Ley del Servicio de Inspección Fiscal

CAPITULO I - Actos de Inspección Fiscal
  • ARTICULO 10. La inspección fiscal se llevará a cabo mediante los actos siguientes:

    1. Visitas.

    2. Reconocimientos de existencias.

    3. Intervenciones.

    4. Inspecciones diversas.

    5. Expedición de constancias de inspección.

    6. Averiguaciones administrativas.

    7. Los demás que de una manera expresa determine la ley.

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  • ARTICULO 11. Los actos de inspección que señala el artículo anterior, se efectuarán en los casos previstos por esta ley y sus disposiciones reglamentarias y, a falta de prevención expresa, en los que lo ordenen la Secretaría de Hacienda, el órgano que tenga a su cargo la ejecución del servicio y, con las limitaciones propias de su competencia, el personal de inspección fiscal.

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  • ARTICULO 12. En la ejecución de los actos de que trata el artículo 10 se observarán las prevenciones de esta ley y los procedimientos que determinen sus disposiciones reglamentarias así como los instructivos especiales que se dicten para ese fin.

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