Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros

CAPÍTULO VII - Del Régimen Laboral
  • Artículo 38. Las relaciones laborales entre la Institución y sus trabajadores se regirán por el artículo 123 apartado "B" fracción XIII bis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por la Ley Reglamentaria de dicho precepto; y por las condiciones generales de trabajo que al efecto se determinen.

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