Julio Serrano Castillejos vs. Congreso del Estado de Chiapas y Presidente del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas

Julio Serrano Castillejos vs. Congreso del Estado de Chiapas y Presidente del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas

LEYES ELECTORALES. ACTOS DE APLICACIÓN INMINENTES, PROCEDE SU IMPUGNACIÓN.

De la interpretación del artículo 99, sexto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se colige que debe abordarse el estudio de la regularidad constitucional de una norma electoral, aun cuando no exista acto concreto de aplicación en el momento de impugnar, si se advierte que los efectos jurídicos de la disposición normativa son inminentes para el destinatario. De esta forma, no es presupuesto indispensable acreditar el acto concreto de aplicación, pues en esa hipótesis se configura una afectación inaplazable en la esfera jurídica del gobernado.

Cuarta Época:

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SUP-JDC-4898/2011.—Actor: Julio Serrano Castillejos.—Autoridad responsable: Congreso del Estado de Chiapas y Presidente del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas.—3 de agosto de 2011.—Unanimidad de votos.—Ponente: Constancio Carrasco Daza.—Secretaria: Gabriela Villafuerte Coello.

La Sala Superior en sesión pública celebrada el diecinueve de octubre de dos mil once, aprobó por unanimidad de votos la tesis que antecede.
Gaceta de Jurisprudencia y Tesis en materia electoral, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Año 4, Número 9, 2011, página 64.