Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
ARTICULO 126. Los grados en la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, tienen por objeto el ejercicio de la autoridad: de mando militar, de actividad técnica o de actividad administrativa, en los diferentes niveles orgánicos de las Unidades, Dependencias e Instalaciones.
Las Planillas Orgánicas señalarán para cada función, el grado que corresponda.
ARTICULO 127. Los mexicanos que prestan sus servicios en las Fuerzas Armadas, atendiendo a sus capacidades, preparación, responsabilidad y antigüedad, se harán merecedores a un grado en la escala jerárquica, de acuerdo con la Ley respectiva.
ARTICULO 128. Los grados de la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea se clasifican en:
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Generales;
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Jefes;
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Oficiales; y
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Tropa.
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ARTICULO 129. Los grados en el orden decreciente son como sigue:
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Generales en el Ejército y Fuerza Aérea:
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General de División;
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General de Brigada o General de Ala; y
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General Brigadier o General de Grupo.
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Jefes en el Ejército y Fuerza Aérea:
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Coronel;
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Teniente Coronel; y
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Mayor.
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Oficiales en el Ejército y Fuerza Aérea:
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Capitán Primero;
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Capitán Segundo;
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Teniente; y
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Subteniente.
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Tropa en el Ejército y Fuerza Aérea.
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Clases.
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Sargento Primero;
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Soldado.
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ARTICULO 130. Para el cumplimiento de las misiones conjuntas con la Armada de México, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2/o. de esta Ley, así como para todos los efectos disciplinarios, la equivalencia jerárquica del personal del Ejército y Fuerza Aérea con el de la citada institución es la siguiente: EJERCITO Y FUERZA AEREA ARMADA .
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Generales: General de División Almirante General de Brigada o General de Ala Vicealmirante General Brigadier o General de Grupo Contraalmirante .
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Jefes: Coronel Capitán de Navío Teniente Coronel Capitán de Fragata Mayor Capitán de Corbeta .
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Oficiales.
Capitán Primero Teniente de Navío Capitán Segundo Teniente de Fragata Teniente Teniente de Corbeta Subteniente Guardiamarina 1/er. Contramaestre Fe de erratas a la fracción DOF 13-02-1987 1/er. Condestable 1/er. Maestre
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Tropa:
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Clases.
Sargento Primero 2/o Contramaestre 2/o. Condestable 2/o. Maestre Sargento Segundo 3/er. Contramaestre Fe de erratas a la fracción DOF 13-02-1987 3/er. Condestable 3/er. Maestre Cabo Cabo (en sus especialidades)
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Soldado Marinero .
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ARTICULO 131. Los grados y las insignias en el Ejército y Fuerza Aérea son de su uso exclusivo, consecuentemente no podrán ser usados por personas, Corporaciones o Dependencias que les sean ajenas. Quienes violen estas disposiciones, quedarán sujetos a lo que dispone la Ley Penal de la Materia. Los grados serán conforme se establece en el Artículo 129 de este Ordenamiento, las insignias serán especificadas en el Reglamento Respectivo.