Ley del Impuesto sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por la Ley en los que Intervengan Empresas Concesionarias de Bienes del Dominio Directo de la Nación
ARTICULO 7
ARTICULO 7. Los responsables solidarios deberán enterar el impuesto al presentar la declaración a que se refiere el artículo 6o. de esta ley.