Código Federal de Procedimientos Penales
Artículo 360. .- Son irrevocables y causan ejecutoria:
-
Las sentencias pronunciadas en primera instancia cuando se hayan consentido expresamente o cuando, concluido el término que la ley señala para interponer algún recurso, no se haya interpuesto; y
-
Las sentencias contra las cuales no dé la ley recurso alguno.
-