Organización Verde que te Quiero Verde, A. C. vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral

Organización Verde que te Quiero Verde, A. C. vs. Consejo General del Instituto Federal Electoral

ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES. LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR EL INFORME SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE HAYAN OBTENIDO NO ESTÁ CONDICIONADA A SU RECEPCIÓN.

De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 5, párrafo 5, y 81, párrafo 1, inciso l), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, 3.1 y 3.2 del Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de las Organizaciones de Observadores Electorales, se colige que la obligación de las organizaciones de observadores electorales de presentar el informe de ingresos y gastos subsiste aun cuando la organización de que se trate no haya recibido financiamiento, pues sólo mediante la presentación de tal informe se garantiza que la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral esté en posibilidad de conocer si la informante obtuvo ingresos para el desarrollo de las actividades inherentes a la observación electoral.

Cuarta Época:

Recurso de apelación. SUP-RAP-328/2009.—Actora: Organización Verde que te Quiero Verde, A. C.—Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Federal Electoral.—23 de diciembre de 2009.—Unanimidad de cuatro votos.—Ponente: María del Carmen Alanis Figueroa.—Secretario: José Alfredo García Solís.

La Sala Superior en sesión pública celebrada el veinticinco de agosto de dos mil diez, aprobó por unanimidad de votos la tesis que antecede.
Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 3, Número 7, 2010, páginas 60 y 61.