Ley que Declara las Fechas Cívicas del Estado de Sonora [PDF]

COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA DIPUTADOS INTEGRANTES: JESÚS ALONSO MONTES PIÑA FRANCISCO JAVIER DUARTE FLORES ROSA MARÍA MANCHA ORNELAS ALEJANDRA LÓPEZ NORIEGA MARÍA DOLORES DEL RÍO SÁNCHEZ JORGE VILLAESCUSA AGUAYO LUIS MARIO RIVERA AGUILAR MARTÍN MATRECITOS FLORES LETICIA CALDERÓN FUENTES HONORABLE ASAMBLEA: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión de Educación y Cultura de esta Sexagésima Segunda Legislatura, nos fue turnado para estudio y dictamen, por la Presidencia de este Poder Legislativo, escrito presentado por los Diputados Fermín Trujillo Fuentes y Francisco Javier Duarte Flores, en su carácter de diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza Sonora, el cual contiene INICIATIVA CON PROYECTO DE LEY QUE DECLARA LAS FECHAS CÍVICAS DEL ESTADO DE SONORA. En consecuencia, con fundamento en los artículos 85, 92, 94, fracciones I y IV, 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Sonora, presentamos para su discusión y aprobación, en su caso, el presente dictamen al tenor de la siguiente: PARTE EXPOSITIVA: La iniciativa de mérito fue presentada el día 25 de febrero de 2020, con base en los siguientes argumentos: “El artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue reformado recientemente a través de un Decreto en el que se modificaron varias de sus disposiciones, entre ellas, se adicionó un nuevo párrafo décimo segundo, en el cual se ordena lo siguiente: “Los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lectoescritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filosofía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras.” Como puede apreciarse, esta nueva disposición constitucional pone de relieve la importancia de que en las escuelas mexicanas se otorgue un papel preponderante a la enseñanza de la historia y el civismo, entre otras materias que deben formar parte de los planes y programas de estudio, lo cual es correcto, ya que esas asignaturas son de gran importancia para ayudar a la correcta formación de nuestros jóvenes, de manera tal que aprendan y asimilen la importancia de los valiosos logros y avances que como sociedad hemos conseguido a lo largo de la historia, gracias al esfuerzo, arrojo, sacrificio y patriotismo de los grandes hombres y mujeres que nos precedieron, y que nos permite a todos los integrantes de las actuales y futuras generaciones de mexicanos y sonorenses, disfrutar de una serie de libertades que al día de hoy se dan por sentadas y se ven con la mayor normalidad, como si siempre hubieran existido, pero que en otros tiempos eran solo un sueño que se veía muy lejano y hasta imposible de alcanzar. Al reconocer el verdadero valor de poder ejercer libremente nuestros derechos en nuestro País y, particularmente, en nuestro Estado, se genera un sentimiento de orgullo de nuestras raíces, amor a nuestra cultura, y afecto a nuestra pertenencia a la Nación Mexicana. Todo ello es parte del patriotismo que nos convoca a aportar nuestro granito de arena para el bien de todos los mexicanos y para el desarrollo de nuestra sociedad, y elimina el sentimiento egoísta de utilizar nuestro esfuerzo para beneficio estrictamente personal. Ejercer y preservar la soberanía y unidad territorial, honrar a los héroes y próceres, cuidar y seguir las normas que aseguran el bienestar común a los individuos del territorio, son vistos universalmente como valores patrios; debemos buscar los medios para renovar esos valores nacionales mediante actos que estimulen la conciencia de identidad nacional, con los conceptos de patria y libertad, que hoy se ven amenazados por la paranoia de la competición predatoria, el individualismo y el egoísmo por encima de la satisfacción de los derechos humanos de los mexicanos y sonorenses. Nuestro País enfrenta graves crisis que devienen en problemas económicos, sociales y de valores; entre ellas, se encuentra la falta de identidad nacional que afecta a nuestros niños y jóvenes, perdiendo el sentido de identidad con su nación y el compromiso fecundo y leal a su patria, toda vez que sienten lejana la historia, más impersonal y ajena, como si el País y el Estado que hoy conocen haya sido permanentemente igual, adoptando actitudes de indiferencia hacia los ciudadanos, hechos y lugares que escenificaron la construcción de un país que nace de una rica cultura prehispánica y resiste varios intentos intervencionistas. No debe ser necesario vivir una intervención extranjera para poder sentir y reconocer, lo que sintieron y vivieron, aquellos patriotas que nos dieron origen y destino. Nuestra generación está obligada a honrar la identidad, orgullo y valor de los mexicanos y sonoreneses de ayer, que sin reservas murieron por heredarnos un País y un Estado libre y soberano. Por supuesto, además de lo anterior, no debemos olvidar la conmemoración de los días de luto, porque éstos nos recuerdan esos momentos trágicos que entristecieron a nuestro Estado por el acontecimiento de hechos verdaderamente lamentables que nunca debieron haber ocurrido. Es correcto recordar estas fechas luctuosas que también son parte de la formación cívica del ser humano, pues no solo debe alimentarse del conocimiento positivo que nos brinda la actuación ejemplar de personajes distinguidos que nos sirven de guía en nuestra vida diaria, sino que también debemos tener presente los hechos trágicos que afectaron a nuestra sociedad, como un ejemplo de lo que no debemos permitir que vuelva a suceder, y aquí bien cabe recordar la famosa frase que se atribuye al historiador británico Paul Preston, que sabiamente nos dice que: “el pueblo que no conoce su historia, está condenado a repetir sus errores”. Pensemos en la gran ocasión que nos brindan estas significativas fechas cívicas para ser partícipes de una conmemoración de patriotismo que nos pone ante la espléndida posibilidad de valorar el estudio y reinterpretación de estos grandes acontecimientos. Con esto se nos brinda la oportunidad de buscar nuevamente unidad y coherencia a los siempre fragmentarios testimonios de un pasado que permanecerá por siempre inacabado. Escuchemos las voces de los protagonistas y testigos de estos valiosos hechos en la historia de nuestro Estado, y en los años venideros encaucemos nuestros esfuerzos a una mejor comprensión del ser mexicano y sonorense; recojamos esos momentos de forja de nuestro patriotismo, aprovechando para hacer un llamado a la reflexión ciudadana integradora de los sonorenses. Volvamos a nuestros orígenes como nación dándole a cada suceso en nuestro Estado un lugar destacado en el gran inventario nacional que haga de estas conmemoraciones de nuestra historia una trascendencia imborrable, y esta generación de Diputados evite un reclamo histórico de las que vienen, que más inteligentes y patrióticas que nosotros, nos reclamen haber actuado tarde. De ahí la importancia de fortalecer las fechas cívicas entre todos los mexicanos y sonorenses, especialmente entre los más jóvenes, ya que esta cualidad se compone de valores claros y bien fundamentados, como son el trabajo honrado, la conducta correcta, los buenos modales, el respeto a las normas y costumbres de nuestra sociedad. En el Estado de Sonora, este Poder Legislativo ha declarado diez Días Estatales, entre los años de 1928 y 2018, a través de las siguientes leyes:  Ley que declara Día de Luto en el Estado, el 17 de Julio de cada año por el aniversario del asesinato del ciudadano sonorense General Álvaro Obregón, en el año de 1928; aprobada el 30 de julio de ese mismo año; la cual está basada en la argumentación que es del tenor siguiente: “Para su estudio y dictamen correspondientes, se turnó a la suscrita Comisión, la nota número 11983 girada por el Ejecutivo de esta Entidad con fecha 18 del mes en curso, mediante el cual propone a esta Legislatura se declare día de luto en el Estado el 17 de julio, fecha en que fue villanamente asesinado en la Capital de la República el C. General Alvaro Obregón, uno de los Sonorenses que más servicios prestó al Estado y a la Nación, conceptuándosele como uno de sus más preclaros hijos. La Comisión tomando en cuenta que efectivamente no solo el Estado de Sonora perdió un hijo predilecto con el proditorio asesinato del C. General Obregón, sino que también a la Patria se le privó de los eminentes servicios que estaba llamado a prestar en bien de la gran familia mexicana, puesto que recientemente el pueblo lo había ungido con su voluntad para ocupar el alto puesto de Presidente de la República, y que la irreparable pérdida tendrá que sentirse haciéndole al extinto General Obregón la justicia que hoy se le reconoce por una inmensa mayoría de los mexicanos nos permitimos reforzar lo propuesto por el Ejecutivo de esta Entidad, …”  Ley que declara Día Solemne en el Estado de Sonora el 7 de Noviembre de cada Año, en Conmemoración de la Gesta Heroica de Jesús García; publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 37, de fecha 04 de noviembre de 1964; misma que se apoya en los argumentos siguientes: “A la suscrita Primera Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, nos fue turnado por disposición de la Presidencia de la H. Cámara, el atento escrito del C. Patricio Esteves Angeles, por la Asociación Jesús García Héroe de Nacozari, mismo que hizo suyo el C. Dip. e Ing. Antonio Medina Hoyos, tendiente a que el día 7 de noviembre de cada año, sea declarado Día de Fiesta en el Estado, en consideración de la Gesta Heroica de Jesús García, quien ese día y en el año de 1907, sacrificó su vida por salvar la población de Nacozari, al alejar de dicho lugar unos vagones de ferrocarril cargados de explosivos. La Comisión, desde luego se avocó al conocimiento del negocio, encontrando del todo justificada la indicativa de referencia y que vendrá a honrar a un héroe civil que ofrendó su vida por salvar la de sus semejantes, reconocimiento que lo tiene tanto en el terreno nacional como en el extranjero, por lo que promueve desde luego la aprobación de la Ley que declara el DIA SOLEMNE, en el Estado el 7 de noviembre de cada año y de que en las Escuelas e Instituciones Educativas de este propio Estado, dentro de sus labores, recuerden el acto heroico.”  Ley que declara el Día 05 de Junio de cada Año, como un Día de Luto Estatal en Memoria de las Victimas que Fallecieron en el Incendio de la Guardería “ABC” de Hermosillo, Sonora; publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 03, Sección I, de fecha 9 de Julio de 2009; la cual se basa en los siguientes motivos: “El pasado viernes 05 de junio del año en curso, la ciudad de Hermosillo fue escenario de una de las peores tragedias que se tenga memoria; un incendio en una bodega alcanzó a la guardería "ABC", subrogada al Instituto Mexicano del Seguro Social y provocó la muerte de 47 niños hasta el momento, cuya edad máxima era de cuatro años y dejó heridos a otros infantes y adultos. Sin duda, este acontecimiento conmovió no sólo a la comunidad sonorense, sino también a toda la Nación e incluso a la comunidad internacional por la magnitud del fatídico acontecimiento. Ante tal situación, el pasado día 09 del mes y año en curso, diversos diputados que integran esta LVIII Legislatura, presentaron ante esta Soberanía, iniciativa con punto de Acuerdo en relación a ese tan doloroso incidente. En la discusión de ese tema, diversos legisladores reservaron para su discusión en lo particular, el punto número dos que contenía del citado Acuerdo, el cual versaba el decretar un duelo de tres días en la Entidad, para proponer que en ese mismo punto, se incluyera que esa fecha se conmemorara en memoria de los niños fallecidos en la guardería ABC, lo cual fue retomado por los demás legisladores presentes, para quedar en definitiva como se ilustra a continuación: "SEGUNDO.- El Congreso del Estado de Sonora resuelve decretar, a partir de esta fecha, tres días de duelo en la Entidad, con motivo de los lamentables acontecimientos señalados en el punto anterior del presente acuerdo. Asimismo, el Congreso del Estado de Sonora se compromete a que antes de que termine el presente periodo de sesiones ordinarias, emitirá una Ley donde se conmemore el día 05 de junio de cada año, en memoria de las víctimas que fallecieron en el incendio de la guardería "ABC " de Hermosillo, Sonora." Ahora bien, en atención al mandamiento que conlleva el punto de acuerdo citado con anterioridad y en consideración a la memoria de los infantes fallecidos y a las acciones en materia de prevención que esa fecha podría representar en un futuro, con el impacto en términos propositivos que generaría, esta Comisión de Régimen Interno y Concertación Política proponemos al Pleno de esta Cámara Legislativa que el día 05 de junio de cada año, se conmemore en memoria de los niños fallecidos en la guardería ABC, de Hermosillo, Sonora.”  Ley que declara el Día 23 de Octubre de cada Año, como un Día de Luto Estatal en Memoria de los Caídos en la Lucha por el Reparto Agrario Sonorense, en la Matanza de San Ignacio Río Muerto; publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 51, sección IX, de fecha 27 de junio de 2013; iniciativa en la cual se expusieron los siguientes motivos: “Sonora es un estado que ha sido eminentemente agrícola, en 1972 sobresalía como primer productor nacional de trigo, algodón, soya, cártamo y linaza. Esta grandeza sonorense en la producción agrícola se debió en parte a la capacidad organizada de los campesinos desposeídos que lucharon por tierras. A finales de 1974, con la Ley Agraria reformada y vigente, los campesinos del sur de Sonora solicitaron tierras al gobierno de Luis Echeverría Álvarez y le expusieron que esta zona estaba tomada por latifundistas que gozaban del respaldo del gobernador Biebrich y que explotaban al campesinado. El 19 de octubre de 1975, un grupo solicitante de tierras, formalmente organizado para demandar tierras, registradas ante la Secretaría de la Reforma Agraria, como lo preveía el artículo 27 de la Constitución mexicana hasta 1992, ocuparon tres parcelas próximas al pueblo de San Ignacio Río Muerto. La demanda era, el reparto agrario, tierra para los desposeídos, agricultura para todos; sin embargo el estado no lo entendió así, a las cinco de la mañana del 23 de octubre de 1975 se inició el desalojo de campesinos que habían invadido un predio agrícola en San Ignacio Río Muerto, entonces municipio de Guaymas, Sonora. La madrugada estaba fresca aquel día y varias centenas de campesinos permanecían ocultas en los canales y drenes del block 717 de San Ignacio Río Muerto, el predio invadido de 400 hectáreas, era según los documentos oficiales, un niño de diez años de la familia latifundista de la región. El desalojo se pretendió hacer con un operativo en el cual participaban cerca de 200 hombres armados, entre efectivos de esa corporación y soldados. De lo que ocurrió aquella madrugada existen varias versiones. Lo cierto es que siete campesinos fueron asesinados con armas de fuego, y decenas más resultaron heridos. Los caídos en la lucha agraria de ese 23 de octubre de 1975 son: Juan De Dios Terán Enríquez, Rogelio Robles Ruiz, Benjamín Robles Ruiz, Rafael López Vizcarra, Miguel Gutiérrez, Enrique Félix Flores y Gildardo Gil Ochoa. Gracias a este movimiento se les fueron repartidas las tierras a los campesinos de San Ignacio Rio Muerto, más de 4 mil 387 hectáreas entre 433 personas, la política agraria sonorense cambio de rumbo al reparto equitativo, el 19 de noviembre de 1976, es decir, pocos días antes de concluir el periodo presidencial de Luis Echeverría, fueron expropiadas casi 100,000 hectáreas de los valles de El Yaqui y El Mayo. Cerca de 37,131 hectáreas eran de riego y las restantes de pastizales. Tres cuartas partes de las tierras de riego pertenecían a 21 familias, varias de ellas con estrechas relaciones de parentesco entre sí.”  Ley que Declara los Días Estatales de las Gestas Heroicas de los Municipios de Guaymas, Caborca, Ures, Cananea y Nogales; publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 34, sección I, de fecha 26 de abril de 2018; misma que se fundamenta en la siguiente parte expositiva: “Hablar del Estado de Sonora es hablar, sin duda, de una entidad federativa que ha aportado mucho a la nación, en el sentido de la defensa de sus fronteras, convirtiendo estas acciones en actos heroicos que han dejado una marca ilustre de valentía y heroísmo y que, actualmente, constituyen parte de nuestra historia como estado y como nación. Esto debido a que en distintas épocas y lugares del territorio sonorense nuestros habitantes se han enfrentado con gran valor en conflictos armados con otras naciones, logrando en muchas de ellas importantes triunfos que han dado como resultado la conservación de nuestro territorio y, principalmente, nuestra soberanía nacional que se han visto amenazados por la invasión de fuerzas extranjeras, así como de nuestra identidad como sonorenses y, sobre todo, como ciudadanos mexicanos. Para destacar los hechos históricos que dan un carácter de patriotismo y valor a nuestros conciudadanos, se hace necesario mencionar las gestas heroicas que tuvieron lugar en diversas fechas y lugares que, con base en estos acontecimientos, las poblaciones donde tuvieron lugar los hechos adquirieron el respeto y reconocimiento como “Heroicas”, siendo éstas las ciudades siguientes: HEROICA GUAYMAS El día 13 de julio de 1854, ocurrió un acontecimiento armado en las calles del Puerto de Guaymas, en la que unos cuantos mexicanos lograron repeler el ataque con fines de invadir, de poco más de 400 filibusteros, los cuales en su mayoría eran franceses, mismos que actuaban bajo las órdenes del conde francés Gastón Raousset-Boulbón, quien pretendía apoderarse del territorio sonorense y crear una nación independiente. Se sabe que las hostilidades iniciaron poco después de las dos de la tarde, cuando los invasores extranjeros, que superaban en número a los defensores del puerto, acometieron en contra de la posición del General José María Yáñez, quien se encontraba al mando de la defensa, triunfando eventualmente las tropas del conde francés durante los primeros ataques, consiguiendo con ello importantes avances sobre una línea defensiva sonorense a la que habían prácticamente nulificado. A pesar de los avances de los enemigos, los habitantes del puerto, en lugar de dar marcha atrás, decidieron redoblar sus esfuerzos y, en una muestra de gran valor, lograron hacer retroceder a los invasores, hasta el punto de que, sorprendidos por la fuerte y decidida defensa de los mexicanos, los cuales estaban menos preparados y pobremente armados, los mercenarios extranjeros empezaron la huida y se resguardaban en los edificios cercanos, escapando por la parte trasera de las construcciones, rindiendo sus armas muchos de ellos, al verse vencidos y su injusta causa perdida. HEROICA CABORCA El calendario marcaba el día 6 de abril de 1857, cuando los habitantes de la ciudad de Caborca, apoyados por militares mexicanos, lograron derrotar a un grupo de invasores norteamericanos, encabezados por el filibustero Henry Alexander Crabb, quien pretendía establecerse en la región y, posteriormente, anexar este territorio al vecino país de los Estados Unidos de Norteamérica. Los militares que encabezaron a los nacionales fueron el Capitán Lorenzo Rodríguez y el Coronel José María Girón, quienes opusieron una férrea resistencia durante 6 días de sitio en el Templo de la Purísima Concepción, ahora Templo Histórico declarado Monumento Nacional; la victoria se logró gracias a la acción de Luis Núñez Bustamante, nativo de Caborca, quien desde una torre del templo lanzó flechas encendidas hasta hacer estallar el depósito de municiones de los filibusteros, con lo que los extranjeros se rindieron. Aquella acción agresora fue, para nuestro país, la última con fines anexionistas proveniente de grupos de norteamericanos coludidos con mexicanos, durante aquella inestable época en que México perdió gran parte de su territorio. HEROICA ÚRES En los anales de la historia de Úres tenemos que durante la invasión francesa a nuestro país, en Sonora, a mediados de 1866, la situación general era la de una lucha tenaz en todo el Estado, en la que las tropas republicanas no daban cuartel a un ejército francés mucho más numeroso, apoyado por una gran cantidad de traidores e indígenas de las etnias sonorenses, a los que convencieron de luchar en contra del gobierno republicano, al que desde antes consideraban como su enemigo. Finalmente, la constante presión ejercida por las fuerzas leales al gobierno del Presidente Juárez, después de haber librado exitosas batallas a lo largo y ancho de todo el territorio sonorense, obligaron a los invasores franceses a encuartelarse en la ciudad de Úres, para defender esa posición clave para el mantenimiento del Imperio en Sonora. El día 4 de septiembre de 1866, dieron inicio las hostilidades de la "Batalla de Guadalupe" en la que las fuerzas Republicanas libran vigorosa batalla contra los invasores Franco-Belgas en los llanos de Guadalupe de Úres, en los arroyos “Lo de Nava”, en el “del Tío Fabián” y en el edificio de “La Corrección”, huyendo los imperialistas el día 5, por el lado de “El Molinito”, siendo alcanzados posteriormente. El ejército Imperialista estaba formado por mil hombres y tenía 4 piezas de artillería. El día 6, en Úres ya no quedaban vestigios del Imperio, y, el día 14, la escasa y maltrecha tropa se embarcó en Mazatlán rumbo a México, para de ahí salir definitivamente del país. HEROICA CANANEA En el caso del mineral de Cananea, durante la Dictadura Porfirista, se prohibió a los trabajadores que formaran organizaciones o iniciaran cualquier revuelta o manifestación para defender sus derechos laborales, castigándose con multa e inclusive prisión, a quienes desobedecieran. Sin embargo, a principios del Siglo XX, dos huelgas muy importantes marcaron el origen del movimiento obrero mexicano, una de ellas inició en Cananea a finales de 1905 y a principios de 1906, cuando se organizó la agrupación obrera "Unión Liberal Humanidad", debido a que la empresa minera extranjera Consolidated Cooper Co., ofrecía mejor paga a los 2 mil 200 trabajadores estadounidenses que a los 5 mil 300 trabajadores mexicanos que ahí laboraban, además de los malos tratos que recibían los trabajadores locales por parte de los mayordomos extranjeros. Debido a lo anterior, el primero de junio de 1906 estalló la huelga en la que los trabajadores nacionales demandaban salarios más altos y un trato igualitario, pues, en comparación con los trabajadores norteamericanos, eran víctimas de discriminación. Por tal motivo, los huelguistas portaban consigo la bandera nacional y un estandarte con un billete de cinco pesos, cantidad que simbolizaba el salario mínimo solicitado. Por la tarde de ese día, una comisión de obreros se entrevista con el presidente de la empresa y éste les pide que pongan sus peticiones por escrito. Los obreros piden jornadas laborales de ocho horas, mayordomos mexicanos e igualdad de salarios con los estadounidenses. Cuando los obreros reparten volantes con sus peticiones, se acercan a una maderería, pero son recibidos con mangueras de agua a presión y disparos de armas de fuego. Mueren varios obreros. Al salir los jefes de la maderería, son desarmados y asesinados por los trabajadores. Al reagruparse y dirigirse al barrio del Ronquillo en la ciudad, son agredidos por estadounidenses con armas de fuego. Mueren otros 13 y hay varios heridos. El entonces Gobernador de Sonora, Rafael Izábal, se dirige al lugar con 20 rurales, 30 gendarmes fiscales y en Naco se le incorporan al grupo rangers estadounidenses. El 2 de junio del mismo año, el Gobernador se dirige a los obreros y les promete que se hará justicia. Por la tarde, se presenta otro choque entre huelguistas y estadounidenses. Hay más muertes. El 3 de junio llegan las tropas del General Luis E. Torres de la I Zona Militar. Se llega a un acuerdo. El 4 de junio vuelven al trabajo, pero el día siguiente son aprehendidos varios mineros que integraban la comisión de peticiones y son enviados a San Juan de Ulúa. El saldo final de esta lucha es de 23 muertos, 4 de ellos extranjeros, y 22 heridos, y solo se logra que la empresa retire a tres mayordomos estadounidenses. Sin embargo, a pesar de estos episodios trágicos, las movilizaciones por parte de los trabajadores continuaron presentándose, para la defensa y lucha de sus derechos laborales básicos, lo cual no dejó de darse por mucho tiempo, gracias al camino lleno de dignidad y orgullo que nos señalaron los mineros de Cananea en aquel histórico momento. HEROICA NOGALES La historia nos dice que, derivado de los conflictos entre los pobladores de Nogales con el ejército y las autoridades norteamericanas, por el abuso que constantemente cometían los extranjeros en contra de los mexicanos, el día 27 de agosto de 1918, ocurrió una sangrienta tragedia, a raíz de la imprudencia de un celador norteamericano, por lo cual, dada la gravedad y trascendencia del acontecimiento, estuvo a punto de ocasionar un serio conflicto internacional. El reloj marcaba a una de la tarde de aquel día, cuando un obrero mexicano cruzaba la línea fronteriza con rumbo a México, cargando un pequeño bulto bajo el brazo. Ya en nuestro territorio, le hablaron los celadores americanos exigiéndole que se devolviera. Al mismo tiempo, recibió indicaciones del celador mexicano que no obedeciera, ya que se encontraba fuera del control de los guardias americanos. Como el obrero atendió las indicaciones de su compatriota, el oficial americano, sacó su pistola y le disparó al obrero mexicano, errando el tiro. Por tal motivo, el celador Francisco Gallegos, quien vigilaba la garita mexicana, al darse cuenta del abuso cometido, disparó sobre los celadores norteamericanos, matando a uno de ellos, siendo éste el primer muerto del conflicto. Conocidos estos primeros acontecimientos por el vecindario y autoridades de Nogales, se inició de parte de los soldados negros y civiles americanos una lluvia de proyectiles sobre la indefensa población, nuestros compatriotas respaldados por la escasa guarnición, se aprestaron a repeler la agresión y, en breves momentos, el combate se generalizó. En aquellos momentos de suprema agitación se presentó en la lucha el Presidente Municipal, Señor Félix Peñaloza, enarbolando, en vano, un pañuelo blanco en señal de paz, ya que un gran número de soldados afroamericanos del ejército estadounidense, estando en suelo sonorense, dispararon y dieron muerte al señor Peñaloza, introduciéndose por el Callejón Sandoval, arrollando a su paso a cuantos encontraban, sin siquiera respetar a la brigada de la Cruz Roja, que se ocupaba en prestar sus auxilios a los heridos que más tarde fueron trasladados al Hospital Municipal, para recibir atención médica. Aquella lucha, aunque desigual, se sostuvo dignamente hasta las seis de la tarde de ese mismo día, hasta lograr la expulsión de los invasores extranjeros, gracias a la honrosa defensa de los nogalenses, apoyados por una pequeña guarnición de soldados yaquis, así como de diversos trabajadores mexicanos, que, abandonando sus faenas en el vecino país, acudieron prestos a la defensa de la Patria. De esa forma, todos ellos supieron situarse a la altura del deber en aquellos momentos de prueba frente al invasor norteamericano. Por todas estas grandes hazañas, los acontecimientos descritos fueron motivos suficientes para que el Congreso del Estado de Sonora emitiera las siguientes leyes: 1.- Ley Número 21, aprobada el 29 de octubre de 1935, que concede a la Ciudad y Puerto de Guaymas, el Título de "Heroica" y que declara Día de Fiesta en el Estado, el 13 de Julio; por la acción de armas del 13 de julio de 1854. 2.- Ley Número 89, aprobada el 1° de abril de 1948, que declara Heroica a la Ciudad de Caborca, cabecera del municipio del mismo nombre; en recuerdo de la jornada gloriosa del 6 de abril de 1857. 3.- Ley Número 89, aprobada el 03 de septiembre de 1998, que concede y declara el Título de Heroica a la Ciudad de Úres, cabecera del municipio del mismo nombre; en reconocimiento a las gestas heroicas libradas los días 4 y 5 de septiembre de 1866. 4.- Ley Número 248, aprobada el 30 de mayo de 2006, que concede y declara el Título de Heroica a la Ciudad de Cananea, cabecera del municipio del mismo nombre, en memoria y reconocimiento de la huelga de los trabajadores mineros, que estalló el 01 de junio de 1906. 5.- Ley Número 77, aprobada el 30 de junio de 1961, que declara Heroica a la Ciudad de Nogales, cabecera del municipio del mismo nombre; para conmemorar los acontecimientos heroicos ocurridos el 27 de agosto de 1918. Resulta por demás importante resaltar que cada uno de los actos de heroísmo que dieron lugar a los acontecimientos referidos en líneas anteriores, fueron llevados a cabo por sonorenses, dejando un legado de valentía y amor por la tierra y los valores de nuestra gente, al defender no sólo el territorio, sino los derechos inherentes al ser humano, enfrentando con envidiable dignidad cada uno de los agravios y actuando no únicamente para proteger los derechos propios de cada uno de ellos, pero también los derechos de las comunidades a las que pertenecían y viendo en todo momento por el bienestar social y colectivo de sus familias, de su gente, de sus connacionales, aportando involuntariamente con todo esto, auténticos actos de patriotismo que no merecen nada menos que nuestra admiración y respeto profundos. Como podemos apreciar, cada una de estas gestas heroicas son dignas de reconocimiento constante por parte de nuestro país, no solo por las grandes contribuciones a la exitosa construcción del México libre e independiente del que actualmente gozamos todos los que aquí habitamos, sino por el gran ejemplo de patriotismo que estos hechos representan para las nuevas generaciones de mexicanos, así como el legado histórico, cultural y educativo que nos han heredado con cada uno de los actos de heroísmo.”  Ley que Establece el Día 2 de Octubre como Día de Luto Estatal; publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 38, Sección I, de fecha 8 de noviembre de 2018; la cual se sustentó en los siguientes motivos: “El día 2 de octubre de 1968, México fue escenario de una de las peores tragedias que se tenga memoria en la historia reciente; la matanza de estudiantes en la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco. Este acontecimiento marcó con letras rojas la brutal actuación del Estado mexicano al reprimir una manifestación de estudiantes de diversas instituciones académicas abriendo fuego a discreción contra esa masa inerme que dejaría un precedente nefasto marcado por el autoritarismo de un gobierno que no estaba dispuesto a escuchar las demandas de jóvenes que buscaban una sociedad más democrática y participativa en la toma de decisiones de un México que reclamaba espacios de expresión en la que sus armas más poderosas eran las ideas y la perspectiva de un cambio social. La cuarta transformación llega en la suma de todas las luchas del pueblo mexicano por liberarse del autoritarismo. Cada voto dado a nuestro Presidente Andrés Manuel López, obrador lleva inmerso los sueños del 68 de libertad. Desde esta tribuna agradecemos tarde muy tarde es probable, a todas las personas que han luchado por un México y Sonora mejor sin pedir nada a cambio y a costa de amenazas, agresiones físicas, cárcel y la muerte, como es el caso, de la solución del movimiento del 68. En este orden, en retrospectiva, a 50 años de distancia de aquel hecho lamentable, y que la sociedad hoy califica como una acción injustificable en la cual no cabe ni el perdón ni el olvido, propones que esta LVII Legislatura honre la memoria de todos aquellos jóvenes estudiantes que con sus ideales y convicción férrea ofrecieron su propia vida en la búsqueda de un País en el cual se respetara la diversidad de ideas promoviendo desde una trinchera pacífica una cultura democrática con la esperanza que en prospectiva de esa época, sus acciones aportaran los elementos necesarios de un anhelo de cambio social que nunca pudieron hacer constar in situ, al cegarles de manera abrupta su existencia por el capricho de subjetividades ideológicas y miedo a la libre expresión, que se traducía en valores antidemocráticos los cuales frenaron el desarrollo intelectual y las ganas de transcender de toda una generación de jóvenes mexicanos. La iniciativa que proponemos, se justifica en gran medida por varios factores que se vinculan de manera específica con el respeto a los derechos humanos llamados de primera y segunda generación; por una parte, los derechos de libertad negativa que es aquella que se define por la ausencia de coacción externa al individuo que desee realizar un curso de acción determinado, y por un sentido de libertad positiva como la capacidad de cualquier individuo de ser dueño de su voluntad, y de controlar y determinar sus propias acciones; y su destino, se puede entender como la noción de libertad como autorrealización. Se han escrito ríos de tinta de testimonios sobre el pensamiento y el sentir de la fatídica noche de la matanza estudiantil de Tlatelolco del 2 de octubre de 1968, así como las inconformidades, los motivos de las rebeliones y las consecuencias mortales de una orden presidencial en la cual la sinrazón, la intolerancia y la embriaguez de un poder omnímodo dio pie a que esta fecha se recuerde no por una gesta heroica, sino como el resultado de la intolerancia oficial, en la cual el saldo final se contabilizó con cuerpos sin vida de jóvenes estudiantes. El 20 de diciembre de 2011, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, aprobó un DECRETO por el que se adiciona la fecha "2 de Octubre, Aniversario de los caídos en la lucha por la democracia de la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, en 1968", al inciso b) del artículo 18 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales. Con base en dicha resolución, cada 2 de octubre la bandera mexicana es izada a media asta en señal de duelo. Más allá de recordar el 2 de octubre como una fecha lamentable, debe ser una fecha de homenaje en la lucha por la democracia, y debe ser recordada como una lucha de libertad que no responde a intereses partidistas o de grupo. Muchos consideran que “tal hecho histórico tiene que ser reconocido y recordado como una transición política de la libertad democrática que tuvo auge para el bienestar de las generaciones futuras”, palabras textuales del dictamen aprobado por el Congreso. Por primera vez desde que ocurrieron los hechos de la matanza estudiantil, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas reconoció que la masacre del 2 de octubre de 1968, ocurrida en la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, fue una violación a los derechos humanos y un crimen de Estado. El gobierno reconoció que fue "un crimen de estado" en el cual se montó el uso de francotiradores que dispararon "a fin de crear caos, terror y una narrativa oficial para criminalizar la protesta", así como las detenciones arbitrarias y torturas posteriores a la matanza. De igual forma dicha Comisión reconoció que las consecuencias de esta represión fueron el detonante de una espiral de violencia dirigida contra movimientos sociales contrarios al régimen. La iniciativa que propones tiene cuatro propósitos fundamentales, todos ellos con un carácter de memoria histórica, que a continuación se enumeran: 1. Se establece el día 2 de octubre de cada año como día de luto estatal en el Estado de Sonora. 2. El día de sesión ordinaria del Congreso de Sonora que conmemora el 2 de octubre se izara la bandera a media asta. 3. Se guardará un minuto de silencio como muestra de respeto a los caídos en el movimiento estudiantil. 4. Se inscribirán en letras doradas la frase “en memoria de los caídos en la lucha por la democracia de la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco, en 1968”. De aprobarse esta iniciativa, será un recordatorio para que este tipo de hechos jamás vuelva a repetirse, y se compara de manera análoga a la declaración de la ONU al establecer el día 2 de octubre como el Día Internacional de la No Violencia, y para el caso, y en referencia a lo dispuesto por la ONU que establece: El principio de la no violencia tiene una relevancia universal y busca conseguir una cultura de paz, tolerancia y comprensión. Y abundando como dijo Gandhi "la no violencia es la mayor fuerza a disposición de la humanidad. Es más poderosa que el arma de destrucción más poderosa concebida por el ingenio del hombre" Sin embargo, debido a que dichos Días Estatales se encuentran dispersos en diversas normatividades que en su mayoría no fueron más allá de la declaración de un día especifico, además de que fueron aprobadas en fechas muy distintas y distantes entre sí, nos pone de frente con una problemática que ha dado como resultado que estas importantes fechas cívicas pierdan fuerza con el paso del tiempo y sean olvidadas al grado de no ser considerado como algo importante su conmemoración, dando pie a que los niños y jóvenes que forman parte de nuestras futuras generaciones, desconozcan a los personajes y hechos históricos que tuvieron un papel importante en la vida de nuestro Estado y que le otorgan una identidad especial a la sociedad sonorense. Al respecto, diversos sectores de la sociedad, compuestos por hombres y mujeres interesados en rescatar la cultura y los valores cívicos de los sonorenses, han reclamado la falta de presencia de nuestras mismas autoridades estatales y federales en los eventos de las fechas cívicas del Estado, cuando dichas autoridades deberían ser las más interesadas en que este tipo de programas se lleven a cabo, desinterés que ha repercutido en poca presencia de nuestro Ejército Mexicano. Debemos recordar que el Ejército Mexicano es la institución más respetada por nuestra sociedad, además de que su participación es un gran ejemplo de disciplina, compromiso y amor a la Patria, para todos los mexicanos, especialmente para los más jóvenes que tanto necesitan de guías hacia lo que es correcto, en estos tiempos en los que sobran modelos de exaltación de la violencia y la delincuencia, que menoscaban los valores tradicionales de nuestro país. Por otro lado, consideramos muy importante contar con la presencia de los representantes de nuestro Estado ante el Congreso de la Unión, toda vez que ambas cámaras, tanto la de Diputados como la de Senadores, tienen facultad de manera colegiada, para declarar la guerra, en vista de los datos que les presente el Ejecutivo en términos de lo dispuesto por la Fracción XI del Articulo 73 de la Constitución Política Federal; adicionalmente, al Senado corresponde de manera exclusiva, autorizarlo para que pueda permitir la salida de tropas nacionales fuera de los límites del País, el paso de tropas extranjeras por el territorio nacional y la estación de escuadras de otra potencia, por más de un mes, en aguas mexicanas, así como analizar y aprobar el informe anual que el Ejecutivo le presente sobre las actividades de la Guardia Nacional. Por otro lado, a la Cámara de Diputados le toca la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, en donde se encuentran las partidas necesarias para garantizar la seguridad pública de todos los mexicanos y la protección de la Soberanía de la Nación. En otras palabras, ambas Cámaras del Congreso del Unión han desempeñado un papel decisivo para asegurar la defensa de la patria durante el último siglo, lo que ha permitido la evolución de nuestro país, para pasar de una sociedad de constantes conflictos externos e internos, a una nación estable y con una ideología pacifista contraria a los enfrentamientos bélicos con otros países. En consecuencia, ante esta grave situación que a todas luces está adelgazando en presencia y en calidad las actividades cívico patriotas que se llevan a cabo en nuestro Estado, en un claro detrimento de la cultura cívica de las presentes y futuras generación de sonorenses, es necesario que los diputados que integramos este Poder Legislativo rescatemos estos valiosos textos legales que contienen los hechos más trascendentales en la historia de Sonora, y conjuguemos el espíritu de los mismos en una sola normatividad en la que además de constituirse como único instrumento legal para declarar las fechas cívicas sonorenses, imponga la obligación a nuestras autoridades tanto estatales como municipales, para que lleven a cabo la conmemoración de estas trascendentales fechas, con el fin de recuperar la cultura, el civismo, la civilidad y los valores que deben de formar parte inseparable de la nueva escuela mexicana.” Expuesto lo anterior, esta Comisión procede a resolver el fondo de la iniciativa en estudio, para lo cual nos fundamentamos bajo las siguientes: CONSIDERACIONES: PRIMERA.- Es facultad constitucional y de orden legal de los diputados al Congreso del Estado, iniciar ante este Órgano Legislativo las leyes, decretos o acuerdos de observancia y aplicación en el ámbito jurisdiccional del Estado, atento lo dispuesto por los artículos 53, fracción III de la Constitución Política del Estado de Sonora y 32, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. SEGUNDA.- Conforme al orden jurídico local, es potestad constitucional exclusiva de este Poder Legislativo discutir, aprobar y expedir toda clase de leyes, decretos y acuerdos de observancia y aplicación en el ámbito territorial del Estado, siendo materia de ley toda resolución que afecte a las personas en general, de decreto la que otorgue derechos o imponga obligaciones a personas determinadas, y de acuerdo en los demás casos, según lo dispuesto por el artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Sonora. Además de lo anterior, es importante señalar que en la interpretación, reforma o abrogación de leyes, deberán observarse los mismos trámites establecidos para su formación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Sonora. TERCERA.- El Poder Legislativo del Estado tiene la atribución de velar por la conservación de los derechos de los ciudadanos y habitantes del Estado y proveer, por cuantos medios estén a su alcance, a su prosperidad general de conformidad con el artículo 64, fracción XXXV de la Constitución Política del Estado de Sonora. CUARTA.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en nuestro país todo individuo tiene derecho a recibir educación, con lo que se constituye el Derecho Humano de todos los mexicanos para accesar a la educación, quedando al Estado, entendiendo por éste a la Federación, Estados y Municipios, la obligación de impartir educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Dentro de estos niveles educativos, la educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica y junto con la media superior integran el esquema educativo obligatorio que debe recibir todo mexicano. Por otra parte, como bien se explica en la iniciativa sometida a la consideración de los integrantes de esta Comisión Dictaminadora, en el párrafo décimo segundo del dispositivo constitucional antes mencionado, se ordena que los planes y programas de estudio deben tener una orientación integral, para lo cual, deberán incluirse, entre otras materias, el conocimiento de la historia y el civismo. A efecto de entender mejor las implicaciones de agregar las materias mencionadas dentro de los planes y programas de estudio que deben impartirse en las escuelas sonorenses, debemos analizar a profundidad el significado de sus conceptos, debiendo entender que “historia” es el “conjunto de los sucesos o hechos políticos, sociales, económicos, culturales, etc., de un pueblo o de una nación”, y “civismo” es el “Comportamiento respetuoso del ciudadano con las normas de convivencia pública”. Lo anterior, de acuerdo a las definiciones que contiene el Diccionario de la Lengua Española elaborado por la Real Academia Española, que si bien no se trata de una institución del Estado Mexicano, se trata de una organización con reconocimiento oficial en nuestro país, en virtud de que en la elaboración del mencionado Diccionario, desde su XXII Edición en el año 2001, participa la Academia Mexicana de la Lengua, en coautoría con las respectivas academias de la lengua española de 21 países donde existe el habla hispana, que junto con las academias de México y a España, forman parte de la Asociación de Academias de la Lengua Española, conformada en el año de 1951, a iniciativa del entonces Presidente Mexicano Miguel Alemán Valdés, por lo que sus términos lingüísticos son considerados oficiales en nuestro país. Tenemos entonces, de acuerdo a los conceptos que nos ofrece el Diccionario de la Lengua Española, que al impartir historia se está enseñando a nuestros niños y jóvenes, cuales fueron los sucesos o hechos políticos, sociales, económicos y culturales de nuestro país y, en particular, de nuestro Estado, lo cual ciertamente es de gran beneficio para entender las múltiples particularidades del contexto social en el que vivimos y poder participar con mejores elementos en la construcción de nuestro futuro; y por otra parte, al educar en civismo a nuestros jóvenes educandos, les enseñamos cómo comportarse respetuosamente con sus semejantes de acuerdo con las normas de convivencia pública aceptadas en nuestra sociedad, lo que los lleva a construir lazos afectivos con los integrantes de su comunidad sobre una base de respeto que fortalece el tejido social y el sentido de pertenencia, con lo que se crean las condiciones necesarias para que busquen su desarrollo personal procurando contribuir de forma voluntaria al bien común de una sociedad a la que saben que pertenecen. Como podemos apreciar, ambas materias tienen mucho que aportar al engrandecimiento de nuestra sociedad, en un contexto en el que la inseguridad y la delincuencia han crecido exageradamente en los últimos años, implementando una errónea y nefasta cultura en la que se pretende exaltar las supuestas hazañas de los más sádicos y peligrosos delincuentes que han asolado a nuestro país en los últimos años, cuyos promotores buscan poner como ejemplo a los integrantes más jóvenes de nuestra sociedad, con la reprobable finalidad de reclutarlos en sus acciones delincuenciales o que contribuyan a la inseguridad que debilita el Estado de Derecho y fortalece la impunidad. En ese sentido, la iniciativa que es materia del presente dictamen, pone a nuestra consideración la aprobación de una nueva normatividad que propone darle mayor realce a la celebración de aquellas fechas cívicas que se han declarado formalmente como importantes en nuestro Estado, en las que se celebran acontecimientos históricos que han incidido de manera importante y trascendente en la historia de nuestro Estado, estableciendo requisitos mínimos para que dichas fechas sean celebradas con la importancia que merecen y que, a la vez, se conviertan en ejemplos de heroísmo que la nuestra sociedad no olvida a pesar del paso de los años, sin que sirvan de marco a intereses personales o político-partidistas. Considerando este último propósito, esta Comisión Dictaminadora considera que es necesario que en esta nueva normatividad debe contener solamente aquellas fechas en las que se celebran gestas heroicas y la del aniversario de la muerte del General Álvaro Obregón, puesto que el resto de las fechas son relativamente recientes y si bien es cierto se trata de momentos que no debemos olvidar y que propiciaron cambios profundos en nuestro pasado, no es menos cierto que son hechos aún se encuentran impregnadas de sentimientos identificados a favor o en contra de alguna ideología política y pueden ser malamente aprovechados para intereses políticos que pueden venir a contaminar los actos conmemorativos que se lleven a cabo en las fechas establecidas para ello. Además, cabe mencionar que no por ello se están desapareciendo las fechas cívicas que no se incluyan en esta ley, ya que cada una de las fechas contempladas en la iniciativa han sido aprobadas ya como Días Estatales por parte de este Poder Legislativo y esta nueva ley solamente recopila algunas de esas fechas en un solo ordenamiento para imponer a las autoridades estatales y municipales a que cumplan con su obligación de impartir historia y civismo, a través de la realización adicional de actos conmemorativos que le otorguen a las fechas cívicas la importancia que merecen, y que demuestren a la sociedad que los hechos celebrados fueron y son verdaderamente importantes para Sonora. Por lo anteriormente expuesto, los Diputados que integramos esta Comisión de Educación y Cultura podemos concluir que la iniciativa de mérito es positiva y, con los cambios propuestos, recomendamos ampliamente su aprobación al Pleno de este Poder Legislativo, toda vez que con su entrada en vigor contaremos con nuevas herramientas para fortalecer la educación en las materias de civismo e historia, mediante actos conmemorativos oficiales que proporcionen a nuestra sociedad, especialmente a los integrantes más jóvenes, una nueva visión de los hechos y actos históricos que le dieron rumbo a nuestro Estado y forjaron los valores que le dan carácter y fortaleza a la sociedad sonorense. Finalmente, es pertinente señalar que, atendiendo lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios y el artículo 79, fracción IX de la Constitución Política del Estado de Sonora, mediante oficio número 4438-I/20, de fecha 02 de marzo de 2020, la Presidencia de la Mesa Directiva de este Poder Legislativo tuvo a bien solicitar al Secretario de Hacienda del Gobierno del Estado de Sonora, la remisión a esta Soberanía, del dictamen de impacto presupuestario de la iniciativa en cuestión. Al efecto, mediante oficio número SH-0830/2020, de fecha 20 de mayo de 2020, el titular de la Secretaría de Hacienda señala lo siguiente al respecto: “…le informo que esta Secretaría de Hacienda no estima que las siguientes iniciativas contengan impacto presupuestal que ponga en riesgo el Balance Presupuestario Sostenible del Gobierno del Estado: Folio 2238-62, Iniciativa que crea la Ley que declara las fechas cívicas del Estado de Sonora.” En consecuencia, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Sonora, sometemos a consideración del pleno el siguiente proyecto de: N U M E R O 165 EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE: LEY QUE DECLARA LAS FECHAS CÍVICAS DEL ESTADO DE SONORA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto declarar las fechas que deben conmemorarse en el Estado de Sonora. ARTÍCULO 2.- Son objetivos específicos de esta Ley: I.- Promover la cultura y los valores cívicos de la sociedad sonorense; II.- Difundir, promover y fortalecer el conocimiento de los acontecimientos históricos más trascendentales en la historia contemporánea del Estado de Sonora; III.- Rendir homenaje a los personajes históricos que protagonizaron los hechos que ocurrieron en las fechas cívicas, fomentando el respeto y reconocimiento cívico e institucional a su memoria; y IV.- Fomentar la participación y corresponsabilidad de la sociedad civil en las acciones y programas de gobierno orientados a rescatar, promover y conmemorar las fechas cívicas en el Estado de Sonora. ARTÍCULO 3.- Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y los Ayuntamientos del Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán vigilar el cumplimiento de la presente Ley. ARTÍCULO 4.- El Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Educación y Cultura, dictará las medidas necesarias para que, en todas las instituciones del Sistema Educativo Estatal, se profundice en la enseñanza de los acontecimientos históricos relacionados con las Fechas Cívicas del Estado de Sonora. CAPÍTULO II DE LAS FECHAS CÍVICAS ARTÍCULO 5.- Las fechas cívicas son aquellas que fomentan el conocimiento y fortalecen la cultura, la identidad y los valores cívicos, a través de la conmemoración de hechos y personajes históricos de gran importancia para el Estado de Sonora. ARTÍCULO 6.- Se declaran como Fechas Cívicas del Estado de Sonora, las siguientes: I.- El día 6 de abril de cada año como “DÍA ESTATAL DE LA GESTA HEROICA DE LA CIUDAD DE CABORCA, SONORA”. II.- El día 1° de junio de cada año como “DÍA ESTATAL DE LA GESTA HEROICA DE LA CIUDAD DE CANANEA, SONORA”. III.- El día 13 de julio de cada año como “DÍA ESTATAL DE LA GESTA HEROICA DE LA CIUDAD Y PUERTO DE GUAYMAS, SONORA”. IV.- El día 17 de julio de cada año como “DÍA DE LUTO ESTATAL POR EL ANIVERSARIO DEL ASESINATO DEL CIUDADANO SONORENSE GENERAL ÁLVARO OBREGÓN, OCURRIDO EN EL AÑO 1928” V.- El día 27 de agosto de cada año como “DÍA ESTATAL DE LA GESTA HEROICA DE LA CIUDAD DE NOGALES, SONORA”. VI.- El día 05 de septiembre de cada año como “DÍA ESTATAL DE LA GESTA HEROICA DE LA CIUDAD DE URES, SONORA”. VII.- El día 07 de noviembre de cada año como “DÍA ESTATAL DE LA GESTA HEROICA DE JESÚS GARCÍA CORONA, EN EL MUNICIPIO DE NACOZARI DE GARCÍA, SONORA”. CAPÍTULO III DE LOS EVENTOS CONMEMORATIVOS ARTÍCULO 7.- En todas las escuelas e instituciones educativas públicas y privadas que se encuentren en el Estado de Sonora, se deberán realizar actos conmemorativos relacionados con las Fechas Cívicas del Estado de Sonora. ARTÍCULO 8.- En el Día de Luto Estatal a que se refiere la fracción IV del artículo 6 de esta Ley, en señal de duelo se izará la Bandera Nacional a media asta en todos los edificios públicos del Estado. ARTÍCULO 9.- En los Días Estatales de las Gestas Heroicas a que se refieren las fracciones I, II, III, V, VI y VII del artículo 6 de esta Ley, se izará la bandera a toda asta en todos los edificios públicos del Estado. De igual forma, los ayuntamientos de los municipios en donde sucedieron dichas gestas heroicas, en colaboración con los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deberán realizar un acto oficial solemne conmemorativo en la fecha que a cada gesta heroica corresponda, debiendo contar con la participación de una banda de guerra. El Ayuntamiento respectivo deberá invitar al Ejército Mexicano al evento señalado en el párrafo anterior, y solicitarle que participe con su escolta, banda de guerra y realice el acto de tiros de salva de artillería en las fechas conmemorativas de las gestas heroicas. Dicha solicitud deberá realizarse con la debida anticipación para que en caso de que no pueda contarse con la banda de guerra del Ejército Mexicano, pueda solicitarse la participación de una banda de guerra escolar o de cualquier institución pública o privada. ARTÍCULO 10.- En los actos solemnes que se realicen de manera oficial para conmemorar las gestas heroicas a que hace referencia el artículo 9 de esta Ley, deberá contarse desde el inicio hasta el final del evento, con la presencia de, al menos, un integrante del Ayuntamiento que deberá presidirlo, y de un representante de primer nivel de cada uno de los tres Poderes del Estado de Sonora. El Presidente Municipal del Ayuntamiento respectivo, deberá invitar al menos a un Senador o Senadora y aun Diputado o Diputada Federal, representantes de Sonora ante el Congreso de la Unión, así como a representantes de los Poderes Ejecutivo y Judicial de la Federación. ARTÍCULO 11.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9, el Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos que correspondan, llevarán a cabo en los municipios en donde sucedieron las gestas heroicas, acciones y programas específicos de gobierno para realizar actividades públicas y festivas que comprendan eventos artísticos y culturales representativos de la gesta heroica que corresponda, pudiendo realizarse dichas actividades festivas en el Día Estatal que corresponda y en aquellas fechas que se considere más convenientes de acuerdo a la naturaleza de los eventos a realizar. ARTÍCULO 12.- El Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán, impulsarán y apoyarán las actividades que lleven a cabo instituciones privadas y organizaciones de la sociedad civil, en conmemoración de las Fechas Cívicas del Estado de Sonora. En consecuencia, en la planeación y desarrollo de las actividades conmemorativas que lleven a cabo el Ejecutivo Estatal y los Ayuntamientos, se deberá fomentar y privilegiar la participación y corresponsabilidad de los distintos sectores de la sociedad civil, incluyendo organizaciones e individuos cuyo conocimiento permita ampliar y fortalecer las actividades programadas. ARTÍCULO 13.- En los eventos conmemorativos relacionados con las Fechas Cívicas del Estado de Sonora, queda prohibido utilizar o difundir propaganda o ideología política o partidista. Los eventos y la publicidad oficial tendrán carácter institucional y en ningún caso podrán incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier institución u organización privada, persona moral, servidor público o candidatos a puestos de elección popular. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se abrogan: I.- La Ley que declara Día de Luto en el Estado, el 17 de Julio, aprobada el 30 de julio de 1928; II.- La Ley que declara Día Solemne en el Estado de Sonora el 7 de Noviembre de cada Año, en Conmemoración de la Gesta Heroica de Jesús García, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 37, de fecha 04 de noviembre de 1964; III.- La Ley que Declara los Días Estatales de las Gestas Heroicas de los Municipios de Guaymas, Caborca, Ures, Cananea y Nogales, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 34, sección I, de fecha 26 de abril de 2018. A P É N D I C E LEY 165; B. O. No.7 SECCIÓN III; de fecha 23 de julio de 2020. Í N D I C E LEYQUE DECLARA LAS FECHAS CÍVICAS DEL ESTADO DE SONORA………………………..14 CAPÍTULO I ...................................................................................................................................... 14 DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................... 14 CAPÍTULO II ..................................................................................................................................... 14 DE LAS FECHAS CÍVICAS ........................................................................................................... 14 CAPÍTULO III .................................................................................................................................... 15 DE LOS EVENTOS CONMEMORATIVOS ................................................................................... 15 TRANSITORIOS ............................................................................................................................... 16