Ley de Ingresos del Municipio de Emiliano Zapata para el ejercicio 2019
Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE EMILIANO OBSERVACIONES GENERALES.- Fe de erratas publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5703, de fecha 2019/05/08. ZAPATA, MORELOS, PARA EL EJERCICIOS FISCAL 2019 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: “Tierra y Libertad”.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021. CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED: Que el H. Congreso del Estado se ha servido enviarme para su promulgación lo siguiente: LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE OTORGA LA FRACCIÓN II, DEL ARTÍCULO 40, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, Y AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: I. DEL PROCESO LEGISLATIVO. A) MEDIANTE SESIÓN ORDINARIA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS DE LA LIV LEGISLATURA, QUE TUVO VERIFICATIVO EL PASADO DÍA 8 DE FEBRERO DE 2019, SE DIO CUENTA CON LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, PRESENTADA POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, CON 31 DE ENERO DE 2019. B) EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, Y POR INSTRUCCIONES DE LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO, MEDIANTE EL TURNO NO. SSLYP/DPLYP/AÑO1/P.O.2/0245/19, SE REMITIÓ A ÉSTA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA, CON FECHA 14 DE FEBRERO DE 2019 LA PRESENTE INICIATIVA PARA SU RESPECTIVO ANÁLISIS Y DICTAMEN. II. ANTECEDENTES. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 2 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 A) MEDIANTE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL DÍA 29 DE ENERO DE 2019, SE APROBÓ POR EL AYUNTAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, MISMA QUE FUE PRESENTADA A ESTE CONGRESO EL DÍA 31 DE ENERO 2019, MEDIANTE OFICIO NÚMERO DE OFICIO QUE MANDA EL MUNICIPIO PARA SELLAR DE RECIBIDO. PARA TAL EFECTO, EL AYUNTAMIENTO ACOMPAÑÓ COMO ANEXO A LA INICIATIVA PRESENTADA POR ESCRITO Y EN MEDIO MAGNÉTICO, COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE CABILDO DE LA SESIÓN EN MENCIÓN. B) EN REUNIÓN DE COMISIÓN, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1° DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL; 32 EN SU SEGUNDO PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 59 NUMERAL 2, 61 EN SU FRACCIÓN III Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DE LA LEY ORGÁNICA PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS; 54 EN SUS FRACCIONES I, IV, V, XII, Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL REGLAMENTO PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, SE LE DIO A CONOCER AL AYUNTAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, LAS OBSERVACIONES DETECTADAS POR LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA EN EL ANALISIS DE SU PROYECTO DE LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. III. MATERIA DE LA INICIATIVA. A MANERA DE SÍNTESIS, SE PROPONE AUTORIZAR LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. IV. CONTENIDO DE LA INICIATIVA. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 3 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EL PROPONENTE PARA JUSTIFICAR LA PROCEDENCIA DE SU INICIATIVA, SEÑALA LA SIGUIENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: "LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS INGRESOS QUE PERCIBIRA LA HACIENDA PUBLICA DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A TRAVES DE LA TESORERIA MUNICIPAL DURANTE EL EJERCICIO FICAL DEL AÑO 2019, INGRESOS QUE SE CLASIFICAN EN: IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO, CONTRIBUCIONES ESPECIALES, DERECHOS, PRODUCTOS, APROVECHAMIENTOS, PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS CONTEMPLADAS EN LA LEY." V. METODOLOGÍA PARA EL ANÁLISIS DE LA INICIATIVA. SE ACORDÓ RETOMAR LOS CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE LAS INICIATIVAS DE LEYES DE INGRESOS MUNICIPALES APROBADAS PARA EL EJERCICIO FISCAL ANTERIOR, CORRELACIONÁNDOLAS CON EL IMPACTO SOCIAL GENERADO EN SU POBLACIÓN POR SU APLICACIÓN, ASÍ MISMO, SE REALIZÓ POR PARTE DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA UN ANÁLISIS PORMENORIZADO PARA LA DETECCIÓN DE NECESIDADES EN CADA CASO EN CONCRETO Y FUERON TOMADOS EN CONSIDERACIÓN LOS SIGUIENTES ELEMENTOS DE ESTUDIO: LAS a) JURÍDICO.- PROCEDENCIA Y VIABILIDAD Y CONTRIBUCIONES, ARGUMENTATIVA DEL INICIANTE, HACIENDO UNA CORRELACIÓN DIRECTA CON Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES; b) SOCIOECONÓMICO.- SE CONSIDERÓ CONVENIENTE PARA LA TOMA DE DECISIONES ATENDER A CIERTOS INDICADORES DEL MUNICIPIO, TALES COMO CAPACIDAD FINANCIERA, POBLACIÓN, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE SUS FINANZAS DEL AÑO ANTERIOR; Y, CONSTITUCIONALES, JURÍDICA DE ANALIZANDO PRECEPTOS EXPOSITIVA LEGALES PARTE LOS LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 4 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 c) CUANTITATIVO.- SE REALIZÓ UN ESTUDIO CUANTITATIVO DE TASAS, TARIFAS, Y CUOTAS DEL AÑO 2018 EN COMPARACIÓN CON LAS PROPUESTAS PARA EL 2019, IDENTIFICÁNDOSE CON PRECISIÓN LAS VARIACIONES PORCENTUALES Y CORRELATIVAMENTE SU PROCEDENCIA O JUSTIFICACIÓN JURÍDICA. FINALMENTE CABE SEÑALAR QUE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE ESTA COMISIÓN, SOSTUVIMOS UNA REUNIÓN DE TRABAJO CON C.P. HUGO CATILLO, DIRECTOR DE CONTABILIDAD DEL MUNICIPIO, CON LA FINALIDAD DE ROBUSTECER EL PRESENTE DICTAMEN Y CONOCER LAS NECESIDADES DE CADA AYUNTAMIENTO EN PARTICULAR. VI. ATENCIÓN DE LAS OBSERVACIONES LOS QUE INTEGRAMOS LA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO, Y CUENTA PÚBLICA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, EN ARAS DE CONTRIBUIR Y COADYUVAR PARA LA RESOLUCIÓN DE LA PRESENTE INICIATIVA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 54 EN SUS FRACCIONES IV Y V DEL REGLAMENTO PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS NOS REUNIMOS CON EL AYUNTAMIENTO EN CITA, A FIN DE QUE ATENDIERAN ALGUNAS RECOMENDACIONES RELACIONADAS CON LA ARMONIZACIÓN CONTABLE, ESTABLECIDAS EN LA NORMA PARA ADECUAR LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN ADICIONAL A LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS, ASÍ COMO RELATIVAS A LA PROPUESTA DE CUOTAS O TARIFAS POR DERECHOS MUNICIPALES, CON RANGOS DE LÍMITES MÍNIMOS Y MÁXIMOS; EN EL QUE SE LES DIO A CONOCER DIVERSOS CRITERIOS CON RELACIÓN AL COBRO DE DERECHOS, EN LOS QUE DEBE DESTACARSE EN PRIMER TÉRMINO, QUE DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, LOS DERECHOS SON LAS CONTRAPRESTACIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS QUE PRESTA EL ESTADO O LOS MUNICIPIOS, LAS ENTIDADES PARAESTATALES, PARAMUNICIPALES O INTERMUNICIPALES, EN SUS FUNCIONES DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 5 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 INICIATIVA DE LA LEY DE DERECHO PÚBLICO, ASÍ COMO LOS GENERADOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO ASÍ LAS COSAS, EXISTEN DIVERSOS CRITERIOS SOSTENIDOS POR EL MÁXIMO TRIBUNAL DEL PAÍS, EN EL QUE HA RESUELTO QUE ESE TIPO DE CONTRIBUCIONES GOZA DE CIERTAS CARACTERÍSTICAS PARTICULARES, POR LO QUE DEBEN ESTABLECER TARIFAS O CUOTAS FIJAS RESPECTO A SU COBRO, Y NO ASÍ UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO. EN RELACIÓN A LAS RECOMENDACIONES QUE FUERON ATENDIDAS POR EL AYUNTAMIENTO EN COMENTO, TOMANDO EN CUENTA QUE, LA NORMA PARA ARMONIZAR LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN ADICIONAL A LA INGRESOS ES DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA PARA LOS MUNICIPIOS, PARA QUE PRESENTEN SUS LEYES DE INGRESOS ATENDIENDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y EL CLASIFICADOR POR RUBROS DE INGRESOS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 9 DE DICIEMBRE DE 2009. ASÍ COMO A LOS CRITERIOS ORIENTADORES EMITIDOS POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, REGISTRADA BAJO EL NÚMERO TESIS: P. V/2012 (10A.), VISIBLE EN LA PÁGINA 227, DEL LIBRO XV, DICIEMBRE DE 2012, TOMO 1, DEL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA, CON NÚMERO DE REGISTRO ELECTRÓNICO 2002290, BAJO EL RUBRO; DERECHOS POR SERVICIOS. APLICACIÓN DE LOS CRITERIOS DE RAZONABILIDAD, QUE TEXTUALMENTE DICE; “LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HA SOSTENIDO QUE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRATÁNDOSE DE DERECHOS POR SERVICIOS, DEBEN ANALIZARSE EN FUNCIÓN DE LA CORRELACIÓN ENTRE LA CUOTA A PAGAR Y EL COSTO DEL SERVICIO DE QUE SE TRATE, A TRAVÉS DE CRITERIOS DE RAZONABILIDAD Y NO DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 6 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CUANTÍA, YA QUE PARA EL CASO DE SERVICIOS DIVISIBLES PRESTADOS POR EL ESTADO, EL EQUILIBRIO ENTRE EL COSTO DEL SERVICIO Y LA CUOTA A PAGAR DEBE EFECTUARSE MEDIANTE EL ESTABLECIMIENTO DE CRITERIOS RAZONABLES, CONFORME A LOS CUALES DESDE UN ANÁLISIS CUALITATIVO, SE VERIFIQUE QUE LA INDIVIDUALIZACIÓN DEL COSTO SE EFECTÚA EN FUNCIÓN DE LA INTENSIDAD DEL USO DEL SERVICIO. EN ESTE SENTIDO, EL ANÁLISIS DE RAZONABILIDAD CONSISTE EN VERIFICAR QUE LA UNIDAD DE MEDIDA UTILIZADA PARA INDIVIDUALIZAR EL COSTO DEL SERVICIO, ESTO ES, EL REFERENTE, SE RELACIONE CON SU OBJETO Y QUE EL PARÁMETRO INDIVIDUALICE LOS COSTOS EN FUNCIÓN DE LA INTENSIDAD DEL USO, LO QUE CONLLEVA A QUE PAGUE MÁS QUIEN MÁS UTILICE EL SERVICIO. POR SU PARTE, PARA EL ANÁLISIS DEL PARÁMETRO DEBE IDENTIFICARSE SI EL TIPO DE SERVICIO ES SIMPLE O COMPLEJO, PARA CON ELLO DETERMINAR SI EN LA CUOTA DEBE EXISTIR O NO UNA GRADUACIÓN; ASÍ, LOS SERVICIOS SIMPLES SON AQUELLOS EN LOS QUE LAS ACTIVIDADES QUE DESARROLLA DIRECTAMENTE EL ESTADO PARA PRESTARLOS NO SE VEN MODIFICADAS POR SU OBJETO, MIENTRAS QUE EN LOS COMPLEJOS LAS ACTIVIDADES DIRECTAMENTE RELACIONADAS CON LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO VARÍAN CON MOTIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS DE SU OBJETO; EN ESTE SENTIDO, EN EL PRIMER CASO EL PARÁMETRO NO DEBE REFLEJAR UNA GRADUACIÓN EN LA INTENSIDAD, PUES EL AUMENTO EN EL USO ESTÁ DETERMINADO POR LAS VECES EN QUE SE ACTUALICE EL HECHO IMPONIBLE, MIENTRAS QUE EN EL SEGUNDO EL PARÁMETRO DEBE REFLEJAR LA GRADUACIÓN EN LA INTENSIDAD DEL USO. CONTRADICCIÓN DE TESIS 312/2010. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LA PRIMERA Y LA SEGUNDA SALAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 25 DE SEPTIEMBRE DE 2012. MAYORÍA DE SIETE VOTOS. DISIDENTES: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES Y OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS. PONENTE: SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ. SECRETARIA: PAOLA YABER CORONADO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 7 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EL TRIBUNAL PLENO, EL TRECE DE NOVIEMBRE EN CURSO, APROBÓ, CON EL NÚMERO V/2012 (10A.), LA TESIS AISLADA QUE ANTECEDE. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A TRECE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE.” Y LA REGISTRADA BAJO EL NÚMERO XIX.2O.A.C.37 A, SOSTENIDA POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, VISIBLE EN LA PÁGINA 2085 DEL TOMO XXV, MAYO DE 2007, DEL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN Y SU GACETA, CON NÚMERO DE REGISTRO ELECTRÓNICO 172540, BAJO EL RUBRO; DERECHOS POR SERVICIOS (INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD). EL ARTÍCULO 263, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, ES VIOLATORIO DE LAS GARANTÍAS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIAS, QUE A LA LETRA DICE; LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HA ESTABLECIDO QUE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SE CUMPLEN, EN LOS DERECHOS POR SERVICIOS, CUANDO EL MONTO DE LA CUOTA GUARDA CONGRUENCIA RAZONABLE CON EL COSTO QUE PARA EL ESTADO TENGA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO PRESTADO, ADEMÁS DE QUE SEA IGUAL PARA LOS QUE RECIBEN IDÉNTICO SERVICIO, YA QUE EL OBJETO REAL DE LA ACTIVIDAD PÚBLICA SE TRADUCE EN LA REALIZACIÓN DE ACTOS QUE EXIGEN DE LA ADMINISTRACIÓN UN ESFUERZO UNIFORME. POR TANTO, SI EL ARTÍCULO 263, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS IMPONE A LOS CONTRIBUYENTES LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD, POR LAS OPERACIONES RELACIONADAS CON CRÉDITOS HIPOTECARIOS, REFACCIONARIOS Y DE HABILITACIÓN O AVÍO OTORGADOS POR INSTITUCIONES DE CRÉDITO, DE SEGUROS O DE FIANZAS, CON UNA CUOTA DEL 4 (CUATRO) AL MILLAR, SOBRE EL IMPORTE DE ESAS OPERACIONES REALIZADAS, VIOLA LOS CITADOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES, EN VIRTUD DE QUE PARA SU CÁLCULO NO SE ATIENDE AL TIPO DE SERVICIO PRESTADO NI A SU COSTO, SINO A Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 8 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ELEMENTOS AJENOS A ÉSTE, COMO LO ES EL VALOR DE LA OPERACIÓN ATINENTE A LOS DIFERENTES CRÉDITOS QUE EN DICHA FRACCIÓN SE CITAN, LO QUE OCASIONA QUE EL IMPORTE A CUBRIR NO GUARDE RELACIÓN DIRECTA CON EL COSTO DEL SERVICIO, E IMPLICA UN TRATO DISTINTO POR UN MISMO SERVICIO, CUANDO LA REFERENCIA DEL QUANTUM DE LAS OPERACIONES A INSCRIBIR NO ES UN ELEMENTO VÁLIDO ADICIONAL PARA ESTABLECER EL MONTO DE LA CUOTA A PAGAR. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO. AMPARO EN REVISIÓN 92/2005. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS. 20 DE MAYO DE 2005. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE SEBASTIÁN MARTÍNEZ GARCÍA. SECRETARIO: GUILLERMO CUAUTLE VARGAS. MEDIANTE OFICIO DE FECHA 14 DE FEBRERO, SE LE INVITO AL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A LA REUNION DE TRABAJO PARA EL DIA 18 DE FEBRERO DE 2019 Y CON OFICIO NUMERO LIVLEGCHPYCP/DIP.RME/0175/2019 DE MISMA FECHA, EL TESORERO MUNICIPAL CONCILIO LAS OBSERVACIONES DETECTADAS PARA SU MODIFICACIÓN POR ESTA COMISION LEGISLATIVA. HECHO NOTORIO Y ATENDIENDO LAS OBSERVACIONES DE LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS MEDIANTE OFICIO PRESIDENCIAL MEZ/TM/042-2019 EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE EMILIANO ZAPATA SOLVENTO PARTE DE LAS OBSERVACIONES DEJANDO BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD LOS AUMENTOS DE MEDIDA DE ACTUALIZACIÓN (UMA). VII. VALORACIÓN DE LA INICIATIVA. DE CONFORMIDAD CON LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS A ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR II, DEL ARTÍCULO 1041 DEL REGLAMENTO PARA EL LA FRACCIÓN 1 ARTÍCULO *104.- Para la formulación del proyecto de dictamen, se estará a lo siguiente: [I] Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 9 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, SE PROCEDE A ANALIZAR LA INICIATIVA PARA DETERMINAR SU PROCEDENCIA. ESTA COMISIÓN DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 322, SEGUNDO PÁRRAFO, 403 FRACCIÓN II, Y 1154, FRACCIÓN IV, QUINTO PÁRRAFO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONSIDERA COMPETENTE A ESTA SOBERANÍA PARA CONOCER Y RESOLVER SOBRE LA PRESENTE INICIATIVA DE LEY. DE ACUERDO CON LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS; 11 Y 14 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS, EN RELACIÓN DIRECTA CON LOS ARTÍCULOS 38 EN SUS FRACCIONES I Y V, ASÍ COMO EL ARTÍCULO 41 EN SU FRACCIÓN XVI DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, ES ATRIBUCIÓN EXCLUSIVA DE LOS AYUNTAMIENTOS ELABORAR EL II. Toda iniciativa, será analizada primero en lo general para determinar su procedencia o improcedencia. En caso de considerarse procedente, se elaborarán las consideraciones del dictamen en lo general y se procederá conforme a lo previsto en el presente Capítulo; para el caso de que la determinación sea de improcedencia, se deberá de igual forma elaborar el respectivo dictamen en sentido negativo, el cual, sin más trámite se deberá informar al Pleno a través de la Mesa directiva únicamente para efectos de su conocimiento. [III a IV] 2 ARTICULO 32.- … El Congreso del Estado a más tardar el 1 de octubre de cada año, recibirá la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, para el Ejercicio Fiscal siguiente, así como las Iniciativas de Ley de Ingresos del Estado y de los Municipios, para su examen, discusión y aprobación, debiendo aprobarlas a más tardar el 15 de diciembre de cada año. 3 ARTICULO 40.- Son facultades del Congreso: [I] II.- Expedir, aclarar, reformar, derogar o abrogar las Leyes, decretos y acuerdos para el Gobierno y Administración Interior del Estado; [III a la LIX] 4 ARTICULO 115.- Los Ayuntamientos administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que el Congreso del Estado establezca a su favor, y en todo caso: [I a la II] IV.- IV.- Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo; [a) al c)] … El Poder Legislativo del Estado aprobará las leyes de ingresos de los municipios, y revisará y fiscalizará sus cuentas públicas en los términos previstos en esta Constitución. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 10 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 INICIATIVA DE LEY DE PROYECTO DE INGRESOS, PARA UNA VEZ APROBADO POR SU CABILDO SE CONVIERTA EN LA INICIATIVA FORMAL DE LA LEY DE INGRESOS. NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL Y LOCAL, DIVIDE LAS ATRIBUCIONES ENTRE LOS MUNICIPIOS Y LOS ESTADOS EN CUANTO AL PROCESO DE REGULACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES, YA QUE LOS PRIMEROS TIENEN LA COMPETENCIA CONSTITUCIONAL PARA PROPONERLOS, Y LAS LEGISLATURAS ESTATALES, POR SU PARTE, TIENEN COMPETENCIA PARA TOMAR LA DECISIÓN FINAL SOBRE ESTOS ASPECTOS CUANDO APRUEBAN LAS LEYES DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS. EN VIRTUD, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 31 EN SU FRACCIÓN IV DE NUESTRA CONSTITUCIÓN FEDERAL, ES OBLIGACIÓN DE LOS MEXICANOS CONTRIBUIR AL GASTO PÚBLICO EN SUS TRES ÓRDENES DE GOBIERNO. SIENDO UNO DE ESTOS ÓRDENES DE GOBIERNO EL MUNICIPIO, QUE ES LA CÉLULA SOCIAL FUNDAMENTAL DE NUESTRA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA, POR LO QUE SE DEBE CONTRIBUIR A SU DESARROLLO YA QUE ES TAREA PRIORITARIA, ASÍ COMO PARA CONSOLIDAR SU CAPACIDAD DE EJECUCIÓN Y CONTAR CON LOS RECURSOS FINANCIEROS PARA ATENDER LOS SERVICIOS QUE CONSTITUCIONALMENTE ESTÁN OBLIGADOS A PROPORCIONAR, PREVIO EL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES, POR LO QUE ES FINALIDAD DE ESTE EJERCICIO LEGISLATIVO, RESOLVER EN LO POSIBLE, LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS SUFICIENTES PARA QUE EL MUNICIPIO ATIENDA LAS DEMANDAS DE LA POBLACIÓN, LAS NECESIDADES BÁSICAS DE SU ADMINISTRACIÓN Y PROPICIAR SU PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA A EFECTO DE QUE FORTALEZCA SU DESARROLLO. SE DESPRENDE DE LA INICIATIVA QUE LOS INGRESOS MUNICIPALES SE AGRUPAN, DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA EMITIDA POR EL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE, QUE DEFINE LA FORMA EN QUE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 11 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DEBEN REGISTRARSE LOS DIVERSOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN LAS CONTRIBUCIONES, ASÍ COMO AQUELLOS INGRESOS QUE POR DISPOSICIÓN DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL LE CORRESPONDAN A LOS MUNICIPIOS DE LA ENTIDAD, E IGUALMENTE LOS QUE SE ALLEGAN POR Y COLABORACIÓN, TRANSFERENCIAS Y REASIGNACIÓN DE RECURSOS, SUMÁNDOSE LOS QUE OBTIENE POR LA PRESTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, A CARGO DE SUS ORGANISMOS PARAMUNICIPALES. EN ESE SENTIDO, ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA CONSIDERA, QUE UNO DE LOS OBJETIVOS PRIMORDIALES CON LA APROBACIÓN DE DICHA INICIATIVA, ES LA CONSERVACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICAS, YA QUE SE REQUIERE GARANTIZAR A LOS CONTRIBUYENTES LA CERTEZA DE QUE LAS CONTRIBUCIONES SE ENCUENTRAN PREVISTAS EN UN ORDENAMIENTO LEGAL, QUE SIGUIÓ UN PROCESO LEGISLATIVO Y QUE FUE APROBADO POR EL CONGRESO DEL ESTADO. ES IMPORTANTE RESALTAR QUE A RAÍZ DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, SE GENERA UN GRAN CAMBIO PARA LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, TODA VEZ QUE EL OBJETIVO DE LA LEY ES CREAR UNA REGULACIÓN EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y FINANCIERA, QUE PERMITA A LOS GOBIERNOS SUBNACIONALES GUIARSE BAJO CIERTOS CRITERIOS QUE INCENTIVAN UNA GESTIÓN RESPONSABLE QUE FOMENTE EL CRECIMIENTO ECONÓMICO Y LA ESTABILIDAD EN LAS FINANZAS PÚBLICAS LOCALES Y COMO OBJETIVO ESPECÍFICO DE DICHO ORDENAMIENTO SE TIENE LA PROMOCIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS LOCALES SOSTENIBLES, UN USO RESPONSABLE DE LA DEUDA PÚBLICA, ASÍ COMO FORTALECER LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y LA TRANSPARENCIA A TRAVÉS DE CINCO COMPONENTES PRINCIPALES: REGLAS DE DISCIPLINA HACENDARIA Y FINANCIERA, SISTEMA DE ALERTAS, CONTRATACIÓN DE DEUDA Y Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 12 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 OBLIGACIONES, DEUDA ESTATAL GARANTIZADA, REGISTRO PÚBLICO ÚNICO. EN CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y DE LOS MUNICIPIOS PREVÉ DIVERSAS REGLAS PARA LOGRAR Y MANTENER EL BALANCE PRESUPUESTARIO Y LA REGLA FUNDAMENTAL DE DISCIPLINA FINANCIERA ESTIPULA QUE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS DEBEN GENERAR BALANCES PRESUPUESTARIOS SOSTENIBLES, ES DECIR, TANTO UN BALANCE PRESUPUESTARIO COMO UN BALANCE PRESUPUESTARIO DE RECURSOS DISPONIBLES MAYORES O IGUALES A CERO. EN ESTE SENTIDO, EL PAQUETE FISCAL MUNICIPAL INTEGRA SU INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS Y SU PRESUPUESTO DE EGRESOS, Y SE TIENE PRESENTE LA RESPONSABILIDAD DE OBSERVAR LA PREVALENCIA DE UN EQUILIBRIO EN DICHO PAQUETE EN LAS APUNTADAS CONSIDERACIONES, AL DICTAMINAR LA PRESENTE INICIATIVA DE LEY SON DE ESPECIAL ATENCIÓN LOS RUBROS EN QUE JUSTIFICAN INCREMENTOS DE INGRESOS Y LOS RUBROS QUE NO LO JUSTIFICAN Y SE HACEN LOS AJUSTES CORRESPONDIENTES, PARA LOGRAR LA OBTENCIÓN DE FINANZAS PÚBLICAS MUNICIPALES SANAS Y EL CUMPLIMIENTO A LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y DE LOS MUNICIPIOS, PARA ELLO SE HAN ANALIZADO DETALLADAMENTE LOS ELEMENTOS E INTEGRACIÓN DE CADA UNO DE LOS CONCEPTOS DE INGRESOS QUE SE INCLUYEN EN LA INICIATIVA, CONSIDERANDO INCORPORACIÓN DE NUEVOS CONCEPTOS DE INGRESOS, LAS REFORMAS QUE MODIFICAN LOS ELEMENTOS ESENCIALES DE LAS CONTRIBUCIONES ASÍ COMO LOS INCREMENTOS DE LOS INGRESOS POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES, A LA LUZ DE LOS CRITERIOS GENERALES DE POLÍTICA ECONÓMICA 2018- 2019 QUE PLANTEAN QUE EL NIVEL DE INFLACIÓN SE MANTENGA EN UN 3.4% CONSIENTE CON EL OBJETIVO INFLACIONARIO ESTABLECIDO POR EL BANCO CENTRAL Y DENTRO DEL INTERVALO DE VARIABILIDAD, ADEMÁS DE LA APLICACIÓN DEL FACTOR DE ACTUALIZACIÓN DEL 1.0471% LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 13 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ATENDIENDO AL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR DE NOVIEMBRE EN 2017 Y 2018. DE IGUAL FORMA, SE ANALIZA CON ESPECIAL ATENCIÓN EL RUBRO DE INGRESOS POR CONCEPTO DE DERECHOS CON RESPECTO AL CUAL DEBE EXISTIR ESTRICTA OBSERVANCIA AL CUMPLIMIENTO DE LA COORDINACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS Y SE HACEN LAS ADECUACIONES NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES EN LA MATERIA. ASIMISMO, SE TOMA EN CONSIDERACIÓN LA REGLA DE CONGRUENCIA QUE DEBE EXISTIR ENTRE LAS LEYES DE INGRESOS Y LOS PRESUPUESTOS DE EGRESOS CON RESPECTO A LOS CRITERIOS GENERALES DE POLÍTICA ECONÓMICA Y LAS ESTIMACIONES DE LAS PARTICIPACIONES Y TRANSFERENCIAS FEDERALES ETIQUETADAS QUE SE INCLUYAN, TODA VEZ QUE NO DEBERÁN EXCEDER A LAS PREVISTAS EN LA INICIATIVA DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO AQUELLAS TRANSFERENCIAS DEL ESTADO. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y CONSIDERADO, ESTA COMISIÓN QUE DICTAMINA, ESTIMA, QUE LA INICIATIVA Y LAS CORRESPONDIENTES ADECUACIONES A LA MISMA, GENERAN LAS PRECISIONES PARA UNA MEJOR COMPRENSIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY, CON LO CUAL SE GENERAN LAS CONDICIONES PARA OBTENER LOS RECURSOS NECESARIOS PARA FINANCIAR EL PRESUPUESTO Y SUS POLÍTICAS EN LOS TÉRMINOS DE UN EQUILIBRIO PRESUPUESTAL Y DISCIPLINA FINANCIERA, ACORDE A LAS CIFRAS ESTIMADAS, POR LO TANTO, AL CUMPLIR CON LAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, LA INICIATIVA CUYO ESTUDIO NOS OCUPA, CON LAS ADECUACIONES REALIZADAS A LA MISMA, ES PROCEDENTE Y SE CONSIDERA QUE LAS MISMAS OBEDECEN AL MEJORAMIENTO DE FORMA Y FONDO JURÍDICOS. ATENDIENDO A LA VALORACIÓN DE LA SOLVENTACIÓN DE LAS OBSERVACIONES POR ESTA LIV LEGISLATURA A LA INICIATIVA QUE SE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 14 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 INGRESOS PROPIOS TASAS, CUOTAS O DICTAMINA Y DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO POR EL MÁS ALTO TRIBUNAL DE NUESTRO PAÍS, ESTE ÓRGANO LEGISLATIVO ES EN EL SENTIDO DE ESTABLECER DE CONFORMIDAD EN SU POTESTAD TRIBUTARIA LAS LEYES QUE PERMITAN A LAS HACIENDAS PÚBLICAS INCLUSO MUNICIPALES OBTENER SUS ESTABLECIÉNDOSE DIFERENTES TARIFAS; JUSTIFICANDO TAL SITUACIÓN EN EL CUERPO DE UNA LEY DE MANERA JUSTIFICADA, OBJETIVA Y RAZONABLE. EN ESTAS CONDICIONES SE DICTAMINA EN SENTIDO NEGATIVO AQUELLOS NUEVOS CONCEPTOS DE INGRESOS AL NO ESTAR JUSTIFICADA SU NUEVA CREACIÓN, NI LOS AUMENTOS EN LAS CANTIDADES DE UMAS QUE SE PRESENTARON EN LA INICIATIVA; LOS MISMO SE DICTAMINARAN EN SENTIDO NEGATIVO, BAJO EL RAZONAMIENTO QUE LAS CANTIDADES QUE SE ESTABLECEN EN UMAS, YA IMPLÍCITAMENTE TRAEN UNA ACTUALIZACIÓN DE LOS CRÉDITOS FISCALES POR LO QUE AL NO EXISTIR UN RAZONAMIENTO LÓGICO JURÍDICO MEDIANTE EL CUAL EL AYUNTAMIENTO INICIADOR JUSTIFIQUE SUS INCREMENTOS, ESTA LEGISLATURA EN ARAS DE NO AFECTAR LA ECONOMÍA DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DEL QUE SE DICTAMINA ESTÁ PRESENTE LEY DE INGRESOS; CONSIDERA INVIABLE AUMENTAR LOS INGRESOS PROPIOS QUE TIENEN COMO FUNDAMENTO PRINCIPAL Y LEGAL LA PROPIA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL; PUES NO SE HAN REALIZADO REFORMAS QUE PERMITAN CREAR NUEVAS CONTRIBUCIONES; Y POR EL LADO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS NO SE HA JUSTIFICADO UN INCREMENTO EN LAS CANTIDADES DE UMAS Y COMO SE HA SEÑALADO LA UMA PARA EL PRESENTE EJERCICIO HA SIDO ACTUALIZADA POR LO QUE NO SE JUSTIFICAN DICHOS INCREMENTOS. PARA EL CASO DE LOS INCREMENTOS EN UMAS, LOS MISMOS RESULTAN IMPROCEDENTES, BAJO ESTA JUSTIFICACIÓN: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 15 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN ES LA REFERENCIA ECONÓMICA EN PESOS PARA DETERMINAR LA CUANTÍA DEL PAGO DE LAS OBLIGACIONES, Y SUPUESTOS PREVISTOS EN LA LEY TANTO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL. LA UMA CONLLEVA UNA ACTUALIZACIÓN EN EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES POR LO QUE AQUELLAS QUE SE ENCUENTREN CALIFICADAS EN BASE A UMAS, PARA PODER INCREMENTARSE DEBEN JUSTIFICARSE PLENAMENTE Y SI ES EL CASO QUE NO EXISTE UN ARGUMENTO LÓGICO JURÍDICO SE DEBE DICTAMINAR EN SENTIDO NEGATIVO EL INCREMENTO EN BENEFICIO DE LA CIUDADANÍA SIRVE DE APOYO A LA JUSTIFICACIÓN Y VALORACIÓN POR ESTA DICTAMINADORA LA JURISPRUDENCIA EMITIDA POR EL PLENO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN VISIBLE EN LA PÁGINA 1123 DEL TOMO XX, DICIEMBRE DE 2004; CON NÚMERO DE REGISTRO 179907; DE LA NOVENA ÉPOCA PUBLICADA EN EL SEMINARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CUYO NÚMERO ES P/J 124 /2004 Y CUYO RUBRO ES: HACIENDA MUNICIPAL. LA CONSTITUCIÓN FEDERAL PERMITE A LAS LEGISLATURAS ESTATALES ESTABLECER TASAS DISTINTAS PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS RESERVADOS A AQUÉLLA EN LOS MUNICIPIOS DE UNA MISMA ENTIDAD FEDERATIVA, PERO EN ESE CASO DEBERÁN JUSTIFICARLO EN UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE. LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS NO OBLIGA A LAS LEGISLATURAS ESTATALES A ESTABLECER TASAS IDÉNTICAS PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS CONSTITUCIONALMENTE RESERVADOS A LA HACIENDA MUNICIPAL, CUANDO APRUEBEN LAS LEYES DE INGRESOS PARA CADA UNO DE LOS MUNICIPIOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS; SIN EMBARGO, ÉSTOS NO ESTÁN CONSTITUCIONALMENTE INDEFENSOS ANTE LAS ARBITRARIEDADES QUE AQUELLOS ÓRGANOS LEGISLATIVOS PUDIERAN COMETER AL FIJAR DIFERENCIADAMENTE DICHAS TASAS, EN TANTO QUE SI DECIDEN ESTABLECER TASAS DIFERENCIADAS Y APARTARSE DE LA PROPUESTA MUNICIPAL RESPECTIVA, TIENEN LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 16 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CARGA DE DEMOSTRAR QUE LO HACEN SOBRE UNA BASE OBJETIVA Y RAZONABLE, PUES LA INTEGRIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS MUNICIPALES SE VERÍA FUERTEMENTE COMPROMETIDA SI TALES LEGISLATURAS PUDIERAN REDUCIRLOS ARBITRARIAMENTE. ES POR ELLO QUE AUNQUE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL NO BENEFICIE A LOS MUNICIPIOS CON UNA GARANTÍA DE EQUIDAD TRIBUTARIA IDÉNTICA A LA QUE CONFIERE A LOS CIUDADANOS A TRAVÉS DEL ARTÍCULO 31, FRACCIÓN IV, SÍ LES OTORGA GARANTÍAS CONTRA ACCIONES LEGISLATIVAS ARBITRARIAS, COMO LA DE RECIBIR IMPUESTOS CONSTITUCIONALMENTE ASEGURADOS EN UNA CANTIDAD MENOR A LA QUE RECIBEN OTROS MUNICIPIOS. CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 14/2004. MUNICIPIO DE GUADALAJARA, ESTADO DE JALISCO. 16 DE NOVIEMBRE DE 2004. UNANIMIDAD DE ONCE VOTOS. PONENTE: JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ. SECRETARIO: FERNANDO A. CASASOLA MENDOZA. EL TRIBUNAL PLENO, EN SU SESIÓN PRIVADA CELEBRADA HOY TREINTA DE NOVIEMBRE EN CURSO, APROBÓ, CON EL NÚMERO 124/2004, LA TESIS JURISPRUDENCIAL QUE ANTECEDE. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, A TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CUATRO. PARA LOS CONCEPTOS DE DERECHOS, QUE PRESENTAN INCREMENTOS NO SE JUSTIFICAN LOS MISMOS NI SE APORTAN ELEMENTOS DE JUSTIFICACIÓN PARA MOTIVAR DICHAS MODIFICACIONES, POR LO QUE SE DICTAMINA MANTENER LAS MISMAS TARIFAS EN UMA DEL EJERCICIO ANTERIOR, CON LO QUE EL COSTO INCREMENTA EN UN 4.82%. EN LOS CONCEPTOS DE DERECHOS POR EXPEDICIÓN DE LICENCIA PARA INSTALACIÓN Y CONSTRUCCIÓN Y POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS POR EL USO DE VÍA PÚBLICA EN RELACIÓN A LA COLOCACIÓN DE ANTENAS Y OTRO MOBILIARIO PARA ENERGÍA ELÉCTRICA O TELECOMUNICACIONES, SE TRATA DE DERECHOS DECLARADOS VIOLATORIOS AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 10-A DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, POR LO QUE NO SE DICTAMINA EN SENTIDO POSITIVO EL MANTENER EL COBRO DE ESTE CONCEPTO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 17 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EN EL DERECHO POR CONCEPTO DE EXCAVACIÓN, INSTALACIÓN, REGISTRO, ARREGLO Y EN LA VÍA PÚBLICA, DE LÍNEAS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR METRO LINEAL, SE TRATA DE UN SUPUESTO VIOLATORIO EN MATERIA DE COORDINACIÓN EN DERECHOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 10-A DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, POR LO QUE NO SE DICTAMINA EN SENTIDO POSITIVO EL MANTENER EL COBRO DE ESTE CONCEPTO. PARA LOS CONCEPTOS DE DERECHOS PARA OBTENER UNA COPIA DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO O DE LOS QUE DE ESTE SE DERIVEN, NO SE JUSTIFICA LA MODIFICACIÓN EN LAS TARIFAS TODA VEZ QUE NO SE APORTAN ELEMENTOS DE JUSTIFICACIÓN PARA SU MOTIVACIÓN, POR LO QUE SE DICTAMINA MANTENER LAS TARIFAS MÍNIMAS EN UMA DEL EJERCICIO ANTERIOR, CONSIDERANDO QUE CON LA PROPIA ACTUALIZACIÓN DE LA UNIDAD DE MEDIDA DE ACTUALIZACIÓN, EL COSTO DE LOS SERVICIOS SE INCREMENTA EN UN 4.82%. PARA EL CASO DE LOS DERECHOS POR ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EN TRANSPORTES, SE EXENTA EL PAGO EN EL ORDEN MUNICIPAL, EN VIRTIUD DE CORRESPONDER A NORMATIVIDAD ESTATAL. EN RELACIÓN AL CONCEPTO DE DERECHO POR CONSTANCIA DE FIERRO QUEMADOR Y SU REVALIDACIÓN SE HACE NOTAR QUE SE TRATA DE UNA CONTRIBUCIÓN NO VIGENTE EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, POR LO QUE NO ES POSIBLE DICTAMINAR EN SENTIDO POSITIVO EL COBRO PROPUESTO. POR EL USO DE EXPLOSIVOS, A DEMOLER ES COMPETENCIA FEDERAL DE LA SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL Y AL MUNICIPIO LO QUE LE CORRESPONDE ES LA EVACUACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN CIVIL DEL ESTADO DE MORELOS, POR LO QUE NO SE DICTAMINA EN SENTIDO POSITIVO EL COBRO DE ESTE CONCEPTO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 18 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 VIII.- ESTIMACIÓN DE IMPACTO PRESUPUESTARIO CON RELACIÓN A ESTE APARTADO ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE SI BIEN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 16, PRIMER Y SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, 5ASÍ COMO 42, PÁRRAFO FINAL, DE LA CONSTITUCIÓN LOCAL,6 Y 16 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO DE MORELOS,7 ESTABLECEN QUE EN LAS INICIATIVAS QUE SE PRESENTEN AL CONGRESO LOCAL SE DEBERÁ INCLUIR LA ESTIMACIÓN DEL IMPACTO PRESUPUESTARIO QUE IMPLIQUE SU IMPLEMENTACIÓN; TAMBIÉN ES CIERTO QUE DADA LA NATURALEZA DE LA INICIATIVA QUE SE DICTAMINA Y QUE YA HA SIDO EXPRESADA EN LA VALORACIÓN DEL PRESENTE DICTAMEN, ESTA COMISIÓN DICTAMINADORA DESTACA QUE LA CITADA ESTIMACIÓN DE IMPACTO PRESUPUESTARIO ESTÁ IMPLÍCITA, YA QUE PRECISAMENTE LAS LEYES DE INGRESOS QUE PRESENTEN LOS AYUNTAMIENTOS A CONSIDERACIÓN DE ESTA SOBERANÍA, SON DOCUMENTOS QUE PERMITEN LA EXACTA APLICACIÓN Y PUNTO DE REFERENCIA RESPECTO DEL RESTO DE INICIATIVAS DE LEY O DECRETOS QUE SE SOMETAN A LA APROBACIÓN DEL CONGRESO LOCAL. ES DECIR, SE TRATA DE LOS DOCUMENTOS RECTORES A LOS QUE DEBE CEÑIRSE EL GASTO PÚBLICO Y LAS POLÍTICAS PÚBLICAS QUE EN EL 5 Artículo 16.- El Ejecutivo de la Entidad Federativa, por conducto de la secretaría de finanzas o su equivalente, realizará una estimación del impacto presupuestario de las iniciativas de ley o decretos que se presenten a la consideración de la Legislatura local. Asimismo, realizará estimaciones sobre el impacto presupuestario de las disposiciones administrativas que impliquen costos para su implementación. Todo proyecto de ley o decreto que sea sometido a votación del Pleno de la Legislatura local, deberá incluir en su dictamen correspondiente una estimación sobre el impacto presupuestario del proyecto. … 6 Artículo 42. … … En las iniciativas que se presenten al Congreso Local, se deberá incluir la estimación del impacto presupuestario que implique su implementación. 7 Artículo 16. Toda iniciativa de Ley o decreto que sea sometida al Congreso del Estado, deberá incluir en su dictamen correspondiente una estimación sobre el impacto presupuestario del proyecto. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 19 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 IMPLEMENTAR, EN TÉRMINOS DE LA ESTADO SE PRETENDAN LEGISLACIÓN FEDERAL Y LOCAL EN LA MATERIA. POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, ESTA LIV LEGISLATURA HA TENIDO A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE: LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO PRIMERO DE LA NATURALEZA Y OBJETO DE LA LEY ESPECIALES, ARTÍCULO 1.- LA PRESENTE LEY ES DE ORDEN PÚBLICO Y DE INTERÉS SOCIAL, Y TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS INGRESOS QUE PERCIBIRÁ LA HACIENDA PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A TRAVÉS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2019. ARTÍCULO 2.- LOS INGRESOS MUNICIPALES SE INTEGRARÁN CON LOS IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO, SIGUIENTES CONCEPTOS: CONTRIBUCIONES PRODUCTOS, APROVECHAMIENTOS, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS Y OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS Y SE REGIRÁN POR LO DISPUESTO EN ESTA LEY, LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS, POR LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE OBSERVANCIA GENERAL QUE EMITA EL H. AYUNTAMIENTO Y LAS NORMAS DE DERECHO COMÚN, ENTRE OTRAS. PARA EL COBRO DE LOS INGRESOS DETERMINADOS EN LA PRESENTE LEY, ESTAS SE DEBERÁN CALCULAR CON BASE A EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA), DURANTE EL EJERCICIO 2019. PARTICIPACIONES, DERECHOS, Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 20 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 3.- LOS INGRESOS QUE SE RECAUDEN POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES, ASÍ COMO LOS PROVENIENTES DE OTROS CONCEPTOS, SE DESTINARÁN A SUFRAGAR LOS GASTOS PÚBLICOS ESTABLECIDOS Y AUTORIZADOS EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS MUNICIPAL CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO EN LO DISPUESTO EN LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL Y EN LAS LEYES EN QUE SE FUNDAMENTEN. DE LOS CONCEPTOS DE INGRESOS Y SU PRONÓSTICO CAPÍTULO SEGUNDO ARTÍCULO 4.- LOS INGRESOS QUE PERCIBIRÁ LA HACIENDA PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, SERÁN LOS QUE PROVENGAN DE LOS CONCEPTOS SIGUIENTES: 1. IMPUESTOS 2. CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. 3. CONTRIBUCIONES ESPECIALES 4. DERECHOS 5. PRODUCTOS 6. APROVECHAMIENTOS 7. INGRESOS NO COMPRENDIDOS EN LAS FRACCIONES ANTERIORES DE LA LEY DE INGRESOS CAUSADOS EN EJERCICIOS ANTERIORES PENDIENTES DE LIQUIDACIÓN O DE PAGO 8. PARTICIPACIONES Y APORTACIONES, 9. TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 10. OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS ARTÍCULO 5.- EL PRONÓSTICO DE LOS INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, SERÁN LOS QUE PROVENGAN DE LOS CONCEPTOS Y EN LAS CANTIDADES ESTIMADAS SIGUIENTES: EXPECTATIVA DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 21 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CRI DESCRIPCIÓN INGRESO ESTIMADO 1 1.2 1.2.1 1.2.2 1.7 1.8 1.8.1 1.8.2 1.8.4 1.8.6 1.8.7 4. INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS 4.1 INGRESOS DE GESTIÓN 4.1.1 IMPUESTOS 4.1.1.2 IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 4.1.1.2.01 IMPUESTO SOBRE PREDIAL 4.1.1.2.02 IMPUESTO SOBRE LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES 4.1.1.7 ACCESORIOS DE IMPUESTOS 4.1.1.9 OTROS IMPUESTOS 4.1.1.9.01 25% ADICIONAL SOBRE DERECHOS 4.1.1.9.02 25% ADICIONAL SOBRE IMPUESTOS 4.1.1.9.04 15% ADICIONAL EDUCACIÓN 4.1.1.9.06 5% ADICIONAL UNIVERSIDAD 4.1.1.9.07 2.5% ADICIONAL FONDO DE FOMENTO A LA INDUSTRIALIZACIÓN 1.8.8 4.1.1.9.08 2.5% ADICIONAL DE FAEDE 4.1.3. CONTRIBUCIONES ESPECIALES 4.1.3.1 CONTRIBUCIONES ESPECIALES PARA OBRAS PÚBLICAS 4.1.4 DERECHOS 4.1.4.1 DERECHOS POR EL USO, GOCE, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO 4.1.4.3 DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 4.1.4.3.01 SERVICIOS DE DRENAJE, RECOLECCIÓN DE BASURA Y TRANSPORTACIÓN DE AGUA 4.1.4.3.02 USO DE VÍA PÚBLICA Y MERCADOS 4.1.4.3.03 PANTEONES 4.1.4.3.04 SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS Y MERCADOS 4.1.4.3.05 OBRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO URBANO 3 3.1 4 4.1 4.3 4.3.1 4.3.2 4.3.3 4.3.4 4.3.5 327,980,914.00 125,161,946.00 77,876,550.00 56,737,925.00 35,350,892.00 20,454,890.00 932,143.00 21,138,625.00 7,187,179.00 8,837,724.00 3,068,233.00 1,022,744.00 511,372.00 511,372.00 7,722,979.00 7,722,979.00 28,748,719.00 28,748,719.00 28,748,719.00 5,713,521.00 67,024.00 789,720.00 5,584.00 6,578,094.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 22 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4.3.6 4.1.4.3.06 POR USO DE SUELO 4.3.7 4.3.8 4.3.9 4.3.10 4.3.11 4.3.12 4.3.13 4.3.14 4.1.4.3.07 FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS Y CONJUNTOS HABITACIONALES 4.1.4.3.08 SERVICIOS CATASTRALES 4.1.4.3.09 ANUNCIOS Y PUBLICIDAD 4.1.4.3.10 EN MATERIA DE SALUD 4.1.4.3.11 LEGALIZACIÓN DE FIRMAS, CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS 4.1.4.3.12 REGISTRO CIVIL 4.1.4.3.13 POR LA AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES 4.1.4.3.14 SERVICIOS DE MATANZA DE GANADO, ESTANCIA Y USO DE CORRALES MUNICIPALES 4.3.15 4.1.4.3.15 ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA UDIP 4.3.16 4.1.4.3.16 EN MATERIA ECOLÓGICA Y MEDIO AMBIENTE 4.1.4.4 ACCESORIOS SOBRE DERECHOS 4.1.5 PRODUCTOS 4.1.5.1 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 4.1.5.2 OTROS PRODUCTOS QUE GENERAN INGRESOS CORRIENTES 4.1.6 APROVECHAMIENTOS 4.1.6.1 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 4.1.6.1.00 RECARGOS 4.1.6.1.00 GASTOS DE EJECUCIÓN 4.1.6.2.01 MULTAS DE TRÁNSITO 4.1.6.2.02 MULTAS DE SEGURIDAD PÚBLICA 4.1.6.2.03 SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA ECOLÓGICA 4.1.6.2.04 SANCIONES A ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES 4.1.6.2.05 SANCIONES EN MATERIA DE AGUA POTABLE 4.1.6.2.06 SANCIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL 4.5 5 5.1 5.2 6 6.1 6.1.1 6.1.2 6.1.3 6.1.5 6.1.6 6.1.7 6.1.8 6.1.9 810,264.00 2,188,000.00 2,332,960.00 1,250,000.00 20,048.00 271,330.00 2,578,385.00 4,794,402.00 756,689.00 5,000.00 241,101.00 346,597.00 924,420.00 924,419.00 1.00 3,670,931.00 3,670,931.00 1.00 1.00 2,670,872.00 443,058.00 50,000.00 206,999.00 75,000.00 75,000.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 23 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6.1.10 4.1.6.2.07 SANCIONES EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS 6.1.11 4.1.6.2.08 SANCIONES EN MATERIA DE SALUD 8 8.1 8.1.1 4.2 PARTICIPACIONES, APORTACIONES 4.2.1.1 PARTICIPACIONES 4.2.1.1.01 LAS QUE GENERE EL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL 8.2 4.2.1.2 APORTACIONES 8.2.1 4.2.1.2.01 APORTACIONES FEDERALES 8.2.1.1 4.2.1.2.01.01 RAMO 33 FONDO III 8.2.1,2 4.2.1.2.01.01 RAMO 33 FONDO III (ADELANTO FAIS) 8.2.1.3 4.2.1.2.01.02 RAMO 33 FONDO IV 8.2.1.4 4.2.1.2.01.03 RAMO 33 FONDO V 8.2.2 4.2.1.2.02 APORTACIÓN ESTATALES 8.2.2.1 8.3 8.3.1 9 0 4.2.1.2.02.01 FONDO DE APORTACIÓN ESTATAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO 4.2.1.3 OTRAS APORTACIONES 4.2.1.3.01 CONVENIOS 4.2.2 TRANSFERENCIAS ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 4.3 OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS 0.1 4.3.1 INGRESOS FINANCIEROS 100,000.00 50,000.00 202,818,967.00 110,695,892.00 110,695,892.00 92,123,073.00 87,700,833.00 21,216,292.00 0.00 66,484,541.00 0.00 4,422,240.00 4,422,240.00 1.00 1.00 1.00 6,218,347.00 1.00 6,218,346.00 4.3.9 OTROS INGRESOS 0.2 TODOS CONCEPTOS DE INGRESOS SON ESTIMADOS Y PUEDEN VARIAR EN FUNCIÓN DE LA RECAUDACIÓN, YA SEA AUMENTANDO O DISMINUYENDO LAS CANTIDADES PREVISTAS. PARA LOS CONCEPTOS DE FONDOS DE PARTICIPACIONES Y APORTACIONES FEDERALES Y DEL FONDO DE APORTACIONES ESTATALES PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO (FAEDE), SE AJUSTARÁN EN SU CASO, EN FUNCIÓN DE LOS MONTOS QUE ESTIME LA FEDERACIÓN POR RECAUDACIÓN FEDERAL PARTICIPABLE Y APORTACIONES DEL RAMO 33 DEL EJERCICIO 2019, PARA CADA ENTIDAD FEDERATIVA QUE SE PUBLIQUEN EN EL DIARIO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 24 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, UNA VEZ HECHOS LOS AJUSTES CONFORME A LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL. TÍTULO SEGUNDO 1. DE LOS IMPUESTOS CAPÍTULO PRIMERO 1.2 DEL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO SECCIÓN PRIMERA 1.2.01 DEL IMPUESTO SOBRE PREDIAL ARTÍCULO 6.- EL IMPUESTO PREDIAL SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ ANUAL O BIMESTRALMENTE SOBRE LOS INMUEBLES CUYO VALOR CATASTRAL SE DETERMINE O MODIFIQUE A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE LEY, CONFORME A LAS SIGUIENTES TASAS: CRI 1201001000000 1201001000000 1201002000000 CONCEPTO IMPUESTO PREDIAL A).- SOBRE LOS PRIMEROS $70,000.00 DEL VALOR CATASTRAL B).- SOBRE EL EXCEDENTE A $70,000.00 DEL VALOR CATASTRAL 1201003000000 1).- INMUEBLES RÚSTICOS O RURALES CUOTA 2 AL MILLAR 3 AL MILLAR 2 AL MILLAR SECCIÓN SEGUNDA 1.2.02 DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES ARTÍCULO 7.- EL IMPUESTO SOBRE LA ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES SE CAUSARÁ Y LIQUIDARÁ A LA TASA DEL 2% (DOS POR CIENTO) SOBRE EL VALOR MÁS ALTO DEL AVALUÓ BANCARIO, CATASTRAL, COMERCIAL O DE OPERACIÓN DE LOS INMUEBLES CUYO AVALÚO SE REALICE A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA PRESENTE LEY. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 25 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CRI 1202001000000 CONCEPTO 1).- IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES CUOTA 2 % CAPÍTULO SEGUNDO 1.7.01 ACCESORIOS DE LOS IMPUESTOS ARTÍCULO 8.- CUANDO NO SE PAGUE UN CRÉDITO FISCAL EN LA FECHA O DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN LAS DISPOSICIONES RESPECTIVAS, LA AUTORIDAD MUNICIPAL COBRARÁ RECARGOS A LA TASA DEL 1.13% MENSUAL SOBRE EL MONTO DEL SALDO TOTAL INSOLUTO, DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 47 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, MÁS LA ACTUALIZACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ÍNDICE NACIONAL DE PRECIOS DEL CONSUMIDOR PARA EL CASO DE PRORROGAS SE CUBRIRÁ EL 0.75% MENSUAL Y EN EL CASO DE AUTORIZACIÓN DE PAGO EN PARCIALIDADES, LOS RECARGOS SERÁN DEL 1.13% PARA PARCIALIDADES DE QUE NO EXCEDAN EL PRESENTE EJERCICIO FISCAL, SOBRE SALDOS INSOLUTOS. CUANDO NO SE CUBRAN LAS CONTRIBUCIONES EN LA FECHA Y DENTRO DEL PLAZO FIJADO EN LAS DISPOSICIONES FISCALES, ADEMÁS DE ACTUALIZAR SU MONTO DESDE EL MES QUE DEBIÓ HACERSE EL PAGO Y HASTA QUE EL MISMO SE EFECTÚE, DEBERÁN PAGARSE RECARGOS POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR LA FALTA DE PAGO OPORTUNO. LOS RECARGOS SE CAUSARÁN POR CADA MES O FRACCIÓN QUE TRANSCURRA A PARTIR DE LA FECHA DE LA EXIGIBILIDAD, HASTA QUE SE EFECTÚE EL PAGO. EN SU CÁLCULO SE EXCLUIRÁN LOS PROPIOS RECARGOS, LA INDEMNIZACIÓN, A QUE SE REFIERE EL SEXTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 26 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 47, DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, LOS GASTOS DE EJECUCIÓN Y LAS MULTAS. CAPÍTULO TERCERO 1.8 OTROS IMPUESTOS ARTÍCULO 9.- ES OBJETO LA REALIZACIÓN DE PAGOS POR CONCEPTO DE IMPUESTOS Y DERECHOS MUNICIPALES PREVISTOS EN ESTA LEY. SON SUJETOS AL PAGO DE DICHO IMPUESTO LOS SUJETOS QUE TENGAN A SU CARGO DIRECTA O SOLIDARIAMENTE LOS PAGOS A QUE SE REFIERE ESTE ARTÍCULO ES BASE PARA ESTE IMPUESTO LOS PAGOS POR CONCEPTO DE IMPUESTOS Y DERECHOS PREVISTOS EN ESTA LEY LA TASA GENERAL DEL IMPUESTO SERÁ DEL 25% DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. EL IMPUESTO ADICIONAL REFERIDO A: A). -IMPUESTO DE TRASLADO DE DOMINIO, ASÍ COMO DE LOS DERECHOS SOBRE FRACCIONAMIENTOS SE APLICARÁ COMO SIGUE: I. EL 15% SE ASIGNA PARA APOYO A EDUCACIÓN; II. EL 5% SE ASIGNA PRO-UNIVERSIDAD; III. EL 2.5% SE ASIGNA AL EQUIPAMIENTO Y DESARROLLO DE LOS CUERPOS DE BOMBEROS MUNICIPALES, Y IV. EL 2.5% SE ASIGNA AL FAEDE. LO ANTERIOR SE SUMARÍA AL 1.5% DE LOS INGRESOS PROPIOS, PARTICIPACIONES FEDERALES E INGRESOS COORDINADOS CON QUE YA CUENTA DICHO FONDO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 27 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 B). -LOS DEMÁS IMPUESTOS Y DERECHOS. 25% GENERAL PARA EL MUNICIPIO. TÍTULO TERCERO 3. CONTRIBUCIONES ESPECIALES CAPÍTULO PRIMERO 3.1 CONTRIBUCIONES ESPECIALES PARA OBRA PÚBLICA ARTÍCULO 10.- EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DE URBANIZACIÓN, LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE PREDIOS, EN SU CASO, PAGARÁN AL AYUNTAMIENTO LAS CUOTAS DE COOPERACIÓN CONFORME A LOS ACUERDOS Y PRESUPUEST OS QUE AUTORICE EL CABILDO, POR CONCEPTO DE CONTRIBUCIONES ESPECIALES, CUANDO SE TRATE DE: L A I N S T A L A C I Ó N D E T U B E R Í A P A R A D R E N A J E I.- LA INSTALACIÓN DE TUBERÍA DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE; II.- S A N I T A R I O . III.- GAS IV.- PAVIMENTO O REHABILITACIÓN DE PAVIMENTO; V.- GUARNICIONES; VI.- BANQUETAS; VII.- ALUMBRADO PÚBLICO; Y VIII.- TOMAS DOMICILIARIAS LA CUOTA SERÁ DETERMINADA EN SU OPORTUNIDAD POR EL AYUNTAMIENTO, CONFORME AL IMPORTE DEL PRESUPUESTO PARA LA OBRA DE QUE SE TRATE Y CON EL CONCURSO DE LOS BENEFICIARIOS DE LA MISMA Y CUANDO LOS PROPIETARIOS CUMPLAN CON LAS CONDICIONES ESTIPULADAS Y SUS PREDIOS O CONSTRUCCIONES ESTÉN EN LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 28 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 A).- SI S O N E X T E R I O R E S , TENER F R E N T E A L A C A L L E D O N D E S E EJECUTEN LAS OBRAS; B).- SI SON INTERIORES, TENER ACCESO MEDIANTE SERVIDUMBRE DE PASO A LA CALLE DONDE SE EJECUTEN OBRAS. EL PAGO DEBERÁ HACERSE AL MENSUALIDADES DENTRO DEL PLAZO EN QUE SE REALICE. INICIO DE LA OBRA O POR TÍTULO CUARTO 4. DE LOS DERECHOS CAPÍTULO PRIMERO 4.3 DE LOS DERECHOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS SECCIÓN PRIMERA 4.3.01 POR SERVICIOS DE DRENAJE, RECOLECCIÓN DE BASURA, TRANSPORTACIÓN DE AGUA Y ALUMBRADO PÚBLICO ARTÍCULO 11.- LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE DRENAJE, RECOLECCIÓN DE BASURA Y SERVICIO DE TRANSPORTACIÓN DE AGUA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LO SIGUIENTE: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA UMA 4301001000000 4301001010000 4301001020000 1).- POR EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, SE CAUSARÁN DERECHOS CONFORME A LO SIGUIENTE: A).- EN DOMICILIOS PARTICULARES POR RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS MENSUALES: B).- POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE BASURA POR CADA TONELADA O FRACCIÓN 0.5 A 30 5 A 15 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 29 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4301001030000 DISTRIBUIDORAS, C).- EMPRESAS CUYOS BASURA POR CADA TONELADA O FRACCIÓN O ARTÍCULOS GENEREN COMISIONISTAS 4301001040000 4301001050000 D).- LOS USUARIOS QUE TIREN BASURA EN EL RELLENO SANITARIO PAGARÁN POR TONELADA EL 50% DE LA CUOTA FIJADA POR LOS INCISOS A) Y B). E).- MERCADO SOBRE RUEDAS POR SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, POR EVENTO SERÁ: 4301001060000 F).- RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN FERIAS Y EVENTOS MASIVOS ORGANIZADOS POR PARTICULARES POR EVENTO Y/O DÍA SERÁ: 15 0.5 A 15 8 A 9 8 A 20 ARTÍCULO 12.- LOS DERECHOS POR SERVICIOS DE AGUA POTABLE, INCLUIDA SU TRANSPORTACIÓN, ASÍ COMO: LOS SERVICIOS DE DRENAJE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE AGUA, SE CAUSARÁN CONFORME A LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE NORMAN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS A QUE SE REFIERE LA PRESENTE DISPOSICIÓN, Y SE CAUSARÁN DE LA SIGUIENTE MANERA: A).- EL SERVICIO A TRAVÉS DE PIPAS PARA EL USO DE AGUA EN LAS COLONIAS QUE NO CUENTEN CON RED HIDRÁULICA, EN LLENADO DE BIDONES PARA BENEFICIO APROXIMADAMENTE DE 8 FAMILIAS LA CUOTA SERÁ DE 1.5 VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. B).- EL SERVICIO A TRAVÉS DE PIPAS PARA EL USO DE AGUA EN LAS COLONIAS QUE NO CUENTAN CON RED HIDRÁULICA, EN LLENADO DE CISTERNA PARA BENEFICIO APROXIMADAMENTE DE 2 A 3 FAMILIAS LA CUOTA SERÁ DE 2.1 VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. C).- EL SERVICIO A TRAVÉS DE PIPAS PARA EL USO DE AGUA NO APTA PARA CONSUMO HUMANO, LA CUOTA SERÁ DE 2.8 VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 30 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 13.- SE AUTORIZA AL SISTEMA DE CONSERVACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, A RECAUDAR LOS INGRESOS POR CONCEPTO DE AGUA POTABLE, DRENAJE O ALCANTARILLADO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES, CON LAS CUOTAS Y TARIFAS QUE LE SEAN AUTORIZADAS. SE AUTORIZA A LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE DE LA COLONIA TRES DE MAYO Y TEZOYUCA, A RECAUDAR LOS SIGUIENTES CONCEPTOS CON SUS RESPECTIVAS CUOTAS Y TARIFAS: CRI CONCEPTO CUOTA 4301003010000 4301003010100 4301003010200 4301003010300 4301003010400 4301003010500 4301003010600 4301003020000 4301003020100 4301003020200 4301003020300 4301003020400 4301003020500 4301003020600 4301003030000 4301003030100 4301003040000 4301003060100 24 UMA 30 UMA 36 UMA 60 UMA 105 UMA 210 UMA 1).- POR INSTALACIÓN DE TOMAS DOMICILIARIAS, CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 13 MILÍMETROS O MEDIA PULGADA CONFORME A LO SIGUIENTE: A).- HASTA 6 METROS LINEALES RURAL B).- HASTA 6 METROS LINEALES POPULAR C).- HASTA 6 METROS LINEALES HABITACIONAL D).- HASTA 6 METROS LINEALES RESIDENCIAL E).- HASTA 6 METROS LINEALES COMERCIAL F).- HASTA 6 METROS LINEALES INDUSTRIAL 2).- EL COSTO DE LA INSTALACIÓN DE LA TOMA INCLUYE MANO DE OBRA, MATERIALES Y DERECHOS DE CONEXIÓN HASTA 6 METROS LINEALES, CUANDO EXCEDA ESTA DISTANCIA, EL METRO LINEAL SE INCREMENTARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA: A).- POR METRO LINEAL ADICIONAL RURAL B).- POR METRO LINEAL ADICIONAL POPULAR C.-) POR METRO LINEAL ADICIONAL HABITACIONAL D).- POR METRO LINEAL ADICIONAL RESIDENCIAL E).- POR METRO LINEAL ADICIONAL COMERCIAL F).- POR METRO LINEAL ADICIONAL INDUSTRIAL 3).- POR CAMBIO DE UBICACIÓN DE LA TOMA DOMICILIARIA A).- POR CADA TOMA, ADICIONAL DEL PAGO DE LOS MATERIALES Y MANO DE OBRA QUE SE REQUIERAN. 4).- POR CAMBIO DE NOMBRE DEL USUARIO EN CONTRATO YA EXISTENTE A).- CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 19 MILIMETROS O TRES CUARTOS DE PULGADA SE 4 UMA 5 UMA 6 UMA 10 UMA 17 UMA 35 UMA 2 UMA 2 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 31 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4301003070100 4301003080100 AUMENTARA AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE B).- CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 25 MILÍMETROS O UNA PULGADA SE AUMENTARA AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE C).- CUANDO EL DIÁMETRO DE LA TOMA SEA DE 38 MILÍMETROS O UNA Y MEDIA PULGADA SE AUMENTARA AL RANGO BASE CORRESPONDIENTE 10 UMA 20 UMA ARTÍCULO 14.- POR RECARGOS Y GASTOS DE COBRANZA: LOS USUARIOS QUE NO LIQUIDEN PUNTUALMENTE SUS CONSUMOS DENTRO DE LA FECHA LÍMITE ESTABLECIDA EN SU RECIBO, PAGARÁN LOS RECARGOS CONTEMPLADOS EN LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO O MUNICIPIO SEGÚN EL CASO, SOBRE EL IMPORTE DE LOS ADEUDOS. SI FUERA NECESARIO HACERLES REQUERIMIENTOS PARA QUE CUBRAN DICHOS ADEUDOS, PAGARÁN. ADEMÁS, UN 1.13% SOBRE EL MONTO DEL ADEUDO, POR CONCEPTO DE GASTOS DE COBRANZA. LA VIOLACIÓN DE LOS MÉTODOS DE SUSPENSIÓN Y LIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS, IMPLICARÁ UNA SANCIÓN DE CONFORMIDAD CON LA PRESENTE LEY. ARTÍCULO 15.- POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE: POR CADA M3 DE AGUA POTABLE CONSUMIDO, SE APLICARÁN LAS CUOTAS Y TARIFAS MENSUALES DEL CUADRO SIGUIENTE, EXPRESADAS EN VALOR DIARIO DE LA UMA: CONCEPTO CUOTA CRI 4301003090000 4301003090100 4301003090101 4301003090102 4301003090103 4301003090104 4301003090105 4301003090106 4301003090200 4301003090201 4301003090202 4301003090203 4301003090204 POR RANGO DE CONSUMO EN M3: 1).- 0 – 20: A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 2).- 21 - 30 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 0.020 UMA 0.025 UMA 0.029 UMA 0.040 UMA 0.050 UMA 0.085 UMA 0.025 UMA 0.031 UMA 0.036 UMA 0.050 UMA 32 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4301003090205 4301003090206 4301003090300 4301003090301 4301003090302 4301003090303 4301003090304 4301003090305 4301003090306 4301003090400 4301003090401 4301003090402 4301003090403 4301003090404 4301003090405 4301003090406 4301003090500 4301003090501 4301003090502 4301003090503 4301003090504 4301003090505 4301003090506 4301003090600 4301003090601 4301003090602 4301003090603 4301003090604 4301003090605 4301003090606 4301003090700 4301003090701 4301003090702 4301003090703 4301003090704 4301003090705 4301003090706 4301003090800 4301003090801 E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 3).- 31 – 50 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 4).- 51 – 75 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 5).- 76 – 100 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 6).- 101 – 150 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 7).- 151 – 200 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 8).- 201 – 300 A).- RURAL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 0.063 UMA 0.106 UMA 0.030 UMA 0.037 UMA 0.043 UMA 0.060 UMA 0.076 UMA 0.127 UMA 0.038 UMA 0.047 UMA 0.054 UMA 0.075 UMA 0.095 UMA 0.159 UMA 0.043 UMA 0.053 UMA 0.061 UMA 0.085 UMA 0.107 UMA 0.180 UMA 0.050 UMA 0.062 UMA 0.072 UMA 0.100 UMA 0.126 UMA 0.212 UMA 0.075 UMA 0.093 UMA 0.108 UMA 0.150 UMA 0.189 UMA 0.318 UMA 0.100 UMA 33 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4301003090802 4301003090803 4301003090804 4301003090805 4301003090806 4301003090900 4301003090901 4301003090902 4301003090903 4301003090904 4301003090905 4301003090906 B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 9).- MÁS DE 300 A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL F).- INDUSTRIAL 0.124 UMA 0.144 UMA 0.200 UMA 0.252 UMA 0.360 UMA 0.125 UMA 0.155 UMA 0.180 UMA 0.250 UMA 0.315 UMA 0.400 UMA EL PRECIO DE M3 CONSUMIDO SE OBTENDRÁ COLOCANDO EL VOLUMEN TOTAL CONSUMIDO EN UN MES, EN EL RENGLÓN CORRESPONDIENTE AL RANGO DE CONSUMO QUE LO ABARQUE Y MULTIPLICANDO EL FACTOR CORRESPONDIENTE AL TIPO DE USUARIO POR EL VALOR DEL UMA VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS EN LA FECHA DE CÁLCULO. EN LOS CASOS QUE NO EXISTA APARATO MEDIDOR LA CUOTA Y TARIFAS FIJA MÍNIMA MENSUAL SERÁ: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA 4301003070001 SISTEMA DE AGUA POTABLE TEZOYUCA A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL 4301003070003 4301003070004 4301003070005 4301003070006 4301003100500 E).- COMERCIAL 4301003100600 F).- INDUSTRIAL SISTEMA DE AGUA POTABLE TRES DE MAYO A).- RURAL B).- POPULAR C).- HABITACIONAL D).- RESIDENCIAL E).- COMERCIAL 4301003110000 4301003110100 4301003110200 4301003110300 4301003110400 4301003110500 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 0.444 UMA 0.4467 UMA 1.111 UMA 4.444 UMA 6.667 37.778 UMA 0.444 UMA 0.667 UMA 0.5756 UMA 1.7468 UMA 3.00 UMA 34 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 37.778 UMA F).- INDUSTRIAL 4301003110600 OBSERVACIÓN.- Fe de erratas publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5703, de fecha 2019/05/08. ARTÍCULO 16.- LOS DERECHOS POR SERVICIOS DE ALUMBRADO PÚBLICO (DAP) SE CAUSARÁN Y SE LIQUIDARÁN DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: ES OBJETO DE ESTE DERECHO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO PARA LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO. SE ENTIENDE POR SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO EL QUE EL MUNICIPIO OTORGA A LA COMUNIDAD EN CALLES, PLAZAS, JARDINES, Y OTROS LUGARES DE USO COMÚN. LA TARIFA CORRESPONDIENTE AL DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO, SERÁ POR EL COSTO DE LA PRESTACIÓN DE ESTE SERVICIO, ENTRE EL NÚMERO DE USUARIOS REGISTRADOS EN LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD EL IMPORTE SE COBRARÁ EN CADA RECIBO QUE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD EXPIDA. LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE PREDIOS RÚSTICOS, SUBURBANOS Y URBANOS QUE NO ESTÉN REGISTRADOS EN LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, PAGARÁN LA TARIFA RESULTANTE MENCIONADA EN ESTE ARTÍCULO, MEDIANTE EL RECIBO QUE PARA TAL EFECTO EXPIDA LA TESORERÍA MUNICIPAL. EL MUNICIPIO, POR CONDUCTO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL, PODRÁ AUXILIARSE DE LA INFRAESTRUCTURA Y EL SISTEMA DE AGUA POTABLE DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS, PARA EFECTO DE QUE SE INCORPORE EN CADA UNO DE LOS RECIBOS DE COBRO QUE EXPIDE DICHO ORGANISMO OPERADOR, LA TARIFA QUE INDICA ESTE PRECEPTO A LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE LOS PREDIOS QUE NO ESTÉN REGISTRADO EN LA CITADA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 35 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EN NINGÚN CASO LA TARIFA POR ESTE SERVICIO PODRÁ SER MAYOR AL 10% DE LAS CANTIDADES QUE DEBAN PAGAR LOS CONTRIBUYENTES EN FORMA PARTICULAR POR EL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA. SECCIÓN SEGUNDA 4.3.02 POR USO DE LA VÍA PÚBLICA ARTÍCULO 17.- LOS DERECHOS POR EL USO DE LA VÍA PÚBLICA, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LO SIGUIENTE: CRI 4302001000000 1).- POR COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA, SE APLICARÁ UNA TARIFA ANUAL DE LA SIGUIENTE MANERA: CONCEPTO TARIFA 4302001010000 A).- AMBULANTES 4302001020000 B).- SEMIFIJOS SECCIÓN TERCERA 10 A 20 UMA 3 A 150 UMA 4.3.03 DE LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS DE PANTEONES ARTÍCULO 18.- POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE PANTEONES LOS DERECHOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS SIGUIENTES CUOTAS Y TARIFAS. CRI CONCEPTO CUOTA UMA TARIFA 4303000000000 SERVICIO DE PANTEONES 4303002000000 1).- INHUMACIONES Y EXHUMACIONES A).- EXHUMACIONES TRANSCURRIDO EL TÉRMINO DE LA LEY PARA EFECTUAR ALGUNA OTRA INHUMACIÓN EN FOSA O PARA EL TRASLADO DE LOS RESTOS A ALGÚN OTRO SITIO DEL PANTEÓN. B).- PANTEÓN PRIVADO. INHUMACIONES Y/O CREMACIÓNES DEL CADÁVER 20 60 A 100 UMA 4303002010000 4303002020000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 36 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4303003010000 2).- DERECHOS DE CADÁVER AL MUNICIPIO INTERNACIÓN DE UN 4303004000000 3).- NICHOS 4303004010000 A).- LA ADQUISICIÓN DE NICHO EN RENTA PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RESTOS POR SIETE AÑOS 10 A 30 UMA 1 A 15 UMA 4303005000000 4).- POR AUTORIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE MONUMENTOS DE: 4303005010000 A).- TABIQUE O CEMENTO 4303005020000 B).- GRANITO 4303005030000 C).- MÁRMOL 4303005040000 D).- DE MATERIAL NO ESPECIFICADO 4303005050000 E).- CONSTRUCCIÓN DE CAPILLAS 2 A 3 UMA 4 A 5 UMA 8 A 10 UMA 10 A 12 UMA 15 A 20 4303005060000 DERECHOS DE Y F).- MANTENIMIENTO POR FOSA INDIVIDUAL POR SIETE AÑOS LIMPIEZA 4303005070000 G).- REFRENDO DE NICHO POR SIETE AÑOS 4303005080000 H).- CONSTRUCCIÓN DE FOSA SECCIÓN CUARTA 7 7 A 21 UMA 1 A 15 UMA 4.3.04 POR LOS SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS Y MERCADOS 19.- ARTÍCULO SERVICIO DE ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS Y MERCADOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN LOS DERECHOS CONFORME A LAS SIGUIENTES: PRESTACIÓN DE POR LA CRI 4304001010000 4304001020000 4304001020100 4304001020101 PÚBLICOS, CONCEPTO CUOTA UMA 1).- POR EL USO Y EXPLOTACIÓN DE PAGO ESTACIONAMIENTOS ANUAL. 2).- POR EL APROVECHAMIENTO Y USO DE LA VÍA PÚBLICA A).- POR ESTACIONAMIENTOS PERMITIDOS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE POR CAJÓN VEHICULAR, PAGO ANUAL A1).- A VEHÍCULOS DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE 5 UMA TARIFA 1 A 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 37 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4304001020102 A2).- A VEHÍCULOS PARTICULARES PARA ACTIVIDADES COMERCIALES 3 UMA 4304001030000 3).- MERCADOS 4304001030100 A).- POR SERVICIOS DE MERCADOS 4304001030101 A1).- LOS DERECHOS DE MERCADOS SE CAUSARAN POR EL USO DE PLAZA, MERCADOS, PISOS EN LAS CALLES, PASEOS Y LUGARES PÚBLICOS DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES TARIFAS: 4304001030102 4304001030200 4304001030300 4304001030400 A1.1).- LOCALES EN EL INTERIOR O EXTERIOR DE LOS MERCADOS (ANUALMENTE POR CONVENIO CON LOCATARIOS) B).- RENOVACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE POSESIONES C).- LA OCUPACIÓN DE PISOS EN LOS MERCADOS, CON EL FIN COMERCIAL DIARIAMENTE POR M2 D).- USO DE PISO EN TEMPORADA DE FERIAS POR M2 POR TEMPORADA 4 A 10 UMA 10 A 20 UMA 0.5 A .12 UMA 0.4 A 3 UMA SECCIÓN QUINTA 4.3.05 POR LOS SERVICIOS DE REGULACIÓN DE LA OBRA PÚBLICA Y PRIVADA 20.- POR PERMISOS, LICENCIAS, ARTÍCULO CONSTANCIAS, INSPECCIONES, REVISIONES Y SÚPERVISIONES OTORGADAS Y EJECUTADAS POR LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y ADMINISTRACIÓN URBANA. LOS DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE OBRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO URBANO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LA SIGUIENTE TABLA: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 38 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001010000 1).- POR ALINEAMIENTO, POR METRO LINEAL DE FRENTE A LA VÍA PÚBLICA UMA 0.50 0.40 0.30 4305001010100 A).- HASTA 20 METROS 4305001010200 B).- DE 20.01 A 50 METROS 4305001010300 4305001020000 4305001020100 4305001020200 C).- DE 50.01 METROS LINEALES EN ADELANTE 2).- LOS NÚMEROS OFICIALES EN ALINEAMIENTOS POR CADA ASIGNACIÓN DE NÚMERO EN LA CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO A).- VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR, HOSPITALES Y ESCUELAS B).- CONDOMINIOS FRACCIONAMIENTOS URBANOS RESIDENCIAS, CONJUNTOS Y Y 2 8 4305001020300 C).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001020400 D).- INDUSTRIAS 4305001030000 3). CONSTANCIA DE NÚMERO OFICIAL 4305001030100 4305001030200 INTERÉS SOCIAL Y A).- VIVIENDAS DE POPULAR, HOSPITALES Y ESCUELAS B).- CONDOMINIOS FRACCIONAMIENTOS URBANOS Y Y RESIDENCIAS, CONJUNTOS 4305001030300 C).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001030400 D).- INDUSTRIAS 6 8 4 10 10 10 4305001040000 4).- LICENCIA PARA CONSTRUCCIÓN, RECONSTRUCCIÓN O MODIFICACIONES, POR M2, CON VALIDEZ DE 365 DÍAS, (REQUIERE DE SÚPERFICIE MAYOR A 60.01 M2 PROYECTO DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA) ARQUITECTÓNICO Y 4305001040100 A).- DESARROLLOS HABITACIONALES 4305001040200 B).- USO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR 4305001040300 C).- USO HABITACIONAL DE INTERÉS MEDIO 4305001040400 D).- RESIDENCIAL USO HABITACIONAL DE TIPO 4305001040500 E).- HOSPITALES Y ESCUELAS 4305001040600 F).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001040700 G).- INDUSTRIAS 4305001040800 H).- TEATROS, CINES, DISCOTECAS, PLAZA 1 A 2 UMA 0.12 A 0.40 UMA 0.50 A 1 UMA 1 A 1.5 UMA 0.5 A 1 UMA 1 A 2 UMA 3 A 7 UMA 4 UMA 39 de 137 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001040900 4305001041000 4305001041100 4305001041200 4305001041300 PINTURA, PLAZAS COMERCIALES, CENTROS DE TOROS Y SIMILARES I).- COMERCIALES J).- REMODELACIONES (CAMBIO DE PISOS, APLANADOS, REPARACIONES MENORES), SIN AFECTAR ESTRUCTURA. K).- PLANTAS DE TRATAMIENTO POR METRO M3 L).- ALBERCAS POR METRO CÚBICO (INCLUYE CUARTO DE MÁQUINAS) M).- ESTACIONAMIENTOS, TERRAZAS, ANDADORES Y PISOS DE CANCHAS DEPORTIVAS DE CUALQUIER MATERIAL POR METRO CUADRADO PISOS DE 4305001041400 N).- CISTERNA POR M3 4305001041500 4305001041600 Ñ).- CONSTRUCCIÓN Y PAVIMENTACIÓN DE CALLES PRIVADAS, SERVIDUMBRES DE PASO, GUARNICIONES Y BANQUETAS, DE CUALQUIER MATERIAL O).- CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA INSTALACIONES LA OBLIGACIÓN DE REPARAR PAVIMENTO DE ARROYO O BANQUETAS, POR METRO LINEAL OCULTAS CON 4305001041700 P).- FOSA SÉPTICA POR PIEZA 4305001041800 Q).- CISTERNA PLUVIAL POR M3 4305001041900 R).- JACUZZI (INCLUYE CUARTO DE MÁQUINA) 40 UMA 4305001042000 LICENCIA SENCILLA PARA CONSTRUCCIÓN, 4.1).- RECONSTRUCCIÓN O MODIFICACIÓN POR M2, CON VALIDEZ DE 365 DÍAS, CON SÚPERFICIE MENOR A 60 M2 (NO REQUIERE PLANOS ARQUITECTÓNICOS) 4305001042001 A).- USO HABITACIONAL TIPO POPULAR 4305001042002 B).- USO HABITACIONAL DE INTERÉS MEDIO 4305001042003 C).- USO HABITACIONAL DE TIPO RESIDENCIAL 4305001042004 D).- HOSPITALES Y ESCUELAS 4305001042005 E).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001042006 F).- INDUSTRIAS 0.50 1.50 0.40 1.50 1.50 1 A 3 UMA 0.12 A 1 UMA 1 A 1.15 UMA 0.5 A 1 UMA 0.30 A 1.20 UMA 0.10 A 0.50 UMA 0.20 A 0.50 UMA 5 A 10 UMA 1 A 12 UMA 0.05 A 0.15 UMA 0.15 A 0.30 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 40 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001042007 4305001050000 G).- REMODELACIONES (CAMBIOS DE PISO, APLANADOS, PINTURA, REPARACIONES MENORES) SIN AFECTAR ESTRUCTURA 5).- POR APROBACIÓN DE PLANOS, POR M2 DE SÚPERFICIE CUBIERTA 0.35 4305001050100 A).- DESARROLLOS HABITACIONALES 4305001050200 B).- USO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR 4305001050300 C).- USO HABITACIONAL DE INTERÉS MEDIO 4305001050400 D).- USO HABITACIONAL DE TIPO RESIDENCIAL 4305001050500 E).- HOSPITALES Y ESCUELAS 4305001050600 F).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001050700 G).- INDUSTRIAS 4305001060000 4305001060100 4305001060200 4305001060300 4305001060400 4305001060500 0.12 HABITACIÓN, 6).- LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN PARA ELEMENTOS DIVERSOS: A).- NIVELACIÓN DE TERRACERÍAS PARA COMERCIO, CASA CONDOMINIO, CONJUNTO URBANO Y FRACCIONAMIENTOS, POR METRO CÚBICO B).- CONSTRUCCIÓN DE PÓRTICO A BASE DE COLUMNAS O CUALQUIER OTRO TIPO DE ELEMENTO ESTRUCTURAL PARA ENTRADA, POR METRO LINEAL C).- TANQUE DE ALMACENAMIENTO ELEVADO A BASE DE COLUMNAS, LOSAS Y MUROS DE CONCRETO, POR METRO CUBICO D).- ALMACENAMIENTO ELEVADO A BASE DE COLUMNAS, LOSAS Y MUROS DE CONCRETO, CON ALTURA MAYOR DE 15 METROS, POR METRO CÚBICO E).- ALMACENAMIENTO SÚPERFICIAL, CON LOSA Y MUROS DE CONCRETO, POR METRO CÚBICO TANQUE TANQUE DE DE 10 3 20 0.20 4305001060600 F).- ESCALERAS EXTERIORES DE CUALQUIER 25 0.10 A 0.25 UMA 0.05 A 0.10 UMA 0.05 A 0.12 UMA 0.15 A 0.30 UMA 0.03 A 0.10 UMA 0.06 A 0.16 UMA 0.08 A 0.23 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 41 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 MATERIAL, POR NIVEL O PISO DE ASCENSO 4305001060700 4305001060800 4305001060900 4305001061000 INSTALACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE G).- CAJAS CAJEROS AUTOMÁTICOS, TABLEROS, EN LA VÍA PÚBLICA O PRIVADA, POR PIEZA CONTROL, DE Y POR (CON EXEPCIÓN Y PIEZA H).- POSTES DE CUALQUIER TIPO DE MATERIAL DE ENERGÍA TELECOMUNICACIONES ELÉCTRICA) CON AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL). I).- CONSTRUCCIONES DESTINADAS A TALLERES TEMPLOS RELIGIOSOS, AUDITORIOS, INSTALACIONES DEPORTIVAS, POR METRO CUADRADO J).- CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA INSTALACIONES LA CON OBLIGACIÓN DE REPARAR PAVIMENTO DE ARROYO, BANQUETAS Y GUARNICIONES. COMUNITARIOS, OCULTAS, 12 25 2 5 4305001070000 7).- POR AMPLIACIONES DE TIEMPO PARA LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN, POR LA PARTE NO EJECUTADA DE LA OBRA, POR METRO CUADRADO, POR LA MITAD DEL PERÍODO DE LA LICENCIA ORIGINAL. 4305001070100 A).- DESARROLLOS HABITACIONALES 4305001070200 B).- USO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR 4305001070300 C).- USO HABITACIONAL DE INTERÉS MEDIO. 4305001070400 D).- USO HABITACIONAL DE TIPO RESIDENCIAL 4305001070500 E).- HOSPITALES Y ESCUELAS 4305001070600 F).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001070700 G).- INDUSTRIAS 4305001070800 H).- URBANIZACIONES, CALLES, Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 0.03 A 1 UMA 0.03 A 0.09 UMA 0.08 A 0.23 UMA 0.5 A 1 UMA 0.03 A 0.09 UMA 0.15 A 0.25 UMA 0.16 A 1.5 UMA 0.08 A 0.23 42 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Y DE AMPLIACIÓN BANQUETAS GUARNICIONES EN FRACCIONAMIENTOS Y CONDOMINIOS DE CUALQUIER TIPO Y CONJUNTOS URBANOS POR M2 I).- EJECUCIÓN DE OBRA, POR DÍA J).- CONSTRUCCIÓN DE DUCTOS PARA INSTALACIONES LA OBLIGACIÓN DE REPARAR PAVIMENTO DE ARROYO O BANQUETAS POR METRO LINEAL 8).- INSPECCIÓN FINAL DE LA CONSTRUCCIÓN PARA OTORGAR EL OFICIO DE OCUPACIÓN, POR METRO CUADRADO OCULTAS TIEMPO 0.0021 PARA CON 4305001070900 4305001071000 4305001080000 4305001080100 A).- DESARROLLOS HABITACIONALES 4305001080200 B).- USO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR 4305001080300 C).- USO HABITACIONAL DE INTERÉS MEDIO. 4305001080400 D).- USO HABITACIONAL DE TIPO RESIDENCIAL 4305001080500 E).- HOSPITALES Y ESCUELAS 4305001080600 F).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001080700 G).- INDUSTRIAS 4305001090000 9).- EXPEDICIÓN DE PERMISOS DE OCUPACIÓN, POR METRO CUADRADO 4305001090100 A).- DESARROLLOS HABITACIONALES 4305001090200 B).- USO HABITACIONAL DE TIPO POPULAR 4305001090300 C).- USO HABITACIONAL DE INTERÉS MEDIO 4305001090400 D).- USO HABITACIONAL DE TIPO RESIDENCIAL 4305001090500 E).- HOSPITALES Y ESCUELAS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” UMA 0.15 A 0.25 UMA 0.025 A 0.05 UMA 0.025 A 0.05 UMA 0.05 A 0.08 UMA 0.06 A 0.10 UMA 0.025 A 0.05 UMA 0.10 A 0.20 UMA 0.10 A 0.20 UMA 0.03 A 0.09 UMA 0.04 A 0.08 UMA 0.04 A 0.12 UMA 0.12 A 0.25 UMA 0.03 A 0.09 UMA 43 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001090600 F).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001090700 G).- INDUSTRIAS 4305001100000 10).- OFICIOS DE OCUPACIÓN EXTEMPORÁNEOS POR DÍA 4305001100100 4305001100200 4305001100300 4305001100400 A).- CONSTRUCCIONES HABITACIONALES DE INTERÉS HABITACIONAL B).- CONSTRUCCIONES HABITACIONALES DE V I V I E N D A TIPO POPULAR C).- CONSTRUCCIONES HABITACIONALES DE I N T E R É S M E D I O D).- CONSTRUCCIONES HABITACIONALES DE TIPO RESIDENCIAL 4305001100500 E).- HOSPITALES Y ESCUELAS 4305001100600 F).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001100700 G).- INDUSTRIAS 4305001110000 11).- POR DEMOLICIONES 4305001110100 A).- DEMOLICIONES, POR METRO CUADRADO 4305001110200 4305001110300 4305001110400 4305001120100 4305001130000 B).- POR DEMOLICIÓN DE BARDAS POR METRO LINEAL C).- DEMOLICIÓN DE BANQUETAS PARA ACCESO DE VEHÍCULOS, POR M2 D).- DEMOLICIÓN DE CAMELLONES PARA ACCESO Y RETORNO DE VEHÍCULOS POR METRO CUADRADO 12).- USO DE EXPLOSIVOS, SE COBRARÁ POR METRO CÚBICO DEL VOLUMEN A DEMOLER 13).- LICENCIAS PARA COLOCAR TAPIALES EN VÍA PÚBLICA 4305001130100 A).- TAPIALES EN VÍA PÚBLICA POR DÍA 5 UMA 4305001130200 4305001140100 B).- SERVICIOS DE SEÑALAMIENTO OFICIAL DE PREDIOS, POR CADA OCASIÓN BANQUETAS, 14).- RECONSTRUCCIONES DE LAS MISMAS Y APERTURA DE 2.50 UMA 0.15 A 0.25 UMA 0.08 A 0.26 UMA 0.03 A 0.10 UMA 0.03 A 0.10 UMA 0.02 A 0.18 UMA 0.10 A 0.20 UMA 0.03 A 0.10 UMA 0.05 A 0.12 UMA 0.08 A 0.30 UMA 0.20 A 0.40 UMA 0.08 A 0.25 UMA 1 A 3 UMA 3 A 7.5 EXENTO 1 A 3 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 44 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001150000 OTROS TRABAJOS SIMILARES A LA VÍA PÚBLICA POR M2 15).- PERFORACIÓN DE POZOS, PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, SE CUBRIRÁN DERECHOS POR CADA UNA DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES PARÁMETROS: 4305001150100 A).- PARA FRACCIONAMIENTO 4305001150200 B).- PARA USO PARTICULAR 4305001150300 4305001160100 4305001170100 4305001180000 4305001180100 4305001180101 INSPECCIÓN INSTALACIÓN DE ELEVADORES Y C).- POR VERIFICACIÓN DE AFORO PARA FRACCIONAMIENTOS, POR UNA SOLA VEZ 16).- CALDERAS UNA SOLA VEZ POR CADA UNO 17).- FUNCIONAMIENTO, ASPECTOS POR CADA VISITA 18).- CONEXIONES DE ALBAÑAL Y EXCAVACIONES EN VÍA PÚBLICA: A).- CONEXIONES DE ALBAÑAL DOMICILIARIO AL COLECTOR GENERAL, POR METRO LINEAL EN: A1).- VIVIENDAS DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR, HOSPITALES Y ESCUELAS SEMESTRAL, OTROS SERVICIOS, 4305001180102 A2).- CONDOMINIOS Y RESIDENCIAS 4305001180103 A3).- HOTELES Y COMERCIOS 4305001180104 A4).- INDUSTRIAS 750 A 1500 UMA 500 A 1000 UMA 150 A 300 UMA 20 A 50 UMA 10 A 20 UMA 0.25 A 0.50 UMA 0.05 A 0.75 UMA 0.75 A 1.5 UMA 1.5 A 3 UMA 4305001180200 CONEXIÓN D E B).- FRACCIONAMIENTO, CONDOMINIOS, URBANOS Y EDIFICIOS, POR DESCARGA: A L B A Ñ A L PARA CONJUNTOS 4305001180201 B1).- UNIDADES HABITACIONALES POR M2 4305001180202 B2).- COMERCIOS POR M2 0.08 A 0.16 UMA 0.16 A 0.50 UMA 4305001180300 C).- EXCAVACIONES DE CEPAS DE 0.60 A 1.10 METROS LINEALES DE ANCHO, CUANDO SE TRATE DE TRAMOS CON: 4305001180301 C1).- PAVIMENTO DE CONCRETO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 0.80 A 2.5 UMA 45 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001180302 C2).- PAVIMENTO ASFALTICO 4305001180303 C3).- PAVIMENTO PÉTREO 4305001180304 C4).- EN TERRACERÍA 4305001190000 4305001190100 4305001190200 19).- CONSTRUCCIÓN DE ANUNCIOS, POR METRO CUADRADO: A).- CON ESTRUCTURA METÁLICA SOBRE LOSAS DE INMUEBLES B).- CON POSTE SOBRE PISOS CON ZAPATA DE CIMENTACIÓN 4305001190300 C).- EN FACHADAS, MUROS O BARDAS 4305001190400 4305001190500 D).- POR EL ACOTAMIENTO, LO QUE MARCA EL CATASTRO, POLIGONALES EN PREDIOS UBICADOS EN EL ÁREA TERRITORIAL DEL MUNICIPIO, SE CAUSARAN DERECHOS POR METRO LINEAL E).- CONSTRUCCIÓN DE MARQUESINAS, POR METRO LINEAL 4305001200000 20).- POR LA CONSTRUCCIÓN DE BARDAS: 4305001200100 4305001200200 4305001200300 4305001200400 4305001210000 METRO LINEAL, A).- POR METRO LINEAL, HASTA UNA ALTURA DE 2 METROS B).- POR D E 2 M E T R O S HASTA UNA ALTURA DE 2.5 METROS C).- POR METRO LINEAL, HASTA UNA ALTURA DE 5 METROS O MÁS D).- POR METRO LINEAL, POR DEMOLICIÓN DE BARDAS 21).- REGULARIZACIONES VOLUNTARIAS DE CUALQUIER TIPO LOS SEÑALADOS ANTERIORMENTE, SE DE REDUCIRÁ LOS DERECHOS DE AL CONSTRUCCIÓN 50% DE 2.5 A 4.5 UMA 0.60 A 1.8 UMA 0.16 A 0.5 UMA 3 A 5 UMA 2 A 4 UMA 1 A 4 UMA 0.5 A 2 UMA 1 A 3 UMA 0.18 A 0.25 UMA 0.25 A 0.50 UMA 0.50 A 0.75 UMA 0.08 A 0.25 UMA 4305001210100 A).- DERECHOS POR: LIMPIEZA 4305001210101 A1).- DESHIERBE, POR METRO CUADRADO A2).- CONSTRUCCIÓN DE MAMPOSTERÍAS, POR METRO LINEAL TERRENOS, DE 4305001210102 4305001220000 22).- OTRO TIPO DE CONCEPTOS 4305001220100 A).- POR COLOCACIÓN DE ANTENAS DE 0.04 0.18 EXENTO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 46 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4305001220200 4305001220300 TELEFONÍA MÓVIL O FIJA. B).- CONSTRUCCIÓN DE PALAPA CON TECHUMBRE DE TEJA, PALMA O SIMILAR POR METRO CUADRADO C).- POR BÚSQUEDA DE EXPEDIENTES HASTA 5 AÑOS ATRÁS 0.06 A 0.18 UMA 5 UMA POR COPIA DE 4305001220400 D).- LICENCIAS O DOCUMENTOS OFICIALES POR DOCUMENTO 4305001220500 E).- POR RETIRO DE TODO TIPO DE MATERIALES CONSTRUCCIÓN LOCALIZADOS EN VÍA PÚBLICA O PRIVADA, POR PARTE DE LA AUTORIDAD. DE 4305001220600 F).- CONSTRUCCIÓN DE MURETES DE ACOMETIDA ELÉCTRICA A BASE DE CUALQUIER MATERIAL EN VÍA PÚBLICA O PROPIEDAD PRIVADA POR PIEZA. 4305001220700 G).- CONSTRUCCIÓN REGISTRO SANITARIO EN CASO DE CONEXIÓN AL DRENAJE MUNICIPAL, POR PIEZA. DE 4305001220800 H).- POR LA CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE VIVEROS Y/O INVERNADEROS A BASE DE HERRERÍA METÁLICA, TELA, MOSQUITERO Y LONAS PARA CUBRIR TOLDO, EN CUALQUIER RÉGIMEN DE PROPIEDAD POR METRO CUADRADO. I).- ESTANQUES PISCÍCOLAS O SIMILARES, A EXCEPCIÓN DE LOS BENEFICIADOS POR PROGRAMAS FEDERALES. CONSTRUCCIÓN 4305001220900 DE 1 A 5 UMA 4 A 15 UMA 4 A 8 UMA 1 A 5 UMA 0.5 A 2 UMA 10 A 500 UMA ARTÍCULO 21.- COBRO POR EXCAVACIÓN, INSTALACIÓN, REGISTRO, Y TENDIDO DE TUBERÍAS OCULTAS EN LA VÍA PÚBLICA, DE LÍNEAS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR METRO LINEAL. CRI CONCEPTO 1).- EXCAVACIÓN, INSTALACIÓN, REGISTRO, ARREGLO Y TENDIDO DE TUBERÍAS EN LA VÍA PÚBLICA, DE LÍNEAS DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR METRO LINEAL. 4305001230100 CUOTA EXENTO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 47 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALICEN ESTE TIPO DE TRABAJO TENDRÁN LA OBLIGACIÓN BAJO SU COSTO, DE COMPACTAR Y RESTABLECER LOS MATERIALES ORIGINALES CON QUE CONTABA LA VÍA PÚBLICA HASTA ANTES DE LA REFERIDA INSTALACIÓN. EL INCUMPLIMIENTO A ESTA DISPOSICIÓN DARÁ LUGAR A LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES QUE PROCEDA EN TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN MUNICIPAL APLICABLE. SECCIÓN SEXTA 4.3.06 POR USO DE SUELO ARTÍCULO 22.- LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS MUNICIPALES DE DESARROLLO URBANO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES CONCEPTOS: CRI CONCEPTO TARIFA 4306001000000 4306001010000 4306001010100 4306001010200 1.- DERECHOS MUNICIPALES POR LA EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA DE USO DEL SUELO, DE ACUERDO AL USO O DESTINO, POR METRO CUADRADO DE CONSTRUCCIÓN: A).- USOS HABITACIONALES: A1).- VIVIENDA HORIZONTAL (HASTA DOS NIVELES) A2).- VIVIENDA VERTICAL (MÁS DE DOS NIVELES) 0.02 A 0.10 UMA 0.05 A 0.20 UMA 4306001020000 B).- ALMACENAMIENTO 4306001020100 4306001030000 4306001040000 4306001050000 4306001060000 4306001070000 4306001080000 4306001090000 B1).- BODEGA O ALMACÉN C).- TIENDA DE PRODUCTOS BÁSICOS D).- TIENDA DE AUTOSERVICIO E).- TIENDA DE ESPECIALIDAD Y DEPARTAMENTAL F).- CENTROS Y PLAZAS COMERCIALES G).- TALLERES DE REPARACIÓN DE VEHÍCULOS, VULCANIZADORA, LLANTERAS H).- TALLERES DE MANTENIMIENTO AUTOMOTRIZ I).- BAÑOS PÚBLICOS, GIMNASIOS, SALONES DE BELLEZA, ESTÉTICA, PELUQUERÍA, LAVANDERÍA, TINTORERÍA, DE REPARACIÓN DE ARTÍCULOS PARA EL HOGAR, LUBRICACIÓN Y SASTRERÍA, TALLERES LAVADO, 0.15 A 0.35 UMA 0.10 A 0.15 UMA 0.06 A 0.20 UMA 0.30 A 0.50 UMA 0.10 A 0.40 UMA 0.10 A 0.15 UMA 0.20 A 0.30 UMA 0.10 A 0.15 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 48 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4306001100000 4306001110000 4306001120000 4306001130000 4306001140000 4306001150000 4306001160000 4306001170000 4306001180000 4306001190000 0.15 0.25 UMA 0.20 A 0.40 UMA ESTUDIOS FOTOGRÁFICOS J).- OFICINAS, AGENCIAS DE VIAJE, DESPACHOS Y CONSULTORIOS K).- BANCOS Y CASAS DE CAMBIO L).- REPRESENTACIONES OFICIALES, OFICINAS CONSULARES M).- HOSPITAL 1ª CLASE CON CUARTOS PRIVADOS N).- HOSPITAL DE 1ª CLASE CON CUARTOS MÚLTIPLES Ñ).- HOSPITAL 2ª CLASE CON CUARTOS PRIVADOS 0.05 A 0.15 UMA O).- HOSPITAL 2ª CLASE CON CUARTOS MÚLTIPLES 0.04 A 0.12 UMA P).- LABORATORIOS DENTALES, ANÁLISIS CLÍNICOS Y RADIOGRAFÍAS Q).- CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS DE LA 3ª EDAD R).- ASISTENCIA ANIMAL, CENTRO ANTIRRÁBICO, H OSPITAL VETERINARIO 0.02 A 0.10 UMA 0.10 A 0.30 UMA 0.04 A 0.10 UMA 0.02 A 0.05 UMA 0.10 A 0.30 UMA 0.05 A 0.20 UMA 4306001200000 S).- EQUIPAMIENTO EDUCATIVO, CIENTÍFICO Y CULTURAL 4306001200100 4306001200200 4306001200300 4306001200400 4306001200500 4306001200600 4306001210000 4306001220000 4306001230000 4306001240000 4306001250000 S1).- GUARDERÍA, CENDI, JARDÍN DE NIÑOS S2).- ESCUELA PRIMARIA S3).- ESCUELA SECUNDARIA S4).- PREPARATORIA, NIVEL MEDIO SÚPERIOR EN GENERAL S5).- NIVEL SÚPERIOR S6).- ESCUELAS DE CAPACITACIÓN, ACADEMIAS, IDIOMAS, COMPUTACIÓN T).- GALERÍA, MUSEO, EXHIBICIONES TEMPORALES AL AIRE LIBRE U).- INSTITUCIONES RELIGIOSAS V).- CENTROS DE ARCHIVOS, INFORMACIÓN W).- CAFÉS, FONDAS, ANTOJERÍAS, SALONES DE BANQUETES, RESTAURANTES, TODOS SIN VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS X).- CANTINAS, BARES, RESTAURANTES CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DISCOTECAS, CENTROS NOCTURNOS INFORMACIÓN, HEMEROTECA, DE PROCESADORES CENTROS 0.08 A 0.30 UMA 0.10 A 0.45 UMA 0.15 A 0.50 UMA 0.20 A 0.60 UMA 0.25 A 0.65 UMA 0.15 A 0.50 UMA 0.06 A 0.20 UMA 0.08 A 0.20 UMA 0.04 A 0.15 UMA 0.04 A 0.15 UMA 0.10 A 0.30 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 49 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4306001260000 4306001270000 4306001280000 4306001290000 4306001300000 4306001310000 4306001320000 4306001330000 4306001340000 4306001350000 SALONES CULTURALES, DEPORTIVOS Y).- CENTROS DE ENTRETENIMIENTO Z).- CENTROS DE RECREACIÓN SOCIAL: CENTROS COMUNITARIOS, Y JARDINES PARA FIESTAS INFANTILES, CLUBES SOCIALES, SALONES Y JARDINES PARA BANQUETES (JARDINES PARA BANQUETES Y JARDINES PARA FIESTAS INFANTILES POR METRO CUADRADO DE PREDIO) AA).- CENTROS RECREACIÓN, ALBERCAS, ESCUELAS DE NATACIÓN, BOLICHE, BILLARES, SALONES DE JUEGOS ELECTRÓNICOS Y DE MESA, SIN APUESTAS AB).- FUNERARIAS AC).- TERMINAL DE TRANSPORTE, ENCIERRO DE AUTOBUSES AD).- COMUNICACIONES AE).- INDUSTRIA AF).- AGROINDUSTRIA AG).- INDUSTRIA ARTESANAL AH).- ALOJAMIENTO Y DE 0.08 A 0.30 UMA 0.08 A 0.20 UMA 0.04 A 0.15 UMA 0.06 A 0.20 UMA 0.10 A 0.25 UMA 0.02 A 0.10 UMA 0.10 A 0.30 UMA 0.05 A 0.10 UMA 0.02 A 0.05 UMA 0.25 A 0.5 UMA 4306002000000 2).- ESTACIONAMIENTOS PÚBLICOS: 4306002010000 A).- A DESCUBIERTO, POR METRO CUADRADO DE TERRENO 0.08 A 0.20 UMA 4306002020000 B).- A CUBIERTO, POR METRO CUADRADO DE CONSTRUCCIÓN. 0.10 A 0.15 UMA 4306002030000 C).- ANTENAS PARA TELEFONÍA CELULAR O CUALQUIER OTRO TIPO DE USO EXENTO 4306003000000 3).- DERECHOS MUNICIPALES POR LA EXPEDICIÓN DE OTRO TIPO DE DOCUMENTOS: 4306003010000 4306003020000 4306003030000 A).- POR JUEGO DE PLANOS ADICIONALES AUTORIZADOS B).- POR ACTUALIZACIÓN DE LICENCIA DE USO DEL SUELO C).- POR COPIA CERTIFICADA DE LICENCIA DE USO DEL SUELO 3.5 A 4 UMA 7.0 A 8 UMA 7.0 A 8 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 50 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4306003040000 4306003050000 4306003060000 4306004000000 4306004010000 4306004010100 4306004010200 4306004010300 4306004020000 4306004020100 4306004020200 4306004020300 4306004030000 4306004030100 4306004030200 4306004030300 4306005000000 4306005010000 4306005020000 4306005030000 4306005040000 D).- POR COPIA CERTIFICADA DE JUEGO DE PLANOS AUTORIZADOS E).- POR COPIA SIMPLE DE LICENCIA DE USO DEL SUELO O COPIA SIMPLE DE CONSTANCIA DE ZONIFICACIÓN F).- DICTAMEN TÉCNICO SOBRE ANUNCIOS 7.0 A 8 UMA 0.05 A 0.20 UMA 5 A 6.0 UMA 4).- POR PAGO DE DERECHOS EN LICENCIAS DE USO DEL SUELO PARA FRACCIONAMIENTOS, LOTES EN CONDOMINIO, FUSIONES Y DIVISIONES DE PREDIOS 1 A 5 UMA 0.75 A 3 UMA 0.50 A 2 UMA A).- POR DIVISIÓN O FUSIÓN DE PREDIOS, POR SÚPERFICIE TOTAL PARA DEFINIR RANGO Y TARIFA POR FRACCIÓN O PREDIO INVOLUCRADO: A1).- HASTA 5,000 M2 A2).- DE 5,001 A 10,000 M2 A3).- MÁS DE 10,000 M2 B).- POR FRACCIONAMIENTOS, POR SÚPERFICIE TOTAL PARA DEFINIR RANGO Y TARIFA POR FRACCIÓN B1).- HASTA 5,000 M2 0.3 A 0.75 UMA B2).- DE 5,001 A 10,000 M2 B3).- MÁS DE 10,000 M2 0.02 A 0.50 UMA C).- EN PROYECTOS DE LOTES EN CONDOMINIO, POR SÚPERFICIE TOTAL PARA DEFINIR RANGO Y TARIFA POR LOTE C1).- HASTA 5,000 M2 C2).- DE 5,001 A 10,000 M2 C3) MÁS DE 10,000 M2 5).- POR PAGO DE DERECHOS PARA OBTENER UNA COPIA DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO O DE LOS QUE DE ESTE SE DERIVEN: 0.50 A 1.5 UMA 1.5 A 3 UMA 0.5 A 1 UMA 1 A 2 UMA A).- POR COPIA DE LA CARTA URBANA, POR CUALQUIERA DE SUS LADOS O CARAS, POR IMPRESIÓN EN PAPEL DE 0.60 X 0.90 MTS. B).- POR COPIA DE LA MEMORIA TÉCNICA EN MEDIO DIGITAL, EN FORMATO PDF C).- POR COPIA DE LA CARTA URBANA O MATRIZ DE COMPATIBILIDAD, EN FORMATO PDF D).- POR COPIA DEL PLANO CON LA TRAZA URBANA DE LAS LOCALIDADES DEL MUNICIPIO O POR COLONIA O LOCALIDAD, POR CUOTA 4.0 UMA 3.0 UMA 2.0 UMA 4.0 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 51 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4306005050000 IMPRESIÓN EN PAPEL DE 0.60 X 0.90 MTS. E).- POR PAGO DE DERECHOS POR COPIA DIGITAL DEL PLANO DEL MUNICIPIO CON TRAZA URBANA DE LOCALIDADES, COLONIAS EN FORMATO PDF, DE 0.60 X 0.90 MTS. BARRIOS, Y 2.0 UMA 4306006000000 6).- POR LA EXPLOTACIÓN DE MINAS DE MATERIAL BASÁLTICO, PÉTREO, ROCA DE TODO TIPO, POR METRO CUADRADO 4306006010000 4306006020000 4306006030000 OBSERVACIÓN.- Fe de erratas publicada en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, número 5703, de fecha 2019/05/08. A) DE 1000 A 5000 METROS CUADRADOS A) DE 5001 A 10000 METROS CUADRADOS C) DE 10001 METROS CUADRADOS EN ADELANTE 1.00 UMA 0.08 UMA 0.05 UMA SECCIÓN SÉPTIMA 4.3.07 FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS, CONJUNTOS URBANOS, FUSIONES, DIVISIONES, Y SUS MODIFICACIONES 23.- LOS DERECHOS SOBRE ARTÍCULO FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS, CONJUNTOS URBANOS, DIVISIONES, FUSIONES Y SUS MODIFICACIONES, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE ACUERDO A LOS SIGUIENTES PARÁMETROS: CRI CONCEPTO CUOTA PORCENTAJES DE OBRAS 1).- POR LA REVISIÓN GENERAL DEL PROYECTO SOBRE EL PRESUPUESTO DE LAS URBANIZACIÓN AUTORIZADO POR LAS AUTORIDADES DE FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS Y CONJUNTOS URBANOS 2).-POR TRAMITACIÓN, ANÁLISIS, ESTUDIOS Y APROBACIÓN DE PROYECTOS: 4307001010000 4307002000000 4307002010000 A).- DE PROYECTOS DE CONDOMINIO A1).- DE PROYECTOS DE CONDOMINIO POR LOTE EN CONDOMINIO TERRENO UNIDAD O CADA 10 UMA 4307002010100 4307002010200 A2).- DE PROYECTOS DE LOTES EN 72 UMA 1% Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 52 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DE CON 4307002020000 CONDOMINIO POR CADA UNIDAD DE B).- PROYECTOS FRACCIONAMIENTOS SIN APERTURA DE CALLE, SOBRE EL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE OBRAS A EJECUTAR C).- DE PLANOS DE CONJUNTOS URBANOS POR CADA UNIDAD 4307002030100 C1).- 3 LOTES 4307002030200 C2).- 4 LOTES 4307002030300 C3).- 5 LOTES O MAS 4307002030000 O 10 UMA 15 UMA 30 UMA 4307002040000 4307002050000 4307002060000 QUE APRUEBEN D).- DE CONDOMINIOS SOBRE EL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE LAS OBRAS A REALIZAR LAS AUTORIDADES DE FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS Y CONJUNTOS URBANOS E).- POR APERTURA DE CALLES, DE MANZANAS DE LA ZONA URBANA DE LAS POBLACIONES O EN FRACCIONAMIENTOS, SOBRE EL IMPORTE DE LA OBRA DE URBANIZACIÓN F).- POR LAS AMPLIACIONES DEL PLAZO PARA LA TERMINACIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN Y CONSTRUCCIONES: 3% 3% 5% 4307002060100 F1).- HASTA 6 MESES 4307002060200 F2).- DE MÁS DE 6 MESES HASTA 1 AÑO 4307002060300 F3).- DE MÁS DE 1 AÑO HASTA 2 AÑOS 4307003000000 3).-POR LICENCIAS 4307003010000 A).- DE DIVISIÓN DE PREDIO POR CADA FRACCIÓN, EN 10% 20% 40% 4307003010100 A1).- ZONA URBANA 5 UMA A2).- EN ZONA RURAL 4307003010200 4307003020000 4307003030000 LA DE MODIFICACIÓN B).- DE FRACCIONAMIENTOS SOBRE EL IMPORTE DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN C).- DE FUSIÓN DE LOTES, POR CADA PREDIO 3 UMA 5 UMA 50% DE LA CUOTA ANTERIOR 4307004010000 4).- POR REGULARIZACIÓN SE COBRARÁ DE 50% DE LA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 53 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EN ACUERDO CON LAS TARIFAS ESTABLECIDAS POR CADA CONCEPTO INCREMENTÁNDOSE EN UN 5).- CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN FRACCIONAMIENTO, SERIE, CONDOMINIO, SOBRE EL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE OBRAS POR EJECUTAR 6).- POR SÚPERVISIÓN, SOBRE EL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE OBRAS POR EJECUTAR 7).- POR APERTURA DE CALLE EN PROYECTOS DE DIVISIÓN, SIN OBRAS DE URBANIZACIÓN 8).- AUTORIZACIONES OTORGADAS 9).- DE FRACCIONAMIENTOS, CONDOMINIOS, CONJUNTOS URBANOS, FUSIÓN Y DIVISIÓN DE PREDIOS, POR UNIDAD (VIVIENDA, LOTE, FRACCIÓN), SOBRE EL IMPORTE DEL PRESUPUESTO DE OBRAS POR EJECUTAR 10).- POR MODIFICACIÓN DE CUALQUIER TIPO DE PROYECTO, ALTERANDO EL NÚMERO DE VIVIENDAS O UNIDADES AUTORIZADAS ORIGINALMENTE: MODIFICACIÓN RENOVACIÓN 30 UMA 10 UMA 10 UMA POR POR DE 4307005010000 4307006010000 4307007010000 4307008010000 4307009010000 4307010000000 4307010010000 A.)- POR CADA VIVIENDA ADICIONAL 4307010020000 B.)- POR CADA VIVIENDA DISMINUIDA 5 UMA 3 UMA SECCIÓN OCTAVA 4.3.08 POR LOS SERVICIOS CATASTRALES TARIFA ANTERIOR 2% 1% ARTÍCULO 24.- SON CONTRIBUYENTES DE ESTOS DERECHOS, LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES, QUE UTILICEN LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE LA LEY DE CATASTRO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE SERVICIOS CATASTRALES, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE LA SIGUIENTE MANERA: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 54 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CRI CONCEPTO TARIFA 4308000000000 SERVICIOS CATASTRALES 4308001000000 I).- AVALÚOS Y COPIA CERTIFICADA DE PLANOS CATASTRALES 4308001010000 A).- 1 M2 HASTA 5,000 M2 4308001010100 A1).- MISMO DÍA 4308001010200 A2).- 2 DÍAS HÁBILES 4308001010300 A3).- 5 DÍAS HÁBILES 4308001020000 B).- 5,001 M2 HASTA 10,000 M2 4308001020100 B1).- MISMO DÍA 4308001020200 B2).- 2 DÍAS HÁBILES 4308001020300 B3).- 5 DÍAS HÁBILES 4308001030000 C) 10,001 M2 HASTA 15,000 M2 4308001030100 C1).- MISMO DÍA 4308001030200 C2).- 2 DÍAS HÁBILES 4308001030300 C3).- 5 DÍAS HÁBILES 4308001040000 D).- 15,001 M2 HASTA 30,000 M2 4308001040100 D1).- MISMO DÍA 4308001040200 D2).- 2 DÍAS HÁBILES 4308001040300 D3).- 5 DÍAS HÁBILES 4308001050000 E).- 30,001 M2 HASTA 50,000 M2 4308001050100 E1).- MISMO DÍA 4308001050200 E2).- 2 DÍAS HÁBILES 4308001050300 E3).- 5 DÍAS HÁBILES 4308001060000 F).- 50,001 M2 HASTA 100,000 M2 4308001060100 F1).- MISMO DÍA 4308001060200 F2).- 2 DÍAS HÁBILES 4308001060300 F3).- 5 DÍAS HÁBILES 5 A 9 UMA 3 A 7 UMA 2 A 5 UMA 7 A 11 UMA 5 A 9 UMA 3 A 7 UMA 7 A 16 UMA 5 A 13 UMA 4 A 9 UMA 9 A 21 UMA 7 A 16 UMA 5 A 11 UMA 11 A 26 UMA 9 A 21 UMA 7 A 16 UMA 11 A 31 UMA 9 A 26 UMA 7 A 16 UMA G).- DESPUÉS DE LOS 100,000 M2 SE AUMENTAN DOS UNIDADES DE MEDICIÓN Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE POR CADA 10,000 M2 2).- LEVANTAMIENTOS TOPOGRÁFICOS, PREDIOS VERIFICADOS EN CAMPO EN METROS CUADRADOS 4308001070000 4308002000000 4308002010000 A).- 1.0 M2 HASTA 1,000 M2 4308002020000 B).- 1,001 M2 HASTA 5,000 M2 4308002030000 C).- 5,001 M2 HASTA 10,000 M2 4308002040000 D).- 10,001 M2 HASTA 15,000 M2 4308002050000 E).- 15,001 M2 HASTA 20,000 M2 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 5 A 9 UMA 7 A 13 UMA 11 A 17 UMA 13 A 21 UMA 16 A 26 UMA 55 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4308002060000 F).- 20,001 M2 HASTA 25,000 M2 4308002070000 G).- 25,001 M2 HASTA 30,000 M2 4308002080000 H).- 30,001 M2 HASTA 35,000 M2 4308002090000 I).- 35,001 M2 HASTA 40,000 M2 4308002100000 J).- DESPUÉS DE LOS 40,000 M2 SE AUMENTARÁN TRES UMA POR CADA 19 A 29 UMA 21 A 31 UMA 26 A 33 UMA 29 A 36 UMA 5,000 M2 4308003000000 3).- MANIFESTACIONES DE CONSTRUCCIÓN, EN METROS CUADRADOS. 4308003010000 A).- DE 1 M2 HASTA 100 M2 4308003020000 B).- DE 101 M2 HASTA 200 M2 4308003030000 C).- DE 201 M2 HASTA 300 M2 4308003040000 D).- DE 301 M2 HASTA 400 M2 4308003050000 E).- DE 401 M2 HASTA 500 M2 4308003060000 F).- DE 501 M2 HASTA 600 M2 5 A 10 UMA 7 A 11 UMA 9 A 13 UMA 11 A 16 UMA 13 A 18 UMA 15 A 19 UMA G).- CUANDO EXCEDA DE 600 M2 SE COBRARÁ EL VALOR DIARIO DE UNA UNIDAD DE MEDIDA POR CADA 50 M2. 4308003070000 4308004000000 4).- OTROS CONCEPTOS: 4308004010000 A).- CAMBIO DE NOMBRE 4308004020000 B).- CONCILIACIÓN DE CUENTAS CATASTRALES 4308004030000 C).- ACTUALIZACIÓN DE VALORES 4308004040000 D).- COPIA SIMPLE 4308004050000 E).- SELLADO DE ESCRITURAS 4308004060000 F).- DIVISIÓN Y FUSIÓN DE PREDIOS 4308004070000 G).- RECURSO DE REVISIÓN DE VALORES 4308005000000 5).- EXPEDICIÓN DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA 4308005010000 A).- MEDIO MAGNÉTICO 4308005020000 B).- IMPRESO 4308005030000 5.1).- ORTOFOTO SOLAMENTE DE UN PREDIO 4308005030100 A).- MEDIO MAGNÉTICO 4308005030200 B).- IMPRESO SECCIÓN NOVENA 2 A 4 UMA 2 A 5 UMA 2 A 5 UMA 1 A 4 UMA 2 A 6 UMA 2 A 3 UMA 3 A 6 UMA 2 A 4 UMA 2 A 4 UMA 3 A 5 UMA 15 A 20 UMA 4.3.09 POR LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES DE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD ARTÍCULO 25.- LOS DERECHOS POR AUTORIZACIÓN DE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LO SIGUIENTE Y DE ACUERDO AL: Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 56 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CRI 4309001000000 4309001010000 4309001010100 4309001010200 4309001010300 4309001010400 4309001010500 4309001010600 4309001010700 4309001010800 4309001010900 4309001011000 4309001011100 4309001011200 4309001011300 4309001011400 4309001011500 CONCEPTO TARIFA 1 A 10 UMA 11 A 50 UMA ANUNCIOS Y PUBLICIDAD: 1).- POR EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA LA COLOCACIÓN DE ANUNCIOS Y PUBLICIDAD VISIBLE AL PÚBLICO EN GENERAL, CON EXCEPCIÓN DE LOS REALIZADOS POR MEDIO DE LA TELEVISIÓN, RADIO, PERIÓDICOS, REVISTAS Y EL NOMBRE COMERCIAL DEL LOCAL O ESTABLECIMIENTO ADHERIDO A LA FACHADA DEL MISMO QUE NO REBASE LOS 10 M2 A).- POR PANTALLA ELECTRÓNICA O MECÁNICA ANUAL 10 A 30 UMA 10 A 30 UMA B).- POR PANTALLA FIJA ANUAL C).- POR ANUNCIOS MURALES HASTA 12 M2 DE 1 A 10 UMA S Ú P E R FICIE (ANUAL) D).- POR ANUNCIOS MURALES DE MÁS DE 12 M2 DE SÚPERFICIE (ANUAL) E).- POR MANTAS, CARTELES Y GALLARDETES POR UNIDAD F).- ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EN TRANSPORTES POR M2 (ANUAL) G).- POR PINTA DE BARDAS POR M2 (ANUAL) H).- POR DISTRIBUCIÓN DE VOLANTES INFORMATIVOS I).- POR LA COLOCACIÓN DE MURALETAS QUE ANUNCIEN EVENTOS A REALIZARSE DENTRO Y FUERA DEL MUNICIPIO, POR UNIDAD J).- POR NUNCIOS NO LUMINOSOS EN CUALQUIER MATERIAL EMPLEADO PARA SU CONSTRUCCIÓN (LÁMINA, ACRÍLICO, MADERA, VIDRIO, LONA, ETC.) POR METRO CUADRADO DE SÚPERFICIE (ANUAL) K) CUADRADO (ANUAL) L).- POR ANUNCIOS ESPECTACULARES, POR METRO CUADRADO (ANUAL) M).- PUBLICIDAD PARTICULARES DENTRO DEL MUNICIPIO POR DÍA N).- POR ANUNCIO EN GLOBOS AEROSTÁTICOS POR DÍA O).- POR EL USO DE JUEGOS ELECTRÓNICOS Y MECÁNICOS POR MÁQUINA (ANUAL). .- POR ANUNCIOS LUMINOSOS POR METRO 1 A 20 UMA 1 A 20 UMA PERIFONEO 1 A 65 UMA 1 A 20 UMA 1 A 10 UMA 1 A 35 UMA 1 A 50 UMA 1 A 20 UMA 1 A 20 UMA 1 A 20 UMA POR DE DE SECCIÓN DECIMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 57 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4.3.10 EN MATERIA DE SALUD ARTÍCULO 26.- LOS DERECHOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LAS AUTORIDADES MUNICIPALES EN MATERIA DE SALUD, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CON BASE EN LA SIGUIENTE TARIFA: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA 4310001000000 CONTROL Y FOMENTO SANITARIO 4310001010000 1).- TARJETA DE CONTROL SANITARIO 4310001010100 4310001020100 A).- EXPEDICIÓN POR PRIMERA VEZ Y REPOSICIÓN 2).- CARNET DE CONTROL SANITARIO A MANEJADORES DE ALIMENTOS, AMBULANTES Y SEMIFIJOS 0.75 A 1 UMA 0.75 A 1 UMA 4310001030000 3).- POR LOS SERVICIOS BRINDADOS POR LA DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL A LA POBLACIÓN EN GENERAL. 4310001030100 A).- CONSULTA MÉDICA 4310001030200 4310001030300 B).- APLICACIÓN DE INYECCIÓN INTRAMUSCULAR (CUANDO EL PACIENTE LLEVA JERINGA) C).- APLICACIÓN DE INYECCIÓN INTRAMUSCULAR (INCLUYE JERINGA) 1 UMA 0.12 UMA 0.18 UMA 4310001030400 D).- APLICACIÓN DE INYECCIÓN INTRAVENOSA 0.23 UMA 4310001030500 E).- NEBULIZACIÓN 0.33 UMA 4310001030600 F).- PICADURA DE ALACRÁN (INCLUYE ANTÍDOTO) 4310001030700 G).- APLICACIÓN DE SUERO 4310001030800 H).- RETIRO DE PUNTOS 4310001030900 4310001031000 J).- CERTIFICADO MÉDICO 4310001031100 K).- EXTRACCIÓN DE UÑAS 4310001031200 L).- SUTURAS I).- CURACIONES 4310001031300 M).- MEDICAMENTOS (AL 50% DEL PRECIO ESTABLECIDO EN EL ENVASE O EMPAQUE) 4310001040000 4).- POR ACOPIO ANIMAL 5 UMA 2 UMA 0.29 UMA 0.52 UMA 0.35 UMA 1 UMA 2 UMA 4310001040100 A).- POR RECUPERACIÓN DE PERRO POR CAPTURA DE ACOPIO CANINO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 58 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4310001040101 4310001040102 4310001040200 A1).- POR LA RECUPERACIÓN DE PEQUEÑAS RAZAS A2).- POR LA RECUPERACIÓN DE GRANDES RAZAS B).- POR ESTERILIZACIÓN DE PERROS Y GATOS 4310001040300 C).- POR DONACIÓN DE PERROS Y GATOS 3 UMA 5 UMA GRATUITO GRATUITO SECCIÓN DÉCIMA PRIMERA 4.3.11 POR LA EXPEDICIÓN CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS ARTÍCULO 27.- LA EXPEDICIÓN, CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS, GENERARÁ EL COBRO DE DERECHOS, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA 4311001000000 1. CONSTANCIAS. 4311001010000 A).- DE RESIDENCIA. 4311001020000 B).- DE ORIGEN 4311001030000 C).- DE DEPENDENCIA ECONÓMICA 4311001040000 D).- DE INGRESOS 4311001050000 E),- CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD Y DEL ESTADO QUE GUARDA EL PREDIO 1 UMA 1 UMA 1 UMA 1 UMA 2 UMA 4311001060000 F).- CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA 4311001070000 G).- CONSTANCIA DE VERIFICACIÓN AMBIENTAL. 4311001080000 H).- CONSTANCIA DE NO ADEUDO 4311001090000 I).- CUALQUIER OTRA CONSTANCIA QUE SE EXPIDA DISTINTA A LAS EXPRESADAS 4311002000000 2. CERTIFICACIONES 4311002010000 2.1 POR CERTIFICACIONES 4311002010100 A).- CERTIFICACIÓN D E F I R M A S E N ACTAS 4311002010200 4311002010300 4311002010400 B).- CERTIFICADOS DE NO ADEUDO POR CADA IMPUESTO, DERECHO O CONTRIBUCIÓN QUE CONTENGA EL CERTIFICADO C).- CERTIFICACIONES A MINISTROS DE LAS DISTINTAS SECTAS RELIGIOSAS. D).- CERTIFICADO DE ESTADO DE CUENTA DEL IMPUESTO, CONTRIBUYENTE, POR CADA 3 UMA 4 UMA 4 UMA 5 UMA 4 UMA 3 A 5 UMA 1 A 5 UMA 2 A 4 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 59 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4311002010500 4311002010600 4311002010700 4311002010900 DERECHO O CONTRIBUCIÓN QUE CONTENGA EL CERTIFICADO; E).- CERTIFICADO DE NO ADEUDO POR CONCEPTO DE MULTA F) COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS DIVERSOS Y PLANOS EXISTENTES POR EXPEDIENTE DE 31 HOJAS EN ADELANTE G).- COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS DIVERSOS Y PLANOS EXISTENTES POR EXPEDIENTE DE HASTA 30 HOJAS I).- CERTIFICADO SOBRE PRODUCTOS DE LA PROPIEDAD RAÍZ: 3 UMA 5 UMA 3 UMA 4311002010901 I1).- POR UN PERÍODO NO MAYOR A 5 AÑOS 4311002010902 I2).- POR UN PERÍODO QUE EXCEDA DE LOS 5 AÑOS, POR CADA AÑO EXCEDENTE 3 UMA 5 UMA 4311002011000 J).- CERTIFICADO DE VALOR FISCAL DE PREDIOS; 5 UMA 4311002011100 4311002011200 4311002011300 4311002011400 4311002011500 K).- COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS EN TAMAÑO QUE NO EXCEDAN DE 35 CM DE ANCHO POR PLANA L).- COPIAS CERTIFICADAS QUE SE EXCEDAN DEL TAMAÑO INDICADO EN EL INCISO ANTERIOR M).- DUPLICADOS AUTÓGRAFOS AL CARBÓN DE LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS EN EL INCISO “K” Y “L” EL 50% DE LAS CUOTAS RESPECTIVAS N).- CUALQUIER OTRA CERTIFICACIÓN QUE SE EXPIDA DISTINTA DE LAS EXPRESADAS. O).- ACTAS DE EXTRAVÍO POR CONCEPTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO COMERCIALES, LICENCIA DE CONDUCIR, CONSTANCIAS DE POSESIÓN Y CUALQUIER OTRO DOCUMENTO NO CONSIDERADO EN LOS SEÑALADOS. 3 UMA 4 UMA 50 % DE LOS INCISOS 5 UMAS 2 A 5 UMA LOS CERTIFICADOS, CERTIFICACIONES Y COPIAS CERTIFICADAS Q UE EXPIDAN LAS DEPENDENCIAS DE GOBIERNO MUNICIPAL, DEBERÁN FORMULARSE EN EL PAPEL ESPECIAL AUTORIZADO. SECCIÓN DÉCIMA SEGUNDA 4.3.12 POR LOS ACTOS DEL REGISTRO CIVIL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 60 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 28.- POR LA EXPEDICIÓN DE ACTOS DEL REGISTRO CIVIL, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN LAS SIGUIENTES CRI CONCEPTO CUOTA 4312001010700 4312001010600 4312001010500 4312001010400 1).- EXPEDICIÓN DE ACTAS A).- ORDINARIAS B).- FORÁNEAS (DE OTROS ESTADOS) 4312001000000 REGISTRO CIVIL 4312001010000 4312001010100 4312001010200 4312001010300 C).- FORÁNEAS (DE OTROS MUNICIPIOS D).- REPOSICIÓN DE FORMATO POR CAUSAS AJENAS AL REGISTRO CIVIL, UNA VEZ IMPRESA EL ACTA. E).- EXPEDICIÓN DE ACTAS ORDINARIAS PARA PERSONAS DE 65 AÑOS Y MÁS, DE ACUERDO AL DECRETO 960 PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “TIERRA Y LIBERTAD” NÚMERO 5141 DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2013. F).- REGISTRO DE DEFUNCIÓN G).- POR LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA DE ACTA NACIMIENTO. H).- POR LA EXPEDICIÓN DE COPIA CERTIFICADA DE ACTA DE NACIMIENTO, POR PARTE DE LOS ADULTOS MAYORES DE 65 AÑOS O MÁS, REGISTRADOS EN EL ESTADO DE MORELOS I).- REGISTRO DE DEFUNCIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES J).- INSCRIPCIÓN K).- ORDEN DE TRASLADO L).- ORDEN DE INHUMACIÓN 2).- REGISTRO DE NACIMIENTO: A).-REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTO, DENTRO O FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 120 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE 4312001011000 4312001011100 4312001011200 4312001020000 4312001010800 4312001010900 4312001020100 SU TARIFA 1 A 2 UMA 1 A 2 UMA 0.5 A 1 UMA 1 A 2 UMA GRATUITO 1 A 2 UMA GRATUITO GRATUITO 1 A 5 UMA 2 A 5 UMA 1 A 3 UMA 1 A 2 UMA GRATUITO Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 61 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4312001020200 NACIMIENTO MORELOS) B).- REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTA DE EXTEMPORÁNEO DENTRO O FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 120 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS) 4312001020300 C).- REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE ACTA DE NIÑO FINADO DENTRO O FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL (CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 120 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS.) 4312001020600 4312001020500 4312001020400 D).- POR LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA DE ACTA DE NACIMIENTO E).- REGISTRO DE RECONOCIMIENTO DE HIJOS F).- REGISTRO DE ADOPCIÓN DEUDOR G).- ALIMENTARIO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 84 AL 87 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MORELOS. 3).- MATRIMONIOS A).- ACUDIENDO A LA OFICINA DEL REGISTRO CIVIL B).- EXTRAORDINARIAS DE DÍAS HÁBILES) 4312001030000 4312001030100 EN OFICINAS 4312001020700 4312001030200 REGISTRO MOROSO, HORAS (EN DE 4312001030300 C).- EN DOMICILIOS PARTICULARES, EN DÍAS HÁBILES 4312001030500 4312001030400 D).- EN DOMICILIOS PARTICULARES, SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS E).- REGISTRO DE CAMBIO DE RÉGIMEN PATRIMONIAL POR VÍA JUDICIAL O NOTARIAL. F).- DIVORCIO ADMINISTRATIVO 4312001030600 4312001030700 G).- DIVORCIO JUDICIAL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” GRATUITO GRATUITO GRATUITO 3 A 6 UMA 2 A 4 UMA 2 UMA 5 A 10 UMA 5 A 10 UMA 13 A 26 UMA 26 A 55 UMA 3 A 7 UMA 25 A 50 UMA 8 A 16 UMA 62 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DE POR ACTAS GRATUITO 4312001040200 4312001040100 4312001040000 4312001040300 ADMINISTRATIVO 4).- ANOTACIONES MARGINALES POR ORDEN ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL, DERIVADA DE LA ACLARACIÓN DE LAS ACTAS A).- ANOTACIONES MARGINALES A LAS ACTAS DEL REGISTRO CIVIL POR ORDEN JUDICIAL B).- ANOTACIONES DE DIVORCIO POR ORDEN ADMINISTRATIVA FORÁNEO C).- ANOTACIONES MARGINALES POR ORDEN LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, DERIVADA DE LA ACLARACIÓN DE LAS ERRORES MECANOGRÁFICOS, MANUSCRITOS, ORTOGRÁFICOS O DE REPRODUCCIÓN GRÁFICA, QUE NO AFECTE LOS DATOS ESENCIALES CONTENIDOS EN EL ACTA. 5).- POR INSERCIONES 4312001050000 A).- EN ACTA DE MATRIMONIO 4312001050100 4312001050200 B).- EN ACTA DE NACIMIENTO 4312001050300 C).- EN ACTA DE DEFUNCIÓN 4312001060000 4312001060100 4312001060200 4312001060300 C).- COTEJO DE ACTA 4312001070000 4312001070100 4312001070200 4312001070201 4312001070202 4312001070203 6).- BÚSQUEDA DE ACTAS Y COTEJO HASTA 8 AÑOS A).- BÚSQUEDA ORDINARIA B).- BÚSQUEDA DE APÉNDICE 7).- POR EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIÓN A).- EN ACTA B).- EN DOCUMENTO DE APÉNDICE DE: B1).- NACIMIENTO Y DEFUNCIÓN B2).- MATRIMONIO B3).- CUALQUIER OTRO ACTO B4).- EN DOCUMENTO DISTINTO AL SEÑALADO INCISOS ANTERIORES 8).- POR EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA A).- DE INEXISTENCIA DE REGISTRO B).- DE REGISTRO EXTEMPORÁNEO 4312001080000 4312001080100 4312001080200 4312001080300 C).- DE MATRIMONIO, DE DEFUNCIÓN 4312001080400 D).- DE REGISTRO ÚNICO 4312001070204 LOS EN 3.5 UMA 3.5 UMA 1 A 3 UMA 1 A 3 UMA 1 A 3 UMA 2 UMA 2 UMA 2 UMA 1 UMA 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1UMA 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1 UMA 63 de 137 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 E).- OTRAS CONSTANCIAS 4312001080500 9).- DEFUNCIONES 4312001090000 A).- INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIÓN 4312001090100 4312001090200 B).- PERMISO PARA INHUMACIÓN 4312001090300 C).- PERMISO PARA CREMACIÓN 4312001090400 4312001090500 4312001100000 4312001100100 4312001100200 2 UMA D).- PERMISO PARA TRASLADO DE CADÁVER E).- TRÁMITE EN HORARIO DE SERVICIO DE GUARDIA DE LUNES A VIERNES DE 16:00 A 8:00 HORAS DEL DÍA SIGUIENTE, SÁBADO, DOMINGO Y DÍAS FESTIVOS 10).- POR SERVICIOS NO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE ARTÍCULO A).- QUE SE REALICEN FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL B).- REGISTRO DE NACIMIENTO O DEFUNCIÓN, FUERA DE LAS OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL SOLICITADOS POR INSTITUCIONES PÚBLICAS GRATUITO SERVICIO SOCIAL. 0.5 A 1 UMA 2 A 5UMA 1 A 2 UMA 1 A 2 UMA 1 A 3 UMA 1 A 2 UMA 4312001100300 C).- INSERCIÓN DE DOCUMENTOS (CUANDO LA HOJA DE REGISTRO NO SE ENCUENTRA EN LIBROS) 4312001100400 D).- COPIA CERTIFICADA DE SENTENCIA DE DIVORCIO 0.5 A 1 UMA 0.5 A 1 UMA LA AUTORIDAD MUNICIPAL COMPETENTE PRESTARÁ LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE REGISTRO CIVIL, ASENTARÁ EN LOS LIBROS O REGISTROS RESPECTIVOS DE SU JURISDICCIÓN LOS ACTOS DEL ESTADO O CONDICIÓN DE LAS PERSONAS QUE SE CELEBREN ANTE SU FE PÚBLICA; Y, CONSECUENTEMENTE, SUSCRIBIRÁN LAS ACTAS, CERTIFICACIONES RESPECTIVAS Y DEMÁS DOCUMENTOS O RESOLUCIONES, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES EN ESTA MATERIA. LA CELEBRACIÓN DE REGISTRO EN CAMPAÑA DE MATRIMONIO, ASÍ COMO LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA CORRESPONDIENTE, SERÁ GRATUITA. LA EXPEDICIÓN DE LA PRIMERA COPIA CERTIFICADA DE REGISTRO DURANTE LA CAMPAÑA DE REGISTRO DE NACIMIENTO SERÁ GRATUITA. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 64 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 LO ANTERIOR CUANDO SE AUTORICE POR EL PRESIDENTE MUNICIPAL, EN EJERCICIO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 64 DE LA PRESENTE LEY. 4.3.13 POR LA AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES SECCIÓN DÉCIMA TERCERA 29.- LA AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS PARA EL ARTÍCULO FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS SIGUIENTES TARIFAS. CONCEPTO TARIFA LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO 1).- POR LA EXPEDICIÓN DE LA LICENCIA, PERMISO O REVALIDACIÓN ANUAL, POR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS O LOCALES, CUYOS GIROS SEAN LA ENAJENACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO O LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE INCLUYAN LA COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS QUE CONTENGAN ALCOHOL EN CUALQUIERA DE SUS GRADOS, SEAN EN ENVASE CERRADO, ABIERTO O AL COPEO Y SIEMPRE QUE SE EFECTÚEN TOTAL O PARCIALMENTE CON EL PÚBLICO GENERAL: A).- POR LA LICENCIA NUEVA: A1).- CAMPO DE GOLF CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A2).- JARDÍN DE EVENTOS Y/O SALÓN DE FIESTAS CON SERVICIO DE HOSPEDAJE CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A3).- SALÓN DE FIESTAS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A4).- JARDÍN DE EVENTOS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS 150 A 250 UMA 150 A 250 UMA 5000 A 7000 5000 A 7000 UMA UMA CRI 4313001000000 4313001010000 4313001010100 4313001010101 4313001010102 4313001010103 4313001010104 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 65 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4313001010105 A5).- JARDÍN DE EVENTOS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS (1001 M2 EN ADELANTE) 251 A 350 UMA 4313001010106 A6).- HOTELES CON OTROS SERVICIOS INTEGRADOS (SPA, RESTAURANTE Y JARDÍN DE EVENTOS) CON AUTORIZACIÓN BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y SERVICIO EN LAS HABITACIONES CONSUMO DE DE 4000 A 7000 UMA 4313001010107 A7).- HOTELES, MOTELES, CASAS DE HUÉSPEDES, CABAÑAS, BUNGALOWS CON AUTORIZACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y SERVICIO A LAS HABITACIONES 150 A 500 UMA 4313001010108 A8).- ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA 100 A 400 UMA 4313001010109 4313001010110 4313001010111 4313001010112 4313001010113 4313001010114 4313001010115 4313001010116 4313001010117 4313001010118 A9).- ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR A10).- ANTOJERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS A11).- FONDA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS A12)- LONCHERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS A13).- TAQUERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS A14).- PIZZERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS A15).- MARISQUERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS A16).- RESTAURANTE FAMILIAR CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES EN LOS ALIMENTOS A17).- RESTAURANTE DE VENTA CERVEZA, VINOS Y LICORES, MÚSICA VIVA CON O SIN PISTA PARA BAILAR A18).- DISCOTECAS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS CON O SIN ESPECTÁCULO CON BAR 200 A 400 UMA 100 A 450 UMA 100 A 450 UMA 100 A 450 UMA 100 A 450 UMA 100 A 450 UMA 100 A 450 UMA 1250 A 1500 UMA 1350 A 1500 UMA 1350 A 1600 UMA 66 de 137 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4313001010119 4313001010120 4313001010121 4313001010122 4313001010123 A19).- TIENDAS DE AUTOSERVICIO CON DERECHO A VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS PARA LLEVAR LIMITADO AL HORARIO AUTORIZADO A20).- MINISÚPER ULTRAMARINOS CON DERECHO A VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES LIMITADO AL HORARIO AUTORIZADO A21).- TIENDA COMERCIAL, DEPARTAMENTAL O SÚPER CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A22).- BILLARES CON VENTA DE CERVEZA A23).- DEPÓSITO DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR 1500 A 3500 UMA 1500 A 3500 UMA 2500 A 3500 UMA 330 A 400 UMA 200 A 300 UMA LA REGULACIÓN DE JARIPEOS O ESPECTÁCULOS TAURINOS, BAILES, FUNCIONES DE LUCHA LIBRE, PALENQUES, EVENTOS Y FERIAS TRADICIONALES, FIESTAS POPULARES Y CARNAVALES DONDE SE VENDA, EXPIDA Y CONSUMA EN CUALQUIERA DE LAS MODALIDADES BEBIDAS ALCOHÓLICAS, SE REMITIRÁN AL REGLAMENTO DE USO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DEL ESTADO DE MORELOS. PARA OTORGAR LA LICENCIA NUEVA EL TRÁMITE SE SUJETARÁ A LO DISPUESTO POR ESTA LEY INGRESOS MUNICIPAL Y SUPLETORIAMENTE POR LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 155 Y 156 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO NUEVAS, SE DEBERÁN PAGAR DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR A NOVENTA DÍAS NATURALES DE HABER APERTURADO EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, POSTERIOR A ESTE PLAZO, SE HARÁN EXIGIBLES LOS RECARGOS QUE SEÑALA LA PRESENTE LEY. CRI 4313001010200 4313001010201 4313001010202 CONCEPTO TARIFA B).- POR LA REVALIDACIÓN ANUAL: B1).- CAMPO DE GOLF CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS B2).- JARDÍN DE EVENTOS Y/O SALÓN DE FIESTAS CON SERVICIO DE HOSPEDAJE CON AUTORIZACIÓN PARA 300 A 650 UMA 300 A 650 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 67 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DE DE CONSUMO EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS B3).- SALÓN DE FIESTAS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS B4).- JARDÍN DE EVENTOS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDA ALCOHÓLICAS (HASTA 1000 M2) B5).- JARDÍN DE EVENTOS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDA ALCOHÓLICAS (DE 1001 M2 EN ADELANTE) B6).- HOTELES CON OTROS SERVICIOS INTEGRADOS (SPA, RESTAURANTE Y JARDÍN DE EVENTOS) CON AUTORIZACIÓN BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y SERVICIO A LAS HABITACIONES B7).- HOTELES, MOTELES, CASAS DE HUÉSPEDES, CABAÑAS, BUNGALOWS CON AUTORIZACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y SERVICIO A LAS HABITACIONES B8).- ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA B9).- ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR B10).- ANTOJARÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS. B11).- FONDA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS B12).- LONCHERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS. B13).- TAQUERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS. B14).- PIZZERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS B15.- MARISQUERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS. B16).- RESTAURANTE FAMILIAR CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES EN LOS ALIMENTOS. B17).- RESTAURANTE BAR CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES, MÚSICA VIVA CON O SIN PISTA PARA BAILAR. B18).- DISCOTECAS CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS CON O SIN ESPECTÁCULO. 15 A 350 UMA 20 A 350 UMA 30 A 450 UMA 300 A 650 UMA 50 A 300 UMA 7 A 20 UMA 10 A 30 UMA 15 A 30 UMA 15 A 30 UMA 15 A 30 UMA 15 A 30 UMA 15 A 30 UMA 15 A 30 UMA 100 A 250 UMA 110 A 300 UMA 120 A 350 UMA 4313001010203 4313001010204 4313001010205 4313001010206 4313001010207 4313001010208 4313001010209 4313001010210 4313001010211 4313001010212 4313001010213 4313001010214 4313001010215 4313001010216 4313001010217 4313001010218 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 68 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 200 A 600 UMA 200 A 500 UMA 200 A 500 UMA 10 A 30 UMA 10 A 35 UMA 1 A 6 UMA 1 A 10 UMA B19).- TIENDAS DE AUTOSERVICIO CON DERECHO A VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS PARA LLEVAR, LIMITADO AL HORARIO AUTORIZADO B20).- MINISÚPER ULTRAMARINOS CON DERECHO A VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES LIMITADO AL HORARIO AUTORIZADO B21).- TIENDA COMERCIAL, DEPARTAMENTAL O SÚPER CON VENTAS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS B22).- BILLARES CON VENTA DE CERVEZA B23).- DEPÓSITO DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA PARA LLEVAR C).- TIEMPO EXTRAORDINARIO POR HORA: C1).- CUANDO LAS HORAS EXTRAS REBASEN DE LAS 21:00 HORAS C1.1).- ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA EN BOTELLA CERRADA C2).- ABARROTES CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES EN BOTELLA CERRADA C3).- TAQUERÍA CON VENTA DE CERVEZA EN LOS ALIMENTOS C4).- BILLARES CON VENTA DE CERVEZA C5).- DEPÓSITO DE CERVEZA PARA LLEVAR C6).- RESTAURANTE FAMILIAR CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES EN LOS ALIMENTOS C7).- RESTAURANTE BAR CON VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES, MÚSICA VIVA CON O SIN PISTA PARA BAILAR C8).- TIENDAS DE AUTOSERVICIO CON DERECHO A VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS PARA LLEVAR LIMITADO AL HORARIO AUTORIZADO C9).- MINISÚPER ULTRAMARINOS CON DERECHO A VENTA DE CERVEZA, VINOS Y LICORES LIMITADO AL HORARIO AUTORIZADO C10) TIENDA DEPARTAMENTAL O SÚPER CON VENTAS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS C11).- JARDÍN DE EVENTOS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDA ALCOHÓLICAS (HASTA 1000 M2) C12).- JARDÍN DE EVENTOS CON AUTORIZACIÓN PARA EL CONSUMO DE BEBIDA ALCOHÓLICAS (DE 1001 M2 EN ADELANTE) 1 A 5 UMA 1 A 5 UMA 1 A 6 UMA 1 A 6 UMA 1 A 8 UMA 3 A 10 UMA 1 A 10 UMA 1 A 10 UMA 1 A 15 UMA 1 A 15 UMA 4313001010219 4313001010220 4313001010221 4313001010222 4313001010223 4313001010300 4313001010300 4313001010301 4313001010302 4313001010303 4313001010304 4313001010305 4313001010306 4313001010307 4313001010308 4313001010309 4313001010310 4313001010311 4313001010312 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 69 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4313001010313 4313001010314 4313001010315 4313001010316 4313001010317 4313001010318 4313001010319 C13).- POR EL PERMISO (EVENTO POR DÍA) CIRCOS, FERIAS, FUNCIONES DE BOX Y/O LUCHA LIBRE C14).- POR EL PERMISO DE JARIPEO Y PELEAS DE GALLOS (EVENTO POR DÍA) C15).- BAILES POPULARES (EVENTO POR DÍA) C16).- POR EL PERMISO DE JUEGOS MECÁNICOS, INFLABLES, BRINCOLINES (POR DÍA) C17).- POR EL CAMBIO DE DOMICILIO C18).- POR EL CAMBIO DE PROPIETARIO C19).- AMPLIACIÓN DE PRODUCTO SERVICIOS RELACIONADOS AL GIRO O CUALQUIER MODIFICACIÓN A LA LICENCIA O PERMISO CONCEDIDO 1 A 10 UMA 1 A 15 UMA 200 A 300 UMA 1 A 10 UMA 10 A 30 UMA 10 A 30 UMA 300 A 500 UMA PARA OTORGAR LA REVALIDACIÓN ANUAL O REPOSICIÓN DE LA LICENCIA, EL TRÁMITE SE SUJETARÁ A LO DISPUESTO POR ESTA LEY INGRESOS MUNICIPAL Y SUPLETORIAMENTE POR LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 155 Y 156 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL VIGENTE EN EL ESTADO DE MORELOS LA REVALIDACIÓN ANUAL DEBERÁ PAGARSE DENTRO DE LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO DE CADA AÑO, POSTERIOR A ESTOS PLAZOS, SE HARÁN EXIGIBLES LOS RECARGOS QUE SEÑALA LA PRESENTE LEY. 4.3.14 POR LOS SERVICIOS DE MATANZA DE GANADO, ESTANCIA Y USO SECCIÓN DÉCIMA CUARTA DE CORRALES MUNICIPALES ARTÍCULO 30.- LOS DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RASTRO, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA 4314001000000 SERVICIOS DE RASTRO 4314001010000 1).- MATANZA DE GANADO POR CABEZA 4314001010100 A).- BOVINO DE 50 KG. EN ADELANTE 4314001010200 B).- PORCINO 0.35 A .65 UMA 0.16 A 0.35 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 70 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4314001010300 C).- OVINO CAPRINO. 4314001010400 D).- EQUINO, ASNAL, MULAR, ETC. 4314001010500 E).- AVES SACRIFICADAS 4314001010600 F).- POR ESTANCIA DE GANADO 4314001010601 CUANDO F.1).- ANIMAL PERMANEZCA MÁS DE TRES DÍAS SIN SER SACRIFICADO PAGARÁ POR CADA DÍA ADICIONAL DE ESTANCIA EN LOS CORRALES CUALQUIER UMA 0.13 A 0.24 UMA 0.24 UMA 0.24 UMA 0.81 UMA 4314001010700 G).- POR EL USO DEL CORRAL MUNICIPAL: 4314001010701 G1).- POR CONDUCCIÓN DE SEMOVIENTES HASTA EL CORRAL 10 A 12 UMA 4314001010702 G2).- POR ESTANCIA DIARIA DE CADA ANIMAL 4314001010703 G3).- ALIMENTACIÓN DIARIA POR CADA ANIMAL 4314001010704 4314001010705 4314001010706 G4).- TRANSPORTE DE SEMOVIENTES Y/O BIENES SEGÚN CLASE, PESO Y DISTANCIA G5).- POR DEPÓSITO DIARIO CADA M2 QUE SE OCUPE G6).- FACTURA DE COMPRAVENTA GANADO (POR CABEZA) 4314001010800 H).- GUÍAS DE TRANSPORTE 4314001010900 4314001011000 4314001011100 I).- MAQUILA DE PRODUCTOS CÁRNICOS J).- INSPECCIÓN Y RESELLO DE CARNE POR INTRODUCCIÓN AL MUNICIPIO K).- REGISTRO Y REFRENDOS DE FIERROS Y QUEMADORES 2.5 UMA 3 UMA 5 UMA 5 UMA 0.50 UMA 0.50 UMA 0.50 UMA 0.50 UMA EXENTO SECCIÓN DÉCIMA QUINTA 4.3.15 DE LOS DERECHOS POR LOS MATERIALES UTILIZADOS, EN EL PROCESO DE RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. ARTÍCULO 31.- LOS DERECHOS CAUSADOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MORELOS, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A: CRI CONCEPTO CUOTA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 71 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4315001010000 4315002000000 4315002010000 4315002010100 4315002010200 4315002020000 4315002030000 4315002040000 0.0082 UMA 1).- POR LA REPRODUCCIÓN DE COPIAS SIMPLES, POR CADA UNA. 2).- POR LA REPRODUCCIÓN DE INFORMACIÓN EN OTROS MEDIOS: A).- EN MEDIOS INFORMÁTICOS POR UNIDAD A1).- DISCO COMPACTO (CD) A2).- DISCO VERSÁTIL DIGITAL (DVD) B).- EN MEDIOS HOLOGRÁFICOS POR UNIDAD C).- IMPRESIONES POR CADA HOJA D).- IMPRESIONES EN PAPEL HELIOGRÁFICO HASTA 60 X 90 CM E).- POR CADA 25 CM EXTRAS 0.1411 UMA 0.1940 UMA 0.0176 UMA 2.00 UMA 1.00 UMA 0.50 UMA 4315002050000 QUEDA EXENTO EL PAGO DE LA INFORMACIÓN QUE SE GENERE CON MOTIVO DE LA RESPUESTA A UNA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES O A LA CORRECCIÓN DE LOS MISMOS. LOS SOLICITANTES QUE PROPORCIONEN EL MATERIAL EN EL QUE SEA REPRODUCIDA LA INFORMACIÓN PÚBLICA, QUEDARÁN EXENTOS DEL PAGO PREVISTO EN ESTE ARTÍCULO. LOS DERECHOS QUE SE GENEREN AL AMPARO DE ESTA DISPOSICIÓN, NO CAUSARÁN, EN NINGÚN CASO, EL IMPUESTO ADICIONAL A QUE HACE REFERENCIA LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. PARA LA EXPEDICIÓN DE COPIAS DE DOCUMENTOS Y LA REPRODUCCIÓN DE INFORMACIÓN EN OTROS MEDIOS COMPRENDIDOS EN ÉSTE ARTÍCULO, DEBERÁN DE CUBRIRSE PREVIAMENTE LOS DERECHOS RESPECTIVOS. LAS COPIAS CERTIFICADAS NO ESTARÁN COMPRENDIDAS EN LAS DISPOSICIONES A QUE SE REFIERE ESTE ARTICULO Y SE CAUSARÁN DE CONFORMIDAD CON LAS CUOTAS Y TARIFAS AUTORIZADAS EN LA PRESENTE LEY. SECCIÓN DÉCIMA SEXTA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 72 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4.3.16 POR LOS SERVICIOS EN MATERIA ECOLÓGICA Y MEDIO AMBIENTE ARTÍCULO 32.- POR LA EXPEDICIÓN DE AUTORIZACIONES Y SERVICIOS EN MATERIA ECOLÓGICA Y MEDIO AMBIENTE, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA 4316001000000 4316001010000 4316001020000 4316001030000 4316001040000 4316001050000 1).- EXPEDICIÓN DE CARTA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA; PARA LA CONSTRUCCIÓN, MODIFICACIÓN O AMPLIACIÓN A).- CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA; PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CASAS HABITACIÓN EN COLONIAS Y POBLADOS B).- CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA; PARA LA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN COLONIAS Y POBLADOS, SIEMPRE Y CUANDO LA SÚPERFICIE DEL PREDIO TENGA DE 1 A 300 METROS CUADRADOS C).- CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA; PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN ZONA RESIDENCIAL Y FRACCIONAMIENTO D).- CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA; PARA LA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN ZONA Y/O FRACCIONAMIENTOS, SIEMPRE Y CUANDO LA SÚPERFICIE DEL PREDIO TENGA DE 1 A 300 METROS CUADRADOS. E).- CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA; PARA LA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA, DESARROLLO Y/O RECREATIVO. HABITACIONAL RESIDENCIAL 4316001050100 E1).- DE 301 A 500 METROS CUADRADOS 4316001050200 E2).- DE 501 A 1000 METROS CUADRADOS 4316001050300 E3).- DE 1001 METROS CUADRADOS EN Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 3 A 5 UMA 5 A 10 UMA 10 A 30 UMA 5 A 30 UMA 10 A 25 UMA 12 A 30 UMA 15 A 40 UMA 73 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 AL AL DE DEL ECOLÓGICO ECOLÓGICO TERRITORIO ADELANTE F).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN COLONIAS Y POBLADOS, DE ACUERDO AL PROGRAMA ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL MUNICIPIO. G).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN COLONIAS Y POBLADOS, PROGRAMA DE DE ACUERDO ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO. H).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN ZONA RESIDENCIAL Y FRACCIONAMIENTOS PROGRAMA DE DE ACUERDO ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO. I).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN ZONA RESIDENCIAL Y/O FRACCIONAMIENTO, DE ACUERDO AL ORDENAMIENTO PROGRAMA ECOLÓGICO DEL MUNICIPIO. J).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA CONSTRUCCIÓN DESTINADA A UNIDAD HABITACIONAL Y/O ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SÚPERFICIE SE ENCUENTRAN MÁS DE 100 ÁRBOLES EN COLONIAS ZONA RESIDENCIAL Y/O FRACCIONAMIENTO, DE DE ACUERDO ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO. K).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA OBTENER OFICIO DE OCUPACIÓN EN PARA CONSTRUCCIÓN TERRITORIO ECOLÓGICO PROGRAMA POBLADOS, DONDE DEL Y/O DE EN AL O Y 4316001060000 4316001070000 4316001080000 4316001090000 4316001100000 4316001110000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 2 A 15 UMA 5 A 25UMA 10 A 35 UMA 10 A 35 UMA 10 A 200 UMA 5 A 15 UMA 74 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 O O FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE MENOS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SÚPERFICIE EN COLONIAS Y POBLADOS. L).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA OBTENER OFICIO DE OCUPACIÓN EN CONSTRUCCIÓN PARA FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA DE MENOS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SÚPERFICIE EN ZONA RESIDENCIAL Y FRACCIONAMIENTO. M).- VISTO BUENO AMBIENTAL PARA OBTENER OFICIO DE OCUPACIÓN EN CONSTRUCCIÓN PARA FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SÚPERFICIE. N).- PODA, TRASPLANTE, CORTE DE RAÍCES, TALA Y SUSTITUCIÓN DE ÁRBOLES Y ARBUSTOS EN EL TERRITORIO MUNICIPAL, AUN CUANDO SE ENCUENTRE EN PROPIEDAD PRIVADA POR INDIVIDUO O ESPECIE AFECTADA. O).- RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA PODA, TRASPLANTE, CORTE DE RAÍCES O TALA DE ÁRBOL Y ARBUSTO EN EL MUNICIPIO Y EN PROPIEDAD PRIVADA. P).- INSCRIPCIÓN O REFRENDO ANUAL EN EL DE PROVEEDORES SERVICIOS AMBIENTALES. Q).- RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE CONSTANCIA AFECTACIÓN ARBÓREA PARA CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN EN COLONIAS Y POBLADOS, FRACCIONAMIENTO ZONA RESIDENCIAL. AUTORIZADO DE AUTORIZACIÓN PADRÓN PARA Y/O NO DE 4316001120000 4316001130000 4316001140000 4316001150000 4316001160000 4316001170000 4316001180000 R).- RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 5 A 40 UMA 10 A 100 UMA 1 A 20 UMA 1 UMA 1 A 10 UMA 3 A 30 UMA 3 A 20 UMA 75 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DE DE NO NO Y/O PARA PARA AFECTACIÓN CONSTANCIA ARBÓREA CONSTRUCCIÓN DEDICADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN COLONIAS Y POBLADOS. S).- RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE AFECTACIÓN CONSTANCIA ARBÓREA CONSTRUCCIÓN DEDICADA A ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN FRACCIONAMIENTO ZONA RESIDENCIAL. T).- RENOVACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE AFECTACIÓN CONSTANCIA ARBÓREA CONSTRUCCIÓN DEDICADA A LA ACTIVIDAD PRODUCTIVA EN MÁS DE 1,000 METROS CUADRADOS DE SÚPERFICIE. U).- RENOVACIÓN DE DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL O LICENCIA AMBIENTAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDAD PRODUCTIVA PARA NO DE 4316001190000 4316001200000 4316001210000 3 A 20 UMA 10 A 50 UMA 5 A 40 UMA ARTÍCULO 33.- LOS DERECHOS DE LOS SERVICIOS DE RECOLECCIÓN DE RAMAS HOJARASCA EN EMPRESAS, ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y DESECHOS DOMICILIARIOS SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES: CRI 4316002000000 4316002010000 4316002020000 4316002030000 CONCEPTO TARIFA 1).- PODA, TALA Y DESECHOS VEGETALES A).- PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. B).- PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL Y ESTACIONAMIENTO PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. C).- PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 5 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. 1 A 10 UMA 1 A 10 UMA 1 A 15 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 76 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 INTERIOR, PREVIO DICTAMEN D).- PODA ESTÉTICA DE ´ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL Y ESTACIONAMIENTO, PREVIA AUTORIZACIÓN DE DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. E).- PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. F).- PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. G).- PODA ESTÉTICA DE ÁRBOL POR METRO EXCEDENTE DESPUÉS DE LOS 8 METROS DE ALTURA, EN AMBIENTAL FAVORABLE. H).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 4 METROS, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. I).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 4 METROS, EN INTERIOR A LA ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. J).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FONDA DE HASTA 6 METROS EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. K).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE HASTA 4 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. L).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. M).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 6 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO ESTACIONAMIENTOS ESTACIONAMIENTO, Y Y 1 A 15 UMA 3 A 18 UMA 3 A 15 UMA 4 A 20 UMA 60 A 80 UMA 30 A 70 UMA 60 A 100 UMA 30 A 80 UMA 60 A 120 UMA 30 A 80 UMA 4316002040000 4316002050000 4316002060000 4316002070000 4316002080000 4316002090000 4316002100000 4316002110000 4316002120000 4316002130000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 77 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4316002140000 4316002150000 4316002160000 4316002170000 4316002180000 4316002190000 4316002200000 4316002210000 4316002220000 DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. N).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 8 METROS EN EL INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. Ñ).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 4 Y HASTA 6 METROS DE ALTURA CON UN DIÁMETRO DE FRONDA DE HASTA 8 METROS, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE O).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. P).- TALA O RETIRO DE ÁRBOL DE MÁS DE 6 Y HASTA 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR A ESCUELA, IGLESIA, UNIDAD HABITACIONAL Y ESTACIONAMIENTO, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. Q).- TALA O RETIRO POR METRO EXCEDENTE DESPUÉS DE LOS 8 METROS DE ALTURA, EN INTERIOR, PREVIO DICTAMEN AMBIENTAL FAVORABLE. R).- LA RECOLECCIÓN DE DESECHO VEGETAL QUE ESTE A PIE DE CAMIÓN, A EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y SERVICIO DOMICILIARIO, POR METRO CÚBICO. S).- LA RECOLECCIÓN DE DESECHO VEGETAL QUE REQUIERA DE ACARREO DE HASTA 6 METROS DE OBSTÁCULOS, DISTANCIA EMPRESA, SIN ESTABLECIMIENTO SERVICIO COMERCIAL DOMICILIARIO, POR METRO CÚBICO. T).- POR VENTA DE MOLIENDA GRUESA A VIVERISTA, EMPRESA, DE SERVICIO, ASÍ COMO PÚBLICO EN GENERAL, POR METRO CÚBICO. U).- POR VENTA DE COMPOSTA A VIVERISTA, EMPRESA, ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DE SERVICIO, ASÍ COMO PÚBLICO EN GENERAL, POR METRO CÚBICO. ESTABLECIMIENTO COMERCIAL A Y 4316003000000 2).- RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS 4316003010000 EMPRESA, A).- COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS ESTABLECIMIENTO 60 A 120 UMA 40 A 100 UMA 80 A 140 UMA 50 A 100 UMA 80 A 150 UMA 1 A 8 UMA 1 A 5 UMA 1 A 10 UMA 1 A 8 UMA 2 A 8 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 78 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 4316003020000 4316003030000 4316003040000 4316003050000 4316003060000 NO PELIGROSOS, POR TONELADA, EN CADA EVENTO B).- RASTRO, LABORATORIO Y POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO TÓXICOS, POR TONELADA, EN CADA EVENTO. C).- CACHARROS (MUEBLE, COLCHÓN, OTROS), POR METRO CÚBICO O EL EQUIVALENTE A CADA FRACCIÓN DE VOLUMEN, EN CADA EVENTO. D).- NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS GENERADORES DE HASTA 200 KILOS POR SEMANA PAGO ANUAL. E).- NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS HASTA 600 KILOS POR SEMANA, PAGO ANUAL. F).- NEGOCIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL. DISTRIBUIDOR Y COMISIONISTA, POR SERVICIO ESPECIAL DE RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS HASTA 999 KILOS POR SEMANA, PAGO ANUAL. 5 A 25 UMA 2 A 15 UMA 10 A 30 UMA 25 A 75 UMA 25 A 90 UMA EN CASO DE QUE LOS MONTOS DE RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS SEAN SÚPERIORES A LOS ESTABLECIDOS EN LA TABLA ANTERIOR, EL USUARIO DEBERÁ CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO O CON UN PARTICULAR, EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN Y TRASLADO DE RESIDUOS SÓLIDOS. CRI 4316003070000 4316003070100 CONCEPTO TARIFA LOS USUARIOS QUE DEPOSITEN BASURA EN LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA, PAGARÁN POR: A).- CARGA TRANSPORTADA POR ELLOS MISMOS EN VEHÍCULO, POR KILOGRAMO O FRACCIÓN 0.5 A 5 UMA 4.5 ACCESORIOS SOBRE DERECHOS ARTÍCULO 34.- CUANDO NO SE PAGUE UN CRÉDITO FISCAL EN LA FECHA O DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO EN LAS DISPOSICIONES RESPECTIVAS, LA AUTORIDAD MUNICIPAL COBRARÁ RECARGOS A LA TASA DEL 1.13% Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 79 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 MENSUAL SOBRE EL MONTO DEL SALDO TOTAL INSOLUTO, DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE INGRESOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 47 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. PARA EL CASO DE PRÓRROGAS SE CUBRIRÁ EL 0.75% MENSUAL Y EN EL CASO DE AUTORIZACIÓN DE PAGO EN PARCIALIDADES, LOS RECARGOS SERÁN DEL 1.13% PARA PARCIALIDADES DE QUE NO EXCEDAN EL PRESENTE EJERCICIO FISCAL, SOBRE SALDOS INSOLUTOS. CUANDO NO SE CUBRAN LAS CONTRIBUCIONES EN LA FECHA Y DENTRO DEL PLAZO FIJADO EN LAS DISPOSICIONES FISCALES, ADEMÁS DE ACTUALIZAR SU MONTO DESDE EL MES QUE DEBIÓ HACERSE EL PAGO Y HASTA QUE EL MISMO SE EFECTÚE, DEBERÁN PAGARSE RECARGOS POR CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR LA FALTA DE PAGO OPORTUNO. LOS RECARGOS SE CAUSARÁN POR CADA MES O FRACCIÓN QUE TRANSCURRA A PARTIR DE LA FECHA DE LA EXIGIBILIDAD, HASTA QUE SE EFECTÚE EL PAGO. EN SU CÁLCULO SE EXCLUIRÁN LOS PROPIOS RECARGOS, LA INDEMNIZACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 47, DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS, LOS GASTOS DE EJECUCIÓN Y LAS MULTAS. TÍTULO QUINTO 5 PRODUCTOS CAPÍTULO PRIMERO 5.1 DE LOS PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE ARTÍCULO 35.- LOS PRODUCTOS QUE TIENE DERECHO A PERCIBIR EL MUNICIPIO, SE REGULARÁN POR LOS CONTRATOS O CONVENIOS QUE SE CELEBREN Y SU IMPORTE DEBERÁ ENTERARSE EN LOS PLAZOS, TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE EN EL MISMO SE ESTABLEZCAN Y DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 80 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO: CRI CONCEPTO 5101010000000 5102010000000 1).- SERVICIOS DE AMBULANCIA, PARAMÉDICOS E INSPECTORES DURANTE LA PRESENTACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS POR EVENTO Y/O DÍA 2).- CAPACITACIÓN DE PRIMEROS AUXILIOS, EVACUACIÓN, BÚSQUEDA Y RESCATE, PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y FORMACIÓN DE BRIGADAS CUOTA 25 UMA 25 UMA 5.1.03 POR LA INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS, PERITOS VALUADORES, CONTRATISTAS Y ADQUISICIÓN DE BASES DE LICITACIÓN ARTÍCULO 36.- POR LA INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS, PERITOS VALUADORES Y DE CONTRATISTAS Y ADQUISICIÓN DE BASES DE LICITACIÓN, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS Y TARIFAS SIGUIENTES: CRI CONCEPTO 5103010000000 1.- PARA PERSONAS FÍSICAS 5103020000000 2.- PARA PERSONAS MORAL 5103030000000 3.- ADQUISICIÓN DE BASES PARA CONCURSO LICITACIÓN PUBLICA 5103040000000 5103050000000 PROVEEDORES, 4.- REFRENDO ANUAL EN EL PADRÓN DE PERSONAS FÍSICAS O MORAL. 5.- PARA PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS QUE REALICEN OBRA MUNICIPAL CUOTA TARIFAS 10 A 100 UMA 10 A 100 UMA 100 A 1000 UMA 10 A 50 UMA 10 A 100 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 81 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 5103060000000 5103070000000 5103080000000 5103090000000 6.- POR REGISTRO DE DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA PERSONAS FÍSICA 7.- POR REGISTRO DE DIRECTORES RESPONSABLES OBRA, PERSONAS MORALES 8.- REFRENDO ANUAL DEL REGISTRO DE DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA, PERSONAS FÍSICAS 9.- REFRENDO ANUAL DEL REGISTRO DE DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA, PERSONAS MORALES DE 30 UMA 100 UMA 20 UMA 50 UMA 5.1.04 POR EL USO Y EXPLOTACIÓN DE CAMPOS DEPORTIVOS MUNICIPALES PERTENECIENTES INSTALACIONES DEPORTIVAS ARTÍCULO 37.- EL USO Y APROVECHAMIENTO DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS A QUE SE REFIERE ESTA LEY, SON DE INTERÉS GENERAL, POR LO QUE EL AYUNTAMIENTO GARANTIZA A CUALQUIER PERSONA O ENTIDAD PÚBLICA O PRIVADA, LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A LAS DISTINTAS AL PATRIMONIO MUNICIPAL, BIEN PARA INTEGRARSE EN ACTIVIDADES DIRIGIDAS POR LA PROPIA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL O PARA REALIZAR ACTIVIDADES LIBRES, ENTRENAMIENTO DEPORTIVO, COMPETICIÓN O CUALQUIER OTRA FORMA DE PRÁCTICA O MANIFESTACIÓN, DEPORTIVA, SOCIAL O CULTURAL, SIEMPRE Y CUANDO SE SUJETEN EN LO CONDUCENTE, POR EL REGLAMENTO MUNICIPAL CORRESPONDIENTE. LOS DERECHOS POR EL USO Y EXPLOTACIÓN DE CAMPOS DEPORTIVOS MUNICIPALES, PARA EVENTOS DEPORTIVOS DE ACTIVACIÓN FÍSICA, SOCIAL, CULTURAL Y ARTÍSTICOS, QUE SEAN ORGANIZADOS POR PARTICULARES O POR ENTIDADES DE LOS SECTORES PÚBLICOS Y Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 82 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 PRIVADOS CON O SIN FINES DE LUCRO, SE CAUSARAN Y LIQUIDARAN CONFORME A LAS CUOTAS Y TARIFAS SIGUIENTES: CRI CONCEPTO CUOTA TARIFA 5104010000000 5104020000000 5104030000000 5104040000000 1.- POR EL USO DE INSTALACIONES POR ENCUENTRO DEPORTIVO PARTICULAR POR DOS HORAS CUOTA POR EVENTO SIN FINES DE LUCRO 2.- POR CONCEPTO DE USO DE MODULO PARA VENTA DE HIDRATANTES CUOTA SEMESTRAL 3.- POR CONCEPTO DE USO DE ESPACIOS PARA VENTA DE ALIMENTOS, PRODUCTOS SIMILARES Y OTROS. CUOTA POR EVENTO 4.-POR EL USO DE INSTALACIONES PARA EVENTO ESPECIAL DE PARTICULARES CUOTA POR EVENTO 5104040100000 A).- TORNEOS ESPECIALES 2.5 UMA 52 UMA 1 A 2 UMA 40 A 110 UMA 5104040200000 B).- BAILES POPULARES 55 UMA 5.1.05 POR LOS SERVICIOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL. ARTÍCULO 38.- POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LAS AUTORIDADES MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL, SE CAUSARÁN Y LIQUIDARÁN CONFORME A LAS CUOTAS SIGUIENTES. CRI 5105000000000 CONCEPTO TARIFAS 1).- VISTO BUENO A ESTABLECIMIENTOS O GIROS CONSIDERADOS DE RIESGO ORDINARIO VISTO BUENO A ESTABLECIMIENTOS O GIROS CONSIDERADOS COMO RIESGO ORDINARIO SE CONSIDERARÁN ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS, QUE NO REPRESENTEN UN RIESGO PARA LA POBLACIÓN, SUS BIENES Y EL ENTORNO ECOLÓGICO; A).- TIENDA DE ABARROTES, DULCERÍAS, EXPENDIO DE SEMILLAS Y LEGUMBRES, EXPENDIO DE UNICEL Y PLÁSTICO. B).- IGLESIAS O TEMPLOS RELIGIOSOS. C).- CASAS DE EMPEÑO. 05 A 10 UMA 05 A 10 UMA 20 A 50 UMA 5105010010000 5105010020000 5105010030000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 83 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 5105010040000 5105010050000 5105010060000 5105010070000 5105010080000 5105010090000 D).- SUCURSAL BANCARIA Y/O BANCA MÚLTIPLE E).- REFACCIONARIAS, TLAPALERÍAS, CASAS DE MATERIALES PARA CONSTRUCCIÓN, TORNILLERÍAS Y FERRETERÍAS. F).- CARNICERÍAS, FRUTERÍAS, EXPENDIO DE POLLO, EMBUTIDOS Y CREMERÍAS (LÁCTEOS). G).- ZAPATERÍAS, TIENDA DE ROPA, MERCERÍAS, BONETERÍAS, BISUTERÍA Y JUGUETERÍA. H).- SERIGRAFÍA, BORDADOS. I).- LAVANDERÍAS, TINTORERÍAS Y PLANCHADURÍAS FOTOCOPIADO, PAPELERÍAS, CIBER, 5105010100000 J).- CAMPO DE GOLF CON RESTAURANTE. 5105010110000 5105010120000 5105010130000 5105010140000 5105010150000 5105010160000 5105010170000 5105010180000 5105010190000 5105010200000 5105010210000 5105010220000 5105010230000 5105010240000 5105010250000 5105010260000 5105010270000 5105010280000 5105010290000 5105010300000 K).- SALÓN DE FIESTAS Y/O JARDÍN DE EVENTOS HASTA 1000 M2 L).- SALÓN DE FIESTAS Y/O JARDÍN DE EVENTOS DE MAS DE 1001 M2 M).- RESTAURANTE N).- FONDA Ñ).- LONCHERÍA O).- TAQUERÍA P).- MARISQUERÍA Q).- BAR NOCTURNO R).- CINES S).- DISCOTECAS T).- MINISÚPER Y ULTRAMARINOS U).- TIENDAS DE AUTOSERVICIO V).- BILLARES W).- DEPÓSITO DE CERVEZA X).- HOTEL, MOTEL Y AUTOHOTEL Y).- ASFALTADORA DE CONCRETOS Z).- TALLER DE HOJALATERÍA Y PINTURA, HERRERÍA, MECÁNICA AUTOMOTRIZ, CARPINTERÍA, ELECTROMECÁNICA. A1).- TALLER DE REPARACIÓN DE EQUIPOS ELECTRODOMÉSTICOS, TALLER DE MÁQUINAS BOMBAS DE AGUA Y PODADORAS. B1).- ROSTICERÍAS, PIZZERÍAS, C1).- ANUNCIOS Y ESPECTACULARES PANIFICADORAS, TORTILLERÍAS, 20 A 50 UMA 05 A 10 UMA 05 A 10 UMA 05 A 10 UMA 05 A 10 UMA 05 A 10 UMA 100 A 150 UMA 5 A 20 UMA 50 A 100 UMA 50 A 100 UMA 5 A 10 UMA 5 A 10 UMA 11 A 30 UMA 50 A 100 UMA 50 A 150 UMA 50 A 150 UMA 50 A 100 UMA 50 A 150 UMA 50 A 150 UMA 11 A 50 UMA 50 A 100 UMA 50 A 150 UMA 50 A 150 UMA 11 A 50 UMA 11 A 50 UMA 11 A 50 UMA 50 A 100 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 84 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 5105010310000 5105010320000 5105010330000 5105010340000 5105010350000 5105010360000 5105010370000 5105010380000 5105010390000 5105010400000 D1).- ALFARERÍA.CERÁMICA E1).- LOCALES DE DESPERDICIOS INDUSTRIALES F1).- CENTROS COMERCIALES O SÚPER MERCADO G1).- PANTEONES PARTICULARES CON SERVICIOS DE CREMACIÓN H1).- ANTENAS DE TELÉFONO O CUALQUIER OTRO TIPO DE USO DE SUELO I1).- INDUSTRIAS J1).- CLÍNICAS PARTICULARES Y/O SANATORIOS FÁBRICA, DE MATERIAS ENSAMBLADORA, MAQUILA, PRIMAS O CONSULTORIOS Y FARMACIAS K1).- MANUFACTURA PRODUCTO TERMINADO L1).- VISTO BUENO A EMPRESAS, DESARROLLO, CONJUNTO RESIDENCIAL Y HABITACIONAL Y CUALQUIER OTRO QUE POR SU NATURALEZA USO DE SUELO, U ALGUNA OTRA DISPOSICIÓN O ACTIVIDAD SERVICIO REPRESENTE UN RIESGO PARA LA POBLACIÓN SUS BIENES Y EL ENTORNO ECOLÓGICO M1).- ESCUELAS PARTICULARES COMERCIAL DE O 11 A 50 UMA 15 A 30 UMA 101 A 500 UMA 101 A 500 UMA 101 A 500 UMA 101 A 500 UMA 101 A 500 UMA 11 A 50 UMA 101 A 500 UMA 101 A 500 UMA 5105010410000 EN EL CASO DE QUE RESULTEN ESTABLECIMIENTOS O GIROS QUE NO SE ENCUENTREN CONTEMPLADOS EN ESTA LEY DE INGRESOS, SE COBRARÁ A CRITERIO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y/O DEL TITULAR DEL AREA CORRESPONDIENTE. 20 A 80 UMA TITULO SEXTO 6 APROVECHAMIENTOS CAPÍTULO PRIMERO 6.1 DE LOS APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 85 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 39.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE PERCIBA EL MUNICIPIO, SERÁN, LOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 207 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO. 6.1.02 DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN ARTÍCULO 40.- CUANDO SEA NECESARIO EMPLEAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN PARA HACER EFECTIVO UN CRÉDITO FISCAL, LAS PERSONAS FÍSICAS Y LAS MORALES ESTARÁN OBLIGADAS A PAGAR LOS GASTOS DE EJECUCIÓN. POR CONCEPTO DE GASTOS DE EJECUCIÓN SE CUBRIRÁ EL 1.13% DEL VALOR DEL CRÉDITO FISCAL, SIN QUE SEA MENOR DE CUATRO NI MAYOR DE TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DEL VALOR DIARIO DE UNIDADES DE MEDICIÓN Y ACTUALIZACIÓN. LOS GASTOS DE EJECUCIÓN, SE DETERMINARÁN POR LA AUTORIDAD EJECUTORA, DEBIENDO PAGARSE JUNTO CON LOS DEMÁS CRÉDITOS FISCALES. ARTICULO 41.- LOS IMPUESTOS, DERECHOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES QUE NO SEAN PAGADOS DENTRO DEL PLAZO LEGAL PREVISTO EN LAS LEYES FISCALES, CAUSARÁN RECARGOS EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN AL FISCO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 47 DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. SECCIÓN PRIMERA 6.1.03 INFRACCIONES DE TRÁNSITO ARTÍCULO 42.- LAS MULTAS POR VIOLACIONES QUE CAUSEN LOS INFRACTORES AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO MUNICIPAL O DEL ESTADO, SE COBRARÁN DE ACUERDO A LO QUE DISPONE ESTE ARTÍCULO. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 86 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CUANDO LAS INFRACCIONES A QUE SE REFIERA ÉSTE APARTADO, SEAN COMETIDAS POR CONDUCTORES QUE OPEREN O CONDUZCAN VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE, SE APLICARÁ EL DOBLE DE LA SANCIÓN SEÑALADA PARA CADA CASO. CRI CONCEPTO TARIFA 1).- PLACAS: 6103001040000 6103000000000 MULTAS E INFRACCIONES DE TRÁNSITO 6103001000000 6103001010000 6103001020000 6103001030000 A).- FALTA DE; B).- COLOCACIÓN INCORRECTA; C).- IMPEDIR SU VISIBILIDAD; D).- SUSTITUIRLAS POR PLACAS DECORATIVAS O DE OTRO PAÍS E).- CIRCULAR CON PLACAS NO VIGENTES F).- CIRCULAR CON PLACAS DE OTRO VEHÍCULO 6103001050000 6103001060000 6103001070000 G).- USO INDEBIDO DE PLACAS DE DEMOSTRACIÓN 6103001080000 6103002000000 6103002010000 6103002020000 6103003000000 6103003010000 H).- DOBLADA 2).- CALCOMANÍAS A).- NO ADHERIRLA B).- NO TENERLA 3).- LICENCIA O PERMISO PARA CONDUCIR; A).- FALTA DE; B).- PERMITIR EL PROPIETARIO LA CONDUCCIÓN DE SU VEHÍCULO A PERSONA QUE CAREZCA DE PERMISO O LICENCIA, O MENOR DE EDAD 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 20 A 50 UMA 2 A 10 UMA 50 A 100 UMA 5 A 30 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 3 A 15 UMA 3 A 15 UMA 6103003020000 6103003030000 6103003040000 6103003050000 6103004000000 6103004010000 6103004020000 6103004030000 6103004040000 6103004050000 C).- ILEGIBLE D).- AMPARARSE CON PERMISO PARA CONDUCIR DISTINTO AL EXPEDIDO POR ESTADO. E).- CANCELADOS, SUSPENDIDOS O VENCIDO 4).- LUCES; A).- FALTA DE FAROS PRINCIPALES DELANTEROS B).- FALTA DE LÁMPARAS POSTERIORES O DELANTERAS C).- FALTA DE LÁMPARAS DIRECCIONALES D).- FALTA DE LÁMPARAS DE FRENO O EN MAL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO E).- USAR SIN AUTORIZACIÓN LAS LÁMPARAS Y TORRETAS EXCLUSIVAS DE VEHÍCULOS POLICÍACOS O DE EMERGENCIA 3 A 10 UMA 3 A 15 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 87 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS DE ESTADO DE LOS 6103004060000 6103004070000 6103005000000 6103005010000 6103005020000 6103006000000 Y (AUTOBUSES F).- LLEVAR FANALES ALINEADOS A LA PARTE POSTERIOR DEL VEHÍCULO G).- CARECER DE LÁMPARAS DEMARCADORAS Y DE IDENTIFICACIÓN: CAMIONES, REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES Y CAMIÓN TRACTOR) 5.- FRENOS; A).- ESTAR EN MAL ESTADO DE FUNCIONAMIENTO CAUSANDO UN ACCIDENTE. B).- FALTA DE MANÓMETRO EN VEHÍCULOS QUE EMPLEEN AIRE COMPRIMIDO 6.- CARECER O FUNCIONAMIENTO VEHÍCULOS A).- BOCINA O CLAXON B).- CINTURONES DE SEGURIDAD C).- VELOCÍMETRO D).- SILENCIADOR E).- ESPEJOS RETROVISORES F).- LIMPIADORES DE PARABRISAS ENCONTRARSE EN MAL H).- EQUIPO DE EMERGENCIA O PRECAUCIÓN I).- LLANTA DE REFACCIÓN J).- PARABRISAS 7.- VISIBILIDAD: A).- COLOCAR EN LOS CRISTALES DEL VEHÍCULO, RÓTULOS, LEYENDAS, CARTELES U OBJETOS QUE LA OBSTRUYAN B).- PINTAR LOS CRISTALES U OBSCURECERLOS QUE LA DISMINUYAN 6103006010000 6103006020000 6103006030000 6103006040000 6103006050000 6103006060000 6103006070000 G).- UNA O LAS DOS DEFENSAS 6103006080000 6103006090000 6103006100000 6103007000000 6103007010000 6103007020000 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 5 A 20 UMA 6103007030000 C).-PARABRISAS EN MAL ESTADO O ESTRELLADO 2 A 10 UMA 6103008000000 6103008010000 6103008010100 6103008010200 6103008010300 6103008010400 6103008020000 8).- CIRCULACIÓN: A).- OBSTRUIRLA A1).- CON VEHÍCULO EN VÍA PRIMARIA A2).- CON VEHÍCULO EN VÍA SECUNDARIA O EN CUALQUIER OTRO CAMINO A3).- CON OBJETOS PUBLICITARIOS A4).- CON OBJETOS QUE OBSTRUYA LA VIALIDAD PARA CUALQUIER FIN B).- LLEVAR EN EL VEHÍCULO A MÁS DEL 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 20 A 50 AMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 88 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6103008030000 6103008040000 6103008050000 6103008060000 6103008070000 6103008080000 6103008090000 6103008100000 6103008110000 LONGITUDINALES NÚMERO AUTORIZADO EN LA TARJETA DE CIRCULACIÓN C).- CONTAMINAR POR EXPEDIR HUMO EXCESIVO D).- CONDUCIR UN VEHÍCULO CON ORUGA METÁLICA SOBRE CALLES ASFALTADAS E).- CIRCULAR SOBRE RAYAS DELIMITANTES DE CARRILES F).- CIRCULAR EN SENTIDO CONTRARIO G).- CONDUCIR CON PERSONA O BULTO ENTRE LOS BRAZOS H).- ARROJAR BASURA O DESPERDICIOS EN LA VÍA PÚBLICA I).- NO CIRCULAR POR EL CARRIL DERECHO. J).- CONDUCIR SOBRE DEMÁS ZONAS PROHIBIDAS K).- CAUSAR DAÑO EN SEMÁFOROS Y SEÑALES L).- MANIOBRAS EN REVERSA SIN PRECAUCIÓN LAS VÍAS PÚBLICAS, ISLETAS, CAMELLONES Y 6103008120000 6103008130000 M).- NO INDICAR EL CAMBIO DE DIRECCIÓN 6103008140000 61030080150000 6103008160000 6103008170000 6103008180000 6103008190000 6103008200000 6103008210000 6103008220000 O MOTOCICLETAS N).- NO CEDER EL PASO EN ÁREA PEATONAL O).- CIRCULAR VEHÍCULOS DE CARGA EN ZONA COMERCIAL FUERA DE HORARIO O ZONA RESTRINGIDA P).- DAR LA VUELTA EN “U” EN LUGAR NO PERMITIDO; Q).- LLEVAR PASAJEROS EN SALPICADERAS, DEFENSAS, ESTRIBOS, PUERTAS O FUERA DE LA CABINA EN GENERAL; BICICLETAS R).- CONDUCIR SUJETO A OTRO VEHÍCULO, EN FORMA PARALELA; CON CARGA QUE DIFICULTE SU MANEJO O SOBRE LAS ACERAS O S).- CONDUCIR MOTOCICLETAS ANTEOJOS PROTECTORES O LLEVAR PASAJEROS SIN CASCO T).- CONDUCIR VEHÍCULOS DE CARGA CUANDO ESTE ESTORBE, CONSTITUYA PELIGRO O SIN CUBRIR; U).- NO LLEVAR BANDEROLAS EN EL DÍA O REFLEJANTE O LÁMPARA ROJA EN LA NOCHE CUANDO LA CARGA SOBRESALGA V).- TRANSPORTAR MATERIALES EXPLOSIVOS SIN AUTORIZACIÓN O PRECAUCIÓN INFLAMABLES O CASCO SIN 5 A 20 UMA 5 A 20 UMA 2 A 10 UMA 3 A 10 UMA 5 A 20 UMA 5 A 20 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 10 A 25 UMA 5 A 25 UMA 2 A 10 UMA 5 A 20 UMA 5 A 15 UMA 5 A 15 UMA 5 A 15 UMA 2 A 10 UMA 3 A 15 UMA 5 A 15 UMA 2 A 10 UMA 2 A 25 UMA 6103008230000 W).- TRASLADAR CADÁVERES SIN EL PERMISO 100 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 89 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6103008240000 6103008250000 6103008260000 6103008270000 6103008280000 6103008290000 6103008300000 6103008310000 6103008320000 6103008330000 6103008340000 6103008350000 6103008360000 6103008370000 6103008380000 6103008390000 6103009000000 6103009010000 6103009020000 6103009030000 10 A 20 UMA EN LA DESFILES FORMA ALGUNA 2 A 10 UMA 5 A 15 UMA 2 A 10 UMA CÍVICOS, ESCOLARES, 5 A 20 UMA 5 A 15 UMA 5 A 20 UMA INVADIR EL CARRIL CONTRARIO DE RESPECTIVO X).- POR NO MANTENER LA DISTANCIA DE SEGURIDAD; Y).- POR INVADIR LA ZONA DE PASO PEATONAL Z).- POR CAUSAR PELIGRO A TERCEROS AL ENTRAR A UN CRUCERO CON LA LUZ EN ÁMBAR DEL SEMÁFORO; A1).- POR CIRCULACIÓN; B1).- OBSTRUIR CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS O DE PEATONES C1).- CARGAR OBJETOS NO AUTORIZADOS EN LA TARJETA DE CIRCULACIÓN D1).- POR CARGAR Y DESCARGAR FUERA DEL HORARIO O DEL ÁREA AUTORIZADA; E1).- POR ENTORPECER COLUMNAS MILITARES, MARCHAS MANIFESTACIONES, CORTEJOS FÚNEBRES Y OTROS EVENTOS SIMILARES; F1).- NO DAR PREFERENCIA DE PASO AL PEATÓN; G1).- NO CEDER EL PASO A VEHÍCULOS CON PREFERENCIA; POLICIACOS Y/O DE EMERGENCIA CON SISTEMA ENCENDIDO H1).- DARSE A LA FUGA DESPUÉS DE HABER INDICADO HACER ALTO, UN AGENTE DE TRÁNSITO; I1).- DARSE A LA FUGA DESPUÉS DE HABER PROVOCADO UN ACCIDENTE J1).- POR NO UTILIZAR LOS CINTURONES DE SEGURIDAD; 3 A 15 UMA K1).- POR CONDUCIR SIN EL EQUIPO NECESARIO, EN EL CASO DE PERSONAS CON INCAPACIDADES FÍSICAS. L1) POR CONDUCIR CON OBJETO EN MANO O MENORES AL VOLANTE M1) JALAR Y/O REMOLCAR OTRO VEHÍCULO SIN AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. 9).- ESTACIONAMIENTO; A).- EN LUGAR PROHIBIDO; B).- EN FORMA INCORRECTA; C).- NO SEÑALAR O ADVERTIR DE OBSTÁCULOS O VEHÍCULOS ESTACIONADOS EN RODAMIENTO; 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 5 A 20 UMA 5 A 20 UMA LA VÍA DE 2 A 10 UMA 5 A 15 UMA 3 A 15 UMA 5 A 20 UMA 2 A 10 UMA 15 A 60 UMA 10 A 20 UMA 6103009040000 D).- POR NO RESPETAR LOS LÍMITES DE 2 A 10 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 90 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6103009050000 ESTACIONAMIENTO EN UNA INTERSECCIÓN; E).- EN ZONA DE ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS DE VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO; F).- FRENTE A UNA ENTRADA DE VEHÍCULO; 6103009060000 6103009070000 G).- EN CARRIL DE ALTA VELOCIDAD; 6103009080000 6103009090000 6103009100000 6103009110000 H).- SOBRE LA BANQUETA; I).- SOBRE ALGÚN PUENTE; J).- ABANDONO DE VEHÍCULO EN LA VÍA PÚBLICA; K).- EN DOBLE FILA; L).- EFECTUAR REPARACIONES EN LA VÍA PÚBLICA QUE NO SEAN DE EMERGENCIA; M).- FUERA DE SU TERMINAL LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE O EN HORARIOS FUERA DE LOS PERMISOS O EN ZONAS RESTRINGIDAS; N).- EN LUGARES DESTINADOS PARA PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES. 10).- VELOCIDAD; A).- MANEJAR CON EXCESO; B).- NO DISMINUIRLA EN CRUCEROS, FRENTE A ESCUELAS, LUGARES DE ESPECTÁCULOS Y ANTE SEÑALAMIENTOS DE TRÁNSITO; (40KM/H ZONA URBANA) C).- CIRCULAR A TAN BAJA VELOCIDAD QUE OBSTRUYA EL TRÁFICO O QUE REPRESENTE UN PELIGRO PARA EL TRÁNSITO; D).- POR FALTA DE PRECAUCIÓN AL CONDUCIR CAUSANDO LESIÓN A TERCERO D1) POR FALTA DE PRECAUCIÓN AL CONDUCIR CAUSANDO DAÑO (VEHÍCULO, MATERIAL YA SEA FEDERAL O LOCAL) D2) FALTA DE PRECAUCIÓN AL CONDUCIR CAUSANDO FALLECIMIENTO 11).- REBASAR; A).- A OTRO VEHÍCULO EN ZONA PROHIBIDA CON SEÑAL B).- EN ZONA DE PEATONES; C).- A OTRO VEHÍCULO QUE CIRCULE A VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA; D).- POR EL ACOTAMIENTO; E).- POR LA DERECHA EN LOS CASOS NO PERMITIDOS; 12).- RUIDO A).- USAR LA BOCINA CERCA DE HOSPITALES, SANATORIOS, CENTROS DE SALUD, ESCUELAS, LUGARES 5 A 20 UMA 5 A 15 UMA 2 A 10 UMA 5 A 20 UMA 2 A 10 UMA 3 A 15 UMA 3 A 15 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 5 A 20 UMA 5 A 20 UMA 20 A 30 UMA 10 A 60 UMA 10 A 30 UMA 100 UMA 5 A 25 UMA 5 A 25 UMA 5 A 25 UMA 2 A 10 UMA 5 A 25 UMA 2 A 10 UMA 6103009120000 6103009130000 6103009140000 6103010000000 6103010010000 6103010020000 6103010030000 6103010040000 6103010050000 6103010060000 6103011000000 6103011010000 6103011020000 6103011030000 6103011040000 6103011050000 6103012000000 6103012010000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 91 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6103012020000 6103012030000 6103013000000 6103013010000 6103013020000 6103013030000 6103014000000 6103014010000 6103014020000 6103014030000 6103014040000 6103015000000 6103015010000 6103015020000 6103015030000 6103015040000 6103015050000 6103015060000 SEÑALADOS COMO PROHIBIDOS O INNECESARIAMENTE. B).- PRODUCIRLOS CON EL ESCAPE; C).- USAR EQUIPO DE RADIO O ESTEREOFONÍA A VOLUMEN EXCESIVO; 13).- ALTO; A).- NO HACERLO AL CRUZAR O ENTRAR EN VÍAS CON PREFERENCIA DE PASO; B).- NO ACATARLO CUANDO LO INDIQUE UN AGENTE O SEMÁFORO; C).- NO RESPETAR LO SEÑALADO EN LETREROS 14.- DOCUMENTOS DEL VEHÍCULO 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 5 A 20 UMA 5 A 20 UMA 5 A 20 UMA A).- ALTERARLOS; 50 A 100 UMA B).- SIN TARJETA DE CIRCULACIÓN; C).- CON TARJETA DE CIRCULACIÓN NO VIGENTE; D).- CAMBIAR NUMERACIÓN DE MOTOR O CHASIS SIN LA AUTORIZACIÓN DE LA DEPENDENCIA CORRESPONDIENTE 15).- OTRAS INFRACCIONES A).- INGERIR BEBIDAS EMBRIAGANTES EN EL INTERIOR DEL VEHÍCULO B).- PERMITIR QUE LOS OCUPANTES INGIERAN BEBIDAS EMBRIAGANTES DENTRO DEL VEHÍCULO C).- NEGAR DOCUMENTOS AL OFICIAL DE TRÁNSITO, CUANDO ESTE LOS REQUIERA D).- CONDUCIR VEHÍCULOS CON EXCESO DE DIMENSIONES O DOBLE REMOLQUE E).- REALIZAR ASCENSO Y DESCENSO DE PASAJEROS EN LUGARES NO AUTORIZADOS F).- CONDUCIR VEHÍCULOS CON MÁS DE 3.5 TONELADAS DE PESO DENTRO DE LAS CALLES Y AVENIDAS PRINCIPALES CUANDO PONGAN EN PELIGRO LA INTEGRIDAD O SALUD FÍSICA DE LAS PERSONAS, ASÍ COMO LA ESTRUCTURA CARRETERA O HIDRÁULICA DE LA COMUNIDAD. 2 A 10 UMA 2 A 10 UMA 50 A 100 UMA 15 A 30 UMA 15 A 30 UMA 10 A 25 UMA 5 A 15 UMA 2 A 10 UMA 5 A 15 UMA 6103015070000 G).- CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, 20 A 60 NARCÓTICOS Y/O SUSTANCIAS TOXICAS. H) EN EL CASO DE REINCIDIR EN LO DISPUESTO POR EL INCISO G): I).- CONDUCIR CON ALIENTO ALCOHÓLICO (NIVEL BAJO) UMA 60 UMA 10 A 30 UMA J).- POR HACER CUALQUIER USO DEL TELÉFONO CELULAR 10 A 20 6103015080000 6103015090000 6103015100000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 92 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6103015110000 6103015120000 UMA AL CONDUCIR K).- OTROS CONCEPTOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA L).- EN EL CASO DE QUE RESULTAREN INFRACCIONES QUE NO SE ENCUENTREN CONTEMPLADAS EN ESTA LEY DE INGRESOS, SE SANCIONARAN CON UN MÍNIMO DE 5 UMA HASTA UN MÁXIMO DE 100 UMA, DE ACUERDO A LA GRAVEDAD CON QUE SE EFECTÚEN Y A CRITERIO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y/O DE LOS JUECES CALIFICADORES MUNICIPALES; AUTORIDADES QUE EN SU MOMENTO PROCESAL OPORTUNO TENDRÁN LA FACULTAD INAPELABLE DE CANCELAR INFRACCIONES QUE NO ESTÉN DEBIDAMENTE FUNDADAS Y MOTIVADAS CONFORME A DERECHO. ADICIONALMENTE SE CUBRIRÁ EL COSTO TOTAL ACTUALIZADO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL O A LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO (MATERIAL Y MANO DE OBRA). SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, DICHAS SANCIONES PODRÁN SER APLICADAS EN LOS MONTOS ANTES SEÑALADOS EN EL INCISO L), A CRITERIO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y/O LOS JUECES CALIFICADORES, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN ENTRE OTRAS, EL ORIGEN ÉTNICO O NACIONAL, EL GÉNERO, LA EDAD, LAS DISCAPACIDADES, LA CONDICIÓN SOCIAL, LAS CONDICIONES DE SALUD, LAS CONDICIONES ECONÓMICAS, LA RELIGIÓN, LAS OPINIONES Y EL ESTADO CIVIL, DEL INFRACTOR. SECCIÓN SEGUNDA 6.1.05 EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA ARTÍCULO 43.- LAS FALTAS ADMINISTRATIVAS QUE CAUSEN LOS INFRACTORES, POR FALTAS EN MATERIA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y POR VIOLACIONES AL BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO, SE COBRARÁ DE ACUERDO A LAS TARIFAS SIGUIENTES: CRI CONCEPTO TARIFA 6105001000000 1).- COMETIDAS CONTRA EL BIENESTAR COLECTIVO Y LA SEGURIDAD Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 93 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 20 A 100 UMA 10 A 20 UMA. 3 A 5 UMA 3 A 5 UMA 3 A 10 UMA 5 A 15 UMA 3 A 5 UMA 5 A 15 UMA O EL LA DE EN PERMISO COHETES ESTADO VEHÍCULOS COMERCIALIZAR PÚBLICA A).- CAUSAR ESCÁNDALO O PARTICIPAR EN ELLOS B).- ALTERAR EL ORDEN PÚBLICO C).- PROVOCAR RIÑAS O PARTICIPAR EN ELLAS D.- INGERIR BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO EN LA VÍA PÚBLICA. E).- OCASIONAR MOLESTIAS AL VECINDARIO CON RUIDOS O SONIDOS ESTRIDENTES. F).- CAUSAR FALSAS ALARMAS EN LUGARES O ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. G).- DETONAR COHETES O FUEGOS ARTIFICIALES SIN AUTORIDAD CORRESPONDIENTE. H.- FUEGOS ARTIFICIALES SIN EL PERMISO DE LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE DE I).- CONDUCIR EBRIEDAD O BAJO LOS EFECTOS DE UNA DROGA O ENERVANTE. J).- TRANSITAR PIE TIERRA EN VÍA PÚBLICA EN ESTADO DE EBRIEDAD O BAJO EL INFLUJO DE UNA DROGA O ENERVANTE. K).- INHALAR SOLVENTES EN LA VÍA PÚBLICA L).- CERRAR CALLES SIN AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD MUNICIPAL CORRESPONDIENTE. M).- PINTAR GRAFITI EN PROPIEDAD PRIVADA, PÚBLICA O USO COMÚN UMA 2).- FALTAS ADMINISTRATIVAS QUE ATENTAN CONTRA LA MORAL A).- LA PROSTITUCIÓN EN LUGARES PÚBLICOS O PRIVADOS, AUN CUANDO SE TRATE DE LAS LLAMADAS CASAS DE CITAS, MASAJE O SU EQUIVALENTE. B).- PALABRAS ALTISONANTES O MALTRATO EN LUGARES PÚBLICOS A LAS PERSONAS SIN IMPORTAR SEXO, EDAD O CONDICIÓN SOCIAL. C).- AGREDIR O CORREGIR CON ESCÁNDALO, MALTRATO FÍSICO O VERBAL, A LOS HIJOS O PUPILOS EN LUGARES PÚBLICOS. PROMOVER EJERCER, RESPETO INCITAR FALTAR CON AL O 3 A 10 UMA 10 A 20 UMA 05 A 10 UMA 50 A 100 10 A 60 UMA 3 A 5 UMA 3 A 5 UMA 50 A 100 UMA 6105001010000 6105001020000 6105001030000 6105001040000 6105001050000 6105001060000 6105001070000 6105001080000 6105001090000 6105001100000 6105001110000 6105001120000 6105001130000 6105002000000 6105002010000 6105002020000 6105002030000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 94 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 5 A 10 UMA 5 A 10 UMA D).- SOSTENER RELACIONES SEXUALES O ACTOS DE EXHIBICIONISMO EN LA VÍA PÚBLICA O EN SITIOS DE PROPIEDAD PRIVADA CON VISTAS AL PÚBLICO, SIEMPRE Y CUANDO NO CONSTITUYAN UN DELITO, SERÁN CONSIDERADAS COMO FALTAS A LA MORAL CUANDO SE ATENTE CONTRA LA DIGNIDAD Y LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS. Y EN TODO CASO SÓLO PROCEDERÁ LA PRESENTACIÓN DE LOS PROBABLES INFRACTORES Y LA APLICACIÓN DE LA MULTA RESPECTIVA, CUANDO EXISTA LA ACUSACIÓN DIRECTA DE LA PERSONA O PERSONAS QUE SIENTAN AFECTADA SU DIGNIDAD Y/O SUS DERECHOS. E).- PROFERIR EN CUALQUIER FORMA FRASES OBSCENAS INJURIOSAS U OFENSIVAS, HACER SEÑAS O GESTOS INDECOROSOS. 3).- FALTAS CONTRA EL BIENESTAR INDIVIDUAL, LA INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS PERSONAS. A).- INCITAR A UN ANIMAL PARA QUE ATAQUE A UNA PERSONA O NO TOMAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR QUE SUCEDA 4).- FALTAS E INFRACCIONES CONTRA LA SALUD PÚBLICA O EL MEDIO AMBIENTE. A).- PERMITIR QUE SUS ANIMALES DOMÉSTICOS DEFEQUEN EN LA VÍA PÚBLICA O LUGARES DE USO COMÚN. B).- ORINAR O DEFECAR EN LA VÍA PÚBLICA O SITIOS DE USO COMÚN 5).- FALTAS REALIZADAS POR PARTICULARES QUE REALICEN ACTIVIDADES ECONÓMICAS. A).- OCUPAR LA VÍA PÚBLICA O LUGARES DE USO COMÚN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS SIN LA AUTORIZACIÓN EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL CORRESPONDIENTE. 6).- FALTAS ADMINISTRATIVAS QUE ATENTEN CONTRA LA FUNCIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y LA PROPIEDAD PÚBLICA. A).- DESTRUIR O CAUSAR DETERIORO A MONUMENTOS, LUMINARIAS, FACHADAS DE EDIFICIOS PÚBLICOS, PLAZAS, PARQUES, JARDINES U OTROS BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO. 5 A 10 UMA. 1 A 10 UMA 5 A 15 UMA 3 A 15 UMA 1 A 3 UMA 6105002040000 6105002050000 6105003000000 6105003010000 6105004000000 6105004010000 6105004020000 6105005000000 6105005010000 6105006000000 6105006010000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 95 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6105006020000 6105006030000 6105006040000 B).- DAÑAR DESTRUIR O REMOVER SEÑALAMIENTOS DE TRÁNSITO C).- SOLICITAR LOS SERVICIOS DE POLICÍA, TRÁNSITO, PROTECCIÓN CIVIL E INVOCANDO HECHOS FALSOS D).- CUANDO ALGUNA SANCIÓN NO SE ENCUENTRE CONTEMPLADA EN EL PRESENTE Y SE ENCUENTRE PREVISTA EN EL BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO, SERÁ SANCIONADA CONFORME A LA GRAVEDAD Y CRITERIO DEL JUEZ CÍVICO INSPECTORES, 10 A 15 UMA 5 A 10 UMA 3 A 100 UMA ADICIONALMENTE SE CUBRIRÁ EL COSTO TOTAL ACTUALIZADO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL O A LOS BIENES DE DOMINIO PÚBLICO (MATERIAL Y MANO DE OBRA). SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, DICHAS SANCIONES PODRÁN SER APLICADAS EN LOS MONTOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, A CRITERIO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y/O JUECES CALIFICADORES, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN ENTRE OTRAS, EL ORIGEN ÉTNICO O NACIONAL, EL GÉNERO, LA EDAD, LAS DISCAPACIDADES, LA CONDICIÓN SOCIAL, LAS CONDICIONES DE SALUD LAS CONDICIONES ECONÓMICAS, LA RELIGIÓN, LAS OPINIONES Y EL ESTADO CIVIL DEL INFRACTOR, PREVIA AUTORIZACIÓN DEL PRESIDENTE MUNICIPAL O LA PERSONA QUE ESTE DESIGNE. ARTÍCULO 44.- OTROS APROVECHAMIENTOS: LOS CRI CONCEPTO 6105007010000 SANCIONES REGLAMENTO MUNICIPIO POR DE INCUMPLIMIENTO CONSTRUCCIÓN AL DEL CUOTA 50 UMA REINGRESOS; LOS QUE SE EFECTÚEN POR ERROR DE LIQUIDACIÓN U OTROS MOTIVOS SECCIÓN TERCERA 6.1.06 EN MATERIA ECOLÓGICA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 96 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 45.- LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR INFRACCIONES EN MATERIA DE ECOLOGÍA, SE LIQUIDARÁN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO Y DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES TARIFAS: CRI CONCEPTO TARIFA 6106001000000 1.- SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR VIOLACIONES EN MATERIA DE ECOLÓGICA Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL MUNICIPIO: 1 A 35 UMA 3 A 50 UMA 10 A 100 UMA INDIVIDUO ÁRBOL, ARBUSTO O A).- CAUSEN DAÑOS A CADA ÁRBOL, TANTO EN EL INTERIOR COMO EN EL EXTERIOR DE SU DOMICILIO, SALVO CASO JUSTIFICADO Y CON AUTORIZACIÓN EXPRESA DE LA AUTORIDAD MUNICIPAL, PREVIA INSPECCIÓN Y DICTAMEN TÉCNICO A1).- POR CADA ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA A2).- POR REINCIDENCIA POR CADA ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA A3).- POR SECAR ÁRBOL DE MANERA INTENCIONAL B).- DERRIBO O TALA DE ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE Y ATENDIENDO A LA INTENCIONALIDAD DEL INFRACTOR B1).- POR CADA PALMERA B2).- POR REINCIDENCIA POR CADA ÁRBOL, ARBUSTO O PALMERA C).- POR TRASPLANTAR ÁRBOL, ARBUSTO Y PALMERA SIN AUTORIZACIÓN Y ATENDIENDO A LA INTENCIONALIDAD DEL INFRACTOR. C1).- POR CADA INDIVIDUO ARBÓREO D).- ARROJAR BASURA O DESECHOS SÓLIDOS EN LOTES BALDÍOS, AVENIDAS, CAMELLONES, RÍOS, APANTLES, PRESAS O EN CUALQUIER LUGAR PÚBLICO DENTRO DEL MUNICIPIO. D1).- A CIUDADANO D2).- A ESTABLECIMIENTO O EMPRESA D3).- POR REINCIDENCIA A CIUDADANO D4).- POR REINCIDENCIA A ESTABLECIMIENTO O EMPRESA 10 A 150 UMA 16 A 50 UMA 75 A 250 UMA 20 A 150 UMA 5 A 80 UMA 1 A 15 UMA 1 A 8 UMA 6106001010000 6106001010100 6106001010200 6106001010300 6106001020000 6106001020100 6106001020100 6106001030000 6106001030100 6106001040000 6106001040100 6106001040200 6106001040300 6106001040400 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 97 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6106001050000 6106001050100 6106001050200 6106001060000 6106001070000 6106001070100 6106001070200 6106001080000 6106001080100 6106001080200 6106001090000 6106001100000 6106001100100 6106001100200 6106001100300 6106001110000 6106001110100 6106001110200 6106001120000 E).- TENGAN RESPONSABILIDAD, SUCIOS O INSALUBRES LOTES DE SU PROPIEDAD O BAJO SU 5 A 15 UMA 5 A 15 UMA 20 A 80 UMA 10 A 50 UMA 10 A 50 UMA 10 A 100 UMA E1).- TENER SUCIO, INSALUBRE Y SIN BARDAR LOTE BALDÍO E2).- REINCIDENCIA F).- USEN INMODERADAMENTE EL AGUA G).- PINTAR AUTOMÓVIL O HERRERÍA G1).- PINTAR AUTOMÓVIL O HERRERÍA EN LUGAR NO DESTINADO PARA ELLO G2).- REINCIDENCIA H).- CORRER HACIA LA CALLE, ACERA, PREDIO VECINO, ARROYO O BARRANCA, CORRIENTE DE SUSTANCIA NOCIVA A LA SALUD ASÍ COMO EL DESAGÜE DE ALBERCA H1).- PERMITIR CORRER HACIA LA CALLE, ACERA, PREDIO VECINO, ARROYO O BARRANCA, CORRIENTE DE SUSTANCIA NOCIVA A LA SALUD ASÍ COMO EL DESAGÜE DE ALBERCA H2).- REINCIDENCIA I).- COLOQUEN, ARROJEN O DEPOSITEN EN LUGARES NO INDUSTRIALES AUTORIZADOS, LOTES BALDÍOS, CANALES, BARRANCAS Y LUGARES DE USO COMÚN, PRODUCTOS DE PODA DE JARDINES, ESCOMBROS DE CONSTRUCCIÓN, DE INSTALACIONES FABRILES, RASTROS, ESTABLOS, COMERCIOS, DESECHOS DOMICILIARIOS, DESECHOS SÓLIDOS Y OTROS OBJETOS PROCEDENTES DE ESTABLECIMIENTOS, MERCADOS, ESTABLOS. DICHOS PRODUCTOS DEBERÁN SER DISPUESTOS EN LOS LUGARES PARA TAL FIN. J).- NO MANTENER EN ESTADO DE LIMPIEZA EL FRENTE DE SU DOMICILIO O ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y ÁREAS ADYACENTES 1 A 15 UMA J1).- CASA HABITACIÓN 10 A 35 UMA J2).- ESTABLECIMIENTO COMERCIAL J3).- REINCIDENCIA 20 A 60 UMA K).- EN MERCADO Y TIANGUIS K1).- EN MERCADO Y TIANGUIS, NO CONSERVE LA LIMPIEZA Y SANIDAD DE SU LOCAL. K2).- REINCIDENCIA L).- EXCEDER LOS DECIBELES PERMITIDOS 50 A 150 UMA 10 A 75 UMA 2 A 25 UMA 5 A 25 UMA TIANGUIS Y 6106001120100 L1).- EXCEDER LOS DECIBELES PERMITIDOS (68 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 98 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DECIBELES DE LAS 6:00 A LAS 22:00 HORAS Y 65 DECIBELES DE LAS 22:00 A LAS 6:00 HORAS). L2).- REINCIDENCIA M).- OMITIR LA INSTALACIÓN DE FOSA S ÉPTICA O SANITARIO M1).- POR OMITIR LA INSTALACIÓN DE FOSA SÉPTICA O SANITARIO PROVISIONAL EN LA OBRA EN CONSTRUCCIÓN (DESDE SU INICIO HASTA SU TOTAL TERMINACIÓN), ASÍ COMO EN LOS SITIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO Y TIANGUIS. M2).- REINCIDENCIA N).- CORTAR O MALTRATAR LA VEGETACIÓN DEL PARQUE, JARDÍN O CAMELLÓN O EN CUALQUIER LUGAR PÚBLICO DEL MUNICIPIO N1).- POR CORTAR O MALTRATAR LA VEGETACIÓN DEL PARQUE, JARDÍN O CAMELLÓN O EN CUALQUIER LUGAR PÚBLICO DEL MUNICIPIO N2).- REINCIDENCIA O).- QUEMAR CUALQUIER TIPO DE DESECHO SÓLIDO O LÍQUIDO. O1).- MULTA POR QUEMAR CUALQUIER TIPO DE DESECHO SÓLIDO O LÍQUIDO, INCLUYENDO BASURA DOMÉSTICA. O2).- REINCIDENCIA P).- DESCARGAR ACEITE, GRASAS O SOLVENTES AL SUELO O DRENAJE P1).- MULTA POR DESCARGAR ACEITE, GRASAS O SOLVENTES AL SUELO O DRENAJE P2).- REINCIDENCIA Q).- A QUIEN EMITA O DESCARGUE CONTAMINANTE QUE ALTERE LA ATMÓSFERA EN PERJUICIO DE LA SALUD Y DE LA VIDA HUMANA O CAUSE DAÑO ECOLÓGICO. Q1).- MULTA A QUIEN EMITA O DESCARGUE CONTAMINANTE QUE ALTERE LA ATMÓSFERA EN PERJUICIO DE LA SALUD Y DE LA VIDA HUMANA O CAUSE DAÑO ECOLÓGICO, INCLUSO SI LA EMISIÓN PROVIENE DE UNA FUENTE FIJA O MÓVIL. Q2).- REINCIDENCIA R).- QUIEN EMITA, POR CUALQUIER MEDIO, 5 A 55 UMA 25 A 100 UMA 5 A 35 UMA 5 A 40 UMA 3 A 30 UMA 15 A 50 UMA 3 A 35 UMA 25 A 75 UMA 10 A 60 UMA 20 A 100 UMA 10 A 60 UMA 25 A 150 UMA 6106001120200 6106001130000 6106001130100 6106001130200 6106001140000 6106001140100 6106001140200 6106001150000 6106001150100 6106001150200 6106001160000 6106001160100 6106001160200 6106001170000 6106001170100 6106001170200 6106001180000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 99 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 VIBRACIONES, ENERGÍA TÉRMICA Y LUMINOSA QUE REBASE EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO EN LA NORMA TÉCNICA ECOLÓGICA, ASÍ COMO POR EMISIÓN DE MALOS OLORES. R1).- MULTA A QUIEN EMITA, POR CUALQUIER MEDIO, VIBRACIONES, ENERGÍA TÉRMICA Y LUMINOSA QUE REBASE EL LÍMITE MÁXIMO PERMITIDO EN LA NORMA TÉCNICA ECOLÓGICA, ASÍ COMO POR EMISIÓN DE MALOS OLORES. R2).- REINCIDENCIA S).- QUIEN CONTRAVENGA LA DISPOSICIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LA ATMÓSFERA S1).- MULTA A QUIEN CONTRAVENGA LA DISPOSICIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LA ATMÓSFERA S2).- REINCIDENCIA T).- CONSTRUIR SIN OBTENER PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS, LA CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA Y EL VISTO BUENO AMBIENTAL. POR VIVIENDA. T1).- POR CONSTRUIR SIN OBTENER PREVIO AL INICIO DE LOS TRABAJOS, LA CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA Y EL VISTO BUENO AMBIENTAL. POR VIVIENDA. T2).- REINCIDENCIA U).- AL PROPIETARIO O POSEEDOR DE ALBERCA, FUENTES O ESTANQUE QUE NO INSTALE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DEL AGUA. U1).- MULTA AL PROPIETARIO O POSEEDOR DE ALBERCA, FUENTES O ESTANQUE QUE NO INSTALE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DEL AGUA. U2).- REINCIDENCIA V).- A LA PERSONA FÍSICA Y MORAL QUE REALICE ACTO, HECHO U OMISIÓN QUE TRASGREDA LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO DE ECOLOGÍA Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS. W).- POR NO CONTAR CON EL DICTAMEN DE FACTIBILIDAD AMBIENTAL DEL ESTADO O LICENCIA 25 A 50 UMA 35 A 75 UMA 5 A 25 UMA 10 A 50 UMA 10 A 35 UMA 20 A 40 UMA 5 A 25 UMA 10 A 45 UMA 5 A 15 UMA 6 A 85 UMA 6106001180100 6106001180200 6106001190000 6106001190100 6106001190100 6106001200000 6106001200100 6106001200200 6106001210000 6106001210100 6106001210100 6106001220000 6106001230000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 100 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 AMBIENTAL DEL ESTADO. X).- ESTABLECIMIENTO O EMPRESA DEDICADA A LA RECOLECCIÓN O RECICLAJE X1).- MULTA A ESTABLECIMIENTO O EMPRESA DEDICADA A LA RECOLECCIÓN O RECICLAJE POR NO LLEVAR A CABO LA ADECUADA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES. X2).- REINCIDENCIA Y).- POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES A BARRANCA, CANAL, SUBSUELO O DRENAJES Y1).- POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES A BARRANCA, CANAL, SUBSUELO O DRENAJES SIN EL DEBIDO TRATAMIENTO Y AUTORIZACIÓN Y2).- REINCIDENCIA Z).- POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES AL SISTEMA DE DRENAJE MUNICIPAL SIN EL TRATAMIENTO PREVIO O SIN OBSERVANCIA DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA. Z1).- POR DESCARGAR AGUAS RESIDUALES AL SISTEMA DE DRENAJE MUNICIPAL EL TRATAMIENTO PREVIO O SIN OBSERVANCIA DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA. Z2).- REINCIDENCIA AA).- NO INSTALAR SISTEMA AHORRADOR DE AGUA Y ENERGÍA EN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDADES PRODUCTIVAS. AA1).- POR NO INSTALAR SISTEMA AHORRADOR DE AGUA Y ENERGÍA EN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A ACTIVIDADES PRODUCTIVAS. AA2).- REINCIDENCIA AB).- POR VIOLACIÓN A LAS ESTRATEGIAS, LINEAMIENTOS O CRITERIO ECOLÓGICOS PLASMADOS EN EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO MUNICIPAL. AC).- POR EJECUTAR ACCIÓN QUE CONTRAVENGA LA CONSERVACIÓN DE LOS ECOSISTEMAS MUNICIPALES. AD).- MULTA POR CAUSAR CONTAMINACIÓN VISUAL AD1).- MULTA POR CAUSAR CONTAMINACIÓN VISUAL AD2).- REINCIDENCIA AE).- MULTA A PROPIETARIO DE CONSTRUCCIÓN NUEVA QUE NO CUENTE CON EL DICTAMEN DE VISTO BUENO AMBIENTAL DE ACUERDO A LA CONSTANCIA DE SIN 10 A 50 UMA 15 A 60 UMA 50 A 150 UMA 75 A 200 UMA 10 A 100 UMA 25 A 125 UMA 5 A 20 UMA 10 A 35 UMA 3 A 20 UMA 5 A 40 UMA 1 A 20 UMA 5 A 35 UMA 5 A 35 UMA 6106001240000 6106001240100 6106001240200 6106001250000 6106001250100 6106001250200 6106001260000 6106001260100 6106001260200 6106001270000 6106001270100 6106001270200 6106001280000 6106001290000 6106001300000 6106001300100 6106001300200 6106001310000 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 101 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6106001320000 6106001320100 6106001320200 6106001320300 6106001320400 6106001330000 6106001330100 6106001330200 6106001330300 6106001330400 ZONIFICACIÓN DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA. AF).- A QUIEN DEPOSITE LLANTAS Y SUS DERIVADOS EN LA VÍA PUBLICA, LOTES BALDÍOS Y EN CUALQUIER LUGAR NO DESTINADO PARA LO MISMO 3 A 10 UMA AF1).- DE 1 A 10 LLANTAS 11 A 25 UMA AF2).- DE 11 A 25 LLANTAS 26 A 100 UMA AF3).- DE 25 A 50 LLANTAS AF4).- MAS DE 50 LLANTAS 101 A 200 UMA AG).- A QUIEN ALMACENE LLANTAS EN SU PREDIO, PREDIOS ALEDAÑOS O EN LA VIA PUBLICA AG1).- DE 10 A 20 LLANTAS AG2).- DE 21 A 50 LLANTAS AG3).- DE 51 A 100 LLANTAS AG4).- MAS DE 100 LLANTAS 10 A 25 UMA 26 A 50 UMA 51 A150 UMA 151 A 300 UMA SECCIÓN CUARTA 6.1.07 SANCIONES Y MULTAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES ARTÍCULO 46.- INFRACCIONES QUE CAUSAN LOS CONTRIBUYENTES DEL MUNICIPIO POR CONCEPTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, SE COBRARÁN DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: CRI CONCEPTO TARIFA 6107001000000 1).- POR INFRACCIONES EN MATERIA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES: 6107001010000 A).- FALTA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO 6107001020000 B).- FALTA DE PERMISO DE HORAS EXTRAS 6107001030000 C).- FALTA DE LICENCIA DE ANUNCIO LUMINOSO 6107001040000 D).- FALTA DE LICENCIA DE ANUNCIO NO LUMINOSO 6107001050000 E).- INVASIÓN O USO INDEBIDO DE LA VÍA PÚBLICA 10 A 100 UMA 05 A 40 UMA 05 A 60 UMA 05 A 30 UMA 1 A 10 UMA 6107001060000 6107001070000 6107001080000 6107001090000 F).- POR LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS AFUERA DEL ESTABLECIMIENTO O CONSUMIR EN EL LUGAR, SIN QUE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO LO ESTABLEZCA G).- POR HACER CASO OMISO AL AVISO DE CLAUSURA, A LAS ACTAS, SUSPENSIONES Y/O INFRACCIONES, EXPEDIDAS POR LA DIRECCIÓN DE LICENCIAS H).- FALTA DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE DOMICILIO I).- POR COLOCAR ANUNCIOS, MERCANCÍAS, OBJETOS 1 A 5 UMA 1 A 10 UMA 1 A 75 UMA 1 A 75 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 102 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 Y MUEBLES QUE IMPIDAN EL LIBRE TRÁNSITO DE PERSONAS SOBRE LA ACERA E INCLUSO SOBRE LA VÍA PÚBLICA NO PERMITIDOS POR LA AUTORIDAD 6107002000000 2).- MULTAS ADMINISTRATIVAS 6107002010000 6107002020000 6107002030000 6107002040000 6107002050000 6107002060000 ESCANEO DE DOCUMENTOS OFICIALES, A).- POR RETIRO DE SELLOS DE CLAUSURA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE B).- POR RETIRO DE SELLOS PROVISIONALES POR LA AUTORIDAD COMPETENTE C).- REFERENTE A LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO D).- LABORAR FUERA DEL HORARIO ESTABLECIDO EN LA LICENCIA E).- LABORAR CON UNA LICENCIA, CUYOS DATOS NO COINCIDEN DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL O CON LOS DATOS DEL TITULAR. F).- POR ADMITIR MENORES DE EDAD EN LUGARES PROHIBIDOS PARA ELLOS, ASÍ COMO LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y CIGARROS UBICACIÓN CON LA 10 A 50 UMA 1 A 30 UMA 10 A 50 UMA 5 A 25 UMA 10 A 30 UMA 10 A 30 UMA SECCIÓN QUINTA 47.- 6.1.08 EN MATERIA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN ARTÍCULO LOS CONTRIBUYENTES POR FALTAS EN MATERIA DE SANEAMIENTO, ALCANTARILLADO Y SERVICIO DE AGUA POTABLE, SE COBRARÁN DE ACUERDO A LAS TARIFAS SIGUIENTES: CRI CONCEPTO TARIFA 6108001010000 6108001020000 6108001030000 6108001030100 6108001030200 6108001030300 6108001040000 1).- SANCIÓN POR CONECTARSE DE MANERA IRREGULAR A LA RED DE DRENAJE MUNICIPAL. 2).- SANCIÓN POR OCASIONAR DAÑOS A LA RED DE DRENAJE MUNICIPAL. 15 A 20 UMA 15 A 20 UMA 3).- SANCIÓN POR REALIZAR DESCARGA DE AGUAS NEGRAS DE MANERA DIRECTA A LA CALLE Y/O VÍA PÚBLICA: A).- CASA HABITACIÓN 10 A 15 UMA B).- COMERCIAL 20 A 25 UMA C).- INDUSTRIAL 30 A 35 UMA 4).- SANCIÓN POR CONECTARSE DE MANERA IRREGULAR A LA RED DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 103 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6108001040100 6108001040200 6108001040300 6108001050000 6108001050100 6108001060000 AGUA POTABLE MUNICIPAL: A).- CASA HABITACIÓN B).- COMERCIAL C).- INDUSTRIAL 5).- SANCIÓN POR OCASIONAR DAÑOS A LA RED DE AGUA POTABLE MUNICIPAL. 5.1).- ADICIONALMENTE SE CUBRIRÁ EL COSTO TOTAL ACTUALIZADO DE LOS DAÑOS OCASIONADOS (MATERIAL Y MANO DE OBRA) A LA RED DE AGUA POTABLE MUNICIPAL 6).- SANCIÓN POR TIRAR Y/O DESPERDICIAR EL AGUA POTABLE. 10 A 15 UMA 20 A 25 UMA 30 A 35 UMA 15 A 20 UMA COSTO DE REPARACIÓN 15 A 20 UMA SECCIÓN SEXTA 6.1.09 EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL 48.- LOS APROVECHAMIENTOS QUE CAUSEN LOS ARTÍCULO CONTRIBUYENTES POR FALTAS EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL, SE COBRARÁ DE ACUERDO A LAS CUOTAS SIGUIENTES: CRI 61090020000 00 61090020100 00 61090020101 00 61090020102 00 61090020103 00 61090020104 00 61090020105 00 61090020106 00 CONCEPTO CUOTA I.- MEDIDAS DE SEGURIDAD SOLICITADAS Y REQUERIDAS OBLIGATORIAMENTE NORMAS CORRESPONDIENTES Y REGLAMENTOS APLICABLES AL SISTEMA DE COMBATE A INCENDIOS: ACUERDO LAS DE A 1).- EXTINTORES A).- FALTA DE EXTINTOR B).- FALTA DE ETIQUETA DE VIGENCIA C).- DESPRESURIZADO D).- CADUCADO E).- MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO F).- DESCARGADO 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 104 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090020107 00 61090020108 00 61090020109 00 61090020110 00 61090020111 00 61090020112 00 61090020113 00 61090020114 00 61090020200 00 61090020201 00 61090020202 00 61090020203 00 61090020204 00 61090020205 00 61090020206 00 61090020207 00 61090020208 00 61090020209 00 61090020210 00 61090020211 00 G).- FALTA DE SEGURO H).- SEGURO NO SUJETO I).- FALTA DE EQUIPO DE BOMBERO J).- EQUIPO DE BOMBERO INCOMPLETO K).- EQUIPO DE BOMBERO DAÑADO L).- FALTA DE ARENERO M).- FALTA DE EXTINTOR TIPO CARRETILLA N).- FALTA DE PALA ANTICHISPA 2).- HIDRANTE A).- FALTA DE HIDRANTE B).- FALTA DE PITÓN C).- POR NO ESTAR CONECTADO EL HIDRANTE Y/O MANGUERA D).- ESPESOR DE VIDRIO 3 MILÍMETROS E).- FALTA DE LLAVE DE NARIZ F).- FALTA DE MANÓMETRO DE PRESIÓN G).- EN OPERACIÓN NO MANTENER PRESIÓN DE 7 KILOS POR CENTÍMETRO CUADRADO H).- POR NO IDENTIFICAR TUBERÍA DEL COLOR ROJO I).- CON FUGA DE AGUA J).- POR MANGUERA DAÑADA K).- NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO A HIDRANTE 5 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 105 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090020300 00 61090020301 00 61090020302 00 61090020400 00 61090020401 00 61090020402 00 61090020403 00 61090020404 00 61090020405 00 61090020406 00 61090020407 00 61090020408 00 61090020409 00 61090020500 00 61090020501 00 61090020502 00 61090020503 00 61090020600 00 61090020601 00 61090020602 3).- CISTERNA CONTRA INCENDIO A).- ENCONTRARSE CON MENOS DEL 80 POR CIENTO DE SU CAPACIDAD 50 UMA B).- NO CONTAR CON CISTERNA CONTRA INCENDIO 50 UMA 4.-C).- CUARTO DE BOMBA C1).- NO CONTAR CON BOMBA ELÉCTRICA C2).- BOMBA ELÉCTRICA NO OPERABLE C3).- NO CONTAR CON BOMBA DE COMBUSTIÓN 50 UMA 50 UMA 50 UMA C4).- BOMBA DE COMBUSTIÓN INTERNA NO OPERABLE 50 UMA C5).- MANEJO DE PRUEBA AUTOMÁTICA NO OPERABLE C6).- MANEJO DE PRUEBA MANUAL D).- MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO E).- NO CONTAR CON MANÓMETRO DE PRESIÓN 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA F).- EN OPERACIÓN PRESIÓN MÍNIMA DE 7 KILOGRAMOS POR CENTÍMETRO CUADRADO 50 UMA 5).- COMPLEMENTARIO A).- NO CONTAR CON FOTOELÉCTRICOS/TÉRMICOS SENSORES DE HUMO, 5 UMA B).- SENSORES DE HUMO NO OPERABLES C).- NO CONTAR LAS SÚPERFICIES COMBUSTIBLES CON RETARDANTE AL FUEGO O SU APLICACIÓN, (ALFOMBRA, LONA, MADERA, PALAPA Y OTROS) 5 UMA 5 UMA 6).- DOCUMENTOS A).- NO CONTAR CON PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE BOMBA DE COMBUSTIÓN INTERNA, ELÉCTRICA B).- NO CONTAR CON CÁLCULO HIDRÁULICO DEL SISTEMA 5 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 106 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 00 61090020603 00 61090020604 00 61090020605 00 61090020606 00 61090030000 00 61090030100 00 61090030101 00 61090030102 00 61090030103 00 61090030104 00 61090030105 00 61090030200 00 61090030201 00 61090030202 00 61090030203 00 61090030204 00 61090030205 00 61090030206 00 61090030207 00 CONTRA INCENDIO C).- CÁLCULO HIDRÁULICO DEL SISTEMA CONTRA INCENDIO INCOMPLETO O MAL CALCULADO D).- NO CONTAR CON CERTIFICACIÓN DE LOS EXTINTORES E).- NO CONTAR CON LA GARANTÍA, CARACTERÍSTICAS, FACTURA DE APLICACIÓN DE RETARDANTE AL FUEGO F).- NO CONTAR CON LA CARTA RESPONSIVA DE LOS SENSORES DE HUMO II.- MEDIDAS DE OBLIGATORIAMENTE CORRESPONDIENTES Y REGLAMENTOS APLICABLES SOLICITADA SEGURIDAD ACUERDO DE A 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA Y REQUERIDA LAS NORMAS 1).- BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS: A).- INCOMPLETO B).- INEXISTENTE C).- OBSOLETO D).- NO CONTAR CON CAMILLA E).- NO CONTAR CON BOTIQUÍN MÓVIL 2).- SEÑALIZACIÓN A).- DAÑADA B).- NO VISIBLE C).- NO CONFORME A COLORES DE NORMA D).- NO TENER CONTINUIDAD LA RUTA DE EVACUACIÓN E).- RUTA DE EVACUACIÓN INCOMPLETA F).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN RUTA DE EVACUACIÓN G).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN SISMO E INCENDIO 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 107 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090030208 00 61090030209 00 61090030210 00 61090030211 00 61090030212 00 61090030213 00 61090030214 00 61090030215 00 61090030216 00 61090030217 00 61090030218 00 61090030300 00 61090030301 00 61090030302 00 61090030303 00 61090030304 00 61090030305 00 61090030306 00 61090030307 00 61090030308 00 H).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE BOTIQUÍN I).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE PUNTO DE REUNIÓN J).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE EXTINTOR K).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE NO FUMAR L).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE ZONA RESTRINGIDA M).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE PROHIBIDO EL PASO N).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE UTILIZACIÓN DE EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL Ñ).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE PELIGRO ALTO VOLTAJE O).- FALTA DE CÓDIGO DE COLORES P).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN SALIDA DE EMERGENCIA Q).- FALTA DE SEÑALIZACIÓN DE HIDRANTE 3).- INSTALACIÓN ELÉCTRICA A).- VISIBLE (EXPUESTA) B).- PARCIALMENTE OCULTA C).- SIN AISLAR CONEXIONES D).- SIN TAPAS DE REGISTROS DE CONEXIONES E).- SIN TAPAS EN LOS INTERRUPTORES DE SEGURIDAD F).- SIN TAPAS EN LOS MAGNÉTICOS G).- CON UNA SEPARACIÓN MENOR DE 1.50 CENTÍMETROS CON INSTALACIÓN DE GAS L.P. INTERRUPTORES TERMO H).- QUE NO SEA A PRUEBA DE EXPLOSIÓN 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 108 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090030309 00 61090030310 00 61090030311 00 61090030312 00 61090030313 00 61090030314 00 61090030315 00 61090030316 00 61090030400 00 61090030401 00 61090030402 00 61090030403 00 61090030404 00 61090030500 00 61090030501 00 61090030502 00 61090030503 00 61090030504 00 61090040000 00 I).- FALTA DE EMPAQUE ANTI EXPLOSIÓN J).- FALTA DE TAPÓN ANTI EXPLOSIÓN K).- EN SUBESTACIONES ELÉCTRICAS NO CONTAR CON TAPETE DIELÉCTRICO L).- NO CONTAR CON PLANTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA M).- NO CONTAR CON DIQUE DE CONTENCIÓN PARA EL LÍQUIDO INFLAMABLE DE PLANTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N).- DIQUE DE CONTENCIÓN NO CALCULADO PARA CAPTAR EL 100% DEL LÍQUIDO INFLAMABLE QUE PUDIERA DERRAMARSE 5 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA Ñ).- PLANTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA NO ATERRIZADA 50 UMA O).- NO CONTAR CON LÁMPARAS DE ILUMINACIÓN DE EMERGENCIA 50 UMA 4).- TIERRA FÍSICA A).- NO CONTAR CON TIERRA FÍSICA DEPÓSITOS Y/O RECIPIENTES YA SEAN LÍQUIDOS, GASES INFLAMABLES B).- TENER CONECTOR SUCIO C).- NO COLOCAR VARILLA COPERWELD D).- NO CONTAR CON EL CONECTOR ADECUADO 5).- DOCUMENTOS: A).- NO CONTAR CON REPORTE DE MEDICIÓN Y REGISTRO DE MEDICIONES TIERRAS FÍSICAS B).- NO PRESENTAR COPIA DEL CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN DEL EQUIPO (MEYER) TIERRAS FÍSICAS C).- NO PRESENTAR REPORTE TÉCNICO DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA D).- DICTAMEN TÉCNICO DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA POR UNIDAD VERIFICADORA CERTIFICADA ANTE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA DE III.- MEDIDA OBLIGATORIAMENTE SOLICITADA SEGURIDAD ACUERDO Y LAS DE A 50 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 50 UMA REQUERIDA NORMAS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 109 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090040100 00 61090040101 00 61090040102 00 61090040103 00 61090040104 00 61090040105 00 61090040106 00 61090040107 00 61090040108 00 61090040109 00 61090040110 00 61090040200 00 61090040201 00 61090040202 00 61090040203 00 61090040204 00 61090040205 00 61090040206 00 61090040207 00 CORRESPONDIENTES Y REGLAMENTOS APLICABLES: INSTALACIÓN Y RECIPIENTE SUJETO A PRESIÓN 1).- INSTALACIONES DE GAS L.P. A).- UTILIZAR MANGUERA PLÁSTICA EN FLUJOS DE ALTA PRESIÓN. B).- NO CONTAR CON REGULADOR C).- NO CONTAR CON REGULADOR DE ALTA PRESIÓN D).- CON FUGAS DE GAS L.P. E).- CON FUGAS Y DERRAME DE MERCAPTANO F).- NO CONTAR CON VÁLVULAS DE CORTE G).- NO CONTAR CON MANGUERA DE NEOPRENO O INSTALACIÓN DE COBRE H).- MANGUERA DE NEOPRENO DAÑADA 50 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA I).- SIN IDENTIFICAR DE COLOR AMARILLO INSTALACIÓN DE COBRE J).- SEPARACIÓN MENOR DE 1.50 METROS CON LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA 2).- RECIPIENTE DE GAS L.P. (CILINDROS DE 10, 20, 30, 45, KILOS, TANQUE ESTACIONARIO, OTROS.) 5 UMA 5 UMA A).- EN MAL ESTADO B).- CADUCADO TANQUE ESTACIONARIO C).- NO CONTAR CON ETIQUETA DE RIESGO Y NOMBRE DE PRODUCTO TANQUE ESTACIONARIO D).- VÁLVULAS CADUCADAS E).- VÁLVULAS DETERIORADAS F).- CON FUGA Y DERRAME DE MERCAPTANO G).- MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO TANQUE ESTACIONARIO 50 UMA 50 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 110 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090040208 00 61090040300 00 61090040301 00 61090040302 00 61090040303 00 61090040304 00 61090040400 00 61090040401 00 61090040402 00 61090040403 00 61090040404 00 61090040405 00 61090040500 00 61090040501 00 61090040502 00 H).- NO ATERRIZADO TANQUE ESTACIONARIO 3).- RECIPIENTE SUJETO A PRESIÓN CALDERA A).- MANÓMETRO DE PRESIÓN DAÑADO B).- MANÓMETRO INEXISTENTE C).- NO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE CLASIFICACIÓN, ESPECIFICACIONES NORMA OFICIAL MEXICANA DE EMERGENCIA NOM-EM-004-SEDG-2002, INSTALACIONES DE APROVECHAMIENTO DE GAS L.P. DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN D).- NO CONTAR CON UN DICTAMEN QUE EVALÚE LOS ESPESORES DEL CUERPO Y LAS CABEZAS, EN RECIPIENTES NO PORTÁTILES CON DIEZ O MÁS AÑOS DE FABRICACIÓN REALIZADO POR UNA UNIDAD DE VERIFICACIÓN ACREDITADA Y APROBADA EN LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-013-SEDG-2002 4).- ALMACENAMIENTO DE MATERIALES PELIGROSOS A).- ALMACENAMIENTO DE MATERIALES PELIGROSOS CLANDESTINAMENTE B).- NO CUMPLIR CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD BÁSICAS PARA SU ALMACENAMIENTO C).- DERRAME O FUGA DE MATERIAL PELIGROSO EN GRANDES CANTIDADES D).- NO PROPORCIONAR AL PERSONAL EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO E).- NO CONTAR CON KIT DE EMERGENCIAS 5).- DOCUMENTOS DE MATERIALES PELIGROSOS A).- NO CONTAR CON HOJAS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS ALMACENADOS B).- NO CONTAR CON LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL EN CASO DE DERRAME Y/O FUGA DE MATERIAL PELIGROSO, TOXICO, CORROSIVO GAS LP, GAS NATURAL QUE CAUSE DAÑOS A LA SALUD DE LAS PERSONAS SUS BIENES Y EL ENTORNO ECOLÓGICO 50 UMA 50 UMA 50 UMA 137 UMA 137 UMA 137 UMA 137 UMA 137 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 61090040503 C).- NO TENER EL MANIFIESTO DE ENTREGA RECEPCIÓN DE 50 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 111 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 00 61090040504 00 61090050000 00 61090050100 00 61090050101 00 61090050102 00 61090050103 00 61090050104 00 61090050105 00 61090050200 00 61090050201 00 61090050202 00 61090050203 00 61090050204 00 61090050205 00 61090050206 00 61090050207 00 61090050208 00 MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS D).- NO TENER EL CERTIFICADO DE LIMPIEZA ECOLÓGICA EN CASO DE DERRAME DE MATERIAL PELIGROSO IV.- MEDIDAS DE SEGURIDAD OBLIGATORIAMENTE CORRESPONDIENTES Y REGLAMENTOS APLICABLES: 1).- EDIFICACIONES, ESTRUCTURAS, CONSTRUCCIONES, TAPANCOS Y REGULARIZACIONES. Y REQUERIDA NORMAS SOLICITADA ACUERDO 50 UMA LAS DE A A).- EN MAL ESTADO, CONDICIONES INSEGURAS 50 UMA B).- NO PROPORCIONAR EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO EN CONSTRUCCIÓN Y TRABAJO EN ALTURAS C).- NO UTILIZACIÓN DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL ADECUADO EN CONSTRUCCIONES Y TRABAJOS EN ALTURA D).- ACCIONES INSEGURAS , ACCIDENTES DEL PERSONAL O TERCEROS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN, TRABAJOS EN ALTURAS OCASIONADO POR CONDICIONES INSEGURAS O NEGLIGENCIA E).- EDIFICACIÓN CON EXCESO DE PESO DE ACUERDO AL CÁLCULO ESTRUCTURAL 2).- DOCUMENTOS DE PROYECTO A).- NO CONTAR CON MEMORIA DE CÁLCULO ESTRUCTURAL (TECHUMBRES) B).- NO CONTAR CON MEMORIAS DESCRIPTIVAS C).- NO CONTAR CON PLANOS DEL PROYECTO D).- NO CONTAR CON PLANOS ARQUITECTÓNICOS E).- NO CONTAR CON PLANO DE DESCARGA DE AGUAS PLUVIALES F).- NO CONTAR CON MEMORIA DE CÁLCULO DE DESCARGA DE AGUAS PLUVIALES G).- NO CONTAR CON CONSTANCIA DE NO AFECTACIÓN ARBÓREA H).- NO CONTAR CON LICENCIA DE USO DE SUELO 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 112 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090050209 00 61090050210 00 61090050211 00 61090050212 00 61090050213 00 61090050214 00 61090050215 00 61090050216 00 61090050217 00 61090050218 00 61090060000 00 I).- NO CONTAR CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN 50 UMA 5 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA J).- NO CONTAR CON FACTIBILIDAD DE CONEXIÓN AL DRENAJE K).- NO CONTAR CON PERMISO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (EN CASO DE INVADIR ZONA FEDERAL) L).- NO CONTAR CON CONSTANCIA DE SEGURIDAD ESTRUCTURAL M).- NO CONTAR CON MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA PUERTA DE SEGURIDAD N).- NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DE LOS VENTILADOR DE TECHO Ñ).- NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DEL AIRE ACONDICIONADO O).- NO CONTAR CON BITÁCORA DE MANTENIMIENTO DE ELEVADOR P).- NO CONTAR CON RESPONSIVA TÉCNICA DE INSTALACIÓN DE VENTILADOR DE TECHO Q).- NO CONTAR CON PELÍCULA ANTIASTILLANTE EN VIDRIOS V.- MEDIDA REQUERIDA OBLIGATORIAMENTE DE ACUERDO A LA NORMA OFICIAL MEXICANA CORRESPONDIENTE Y REGLAMENTO APLICABLE 1).- ALMACENAMIENTO Y RECIPIENTE LÍQUIDO INFLAMABLE CON MÁS DE 1,000 LITROS DE CAPACIDAD EN GASOLINERA A).- NO CONTAR CON PRUEBAS DE HERMETICIDAD VIGENTES B).- NO CONTAR CON PRUEBAS DE HERMETICIDAD POR UNIDAD VERIFICADORA SEGURIDAD SOLICITADA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA DE Y C).- NO CONTAR CON ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 61090060100 00 61090060101 00 61090060102 00 61090060103 00 61090060104 00 61090060105 00 61090060106 00 61090060107 00 61090060108 H).- ESPACIOS ANULARES HÚMEDOS E).- EMPAQUES ELÉCTRICA ANTI EXPLOSIÓN G).- NO CONTAR CON TIERRA FÍSICA F).- NO CONTAR CON SISTEMA DE VENTEO D).- NO CONTAR CON DIAGRAMAS DE DISPERSIÓN. INCOMPLETOS DE LA 50 UMA 50 UMA INSTALACIÓN 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 113 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 00 61090060109 00 61090060110 00 61090060111 00 61090060112 00 61090060113 00 61090060113 01 61090060113 02 61090060113 03 61090060113 04 61090060113 05 61090060113 06 61090060113 07 61090060113 08 61090060113 09 61090060113 10 61090060200 00 61090060201 00 61090060202 00 61090060203 00 I).- POZO DE OBSERVACIÓN HÚMEDO O CON PRODUCTO 50 UMA J).- VÁLVULA DE CORTE MANUAL INOPERABLE K).- SISTEMA DE MONITOREO INOPERABLE L).- LA FALTA DE MANTENIMIENTO DE ALGUNA VÁLVULA, SEGURO, PARA VERIFICACIÓN) TAPA, OTROS ACCESIBLES (NO 50 UMA 50 UMA 50 UMA M).- DISPENSARIOS M1).- VÁLVULAS DE CORTE MANUAL INOPERABLES 50 UMA M2).- VÁLVULA SHOT OFF EN MAL ESTADO M3).- LAGRIMEO, SUDADO O FUGA M4).- SISTEMA PARO DE EMERGENCIA INOPERABLE M5).- FALTA DE TIERRA FÍSICA M6).- SISTEMA DE MONITOREO INOPERABLE M7).- EMPAQUES INCOMPLETOS M8).- FALTA DE TAPAS Y TAPONES DE CONEXIONES ANTI EXPLOSIÓN M9).- MANGUERA EN MAL ESTADO 50 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 50 UMA M10).- ABASTECER COMBUSTIBLE CON PASAJEROS 50 UMA 2).- DOCUMENTACIÓN PROGRAMA DE SEGURIDAD EMERGENCIA Y EVALUACIÓN A).- PLAN DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN INCOMPLETO 50 UMA B).- PROGRAMA INTERNO DE EMERGENCIA INEXISTENTE C).- PROGRAMA DE SIMULACROS INCOMPLETO 50 UMA 50 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 114 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090060204 00 61090060205 00 61090060206 00 61090060207 00 61090060208 00 61090060209 00 61090060210 00 61090060211 00 61090060212 00 61090060213 00 61090060300 00 61090060301 00 61090060302 00 61090060303 00 61090060304 00 61090060305 00 61090060306 00 61090060307 00 61090060308 00 D).- PROGRAMA DE SIMULACROS INEXISTENTE E).- LA NO REALIZACIÓN DE UN SIMULACRO DE ACUERDO AL PROGRAMA F).- LA SUSPENSIÓN DE UN SIMULACRO SIN PREVIO AVISO G).- LA NO APROBACIÓN DE UN SIMULACRO H).- BRIGADA INEXISTENTE I).- BRIGADA INCOMPLETA J).- NO TENER LA CONSTANCIA DE CAPACITACIÓN: K) FALTA DE CONSTANCIA DE COMBATE A INCENDIO L).- FALTA DE CONSTANCIA DE USO Y MANEJO DE EXTINTOR M).- FALTA DE CONSTANCIA DE PRIMEROS AUXILIOS 3).- REQUISITOS EN GENERAL: A).- SALIDA DE EMERGENCIA OBSTRUIDA B).- ALMACENAMIENTO DE MATERIAL INFLAMABLE EN ÁREA NO ADECUADA C).- LUGAR LABORAL CON VENTILACIÓN INADECUADA D).- FALTA DE MANTENIMIENTO A CAMPANA EXTRACTORA DE AIRE CALIENTE (GRASAS COCINAS) E).- LA FALTA DE FILTROS DE CAMPANAS EXTRACTORAS DE AIRE CALIENTE (GRASAS COCINA) F).- PUNTO DE REUNIÓN OBSTRUIDO O CUALQUIER SEÑALIZACIÓN G).- EQUIPO CONTRA INCENDIO OBSTRUIDO 50 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 10 UMA 10 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA 50 UMA 50 UMA H).- OCASIONAR ALGÚN RIESGO QUE PONGA EN PELIGRO, LA VIDA DE LAS PERSONAS, LOS BIENES, EL ENTORNO ECOLÓGICO 250 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 115 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 61090060309 00 61090060310 00 61090060311 00 61090060312 00 61090060313 00 61090060314 00 61090060315 00 61090060316 00 61090060317 00 61090060318 00 61090060319 00 61090060320 00 61090060321 00 61090060322 00 61090060323 00 61090060324 00 61090060325 I).- LA NEGLIGENCIA POR LA TRANSFERENCIA DE ALGÚN MATERIAL PELIGROSO SIN TOMAR LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD DEBIDAS PONIENDO EN RIESGO LA INTEGRIDAD DE LA PERSONAS SUS BIENES Y EL ENTORNO ECOLÓGICO J).- EN CASO DE QUE EL PISO NO SEA ANTIDERRAPANTE O NO CUENTE CON CINTAS ANTIDERRAPANTES K).- EL NO CONTAR CON EL EQUIPO CONTRA INCENDIO NECESARIO L).- PRESENCIA DE AGENTE CONTAMINANTE O POLVO QUE PONGAN EN RIESGO LA SALUD DE TRABAJADORES Y POBLACIÓN EN GENERAL Y EL ENTORNO ECOLÓGICO M).- POR EL DESECHO DE SUSTANCIA PELIGROSA A LA VÍA PÚBLICA, DRENAJE, BARRANCA ETC. N).- NO CONTAR CON DISTINTIVO INTERVENGAN EN Ñ).- LESIONAR A PERSONA QUE SIMULACRO O).- NO CONTAR CON EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA BRIGADA P).- EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA BRIGADA, INCOMPLETO. Q).- NO CONTAR CON BITÁCORA DE REGISTRO DE ACCIONES PREVENTIVAS (SIMULACROS). R).- NO CONTAR CON CERTIFICACIÓN DE BITÁCORA DE REGISTRO DE ACCIONES PREVENTIVAS (SIMULACROS). S).- POR PRÁCTICAS NO APROBADAS POR BRIGADISTAS T).- OBSTACULIZAR LAS ACTIVIDADES DE INSPECCIÓN, PREVENCIÓN O AUXILIO A LA POBLACIÓN EN CASO DE RIESGO, EMERGENCIA O DESASTRE U).- POR NO CUMPLIR LAS MEDIDAS BÁSICAS DE SEGURIDAD EN EVENTO PÚBLICO O PRIVADO V).- POR LA FALTA DE VISTO BUENO EN MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL DE CADA EJERCICIO FISCAL W).- POR REINCIDENCIA EN LA FALTA DEL DICTAMEN TÉCNICO EN MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL DE CADA EJERCICIO FISCAL X).- POR NO TENER A LA VISTA EL VISTO BUENO DE LOS 250 UMA 50 UMA 50 UMA 250 UMA 250 UMA 5 UMA 250 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 101 A 500 UMA 250 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 116 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 00 61090060326 00 61090060327 00 61090060328 00 61090060329 00 61090060330 00 61090060331 00 61090060332 00 61090060333 00 61090060334 00 61090060335 00 61090060336 00 61090060337 00 61090060338 00 61090060339 00 61090060340 00 61090060341 00 61090060342 MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL Y).- POR NO PRESENTAR SU PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL Z).- POR NO ACTUALIZAR SU PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL AA).- POR NO CONTAR CON VISTO BUENO EN MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL PARA ESPECTÁCULO Y DIVERSIÓN PÚBLICA AB).- POR EL RETIRO DE SELLOS Y CINTILLAS DE SUSPENSIÓN, SUSPENSIÓN TEMPORAL Y/O CLAUSURA TOTAL O PARCIAL AC).- POR NO EXHIBIR LA PÓLIZA DE SEGURO CONTRA RIESGO CIVIL Y ADMINISTRATIVO DAÑOS A TERCEROS AD).- POR NO CUMPLIR CON CUALQUIERA DE LOS REQUERIMIENTOS DE PROTECCIÓN CIVIL AE).- POR NO CONTAR CON EL NIVEL DE ILUMINACIÓN ADECUADO AL ESTABLECIMIENTO AF).- POR NO CONTAR CON SALIDA DE EMERGENCIA CON LAS MEDIDAS ADECUADAS AG).- POR NO CONTAR CON SU DIRECTORIO TELEFÓNICO DE AYUDA EXTERNA AH).- POR NO CONTAR CON VENTILACIÓN SUFICIENTE EN LA BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS QUE EVITEN LA ACUMULACIÓN DE GASES AI).- POR FALTA DEL DICTAMEN EN MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL PARA DESARROLLO HABITACIONAL O AUTORIDAD CORRESPONDIENTE AJ).- POR LA SITUACIÓN DE RIESGO O EMERGENCIA EN EL TRANSPORTE DE MATERIAL PELIGROSO AK).- POR NO CONTAR CON AUTORIZACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL PARA ABASTECER VEHÍCULOS QUE CARBUREN GAS L.P. AL).- POR LA RESPONSABILIDAD DE FUGA, DERRAME O DESCARGA DE MATERIAL PELIGROSO AM).- CUANDO PONGAN EN PELIGRO DE MANERA GRAVE EL ORDEN PÚBLICO O SEGURIDAD DE LA POBLACIÓN AN).- POR NO REALIZAR EL CAMBIO DEL TANQUE ESTACIONARIO O CAMBIO DE VÁLVULAS DEL MISMO AÑ).- POR EL LLENADO DE TANQUES PORTÁTILES EN PROYECTO QUE DETERMINE LA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 250 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 50 UMA 5 UMA 250 UMA 250 UMA 250 UMA 250 UMA 250 UMA 250 UMA 250 UMA 50 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 117 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 00 61090060343 00 61090060344 00 61090060345 00 61090060346 00 61090060347 00 61090060348 00 61090060349 00 VEHÍCULOS QUE NO CARBUREN GAS LP AO).- LAS DEMÁS RESPONSABILIDADES QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES DE PROTECCIÓN CIVIL DE ACUERDO AL RIESGO QUE DICTAMINE LA MISMA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL. AP).- OMITIR EL DICTAMEN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE PROTECCIÓN CIVIL PARA ABRIR UN NEGOCIO, ESCUELA, COMERCIO O INDUSTRIA, CUANDO SEA REQUERIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE AQ).- SI EL INMUEBLE NO CUENTA CON SISTEMA CONTRA INCENDIO AR).- INCUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN ESTABLECIDAS EN LOS PROGRAMAS INTERNOS DE PROTECCIÓN CIVIL AS).- IMPEDIR AL PERSONAL DE PROTECCIÓN CIVIL EL ACCESO A SUS INSTALACIONES PARA REVISAR EL CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Y EL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CIVIL AT).- REALIZAR ACTIVIDADES QUE REPRESENTEN RIESGO A LA POBLACIÓN, SUS BIENES Y EL ENTORNO ECOLÓGICO AU).- POR AFECTACIÓN A LA POBLACIÓN, SU INTEGRIDAD FÍSICA, BIENES Y ENTORNO ECOLÓGICO 250 UMA 50 UMA 50 UMA 137 UMA 137 UMA 137 UMA 137 UMA SECCIÓN SÉPTIMA 6.1.10 EN MATERIA DE OBRA PÚBLICA ARTÍCULO 49.- LAS SANCIONES QUE CAUSEN LOS CONTRIBUYENTES POR FALTAS EN MATERIA DE OBRA, SE COBRARÁ DE ACUERDO A LAS CUOTAS Y TARIFAS SIGUIENTES: CONCEPTO 1).- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO AL PAGO DE DERECHOS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE OBRAS Y USOS DE SUELO NO AUTORIZADOS 2).- POR CONSTRUCCIONES OMISAS, DETECTADAS POR LAS AUTORIDADES FISCALES Y DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO, SE LA REGULARIZACIÓN DE 6110001010000 6110001020000 CUOTA TARIFA 10 A 1500 UMA 20% A 200% Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 118 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 LAS TARIFAS APLICABLES COBRARÁ UNA MULTA ADICIONAL AL TOTAL DE A CONSTRUCCIONES. 3).- MULTAS INFRACTORES QUE A AMERITEN, CONFORME AL PORCENTAJE QUE CORRESPONDA AL IMPORTE DEL IMPUESTO O DERECHO OMITIDO 6110001030000 6110001030100 A).- GRAVE HASTA 6110001030200 B).- LEVES HASTA 300 % 150 % 6110001040000 6110001050000 6110001060000 4).- MULTA POR RETIRO DE SELLOS DE SUSPENSIÓN DE OBRA Y CONTINUAR TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN 5).- MULTA POR COLOCACIÓN DE ANTENAS DE TELEFONÍA CELULAR O DE CUALQUIER OTRO TIPO DE USO, SIN CONTAR CON AUTORIZACIÓN 6).- MULTA POR UTILIZAR LA VÍA PÚBLICA CON MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN, DESPUÉS DE LOS TRES DÍAS, POR DÍA, DE ACUERDO A LA SIGUIENTE MODALIDAD: 500 UMA 100 A 500 UMA 6110001060100 A).- HABITACIONALES 6110001060200 B).- COMERCIALES 6110001060300 C).- FRACCIONAMIENTOS 6110001060400 D).- CONDOMINIOS 6110001060500 E).- OTROS USOS 6110001070100 6110001080100 7).- MULTA POR RETIRO DE SELLOS DE CLAUSURA DE OBRA Y CONTINUAR CON LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN 8).- MULTA POR LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN INICIAR TRABAJOS SIN SECCIÓN OCTAVA 6.1.1.1 EN MATERIA DE SALUD Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 0.20 A 0.50 UMA 0.50 A 0.80 UMA 0.80 A 1.00 UMA 0.80 A 1.00 UMA 0.50 A 0.80 UMA 10 A 500 UMA 10 A 500 UMA 119 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 50.- LAS SANCIONES QUE CAUSEN LOS CONTRIBUYENTES POR FALTAS EN MATERIA DE SALUD, CONTROL Y FOMENTO SANITARIO SE COBRARÁN DE ACUERDO A LAS CUOTAS SIGUIENTES: CRI 6111000000000 6111001010000 CONCEPTO CUOTA INFRACCIONES EN MATERIA DE SALUD 1).- A MANEJADORES DE ALIMENTOS FIJOS, SEMIFIJOS Y AMBULANTES: 6111001010100 A).- POR USO DE ALHAJAS Y SIMILARES 6111001010200 B).- POR NO TENER UÑAS CORTAS 6111001010300 C).- POR NO USAR CUBRE PELO O MANDIL 6111001010400 6111001010500 6111001010600 D).- POR COBRAR Y MANEJAR LOS ALIMENTOS POR LA MISMA PERSONA E).- POR NO TENER BOTE DE BASURA CON TAPA Y BOLSA DE PLÁSTICO F).- POR NO UTILIZAR HIELO EN BOLSA DE PLÁSTICO CON REGISTRO DE COMPRA 6111001010700 G).- POR NO MANTENER LOS ALIMENTOS TAPADOS 6111001010800 H).- OTRAS OMISIONES DE MEDIDAS HIGIÉNICAS 6111001010900 I).- POR FALTA DE CREDENCIAL DE SANIDAD DEL PERSONAL QUE MANEJE ALIMENTOS. J) POR TENER UÑAS CON ESMALTE. 6111001011000 6111001020000 2).- LAVANDERÍAS Y BAÑOS PÚBLICOS: 6111001020100 6111001020200 6111001020300 6111001020400 A).- QUE NO EXISTAN ÁREAS PARA RECIBIR Y ALMACENAR ROPA SUCIA Y DEPOSITAR LA ROPA LIMPIA B).- POR PRESENCIA DE ANIMALES, MASCOTAS Y FAUNA NOCIVA C).- POR FALTA DE CESTO O BOLSA DE PLÁSTICO PARA ROPA SUCIA D).- CUANDO EL ESTABLECIMIENTO NO DEMUESTRE LA REALIZACIÓN DE UN ADECUADO PROCESO DE LAVADO Y DESINFECCIÓN DE LOS BAÑOS 2.5 UMA 2.5 UMA 2.5 UMA 2.5 UMA 2.5 UMA 3 UMA 3 UMA 2.5 UMA 5 UMA 2.5 UMA 6 UMA 5 UMA 2.5 UMA 6 UMA 6111001030000 3).- HOTELES, MOTELES, CASAS DE HUÉSPEDES Y HOSTALES: 6111001030100 A).- POR QUE EL PERSONAL QUE INTERVENGA EN CUALQUIERA DE LAS ETAPAS DEL PROCESO DE ELABORACIÓN Y VENTA DE ALIMENTOS NO PRESENTE TARJETA DE CONTROL SANITARIO. 2.5 UMA 6111001030200 B).- POR QUE HAYA FAUNA NOCIVA EN LAS ÁREAS 2.5 UMA Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 120 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 6111001030300 6111001030400 FÍSICAS COMO ROPA DE CAMA, COLCHONES, CORTINAS, SOFÁS Y SILLONES C).- POR PERMITIR ANIMALES O MASCOTAS AL INTERIOR DE LAS HABITACIONES. D).-POR FALTA DE ASEO DIARIO EN LAS HABITACIONES RENTADAS. 6111001030500 E).- OTRAS OMISIONES DE MEDIDAS HIGIÉNICAS 6111001040000 4).- BALNEARIOS: 6111001040100 6111001040200 6111001040300 6111001040400 A).- POR FALTA DE LAVADO Y DESINFECTADO DE ROPA DE USO DE BAÑISTAS COMO TOALLAS: B).- POR AUSENCIA O NIVELES DE CLORO MENOR A 0.5 PARTES POR MILLÓN EN EL AGUA DE LAS ALBERCAS. C).- POR LA PRESENCIA DE MATERIAL INSALUBRE CERCA O DENTRO DE LAS ALBERCAS QUE REPRESENTEN UN RIESGO SANITARIO. D).- POR PERMITIR EL INGRESO DE PERSONAS CON MANIFESTACIONES DE ENFERMEDADES CUTÁNEAS TRANSMISIBLES, ABSCESOS BACTERIANOS INFECCIONES O 2.5 UMA 2.5 UMA 2.5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 5 UMA 6111001050000 5).- CENTROS DE REUNIÓN Y ESPECTÁCULOS: 6111001050100 A).- POR PERMITIR EL ACCESO A PERSONAS CON SIGNOS DE INTOXICACIÓN ETÍLICA Y POR ENERVANTES 9 UMA 6111001060100 6111001060000 6).- A LAS PERSONAS QUE EJERZAN EL SEXO SERVICIO: A).- SIN CONTAR CON TARJETA DE CONTROL SANITARIO, LA SANCIÓN POR PRIMERA VEZ SERÁ DE B).- CADA INSPECCIÓN MÁS QUE NO CUENTE CON TARJETA DE CONTROL SANITARIO SERÁ UN ACUMULADO DE HASTA UN MÁXIMO DE 6111001060200 1.5 UMA 3 UMA TÍTULO SÉPTIMO 8 DE LAS PARTICIPACIONES Y APORTACIONES CAPÍTULO PRIMERO 8.1 DE LAS PARTICIPACIONES Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 121 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 51.- EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDAN POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES FEDERALES, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL Y EN LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 52.- EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDAN POR CONCEPTO DE PARTICIPACIONES ESTATALES, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA LEY DE GENERAL DE HACIENDA DEL ESTADO DE MORELOS. CAPÍTULO SEGUNDO 8.2 DE LAS APORTACIONES ARTÍCULO 53.- EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDAN POR CONCEPTO DE APORTACIONES FEDERALES, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL Y EN LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 54.- EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDAN POR CONCEPTO DE APORTACIONES ESTATALES, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS. CAPÍTULO TERCERO 8.3 INGRESOS POR CONVENIO ARTÍCULO 55.- EL MUNICIPIO, POR CONDUCTO DEL AYUNTAMIENTO, PODRÁ CELEBRAR CONVENIOS EN MATERIA DE COLABORACIÓN FISCAL Y ADMINISTRATIVA CON EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, EL GOBIERNO FEDERAL O CUALQUIER OTRA DEPENDENCIA, DE DONDE OBTENDRÁ LOS INCENTIVOS QUE EN LOS MISMOS SE PACTEN. TÍTULO OCTAVO 9.2.01 OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 122 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EN VENTA DE ESPECIE, HERENCIAS, CESIONES, ARTÍCULO 56.- EL MUNICIPIO PODRÁ PERCIBIR OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS POR CONCEPTO DE: EMPRÉSTITOS, DONATIVOS, DONATIVOS LEGADOS, INDEMNIZACIONES, ADJUDICACIONES JUDICIALES, ADJUDICACIONES ADMINISTRATIVAS, POR SUBSIDIO DE ORGANISMOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, BIENES MOSTRENCOS, REINGRESOS, COOPERACIONES DERIVADAS DE LOS CENTROS DE ESTANCIA INFANTIL MUNICIPALES DEPENDIENTES DEL DIF, INGRESOS OBTENIDOS POR CONCEPTO DE INTERÉS GANADOS DE VALORES, CRÉDITOS, BONOS, INVERSIONES Y OTROS, ASÍ COMO AQUELLOS QUE DECRETE EL CONGRESO DEL ESTADO. ASÍ MISMO, SE LE AUTORIZA A RECIBIR TODO TIPO DE LEGADOS, INGRESOS POR SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO, LOS CONCEPTOS SIN TARIFA ESPECÍFICA, SE CALCULARÁN DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES FISCALES APLICABLES, DECRETOS, ACUERDOS O CONVENIOS QUE SE ESTABLEZCAN. SE LE AUTORIZA TAMBIÉN A RECIBIR LOS INGRESOS NO CONTEMPLADOS EN LA PRESENTE LEY. DE LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS Y ESTÍMULOS FISCALES TÍTULO NOVENO CAPÍTULO PRIMERO DE LOS IMPUESTOS ARTÍCULO 57.- A LOS CONTRIBUYENTES QUE PAGUEN DE FORMA ANTICIPADA ENTEREN EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A TODO EL AÑO, SE LES PODRÁ OTORGAR ESTÍMULOS FISCALES EN EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, CONFORME A LO SIGUIENTE: DURANTE EL MES DE ENERO 12%, DURANTE EL MES DE FEBRERO 10% Y MARZO 8% DEL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO QUE TRANSCURRE; A LOS CONTRIBUYENTES Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 123 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 QUE PAGUEN DE FORMA ANTICIPADA EL IMPUESTO DE TODO EL EJERCICIO 2020, SE LES OTORGARÁ DESCUENTO EN EL MES DE OCTUBRE 15%, NOVIEMBRE 13% Y UN 10% DE DESCUENTO EN EL MES DE DICIEMBRE, EL CUAL NO PODRA SER EJERCIDO EN EL AÑO CORRIENTE. I.- LOS PROPIETARIOS DE BIENES INMUEBLES QUE COMPRUEBEN QUE SE ENCUENTRAN EN EL SUPUESTO DE: PENSIONADOS, JUBILADOS, CON CAPACIDADES DIFERENTES Y PERSONAS DE MÁS DE 60 AÑOS DE EDAD, SE LES PODRÁ OTORGAR LA CONDONACIÓN DE HASTA EL 50% DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, CORRIENTE O ANTICIPADO Y SERÁ APLICABLE A UN SOLO BIEN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, SIEMPRE Y CUANDO NO EXISTAN COPROPIETARIOS QUE NO REÚNAN LOS REQUISITOS PARA LA CONDONACIÓN. II.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL, PODRÁ OTORGAR CONDONACIÓN TOTAL O PARCIAL A PREDIOS OCULTOS, SOBRE LOS RECARGOS DEL IMPUESTO PREDIAL, DE CONFORMIDAD A LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS CONSAGRADAS EN LA LEY DE INGRESOS MUNICIPAL DE ESTE MUNICIPIO. III.- A TODO EL QUE TENGA UN CRÉDITO FISCAL POR MÁS DE 5 AÑOS DE REZAGO EN EL IMPUESTO PREDIAL, SÓLO SE LE APLICARÁ EL COBRO DE 5 AÑOS INCLUYENDO EL AÑO CORRIENTE DENTRO DEL MISMO PERIODO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 56 DEL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE MORELOS EN VIGOR. IV.- ES FACULTAD EXCLUSIVAMENTE DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y DE LA PERSONA QUE ÉSTE DESIGNE, OTORGAR CONDONACIÓN TOTAL O PARCIAL SOBRE LOS RECARGOS, APROVECHAMIENTOS Y LOS ACCESORIOS QUE DE ELLOS SE DERIVEN, POR EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL HASTA POR UN 100%. SE LE AUTORIZA TAMBIÉN A CELEBRAR CONVENIOS, CON AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE SOLICITEN EFECTUAR PAGOS DEL IMPUESTO PREDIAL EN PARCIALIDADES, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 8 SEGUNDO PÁRRAFO DE LA PRESENTE LEY. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 124 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 A IMPLEMENTAR PROGRAMAS DE RECAUDACIÓN DE ARTÍCULO 58.- LOS PREDIOS PROPIEDAD DE PARTICULARES QUE SEAN DADOS EN COMODATO A FAVOR DEL MUNICIPIO Y QUE SEAN DESTINADOS ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES O RECREATIVAS, SE LES PODRÁ CONDONAR HASTA EL 100% DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL DURANTE EL PERÍODO DEL COMODATO, EXCEPTO LOS QUE TRIBUTEN BAJO CUOTA MÍNIMA. ARTÍCULO 59.- SE AUTORIZA AL PRESIDENTE MUNICIPAL, A OTORGAR DESCUENTOS EN EL PAGO DE RECARGOS POR IMPUESTO PREDIAL, A FIN DE LOS CONTRIBUYENTES. ARTÍCULO 60.- SE PODRÁN OTORGAR CONDONACIONES EN EL PAGO DE IMPUESTO PREDIAL POR LOS AÑOS ANTERIORES AL EJERCICIO FISCAL, PARA LOS PREDIOS QUE CAUSEN MEDIANTE LA ALTA VOLUNTARIA LA REGULARIZACIÓN CATASTRAL DE SU PREDIO. ARTÍCULO 61.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL Y LA PERSONA QUE ÉL DESIGNE, QUEDA FACULTADO PARA OTORGAR ESTÍMULOS FISCALES, DESCUENTOS Y CONDONACIONES EN EL PAGO DE IMPUESTOS, ASÍ COMO EN LOS ACCESORIOS QUE DE ELLOS SE DERIVEN. ASÍ MISMO, EL PRESIDENTE MUNICIPAL O LA AUTORIDAD FISCAL QUE ÉSTE DESIGNE POR ESCRITO, QUEDA FACULTADO PARA REALIZAR CAMPAÑAS DE CONDONACIÓN, REGULARIZACIÓN FISCAL Y CATASTRAL, ASÍ COMO CAMPAÑAS PARA EL COBRO DEL IMPUESTO PREDIAL, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 7 FRACCIÓN I, 8 FRACCIÓN II INCISO A) Y C) DEL CÓDIGO FISCAL PARA EL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 62.- LAS AUTORIDADES FISCALES MUNICIPALES, PREVIO ACUERDO DE CABILDO, PODRÁN CONCEDER UN ESTÍMULO FISCAL DE HASTA EL 100% DE LOS RECARGOS Y MULTAS A TODOS AQUELLOS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 125 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CONTRIBUYENTES, POSEEDORES O PROPIETARIOS DEL SUELO Y LAS CONSTRUCCIONES ADHERIDAS A ÉL, QUE SE INCORPOREN AL PROGRAMA DE ALTAS VOLUNTARIAS AL PADRÓN CATASTRAL DE BIENES INMUEBLES (VIGENCIA DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2019), PROMOVIDO POR EL MUNICIPIO, CON LOS REQUISITOS Y DISPOSICIONES ESTABLECIDOS, PUDIENDO PAGAR ÚNICAMENTE EL IMPUESTO PREDIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL CORRIENTE; EN LOS PAGOS POR DERECHOS CATASTRALES SE LES PODRÁ CONCEDER UN INCENTIVO DE HASTA UN 100%, EN CADA TRÁMITE ARTÍCULO 63.- EL AYUNTAMIENTO, DENTRO DE LAS FACILIDADES FISCALES QUE OTORGA LA LEY INGRESOS MUNICIPAL DE ESTE MUNICIPIO, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONTRIBUCIONES FISCALES DEL IMPUESTO PREDIAL Y RESPETANDO LA COSTUMBRE DE QUIEN PREFIERA PAGAR EN FORMA ANTICIPADA SUS CONTRIBUCIONES, PODRÁ RECIBIR EL IMPORTE DE LOS MONTOS RECAUDADOS POR PAGO ADELANTADO, SI ESTE ES EL CASO, DEBIENDO REGISTRAR TALES INGRESOS DE CONFORMIDAD CON LA LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL, LAS NORMAS Y ACUERDOS EMITIDOS POR EL CONSEJO NACIONAL DE ARMONIZACIÓN CONTABLE. CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS ARTÍCULO 64.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL, QUEDA FACULTADO PARA OTORGAR ESTÍMULOS, POR CONCEPTO DE DESCUENTOS EN EL PAGO DE DERECHOS POR CONCEPTO DE REGISTRO CIVIL, PUDIENDO DELEGAR ESTA FACULTAD EN EL FUNCIONARIO QUE ÉL DESIGNE. DE LA MISMA FORMA, SE CONDONARÁ TOTAL O PARCIALMENTE EL REGISTRO DE NACIMIENTOS ORDINARIOS Y EXTEMPORÁNEOS, ASÍ COMO EL REGISTRO DE MATRIMONIOS SEÑALADOS EN EL ARTICULO 28 DE ESTA LEY, A FAVOR DE LA POBLACIÓN DE ESCASOS RECURSOS, ESTO POR CONDUCTO DE LAS CAMPAÑAS QUE SE LLEVEN A CABO, POR EL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 126 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO Y/O LA DIRECCIÓN DE REGISTRO CIVIL. ASÍ MISMO, SE PODRÁ OTORGAR LA CONDONACIÓN DE HASTA EL 50%, POR CONCEPTO DE PAGO DE DERECHOS A PENSIONADOS, JUBILADOS, PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES Y PERSONAS QUE ACREDITEN CON UN DOCUMENTO OFICIAL TENER 60 AÑOS O MÁS, SIEMPRE Y CUANDO EL TRÁMITE SEA PERSONAL. ARTÍCULO 65.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL O LA PERSONA QUE ÉSTE DESIGNE, PODRÁN OTORGAR L A CONDONACIÓN DEL 50%, EN LAS REGULARIZACIONES VOLUNTARIAS EN EL PAGO DE DERECHOS DE CUALQUIER TIPO, POR LOS SERVICIOS DE OBRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO URBANO. ARTÍCULO 66.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL Y LA PERSONA QUE ÉL DESIGNE, QUEDA FACULTADO PARA OTORGAR ESTÍMULOS FISCALES, DESCUENTOS Y CONDONACIONES EN EL PAGO DE DERECHOS, ASÍ COMO EN LOS ACCESORIOS QUE DE ELLOS SE DERIVEN. TODOS LOS DERECHOS SE COBRARAN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE LEY DE MANERA SUPLETORIA A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS ARTICULO 67.- A LOS CONTRIBUYENTES QUE EN EL MES DE DICIEMBRE 2019 DE FORMA ANTICIPADA PAGUEN EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A TODO EL AÑO 2020 DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE, SE LES PODRÁ APLICAR EL DESCUENTO DE UN MES EN EL PAGO DEL TOTAL DE LA ANUALIDAD (PROMOCION 11 X 12). ASI MISMO, A LOS CONTRIBUYENTES QUE EN EL MES DE ENERO DE FORMA ANTICIPADA PAGUEN EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A TODO EL AÑO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE, SE LES PODRÁ APLICAR EL Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 127 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DESCUENTO DE UN MES EN EL PAGO DEL TOTAL DE LA ANUALIDAD (PROMOCION 11 X 12). CAPÍTULO TERCERO DE LOS APROVECHAMIENTOS. ARTÍCULO 68.- PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS, LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DEBERÁ INDIVIDUALIZARLAS, ATENDIENDO A LA GRAVEDAD DE LA FALTA COMETIDA; A LA CAPACIDAD Y CONDICIÓN SOCIOECONÓMICA DEL SUJETO INFRACTOR; A LA REINCIDENCIA Y A LAS DEMÁS CARACTERÍSTICAS DEL ASUNTO EN PARTICULAR, ATENDIENDO A LO DISPUESTO EN LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 69.- EN RELACIÓN A LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO, SE PODRÁ APLICAR LA CONDONACIÓN DEL 40%, SI EL PAGO SE REALIZA DURANTE LOS TRES PRIMEROS DÍAS; EL 30%, CUANDO EL PAGO SE REALICE ENTRE EL CUARTO Y EL SEXTO DÍA Y CUANDO LA MULTA SE PAGUE DENTRO DEL SÉPTIMO Y DÉCIMO DÍA, SERÁ DEL 25%, A FIN DE EVITAR REZAGOS. ARTÍCULO 70.- NO TENDRÁ APLICACIÓN EL ARTÍCULO ANTERIOR EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: CUANDO SE CONDUZCA EN ESTADO DE EBRIEDAD, BAJO LOS EFECTOS DE ALGUNA DROGA O ENERVANTE, POR EXCESO DE VELOCIDAD, FALTA DE PRECAUCIÓN, CAUSANDO DAÑOS A TERCEROS O FALLECIMIENTOS Y EN REINCIDENCIA. TÍTULO DÉCIMO DISPOSICIONES DIVERSAS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES DIVERSAS Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 128 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DE EFECTO ARTÍCULO 71.- EL PRESIDENTE MUNICIPAL O LA PERSONA QUE ÉL DESIGNE POR ESCRITO, PODRÁ OTORGAR DESCUENTOS EN RECARGOS, MULTAS Y APROVECHAMIENTOS, ASÍ COMO EN LOS ACCESORIOS QUE DE ESTOS SE DERIVEN DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO, HASTA POR EL 100%. ARTÍCULO 72.- LOS NOTARIOS PÚBLICOS, PARA OTORGAR ESCRITURAS RELATIVAS A CUALQUIER ACTO JURÍDICO QUE SE CELEBRE RESPECTO DE BIENES INMUEBLES UBICADOS EN EL TERRITORIO DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, DEBERÁN SOLICITAR A LOS CONTRATANTES O COMPARECIENTES, PARA LA PROTOCOLIZACIÓN CORRESPONDIENTE, LA ACREDITACIÓN DE HABER CUBIERTO LOS DERECHOS E IMPUESTOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, ASÍ COMO A CUALQUIER FORMA DE FRACCIÓN, FUSIÓN, LOTIFICACIÓN, CONSTITUCIÓN DEL RÉGIMEN DE CONDOMINIO, FRACCIONAMIENTO O CONJUNTO HABITACIONAL, PREVIAMENTE AUTORIZADO POR EL MUNICIPIO. ARTÍCULO 73.- TODOS LOS INGRESOS QUE PERCIBA ESTE H. AYUNTAMIENTO, DEBERÁN SER INGRESADOS A LA TESORERÍA MUNICIPAL Y REGISTRADOS EN LA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL. ARTÍCULO 74.- LOS INGRESOS EXCEDENTES QUE OBTENGA EL AYUNTAMIENTO DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2019, SE APLICARÁN A LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES QUE DETERMINE EL PRESIDENTE MUNICIPAL. ARTÍCULO 75.- LAS CONTRIBUCIONES, INCLUYENDO TASAS ADICIONALES, SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA, FRACCIONAMIENTO, DIVISIÓN, CONSOLIDACIÓN, TRASLACIÓN Y MEJORA, SE CAUSARÁN Y COBRARÁN EN INGRESOS SUPLETORIAMENTE CON EL CÓDIGO FISCAL DEL ESTADO DE MORELOS Y DEMÁS DISPOSICIONES. LOS TÉRMINOS DE LA PRESENTE LEY DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 129 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ARTÍCULO 76.- SE AUTORIZA AL SISTEMA DE CONSERVACIÓN, AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA, A RECAUDAR LOS INGRESOS CONFORME A LA LEY ESTATAL DEL AGUA POTABLE DEL ESTADO DE MORELOS, POR CONCEPTO DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES CON LAS TARIFAS QUE LE SEAN AUTORIZADAS. EL PRESIDENTE MUNICIPAL O LA PERSONA QUE ÉSTE DESIGNE POR ESCRITO, PODRÁN OTORGAR DESCUENTOS EN RECARGOS, MULTAS Y APROVECHAMIENTOS, ASÍ COMO DE LOS ACCESORIOS QUE DE ÉSTOS SE DERIVEN POR EL COBRO DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO, HASTA POR EL 100%. LA MISMA AUTORIZACIÓN SE OTORGA AL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA EMILIANO ZAPATA, EN EL COBRO DE LAS CUOTAS O TARIFAS QUE TENGA AUTORIZADA POR LA PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS O LA DOTACIÓN DE BIENES. EL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE EMILIANO ZAPATA, COBRARÁ LAS CUOTAS DE RECUPERACIÓN POR LOS SERVICIOS Y BIENES DE ASISTENCIA SOCIAL QUE PROPORCIONE. CUANDO SE TRATE DE PERSONAS EN CONDICIÓN DE POBREZA EXTREMA O NECESIDAD Y QUE ASÍ LO ACREDITEN, LA CUOTA LES SERÁ CONDONADA ARTÍCULO 77.- DE LOS MONTOS REALES RECIBIDOS DE LA FEDERACIÓN POR LAS PARTICIPACIONES A LOS MUNICIPIOS DE LA RECAUDACIÓN FEDERAL Y DE LAS APORTACIONES DEL RAMO 33, POR CONCEPTO DE FONDOS DE APORTACIONES FEDERALES, EN LOS TÉRMINOS DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL, EL MUNICIPIO PERCIBIRÁ DURANTE EL GOBIERNO DEL PARA DISTRIBUIR ESTADO, Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 130 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 1º DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019, LAS CANTIDADES QUE PARA EFECTO LE SEAN ASIGNADAS. ARTÍCULO 78.- QUEDA EN SUSPENSO EL COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES QUE CONTRAVENGAN EL CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA FEDERAL DE DERECHOS CELEBRADO ENTRE LA FEDERACIÓN Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS. ARTÍCULO 79.- LA SOLICITUD DE DESCUENTOS EN SU CASO, EN LOS TÉRMINOS DE ESTE ARTÍCULO NO CONSTITUIRÁ INSTANCIA Y LAS RESOLUCIONES QUE DICTE EL AYUNTAMIENTO AL RESPECTO NO PODRÁN SER IMPUGNADAS POR LOS MEDIOS DE DEFENSA ADMINISTRATIVOS. ARTÍCULO 80.- EL MUNICIPIO POR CONDUCTO DEL AYUNTAMIENTO O LAS DEMÁS AUTORIDADES FISCALES, PODRÁN IMPLEMENTAR PROGRAMAS O EMITIR RESOLUCIONES, AUTORIZANDO EL PAGO A PLAZOS U OTORGANDO ESTÍMULOS FISCALES RESPECTO DE LAS CONTRIBUCIONES MUNICIPALES. EN NINGÚN CASO, EL REZAGO O LA MOROSIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES DERIVARÁ, EN ÉSTE U OTROS EJERCICIOS FISCALES, EN LA EMISIÓN DE OBSERVACIONES. DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL PÁRRAFO SEGUNDO, DEL INCISO C), DE LA FRACCIÓN IV, DEL ARTÍCULO 115, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CORRESPONDE ÍNTEGRAMENTE A FAVOR DEL MUNICIPIO, LOS INGRESOS PROVENIENTES DE TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS, ASÍ COMO LOS RELATIVOS A LOS IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO, DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS OTROS ORDENAMIENTOS A SU FAVOR, POR LO QUE NO PODRÁN SER OBJETO DE EXENCIÓN, SUBSIDIO, NI SUJETOS A DESTINO ESPECÍFICO POR PARTE DE LA LEGISLACIÓN ESTATAL O SUS REGLAMENTOS. PARTICIPACIONES, APORTACIONES, ESTABLECIDOS ÉSTE EN U Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 131 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 DE IGUAL MANERA, LOS BIENES EN EFECTIVO, NUMERARIO O EN ESPECIE DE LOS MUNICIPIOS, NO PODRÁN SER OBJETO DE GRAVAMEN, PRENDA, EMBARGO, GARANTÍA, HIPOTECA, PARÁLISIS O SUJETA A INTERVENCIÓN, QUE IMPIDA TOTAL O PARCIALMENTE AL AYUNTAMIENTO LA DISPOSICIÓN DE SUS BIENES Y, POR TANTO, LA SATISFACCIÓN DE NECESIDADES BÁSICAS DE LA SOCIEDAD A LA QUE SIRVE; EXCEPTO LAS PREVISIONES EN ESTE SENTIDO DETERMINADAS POR LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL. ARTÍCULO 81.- LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, PREVIO ACUERDO DE CABILDO Y DENTRO DE LAS FACILIDADES ADMINISTRATIVAS QUE OTORGA LA PRESENTE LEY Y CON LA FINALIDAD DE ACTUALIZAR Y REGULARIZAR LA SITUACIÓN TRIBUTARIA DE LOS CONTRIBUYENTES, PODRÁN IMPLEMENTAR CAMPAÑAS DE DESCUENTOS, CONDONACIONES Y ESTÍMULOS FISCALES EN EL PAGO DE IMPUESTOS, DERECHOS, APROVECHAMIENTOS Y LOS ACCESORIOS QUE ELLOS DERIVEN DURANTE EL EJERCICIO ACTUAL. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO.- REMÍTASE LA PRESENTE LEY AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA LOS FINES QUE INDICA EL ARTÍCULO 44 Y LA FRACCIÓN XVII, DEL ARTÍCULO 70 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS. SEGUNDO.- LA PRESENTE LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, DEL MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS ENTRARÁ EN VIGOR A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN, EN EL PERIÓDICO OFICIAL” TIERRA Y LIBERTAD”, ÓRGANO OFICIAL DEL ESTADO DE MORELOS Y DEBERÁ REALIZAR LOS AJUSTES DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS A PARTIR DEL PRIMERO DE ENERO DEL 2019. TERCERO.- SI EL INFRACTOR DE LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICÍA, FUESE JORNALERO, OBRERO O TRABAJADOR, NO PODRÁ Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 132 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 SER SANCIONADA CON MULTA MAYOR DEL IMPORTE DE SU JORNAL O SALARIO DE UN DÍA. TRATÁNDOSE DE TRABAJADORES NO ASALARIADOS, LA MULTA QUE SE IMPONGA POR INFRACCIÓN DE LOS REGLAMENTOS GUBERNATIVOS Y DE POLICÍA, NO EXCEDERÁ DEL EQUIVALENTE A UN DÍA DE SU INGRESO NORMAL. CUARTO.- EL AYUNTAMIENTO DENTRO DE LAS FACILIDADES QUE BRINDE PARA EL CUMPLIMIENTO FISCAL Y RESPETANDO LA COSTUMBRE DE QUIEN PREFIERA PAGAR EN FORMA ANTICIPADA SUS CONTRIBUCIONES, PODRÁ RECIBIR EL IMPORTE DE LOS MONTOS RECAUDADOS POR PAGO ADELANTADO; SIN EMBARGO, EL AYUNTAMIENTO NO PODRÁ EJERCER DICHOS INGRESOS EN EL AÑO CORRIENTE, SINO QUE TENDRÁ QUE REGISTRAR EL PAGO ANTICIPADO EN UNA CUENTA DE ORDEN. QUINTO. - LOS PAGOS DE LAS OBLIGACIONES FISCALES, EN EFECTIVO Y CON CHEQUE, SERÁN INVARIABLEMENTE EN MONEDA NACIONAL Y SE APLICARÁ EL REDONDEO, DE UN CENTAVO HASTA CINCUENTA CENTAVOS SE PAGARÁ EL PESO INMEDIATO INFERIOR, DE CINCUENTA Y UN CENTAVOS HASTA NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS SE PAGARÁ EL PESO COMPLETO. SEXTO.- EL SISTEMA OPERADOR DE LA RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES ESTABLECERÁ LA NORMATIVIDAD Y LA MEJORA REGULATORIA QUE FOMENTEN EL USO DE LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA GENERAR E INCREMENTAR LA CAPTACIÓN DE INGRESOS. SÉPTIMO.- SE DEROGAN TODAS LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN ESTA LEY, EN PARTICULAR LOS DIVERSOS RECURSOS LEYES ADMINISTRATIVAS EN LAS MATERIAS REGULADAS POR ESTE ORDENAMIENTO. LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN TRÁMITE A LA ADMINISTRATIVOS DIFERENTES LAS DE Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 133 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ENTRADA EN VIGOR DE ESTA LEY, SE RESOLVERÁN CONFORME A LA LEY DE LA MATERIA. OCTAVO.- QUEDA EXCEPTUADO CUALQUIER TIPO DE DESCUENTO EN LA INFRACCIÓN DE TRÁNSITO POR CONDUCIR EN ESTADO DE EBRIEDAD O BAJO LOS EFECTOS DE CUALQUIER DROGA, ESTUPEFACIENTE PSICOTRÓPICO U OTRA SUSTANCIA TÓXICA, AVALADO POR EL CERTIFICADO MÉDICO. NOVENO.- SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LOS COBROS DE DERECHOS MUNICIPALES, QUE CONTRAVENGAN LO DISPUESTO POR EL CONVENIO DE ADHESIÓN AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN FISCAL Y LA COORDINACIÓN EN MATERIA DE DERECHOS, QUE SE HAN CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL ESTADO DE MORELOS. "EN SU CASO, SE ESTARÁ A LO DISPUESTO POR EL CAPÍTULO VII DE LA LEY DE COORDINACIÓN HACENDARIA DEL ESTADO DE MORELOS." DÉCIMO.- PARA EFECTOS DE LAS CONTRIBUCIONES RECAUDADAS POR CONCEPTO DE IMPUESTO ADICIONAL, SU EJERCICIO DEBERÁ DISTRIBUIRSE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 123 DE LA LEY GENERAL DE HACIENDA MUNICIPAL. MUNICIPIO DE EMILIANO ZAPATA, MORELOS RESULTADO DE INGRESOS 2018- LDF 2016 (PESOS) 2017 2018 2019 205,327,274.79 236,150,038.88 215,951,533.55 235,857,837.25 80,583,780.39 89,395,401.78 87,296,053.08 77,876,550.25 0.00 0.00 0.00 0.00 10,160,330.15 7,306,707.32 4,138,695.61 7,722,979.00 CONCEPTO (B) 1. INGRESOS DE LIBRE DISPOSICIÓN A. IMPUESTOS B. CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL C. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 134 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 CONTRIBUCIONES ESPECIALES D. DERECHOS E. PRODUCTOS F. APROVECHAMIENTOS G. INGRESOS POR VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS H. PARTICIPACIONES I. INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL J. TRANSFERENCIAS K. CONVENIOS L. OTROS INGRESOS DE LIBRE DISPOSICIÓN 2. TRANSFERENCIAS FEDERALES ETIQUETADAS A. APORTACIONES B. CONVENIOS C. FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES D. TRANSFERENCIAS, SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES, Y PENSIONES Y JUBILACIONES E. OTRAS TRANSFERENCIAS FEDERALES ETIQUETADAS 21,516,455.14 768,283.57 34,648,993.69 2,248,065.69 28,248,741.12 28,748,719.00 924,419.00 1,644,396.26 3,109,887.88 2,608,655.30 2,185,430.23 3,670,931.00 0.00 0.00 0.00 0.00 89,188,537.66 99,942,215.10 92,438,217.25 110,695,892.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 6,218,347.00 136,574,475.10 170,637,424.87 121,802,633.63 92,123,076.78 61,808,478.64 60,745,584.72 74,952,155.57 78,695,494.92 72,818,677.00 92,123,073.78 1.00 32,843,462.30 0.00 0.00 0.00 0.00 14,020,411.74 16,989,774.38 16,140,494.33 1.00 0.00 0.00 0.00 1.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 135 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 341,901,749.89 406,787,463.75 337,754,167.18 327,980,914.03 3. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS A. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS 4. TOTAL DE RESULTADOS DE INGRESOS DATOS INFORMATIVOS 1. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS CON FUENTE DE PAGO DE RECURSOS DE LIBRE DISPOSICIÓN 2. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS CON FUENTE DE PAGO DE TRANSFERENCIAS FEDERALES ETIQUETADAS 3. INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO RECINTO LEGISLATIVO, EN SESIÓN ORDINARIA INICIADA EL DÍA VEINTIOCHO DE FEBRERO Y CONCLUIDA EL SIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS. DIP. ALFONSO DE JESÚS SOTELO MARTÍNEZ, PRESIDENTE. RÚBRICA. DIP. CRISTINA XOCHIQUETZAL SÁNCHEZ AYALA, 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 136 de 137 Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dirección General de Legislación. Subdirección de Jurismática. Última Reforma: Texto original Ley de ingresos del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, para el ejercicio fiscal 2019 ZAPOTITLA SECRETARIA. RÚBRICA. DIP. MARCOS SECRETARIO. POR TANTO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE, CIRCULE Y SE LE DÉ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO. DADO EN LA RESIDENCIA DEL PODER EJECUTIVO, CASA MORELOS, EN LA CIUDAD DE CUERNAVACA, CAPITAL DEL ESTADO DE MORELOS A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL DIECINUEVE. BECERRO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE “SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN” MORELOS CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO SECRETARIO DE GOBIERNO LIC. PABLO HÉCTOR OJEDA CÁRDENAS RÚBRICAS. Promulgación Aprobación Publicación Vigencia Expidió Periódico Oficial 2019/03/07 2019/03/27 2019/03/29 2019/03/30 LIV Legislatura 5692 Cuarta Sección “Tierra y Libertad” 137 de 137