Partido Acción Nacional vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral
Partido Acción Nacional vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral
PROCEDIMIENTO ABREVIADO DE REVISIÓN DE INGRESOS Y GASTOS DE PRECAMPAÑA. LA EXISTENCIA DE INDICIOS ES SUFICIENTE PARA INICIARLO.
De la interpretación de los artículos 41, párrafo segundo, bases II y V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79, 81 a 85, 211, 212, 214, 216, 344 y 354 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 20 del Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, se advierte que la Unidad de Fiscalización del Instituto Federal Electoral puede ordenar el inicio de un procedimiento abreviado de revisión de ingresos y gastos de precampaña cuando, del análisis integral de los informes de los partidos políticos, se advierta la existencia de indicios para estimar una posible violación a las normas relativas a gastos de precampaña, sin que sea necesaria la existencia de mayores medios de convicción con valor probatorio pleno tendentes a acreditar los hechos que se dicen constitutivos de la falta.
Cuarta Época:
Recurso de apelación. SUP-RAP-1/2009.—Actor: Partido Acción Nacional.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—21 de enero de 2009.—Unanimidad de seis votos.—Ponente: María del Carmen Alanis Figueroa.—Secretario: Roberto Jiménez Reyes.
La Sala Superior en sesión pública celebrada el trece de mayo de dos mil nueve, aprobó por unanimidad de seis votos la tesis que antecede.
Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 2, Número 4, 2009, páginas 40 y 41.