Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

<h3 class="heading-4">ARTÍCULO 93</h3> <p><strong>ARTÍCULO 93. </strong> El servidor público afectado por los actos o resoluciones de la Contraloría General de la Administración Pública del Distrito Federal o de los órganos de control interno, podrá, a su elección, interponer el recurso de revocación, previsto en esta Ley, o impugnar dichos actos o resoluciones ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, el que se sujetará a lo dispuesto por los artículos 73 y 74 de esta ley. <em>Artículo adicionado DOF <a class="dof_link" href="http://dof.gob.mx/index.php?year=1997&month=12&day=04">04-12-1997</a> </em> </p>