Partido Revolucionario Institucional vs. Tribunal de Elecciones del Estado de Veracruz-Llave

Partido Revolucionario Institucional vs. Tribunal de Elecciones del Estado de Veracruz-Llave

SUSTITUCIÓN DE FUNCIONARIOS PROPIETARIOS DE CASILLA POR LOS SUPLENTES GENERALES PREVIAMENTE DESIGNADOS POR LA COMISIÓN MUNICIPAL. CUÁNDO NO CONSTITUYE CAUSAL DE NULIDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE Y SIMILARES).

En el artículo 194 del código de elecciones del Estado de Veracruz-Llave se establece el procedimiento para integrar la mesa directiva de casilla que, por ausencia de alguno de los funcionarios propietarios, el día de la jornada electoral, no pueda instalarse en los términos del numeral 193 del ordenamiento invocado. Es decir, si falta algún funcionario propietario y no se realiza el recorrido de funcionarios en los términos del artículo primeramente invocado y su lugar es ocupado por un suplente general previamente designado por la comisión municipal, independientemente que lo anterior constituye una falta, ésta no es de tal gravedad para ameritar la nulidad de la votación recibida, como lo prevé el artículo 310, fracción V, del citado código, máxime cuando consta que la casilla se instaló con ciudadanos insaculados y capacitados.

Tercera Época:

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-158/97. Partido Revolucionario Institucional. 4 de diciembre de 1997. Unanimidad de votos.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-479/2000. Partido de la Revolución Democrática. 29 de enero de 2000. Unanimidad de votos.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-402/2001. Partido Acción Nacional. 30 de diciembre de 2001.—Unanimidad de votos.

Notas: El contenido de los artículos 193, 194 y 310, fracción V, del Código de Elecciones del Estado de Veracruz-Llave, interpretado en esta jurisprudencia, corresponde respectivamente, con los diversos 212, 213 y 307, fracción V, del código vigente.
La Sala Superior en sesión celebrada el veintiuno de febrero de dos mil dos, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.
Justicia Electoral. Revista del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Suplemento 6, Año 2003, páginas 68 y 69.