Ley que Declara el Mes de Noviembre como el Mes de la Salud Masculina [PDF]

1 HERMOSILLO, SONORA, 01 DE NOVIEMBRE DEL 2022 HONORABLE ASAMBLEA: Las Diputadas y el Diputado integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de esta Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, en ejercicio de las atribuciones previstas por los artículos 53, fracción III, de la Constitución Política del Estado de Sonora y 32, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos a la consideración de esta Asamblea la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE LEY QUE DECLARA EL MES DE NOVIEMBRE COMO “EL MES DE LA SALUD MASCULINA”; E INICIATIVA CON PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR AL DR. JOSÉ LUIS ALOMÍA ZEGARRA, SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO DE SONORA, ASI COMO A LOS A LOS 72 AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE SONORA, A FIN DE QUE REALICEN ACCIONES ENCAMINADAS A LA DIFUSIÓN, PROTECCIÓN Y ACCESO A LA SALUD MASCULINA, lo anterior sustentado en la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Comisión Nacional de Derechos Humanos reconoce el derecho a la protección de la salud como el derecho que tienen todas las personas de obtener prestaciones oportunas, profesionales, idóneas y responsables por parte del Estado quien deberá otorgar servicios de salud a través de la Federación, Estados y Municipios de acuerdo a lo establecido en la ley1. Tal y como su concepto lo señala, la salud es un derecho de todas las personas, no es un tema de género, en el sentido de que ser de un género u otro no debería ser referencia para proteger o no la salud, pero para los hombres los fuertes estereotipos de género impuestos han significado un problema para la atención y protección de su salud. La Real Academia de la Lengua Española define los estereotipos como “una imagen o idea aceptada comúnmente por un grupo o sociedad con carácter inmutable”2. Mientras que un estereotipo de género se define como “una visión generalizada o una idea preconcebida sobre los atributos o las características, o los papeles que poseen o deberían poseer o desempeñar las mujeres y los hombres”3. Un estereotipo de género es perjudicial además de limitativo, pues cada género debe abocarse a la idea que se tiene para él, impidiendo las decisiones libres, el desarrollo profesional pleno, desarrollar capacidades, entre otros. Hablando específicamente del género masculino, estos generan riesgos en la salud directamente, pues incluso aumentan el riesgo de mortalidad. Las normas y estereotipos de género en los que se basa la noción de masculinidad como lo son la fuerza, independencia, autosuficiencia, poder, virilidad, no sólo influyen en el perfil epidemiológico de los hombres, sino que también tienen repercusiones a nivel social. Los estereotipos de los hombres incluyen consumismo de alcohol, de tabaco, alto consumo de carnes rojas, bajo consumo de frutas y verduras, y negación para atender la salud preventiva. En el año 2019, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado registro 23 millones 513 mil 994 consultas, de las cuales sólo 8 millones 713 mil 978, lo equivalentes al 37 por ciento, fueron solicitadas por hombres, en su mayoría para atender signos y síntomas de enfermedades en etapas avanzadas. 1 https://www.cndh.org.mx/derechos-humanos/derecho-la-proteccion-de-la-salud 2 https://dle.rae.es/estereotipo 3 https://www.ohchr.org/es/women/gender-stereotyping 2 A nivel mundial, en el año 2020, el 36.7% de los hombres en el mundo fumaban, siendo un hecho recalcado por la Organización Mundial de la Salud, que el tabaco mata hasta a la mitad de las personas que lo consumen4. Según datos del Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria (IECS), en México, de todas las muertes en mayores de 35 años, el 8.4% son atribuidas al tabaquismo5. El 02 de febrero del presente año, la OMS emitió un estudio donde ubica al cáncer de próstata como uno de los 5 tipos de cáncer más común6, destacando como factores de riesgo el consumo de tabaco y de alcohol, la alimentación poco saludable, la inactividad física y la contaminación del aire. Lamentablemente en México, el cáncer de próstata es la primera causa de enfermedad y muerte masculina, cobrando mas de 7 mil vidas anualmente, ante lo cual la Secretaria de Salud y el ISSSTE han realizado campañas de concientización y han convocado a este sector de la población a romper con tabúes y estigmas para que acudan anualmente -a partir de los 50 años- a sus unidades médicas a realizarse un tamizaje para detectar la enfermedad en etapas tempranas, cuando no hay síntomas ya que en ese momento, la enfermedad aún puede ser curable. La prevención es el camino, y para ello hay que generar conciencia en la población masculina para que rompan con los estereotipos y se acerquen a sus centros de salud de manera periódica, para realizarse chequeos anuales en busca de prevenir enfermedades y de detectarlas en etapas tempranas. En el mes de octubre, la Comisión de Salud del Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora llevo a cabo una sesión donde el tema fue la protección de la salud masculina, emitiendo un dictamen relativo a las acciones para promover y difundir mediante el incremento de actividades, durante el mes de noviembre del cada año, todos los programas y líneas de acción disponibles en materia de salud masculina, a través del área de salud pública del municipio y establecer a noviembre, como el mes de la salud masculina. En este documento retomamos dicho dictamen, para hacerlo llegar a este pleno en forma de proyecto de Ley, buscando que este beneficio llegue para toda la población masculina del Estado de Sonora, y reproducir el mismo ejercicio en el resto de los Ayuntamientos del Estado. En el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional siempre vamos a estar del lado de la salud, de una vida mas digna para todos y todas e impulsar políticas públicas que sean en beneficio de los ciudadanos, en esta oportunidad presentamos ante este pleno iniciativa con proyecto de ley que declara el mes de noviembre como el mes de la salud masculina, y establece en una serie de artículos las acciones que se podrán implementar durante este mes para generar conciencia en la población y que protejan su salud. Así mismo, exhortamos al Secretario de Salud del Estado de Sonora para que realice durante este mes de noviembre, las acciones necesarias para promover la difusión, prevención, protección y acceso a la salud de la población masculina. Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo que establecen los artículos 52 y 53 de la Constitución Política del Estado de Sonora, someto a consideración de esta Honorable Soberanía los siguientes proyectos de: 4 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/tobacco 5 https://www.scidev.net/america-latina/news/tabaquismo-la-otra-epidemia-que-latinoamerica-intenta- frenar/#:~:text=De%20acuerdo%20con%20la%20Organizaci%C3%B3n,regi%C3%B3n%20gasta%20en%20salu d%20anualmente. 6 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/cancer 3 N U M E R O 91 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE: LEY QUE DECLARA EL MES DE NOVIEMBRE COMO EL MES DE LA SALUD MASCULINA Artículo 1: Se declara el mes de noviembre de cada año como el mes de la Salud Masculina en el Estado de Sonora. Artículo 2: Durante el mes de noviembre de cada año, el Ejecutivo del Estado y los 72 ayuntamientos promoverán acciones en favor de la difusión, prevención, protección y acceso a la salud de la población masculina. Artículo 3: El objetivo de esta ley es fortalecer y difundir durante el mes de noviembre de cada año, las acciones de promoción, prevención, detección oportuna, control de enfermedades y autocuidado de la salud en la población masculina residente en el Estado de Sonora, quienes podrán acceder a los servicios de salud disponibles en las unidades médicas de la ciudad de acuerdo a su derechohabiencia y capacidad de los servicios de salud. Artículo 4: Las acciones en favor de la salud de la población masculina podrán tener como base las siguientes materias: 1. Salud Sexual y Reproductiva: Promover la difusión de temas como: a) La toma de decisiones para corresponsabilizarse en el logro de las expectativas reproductivas de la pareja. b) El número de hijos e hijas que deciden tener. c) Regulación de la fertilidad. d) Vasectomía: Orientar a los hombres de 19 a 59 años sobre qué es, su efectividad, mecanismos de acción, indicaciones, precauciones, contraindicaciones, técnicas quirúrgicas, complicaciones, recomendaciones post-operatorias específicas y seguimiento. 2. Prevención de Violencia: Acceso a consultas psicológicas y atención para: a) El combate de la baja autoestima, falta de confianza, baja tolerancia a la frustración y tensión. b) Historia familiar de abuso de sustancias y violencia. c) Identificación y expresión de dolor, frustración y tristeza con enojo. d) Tensión (en el trabajo, en el hogar). e) Problemas económicos. f) Historia de relaciones abusivas o ser víctima de violencia familiar en el pasado. g) Aislamiento. h) Posibles problemas mentales o físicos en la familia. 3. Enfermedades de Transmisión Sexual: Actividades para la prevención y control de VIH/SIDA, Gonorrea, Sífilis y Herpes Genital, entre otras, mediante: a) Capacitación en el uso adecuado y oportuno del preservativo. b) Pruebas de detección disponibles. c) Orientación y consejería profesional. 4. Enfermedad Prostática: Actividades para la prevención de la Hipertrofia prostática y el Cáncer de próstata, mediante las acciones de: 4 a) Exploración física de la próstata. b) Medición en sangre de Antígeno Prostático y Fosfatasa Alcalina 5. Enfermedades Crónico-Degenerativas: a) Diabetes Mellitus: Realizar la medición de glucosa en sangre por lo menos una vez cada tres años. b) Hipertensión Arterial: Realizar la medición de presión arterial por lo menos una vez al año. c) Sobrepeso y Obesidad: Realizar la medición de peso e IMC (Índice de Masa Corporal) por lo menos una vez al año. d) Dislipidemias: Realizar la medición de triglicéridos y colesterol en sangre por lo menos una vez cada tres años. 6. Cultura para la Donación de Órganos: Fomentar en la población masculina esta actividad, como una acción voluntaria, que coadyuva a salvar la vida de otros, y que siempre es en coordinación con el Consejo Nacional de Trasplantes. 7. Evaluación y Vigilancia del Estado de Nutrición: Con el objetivo de disminuir los factores de riesgo asociados al desarrollo de enfermedades crónico degenerativas a través de prevenir, identificar oportunamente y controlar la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad por medio de la alimentación correcta y la práctica del ejercicio diario. Las actividades específicas serian: a) Medición de la circunferencia de la cintura b) Cálculo del Índice de Masa Corporal c) Capacitación para una adecuada alimentación. d) Definición de una rutina diaria de ejercicio de acuerdo al diagnóstico inicial. 8. Vacunación: De acuerdo a esquema y para la salud masculina: a) Doble Viral: entre los 13 y 19 años. b) Toxoide tetánico - Diftérico: Primera dosis a partir de los 20 años sin antecedente vacunal. Segunda Dosis: De 4 a 8 semanas después de la primera. c) Anti-Influenza: Una dosis cada año previo al inicio de la temporada invernal, y preferentemente a hombres entre los 50 y 59 años. d) Anti-Neumocócica: Una dosis cada 5 años entre los 50 a 59 años de edad. 9. Detección Oportuna de Tuberculosis Pulmonar: Muestra de esputo (expectoración) y baciloscopia en caso de ser un tosedor crónico, presentar sudoraciones nocturnas y/o pérdida de peso súbita en los últimos 3 meses. 10. Salud Bucal Preventiva: Con el objetivo de prevenir oportunamente la caries dental, mediante las siguientes actividades: a) Detección de placa dentobacteriana b) Capacitación en la adecuada técnica del cepillado dental c) Uso del hilo dental en hombres de 20 a 59 años de edad d) Revisión de tejidos bucales e higiene de prótesis. TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO. - La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora. A P É N D I C E LEY 91; B. O. Edición Especial; de fecha 31 de octubre de 2023. 5