Beatriz Reyes Ortiz vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral

Beatriz Reyes Ortiz vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral

COMPETENCIA. CORRESPONDE A LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CONOCER DE LAS IMPUGNACIONES RELACIONADAS CON LA INTEGRACIÓN DE CONSEJOS LOCALES DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.

De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 35, fracción II, 41, párrafo segundo, base VI, 99, párrafos segundo y cuarto, fracción V, 105, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 138, párrafo tercero, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 184, 189, fracción I, inciso e), 195, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 79 y 83 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se advierte que la designación de los integrantes de los Consejos Locales, efectuada por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, puede impugnarse ante las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; por ello, al no preverse un supuesto de competencia específica y por tratarse de un acto emanado del máximo órgano de dirección del citado Instituto, debe considerarse que corresponde a la Sala Superior.

Quinta Época:

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-10804/2011.—Actora: Beatriz Reyes Ortiz.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—16 de noviembre de 2011.—Unanimidad de votos.—Ponente: Constancio Carrasco Daza.—Secretaria: Claudia Valle Aguilasocho.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-10809/2011.—Actor: Rafael Flores García.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—16 de noviembre de 2011.—Unanimidad de votos.—Ponente: María del Carmen Alanis Figueroa.—Secretario: Carlos Vargas Baca.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-10811/2011.—Actor: Víctor Oscar Pasquel Fuentes.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—16 de noviembre de 2011.—Unanimidad de votos.—Ponente: Flavio Galván Rivera.—Secretario: Francisco Javier Villegas Cruz.

La Sala Superior en sesión pública celebrada el catorce de marzo de dos mil doce, aprobó por unanimidad de seis votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.
Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 5, Número 10, 2012, páginas 15 y 16.