Código de Comercio
Libro Quinto - De los Juicios Mercantiles
Título Especial Bis - Del Juicio Ejecutivo Mercantil Oral
Capítulo V - De la Ejecución
Sección Primera
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Artículo 1390 ter 15
La ejecución de los convenios celebrados ante los jueces de Proceso Oral y de las resoluciones dictadas por éstos conforme a este Título, se hará en lo conducente en los términos previstos para la ejecución de los juicios ejecutivos reguladas en el Título Tercero, así como a lo dispuesto en el Título Primero, del Libro Quinto de este Código.
(ARTÍCULO ADICIONADO D.O.F. 25 DE ENERO DE 2017)