Constitución Política del Estado de Sonora
ARTICULO 25-A. El Gobierno del Estado está obligado a promover, orientar y conducir el desarrollo económico, social, político y cultural de la población de la Entidad, mediante el fomento del crecimiento económico, del empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza con la más amplia participación de la sociedad.
ARTICULO 25-B. Los sectores público, privado y social concurrirán con solidaridad en el desarrollo integral del Estado. El sector público bajo el esquema de economía mixta, impulsará por sí o conjuntamente con los demás sectores, las áreas que se consideren prioritarias para el desarrollo.
ARTICULO 25-C. La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de las responsabilidades del Gobierno del Estado y de los Gobiernos Municipales, sobre el desarrollo integral de la Entidad, de acuerdo a los principios, fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.
El Estado considera la planeación del desarrollo como actividad de interés público.
ARTICULO 25-D. Habrá un Plan Estatal de Desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Estatal y en igual forma existirá un Plan de Desarrollo por cada Municipio de la Entidad, al que se sujetarán los programas de los Gobiernos Municipales.
Los municipios participarán en la formulación, instrumentación, control y evaluación de los Programas de Desarrollo Regional cuando éstos afecten su ámbito territorial. Siempre que el Gobierno del Estado formule Programas de Desarrollo Regional, deberá asegurar la participación de los Municipios.
ARTICULO 25-E. La Ley determinará los procedimientos de participación y consulta popular en el proceso de planeación y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación de los planes y los programas de desarrollo y los órganos responsables. Asimismo, las bases para que el Ejecutivo Estatal coordine mediante convenios con los Gobiernos Federal y Municipal se induzca y concierte con las representaciones de los sectores social y privado las acciones a realizar para su elaboración y ejecución.