Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado

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<h3 class="heading-4">Artículo 165</h3> <p><strong>Artículo 165. </strong>Las infracciones a la presente Ley que no tengan establecida otra sanción, se castigarán con multa hasta de mil pesos.</p> <p> Las sanciones serán impuestas por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.</p>