Constitución del Estado de San Luis Potosí
ARTÍCULO 117. Para ser miembro del Ayuntamiento, Concejo o Delegado Municipal, se requiere: I. Ser ciudadano potosino en ejercicio de sus derechos; II. Ser originario del municipio y con un año, por lo menos, de residencia efectiva en el mismo, inmediata anterior a la fecha de la elección o designación, en su caso; o ser vecino del mismo, con residencia efectiva de dos años inmediata anterior al día de la elección o designación; y (REFORMADO, P.O. 10 DE MAYO DE 2008) III. No tener una multa firme pendiente de pago, o que encontrándose sub júdice no esté garantizada en los términos de las disposiciones legales aplicables, que haya sido impuesta por responsabilidad con motivo de los cargos públicos que hubiere desempeñado en la administración federal, estatal o municipal; y no haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de delitos dolosos que hayan ameritado pena de prisión. Los Síndicos reunirán además los requisitos previstos en la ley orgánica respectiva. (REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996) .
ARTÍCULO 118. Están impedidos para ser miembros propietarios o suplentes de los ayuntamientos: I. El Gobernador del Estado; II. Los funcionarios de nombramiento estatal o municipal con atribuciones de mando y en ejercicio de autoridad; III. Los miembros de las Fuerzas Armadas que estén en servicio activo o que tengan mando en el Estado, así como los que ejerzan cargo y atribuciones de mando de policía en el municipio respectivo; y IV. Los ministros de culto religioso. No estarán impedidos los ciudadanos a que se refiere la fracción II si se separan de sus cargos ciento veinte días antes del día de la elección. Tampoco lo estarán los ciudadanos a que se refiere la fracción III si se separan de su cargo noventa días antes del día de la elección. Los ministros de culto deberán hacerlo con la anticipación y en la forma establecida en la Ley reglamentaria del artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (ADICIONADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996) .