Ley Federal de Cinematografía
ARTICULO 47
ARTICULO 47. Los afectados por las resoluciones dictadas en esta materia, podrán interponer el recurso de revisión dentro de un plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, el que se resolverá en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículo adicionado DOF 05-01-1999