Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas

SECCIÓN PRIMERA - DEL GOBIERNO Y DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES

SECCIÓN PRIMERA

Del Gobierno y de las Dependencias Municipales

Artículo 127 El gobierno municipal se deposita en una asamblea que se denominará "Ayuntamiento", integrada por el Presidente, el Síndico y los Regidores.

La Ley Orgánica del Municipio Libre determinará las facultades y obligaciones que competen a cada uno de los integrantes del Ayuntamiento, así como la organización y funcionamiento de las dependencias administrativas.

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