Código de Comercio
› Libro Tercero - Del Comercio Marítimo
› Título Tercero - De los Contratos Especiales del Comercio Marítimo
› Capítulo XI - De los Casos en que se Anula, Rescinde o Modifica el Contrato de Seguro
› Artículos 856 al 863
Última Reforma DOF 28-03-2018
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(CAPÍTULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963)
- Artículo 856
- Artículo 857
- Artículo 858
- Artículo 859
- Artículo 860
- Artículo 861
- Artículo 862
- Artículo 863
Artículo 856
(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 857(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 858(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 859(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 860(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 861(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 862(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)
Artículo 863(Se deroga).
(ARTÍCULO DEROGADO D.O.F. 21 DE NOVIEMBRE DE 1963, 04 DE ENERO DE 1994)