Tribunal Electoral del Estado de México

Tribunal Electoral del Estado de México

PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. DEBE AGOTARSE POR REGLA GENERAL LA INSTANCIA LOCAL CUANDO SE ALEGA OMISIÓN LEGISLATIVA EN MATERIA ELECTORAL DE UN CONGRESO ESTATAL.

De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 40, 41, fracción VI, primer párrafo, 99, párrafo cuarto, fracción V y 116, párrafo segundo, fracción IV, inciso l), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desprende que, por regla general, cuando se reclame la omisión legislativa en materia electoral de un congreso estatal, debe cumplirse con el principio de definitividad, mediante el agotamiento del medio de impugnación en el ámbito local, antes de acudir a la Sala Superior, atendiendo al sistema de distribución de competencias entre los órganos jurisdiccionales electorales federales y los correspondientes en las entidades federativas.

Sexta Época:

Asunto general. SUP-AG-124/2016 Acuerdo de Sala.—Solicitante: Tribunal Electoral del Estado de México.—10 de enero de 2017.—Unanimidad de votos.—Ponente: Mónica Aralí Soto Fregoso.—Secretaria: Laura Angélica Ramírez Hernández.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-465/2017 Acuerdo de Sala.—Actor: Felipe de Jesús Salvador Zamora López.—Autoridades responsables: Consejo General del Instituto Nacional Electoral y otra.—28 de junio de 2017.—Unanimidad de votos.—Ponente: Mónica Aralí Soto Fregoso.—Secretario: Enrique Martell Chávez.

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-823/2017 Acuerdo de Sala.—Actor: Gerardo Cortinas Murra.—Autoridad responsable: Congreso del Estado de Chihuahua.—5 de septiembre de 2017.—Unanimidad de votos.—Ponente: Mónica Aralí Soto Fregoso.—Secretaria: Alejandra Montoya Mexia.

La Sala Superior en sesión pública celebrada el catorce de diciembre de dos mil diecisiete, aprobó por unanimidad de votos la jurisprudencia que antecede y la declaró formalmente obligatoria.
Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 10, Número 20, 2017, páginas 17 y 18.