Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

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<h3 class="heading-4">Artículo 32</h3> <p><strong>Artículo 32. </strong> En contra de las resoluciones que se dicten conforme a esta ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, procederán los medios de impugnación establecidos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.</p>