Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
De la Población del Estado
Artículo 10 Todas las personas que se encuentren eventual o permanentemente en el territorio del Estado quedan sujetas a sus leyes y bajo el amparo de las mismas en la forma y términos que establezcan.
Artículo 11 Son habitantes del Estado todos los individuos que tienen su residencia en el mismo, aun cuando por razón de sus negocios o en el desempeño de un cargo de elección popular se ausenten temporalmente.