4.11 CUBRIR, BORRAR, PINTAR, ALTERAR O DESPRENDER LETRERO, SEÑAL, NÚMERO O LETRA QUE IDENTIFIQUE VÍA, INMUEBLE Y LUGAR PÚBLICO 6.1.8.4.4.12 PINTAR, ADHERIR, COLGAR O FIJAR ANUNCIO O CUALQUIER OTRO TIPO DE PROPAGANDA EN ELEMENTOS DEL EQUIPAMIENTO URBANO, DEL MOBILIARIO URBANO, DE ORNATO O ÁRBOLES, SIN AUTORIZACIÓN PARA ELLO 21 A 30 21 A 30 21 A 30 21 A 30 21 A 30 6.1.8.4.4.13 COLOCAR TRANSITORIAMENTE O FIJAR, SIN AUTORIZACIÓN PARA ELLO, ELEMENTO DESTINADO A LA VENTA DE PRODUCTOS O PRESTACIÓN DE SERVICIOS. 6.1.8.4.4.14 OBSTRUIR O PERMITIR LA OBSTRUCCIÓN DE LA VÍA PÚBLICA, CON MOTIVO DE LA INSTALACIÓN, MODIFICACIÓN, CAMBIO O MANTENIMIENTO DE LOS ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE UN ANUNCIO Y NO EXHIBIR LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE QUE AUTORICE A REALIZAR DICHOS TRABAJOS 6.1.8.4 LAS SANCIONES IMPUESTAS POR EL JUEZ CÍVICO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, CON FUNDAMENTO EN EL REGLAMENTO DE ASEO URBANO, SE COBRARÁN DE ACUERDO A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 21 A 30 6.1.8.5.1 MULTA POR NO ENTREGAR RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS AL CAMIÓN RECOLECTOR Y DEPOSITARLOS EN VÍA PÚBLICA DE MÁS DE 50 KILOS EN PROPORCIÓN GRADUAL Y DE ACUERDO A ZONA ECONÓMICA CONCEPTO 6.1.8.5.2 MULTA POR LLEVAR A CABO LA SEGREGACIÓN, PEPENA, SEPARACIÓN O SELECCIÓN DE SUBPRODUCTOS DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS EN VÍA PÚBLICA, CONTENEDOR, BOLSA, RECIPIENTE, PREDIO BALDÍO O VEHÍCULO DE TRANSPORTE 6.1.8.5.2.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.2.2 REINCIDENCIA U.M.A. 5 A 100 2 10 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 166 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.5.3 MULTA A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE ESPECTÁCULOS EVENTUALES COMO CIRCOS, FERIAS, Y OTROS SIMILARES, QUE NO CONTRATEN EL SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN PARA MANEJO DE SUS RESIDUOS SÓLIDOS: 6.1.8.5.3.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.3.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.4 MULTA AL PROPIETARIO O ENCARGADO DE EXPENDIO COMERCIAL Y BODEGA DE TODA CLASE, CUYA ÁREA DE MANIOBRAS NO SE MANTENGA LIMPIA: 6.1.8.5.4.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.4.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.5 MULTA AL LOCATARIO DE MERCADO PÚBLICO O PRIVADO QUE NO CONSERVE ASEADO EL ESPACIO COMPRENDIDO DENTRO DEL PERÍMETRO DEL PUESTO Y/O ESTACIONAMIENTO O QUE NO DEPOSITE SUS RESIDUOS SÓLIDOS EN RECIPIENTE CERRADO CON SEPARACIÓN EN ORGÁNICOS E INORGÁNICOS: 6.1.8.5.5.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.5.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.6 MULTA POR QUEMAR RESIDUOS SÓLIDOS EN LUGAR PÚBLICO O INTERIOR DE PREDIO: 6.1.8.5.6.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.6.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.7 MULTA POR MEZCLAR RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN CON OTROS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES: 6.1.8.5.7.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.7.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.8 MULTA A LA EMPRESA, ESTABLECIMIENTO E INSTALACIÓN INDUSTRIAL, QUE NO CUENTE CON LA INFRAESTRUCTURA Y LOGÍSTICA (PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS) NECESARIA PARA EL ADECUADO MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS: 6.1.8.5.8.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.8.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.9 MULTA POR ARROJAR, DERRAMAR, DEPOSITAR O ACUMULAR MATERIAL O SUSTANCIAS INSALUBRES EN LUGAR PÚBLICO O QUE ENTORPEZCAN SU LIBRE UTILIZACIÓN O AFECTEN SU ESTÉTICA: 6.1.8.5.9.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.9.2 REINCIDENCIA 10 20 20 50 5 10 10 50 10 20 50 200 10 100 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 167 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.8.5.10 MULTA AL PROPIETARIO, DIRECTOR RESPONSABLE, CONTRATISTA O ENCARGADO DE INMUEBLE EN CONSTRUCCIÓN O DEMOLICIÓN, POR PERMITIR LA DISPERSIÓN DE MATERIAL, ESCOMBRO O CUALQUIER OTRA CLASE DE RESIDUOS PROVENIENTES DEL PREDIO EN QUE ESTÁN INSTALADOS; POR NO MANTENER LIMPIO SU FRENTE O POR ACUMULAR ESCOMBRO O MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN EN VÍA PÚBLICA, LOTE BALDÍO, BARRANCA O CUALQUIER SITIO NO AUTORIZADO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMPETENTE 6.1.8.5.10.1 PRIMERA VEZ 6.1.8.5.10.2 REINCIDENCIA 6.1.8.5.11 MULTA POR FALTA DE OBSERVANCIA A LO ESTIPULADO EN EL REGLAMENTO DE ASEO URBANO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA EN RELACIÓN AL DAÑO CAUSADO 6.1.8.5.12 POR HACER MAL USO DE LA INFRAESTRUCTURA PÚBLICA DE ACOPIO O RECOLECCIÓN DE BASURA 6.1.8.5.12.1 REINCIDENCIA 6.1.8.4.13 MULTA POR RECOLECTAR Y TRANSPORTAR RESIDUOS SÓLIDOS EN VEHÍCULOS NO ESPECIALIZADOS 6.1.8.5.14 POR DEPOSITAR EN EL SISTEMA DE ASEO URBANO RESIDUOS PROHIBIDOS POR LA NORMATIVIDAD VIGENTE 6.1.8.5.14.1 REINCIDENCIA LAS SANCIONES POR INFRACCIONES A LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO, A LA LEY DE PROTECCIÓN A LA SALUD DE LOS NO FUMADORES DEL ESTADO DE MORELOS, A LA LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MORELOS, SE COBRARÁN DE ACUERDO A LO QUE SEÑALA LA LEY DE REFERENCIA. 5 50 10 20 5 10 10 50 6.1.9 DE LAS SANCIONES DEL REGISTRO CIVIL SECCIÓN DECIMA ARTÍCULO 65.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN LAS SANCIONES IMPUESTAS DE ACUERDO AL ARTÍCULO 473 DEL CÓDIGO FAMILIAR PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, SE LIQUIDARÁN EN BASE A LA CUOTA SIGUIENTE: 6.1.9.1 SANCIONES DEL REGISTRO CIVIL: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 168 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONCEPTO 6.1.9.1.1 MULTA POR NO DAR AVISO AL REGISTRO CIVIL EN UN PLAZO DE 24 HORAS DESPUÉS DE TENER CONOCIMIENTO DE UN FALLECIMIENTO. ARTÍCULO 473 DEL CÓDIGO FAMILIAR EN EL ESTADO DE MORELOS U.M.A. 50 SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA 6.1.10 DE LAS SANCIONES Y FALTAS ADMINISTRATIVAS EN ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES 66.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN ARTÍCULO LOS PARTICULARES DEL MUNICIPIO POR SANCIÓN Y FALTA ADMINISTRATIVA COMETIDA EN CONTRAVENCIÓN A LO DISPUESTO EN EL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.10.1 POR INFRACCIONES DERIVADAS POR LA FALTA DE DOCUMENTOS O NO RESPETAR LAS DISPOSICIONES AUTORIZADAS AL MOMENTO DE LA SUPERVISIÓN EN ESTABLECIMIENTO SIN VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS: CONCEPTO 6.1.10.1.1 FALTA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 6.1.10.1.2 EXCEDER EL HORARIO AUTORIZADO 6.1.10.1.3 FALTA DE LICENCIA DE ANUNCIO LUMINOSO 6.1.10.1.4 FALTA DE LICENCIA DE ANUNCIO NO LUMINOSO 6.1.10.1.5 EJERCICIO DE GIRO NO AUTORIZADO O ESPECIFICADO 6.1.10.1.6 INVASIÓN O USO INDEBIDO DE LA VÍA PÚBLICA 6.1.10.1.7 FALTA DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE DOMICILIO 6.1.10.1.8 FALTA DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN 6.1.10.1.9 NO TENER A LA VISTA LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 6.1.10.2 POR INFRACCIONES DERIVADAS POR LA FALTA DE DOCUMENTO O NO RESPETAR LAS DISPOSICIONES AUTORIZADAS AL MOMENTO DE LA SUPERVISIÓN EN ESTABLECIMIENTO O LOCAL CUYO GIRO INCLUYA LA VENTA Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS O LA PRESTACIÓN DE U.M.A. 15 A 30 20 A 50 25 A 50 15 A 25 20 A 50 15 A 25 15 A 20 10 A 20 10 A 20 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 169 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original SERVICIOS QUE INCLUYA EL EXPENDIO DE DICHAS BEBIDAS, SEAN EN ENVASE CERRADO, ABIERTO O AL COPEO Y SIEMPRE QUE SE EFECTÚEN TOTAL O PARCIALMENTE CON EL PÚBLICO EN GENERAL: CONCEPTO 6.1.10.2.1 FALTA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 6.1.10.2.2 EXCEDER EL HORARIO AUTORIZADO 6.1.10.2.3 FALTA DE LICENCIA DE ANUNCIO LUMINOSO 6.1.10.2.4 FALTA DE LICENCIA DE ANUNCIO NO LUMINOSO 6.1.10.2.5 GIRO NO AUTORIZADO O ESPECIFICADO 6.1.10.2.6 INVASIÓN O USO INDEBIDO DE LA VÍA PÚBLICA 6.1.10.2.7 FALTA DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE DOMICILIO 6.1.10.2.8 FALTA DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN 6.1.10.2.9 NO TENER A LA VISTA LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 6.1.10.2.10 POR VENTA DE BEBIDA ALCOHÓLICA A MENOR DE EDAD 6.1.10.2.11 POR PERMITIR EL CONSUMO DE ALCOHOL DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO O EN EL ESTACIONAMIENTO DEL MISMO 6.1.10.3 MULTAS ADMINISTRATIVAS: CONCEPTO 6.1.10.3.1 POR SANCIÓN DERIVADA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE SUSPENSIÓN 6.1.10.3.2 PAGO POR RETIRO DE SELLOS DE CLAUSURA 6.1.10.3.3 PAGO POR RETIRO PROVISIONAL DE SELLOS DE CLAUSURA U.M.A. 85 A 150 20 A 50 20 A 60 20 A 45 40 A 60 30 A 100 50 A 100 10 A 20 10 A 20 50 A 200 50 A 100 U.M.A. 20 A 35 20 A 35 10 A 20 6.1.10.3.4 POR FALTA DE AUTORIZACIÓN DE COLOCACIÓN DE PENDONES, GALLARDETES, Y TODO TIPO DE ANUNCIO EN VÍA PÚBLICA 40 A 100 6.1.10.4 MULTAS ADMINISTRATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO: CONCEPTO U.M.A. 5 A 10 6.1.10.4.1 POR NO REFRENDAR EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS EN LA LEY 6.1.10.5 DE LAS INFRACCIONES AL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA EN SU ARTÍCULO 129 FRACCIÓN XXI: U.M.A. CONCEPTO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 170 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.10.5.1 POR PERMITIR EL PROPIETARIO O ENCARGADO DEL NEGOCIO QUE PRESTE EL SERVICIO AL PÚBLICO DE INTERNET, TENER ACCESO A MENOR DE EDAD A PÁGINAS QUE CONTENGAN LA INFORMACIÓN A QUE ALUDE EL ARTÍCULO 112 BIS DEL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA. PRIMERA VEZ 6.1.10.5.2 POR REINCIDENCIA 6.1.10.6 POR INFRACCIONES DERIVADAS DEL INDEBIDO EJERCICIO DEL COMERCIO EN VÍA PÚBLICA: 100 30 CONCEPTO 6.1.10.6.1 FALTA DE PERMISO AL MOMENTO DE LA SUPERVISIÓN 6.1.10.6.2 POR EJERCER EL COMERCIO PERSONA DISTINTA A LA AUTORIZADA 6.1.10.6.3 POR AUMENTAR LAS DIMENSIONES AUTORIZADAS 6.1.10.6.4 POR EJERCER GIRO DIFERENTE AL AUTORIZADO 6.1.10.6.5 POR EXCEDER EL HORARIO AUTORIZADO 6.1.10.6.6 POR EJERCER EL COMERCIO EN UBICACIÓN DISTINTA A LA AUTORIZADA U.M.A. 15 A 20 15 A 20 10 A 12 10 A 12 10 A 12 10 A 12 SECCIÓN DÉCIMA SEGUNDA 6.1.11SANCIONES EN MATERIA DE MERCADOS PÚBLICOS 67.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN LOS ARTÍCULO PARTICULARES DEL MUNICIPIO POR SANCIONES IMPUESTAS EN LOS MERCADOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, SE COBRARÁN DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: LA CUOTA MÍNIMA SE APLICARÁ A COMERCIOS UBICADOS EN LA PERIFERIA Y LA CUOTA MÁXIMA A LOS COMERCIOS UBICADOS EN LA NAVE PRINCIPAL. 6.1.11.1 INFRACCIONES EN EL MERCADO ADOLFO LÓPEZ MATEOS Y PASAJE COMERCIAL PUENTE DEL DRAGÓN, PLAZA LIDO Y PLAZA DEGOLLADO: U.M.A. 5 A 10 30 A 50 6.1.11.1.1 MULTA POR NO REFRENDAR EN TIEMPO 6.1.11.1.2 POR ALTERACIÓN DE DOCUMENTO OFICIAL EXPEDIDO POR EL AYUNTAMIENTO RELATIVO AL NEGOCIO CONCEPTO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 171 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6.1.11.1.3 POR SANCIÓN DERIVADA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y/O DE SUPERVISIÓN 6.1.11.1.4 PAGO POR RETIRO DE SELLOS DE CLAUSURA 6.1.11.1.5 PAGO POR RETIRO PROVISIONAL DE SELLOS DE CLAUSURA 6.1.11.2 INFRACCIONES EN LOS MERCADOS PERIFÉRICOS, LAURO ORTEGA, 18 DE SEPTIEMBRE, NARCISO MENDOZA, VICENTE GUERRERO, EMILIANO ZAPATA, ALTA VISTA, AMATITLÁN, LOMAS DE LA SELVA, LÁZARO CÁRDENAS: 10 A 50 10 A 35 10 A 50 CONCEPTO 6.1.11.2.1 MULTA POR NO REFRENDAR EN TIEMPO 6.1.11.2.2 POR ALTERACIÓN DE DOCUMENTO OFICIAL 6.1.11.2.3 POR SANCIÓN DERIVADA DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y/O DE SUPERVISIÓN 6.1.11.2.4 PAGO POR RETIRO DE SELLOS DE CLAUSURA 6.1.11.2.5 PAGO POR RETIRO PROVISIONAL DE SELLOS DE CLAUSURA U.M.A. 3 A 7 30 A 50 5 A 25 5 A 50 5 A 35 SECCIÓN DÉCIMA TERCERA 6.1.12 DEL ÁREA DE DONACIÓN ARTÍCULO 70.- POR ÁREA DE DONACIÓN DE FRACCIONAMIENTO Y CONDOMINIO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.12.1 CUANDO SE OPTE POR REALIZAR EL PAGO PECUNIARIO DEL ÁREA DE DONACIÓN DE LOS PROYECTOS DE FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIO Y CONJUNTO URBANO, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 150 DE LA LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO SUSTENTABLE DEL ESTADO DE MORELOS, ESTE SE DETERMINARÁ DE ACUERDO AL AVALÚO COMERCIAL EMITIDO POR UNA INSTITUCIÓN DE CRÉDITO, COMERCIAL, CORREDOR PÚBLICO O PERSONA QUE CUENTE CON CÉDULA PROFESIONAL DE VALUADOR, EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL VALOR COMERCIAL NO SERÁ MENOR AL SEÑALADO EN EL AVALÚO COMERCIAL CATASTRAL: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 172 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CONCEPTO PORCENTAJE 10 6.1.12.1.1 PARA FRACCIONAMIENTO SE CONSIDERA EL ÁREA VENDIBLE DEL PREDIO, QUE SE DETERMINARÁ DE ACUERDO AL VALOR COMERCIAL QUE SE LE ASIGNE AL TERRENO 6.1.12.1.2 PARA CONDOMINIO Y CONJUNTO URBANO, SE CONSIDERA LA SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO, QUE SE DETERMINARÁ DE ACUERDO AL VALOR COMERCIAL QUE SE LE ASIGNE AL TERRENO EN ESTOS CASOS, DEBERÁ FORMALIZAR EL INSTRUMENTO JURÍDICO EL SÍNDICO MUNICIPAL Y REPORTARLO AL AYUNTAMIENTO COMO PARTE DEL PATRIMONIO MUNICIPAL, ADEMÁS DE HACER LAS ANOTACIONES RESPECTIVAS EN LOS LIBROS CORRESPONDIENTES. 10 SECCIÓN DÉCIMA CUARTA 6.1.13 DE LAS INDEMNIZACIONES ARTÍCULO 68.- CUANDO SE PRESENTE EL HECHO GENERADOR CORRESPONDIENTE, LA TESORERÍA MUNICIPAL PERCIBIRÁ EN CALIDAD DE INDEMNIZACIÓN: 6.14.13.1.1 EL PORCENTAJE A QUE SE REFIERE EL QUINTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 44 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, Y 6.1.13.1.2 CUALQUIER OTRA QUE DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN APLICABLE TENGA DERECHO A OBTENER EL MUNICIPIO. SECCIÓN DÉCIMA QUINTA 6.1.14. DE LOS REINTEGROS ARTÍCULO 69.- CUANDO SE PRESENTE EL HECHO GENERADOR CORRESPONDIENTE, LA TESORERÍA MUNICIPAL PERCIBIRÁ EN CALIDAD DE REINTEGRO: 6.1.14.1.1 AYUNTAMIENTO POR CUENTA DE TERCEROS. 6.1.14.1.2 EL REINTEGRO DE GASTOS EFECTUADOS POR EL LOS REINGRESOS CONFORME LO DISPONE EL ARTÍCULO 213 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 173 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL. SECCIÓN DÉCIMA SEXTA 6.1.15. DE LOS ACCESORIOS 70.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN ARTÍCULO LOS CONTRIBUYENTES DEL MUNICIPIO POR CONCEPTO DE GASTOS DE EJECUCIÓN POR PROCEDIMIENTOS DE RECUPERACIÓN A FAVOR DEL MUNICIPIO SE COBRARÁN DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: 6.1.15.1 DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN 6.1.15.1.1 DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 168 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, POR CONCEPTO DE GASTOS DE EJECUCIÓN SE CUBRIRÁ EL 1% DEL VALOR DEL CRÉDITO FISCAL, SIN QUE SEA MENOR A $350.00 NI MAYOR A $25,000.00. LOS GASTOS DE EJECUCIÓN SE DETERMINARÁN POR LA AUTORIDAD EJECUTORA, DEBIENDO PAGARSE JUNTO CON LOS DEMÁS CRÉDITOS FISCALES QUE LES DIERON ORIGEN. LOS GASTOS DE EJECUCIÓN, COMPRENDEN: GASTOS DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO PARA CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN FISCAL, Y DE LA APLICACIÓN DE MULTAS, EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO Y EXTEMPORANEIDAD; ASÍ COMO GASTOS DE EJECUCIÓN, DERIVADOS DE MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN, Y GASTOS DE EJECUCIÓN POR LA PRÁCTICA DE EMBARGO, QUE COMPRENDERÁ EL TRANSPORTE DE BIENES EMBARGADOS, DE AVALÚOS, DE IMPRESIÓN Y PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIAS Y EDICTOS, DE INVESTIGACIONES, DE INSCRIPCIONES O CANCELACIONES EN EL REGISTRO PÚBLICO QUE CORRESPONDA, LOS EROGADOS POR LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE LIBERACIÓN DE GRAVÁMENES, LOS HONORARIOS DE LOS DEPOSITARIOS Y DE LOS PERITOS. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 174 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EN LOS GASTOS DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO, SE INCLUYE LA NOTIFICACIÓN REALIZADA POR CORREO CERTIFICADO Y CORREO ORDINARIO, A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. 6.1.15.1.2 MULTAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS. EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN MATERIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA DARÁ ORIGEN A LA IMPOSICIÓN DE LAS MULTAS CORRESPONDIENTES, DE ACUERDO A LO QUE ESTABLECEN EL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS Y LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO LOS PARTICULARES DEL MUNICIPIO POR CONCEPTO DE GASTOS DE INSPECCIÓN POR SEGUIMIENTO E INSPECCIÓN DE OBRA A FAVOR DEL MUNICIPIO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN EN BASE A LAS CUOTAS SIGUIENTES: 6.1.15.2 DE LOS GASTOS DE INSPECCIÓN: LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN 71.- CONCEPTO PORCENTAJE 16 6.1.15.2.1 CÁLCULO SOBRE EL IMPORTE TOTAL DEL COSTO DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, SIN QUE LA CANTIDAD A PAGAR EN NINGÚN CASO SEA INFERIOR A $50.00 NI MAYOR A $3,000.00 ARTÍCULO 72.- LOS IMPUESTOS, DERECHOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES QUE NO SEAN PAGADOS DENTRO DEL PLAZO LEGAL PREVISTO EN LAS LEYES FISCALES, CAUSARÁN RECARGOS EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN AL FISCO, DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 47, DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. 6.1.15.3 DE LOS RECARGOS 6.1.15.3.1 LOS RECARGOS EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN AL FISCO SERÁN DE UN 1.13% MENSUAL, SOBRE EL MONTO DEL SALDO TOTAL INSOLUTO, POR CADA MES O FRACCIÓN QUE TRANSCURRA SIN HACERSE EL PAGO. 6.1.15.3.2 PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN PRÓRROGA PARA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 175 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CUBRIR SUS CRÉDITOS FISCALES, CONFORME A LAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, ADEMÁS DE OTORGAR LA GARANTÍA RESPECTIVA, CUBRIRÁN EL 0.75 POR CIENTO MENSUAL; EN EL CASO DE AUTORIZACIÓN DE PAGO EN PARCIALIDADES, LOS RECARGOS SERÁN DE 1.0 POR CIENTO PARA PARCIALIDADES DE HASTA 12 MESES, 1.25 POR CIENTO PARA PARCIALIDADES DE MÁS DE 12 MESES Y HASTA 24 MESES, 1.5 POR CIENTO PARA PARCIALIDADES DE MÁS DE 24 MESES Y HASTA 36 MESES, SOBRE SALDOS INSOLUTOS. ARTÍCULO 73.- A PETICIÓN ESCRITA DEL CONTRIBUYENTE Y EN CASO DE NOTORIA CONDICIÓN ECONÓMICA DESFAVORABLE DEL MISMO, DEMOSTRADA A JUICIO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, SE PODRÁ AUTORIZAR EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES OMITIDAS Y DE SUS ACCESORIOS PREVIA GARANTÍA DEL CRÉDITO CORRESPONDIENTE, YA SEA DIFERIDO O EN PARCIALIDADES. DURANTE EL PLAZO CONCEDIDO SE CAUSARÁN RECARGOS SOBRE EL SALDO INSOLUTO EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 134 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. PLAZOS, A SECCIÓN DÉCIMA SÉPTIMA 6.1.16 DE LOS OTROS INGRESOS MUNICIPALES ARTÍCULO 74.- CUANDO SE PRESENTE EL HECHO GENERADOR CORRESPONDIENTE, LA TESORERÍA MUNICIPAL PERCIBIRÁ EN CALIDAD DE OTROS INGRESOS: 6.1.16.1 FIANZAS QUE SE HAGAN EFECTIVAS. 6.1.16.2 CUALQUIER OTRO INGRESO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LAS ACUERDOS, REGLAMENTOS O CONVENIOS QUE SE ESTABLEZCAN. 6.1.16.3 LOS CONCEPTOS SIN TARIFA ESPECÍFICA SE CALCULARÁN: EN EL CASO DE DERECHOS ATENDIENDO AL COSTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO OTORGADO Y EN EL CASO DE MULTAS SIN QUE EXCEDAN EL IMPORTE DE 100 U.M.A. APLICABLES, DECRETOS, FISCALES LEYES Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 176 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original SECCIÓN DÉCIMA OCTAVA 6.2. DE LOS APROVECHAMIENTOS DE CAPITAL 6.2.1 DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS EL MUNICIPIO 75.- PODRÁ PERCIBIR ARTÍCULO INGRESOS EXTRAORDINARIOS CUANDO ASÍ LO APRUEBE EL CABILDO Y TRATÁNDOSE DE DEUDA PÚBLICA LO DECRETE EL CONGRESO DEL ESTADO O LO DISPONGAN LAS LEYES FEDERALES, LO ANTERIOR ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 19 CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. DICHOS INGRESOS PODRÁN PROCEDER DE CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: 6.2.1.1 EMPRÉSTITOS; 6.2.1.2 IMPUESTOS Y DERECHOS EXTRAORDINARIOS; 6.2.1.3 EXPROPIACIONES; 6.2.1.4 APORTACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL Y DE TERCEROS A PROGRAMAS DE DESARROLLO; 6.2.1.5 SUBSIDIOS Y APOYOS; 6.2.1.6 EMISIÓN DE BONOS DE DEUDA U OTROS VALORES; Y 6.2.1.7 CUALQUIER OTRO QUE TENGA DERECHO A PERCIBIR EL MUNICIPIO, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE. SECCIÓN DÉCIMA NOVENA DE LOS APROVECHAMIENTOS QUE OBTIENE EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CUERNAVACA ARTÍCULO 76.- TODOS AQUELLOS GASTOS DE EJECUCIÓN QUE SE GENEREN CON MOTIVO DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, GASTOS DE EJECUCIÓN Y EMBARGO, NO REBASARÁN EL DOCE POR CIENTO DEL IMPORTE TOTAL DEL CRÉDITO FISCAL. LOS GASTOS DE EJECUCIÓN, COMPRENDEN: GASTOS DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO PARA CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 177 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original Y DE LA APLICACIÓN DE MULTAS, EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO Y EXTEMPORANEIDAD; ASÍ COMO GASTOS DE EJECUCIÓN, DERIVADOS DE MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y GASTOS DE EJECUCIÓN POR LA PRÁCTICA DE EMBARGO. EN LOS GASTOS DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO, SE INCLUYEN LAS NOTIFICACIONES REALIZADAS POR CORREO CERTIFICADO U ORDINARIO, A TRAVÉS DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO. ARTÍCULO 77.- LOS APROVECHAMIENTOS POR MULTAS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: CONCEPTO A).- LAS PERSONAS QUE NO SOLICITEN EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y LA INSTALACIÓN DE DESCARGA CORRESPONDIENTE DENTRO DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY ESTATAL DE AGUA POTABLE: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL B).- EL PROPIETARIO O POSEEDOR DEL PREDIO DENTRO DEL CUAL SE LOCALICE ALGUNA FUGA QUE NO HAYA SIDO ATENDIDA OPORTUNAMENTE: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL C).- LA PERSONA QUE DESPERDICIE EL AGUA: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL D).- LA PERSONA QUE POR SÍ O POR INTERPÓSITA PERSONA RETIRE UN MEDIDOR SIN ESTAR AUTORIZADO, VARÍE SU COLOCACIÓN DE MANERA TRANSITORIA O DEFINITIVA: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL E).- LA PERSONA QUE UTILICE EL SERVICIO DE HIDRANTE PÚBLICO PARA DESTINARLO A USOS DISTINTOS A LOS DE SU OBJETO: U.M.A. 1 A 20 2 A 40 3 A 60 1 A 20 2 A 40 3 A 60 1 A 20 2 A 40 3 A 60 5 A 50 10 A 100 15 A 150 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 178 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original INSTALACIÓN QUE DETERIORE CUALQUIER 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 5 A 50 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 10 A 100 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL 15 A 150 F).-LA PERSONA PROPIEDAD DEL SISTEMA: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL G).- LA PERSONA QUE IMPIDA LA INSTALACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL H).- EL PROPIETARIO, POSEEDOR O DETENTADOR DE PREDIO QUE IMPIDA EL EXAMEN DE APARATO MEDIDOR O LA PRÁCTICA DE VISITA DE INSPECCIÓN: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL I).- EL QUE EMPLEE MECANISMO PARA SUCCIONAR AGUA DE LA TUBERÍA DE DISTRIBUCIÓN: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL J).- LA PERSONA QUE DESCARGUE AGUAS RESIDUALES EN LAS REDES DE DRENAJE Y ALCANTARILLADO, SIN CONTAR CON EL PERMISO DE DESCARGA CORRESPONDIENTE: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL K).- LA PERSONA QUE DESCARGUE AGUAS RESIDUALES EN LA RED DE DRENAJE Y ALCANTARILLADO, SIN HABER CUBIERTO LA CUOTA O TARIFA RESPECTIVA: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL L).- LA PERSONA QUE INSTALE EN FORMA CLANDESTINA CONEXIÓN EN CUALQUIER INSTALACIÓN DEL SISTEMA, SIN ESTAR CONTRATADA Y SIN APEGARSE A LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY ESTATAL DE AGUA POTABLE 5 A 50 10 A 100 15 A 150 5 A 50 10 A 100 15 A 150 5 A 50 10 A 100 15 A 150 5 A 50 10 A 100 15 A 150 5 A 50 10 A 100 15 A 150 5 A 50 10 A 100 15 A 150 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 179 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 20 A 200 30 A 300 10 A 100 20 A 200 30 A 300 10 A 100 20 A 200 30 A 300 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL M).- EL USUARIO QUE EN CUALQUIER CASO Y SIN AUTORIZACIÓN DEL SISTEMA, EJECUTE POR SÍ O POR INTERPÓSITA PERSONA DERIVACIÓN DE AGUA Y CONEXIÓN DE ALCANTARILLADO: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL N).- LA PERSONA QUE VIOLE LOS SELLOS DE UN APARATO MEDIDOR: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 10 A 100 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL Ñ)- LA PERSONA QUE POR CUALQUIER MEDIO ALTERE EL CONSUMO MARCADO POR EL MEDIDOR 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIAL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL O).- LA PERSONA QUE, EN CUALQUIER CASO, PROPORCIONE SERVICIO DE SUMINISTRO AGUA, EN FORMA DISTINTA A LAS QUE SEÑALE LA LEY ESTATAL DE AGUA POTABLE DEL ESTADO DE MORELOS. A PERSONAS QUE ESTÁN OBLIGADAS A SURTIRSE DIRECTAMENTE DEL SERVICIO PÚBLICO: 1.- EN EL CASO DE USUARIO DOMÉSTICO 2.- EN EL CASO DE USUARIO COMERCIO AL 3.- EN EL CASO DE ESTABLECIMIENTO INDUSTRIAL EN CASO DE QUE EL USUARIO, SEA CUAL SEA SU GIRO DE ACTIVIDAD, SOLICITE UNA INSPECCIÓN DETALLADA EN SU DOMICILIO PARA EFECTOS DE VERIFICAR UN HECHO GENERADOR DE DERECHOS, INFRACCIONES U OTRO INGRESO PARA EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CUERNAVACA, ESTA INSPECCIÓN TENDRÁ UN COSTO DE DOS VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 78.- LAS SANCIONES SERÁN IMPUESTAS CON BASE EN LAS ACTAS LEVANTADAS POR PERSONAL DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE. EN TODO CASO, LAS RESOLUCIONES QUE SE EMITAN EN MATERIA DE 15 A 150 40 A 400 50 A 500 15 A 150 40 A 400 50 A 500 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 180 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original SANCIONES DEBERÁN ESTAR FUNDADAS Y MOTIVADAS CON ARREGLO A DERECHO Y TOMANDO EN CONSIDERACIÓN LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR. ARTÍCULO 79.- SI UNA VEZ VENCIDO EL PLAZO CONCEDIDO POR LA AUTORIDAD PARA SUBSANAR LA O LAS INFRACCIONES, RESULTARE QUE ÉSTA O ÉSTAS AÚN SUBSISTEN, PODRÁN IMPONERSE MULTAS POR CADA DÍA QUE TRANSCURRA SIN OBEDECER EL MANDATO, SIN QUE EL TOTAL DE LAS MULTAS EXCEDA EL MONTO MÁXIMO PERMITIDO. EN EL CASO DE REINCIDENCIA EL MONTO DE LA MULTA PODRÁ SER HASTA POR DOS VECES EL MONTO ORIGINALMENTE IMPUESTO, SIN EXCEDER DEL DOBLE DEL MÁXIMO PERMITIDO; EN CASO DE SEGUNDA REINCIDENCIA SE APLICARÁ TRES VECES EL MONTO ORIGINALMENTE IMPUESTO, Y ASÍ SUCESIVAMENTE. ARTÍCULO 80.- EN CASOS DE REINCIDENCIA EN CUALQUIERA DE LAS INFRACCIONES DEL ARTÍCULO 82 DE ESTA LEY, EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, PODRÁ IMPONER ADICIONALMENTE LA SANCIÓN DE CLAUSURA TEMPORAL O DEFINITIVA, PARCIAL O TOTAL DE LA TOMA. EN EL CASO DE CLAUSURA, EL PERSONAL DESIGNADO POR DICHO SISTEMA, PROCEDERÁ A LEVANTAR ACTA CIRCUNSTANCIADA DE LA DILIGENCIA. REHUSAR EL INFRACTOR A SU FIRMA NO INVALIDARÁ DICHA ACTA, DEBIÉNDOSE ASENTAR TAL SITUACIÓN. TRATÁNDOSE DE GIROS COMERCIALES MERCANTILES, INDUSTRIALES O DE SERVICIOS, SE PODRÁ SOLICITAR A LA AUTORIDAD COMPETENTE SU CLAUSURA, POR NO EFECTUAR LA CONEXIÓN AL ABASTECIMIENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO. ARTÍCULO 81.- LAS SANCIONES QUE CORRESPONDAN POR LAS FALTAS PREVISTAS EN ESTA LEY, SE IMPONDRÁN SIN MENOSCABO DEL PAGO DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS, QUE EL MUNICIPIO, EL ORGANISMO OPERADOR O LA DEPENDENCIA U ORGANISMO DE LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 181 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL ENCARGADO DEL RAMO DE AGUA POTABLE Y MEDIO AMBIENTE, EN SU CASO, NOTIFICARÁ AL INFRACTOR, PREVIA SU CUANTIFICACIÓN PARA QUE LOS CUBRA DENTRO DEL PLAZO QUE DETERMINE EL PROPIO ORGANISMO. EL MUNICIPIO, EL ORGANISMO OPERADOR O LA DEPENDENCIA U ORGANISMO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, EN SU CASO NOTIFICARÁN LOS ADEUDOS QUE TENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, CON MOTIVO DE LAS OBRAS O LA DESTRUCCIÓN DE LAS MISMAS QUE POR SU CUENTA TENGAN QUE REALIZAR, ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS QUE ORIGINALMENTE LES CORRESPONDERÍA REALIZAR EN LOS TÉRMINOS DE ESTA LEY. CAPÍTULO VIII 8. PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 8.1. DE LAS PARTICIPACIONES FEDERALES Y ESTATALES ARTÍCULO 82.- EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDAN POR CONCEPTO DE PARTICIPACIÓN EN INGRESOS FEDERALES, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE LEY Y LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL DE LA FEDERACIÓN, DE CONFORMIDAD AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, TAL Y COMO LO DISPONE EL ARTÍCULO 23 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. DE LAS PARTICIPACIONES EN INGRESOS ESTATALES ARTÍCULO 83.- SE DERIVAN DE LAS PARTICIPACIONES QUE CONCEDE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA POR LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. POR TANTO, EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA SUSPENDE EL COBRO MUNICIPAL, DADO QUE PARTICIPARÁ DE LOS INGRESOS QUE SE GENEREN POR LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE DIVERSIONES Y Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 182 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, EN EL SETENTA Y CINCO POR CIENTO DE LA RECAUDACIÓN QUE EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA SE OBTENGA POR EVENTO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS. ASÍ MISMO, EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES ESTATALES, EL CINCUENTA POR CIENTO DE LA RECAUDACIÓN QUE OBTENGA EL ESTADO POR EVENTO O MONTO DEL PERMISO OBTENIDO, DERIVADA DEL IMPUESTO SOBRE LOTERÍAS, RIFAS Y SORTEOS, JUEGOS PERMITIDOS CON APUESTA Y LA OBTENCIÓN DE PREMIOS EN APUESTAS PERMITIDAS, A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS. CAPÍTULO IX 8.2. DE LAS APORTACIONES FEDERALES Y ESTATALES ARTÍCULO 84.- EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ LAS CANTIDADES QUE POR APORTACIONES FEDERALES SE DESTINEN AL ESTADO DE MORELOS, DE CONFORMIDAD AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL. DE LAS APORTACIONES ESTATALES ARTÍCULO 85.- EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, PERCIBIRÁ DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO POR LA PRESENTE LEY DE INGRESOS, LAS CANTIDADES QUE LE SEAN ASIGNADAS DEL FONDO DE APORTACIONES ESTATALES PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y DEL FONDO PARA EL DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL, ESTABLECIDO EN LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS. CAPÍTULO X DE OTROS INGRESOS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 183 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 86.- CUANDO SE PRESENTE EL HECHO GENERADOR CORRESPONDIENTE, LA TESORERÍA MUNICIPAL PERCIBIRÁ EN CALIDAD DE OTROS INGRESOS, LOS SIGUIENTES: I.- EL PRECIO DE LA VENTA DE BIENES MOSTRENCOS; II.- LOS DONATIVOS, LEGADOS Y SUBSIDIOS HECHOS AL MUNICIPIO; III.- LAS INDEMNIZACIONES DE CUALQUIER TIPO QUE DEBAN HACERSE AL MUNICIPIO, Y IV.- EL REINTEGRO DE GASTOS EFECTUADOS POR EL H. AYUNTAMIENTO POR CUENTA DE TERCEROS. ASÍ COMO LAS SANCIONES A LOS FRACCIONADORES QUE NO DEN CUMPLIMIENTO A LO QUE ESTABLECE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS EN EL ARTÍCULO 216. LOS CONCEPTOS SIN TARIFA ESPECÍFICA SE CALCULARÁN DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES FISCALES APLICABLES, DECRETOS, ACUERDOS O CONVENIOS QUE SE FORMALICEN. CAPÍTULO XI DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS ARTÍCULO 87- LA TESORERÍA MUNICIPAL PERCIBIRÁ EN CALIDAD DE INGRESOS EXTRAORDINARIOS, AQUELLOS QUE SE DECRETEN EXCEPCIONALMENTE PARA PROVEER EL PAGO DE GASTOS E INVERSIONES ACCIDENTALES, ESPECIALES O EXTRAORDINARIAS, TALES COMO: I.- CRÉDITOS QUE LE SEAN AUTORIZADOS POR EL CONGRESO LOCAL, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS; II.- EXPROPIACIONES; III.- APORTACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL Y DE TERCEROS A PROGRAMAS DE DESARROLLO, SUBSIDIOS Y APOYOS, Y Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 184 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original IV.- CUALQUIER OTRO QUE TENGA DERECHO A PERCIBIR EL MUNICIPIO, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE. CAPÍTULO XII DE INGRESOS DIVERSOS ARTÍCULO 88.- CUANDO LOS INGRESOS RECAUDADOS POR EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2019, SEAN SUPERIORES A LOS SEÑALADOS EN ESTA LEY, EL CABILDO APROBARÁ EL DESTINO DE LOS EXCEDENTES EN LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES QUE BENEFICIEN A LA COMUNIDAD. ARTÍCULO 89.- EN LO QUE RESPECTA AL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES A QUE REFIEREN LOS ARTÍCULOS DEL 94 TER AL 94 TER-11, DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, EN LAS ADQUISICIONES QUE SE HAGAN CONSTAR EN ESCRITURA PÚBLICA, LOS NOTARIOS, CORREDORES Y DEMÁS FEDATARIOS QUE POR DISPOSICIÓN LEGAL TENGAN FUNCIONES DE FEDATARIO PÚBLICO, DEBERÁN ESTABLECER EL FUNDAMENTO LEGAL Y EL CONCEPTO DE DICHA CONTRIBUCIÓN, TANTO EN LOS PROPIOS INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE GENEREN, COMO EN LOS RECIBOS QUE EXPIDAN COMO LOS CONTRIBUYENTES Y SERÁN RESPONSABLES DE LOS MONTOS INGRESADOS POR DICHO IMPUESTO A LA TESORERÍA MUNICIPAL; EN CASO DE NO CUMPLIR LO ANTERIOR SE RECHAZARÁ EL TRÁMITE. ARTÍCULO 90.- EL AVALÚO QUE SE PRACTIQUE PARA EFECTO DEL CÁLCULO DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIEN INMUEBLE, TENDRÁ VIGENCIA DURANTE SEIS MESES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE EFECTÚE Y DEBERÁ LLEVARSE A CABO POR LAS AUTORIDADES FISCALES, INSTITUCIONES DE CRÉDITO, LA COMISIÓN DE AVALÚOS DE BIENES NACIONALES O ESTATALES EN SU CASO, POR CORREDOR PÚBLICO O PERSONA QUE CUENTE CON CÉDULA PROFESIONAL DE VALUADOR, EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE LA RETENCIÓN A JUSTIFICANTE DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 185 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original EDUCACIÓN PÚBLICA, Y SE ENCUENTRE INSCRITO EN EL PADRÓN DE PERITOS VALUADORES AUXILIARES DE LA AUTORIDAD MUNICIPAL Y AL CORRIENTE EN EL PAGO DE INSCRIPCIÓN Y REFRENDO CORRESPONDIENTE, LA VIGENCIA DEL AVALÚO SERÁ PRESENTADA ANTE LA TESORERÍA MUNICIPAL Y SE HARÁ CON INDEPENDENCIA DE QUE LA NOTARÍA QUE OTORGUE LA ESCRITURA CORRESPONDIENTE PERTENEZCA A OTRA ENTIDAD FEDERATIVA. DE LOS INGRESOS DEL SISTEMA DIF MUNICIPAL CAPÍTULO XIII ARTÍCULO 91.- SE AUTORIZA AL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE CUERNAVACA, A RECIBIR DONATIVOS DE DINERO Y EN ESPECIE, ASÍ COMO CUOTAS DE RECUPERACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, SERVICIOS DENTALES, SERVICIOS DE ASISTENCIA Y DESPENSAS, Y DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, CON LAS TARIFAS QUE LE SEAN AUTORIZADAS POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO, DEBIENDO MANEJAR ESTOS RECURSOS SIN QUE SEAN UTILIZADOS PARA OTRO FIN QUE NO SEA EL DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ASISTENCIALES QUE LE SON ENCOMENDADOS. LAS CUOTAS DE RECUPERACIÓN POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL ORGANISMO, SE SEÑALAN DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA, SIGUIENTES: I.- SERVICIOS PROFESIONALES A).- SERVICIO MÉDICO: 1.- GENERAL, LA CONSULTA 2.- PEDIATRÍA, LA CONSULTA B).- GINECOLOGÍA: 1.- CONSULTA 2.- COLPOSCOPIA 3.- ELECTRO CIRUGÍA 4.- VAPORIZACIÓN LÁSER 0.49 1.30 3.25 16.29 0.49 0.49 U.M.A. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 186 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original C).- PSICOLOGÍA: 1.- TERAPIA DE PSICOLOGÍA 2.- TERAPIA DE COMUNICACIÓN HUMANA D).- SERVICIO DENTAL: 1.- CURACIÓN 2.- AMALGAMA 3.- EXTRACCIÓN 4.- IONÓMERO 5.- LIMPIEZA DENTAL 6.- RESINAS 7.- CEMENTACIÓN 8.- INCRUSTACIÓN 9.- APLICACIÓN DE FLÚOR 10.- RADIOGRAFÍA DENTAL EL SERVICIO DENTAL QUE CONSISTE EN LA ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE PRÓTESIS, GENERARÁ EL PAGO DEL COSTO DEL MATERIAL EMPLEADO PARA ELLO. 0.33 0.33 0.97 1.30 1.30 1.30 1.62 1.30 1.30 2.44 0.98 0.98 E).- ASISTENCIA JURÍDICA: 1.- ASESORÍA LEGAL 2.- RECTIFICACIÓN DE ACTA 3.- PENSIÓN ALIMENTICIA 4.- CUSTODIA DE MENOR 5.- PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD 6.- DIVORCIO VOLUNTARIO 7.- RÉGIMEN DE VISITAS 8.- INCIDENTES O RECONVENCIÓN 9.- CONVENIO II.- SERVICIOS DE APOYO SOCIAL: A).- CASA DE DÍA DE ADULTOS MAYORES, CUOTA MENSUAL EN CASO DE QUE EL USUARIO NO PUEDA PAGAR EL COSTO DE LOS SERVICIOS, PREVIO ESTUDIO SOCIOECONÓMICO, SE OTORGARÁ EL 50% DE DESCUENTO O LA GRATUIDAD DE LA CUOTA DE RECUPERACIÓN. 0.81 14.66 9.77 24.43 24.43 24.43 13.03 1.63 MENSUAL 11.40 A 19.55 1.63 CAPÍTULO XIV ESTÍMULOS FISCALES Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 187 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 92.- EL AYUNTAMIENTO PODRÁ CONCEDER ESTÍMULOS FISCALES EN EL IMPUESTO PREDIAL, EN LOS DERECHOS POR SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES Y CUOTAS DE MANTENIMIENTO EN PANTEONES, CONFORME A LO SIGUIENTE: A).- EN FORMA GENERAL, A TODOS LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LOS GOBIERNOS FEDERAL, ESTATAL, MUNICIPAL, ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, DESCONCENTRADOS Y PARAESTATALES, ASÍ COMO A EXTRANJEROS QUE LO ACREDITEN CON DOCUMENTACIÓN OFICIAL, QUE REALICEN SUS PAGOS ANTICIPADOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2019, EN LOS MESES DE ENERO, FEBRERO MARZO Y ABRIL DEL AÑO 2019, SIEMPRE Y CUANDO SE TRATE DE UN SOLO INMUEBLE, SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 50% DE DESCUENTO, SOLO SI LA PROPIEDAD ESTÁ A NOMBRE DE ÉSTOS O DE SU CÓNYUGE, BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. CUANDO SE PAGUE DE FORMA ANTICIPADA EL IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2020 EN LOS MESES DE SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2019 SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 50% DE DESCUENTO, SIEMPRE Y CUANDO SE TRATE DE UN SOLO INMUEBLE, SOLO SI LA PROPIEDAD ESTÁ A SU NOMBRE O DE SU CÓNYUGE BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. B).- EN FORMA GENERAL, A TODAS LAS PERSONAS DE SESENTA Y MÁS AÑOS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE LO ACREDITEN, QUE REALICEN SUS PAGOS ANTICIPADOS DEL IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2019, DENTRO DE LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO DEL AÑO 2019, SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 50% DE DESCUENTO, SIEMPRE Y CUANDO SE TRATE DE UN SERVICIOS SERVICIOS PÚBLICOS PÚBLICOS POR POR Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 188 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original POR PÚBLICOS SERVICIOS SOLO INMUEBLE, SOLO SI LA PROPIEDAD ESTÁ A SU NOMBRE O DE SU CÓNYUGE BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. CUANDO SE PAGUE DE FORMA ANTICIPADA EL IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2020 EN LOS MESES DE SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2019, SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 50% DE DESCUENTO, SIEMPRE Y CUANDO SE TRATE DE UN SOLO INMUEBLE Y SOLO SI LA PROPIEDAD ESTÁ A SU NOMBRE O DE SU CÓNYUGE BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. C).- EN FORMA GENERAL, A TODOS LOS CONTRIBUYENTES QUE EFECTÚEN EL PAGO ANTICIPADO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2019, EN LOS MESES DE ENERO, FEBRERO, MARZO Y ABRIL DEL AÑO 2019, SE APLICARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 20% DE DESCUENTO EN AMBAS CONTRIBUCIONES. CUANDO SE PAGUE DE FORMA ANTICIPADA EL IMPUESTO PREDIAL Y DERECHOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2020, EN LOS MESES DE SEPTIEMBRE Y OCTUBRE, SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 15% DE DESCUENTO Y SI EL PAGO SE REALIZA DENTRO DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2019, SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 10% DE DESCUENTO, SIEMPRE Y CUANDO SE TRATE DE UN SOLO INMUEBLE, SOLO SI LA PROPIEDAD ESTÁ A SU NOMBRE O DE SU CÓNYUGE BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. D).- EN PANTEONES MUNICIPALES, SE OTORGARÁ UN ESTÍMULO FISCAL DEL 30% DE DESCUENTO A JUBILADOS, PENSIONADOS, DISCAPACITADOS O PERSONAS DE SESENTA Y MÁS AÑOS, QUE EN EL MES DE ENERO Y FEBRERO DE 2019, REALICEN EL PAGO DE CUOTAS DE MANTENIMIENTO CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2019, APLICABLE ÚNICAMENTE DE LOS LOTES QUE ESTÉN A SU NOMBRE O DE SU SERVICIOS PÚBLICOS FISCAL POR Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 189 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original CÓNYUGE QUE ASÍ LO ACREDITEN, BAJO EL RÉGIMEN DE SOCIEDAD CONYUGAL. ESTE BENEFICIO FISCAL QUE SE CONCEDE NO ES APLICABLE A NINGÚN OTRO CONCEPTO. E).- A TODOS AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE SE INCORPOREN AL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA INSTITUTO NACIONAL DEL SUELO SUSTENTABLE PROMOVIDO POR (INSUS) Y/O POR EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL (RAN), EN COORDINACIÓN CON EL MUNICIPIO Y A QUIENES ADQUIERAN INMUEBLES COMO CONSECUENCIA DE PROGRAMAS DE REGULARIZACIÓN DISTINTOS, IMPLEMENTADOS POR EL AYUNTAMIENTO O LOS GOBIERNOS ESTATAL Y FEDERAL, SE LES PODRÁ OTORGAR UN SUBSIDIO FISCAL HASTA DEL 100% DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES, OBSERVANDO LAS FORMALIDADES FISCALES CORRESPONDIENTES. EL SUBSIDIO FISCAL DEL IMPUESTO PREDIAL SERÁ ÚNICAMENTE POR EL PRESENTE EJERCICIO FISCAL. ESTE BENEFICIO SE OTORGARÁ POR UN SOLO PREDIO Y POR UNA SOLA VEZ A LAS PERSONAS FÍSICAS QUE HABITEN EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS Y ENTREN A LOS PROGRAMAS DE REGULARIZACIÓN. F).- EL PRESIDENTE MUNICIPAL, ESTÁ FACULTADO PARA OTORGAR ESTÍMULOS FISCALES EN DERECHOS POR CONCEPTO DE REGISTRO CIVIL, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 96 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. G).- EN EL CASO DE LOS ESTÍMULOS FISCALES QUE SE OTORGUEN PARA IMPULSAR LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA POPULAR O DE INTERÉS SOCIAL, SE ESTARÁ A LOS CONVENIOS QUE AL EFECTO SE SUSCRIBAN Y A LA DETERMINACIÓN QUE TOME EL CABILDO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 190 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original LA EXPEDICIÓN DE ARTÍCULO 93.- EN APOYO A LA PRODUCTIVIDAD, EL DESARROLLO SUSTENTABLE Y LA GENERACIÓN DE EMPLEOS, EL AYUNTAMIENTO OTORGARÁ LOS SIGUIENTES ESTÍMULOS FISCALES: A).- 30% DE DESCUENTO EN LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES A LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN, LICENCIAS DE USO DE SUELO, ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL, FUSIÓN, SUBDIVISIÓN Y LOTIFICACIÓN DE PREDIOS, CONSTITUCIÓN DE FRACCIONAMIENTOS Y CONDOMINIOS, A LOS DESARROLLADORES INMOBILIARIOS QUE INSTALEN TECNOLOGÍAS LIMPIAS EN LAS UNIDADES HABITACIONALES QUE SE CONSTRUYAN EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA. IMPORTE DE LOS DERECHOS B).- 30% DE DESCUENTO EN EL CORRESPONDIENTES POR LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y SUS CORRESPONDIENTES REFRENDOS, A LAS EMPRESAS O NEGOCIACIONES MERCANTILES QUE LE DEN OPORTUNIDAD DE TRABAJO A LOS JÓVENES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA LA LEY DE PRIMER EMPLEO VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS. C).- 30% DE DESCUENTO EN EL IMPORTE DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES POR LA EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y SUS CORRESPONDIENTES REFRENDOS, A LA EMPRESA O NEGOCIACIÓN MERCANTIL QUE INSTALE EN EL MUNICIPIO SU OFICINA CORPORATIVA, TENIENDO SU DOMICILIO FISCAL EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, AUN CUANDO SUS ESTABLECIMIENTOS SE UBIQUEN EN OTROS MUNICIPIOS DEL ESTADO. D).- 30% DE DESCUENTO EN EL IMPORTE DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES POR LA EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y SUS ACCESORIOS; 30% EN EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y 30% EN EL PAGO DE LOS DERECHOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A LOS PROPIETARIOS DE INMUEBLES UBICADOS EN EL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS SE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 191 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original DESTINEN A HOTELES CATEGORÍA GRAN TURISMO, RESTAURANTE, HOTEL BOUTIQUE O ESCUELA. E).- CON EL FIN DE MEJORAR LAS CONDICIONES QUE IMPULSEN LA ECONOMÍA DEL MUNICIPIO, A TODOS LOS CONTRIBUYENTES QUE REQUIERAN PUBLICITAR SU NEGOCIO O EMPRESA, SE LES OTORGA LA GRATUIDAD EN LOS DERECHOS DE DICTAMEN TÉCNICO PARA COLOCACIÓN DE ANUNCIO DE HASTA 2 METROS CUADRADOS. TRATÁNDOSE DEL CENTRO HISTÓRICO SE HABRÁN DE SUJETAR A LAS DISPOSICIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA. LA TESORERÍA MUNICIPAL DE CUERNAVACA EXPEDIRÁ LAS REGLAS DE OPERACIÓN CORRESPONDIENTES PARA LA APLICACIÓN DE LOS ESTÍMULOS FISCALES A QUE SE REFIERE ESTE ARTÍCULO. ARTÍCULO 94.- EN EL PAGO DE LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO, EL DESCUENTO QUE SE OTORGA ES EL 50% EN LOS DIEZ DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A LA IMPOSICIÓN DE LA MULTA, SIN NINGUNA PRÓRROGA. ARTÍCULO 95.- SE EXCEPTÚA DEL PAGO QUE CORRESPONDE AL MUNICIPIO DE CUERNAVACA POR CONCEPTO DE INFRACCIONES, ARRASTRE, PISO E INVENTARIO EN EL CORRALÓN CONCESIONADO, ORIGINADOS POR UN VEHÍCULO, CUANDO HAYA SIDO CONFISCADO Y SE ENCUENTRE A RESGUARDO POR MOTIVO DE ROBO Y EXISTA AVERIGUACIÓN PREVIA ANTERIOR A LA FECHA DE LA INFRACCIÓN E INVENTARIO RESPECTIVO, SIN PERJUICIO DE LO QUE ADICIONALMENTE DISPONGA SERVICIOS CORRESPONDIENTE. ARTÍCULO 96.- EL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CUERNAVACA PODRÁ CONCEDER ESTÍMULOS FISCALES EN EL PAGO DE DERECHOS POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO CONFORME A LO SIGUIENTE: EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 192 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 1.- EN FORMA GENERAL, A LOS JUBILADOS, PENSIONADOS, DISCAPACITADOS Y PERSONAS DE SESENTA AÑOS Y MÁS DE EDAD QUE LO ACREDITEN, SE OTORGARÁ UN INCENTIVO FISCAL EN TOMA DE USO DOMÉSTICO, SIEMPRE Y CUANDO SEAN BENEFICIARIOS DIRECTOS DEL SERVICIO, ACREDITEN LA PROPIEDAD O POSESIÓN DEL PREDIO O EL CONTRATO ESTÉ A SU NOMBRE O AL DE SU CÓNYUGE, DEBIENDO APLICAR EL DESCUENTO A UN SOLO INMUEBLE, DE CONFORMIDAD CON LA TABLA SIGUIENTE: RANGO DE CONSUMO EN METROS CÚBICOS PORCENTAJE DE INCENTIVO FISCAL 0-60 61-100 101-150 (%) 50 25 10 2.- EN FORMA GENERAL, A TODO USUARIO QUE REALICE EL PAGO ANUAL 2019 ANTICIPADO POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DENTRO DE LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO DE 2019 SE BONIFICARÁ EL IMPORTE DE UN MES DE SERVICIO CALCULADO SOBRE EL CONSUMO PROMEDIO DEL AÑO. ARTÍCULO 97.- LOS ESTÍMULOS FISCALES QUE SE OTORGUEN AL PROPIETARIO O POSEEDOR DE UN BIEN INMUEBLE INTEGRADO AL CATÁLOGO MUNICIPAL DE CERTIFICACIÓN DENTRO DE LA DEFINICIÓN ZONAL DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE CUERNAVACA, HABRÁN DE BENEFICIAR AL CONTRIBUYENTE QUE TRIBUTE CONFORME A LOS CONCEPTOS DE INGRESOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 6, 7, 14, 17, 18, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 31, 38, 40, 41, 43, 44, 46, 47, 48, 49, 50 Y 51 DE LA PRESENTE LEY, EN SU MODALIDAD DE RESIDENCIAL Y COMERCIAL, A QUIENES LES SERÁ OTORGADO COMO ESTÍMULO FISCAL AL PAGO DE LOS CONCEPTOS FISCALES ENUMERADOS AD SUPRA, UN 50% DE MANERA AUTOMÁTICA, POR CUANTO A LAS CONTRIBUCIONES ORDINARIAS QUE EFECTÚEN EN BIENES INMUEBLES INTEGRADOS EN LA ZONA “A” DE MÁXIMA CONSERVACIÓN Y ALTA DENSIDAD DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 193 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original MONUMENTOS DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD, SIN SER ACUMULABLES CON LOS DEMÁS BENEFICIOS FISCALES. ARTÍCULO 98.- EN TODO LO CONCERNIENTE A LAS SANCIONES, MULTAS E INFRACCIONES COMETIDAS DENTRO DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD Y SU PLAZA DE ARMAS GENERAL EMILIANO ZAPATA SALAZAR, CON EXCEPCIÓN DE LAS DE TRÁNSITO, PODRÁ SER APLICADO HASTA UN 100% MÁS SOBRE EL DEL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN DE LAS CONVENCIONALES APLICABLES POR TRANSGREDIR EL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE CUERNAVACA, EL REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE, EL REGLAMENTO DE USO DE LA VÍA PÚBLICA, EL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS Y DEMÁS RELATIVOS APLICABLES. ARTÍCULO 99.- LOS BIENES QUE SE ENCUENTREN RETENIDOS Y ASEGURADOS EN EL JUZGADO CÍVICO POR INFRACCIÓN O FALTA AL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA Y OTRAS DISPOSICIONES LEGALES, Y CUYO PROPIETARIO NO ACUDA A CUBRIR LA MULTA CORRESPONDIENTE EN UN TÉRMINO DE TREINTA DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE QUE LOS MISMOS SEAN PUESTOS A DISPOSICIÓN DE DICHA AUTORIDAD, SERÁN DESTINADOS A ACCIONES A FAVOR DE LA COMUNIDAD. ARTÍCULO 100.- A LAS AUTORIDADES Y/O DEPENDENCIAS FEDERALES Y ESTATALES QUE OCUPEN LA VÍA PÚBLICA PARA ESTACIONAMIENTO, SE LES OTORGARÁ UN PLAZO DE TREINTA DÍAS NATURALES PARA QUE ACREDITEN ANTE LA AUTORIDAD MUNICIPAL CONTAR CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA SU OCUPACIÓN; DE NO TENERLO, DEBERÁN DESOCUPAR LA VÍA PÚBLICA. LO ANTERIOR EN APEGO A LOS ORDENAMIENTOS MUNICIPALES Y AL CUIDADO DE LA IMAGEN URBANA DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE CUERNAVACA. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 194 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original ARTÍCULO 101.- SE FACULTA AL PRESIDENTE MUNICIPAL PARA QUE DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2019, PUEDA OTORGAR ESTÍMULOS FISCALES EN LOS TÉRMINOS QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 96 Y 97, DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. REMÍTASE LA PRESENTE LEY AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA LOS FINES QUE INDICA EL ARTÍCULO 44 Y LA FRACCIÓN XVII, DEL ARTÍCULO 70 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS. SEGUNDO. LA PRESENTE LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, DEL MUNICIPIO DE CUERNAVACA, MORELOS ENTRARÁ EN VIGOR A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN, EN EL PERIÓDICO OFICIAL” TIERRA Y LIBERTAD”, ÓRGANO OFICIAL DEL ESTADO DE MORELOS Y DEBERÁ REALIZAR LOS AJUSTES DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DEL 2019. TERCERO. SI EL INFRACTOR DE LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICÍA, FUESE JORNALERO, OBRERO O TRABAJADOR, NO PODRÁ SER SANCIONADA CON MULTA MAYOR DEL IMPORTE DE SU JORNAL O SALARIO DE UN DÍA. TRATÁNDOSE DE TRABAJADORES NO ASALARIADOS, LA MULTA QUE SE IMPONGA POR INFRACCIÓN DE LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICÍA, NO EXCEDERÁ DEL EQUIVALENTE A UN DÍA DE SU INGRESO NORMAL. CUARTO. - EL AYUNTAMIENTO DENTRO DE LAS FACILIDADES QUE BRINDE PARA EL CUMPLIMIENTO FISCAL Y RESPETANDO LA COSTUMBRE DE QUIEN PREFIERA PAGAR EN FORMA ANTICIPADA SUS CONTRIBUCIONES, PODRÁ RECIBIR EL IMPORTE DE LOS MONTOS RECAUDADOS POR PAGO ADELANTADO; SIN EMBARGO, EL AYUNTAMIENTO NO PODRÁ EJERCER Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 195 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original DICHOS INGRESOS EN EL AÑO CORRIENTE, SINO QUE TENDRÁ QUE REGISTRAR EL PAGO ANTICIPADO EN UNA CUENTA DE ORDEN. QUINTO. - LOS PAGOS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES, EN EFECTIVO Y CON CHEQUE, SERÁN INVARIABLEMENTE EN MONEDA NACIONAL Y SE APLICARÁ EL REDONDEO, DE UN CENTAVO HASTA CINCUENTA CENTAVOS SE PAGARÁ EL PESO INMEDIATO INFERIOR, DE CINCUENTA Y UN CENTAVOS HASTA NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS SE PAGARÁ EL PESO COMPLETO. SEXTO. - EL SISTEMA OPERADOR DE LA RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES ESTABLECERÁ LA NORMATIVIDAD Y LA MEJORA REGULATORIA QUE FOMENTEN EL USO DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA GENERAR E INCREMENTAR LA CAPTACIÓN DE INGRESOS. SÉPTIMO. - SE DEROGAN TODAS LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN ESTA LEY, EN PARTICULAR LOS DIVERSOS RECURSOS LEYES ADMINISTRATIVAS EN LAS MATERIAS REGULADAS POR ESTE ORDENAMIENTO. LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN TRÁMITE A LA ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY, SE RESOLVERÁN CONFORME A LA LEY DE LA MATERIA. OCTAVO. - QUEDA EXCEPTUADO CUALQUIER TIPO DE DESCUENTO EN LA INFRACCIÓN DE TRÁNSITO POR CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD O BAJO LOS EFECTOS DE CUALQUIER DROGA, ESTUPEFACIENTE PSICOTRÓPICO U OTRA SUSTANCIA TÓXICA, AVALADO POR EL CERTIFICADO MÉDICO. NOVENO. - SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LOS COBROS DE DERECHOS MUNICIPALES, QUE CONTRAVENGAN LO DISPUESTO POR EL CONVENIO DE ADHESIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL Y LA COORDINACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS, QUE SE HAN CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL ESTADO DE MORELOS. ADMINISTRATIVOS DIFERENTES LAS DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 196 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original "EN SU CASO, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR EL CAPÍTULO VII DE LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS." DECIMO. - PARA EFECTOS DE LAS CONTRIBUCIONES RECAUDADAS POR CONCEPTO DE IMPUESTO ADICIONAL, SU EJERCICIO DEBERÁ DISTRIBUIRSE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 123 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL. DESGLOSE DE LAS EXPECTATIVAS DE INGRESOS ANEXO UNO RUBRO DE LOS INGRESOS CRI TOTAL 1 1.2 1.2.1 DEL IMPUESTO PREDIAL IMPUESTOS IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO 1.3 1.3.1 IMPUESTOS SOBRE LA PRODUCCIÓN, EL CONSUMO Y LAS TRANSACCIONES DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES OTROS IMPUESTOS 1.8 1.8.1 DEL IMPUESTO ADICIONAL 1.8.2 3 3.1 3.1.1 DEL IMPUESTO ADICIONAL SOBRE TRASLADO DE DOMINIO CONTRIBUCIONES DE MEJORAS CONTRIBUCIONES DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS POR OBRAS PÚBLICAS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE CUERNAVACA (SAPAC) DERECHOS DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 4 4.3 4.3.1 DE LOS DERECHOS DEL REGISTRO CIVIL 4.3.2 DE LOS DERECHOS POR LAS LEGALIZACIONES Y CERTIFICACIONES 2019 1,928,711,019.00 495,949,002.00 196,092,592.00 196,092,592.00 142,083,562.00 142,083,562.00 157,772,848.00 128,688,900.00 29,083,947.00 861,610.00 861,610.00 861,610.00 625,760,963.00 285,008,354.00 11,157,018.00 403,973.00 4.3.3 DE LOS DERECHOS POR SERVICIOS CATASTRALES 3,140,674.00 4.3.4 DE LA RECUPERACIÓN DE LOS MATERIALES UTILIZADOS EN EL PROCESO DE RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 0.00 4.3.5 DE LOS DERECHOS POR SERVICIOS PÚBLICOS 183,859,346.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 197 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 4.3.6 MUNICIPALES DE LOS DERECHOS POR PANTEONES MUNICIPALES Y VELATORIOS 4.3.7 DE LOS DERECHOS DEL RASTRO MUNICIPAL 4.3.8 DE LOS DERECHOS POR SERVICIOS AMBIENTALES 4.3.9 DE LOS DERECHOS POR DESECHOS VEGETALES 4.3.10 4.3.11 DE LOS SERVICIOS ESPECIALES DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS A DOMICILIO DE LOS DERECHOS POR EL USO Y EXPLOTACIÓN DE PARQUES MUNICIPALES 8,468,933.00 2,749,532.00 1,060,153.00 0.00 0.00 737,234.00 4.3.12 DE LOS DERECHOS POR LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN 20,415,761.00 4.3.13 DE LOS DERECHOS POR DEL USO DE SUELO 4.3.14 DE LOS DERECHOS POR LOS FRACCIONAMIENTOS 4.3.15 DE LOS DERECHOS POR LOS PERMISOS Y LICENCIAS 9,209,033.00 8,365,868.00 2,978,831.00 4.3.16 4.3.17 4.3.18 LA ESTABLECIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN DE COMERCIALES Y DE SERVICIOS DE LOS SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS Y APROVECHAMIENTO DE LA VÍA PÚBLICA EXPEDICIÓN Y AUTORIZACIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE ANUNCIOS LICENCIAS, PERMISOS DE 4.3.20 4.3.19 DE LOS DERECHOS DE MERCADOS Y PLAZAS PÚBLICAS DE LOS DERECHOS DEL CONTROL Y FOMENTO SANITARIO DE LOS DERECHOS DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA 4.3.21 4.3.22 DERECHOS DE PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL 4.3.23 DE LOS DERECHOS DEL CORRALÓN 4.3.24 DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN DE 4.3.25 DE LOS DERECHOS POR LA INSCRIPCIÓN AL PADRÓN 4.3.26 DE LOS DERECHOS POR LA EXPEDICIÓN DE 4.3.27 DE LOS DERECHOS POR LA DIRECCIÓN 4.4 OTROS DERECHOS (SAPAC) DERECHOS DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PRODUCTOS DE LOS PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 4.4.1 5 5.1 5.1.1 DEL AYUNTAMIENTO Y SAPAC 5.2 5.2.1 RENDIMIENTOS BANCARIOS PRODUCTOS DE CAPITAL 8,968,421.00 1,285,334.00 3,569,720.00 7,468,427.00 2,772,274.00 636,032.00 6,348,817.00 1,224,670.00 0.0 165,129.00 14,903.00 8,271.00 340,752,609.00 340,752,609.00 2,137,862.00 1,154,330.00 1,154,330.00 983,532.00 983,532.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 198 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 6 6.1 6.1.1 DEL CONTROL Y FOMENTO SANITARIO APROVECHAMIENTOS APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 6.1.2 6.1.3 APROVECHAMIENTOS QUE OBTENGA LOS AYUNTAMIENTO POR EL CONTROL Y ACOPIO ANIMAL DE LAS CONSTRUCCIONES Y OPERACIONES CATASTRALES INFRACCIONES A LA NORMATIVIDAD EN EL 6.1.4 DE LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO 6.1.5 DE LAS INFRACCIONES DE PROTECCIÓN CIVIL 6.1.6 6.1.7 DE LAS INFRACCIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE DE LAS SANCIONES POR DAÑOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL 6.1.8 DEL JUZGADO DE PAZ Y DEL JUZGADO CÍVICO 6.1.9 DE LAS SANCIONES DEL REGISTRO CIVIL 6.1.10 DE LAS SANCIONES Y FALTAS ADMINISTRATIVAS EN ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES 6.1.11 SANCIONES EN MATERIA DE MERCADOS PÚBLICOS 6.1.12 DEL ÁREA DE DONACIÓN 6.1.13 DE LAS INDEMNIZACIONES 6.1.14 DE LOS REINTEGROS 6.1.15 ACCESORIOS DE APROVECHAMIENTOS LOS 6.1.16 DE (AYUNTAMIENTO Y SAPAC) DE LOS APROVECHAMIENTOS DE CAPITAL 6.2 6.2.1 DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS INGRESOS OTROS MUNICIPALES 8 APORTACIONES, PARTICIPACIONES, CONVENIOS, INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL Y FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES PARTICIPACIONES FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL (F.F.M) IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCTOS Y SERVICIOS IMPUESTO SOBRE TENENCIA Y USO DE VEHÍCULOS PARTICIPACIÓN EN INGRESOS FEDERALES 8.1 8.1.1 FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES (F.G.P.) 8.1.2 8.1.3 8.1.4 8.1.5 8.1.6 FONDO DE FISCALIZACIÓN 8.1.7 CUOTA VENTA FINAL DE COMBUSTIBLE 8.1.8 8.2 8.2.1 FONDO III PARTICIPACIONES EN INGRESOS ESTATALES APORTACIONES FEDERALES Y ESTATALES 109,198,766.00 109,198,766.00 12,360..00 18,661.00 1,192,740.00 33,521,365.00 526,543.00 2,218,575.00 278,455.00 2,884,000.00 133,400.00 4,935,175.00 28,325.00 5,146,781.00 302,820.00 0.00 18,617,971.00 39,381,594.00 0.00 0.00 688,622,408.00 403,285,029.00 266,327,968.00 97,650,678.00 6,864,633.00 243,225.00 4,480,522.00 12,554,592.00 15,163,412.00 0.00 285,337,379.00 52,550,352.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 199 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original 8.2.2 FONDO IV 8.2.3 8.2.7 FONDO V FONDO ESTATAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO (FAEDE) (AYUNTAMIENTO Y SAPAC) CONVENIOS 8.3 8.3.1 CONVENIOS 9 9.3 9.3.4 9.3.10 RESTAURACIÓN INTEGRAL CATEDRAL CUERNAVACA 9.4 9.4.1 DONATIVOS, LEGADOS Y SUBSIDIOS AL MUNICIPIO TRANSFERENCIAS ASIGNACIONES SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES APORTACIONES DE COPARTICIPACIÓN FORTASEC AYUDAS SOCIALES 224,844,784.00 0.00 7,942,243.00 0.00 0.00 6,180,408.00 6,180,340.00 6,180,283.00 57.00 68.00 68.00 PROYECCION Y RESULTADOS DE INGRESOS ANEXO DOS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 200 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original RECINTO LEGISLATIVO, EN SESIÓN ORDINARIA INICIADA EL DÍA VEINTIOCHO DE FEBRERO Y CONCLUIDA EL SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS. DIP. ALFONSO DE JESÚS SOTELO MARTÍNEZ, PRESIDENTE. RÚBRICA. DIP. CRISTINA XOCHIQUETZAL SÁNCHEZ AYALA, SECRETARIA. RÚBRICA. DIP. MARCOS BECERRO, SECRETARIO. Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, Casa Morelos, en la Ciudad de Cuernavaca, Capital del estado de Morelos a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil diecinueve. ZAPOTITLA “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 201 de 202 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Ley de ingresos del municipio de Cuernavaca, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Última Reforma: Texto original GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO SECRETARIO DE GOBIERNO LIC. PABLO HÉCTOR OJEDA CÁRDENAS RÚBRICAS. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 202 de 202