Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología

Descarga el documento en version PDF

<h3 class="heading-4">ARTÍCULO 17</h3> <p><strong>ARTÍCULO 17. </strong>Las ausencias del Contralor Interno, así como la de los titulares de las áreas de responsabilidades, auditoría y quejas serán suplidas conforme a lo previsto por el Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.</p>