Ley Federal de Protección al Consumidor
ARTÍCULO 135. En contra de las resoluciones de la Procuraduría dictadas con fundamento en las disposiciones de esta ley y demás derivadas de ella, se podrá interponer recurso de revisión, en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículo reformado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 136. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 137. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 138. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 139. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 140. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 141. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 142. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004
ARTÍCULO 143. (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-02-2004