Ley de Vías Generales de Comunicación Descarga el documento en version PDF CAPITULO XXIII - Nuevos servicios Artículo 509 Artículo 509. (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 Volver al inicio Volver al indice << CAPITULO XXII