Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2024 [PDF]

LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Ley publicada POE 21-12-2023 Decreto 165 ARTÍCULO 1. La presente Ley es aplicable para el Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, y tiene por objeto establecer los ingresos que el Municipio percibirá durante el ejercicio fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2024, para cubrir los gastos de administración y demás obligaciones a su cargo, mismos que serán los provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran: Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo Ingreso Estimado 2024 Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2024 R U B R O T IP O C L A S E TOTAL DE INGRESOS 668,758,266 1 IMPUESTOS 240,739,640 11 Impuestos sobre los ingresos 142,283 1 Impuesto sobre diversiones, video juegos, cines y espectáculos públicos 86,863 2 Impuesto sobre juegos permitidos, rifas y loterías 0 3 Impuesto a músicos y cancioneros profesionales 55,420 12 Impuestos sobre el patrimonio 143,526,036 1 Impuesto Predial 143,526,036 13 Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones 79,248,188 1 Impuesto sobre adquisición de Bienes Inmuebles 79,248,188 14 Impuesto al comercio exterior 0 15 Impuestos sobre Nóminas y Asimilables 0 16 Impuestos Ecológicos 0 17 Accesorios de Impuestos 2,414,950 1 Recargos 1,881,000 2 Sanciones 70,200 3 Gastos de Ejecución 463,750 4 Indemnizaciones 0 18 Otros Impuestos 15,408,183 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 2 de 10 1 Impuestos adicionales para el fomento turístico, desarrollo integral de la familia, desarrollo social y promoción de la cultura 15,408,183 19 Impuestos no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0 2 CUOTAS Y APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 0 21 Aportaciones para Fondos de Vivienda 0 22 Cuotas para la Seguridad Social 0 23 Cuotas de Ahorro para el Retiro 0 24 Otras Cuotas y Aportaciones para la Seguridad Social 0 25 Accesorios de cuotas y aportaciones de Seguridad Social 0 1 Recargos 0 2 Sanciones 0 3 Gastos de Ejecución 0 4 Indemnizaciones 0 3 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 0 31 Contribución de mejoras por obras públicas 0 39 Contribuciones de Mejoras no comprendidas en la Ley de Ingresos vigente, causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0 4 DERECHOS 164,050,907 41 Derechos por el uso, goce, aprovechamientos o explotación de bienes de dominio público 1,204,804 1 Derechos de Cooperación por obras públicas que realice el municipios 249,057 2 Uso de la vía pública o de otros bienes de uso común 955,747 43 Derechos por prestación de servicios 162,284,900 1 Servicio de tránsito 6,300,000 2 Registro civil 1,550,480 3 Servicio en materia de desarrollo urbano 26,929,575 4 Certificaciones 252,056 5 Panteones 11,130 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 3 de 10 6 Alineamientos de predios, constancias de uso del suelo, número oficial, medición de solares del fundo legal y servicios catastrales 17,943,533 7 Licencias y refrendos de funcionamiento comercial, industrial y de servicios 0 8 Licencias para funcionamiento de establecimientos mercantiles en horas extraordinarias 9,008,869 9 Rastro e inspección sanitaria 0 10 Traslado de animales sacrificados en los rastros 0 11 Depósito de animales en corrales municipales 0 12 Registro y búsqueda de fierros y señales para ganado 0 13 Expedición de certificados de vecindad, de residencia y de morada conyugal 28,904 14 Anuncios 3,358,182 15 Permisos para rutas de autobuses de pasajeros, urbanos y suburbanos 0 16 Limpieza de solares baldíos 116,600 17 Servicio y mantenimiento de alumbrado público 16,960,000 18 Servicio de Inspección y vigilancia 110,466 19 Servicio prestado por las autoridades de seguridad pública 31,800 20 Servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final de residuos sólidos 18,384,741 21 Promoción y publicidad turística 0 22 Verificación, control y fiscalización de obra pública 300,000 23 Servicios de protección y saneamiento ambiental 46,782,303 24 Servicios en materia de protección civil 12,065,373 25 Servicios que presta la unidad de vinculación 0 26 Servicios en materia de salubridad 0 27 Servicio del registro único de personas acreditadas 0 28 Servicios que presta la dirección de zona federal marítimo terrestre 300,000 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 4 de 10 29 De los directores responsables de la construcción de obras 1,850,888 44 Otros Derechos 471,103 1 Otros no especificados 471,103 45 Accesorios de Derechos 90,100 1 Recargos 65,720 2 Sanciones 24,380 3 Gastos de Ejecución 0 4 Indemnizaciones 0 49 Derechos no comprendidos en la Ley de Ingresos vigente causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0 5 PRODUCTOS 174,900 51 Productos 174,900 1 Bienes mostrencos 0 2 Mercados 0 3 Arrendamiento, explotación o enajenación de empresas municipales 0 4 Créditos a favor del municipio 0 5 Venta de objetos recogidos por la prestación de servicios de recolección de residuos sólidos 0 6 Productos diversos 174,900 59 Productos no comprendidos en la Ley de Ingresos vigente causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0 6 APROVECHAMIENTOS 11,876,267 61 Aprovechamientos 11,890 1 Rezagos 11,890 62 Aprovechamientos Patrimoniales 0 1 Venta o explotación de bienes muebles e inmuebles propiedad del Municipio 0 63 Accesorios de Aprovechamientos 11,864,377 1 Recargos 114,639 2 Sanciones 10,859,639 3 Gastos de Ejecución 13,200 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 5 de 10 4 Indemnizaciones 0 5 Otros Aprovechamientos 876,899 69 Aprovechamientos no comprendidos en la Ley de Ingresos vigente, causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago 0 7 INGRESOS POR VENTAS DE BIENES, PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y OTROS INGRESOS 1,560,000 71 Ingresos por Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Instituciones Públicas de Seguridad Social 0 72 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Empresas Productivas del Estado 0 73 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales y Fideicomisos No Empresariales y No Financieros 0 74 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales No Financieras con Participación Estatal Mayoritaria 0 75 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria 0 76 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Entidades Paraestatales Empresariales Financieras No Monetarias con Participación Estatal Mayoritaria 0 77 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de Fideicomisos Financieros Públicos con Participación Estatal Mayoritaria 0 78 Ingresos por la Venta de Bienes y Prestación de Servicios de los Poderes Legislativo y Judicial, y de los Órganos Autónomos 0 79 Otros Ingresos 1,560,000 1 Otros Ingresos 1,560,000 8 PARTICIPACIONES, APORTACIONES, CONVENIOS, INCENTIVOS DERIVADOS DE LA COLABORACIÓN FISCAL Y FONDOS DISTINTOS DE APORTACIONES 250,356,552 81 Participaciones 161,327,613 1 Fondo General de Participaciones 102,168,438 2 Fondo de Fomento Municipal 24,757,834 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 6 de 10 3 Fondo de Fiscalización y Recaudación 7,514,378 4 Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios 4,061,616 5 Participaciones de Gasolina y Diésel 3,085,678 6 Fondo del Impuesto Sobre la Renta 19,559,299 7 Del impuesto a la venta final de bebidas con contenido alcohólico en envase cerrado 180,370 82 Aportaciones 40,772,865 1 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal 15,337,410 2 Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios 25,435,455 83 Convenios 13,221,689 1 Fondo para la Vigilancia, Administración, Mantenimiento, Preservación y Limpieza de la Zona Federal Marítimo Terrestre 7,662,120 2 Expedición de licencias y permisos para conducir 5,559,569 84 Incentivos derivados de la Colaboración Fiscal 35,034,385 1 Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos 1,601 2 Fondo de compensación del ISAN 568,134 3 Impuesto sobre automóviles nuevos 3,039,961 4 Zona Federal Marítimo Terrestre 29,308,056 5 ISR de bienes inmuebles 2,116,633 6 Incentivos por Inspección y Vigilancia (Multas Administrativas Federales no Fiscales) 0 85 Fondos Distintos de Aportaciones 0 9 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES, Y PENSIONES Y JUBILACIONES 0 91 Transferencias y Asignaciones 0 1 Del Gobierno Federal 0 2 Del Gobierno del Estado 0 93 Subsidios y Subvenciones 0 1 Del Gobierno Federal 0 2 Del Gobierno del Estado 0 95 Pensiones y Jubilaciones 0 97 Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo 0 0 INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTOS 0 01 Endeudamiento interno 02 Endeudamiento externo LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 7 de 10 03 Financiamiento Interno 1 Financiamientos 0 ARTÍCULO 2. Los ingresos a que se refiere el artículo anterior, serán causados y recaudados con las tarifas que disponen la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, y el Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo, reglamentos, convenios, acuerdos y demás disposiciones relativas, considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). ARTÍCULO 3. Para que tenga validez los pagos realizados en efectivo, cheques, así como en las diferentes formas electrónicas de las diversas obligaciones fiscales que se establecen en esta Ley, el contribuyente deberá obtener, el recibo oficial que expida la Tesorería Municipal, sellado y con nombre y firma del servidor público que la expida. Las cantidades que se recauden serán concentradas en la Tesorería y deberán reflejarse en los registros de la misma. ARTÍCULO 4. La extemporaneidad en el cumplimiento de las obligaciones en el plazo que señala la ley dará lugar a la actualización y recargos; asimismo, el incumplimiento oportuno de las contribuciones y la determinación de créditos fiscales dará lugar al cobro de accesorios de las contribuciones, mismo que serán iguales a los que fije el Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo y las disposiciones legales aplicables supletoriamente. ARTÍCULO 5. De los impuestos y derechos enumerados en el artículo 1º, el Municipio podrá celebrar Convenio con la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, a fin de que ésta le administre en forma transitoria los que se estimen convenientes. ARTÍCULO 6. Se derogan las disposiciones que contengan exenciones, totales o parciales, o consideren a personas como no sujetos de contribuciones municipales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos y contribuciones municipales, distintos de los establecidos en la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo y ordenamientos legales referentes a organismos descentralizados que presten los servicios de seguridad social. Lo dispuesto en el párrafo anterior también será aplicable cuando las disposiciones que contengan exenciones totales o parciales o consideren a personas como no sujetos de contribuciones municipales, otorguen tratamientos preferenciales o diferenciales en materia de ingresos o contribuciones municipales, que tengan por objeto la creación de organismos descentralizados, órganos desconcentrados y empresas de participación estatal. Se derogan las disposiciones que establezcan que los ingresos que obtenga el municipio por concepto de derechos, productos o aprovechamientos, tienen un destino LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 8 de 10 específico, distinto de los contenidos en el Código Fiscal de la Federación, del Estado y del Municipio, y en las demás leyes fiscales. Quedan sin efecto las exenciones relativas a los gravámenes a bienes inmuebles previstas en Leyes Federales, Estatales y Municipales a favor de organismos descentralizados sobre contribuciones locales, salvo en lo que se refiere a bienes propiedad de dichos organismos que se consideren del dominio público de la Federación, Estados y Municipios. ARTÍCULO 7. Para los efectos de la valuación catastral prevista en la Ley de Catastro del Estado de Quintana Roo y su Reglamento, se aplicarán durante el Ejercicio Fiscal 2024, las Tablas de Valores de Suelo y Construcciones que Servirán de Base para el Cobro de las Contribuciones sobre la Propiedad Inmobiliaria en el Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, emitidas mediante el Decreto número 128 publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 27 de diciembre de 2017 en emisión extraordinaria. TRANSITORIOS PRIMERO. La presente ley entrará en vigor a partir del primero de enero del año 2024. SEGUNDO. En tanto el Estado y los Municipios permanezcan adheridos al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, quedan en suspenso los siguientes: DERECHOS I. Licencias, anuencias previas al otorgamiento de las mismas, en general concesiones, permisos o autorizaciones, o bien obligaciones y requisitos que condicionen el ejercicio de actividades comerciales o industriales y de prestación de servicios. Asimismo, los que resulten como consecuencia de permitir o tolerar excepciones a una disposición administrativa tales como la ampliación de horario, con excepción de las siguientes: a) Licencias de construcción. b) Licencias o permisos para efectuar conexiones a las redes públicas de agua y alcantarillado. c) Licencias para fraccionar o lotificar terrenos. d) Licencias para conducir vehículos. e) Expedición de placas y tarjeta para la circulación de vehículos. f) Licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales, cuyos giros sean la enajenación de bebidas alcohólicas o la prestación de LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 9 de 10 servicios que incluyan el expendio de dichas bebidas, siempre que se efectúen total o parcialmente con el público en general. g) Licencias, permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles o la realización de publicidad, excepto los que se realicen por medio de televisión, radio, periódicos y revistas. II. Registros o cualquier acto relacionado con los mismos, a excepción de los siguientes: a) Registro Civil. b) Registro de la Propiedad y del Comercio. III. Uso de las vías públicas o la tenencia de bienes sobre las mismas. No se considerarán comprendidos dentro de lo dispuesto en esta fracción los derechos de estacionamiento de vehículos, el uso de la vía pública por comerciantes ambulantes o con puestos fijos o semifijos, ni por el uso o tenencia de anuncios. IV. Actos de inspección y vigilancia. V. Los conceptos a que se refieren las fracciones anteriores, sin excepción alguna, en relación con las actividades o servicios que realicen o presten las personas respecto del uso, goce, explotación o aprovechamiento de bienes de dominio público en materia eléctrica, de hidrocarburos o de telecomunicaciones. Los derechos locales o municipales no podrán ser diferenciales considerando el tipo de actividad a que se dedique el contribuyente, excepto tratándose de derechos diferenciales por los conceptos a los que se refieren los incisos del a) al g) de la fracción I y la fracción III. Las certificaciones de documentos, así como la reposición de éstos por extravío o destrucción parcial o total, no quedarán comprendida dentro de lo dispuesto en las fracciones I y II de este artículo. Tampoco quedan comprendidas las concesiones por el uso o aprovechamiento de bienes pertenecientes al Estado o a los Municipios. En ningún caso lo dispuesto en este artículo, se entenderá que limita la facultad del Estado y Municipios para requerir licencias, registros, permisos o autorizaciones, otorgar concesiones y realizar actos de inspección y vigilancia. Para el ejercicio de estas facultades no se podrá exigir cobro alguno, con las salvedades expresamente señaladas en este artículo. Para los efectos de coordinación con las Entidades, se considerarán derechos, aun cuando tengan una denominación distinta en la legislación local correspondiente, las contribuciones que tengan las características de derecho conforme al Código Fiscal de la Federación y la Ley de Ingresos de la Federación. LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE PUERTO MORELOS, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Página 10 de 10 También se considerarán como derechos para los efectos de este artículo, las contribuciones u otros cobros, cualquiera que sea su denominación, que tengan la característica de derechos de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, aun cuando se cobren por concepto de aportaciones, cooperaciones, donativos, productos, aprovechamientos o como garantía de pago por posibles infracciones. TERCERO. En caso de que en el Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, tuviese ingresos excedentes derivados de ingresos de libre disposición en el Ejercicio Fiscal 2024, deberá apegarse a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. En caso de que el Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, tuviese disminuciones en los ingresos del Ejercicio Fiscal 2024, deberá apegarse a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. CUARTO. En caso de que el 31 de diciembre del año 2024, no se hubiere aprobado la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2025, en tanto se aprueba ésta y entra en vigor, continuarán aplicándose los conceptos de recaudación previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo, para el Ejercicio Fiscal 2024. QUINTO. Se derogan las disposiciones que se opongan a la presente ley. Salón de Sesiones del Honorable Poder Legislativo, en la ciudad de Chetumal, capital del Estado de Quintana Roo, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. Diputado Presidente: Diputada Secretaria: Lic. Renán Eduardo Sánchez Tajonar. C. Alicia Tapia Montejo.