Democracia Social, Partido Político Nacional y otros vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral

Democracia Social, Partido Político Nacional y otros vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral

EMBLEMA DE PARTIDOS POLÍTICOS Y COALICIONES. CONCEPTO.

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales no proporciona mayores elementos para definir el vocablo emblema, pero esta situación demuestra que el legislador al emplear esa palabra lo hizo en la acepción que corresponde al uso común y generalizado, práctica que se observa en los ordenamientos legales, e inclusive en actos administrativos y en sentencias de los tribunales; por tanto, conforme a la bibliografía jurídica y general, el emblema exigido a los partidos políticos y a las coaliciones consiste en la expresión gráfica, formada por figuras, jeroglíficos, dibujos, siglas, insignias, distintivos o cualquiera otra expresión simbólica, que puede incluir o no alguna palabra, leyenda o lema.

Cuarta Época:

Recurso de apelación. SUP-RAP-38/99 y acumulados.—Actores: Democracia Social, Partido Político Nacional y otros.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—7 de enero de 2000.—Mayoría de seis votos.—Ponente: Leonel Castillo González.—Disidente: José Luis de la Peza.—Secretario: Arturo Fonseca Mendoza.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-126/2010 y acumulados.—Actores: Partido Revolucionario Institucional y otros.—Autoridad responsable: Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa.—26 de mayo de 2010.—Unanimidad de votos en los resolutivos primero a octavo y mayoría de cuatro votos en cuanto al noveno a undécimo.—Ponente: María del Carmen Alanis Figueroa.—Disidentes: Constancio Carrasco Daza, Manuel González Oropeza y Salvador Olimpo Nava Gomar.—Secretarios: Enrique Figueroa Ávila, Mauricio Huesca Rodríguez y Carlos Vargas Baca.

Juicio de revisión constitucional electoral. SUP-JRC-163/2010 y acumulado.—Actoras: Coalición “El Cambio es Ahora por Sinaloa” y otra.—Autoridad responsable: Consejo Estatal Electoral de Sinaloa.—3 de junio de 2010.—Unanimidad de cuatro votos en los puntos resolutivos primero, segundo y cuarto y por mayoría de tres votos en los restantes puntos resolutivos.—Ponente: José Alejandro Luna Ramos.—Disidente: Salvador Olimpo Nava Gomar.—Secretario: Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez.

La Sala Superior en sesión pública celebrada el seis de octubre de dos mil diez, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.
Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 3, Número 7, 2010, páginas 22 y 23.